Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influír o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluídos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Resolución de Empates |
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Precio”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Experiencia”.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Una
vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la Municipalidad
podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales,
siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no
les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de
los demás oferentes, esto es, en tanto no se afecten los principios de
estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se
informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a
través del Sistema de Información, esto no se considera para la oferta
económica. Los oferentes, tendrán un plazo máximo de 48 hrs., para
responder lo solicitado por el municipio, si al concluir dicho plazo, no
existiere respuesta por el proveedor, se asumirá que no existe interés
por parte de éste último en participar en este proceso licitatorio, en
tal caso, la Municipalidad estará facultada para abstenerse de evaluar
la oferta económica presentada por ese oferente cuando dicho error u
omisión haga imposible dicha evaluación. La Municipalidad, solicitará
estas aclaraciones a través del sistema electrónico y los oferentes
deberán dar respuesta a las consultas planteadas por ese mismo medio.
(Articulo 40 Reglamiento de la Ley 19.886.)
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Modificaciones a las Bases |
La Municipalidad podrá modificar los documentos de la Propuesta, ya sea por iniciativa propia o en atención a una Aclaración solicitada por alguno de los Oferentes, durante el proceso de la Propuesta, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio Web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases.
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Derecho a declarar desierta la licitación |
La Municipalidad de Los Muermos podrá declarar desierta la licitación:
- Si los oferentes no cumplen los requisitos establecidos en las bases
- Cuando no convenga a sus intereses.
- Cuando las ofertas resulten inadmisble por no ajustarse a los requisitos de las bases.
Dichas declaraciones deberán efectuarse por Decreto Alcaldicio fundado que así lo disponga.
El (los) oferente (s) no tendrá derecho de indemnización alguna.
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Generalidades |
Las presentes Bases Administrativas regulan procedimientos, fijan fechas y plazos, establecen garantías y responsabilidades que regirán el llamado a propuesta pública, y su posterior adjudicación; formarán parte integrante del respectivo contrato que emane por la contratación de la obra a licitar:
NOMBRE PROYECTO: REPARACION CAMINOS RURALES COMUNA DE LOS MUERMOS
MONTO DISPONIBLE: $ 59.990.280.-
MANDANTE: SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO REGIONAL Y ADMINISTRATIVO.
U. TECNICA: I. MUNICIPALIDAD DE LOS MUERMOS
FINANCIAMIENTO: PMU SUBPROGRAMA EMERGENCIA.
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Materia de la Propuesta |
El objetivo de esta propuesta, es la ejecución del proyecto “REPARACION CAMINOS RURALES COMUNA DE LOS MUERMOS”, el cual permitirá mejorar aproximadamente 18 Km de Caminos Rurales que se encuentran excluidos del plan global de conservacion de caminos de la Provincia de Llanquihue. Las actuales condiciones de estos caminos, en especial en epoca de Lluvia, los hacen prácticamente intransitables, lo que representa un grave deterioro en la calidad de vida de las familias que viven en estos sectores.
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Costo de la Presentación |
Serán de cargo del proponente todos los costos directos o indirectos asociados a la preparación y presentación de su oferta, por lo cual la Municipalidad, en ningún caso, será responsable de éstos. La modalidad de la licitación será a suma alzada, sin reajustes, en pesos, con proyecto proporcionado por la Municipalidad de Los Muermos y precio fijado por el oferente. La presente Propuesta Pública se financia a través de la Subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo (SUBDERE) por medio de su Programa de Mejoramiento de Barrio (PMU). En el valor de la oferta están incluidos todos los gastos que demande la ejecución de las obras (permisos, derechos, materiales, mano de obra, gastos notariales, bancarios, gastos generales, utilidades, reajustes, fletes, equipos y maquinarias, proyectos, financiamiento, impuestos legales, aportes, derechos de inspección, derechos municipales, honorarios profesionales y cualquier otro gasto).
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Entrega de Respuestas y/o Aclaraciones |
Se llevará a efecto en la fecha y hora estipulada en el portal www.mercadopúblico.cl. Será de exclusiva responsabilidad del proponente el tomar conocimiento de las respuestas y aclaraciones que se hayan emitido; estas aclaraciones o respuestas serán ingresadas en Aclaraciones y/o Respuestas, en el portal www.mercadopublico.cl. Estas aclaraciones responderán a consultas técnicas y administrativas, podrán agregar aspectos no establecidos en las presentes bases, así como cambiar o modificar lo establecido en las mismas. No se considerarán como válidas consultas realizadas por otro medio.
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Oferentes que pueden participar |
Podrán participar todas las personas naturales y jurídicas que cuenten con la capacidad profesional y técnica necesaria para suministrar el convenio que se licita y que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes bases administrativas; en la ley Nº 18.575 (Bases Generales de la Administración del Estado); en la Ley Nº 19.886 (sobre Contratos Administrativos) y su Reglamento (D.S. 250/04). De acuerdo al artículo 4 inciso sexto de la Ley Nº 19.886, la Municipalidad de Los Muermos no podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicio con los funcionarios “directivos” de la institución, sus sociedades ni con sus parientes a que se refiere el artículo 54 letra b) de la ley 18.575, salvo que circunstancias excepcionales lo hagan necesario. La limitación alcanzará también a los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de estas sociedades. Para estos efectos se entenderá como funcionario directivo aquel que cumple una función directiva y/o de jefatura, sea titular o encomendada, Unidades de Apoyo, Jefes de Secciones, subrogantes, suplentes, etc. Se hace presente que los funcionarios la Ilustre Municipalidad de Los Muermos pueden incurrir en inhabilidad sobreviniente del artículo 64 de la ley 18.575, en caso de contratar como personas naturales por montos iguales o superiores a las 200 UTM. Asimismo, en igual inhabilidad podrán incurrir los funcionarios de la Municipalidad que, además, sean socios de cualquier clase de sociedad que contrate por montos iguales o superiores a las 200 UTM, siendo aquellos directores, administradores, representantes o socios titulares del 10% ó más de los derechos en esa sociedad (art. 54 letra a) inciso 3º de la Ley Nº 18.575. Los oferentes o sus representantes legales deberán presentar una declaración jurada de que no les afecta ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad descritas precedentemente (Anexo Nº 4).
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Visita a Terreno |
De carácter obligatorio.
Los contratistas participantes deben presentarse en el Hall de la Municipalidad de Los Muermos, en la fecha y hora estipulada en el portal de mercado público.
En primera instancia es el representante legal de la empresa el que debe asistir, en caso de ausencia de este podrá asistir cualquier otro representante previa autorización simple, con firma del representante y timbre de la empresa (Según Anexo 6 adjunto) que debe ser presentada en ese momento. (Se considera como representante legal para la Personas Naturales la presentación de su carnet de identidad, y para los representante legal de Personas Jurídica la presentación del documento que acredite ser el RRPP de la empresa)
La no presentación en la fecha y hora estipulada a la visita a terreno significará que el contratista quedará fuera de bases. Será exclusiva responsabilidad del contratista estar en la Dirección de Obras de la Municipalidad en la hora señalada en el portal y firmar del acta de visita a terreno (la que significará la asistencia a esta).
Lo que se consulte durante la visita y tenga validez para la oferta, deberá ser registrada como consulta en la plataforma de mercado publico en su link de foro de la licitación e incluida en las ofertas que haga cada proveedor.
La visita a terreno será dirigida por los Directores de Obras y Secretaría de Planificación, o en caso de ausencia quienes lo subroguen.
El oferente deberá considerar en su oferta todos los posibles imprevistos relacionados con la obra.
Una vez concluida la visita a terreno, la SECPLAN emitirá un certificado de asistencia a la visita a terreno, la que deberá ser adjuntada en los documentos administrativos, como parte de los antecedentes conformantes de la oferta.
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Procedimiento Presentación Antecedentes |
Las Propuestas se presentarán bajo la siguiente modalidad:
a) De carácter digital:
Las propuestas presentadas por el oferente serán ingresadas y recepcionadas a través de la plataforma mercado público, siendo el plazo último, definido en las bases de licitación. La oferta se compondrá de la siguiente manera:
ANEXOS ADMINISTRATIVOS
- Identificación del oferente, según formato adjunto. Anexo Nº 1.
- Anexo N°2 "Declaración del Oferente".
- Anexo N°5 "Declaración Jurada por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos consursables establecidos en el Código Penal.
- Anexo N°6 "Autorización Visita a Terreno". (Notarial)
- Anexo N°7 "Declaración Jurada Sin Conflictos de Intereses".
- Certificado de Visita a Terreno emitido por Secplan
- Fotocopia boleta de garantía por seriedad de la oferta.
Observaciones 1: En caso de omisión de alguno de los antecedentes Administrativos faltantes podrán ser solicitado por la comisión evaluadora a través de la plataforma de mercado público la cual debe ser respondida en un plazo menor a 48 horas desde la fecha de la solicitud.
ANEXOS TÉCNICOS
- Nómina del personal a contratar en la obra, especificando la cantidad, tipo. Es necesario también señalar cuanto porcentaje de mano de obra no calificada corresponderá a los registros de la OMIL.
- Propuesta técnica según lo solicitado en criterio de evaluación.
- Carta Gantt
- Certificado experiencia de la empresa, de similares características (en movimiento de tierra) ejecutadas por el oferente, indicandoM2 construido, la obra, el monto del contrato, y ubicación. Dicho certificado avalado por MOP, Dirección de Obras Municipales, etc.
- Certificado de Capacidad Económica donde acredite a lo menos el 35% del costo total de la obra con vigencia en los últimos 6 meses.
ANEXOS ECONOMICO
- Oferta Económica, según formato adjunto. Anexo 3. Formulario de presentación de la Oferta Económica. Valores en pesos. El valor deberá expresarse neto y con IVA incluido. También deberá expresarse en letras y números, debidamente firmado por el Proponente. Asimismo debe ir el plazo de la ejecución de las obras en días corridos.
- Presupuesto ofertado: Según formato adjunto. Anexo 4. Presupuesto de gastos detallado por ítem. Deberá considerarse todos los gastos, incluyendo impuestos, de acuerdo al desglose indicado en el formato tipo. El monto total de este presupuesto deberá ser concordante con la oferta económica.
Observaciones 2: Antecedentes Técnicos y Económicos Las propuesta cuya oferentes hayan omitidos la presentación de cualquiera de los antecedentes Técnicos y/o económicos o estos hayan sido modificados como por ejemplo eliminando o modificando partidas del presupuesto y otros, serán considerada inadmisible y no será evaluada.
Observaciones 3: Las Ofertas se mantendrán vigentes por un lapso mínimo de 60 días corridos a contar de la fecha de apertura, tiempo en el cual el oferente no podrá desistir de ella. Si lo hiciere caerá en las sanciones administrativas correspondientes, haciéndose efectiva la Boleta Bancaria de Garantía de Seriedad de la Oferta que se detalla más adelante.
b) De carácter Manual: Se debe ingresar la boleta de garantía de Seriedad de la Oferta en oficina de parte de la Municipalidad en la fecha y hora señalada en el portal. De no entregar la boleta o ingresarla posterior a la fecha y hora señalada su propuesta quedará automáticamente eliminada de la presente licitación.
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Acto de Apertura Electrónica |
La apertura de las propuestas se realizará en dependencias del Municipio, en la fecha y hora señalada en el portal, y será llevada a cabo para su análisis por la Comisión Evaluadora. La Comisión Evaluadora rechazará las propuestas que vengan con alteraciones, correcciones, certificados vencidos, alteraciones y/o borrones en sus documentos y faltas de firmas.
La omisión, distorsión o falsificación de alguno de los antecedentes requeridos por las Bases, facultará a la Comisión Evaluadora, para rechazar la oferta correspondiente y hacer efectiva la garantía por seriedad de la oferta. La Comisión podrá solicitar a través del portal mercadopublico, con posterioridad al acto de apertura, las aclaraciones o informaciones que considere oportunas, que no alteren o modifiquen las Normas Generales ni el principio de igualdad entre los oferentes y que no signifiquen alteración de la oferta (Correspondiente con los Anexos Administrativos), debiendo presentar las respuestas a través de dicho portal, limitándose exclusivamente a los puntos solicitados.
Integrarán la comisión de apertura, los siguientes funcionarios o en caso de ausencia quienes lo subroguen:
- Administrativo grado 15, Dirección de Obras (Encargado de caminos) Sr. Javier Rodriguez Niklitschek o Sr. Carlos Turra Carcamo (subroga en causa de ausencia del encargado de camino)
- Administrador Municipal Sr. Juan Soto Villablanca,
- Director de Secplan Sr. Andrés Aburto Sepulveda
Los antecedentes ingresados por los oferentes serán revisados y aprobados por la Comisión Evaluadora, quienes determinarán si las propuestas cumplen con los antecedentes requeridos. Entre las causales para que un oferente sea declarado fuera de bases se cuentan:
- En caso de omisión de documentos solicitados por la Municipalidad. (Anexos Técnicos y Anexos Económicos).
- La presentación de documentos adulterados incompletos o ilegibles. (Anexos Técnicos y Anexos Económicos).
- La no presentación de los documentos según los formatos adjuntos. (Anexos Técnicos y Anexos Económicos).
- La presentación de los documentos sin las debidas firmas del representante legal de la empresa. (Anexos Técnicos y Anexos Económicos).
- La presentación de documentos con rectificaciones o enmiendas. (Anexos Técnicos y Anexos Económicos).
- No existir concordancia entre la oferta ingresada en el portal, y la del anexo 3.
En la eventualidad que se presente sólo un oferente y este haya quedado fuera de bases por las razones anteriormente descritas, se dejará en acta la observación, de tal forma que en un plazo no mayor de 05 días hábiles (no se consideran los sábados y festivos) a partir del día siguiente de efectuado el acto de apertura de propuesta, sea levantada la observación a través de la documentación de respaldo ingresada en la oficina de partes de la Municipalidad indicando el nombre de la licitación a que se refiere. Una vez conocidas las ofertas, se elaborará una acta de apertura de propuesta, que será firmada por quienes asistan al acto de apertura, este documento se adjuntará en formato digital al portal mercadopublico. A los proponentes que no hayan incluido la totalidad de los antecedentes exigidos, no se aceptarán sus ofertas en el Portal de mercadopublico.cl.
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Criterios de Evaluación |
Solo se evaluaran aquellas ofertas que: Ingresaron la oferta por portal mercadopublico.cl, entregando todos los antecedentes solicitados. Los criterios de evaluación a aplicar a cada uno de los oferentes son los siguientes:
• PLAZO DE EJECUCION 30%
Se considera un plazo de ejecución de 75 días. Lo que sobrepasen este plazo se considera fuera de Bases.
Se asignara puntaje según la siguiente fórmula: (Menor plazo / plazo Ofertado) X100 =
Por lo anterior, se entiende que el menor plazo ofertado tendrá 100 puntos y será este el que con la formula indicada, designe los puntajes respectivos a las distintas oferta.
Se solicitara la entrega de una carta Gantt completa, vale decir coincidente en la programación por área a intervenir, cotejada con el presupuesto. Esta programación será el indicador para el estado de avance y hacer cumplir los plazos ofertados. Si no se cumplen los plazos presentados en esta programación, teniendo un <10% de atraso; la unidad técnica Municipal tendrá según resolución fundada, la causal para finiquitar el contrato, de manera anticipada.
• PRECIO 30%
Se evalúa el monto total de la oferta, incluido el monto con IVA, sin ningún tipo de reajuste. Se asignara puntaje según la siguiente fórmula: (Menor Oferta / Oferta X)*100 =
Por lo anterior, se entiende que el menor precio ofertado tendrá 100 puntos y será este el que con la formula indicada, designe los puntajes respectivos a las distintas oferta. Aquellas ofertas sobre $59.990.280.-, serán consideradas fuera de bases.
• EXPERIENCIA DE LA EMPRESA 30%
Para evaluar este Factor, se tendrá en consideración los trabajos o proyectos realizados para entidades públicas chilenas, de igual o similar envergadura. Se evaluaran los metros cuadrados de la experiencia en ejecución de obras correspondientes a OBRAS DE MEJORAMIENTO, CONSERVACION Y/O REPARACION DE CAMINOS, comprendiendo la ejecución de obras, tales como instalación de alcantarillados, construcción y reconstrucción de fosos y contrafosos, recebo de capas de rodadura granular y provisión e instalación de señalización vertical. Se solicitara como parte de la experiencia, presentar los siguientes documentos, emitidos por entidades públicas:
- Certificados que validen la experiencia m2 ejecutados en OBRAS DE MEJORAMIENTO, CONSERVACION Y/O REPARACION DE CAMINOS, estos firmados conforme por el responsable de supervisar y autorizar dichas obras (DOM, SECPLAN),
- Actas de recepciones provisorias y/o definitivas sin observaciones de las obras realizadas, y/o - Decretos aprobando recepciones provisorias y/o definitivas sin observaciones donde se especifique los m2 ejecutados.
- 1º lugar de experiencias = 100 puntos.
- 2º lugar de experiencias = 80 puntos.
- 3º lugar de experiencias = 60 puntos.
- 4 º lugar de experiencias = 40 puntos.
- 5° lugar de experiencias e inferiores = 20 puntos
• CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS 10%
Los oferentes que presentes el 100% de los antecedentes solicitados en anexos administrativos, propuesta técnica y anexos económicos; de manera legible y en cumplimiento con las bases, obtendrán la siguiente puntuación:
- Cumplimiento de los requisitos: 100 puntos
- No cumplimiento de los requisitos: 0 puntos.
Proceso de Adjudicación de las Ofertas
1. Pauta de evaluación.
La comisión evaluadora integrada por los siguientes funcionarios Municipales (ADMINISTRADOR MUNICIPAL SR. JUAN SOTO VILLABLANCA, ADMINISTRATIVO GRADO 15 ENCARGADO DE CAMINOS RURALES SR. JAVIER RODRIGUEZ NIKLITSCHEK, Y DIRECTOR DE SECPLAN, SR ANDRES ABURTO SEPULVEDA), tendrán la misión de analizar y revisar los antecedentes presentados por los oferentes, también podrán comprobar veracidad y fidelidad de documentación presentada. En su revisión, si se detectan errores matemáticos, se dejará constancia detallada de los errores cometidos en el informe de adjudicación, tal situación podrá afectar sus posibilidades de adjudicación. En caso de empates, se aplicara el cláusula de RESOLUCION DE EMPATES. En base a esto se formulará un informe de adjudicación el cual será puesto a disposición del Alcalde, quien entregará la autorización y determinación final de la adjudicación.
OBSERVACION: El puntaje mínimo de adjudicación será de 65 puntos, por lo que sí el oferente con mayor puntaje obtiene menos de 65 puntos, no habrá adjudicación y se declararan las ofertas inadmisibles, quedando el proceso desierto y llamándose a una nueva licitación.
2. Comunicación de la adjudicación.
Una vez que se cuenta con la resolución que toma conocimiento de la adjudicación de la licitación, se comunicará a través de Decreto Alcaldicio e informada en el portal www.mercadopublico.cl. En este mismo acto se ingresarán al portal antecedentes relacionados al Informe de Adjudicación y paralelamente a ello se notificará para la posterior suscripción del contrato. El proponente tendrá un plazo máximo de 3 (TRES) días para concurrir al Municipio a notificarse de la resolución de adjudicación de la propuesta, contados desde la fecha de la citación efectuada por el Director de Secplan.
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Contrato |
- Será suscrito por la Municipalidad y por el Proponente seleccionado o su representante legal, debidamente acreditado.
- Todos los archivos, documentos, aclaraciones, entre otros asociados a la presente licitación serán parte integrante del contrato.
- Este documento será firmado dentro de los siguientes 5 (CINCO) días hábiles, a contar de la fecha de la notificación personal de la adjudicación de la propuesta, al proponente seleccionado.
- El Proponente Adjudicado acepta ejecutar el Proyecto por el sistema de suma alzada sin reajustes ni intereses de ninguna especie y expresado en pesos chilenos, significado esto, la ejecución del proyecto y recibido conforme sin observaciones por el Mandante, lo que no da derecho al contratista a cobrar ningún tipo de servicios extraordinarios que el Mandante no haya solicitado.
- Se indica además que la aprobación de todos los proyectos, ya sean provisorios, parciales o definitivos, serán de cuenta de la empresa contratista y no del municipio, por cuanto no considera el pago de los mismos como aumento de obras u obras extraordinarias.
- El contrato será firmado ante notario en cuatro copias, costo que debe ser asumido por el contratista adjudicado.
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Modificaciones de Contrato |
En el eventual caso de presentarse la necesidad de aumento de obras, deberá ser consultada al Mandante y autorizada por éste.
En el caso que se produzca una modificación del proyecto contratado originalmente, a costo cero, esta se ejecutará previa autorización del Mandante. En este caso, el contratista deberá informar vía escrita, de la modificación a costo cero, estableciendo la compensación entre la partida rebajada o no ejecutada y aquella nueva partida no considerada en el presupuesto y oferta oficial.
La demora en la tramitación para aceptar esta clase de variantes o modificaciones no dará lugar a un aumento de plazo de ejecución de los trabajos, salvo casos plenamente justificados, en opinión del Mandante.
Antecedentes para presentar Modificacion de Contrato:
- Solicitud de Modificación de Contrato.
- Solicitud de aumento y/o su disminución si procede, presentada por el contratista al ITO.
- Informe favorable del ITO.
- Presupuesto de aumentos de obras
- Presupuesto modificación Presupuestaria a costo cero.
- Disminuciones, según corresponda.
- Solicitud de autorización enviada al Mandante.
Compensación a costo cero: Las modificaciones llevadas a cabo bajo el concepto de “Compensación a Costo Cero” serán revisadas y aprobadas por la unidad e informadas la Subdere mediante oficio conductor enviado por el Municipio en su calidad de mandante de la obra.
Para este proyecto, no se consideran aumentos de obra u obras extraordinarias, a no ser que, existan modificaciones durante el desarrollo del proyecto que no estén consideradas dentro de la obra original, siempre y cuando, estas obras extraordinarias no hayan podido ser previstas mediante la información definitiva o referencial entregada en el proceso de visita a terreno o licitación del proyecto, dentro de la documentación adjunta, o en su defecto, en las respuestas a las preguntas efectuadas por los oferentes a este proyecto en el proceso de licitación.
En el caso que aplicase, los aumentos de obra se solicitaran oficialmente al mandante adjuntando informe técnico señalando las causas que justifiquen dicha solicitud, en conjunto con un presupuesto detallado de las obras involucradas.
2. Formalización de la solicitud de Modificación
Una vez otorgada la conformidad por parte del Mandante de la Modificación de Contrato, la Unidad Técnica deberá formalizar tal situación, suscribiendo la modificación de contrato respectiva y enviando los siguientes antecedentes al Mandante:
- Modificación del contrato.
- Se puede incorporar otra de la boleta de garantía por la diferencia de contrato.
- Decreto Alcaldicio que aprueba la modificación de contrato.
- Nuevo presupuesto (refundido)
- Entrega de nueva programación de obra.
- Entrega de nuevo flujo de caja del proyecto.
No se podrá dar inicio a ningún tipo de ejecución de obras, producto de una modificación de contrato, a la cual no se haya otorgado debida conformidad por parte del Mandante.
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Entrega del Terreno |
El contratista dará inmediatamente inicio a las obras contratadas al levantarse el Acta de Entrega de Terreno. La información que debe contener el acta:
- La identificación de las obras
- El contratista.
- La fecha en que se inician las obras la que comienza con la firma de este documento.
- El plazo contractual.
- Fecha del vencimiento del plazo contractual.
- Nombre del profesional a cargo de las obras, por parte del contratista.
- Nombre del Inspector Técnico que designa la Unidad Técnica.
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Garantías |
SERIEDAD DE LA OFERTA
El oferente deberá incluir una Garantía de Seriedad de la Oferta, con vigencia de 60 días corridos, contados desde la fecha de apertura de la presente propuesta, a nombre de la Municipalidad de Los Muermos, RUT N° 69.220.800-5 emitido “a la vista” por la suma de $550.000.- debidamente individualizada con el nombre y número de la propuesta que se está garantizando.
El oferente no podrá presentar garantías tomadas por terceros y está deberá ser de carácter irrevocable.
Esta garantía se podrá hacer efectiva en cualquiera de los siguientes casos:
1.- Si el oferente se desiste de su oferta.
2.- Si el contratista se desiste de su oferta, rechaza la orden de compra o no suscribe el contrato. En este caso se hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta o del fiel cumplimiento de contrato, según corresponda.
3.- Si el contratista no entrega en el plazo, forma y condiciones la garantía de fiel cumplimiento de contrato que se establece en las bases administrativas.
4.- Si al momento de la presentación de la oferta o formulación de la propuesta el oferente no está habilitado para contratar por la Municipalidad.
GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
El Oferente adjudicado deberá presentar al momento de firmar el contrato una garantía por un monto de cinco por ciento (5 %) sobre el valor del contrato y debe ser extendida a favor de: “ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LOS MUERMOS”, RUT: 69.220.800-5.
Deberá ser una boleta de garantía de Liquidez inmediata con un plazo de 60 días sobre la fecha de término del contrato.
Dicha garantía asegura, el cumplimiento y pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratista, y demás compromiso adquiridos en el tiempo que dure el contrato, que presten sus servicios en virtud de la presente licitación a la Municipalidad de Los Muermos.
Esta garantía no podrá hacerse extensiva a otro contrato ni la de otro contrato extensivo a éste.
No se aceptará garantías tomadas por un tercero.
Será de responsabilidad del contratista realizar los trámites pertinentes para mantener vigente la garantía en caso que procediere la prórroga del contrato.
Si el contratista no cumple con la entrega de la garantía de Fiel cumplimiento de contrato en el plazo indicado, la Municipalidad podrá poner término anticipado al contrato y adjudicar la licitación al oferente mejor evaluado o llamar a una nueva licitación. Adicionalmente, la Municipalidad hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta, quedando este valor a benéfico de la municipalidad.
Casos en que se podrá hacer efectiva la garantía:
El Mandante podrá hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato en los siguientes casos:
1.- Si el contratista se desiste de su oferta. En este caso se hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta o fiel cumplimiento de contrato, según corresponda.
2.- Si la vigencia de la garantía estuviera a menos de 15 días corridos de su vencimiento y no fuere renovada.
3.- La declaración de quiebra o el estado de notoria insolvencia del contratista a menos que se mejoren las cauciones entregadas, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de la Ley 19.886.
4.- Si los representantes o el personal del contratista han sido condenados por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el Título V del Libro segundo del código penal.
5.- No renovar la garantía de fiel cumplimiento de contrato.
6.- Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato o con un plazo mínimo de seis meses.
7.- Por la negativa del contratista a subsanar dentro de plazo las observaciones que se le formulen en el Acta de Recepción Provisoria de la Obra.
8.- En caso de incurrir el contratista en cualquier incumplimiento grave a los deberes y obligaciones derivados del contrato.
9.- Termino del contrato por acumulación de multa.
BOLETA DE GARANTÍA POR CORRECTA EJECUCIÓN DE OBRAS
Una vez emitida la recepción provisoria sin observaciones de las obras, el contratista deberá emitir a nombre de la Ilustre Municipalidad de Los Muermos Rut. 69.200.800-5, una boleta de garantía de las obras por concepto de correcta ejecución de obras, por el 5% del monto contratado. Esta boleta debe tener como fecha de caducación 1 año después de la fecha de recepción provisoria sin observaciones.
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Letrero de la Obra |
Deberá consultarse un letrero que tendrá las características del Formato entregado por la Subdere y proporcionada por la Municipalidad, el cuál será entregado al momento de adjudicar la obra. El letrero deberá estar colocado en la obra, en un plazo máximo de 15 días desde la fecha de entrega de terreno, y permanecer hasta la recepción definitiva de la obra. El incumplimiento de esta exigencia será sancionado con una multa de 1 U.F. diarias, la que se descontará del primer Estado de Pago que corresponda.
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Sistemas de Pago |
La obra se cancelará en pesos chilenos mediante estados de pago mensuales, según avance de la obra debiéndose restar los valores que corresponda por concepto de retenciones por atraso y multas, si las hubiere.
Para las obras de esta propuesta, los Estados de Pago se presentarán a más tardar el día 25 de cada mes en la Municipalidad de Los Muermos, debiendo ser ingresados por oficina de partes, antes del día 30 de cada mes, en 1 original y 2 copias.
Será de exclusiva responsabilidad de la empresa la entrega del estado de pago antes de la fecha señalada, la no presentación de este en dicha fecha significará el retraso del pago en 1 mes calendario.
En el último estado de pago se deberá considerar a lo menos un 10% del monto del contrato, el que se pagará contra Recepción Provisoria.
Se cursará el último estado de pago una vez aprobada y sancionada el acta de recepción provisoria de las obras, sin observaciones, practicada la liquidación contable y recibida la garantía por buena ejecución estipulada en las presentes Bases.
Los estados de pago los cancela el municipio, con facturas emitidas a nombre de la Municipalidad de Los Muermos, RUT: 69.220.800-5, calle Antonio Varas, Nº 498, Los Muermos.
Cada factura deberá adjuntar la cuarta copia ejecutiva cedible, lo cual ratificará que no se ha cedido el pago.
Además, será requisito para cursar cada uno de los pagos, que se presente junto a la carátula, la factura y el certificado de la inspección del trabajo el hecho de no tener deudas previsionales o de remuneraciones con el personal contratado para la obra que ejecuta para el Municipio.
Se entenderá vigente, aquel certificado que tenga fecha máxima 30 días anteriores a la fecha de presentación del Estado de Pago, para su posterior cobro.
PRIMER ESTADO DE PAGO
Para la cancelación del primer estado de pago el contratista deberá adjuntar los siguientes documentos:
- Nómina de trabajadores contratados en la obra, indicando cuáles de ellos pertenecen a los registros de la OMIL de Los Muermos.
- Certificado de Antecedentes Laborales.
- Letrero de Obra instalado.
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Derecho de Retención |
En caso que la empresa no acredite oportunamente el cumplimiento integro de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores dispuesto para la obra contratada, la Municipalidad retendrá los montos de dineros adeudados para dar cumplimiento a dichas obligaciones. En todo caso, este derecho de retención en conformidad con lo dispuesto en el artículo 183 – C del Código del Trabajo y D.S. 319 sobre acreditación de cumplimiento laborales y previsionales. En caso que la empresa que se adjudique la propuesta registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. La Municipalidad exigirá a la empresa contratada que proceda a dichos pagos, y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total del cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada, dará el derecho a terminar el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar. Si la empresa contratada subcontrate parcialmente algunas labores del mismo, la empresa subcontratista deberá igualmente cumplir con los requisitos recién mencionados.
La empresa deberá informar mensualmente de los subcontratos con los que cuenta y no tener deudas algunas con ellos. Se debe adjuntar a cada Estado de Pagos la cancelación del subcontrato del mes anterior.
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Termino Anticipado del Contrato |
La Municipalidad podrá poner término anticipado al contrato ante cualquier incumplimiento de la empresa de las obligaciones que la ley o el contrato le impongan, y en especial, en los siguientes casos:
1. TERMINO ANTICIPADO
• Si el monto acumulado de las multas aplicadas a la Empresa, superan el 10% del valor del contrato;
• Si el contratista es declarado en quiebra, solicita su quiebra o inicia proposiciones de convenios con sus acreedores;
• Si hay orden de ejecución y embargo de todos o parte de sus bienes;
• Si ha llegado a un arreglo de traspaso de todo o parte de sus bienes, a favor de sus acreedores;
• Si ha acordado llevar contrato a un comité de inspección de sus acreedores;
• Si el contratista es una compañía y va a su liquidación;
• Si al contratista le fueren protestados documentos comerciales por no pago, durante sesenta días o no fueran debidamente aclarados dentro de dicho plazo
• Si se demuestra que la Empresa se encuentran en estado de cesación de pagos o de reiterados incumplimientos con sus acreedores;
• Si el contratista fuera condenado por sentencia ejecutoriada por algún delito común que merezca pena aflictiva, o cualquier de sus socios en el caso que el contratista fuera una empresa constituida en forma distinta a una sociedad anónima. Si se trata de una sociedad anónima, si fuera condenado el gerente o alguno de los directores de dicha sociedad anónima.
• En el evento que por cualquier circunstancias se haya hecho efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato y buena ejecución de la obras; • Por incumplimiento grave a juicio del Municipio, de cualquiera de las exigencias del Contrato o demás documentos que formen parte integrante de él.
• En caso de muerte del contratista o socio que implique término de giro de la empresa y;
• Si el contratista ha hecho abandono de los servicios o se ha disminuido el ritmo de trabajo a un extremo que a juicio del inspector técnico de obras equivalga a un abandono de las mismas.
• En general cualquier otro caso de incumplimiento de las obligaciones del contrato.
En los casos señalados precedentemente, el término de contrato se materializa en forma administrativa y sin más trámite, mediante la dictación de un Decreto Exento, haciendo efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato, sin perjuicio de las acciones legales que pueda emprender la Municipalidad en contra de la Empresa para resguardar sus intereses.
Por otra parte la Municipalidad podrá dar término anticipado del contrato, de pleno derecho y proceder a su liquidación anticipada, cuando por causa de fuerza mayor o caso fortuito calificadas por la Municipalidad, de deba paralizar definitivamente el contrato. En este caso, La Municipalidad dará aviso por carta certificada a la Empresa, una vez producido el hecho, plazo en el cual ambas partes convendrán la forma y condiciones en que se paralizará el contrato. En la liquidación del contrato se pagará a la Empresa la proporcionalidad de la obra ejecutadas hasta la fecha del aviso. En todo caso, el contrato podrá ser dejado sin efecto siempre por las partes de común acuerdo, caso en el cual ninguna de ellas tendrá derecho de indemnización.
2. LIQUIDACIÓN CON CARGO
Procederá la liquidación con cargo en los siguientes casos:
- Si el contratista por causa que le fuere imputable no iniciare las obras dentro del plazo máximo de 15 días corridos.
- Si el contratista o alguno de los socios de la empresa contratista fuera condenado por delito que merezca pena aflictiva.
- El contratista es declarado en quiebra.
- El contratista paraliza las obras por más de 10 días corridos seguidos, sin justificación alguna.
- Incumplimiento de lo estipulado en el contrato y sus anexos.
- Incumplimiento de los plazos contractuales y/o programación de la obra.
Si la obra se encuentra atrasada, de manera que la diferencia entre el avance físico proyectado programado y el avance físico real es mayor a una 20% por una sola vez, o si es mayor a un 15% por segunda vez consecutiva.
- Si por error en la ejecución de los trabajos la obra quedará con defectos graves que no pudieran ser reparados y ellos comprometieran su seguridad u obligan a modificaciones sustanciales del proyecto.
- Si se detectan observaciones en la ejecución de obras, en el proceso de recepción provisoria de las mismas y estas no son subsanadas en el plazo otorgado para tal efecto.
- Si el contratista no cumple oportunamente con mantener vigentes las boletas de garantía o pólizas correspondientes. Para proceder a realizar la liquidación con cargo, deberá solicitarse autorización al Mandante, para lo cual la Unidad Técnica deberá enviar junto al oficio conductor:
- Informe de término con cargo emitido por el ITO, en la que se expresara las causas o razones que llevarán a poner término al contrato.
- Resumen de las retenciones, multas, garantías.
3. TÉRMINO DE COMÚN ACUERDO O RESCILIACION DE CONTRATO.
Cuando la Unidad Técnica en común acuerdo con el contratista, resuelve liquidar anticipadamente el contrato, previa consulta al Mandante y autorización de éste. Para tal efecto el interesado deberá solicitarlo por escrito a la contraparte. Se rescilia el contrato sin indemnización para las partes, reembolsando al contratista las inversiones efectuadas en obra y devolviéndose las boletas de bancarias de garantía pertinentes.
4. ENTREGA DE ANTECEDENTES VULNERADOS
Se considerara como causa de término del contrato, la presentación de cualquier documento entregado para la tramitación de un estado de pago, que una vez revisado por la unidad técnica, se detecte su adulteración o falsificación.
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Multas por Atraso |
Por cada día de atraso de la obra, el proponente deberá pagar una multa equivalente al 10% del valor neto del Contrato, dividido por el número de días establecidos para la ejecución total del proyecto:
CALCULO DE MULTA DIARIA = 10% Valor neto del Contrato
Días de plazo ejecución
Para esto se considerará el plazo de ejecución el consignado en el contrato, siendo el término de la obra la recepción provisoria sin observaciones. En tanto el tiempo transcurrido desde la recepción provisoria con observaciones hasta la sin observaciones, no pude ser mayor al 10% del tiempo total, incluido eventuales aumentos de plazos. El plazo transcurrido sobre este será multado por día de atraso con el mismo monto considerado antes de las recepciones. El plazo para la ejecución y entrega de las obras (terminadas y sin observaciones) será de máximo ciento cincuenta días (150), contados desde la fecha de Entrega de Terreno por parte de la Inspección Técnica Municipal al Contratista.
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Inspección Técnica de Obras |
En la construcción de estas obras, la responsabilidad de su correcta y oportuna ejecución conforme al proyecto aprobado, a las bases especiales y a las normas técnicas vigentes, recae en el contratista seleccionado, quien deberá adoptar las medidas de gestión y control de calidad; será el encargado de velar por la calidad de la obra en contacto directo con ITO. La I.T.O., será una asesoría de profesionales competentes será designada por el Departamento de Obras Municipales. El contratista estará obligado a prestar toda la colaboración y otorgar el máximo de facilidades que requiera la I.T.O. para desempeñar su labor. Es el ITO, quien visará los estados de pago, por lo cual estos deben ser revisados y firmados por la ITO, y el contratista, antes de la presentación en el Municipio.
Además debe acreditar el cumplimiento de la mano de obra no calificada (OMIL, Los Muermos) que expresa en su propuesta.
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Libro de Obras |
Durante la vigencia del contrato se mantendrá un libro de obras, donde se anotarán todas las observaciones, modificaciones, rectificaciones y/o cambios necesarios para el correcto cumplimiento del contrato.
Este contendrá hojas foliadas en triplicado, autocopiativos, el libro deberá ser proporcionado por el contratista y estará a cargo del Inspector Técnico de Obra y una copia quedará en poder del contratista, previa firma de ambas partes.
En este libro se podrán dejar constancia como:
• Del avance del suministro;
• De las instrucciones que dentro de los términos del contrato se le impartan al contratista;
• De las observaciones que merezca la adquisición de los bienes o del servicio al efectuar su recepción;
• De los demás antecedentes que exigiera la Municipalidad;
• De las observaciones que pudiera estampar cualquier otro organismo competente en la materia o de las que realice alguna dependencia municipal.
• Avance, según planificación y programación entregada por el contratista.
• Cambios o modificaciones de las partidas contratadas, autorizadas por el ITO y el Director de Obras.
• Recepción de las partidas, correctamente ejecutadas.
• Recepción de los informes técnicos solicitados, si los hubiere.
Será el Director de Obras, de la I. Municipalidad de Los Muermos, quien tendrá la responsabilidad de fiscalizar la correcta ejecución de la obra en los plazos.
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Subcontratación. |
La subcontratación de empresas para la ejecución de partidas específicas en la obra, es aceptada siempre y cuando:
Al momento de presentar la oferta (entre los documentos anexos) se presente un listado de las obras a subcontratar.
Sin embargo, la responsabilidad de pagos previsionales y de seguridad laboral será de exclusiva responsabilidad de la empresa, y en ningún caso la empresa subcontratista tendrá nexo con el municipio.
Se debe informar mensualmente de los subcontratos con los que se cuenta.
Se reitera que en cado estado de pago debe adjuntar los pagos de los subcontratos del mes anterior.
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Definición de Discrepancias |
Si durante el proceso de adjudicación, contratación, ejecución, recepción o liquidación del contrato, se verificasen discrepancias entre los antecedentes que forman parte del contrato, éstas deben resolverse conforme el siguiente orden de pre relación:
• Entre las bases administrativas y el contrato, prevalecen las bases administrativas.
• Entre las especificaciones técnicas y los planos, prevalecen las especificaciones técnicas.
En los planos, entre el dibujo y las cotas, en obras de arquitectura prevalecen las cotas, en obras de urbanismo prevalece el dibujo.
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Documentos para la Recepción Provisoria. |
El contratista, al solicitar la Recepción Provisoria deberá adjuntar los siguientes documentos: a. Ingresar una carta a la unidad técnica solicitando la recepción provisoria b. Entregar programación física del proyecto indicando que las obras se ejecutaron al 100% c. Resolver las observaciones y aclaraciones que estipule el ITO y el Mandatario, y resolver esto antes de obtener su recepción provisoria o dejar claramente estipulado cuando y como se resolverá.
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