7. DISPOSICIONES CONTRACTUALES |
Para la elaboración del contrato el oferente adjudicado deberá acompañar materialmente la documentación que a continuación se detallará, teniendo como plazo hasta el 5° día hábil contado desde la fecha de adjudicación a través del portal de mercado público.
En todo caso, el adjudicatario no deberá acompañar los documentos especificados precedentemente, si ellos se encuentren disponibles en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado (www.chileproveedores.cl).
En caso de no estar digitalizados en el Registro de proveedores, dichos antecedentes deberán ser presentados materialmente en la oficina de partes de la Gobernación Provincial, ubicada en calle Bernardo O´higgins s/n, 2° piso, de la ciudad de Castro.
Si transcurrido el plazo señalado, el oferente seleccionado no diere entrega de la documentación solicitada, la Gobernación podrá rechazar su oferta por resolución y hacer efectiva la garantía de seriedad de la misma, aplicando el procedimiento de re adjudicación.
TRATANDOSE DE PERSONAS NATURALES
1.- Copia simple cedula de identidad
2.- Estar inscrito en el registro de chile proveedores.
3.- Hacer entrega de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, en los términos exigidos en las bases.
4.- Hacer entrega del certificado o declaración simple de no haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a derechos del trabajador dentro de los últimos dos años.
5.- Hacer entrega del certificado emitido por la dirección del trabajo o declaración jurada que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales o con trabajadores contratados en los dos últimos años.
6.- No estar inhabilitado para contratar con la administración del estado de acuerdo lo dispone el art.4 de la Ley 19.886, art.8° y 10 de la Ley N° 20.393, y otras que establezcan las leyes.
TRATANDOSE DE PERSONAS JURÍDICAS
1.- Copia simple del RUT de la persona jurídica y de su representante legal
2.- Copia simple de escritura de constitución de la persona jurídica y sus modificaciones.
3.- Certificado de vigencia de la persona jurídica y de los poderes de su(s) representantes, emitidos con una antelación no superior a seis meses.
Si se trata de personas jurídicas que no se constituyan mediante escritura pública inscrita en el Registro de Comercio correspondiente, deberá acompañar los documentos que resulten idóneos para acreditar su existencia y la personería del representante, emitidos con una antelación no superior a 6 meses.
4.- Estar inscrito en el registro de chile proveedores.
5.- Hacer entrega de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, en los términos exigidos en las bases.
6.- Hacer entrega del certificado o declaración simple de no haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a derechos del trabajador dentro de los últimos dos años.
7.- Hacer entrega del certificado emitido por la dirección del trabajo o declaración jurada que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales o con trabajadores contratados en los dos últimos años.
8.- No estar inhabilitado para contratar con la administración del estado de acuerdo lo dispone el art.4 de la Ley 19.886, art.8° y 10 de la Ley N° 20.393, y otras que establezcan las leyes.
Sin perjuicio de lo anterior, la Gobernación está facultada para solicitar al oferente adjudicado, toda la documentación legal necesaria antes de suscribir el contrato respectivo.
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I. CONTENIDO Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO: |
El contrato de la presente licitación será formalizado dentro de los 15 días corridos siguientes a la notificación de la adjudicación, a través, de documento firmado entre ambas partes, en tres copias y contendrá al menos la individualización del proveedor adjudicado, las características del servicio contratado, el precio, el plazo de duración del contrato, las garantías, las medidas a ser aplicadas por eventuales incumplimientos del proveedor, así como sus causales y el procedimiento para su aplicación, causales de término y demás menciones y cláusulas necesarias para el resguardo de los intereses de la Gobernación.
Una vez que el adjudicatario haya hecho entrega de la documentación requerida por las presentes bases de licitación y la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, la Gobernación fijará el día, hora y lugar para la firma.
Los gastos, certificaciones, copias autorizadas, derechos e impuestos que se originen motivo de la celebración del contrato serán de cargo exclusivo del proveedor adjudicado.
Se deja constancia de que la naturaleza del contrato es de suministro de bienes y ejecución de obra, a suma alzada, y no un contrato de trabajo, no existiendo subordinación ni dependencia alguna entre el servicio y el personal del proveedor adjudicado.
Por lo tanto para todos los efectos legales el proveedor tendrá la responsabilidad total y exclusiva en su condición de empleador para con sus trabajadores. No obstante ello el oferente y posterior proveedor deberá sujetarse a lo señalado en La ley 20.238.
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V. DEL TÉRMINO ANTICIPADO: |
La Gobernación, por resolución fundada, podrá poner término anticipado al contrato por alguna de las siguientes causales:
1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
2. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante, debidamente calificado por la Gobernación, siempre que ello no sea imputable a caso fortuito o fuerza mayor. Se entenderá especialmente por incumplimiento grave, el haber incurrido en alguna de las siguientes infracciones:
a.- Adulteración de los documentos asociados a los contratos profesionales o técnicos contratados o modificaciones no autorizadas a estos.
b.- Que los trabajos contratados no cumplan con los requerimientos técnicos que permita realizar la implementación de las redes de agua en forma óptima.
c.- Incumplimiento en la entrega de los informes.
d.- Consumo de alcohol o sustancias prohibidas en el desarrollo de sus labores, por parte de los miembros de equipo de trabajo en faena.
e.- Si el prestador no renueva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, en los plazos correspondientes.
f.- Si el prestador realiza algún tipo de subcontratación o cede sus derechos sin autorización de la Gobernación.
g.- Toda vez que la Gobernación notifique la ejecución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato debido al no pago de las multas cursadas y el prestador no la reemplace dentro del plazo de 10 días corridos.
h.- Adulteración o falsificación de documentación exigida en virtud de las presentes bases.
i.- Incumplimiento en el deber de confidencialidad de todos los antecedentes que conozca de la Gobernación, con motivo del contrato y no podrá hacer uso de éstos para fines ajenos a las presentes bases.
3. Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
4. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
5. Por la incapacidad de la empresa adjudicataria para seguir adelante con la ejecución del contrato, derivada de problemas internos, huelga de sus trabajadores, quiebra, entre otros.
6. Por la no solución por el adjudicatario, dentro de los plazos convenidos, de los reparos que les sean formulados por escrito por parte del administrador del contrato.
7. No da cumplimiento a la normativa laboral vigente, en especial al pago de remuneraciones y cotizaciones previsionales con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de 6 meses.
8. Por habérsele aplicado más de dos multas en un mismo periodo de facturación, sin que exista una razón de caso fortuito o fuerza mayor, u otra no imputable al contratado, debidamente justificada.
9. Por otras causales que se señalen en el Contrato respectivo.
El aviso de término anticipado se hará por documento escrito, mediante carta certificada, despachado al domicilio registrado por el proveedor, con cinco (5) días corridos de antelación a la fecha en que se desea terminar el contrato.
El término anticipado del contrato, autorizará a la Gobernación para hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato que se hubiera otorgado, cuando se produzca por algunas de las causales imputables al prestador, en los términos dispuestos por el artículo 72, del Decreto 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda.
Durante el período que transcurra entre la notificación del término anticipado del contrato y la nueva contratación del servicio, el proveedor estará obligado a continuar con los trabajos para la implementación de redes de agua para el sector Queler y Quinterquen, isla Caucahue, comuna Quemchi, estipulado en el contrato y la Gobernación por su parte deberá pagar al prestador hasta el último día efectivamente trabajado en la implementación de las redes de agua.
Lo anterior, es sin perjuicio de las acciones administrativas que la Gobernación deberá emitir para velar por el interés fiscal y/o entregue los antecedentes al Consejo de Defensa del Estado para entablar las acciones legales que en derecho correspondan.
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VISITA A TERRENO |
La visita a terreno estará a cargo de la Encargada del Programa Mitigación de Riesgos de la Gobernación. La visita a terreno será obligatoria. Solo podrá considerarse un representante por oferente. La asistencia será registrada en un acta preparada para tal efecto, la cual deberá ser firmada por todos los asistentes. La no asistencia de la empresa proponente o su representante constituirá incumplimiento de bases.
El contratista deberá considerar en su oferta todos los posibles imprevistos relacionados con la obra. La visita se realizará el día y hora establecidos en el portal www.mercadopublico.cl, donde podrán participar todos los oferentes y/o sus representantes que lleguen hasta el cierre del acta de asistencia, por lo tanto, quienes no lleguen antes del cierre del acta, no podrán consignarse como presentes a la visita a terreno. El punto de encuentro para la realización de la visita será en dependencias del Hall de la Municipalidad de Quemchi en Calle Pedro Montt N° 400 en la ciudad de Quemchi, a las 11:00 horas.
el día 16.11.2017
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