Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario:
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Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas
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Fecha de vencimiento:
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04-02-2019
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Monto:
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50000000
Peso Chileno
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Descripción:
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El oferente o un tercero a su nombre deberá entregar, en el plazo establecido en el título 3 denominado “Etapas y plazos”, una garantía de seriedad de la oferta, pagadera a la vista, con carácter de irrevocable. La garantía de seriedad de la oferta podrá consistir en cualquier instrumento que asegure el cobro de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las condiciones dispuestas en el presente título.
En el evento el oferente presente una póliza de seguro para garantizar la seriedad de la oferta, ésta para cumplir con el requisito de ser a la vista deberá ser pagada a primer requerimiento, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 583 del Código de Comercio, y el pago de la indemnización al asegurado debe efectuarse dentro del plazo máximo de 30 días corridos, sin que la oposición de excepciones pueda ser invocada para condicionar o diferir dicho pago. Asimismo, deberá adjuntar el comprobante del pago de la respectiva prima, y deberá solicitar a la institución aseguradora, que se exceptúe a la entidad pública de someterse a arbitraje, su carácter debe ser irrevocable, de ejecución inmediata sin liquidador.
La referida garantía deberá ser extendida en forma nominativa a nombre de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, RUT N° 60.908.000-0, expresada en pesos chilenos, por la suma de $50.000.000 (cincuenta millones de pesos), sin perjuicio de aquellos instrumentos que por su naturaleza sólo puedan ser emitidos en unidades de fomento (UF), en cuyo caso deberá considerarse el valor equivalente de la UF a la fecha de emisión de dicho instrumento. La garantía deberá contener la glosa “Para garantizar la seriedad de la oferta presentada en la licitación pública ID 85-33-LR18 para la línea de servicio N° (Indicar número de línea a la que oferta, según el orden señalado en el subtítulo 1.3 denominado “Líneas de servicio”)”. Tratándose de vale vistas, en virtud de su naturaleza, no será exigible dicha glosa. La vigencia de dicha garantía deberá ser igual o superior a 100 días corridos, contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas, la cual se encuentra señalada en el portal de Mercado Público.
La vigencia de dicha garantía no podrá ser inferior a 100 días corridos, contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas, señalada en el título 3° denominado “Etapas y plazos” de las presentes bases.
La garantía de seriedad de la oferta será por el monto indicado anteriormente, ya sea que el oferente presente ofertas por una línea de servicio o más.
La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, y su reglamento aprobado por decreto supremo N° 181, de 2002, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, debiendo adjuntar dicha garantía como anexo administrativo al momento de presentar su oferta en el portal www.mercadopublico.cl.
En los casos que se otorgue físicamente, el original de la misma deberá entregarse dentro del plazo y hora señalado en el título 3° denominado “Etapas y plazos”, de las presentes bases, en la oficina de partes de la Dirección Nacional de JUNAEB, ubicada en Calle Monjitas N° 565, sexto piso, comuna de Santiago, Región Metropolitana. Cuando el oferente no presente la garantía de seriedad de la oferta, de acuerdo a lo requerido en el presente título, su oferta será rechazada en la etapa de apertura electrónica de las ofertas del portal Mercado Público y, por tanto, declarada inadmisible.
JUNAEB podrá rechazar aquel instrumento que no cumpla con las condiciones exigidas en este título. Específicamente, rechazará aquel instrumento que, sin importar su denominación, por su naturaleza no cumpla el requisito de ser pagadero a la vista y tener el carácter de irrevocable, o que, por cualquier motivo, no asegure debidamente el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva. Lo anterior, en virtud de los incisos cuarto y quinto del artículo 31 del reglamento de la ley N° 19.886.
Si encontrándose próxima la fecha de vencimiento o caducidad de la garantía de seriedad otorgada, aún estuviere en curso el proceso de adjudicación o suscripción del contrato, JUNAEB avisará por cualquier medio, con una anterioridad de 30 días corridos antes del vencimiento de las cauciones a los oferentes que deberán prorrogar su vigencia o tomar una nueva garantía en las mismas condiciones exigidas para la caución primitiva, la que deberá extenderse por un plazo mínimo de 90 días corridos contados desde el día siguiente de finalizada la vigencia de la garantía original. Los oferentes que no acepten efectuar la prórroga o renovación referida se entenderán desistidos de su oferta, procediéndose a la devolución de la garantía originalmente otorgada.
La garantía de seriedad de la oferta se hará efectiva, especialmente, en los siguientes casos:
a) Si el oferente se desiste de su oferta, dentro del período de vigencia de la misma, salvo el caso descrito en el inciso precedente.
b) Cuando el oferente ha sido adjudicado y no ha entregado su garantía de fiel cumplimiento del contrato dentro del plazo señalado en el título 3° de las presentes bases.
c) Cuando el adjudicatario no se encuentra hábil e inscrito en el registro electrónico oficial de proveedores del Estado o no se inscriba dentro del plazo del título 15.
d) Cuando el adjudicatario no acompaña la documentación necesaria, dentro del plazo señalado en el título 15 denominado, “Antecedentes a entregar previo a la firma del contrato” contemplado en estas Bases.
e) El adjudicatario, no suscribe el contrato dentro del plazo establecido por JUNAEB.
f) Tratándose de Unión Temporal de Proveedores, en el evento que uno de sus integrantes se retire o sea inhábil, y dicha unión opte por desistirse de su oferta. Asimismo, se hará efectiva la garantía cuando se entienda desistida de su oferta por no contar con a lo menos dos integrantes luego del retiro de uno de ellos.
La garantía de seriedad de la oferta será devuelta en un plazo de 3 días hábiles a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles, contados desde la fecha de la resolución que dé cuenta de dicha admisibilidad.
En el caso del oferente que resulte adjudicado, su garantía será devuelta dentro del plazo de 10 días hábiles siguientes a la suscripción del contrato. En igual plazo se devolverá la garantía a los oferentes, cuyas ofertas hayan sido declaradas desestimadas.
En caso de que la licitación sea declarada desierta, las garantías de seriedad que se hubieran recibido se devolverán una vez que se encuentre publicada la respectiva resolución que declare desierto el proceso.
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Glosa:
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“Para garantizar la seriedad de la oferta presentada en la licitación pública ID 85-33-LR18 para la línea de servicio N° (Indicar número de línea a la que oferta, según el orden señalado en el subtítulo 1.3 denominado “Líneas de servicio”)”.
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Forma y oportunidad de restitución:
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La garantía de seriedad de la oferta será devuelta en un plazo de 3 días hábiles a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles, contados desde la fecha de la resolución que dé cuenta de dicha admisibilidad.
En el caso del oferente que resulte adjudicado, su garantía será devuelta dentro del plazo de 10 días hábiles siguientes a la suscripción del contrato. En igual plazo se devolverá la garantía a los oferentes, cuyas ofertas hayan sido declaradas desestimadas.
En caso de que la licitación sea declarada desierta, las garantías de seriedad que se hubieran recibido se devolverán una vez que se encuentre publicada la respectiva resolución que declare desierto el proceso.
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Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario:
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Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas
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Fecha de vencimiento:
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11-05-2022
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Monto:
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30
%
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Descripción:
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Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones que emanan del contrato, como asimismo el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del prestador o de un tercero a su nombre, deberá entregar, en el término de 10 días hábiles a contar de la notificación de la adjudicación a través del portal www.mercadopublico.cl, una garantía de fiel y oportuno cumplimiento, pagadera a la vista, y con carácter de irrevocable, a nombre de JUNAEB, R.U.T. Nº 60.908.000-0, expresada en pesos chilenos, (sin perjuicio de aquellos instrumentos que por su naturaleza sólo puedan ser emitidos en unidades de fomento, en cuyo caso deberá considerarse el equivalente en pesos a la fecha de emisión del mismo), y cuya vigencia no podrá ser inferior a 100 días corridos posteriores a la fecha de término del contrato, la garantía deberá contener la glosa “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratante y las multas, en el marco de la propuesta pública ID 85-33-LR18”.
El monto de la garantía de fiel cumplimiento será el equivalente al 30% del monto total del valor del contrato por línea de servicio adjudicada, el cual será calculado en base a la sumatoria de los resultados obtenidos de la siguiente formula:
C=∑ (Bi * P)*Ai
Donde C es igual a valor total del contrato.
Donde B es igual al porcentaje de consumo por categoría para el mes de junio de 2018.
Donde P es el valor del presupuesto estimado del total de líneas de servicio adjudicadas a un determinado adjudicatario para esta licitación, referido al subtítulo 1.3 de las bases administrativas.
Donde A es el porcentaje del valor de las comisiones máximas declaradas por el o los adjudicatarios en los anexos N° 5 y N° 5-A.
Donde i es la categoría de los puntos de canje.
Cabe señalar que para el cálculo del valor del contrato no se considerarán los datos relacionados con las Ferias Libres y Mercados, por ser un nuevo punto de canje en la ejecución del servicio licitado.
Además, para el cálculo se considerarán las mismas agrupaciones de puntos de canje señaladas en la tabla A del subtítulo 12.2 de las bases administrativas y también aquellas contempladas en el anexo N° 5-A.
El valor del contrato será determinado por JUNAEB de acuerdo a lo descrito en el subtítulo 21.1 denominado “Valor total del Contrato” de las bases administrativas.
En razón de la adjudicación, JUNAEB, comunicará al o los adjudicatarios el valor determinado para el contrato, mediante correo electrónico, cuando se solicite la garantía de fiel cumplimiento.
La garantía de fiel cumplimiento podrá consistir en cualquier instrumento que asegure el cobro de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las condiciones dispuestas en el presente título. Tratándose de vale vista, en virtud de su naturaleza, no será exigible dicha glosa.
En el evento el oferente presente una póliza de seguro para garantizar el fiel cumplimiento del contrato, ésta para cumplir con el requisito de ser a la vista deberá ser pagada a primer requerimiento, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 583 del Código de Comercio, y el pago de la indemnización al asegurado debe efectuarse dentro del plazo máximo de 30 días corridos, sin que la oposición de excepciones pueda ser invocada para condicionar o diferir dicho pago. Asimismo, deberá adjuntar el comprobante del pago de la respectiva prima, y deberá solicitar a la institución aseguradora, que se exceptúe a la entidad pública de someterse a arbitraje, su carácter debe ser irrevocable, de ejecución inmediata sin liquidador.
El o los adjudicatarios que no entregaren la garantía de fiel cumplimiento dentro del plazo indicado, se entenderá desistido de su oferta y JUNAEB podrá hacer efectiva la garantía de seriedad de la misma, adjudicando la licitación a la segunda oferta más ventajosa, conforme a lo establecido en el título 17° de las presentes bases.
La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente, mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, y su reglamento aprobado por decreto supremo N° 181, de 2002, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
En los casos que se otorgue físicamente, el original de la misma deberá presentarse en soporte papel y entregarse dentro del plazo y hora señalado en el título tercero, de las presentes bases, en la Oficina de Partes de la Dirección Nacional de JUNAEB, ubicada en Monjitas N°565, sexto piso, comuna de Santiago, Región Metropolitana.
JUNAEB, procederá a hacer efectiva la garantía, especialmente, en los siguientes casos:
a) Cuando el adjudicatario se desista de la oferta o renuncie al suministro o prestación de los servicios adjudicados, previo a la celebración del respectivo contrato.
b) No pago total o parcial de las multas ejecutadas en virtud de incumplimientos contractuales. En este caso, el adjudicatario deberá renovar la caución por el monto total y período de su vigencia original, debiendo presentarla en un plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que ejecuta la garantía.
c) Que se ponga término anticipado al contrato, por causa imputable al adjudicatario.
d) Cuando el adjudicatario no cumpla con las obligaciones que establecen las bases, la oferta correspondiente y/o el contrato.
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Glosa:
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“Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratante y las multas, en el marco de la propuesta pública ID 85-33-LR18”.
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Forma y oportunidad de restitución:
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16.1. Devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
La garantía será devuelta al adjudicatario, una vez vencido el plazo de vigencia de la misma o cuando se hayan cumplido la totalidad de las obligaciones establecidas en las presentes bases y/o contrato, incluidas las sanciones por ejecutar, previo informe escrito emitido por la Contraparte Técnica, donde señale su total conformidad con el cumplimiento de estas obligaciones y solicite expresamente la devolución de la garantía antes de su fecha de vencimiento.
De no estar todas las obligaciones del contrato liquidadas (multas por cobrar), JUNAEB, le informará por cualquier medio, al o los proveedores, con una antelación de mínimo 10 días corridos anteriores al vencimiento de la garantía que deberán extender la vigencia de su garantía.
Dicha garantía podrá ser presentada a cobro cuando el adjudicatario no cumpla con las obligaciones y/o los plazos que establezcan en las bases, la oferta correspondiente y/o el contrato respectivo, con las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores en caso de contrataciones de servicios y/o las multas que se impusieren, en cuyo caso JUNAEB queda desde ya autorizado para su presentación a cobro, administrativamente, sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna.
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