BASES ADMINISTRATIVAS
ESPECIALES
1.
GENERALIDADES
La Municipalidad de Laja llama a
Licitación Pública, a través del portal Mercado Público, para contratar la ejecución
del Proyecto “CONSTRUCCIÓN
PASEO COSTANERA SUR LAGUNA SEÑORAZA, LAJA”.
UNIDAD TÉCNICA Y MANDANTE: MUNICIPALIDAD DE LAJA.
FINANCIAMIENTO:
F.N.D.R
MONTO REAL PROCESO PRESUPUESTARIO IDI 2020: M$1.423.909 IVA INCLUIDO
La Propuesta se realizará a
suma alzada, sin intereses y sin reajustes. Las cubicaciones serán
responsabilidad de cada oferente.
2.
APLICACIÓN
DE NORMAS DE DERECHO
La presente Licitación se regirá
exclusivamente por estas Bases Administrativas Especiales, Bases Generales, y antecedentes
del proyecto como: Especificaciones técnicas, Planos, presupuesto (formato), anexos,
documento de consultas y aclaraciones si lo hubiere, Convenio
Mandato de fecha 10.04.17, Resolución Exenta
del GORE Nº 117 de fecha 04.08.17, además del contenido de la Propuesta aceptada, que
se entiende forma parte de las referidas Bases.
Una
vez adjudicada la Licitación,
todos los referidos documentos que rigen la propuesta aceptada serán
obligatorios y se entenderá que forman parte de las presentes Bases para los
efectos de su cumplimiento y sanciones por infracción.
Supletoriamente se
aplicarán las disposiciones legales y reglamentarias que sobre la materia
contempla la legislación chilena.
El idioma español regirá para todo el proceso de Licitación, para todos
los documentos asociados. El formato de los antecedentes o anexos a subir en el
Portal deberá ser en Word, Excel (versión office 2003 o anterior), JPG o PDF,
sino cumpliesen con esto quedarán fuera de bases.
La omisión, distorsión o alteración de cualquiera de los documentos o
antecedentes requeridos en las Bases administrativas, será causal suficiente
para declarar fuera de bases la propuesta presentada.
3.
ANTECEDENTES:
Adjunto a estas Bases
Administrativas Especiales se entregan:
Bases Generales
EETT de obra y letrero
Convenio Mandato
Planos
Anexos
Presupuesto (formato)
Frente a contradicciones
entre bases Generales y Bases especiales prevalecen lo establecidos en Bases
Especiales.
4.
INTERPRETACIÓN
DE LOS ANTECEDENTES DE LICITACIÓN
Para la
interpretación de los antecedentes de la licitación se regirá el siguiente
orden de prelación:
1) Documento de Consultas y Aclaraciones, si lo hubiere.
2) Bases Administrativas Especiales.
3) Bases Generales.
4)
Contrato.
5.
DEL PROYECTO
Consiste
en recuperar como espacio público alrededor de 52.000 m2 de terrenos ribereños
a la costanera sur de la laguna Señoraza, según el siguiente detalle:
-
Para circulación vehicular pavimento asfaltico
de 6.015 m2
-
Ciclovía 1.950 m2
-
Estacionamiento 3.766 m2
-
Miradores-muelle 1.800 m2
-
Áreas verdes 13.396 m2
-
Senderos - escaleras 1.500 m2
-
Protección/preservación ribera 23.541 m2
Áreas
verdes y paisajismo se instalaran juegos infantiles, iluminación en base a
proyectores tipo led en postes galvanizados con redes subterráneas, basureros,
escaños, señaléticas y muelles o miradores en seco.
La
calle es en asfalto de e= 9 sobre base de e=18 cm; incluye aprox. 1.035 m2 de
aceras de hcv sobre base de e=8cm, la instalación de aprox. 1730 ml de soleras,
ciclovia de hcv de e= 10 sobre base de
estabilizada de e=10 cm, confinada con adocreto recto, 786 ml de valla
peatonal, 40 ml muros de hvc de h=1 m, 90 ml muros de mampostería de h= 1 y 3
m, 680 ml de gaviones, 860 ml de canaletas y sistema de aguas lluvias, escalera
y rampa de acceso a población nuevo amanecer, red de alumbrado público y baja
tensión, entre otras obras.
Todo lo anterior de acuerdo a normativa vigente para este tipo de obra
y a proyecto aprobado por SERVIU BB-1605, cualquier modificación y/o
actualización SERVIU será responsabilidad de la empresa contratista.
La cuantificación será responsabilidad de cada oferente.
El Contratista será el encargado de capacitar a los
responsables en la mantención de las áreas verdes y vegetación descrita en el
ítem de paisajismo estipulado en el itemizado del presupuesto, para lo cual
deberá hacer entrega de una propuesta y programa de capacitación la cual deberá
ser ingresada como parte de su oferta en los anexos administrativos del portal.
6.
DE LOS
PARTICIPANTES
En caso de ser personas naturales deben
ser profesionales competentes y/o aquellas sociedades que actúen a través de un
profesional competente.
Los oferentes que tengan la calidad de Personas
Naturales, no podrán ser representados por una tercera persona. Las Personas
Jurídicas serán representadas por su Representante Legal.
Los interesados que cumplan con la condición anterior,
podrán acceder a las Bases Administrativas y demás antecedentes, en el sitio www.mercadopublico.cl en calidad de proveedores.
Sin
perjuicio de los requisitos establecidos para contratar, podrán participar
personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que no registren alguna
de las inhabilidades establecidas en los incisos 1º y 6º del artículo 4º de la
Ley de Compras.
Los interesados que cumplan con la condición anterior, podrán acceder a
las Bases Administrativas y demás antecedentes, en el sitio www.mercadopublico.cl.
DE LA UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES
Fomentando el principio de asociatividad en las compras públicas se
reconoce una nueva figura para contratar denominada “Unión Temporal de
Proveedores o UTP” regulada por el Articulo Nº67 bis del Reglamento de la Ley
de Compras y Contrataciones Públicas. Sin perjuicio de todos aquellos alcances
contemplados en la Directiva de Compras y Contrataciones Públicas Nº22.
Se considerará que una oferta es presentada bajo esta figura cuando dos
o más proveedores se encuentran unidos en la presentación de una oferta a un
proceso de compra y adjuntan a su oferta el documento que formaliza la UTP sea
este de carácter público o privado, el cual debe contener a lo menos, la
solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen
con La Municipalidad, además de nombrar un representante o apoderado. Con esta
figura de UTP cada integrante pueden sumar experiencia mediante certificados
que den cuentan de que la empresa integrante de la UTP ejecuto trabajos
anteriores, de acuerdo a lo que se evalúa en criterios de evaluación
respectivo.
Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para
la formulación de la propuesta o para la suscripción del contrato, establecidas
en la legislación vigente, afectaran a cada integrante de la UTP
individualmente considerado.
En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la
unión, esta deberá decidir si continuara con el respectivo procedimiento de
contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se
desiste de su participación en el respectivo proceso. En el caso que la Unión
Temporal de Proveedores haya presentado la oferta más conveniente y la
Municipalidad le va a contratar deberá tener en consideración lo
siguiente:
a. En todo proceso igual o superior a 1.000 UTM en que conste la Unión Temporal
de Proveedores deberá materializarse en una escritura pública, como documento
para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
b. La vigencia de la UTP no podrá ser inferior a la del contrato
adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto
en el Art. 12 del Reglamento de la Ley Nº 19.886.
c. Cada proveedor integrante de la UTP para suscribir el contrato
deberá contar con inscripción vigente en el registro de Proveedores.
MODIFICACIONES DE LA UTP: Toda modificación que experimente la UTP debe ser
informada de inmediato a La Municipalidad, debiendo hacer entrega del documento
modificatorio y teniendo en consideración que dicha modificación deberá
materializarse a través de las mismas formalidades que fueron necesarias para
su constitución.
DE LA FACTURACIÓN: En el caso de una UTP, será el representante de la misma,
indicado en el documento de su constitución, quien emitirá la boleta o factura
respectiva para cursar los pagos que generen la ejecución contractual.
TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO: Son causales de término anticipado del
contrato las siguientes:
a. La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha
figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal
circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional
Económica.
b. Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho
integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la
oferta.
c. Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte
a cualquiera de sus miembros.
d. Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida
que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes
miembros, en los mismos términos adjudicados.
e. Disolución de la UTP.
Aplicación
de Normas de Derecho
La
presente Licitación se regirá exclusivamente por estas Bases Administrativas,
Anexos, Consultas y Aclaraciones, si las hubiere, Términos Técnicos y
Especificaciones Técnicas, así como toda la restante Documentación
complementaria y la Oferta Económica, que se entiende forma parte de la
referida propuesta. Una vez adjudicada la Licitación toda la Documentación que
forman parte de la propuesta será obligatorio y se entenderá que forma parte de
las presentes Bases para los efectos de su cumplimiento y sanciones por
infracción. Supletoriamente se aplicarán las disposiciones legales y
reglamentarias que sobre la materia contempla la legislación chilena. Para la
interpretación de los antecedentes de esta licitación regirá el orden de
prelación indicado a continuación.
7.
VIGENCIA
DE LA OFERTA
Los
oferentes, con la sola presentación de su oferta quedan obligados al
mantenimiento de la misma durante un plazo de al menos 90 (noventa) días
corridos contados desde la fecha de Apertura de la Propuesta.
Las ofertas se formularán en pesos y su valor incluye todo gasto que
irrogue el cumplimiento del Contrato, sea directo, indirecto o a causa de él.
8.
SUFICIENCIA
DE LA OFERTA
Se
considerará que el oferente, antes de presentar su Oferta, está en conocimiento
de todos estudios, proyecto, distancias, riesgos, contingencias y demás
factores de todo tipo y financiamiento requerido para cubrir todas las
obligaciones en las condiciones establecidas en estas Bases.
9.
DEL
PAGO
El Contratista debe formular
mensualmente estados de pagos de acuerdo con el avance físico de la obra
contratada, el que debe ser ingresado a más tardar el día 10 del mes en curso,
en caso de existir observaciones tendrá plazo hasta el día 15 del mes en curso.
A partir del día 16 del mes en curso de le multará al contratista 5 UF por día
de atraso.
Para lo anterior tendrá que acompañar a
lo menos la siguiente documentación:
a)
Carta solicitud de Contratista
b)
Factura a nombre del Gobierno Regional de la
Región del Bío Bío, Avda. Prat 525, Concepción, RUT 72.232.500-1.
c)
Carátula tipo MOP con timbre y firma del ITO
(ficha de avance), el que deberá incluir el avance físico de la obra en
porcentaje.
d)
Formulario de detalles de las partidas con
nombre y firma del Inspector Fiscal responsable de la supervisión de la obra
(ficha de inversión).
e)
Certificado de la Inspección del Trabajo en
original que acredite que el Contratista y/o el Subcontratista no tiene
reclamaciones laborales pendientes con relación a la obra.
f)
Certificado del ITO que acredite que lo
solicitado en el punto e) corresponde a la cantidad de contratos y subcontratos
existentes en la obra.
g)
Certificaciones de calidad de los materiales
solicitados por la ITO,
según normativa vigente.
h)
Libro de Obra al día y debidamente firmado.
i)
Al menos 10 fotos representativas de diversos
aspectos del avance de la obra en cada estado de pago (la entrega de las fotos
debe ser tanto digitales como impresas en papel fotográfico a color). El tamaño
de las fotos en papel será de al menos 15x20 cm., 5 fotografías antes de
comenzar los trabajos las que deben incluirse en el primer estado de pago, 5 al
finalizar las obras éstas debe incluirlas en el último estado de pago.
j)
Fotografía clara y legible del Letrero de Obras
Instalado (para primer estado de Pago).
k)
Programa de dotación (contratación) de
trabajadores.
l)
Copia con certificado de habilidad en el Chile
Proveedores al momento de presentar el estado de pago.
m)
Y otros que la unidad mandate estime conveniente.
El estado de pago se cancelará contra la disponibilidad de los recursos del
GORE BIO BIO.
En caso de faltar algún
antecedente o efectuarse alguna observación, deberá subsanar la observación o
acompañar el antecedente en su caso. Luego, el Contratista podrá presentar la
factura correspondiente.
Factorización de
estados de pagos: El contratista tendrá la obligación de informar oportunamente
en caso de factorizar documentos de pago y el Gobierno Regional es quien
aprobará el factoring y se reserva el derecho a no cancelar mientras no esté
cotejada la información correspondiente. Si considerará factoring en los pagos
deberá señalarlo en su oferta.
La Municipalidad se
reserva el derecho de impugnar la factura, en el plazo de 30 días desde su
recepción por oficina de partes municipal.
Al momento de presentar
la factura respectiva, el contratista deberá entregar a la Municipalidad
mandante la cuarta copia, en caso que no haya factorizado su pago.
10.
DE LA
PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
Los interesados deberán
ingresar oferta en el ítem de licitación correspondiente:
Todos los siguientes antecedentes se
deberán presentar en formato digital (escaneados) en el portal
www.mercadopublico.cl.
10.1. Antecedentes Administrativos en el portal:
a)
Identificación Completa de la persona natural o
jurídica, incluyendo domicilio legal. Además, en caso de ser persona jurídica
se acompañará el certificado de vigencia de la sociedad, con fecha de emisión
no superior a los 60 días y anexar fotocopia de la Escritura de
Constitución de la Sociedad, de acuerdo
a formato (ANEXO Nº 1). En caso que el oferente, postule con la modalidad
“Unión Temporal de Proveedores”, el representante de dicha unión deberá
adjuntar el documento público o privado, que da cuenta del acuerdo para
participar de ésta forma, documento que deberá tener una antigüedad no superior
a 30 días corridos contados hacia atrás de la fecha de apertura. Debe
acompañar curriculum y certificado de título del profesional responsable de la
obra.
b)
Declaración Jurada Simple de acuerdo a formato
(ANEXO Nº 2).
c)
Registro de contratista vigente del oferente de
alguna Municipalidad, sólo si posee.
d)
Certificado de inscripción vigente en Registro
Nacional de Contratistas del MINVU, cuarta categoría o superior, solo si posee.No
se considerará registro en el MINVU, modalidad Privada (construcción de
viviendas).
e)
Certificado de inscripción vigente en Registro
Nacional de Contratistas del MOP, solo si posee.
f)
Documento de CAPITAL COMPROBADO emitido por la
entidad Bancaria correspondiente y documento emitido por entidad bancaria con
fecha de emisión año 2020.
g)
Anexo de Capital Comprobado con firmas
respectivas, según formato (ANEXO Nº 3).
h)
Certificados para acreditar experiencia de
acuerdo a lo señalado en numeral 14 letra B, sólo si posee.
NOTA: Para los oferentes inscritos en
Chileproveedores, los documentos señalados anteriormente, que estén ingresados
en el link "Documentos Acreditados" de Chileproveedores, no se
requerirá su presentación. Sin embargo, en dicho link los documentos deben
contar con la emisión del documento señalada anteriormente.
En caso de que uno o más oferentes
omitan algún antecedente de carácter administrativo, podrán presentarlo en un
plazo fatal de 48 horas contados desde el requerimiento de la municipalidad a
través por el portal. Se exceptúa de esta opción la entrega de oferta técnica y
económica, la cual deberá ser entregada antes del cierre de la adquisición. De
acuerdo a lo indicado en los criterios de evaluación de las presentes bases de
licitación, aquel o aquellos proveedores que presentaran antecedentes
administrativos fuera de plazo, será sancionado en el puntaje correspondiente a
la completitud de la oferta, según lo indicado en los criterios de evaluación.
Sin embargo, la no presentación dentro del plazo fatal declarará fuera de bases
la oferta. El documento o antecedente requerido deberá tener fecha máxima de
formalización el día en que se realiza la apertura de la licitación.
10.2. Antecedentes Técnicos en el portal:
a)
Análisis de precios Unitarios de las Partidas,
excepto las Globales.
b)
Flujo de caja estimado para la obra.
c)
Programa de dotación (contratación) de mano de
obra local no calificada para esta obra, según formato adjunto ANEXO N° 4. Se
exigirá inclusión laboral, por ende dentro de la mano de obra deberá contar con
una persona con alguna discapacidad, la cual tendrá que ser acreditada con su
carnet de discapacidad, además de presentar sus últimas 6 liquidaciones de
sueldo en su empresa para su validación.
d)
Programa propuesto de mantención de las áreas
verdes y vegetación y que incluya la capacitación al personal, de las
especificaciones de proyecto de paisajismo.
El análisis de
costos unitarios que se solicita tiene por objeto facilitar el estudio de la
propuesta y debe contener un análisis de la valorización de los materiales,
mano de obra, equipos, etc. para la obtención del precio unitario respectivo.
Dentro de la mano de obra deberá contar
con una persona con alguna discapacidad la cual tendrá que ser acreditada con
su carnet de discapacidad, además de presentar sus últimas 6 liquidaciones de
sueldo en su empresa, sino acredita lo anterior se declarará fuera de bases.
Como mínimo debe considerar 12
trabajadores promedio mensual de mano de obra no calificada, de lo contrario se
declarará fuera de bases la oferta.
10.3. Antecedentes soporte en papel:
La Garantía de Seriedad de la Propuesta
original esta deberá ser ingresada en un sobre cerrado con el ID de la
licitación, nombre del proyecto, e identificación del oferente por oficina de partes del municipio, como máximo hasta las
13:40 horas del día de cierre de recepción de ofertas.
10.4. Antecedentes Económicos en el portal:
Se deberá ingresar en el
Portal Mercado
Público a más tardar el día y horario
definido en el Cronograma de Licitación, de acuerdo a formato correspondiente.
La Oferta Económica debe contener el MONTO NETO DE LA OFERTA, según formato del Portal Mercado Público y además debe anexar los siguientes documentos
por ítem a ofertar:
-
Oferta Económica, según formato (ANEXO Nº 5).
-
Presupuesto por Partidas (según formato
adjunto).
11.
DE LA
VISITA A TERRENO, LAS CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIÓN DE BASES
La visita a
terreno es de carácter obligatoria la fecha y hora estipulada en el cronograma
de licitación.
Las Consultas
sobre los antecedentes de esta Licitación deberán formularse en el portal Mercado Público.
Las Consultas se
recibirán el día definido en el Cronograma de Licitación. No se Aceptará ni
responderá ningún tipo de consulta telefónica otro mecanismo informal.
La Municipalidad de Laja, a través del Portal dará respuesta a las consultas recibidas
mediante el portal, el día definido en el Cronograma de Licitación, por lo que
será responsabilidad de los oferentes su conocimiento.
El departamento de
SECPLAN es responsable de este proceso de licitación hasta la firma del
contrato respectivo.
La Municipalidad se reserva el derecho
de: modificar las bases de licitación, ampliar los plazos de la licitación, en
tales casos se dictará decreto alcaldicio y se comunicara a través del mismo
Medio de lo obrado.
12.
DE LA RECEPCIÓN DE LAS OFERTAS
Se realizará como máximo en la forma, fecha, lugares y horario
establecidos en estas Bases y en el cronograma de licitación. A menos que se
produzca la situación definida en el último párrafo del artículo 11.
13.
DE LA APERTURA DE LAS
OFERTAS
La apertura de
antecedentes es electrónica, se realizará el día y hora señalado en el
Cronograma de Licitación.
Si en la apertura de los antecedentes y/o evaluación, se constata que
oferente no asistió a visita a terreno obligatoria, o si oferente no ingresó en
el plazo estipulado la garantía en el Municipio de seriedad de la oferta, o
faltan documentos que forman parte de los antecedentes técnicos o económicos o
estos están incompletos, ilegibles o mal extendidos por el proponente se
rechazara la oferta y no será evaluada.
Sólo se tomarán en consideración para evaluación las Propuestas que
hubieren sido válidamente presentadas hasta la fecha y hora señalada en el
Cronograma de Licitación, por lo que una vez iniciado este proceso no se
admitirá Propuesta alguna, ni modificaciones de las presentadas.
Sólo se imprimirán los antecedentes que fueron
solicitados de acuerdo a lo señalado en el numeral 10.
La facultad de declarar fuera de Bases corresponderá a la Comisión de Evaluación,
en caso que el incumplimiento referido se detecte durante el proceso de
apertura electrónica o con posterioridad a la apertura durante el estudio y
análisis detallado de las propuestas presentadas, como por ejemplo el no
ingresó formal de la garantía en el plazo estipulado en el cronograma de
licitación.
14.
DE LA EVALUACIÓN
DE LA
OFERTA.
La Comisión de Evaluación se realizará por una comisión formada para
tal efecto.
La Comisión de Evaluación procederá al estudio y evaluación de las ofertas
recibidas, dentro de un plazo de 15 días hábiles a contar de la fecha de apertura
de la propuesta.
Las Pautas de Evaluación que se
consideraran en esta licitación serán:
PAUTA DE
EVALUACIÓN:
FACTORES
A EVALUAR
|
PONDERACIÓN
|
Capacidad
Económica
|
25%
|
Experiencia
del Oferente
|
40%
|
Mano
de Obra
|
15%
|
Cumplimiento
de Requisitos Formales
|
10%
|
Registros
y Patente del Oferente
|
10%
|
A)
CAPACIDAD ECONÓMICA (25%):
Formato capacidad económica firmado por contador del
oferente y por el oferente.
ANEXO CAPACIDAD ECONÓMICA
|
PUNTAJE
|
<200 MM$
|
10 Puntos.
|
>200 MM$ <=400 MM$
|
20 Puntos.
|
>400 MM$ <=500 MM$
|
40 Puntos.
|
>500 MM$ <= 700 MM$
|
70 Puntos.
|
Mayor a 700 MM$
|
100 Puntos.
|
B) EXPERIENCIA DEL OFERENTE (40%): Se compone por los
siguientes criterios
·
B.1 (40%): Experiencia
con el mandante en metros cuadrados de construcción o conservación de caminos.
La experiencia deberá ser acreditada solo con certificados emitidos por esta
municipalidad. Además dichos certificados deberán indicar lo siguiente:
cantidad de metros cuadrados de construcción o metros cuadrados de conservación
de camino, fecha de término de la obra, nombre y firma del mandante. La
ponderación estará dada como se indica en el siguiente cuadro:
<5.000 m2
|
0 Puntos
|
5.000 m2. – 20.000 m2.
|
10 Puntos
|
20.001 m2. – 40.000 m2.
|
30 Puntos
|
40.001 m2. – 50.000 m2.
|
50 Puntos
|
50.001 m2. – 60.000 m2.
|
80 Puntos
|
60.001 m2 o más
|
100 Puntos
|
No se aceptarán facturas, órdenes de compras ni
contratos como medios para acreditar la experiencia.
Nota: Si el certificado no contiene
toda la información solicitada, no se considerará para efectos de acreditar
experiencia.
·
B.2 (30%): Experiencia en número de obras con
sus respectivos certificados emitidos por entidades municipales. Dichos
certificados deberán indicar lo siguiente: nombre de la obra, ID de dicha obra,
nombre y firma del mandante. La ponderación estará dada como se indica en el
siguiente cuadro:
0 obra
|
0 Puntos
|
1 obra – 19 obras
|
10 Puntos
|
20 obras. – 29 obras.
|
30 Puntos
|
30 obras. – 39 obras.
|
50 Puntos
|
40 obras – 49 obras.
|
80 Puntos
|
50 o más obras
|
100 Puntos
|
No se aceptarán facturas, órdenes de compras ni
contratos como medios para acreditar la experiencia. La empresa que no cuente
con certificados tendrá puntaje 0.
Nota: Si el certificado no contiene
toda la información solicitada, no se considerará para efectos de acreditar
experiencia.
·
B.3 (30%):
Experiencia con el Mandante en número de obras con sus respectivos certificados
emitidos por esta municipalidad. Dichos certificados deberán indicar lo
siguiente: nombre de la obra, ID de dicha obra, nombre y firma del mandante. .
La ponderación estará dada como se indica en el siguiente cuadro:
0 obras
|
0 Puntos
|
1 a 2 obra
|
10 Puntos
|
3 a 4 obras
|
50 Puntos
|
5 o más obras
|
100 Puntos
|
No se aceptarán facturas, órdenes de compras ni
contratos como medios para acreditar la experiencia. Solo se contemplaran certificados
de obras realizadas desde el año 2010 a la fecha. Nota: Si el certificado no contiene
toda la información solicitada, no se considerará para efectos de acreditar experiencia.
C) MANO DE OBRA (15%):
Se ponderará la
mano de obra local no calificada ofertada de acuerdo al formato respectivo.
0%-39%
|
0 Puntos.
|
40%-59%
|
40 Puntos.
|
60%-79%
|
60 Puntos
|
80%-99%
|
80 Puntos
|
100%
|
100 Puntos
|
El
oferente deberá contar con una persona discapacitada, para acreditar esto
tendrá que adjuntar en los anexo las ultimas 6 cotizaciones, además de su
carnet o un certificado que acredite su discapacidad.
La
mano de obra local será certificada por la OMIL de la I. Municipalidad de Laja.
D) CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES 10%
Sólo se consideran los
antecedentes administrativos
REQUISITOS FORMALES
|
PUNTOS
|
Presentación
completa de los requisitos formales
|
100
|
Oferente
completa antecedentes administrativos omitidos durante las 48 horas desde la
solicitud realizada por el foro inverso del portal
|
50
|
Oferente no
completa los antecedentes administrativos omitidos solicitados por el foro
inverso del portal se desestimará la oferta
|
|
E) REGISTRO Y PATENTE DEL OFERENTE (10%)
Se evaluaran 3 parámetros:
1) El registro vigente municipal del
oferente 25%
-
Presenta
Registro de Contratistas de alguna municipalidad: 100 puntos.
-
No
tiene, no presenta: 0 puntos
2) Patente vigente del oferente 25%
-
Presenta
patente vigente: 100 puntos.
- No tiene, no presenta: 0 puntos
3) Cuenta con Registros vigentes en
el MOP y en el MINVU 50%
- Presenta Registros MOP y MINVU: 100 puntos
- No tiene, no presenta: 0 puntos
Criterios de desempate
Criterio
para dirimir empates: Ante una igualdad de puntaje en la evaluación final de
las ofertas, se adjudicará al que tenga mayor puntaje en los criterios de
acuerdo al orden de prelación siguiente:
Cumplimiento
de requisitos formales
Experiencia
del oferente
Contratación
de mano de obra
Capital
comprobado.
Registros
y Patente del Oferente
De persistir el empate,
ganará el oferente que haya ingresado primero su oferta en portal mercado
público.
La
comisión podrá solicitar a los oferentes, en caso de errores u omisiones
meramente formales, detectadas durante la evaluación, que salven dichos
errores, dentro del marco establecido por el artículo 40º del reglamento de la
Ley 19.886, de Compras Públicas, es decir, siempre y cuando las rectificaciones
de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de
privilegio respecto de los demás competidores.
La
evaluación establecerá un ranking con todas las ofertas evaluadas. En él se
ordenarán las ofertas, de acuerdo al puntaje que hayan obtenido luego de
haberles aplicado los factores de evaluación con los correspondientes puntajes
y ponderaciones. Luego la comisión informará la
evaluación de las propuestas al Sr. Alcalde.
La
comisión podrá dejar fuera de Bases a los oferentes que presenten
inconsistencias en sus antecedentes o que al revisar la documentación se
observen anomalías, falsificaciones o adulteraciones de los mismos.
15.
DE LA
ADJUDICACIÓN
La Comisión de Evaluación se realizará por una comisión formada para
tal efecto.
La Municipalidad podrá adjudicar el
proyecto cuando el monto ofertado no supere el monto real al autorizado por el
Consejo Regional.
En el caso de superar el monto real, la
Unidad Técnica podrá solicitar al Gobierno Regional autorización que signifique
un incremento de los recursos aprobados de hasta un 10%, siempre previo a la
adjudicación.
La Comisión de Evaluación,
presentará al Sr. Alcalde un acta de Evaluación y la sugerencia
correspondiente.
De acuerdo a la normativa vigente, se
deberá presentar al Concejo Municipal, con el fin de tomar acuerdo para
celebrar el contrato, en atención que el monto del contrato supera las 500 UTM.
El
Municipio adjudicará la licitación mediante decreto alcaldicio aquella oferta
que resulte más ventajosa y conveniente a sus intereses, según los criterios de
la pauta de evaluación y sus correspondientes puntajes y ponderaciones y lo
informado y propuesto por la Comisión Evaluadora. La adjudicación se comunicará
mediante la publicación del decreto alcaldicio respectivo en el sitio
www.mercadopublico.cl
Conforme
a lo estipulado en la Ley Nº 19.886, el Municipio podrá declarar las ofertas
inadmisibles cuando éstas no cumplan los requisitos establecidos en las
presentas bases; declarará desierta una licitación cuando no se presenten
ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.
Asimismo, podrá aceptar cualquiera de ellas, aunque su oferta económica no sea
la de menor costo, siempre que cumpla con todos los requisitos señalados en
estas bases.
El Municipio podrá en caso
que el adjudicatario se rehúse a suscribir el contrato, adjudicar al oferente
que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las ofertas y así sucesivamente
hasta que no existan proponentes a los cuales adjudicar. En el caso de que no
exista una segunda opción se procederá a realizar un nuevo proceso de
licitación.
Los
proponentes que no resulten seleccionados no tendrán derecho a indemnización de
ninguna naturaleza.
En
caso que el proveedor adjudicado no esté inscrito en el Registro electrónico
oficial de contratistas de la Administración, Chileproveedores, estarán
obligados a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la
notificación de la adjudicación por el sistema de compras. En caso que no lo
haga la municipalidad podrá entender desistimiento de la oferta, pudiendo
adjudicar al oferente que haya resultado según mejor evaluado (si corresponde),
y así sucesivamente.
DE LA FACULTAD
DE READJUDICAR
En los siguientes casos:
a)
Si el contrato no se firma en el plazo
estipulado, por causas atribuibles al adjudicatario.
b)
Si el adjudicatario no entrega la Garantía de
Fiel Cumplimiento del Contrato.
c)
Si el adjudicatario se desiste de su oferta.
d)
Si el adjudicatario es inhábil para contratar
con el Estado en los términos del artículo 4º de la Ley de Compras o no
proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha
condición.
e)
Si el adjudicatario no se inscribe en el
Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado dentro del plazo de 15
días hábiles contados desde la adjudicación.
Fecha de Adjudicación:
En caso de no cumplirse
con la fecha indicada de adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl, la
municipalidad publicará una nueva fecha en el portal, informando las razones
del atraso.
16.
CONTRATO
Una vez resuelta la adjudicación
posteriormente se procederá a la suscripción del contrato respectivo el cual se
legalizará ante notario, sólo se firmará el contrato previa presentación de la
garantía que cauciona el fiel cumplimiento del contrato, enseguida se emitirá
la orden de compra a través del sistema de compras.
Todos los
gastos que se originen tanto para la presentación de la Propuesta como la
legalización del contrato ante Notario serán de cargo del contratista.
El
contratista tendrá un
plazo de 15
días hábiles para
suscribir el contrato,
a partir de
la notificación de
adjudicación de la
propuesta en el portal de compras.
El contrato se hará si la empresa esta
habilitada según lo establecido en la
Ley 19.886.
Si
el adjudicatario no
suscribiese el contrato
en el plazo señalado,
la Municipalidad podrá
dejar sin efecto
el Decreto de
Adjudicación, en cuyo
caso se hará
efectivo administrativamente el
documento de garantía
de “Seriedad de la
Oferta” y se adjudicará a la empresa que resultare
segunda en la evaluación y así sucesivamente. En el caso de que no exista una
segunda opción se procederá a realizar un nuevo proceso de licitación.
17.
DE LOS
SUBCONTRATOS
El Contratista
sólo podrá subcontratar parte del proyecto, hasta un 30% del monto del
contrato, pero entendiéndose, en todo caso que el Contratista es el único
responsable de todas las obligaciones contraídas con la Municipalidad en
virtud del Contrato y las presentes Bases.
Toda
Subcontratación, deberá ser consultada y presentada a la I.T.O. quien podrá autorizar o
rechazarla, según corresponda.
En caso de superar
el 30% esto deberá ser consultado a la
I.T.O. quien podrá autorizar o rechazarla, según corresponda.
18.
DE LAS
GARANTÍAS.
Las garantías
serán verificadas su autenticidad mediante consulta a las entidades que las
emitan. No se aceptarán garantías
tomadas por terceros.
El oferente deberá indicar contacto del
ejecutivo bancario (nombre, fono y mail) para tramitar la autenticidad de las
garantías indicadas en los puntos 18.1, 18.2 y 18.3.
18.1 GARANTÍA DE LA
SERIEDAD DE LA
OFERTA
La Garantía de la Seriedad
de la Oferta, pudiendo
presentar (Boleta Bancaria de Garantía o Vale Vista o Depósito a la Vista o
Certificado de Fianza o Póliza de Seguro), que debe ser pagadera a la vista y
tener el carácter de irrevocable, por un monto mínimo de $1.000.000, tomada por el
oferente, a nombre de la Municipalidad de Laja, R.U.T. 69.170.300-2 con una
vigencia de 90 días a contar del día de apertura de la propuesta (plazo mínimo).
La que se devolverá una vez concluido el proceso de evaluación a petición
escrita.
La glosa en el caso de presentar boleta de garantía deberá indicar
expresamente: Para garantizar la seriedad de la oferta de la Licitación Pública
CONSTRUCCIÓN PASEO COSTANERA SUR LAGUNA SEÑORAZA, LAJA.
En caso de que el
documento no contenga glosa el oferente deberá acompañar el documento con una
hoja que contenga la glosa presentada en párrafo anterior.
18.2. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Al momento de suscribir este contrato el oferente adjudicado, deberá
presentar una garantía por el fiel cumplimiento del contrato pudiendo presentar
(Boleta Bancaria de Garantía o Vale Vista o Depósito a la Vista o Certificado
de Fianza o Póliza de Seguro), que debe ser pagadera a la vista y tener el
carácter de irrevocable, por un monto no inferior al 10% del monto del contrato
y deberá tener vigencia igual al plazo o período de ejecución del proyecto, más
90 días corridos, a contar del día de la firma del contrato, tomada a nombre del
Gobierno
Regional de la Región del Bío Bío RUT 72.232.500-1.
La garantía será
devuelta una vez realizada la recepción provisoria sin observaciones del
contrato y a petición escrita.
La glosa en el caso de presentar boleta de garantía deberá indicar expresamente:
Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato CONSTRUCCIÓN PASEO COSTANERA
SUR LAGUNA SEÑORAZA, LAJA.
En caso de que el
documento no contenga glosa el oferente deberá acompañar el documento con una
hoja que contenga la glosa presentada en párrafo anterior.
18.3. GARANTÍA DE CORRECTA EJECUCIÓN DE LA OBRA
Para la Garantía de Correcta Ejecución de las Obras, pudiendo presentar
(Boleta Bancaria de Garantía o Vale Vista o Depósito a la Vista o Certificado
de Fianza o Póliza de Seguro), que debe ser pagadera a la vista y tener el
carácter de irrevocable, tomada por el oferente, a nombre del Gobierno Regional de la Región del Bío Bío RUT 72.232.500-1.
Esta boleta debe ser
emitida por un monto no inferior al 5% del contrato y deberá tener vigencia
igual a 13 meses, a contar de la fecha de Recepción Provisoria de la obra, la
cual se devolverá una vez sancionada por Decreto Alcaldicio la liquidación del
contrato. Esta garantía debe ser entregada en la Municipalidad en un plazo
máximo de 10 días hábiles desde la recepción provisoria sin observaciones y la
no entrega considerará una multa de 1,0 UF por cada día de atraso.
La glosa en el caso de
presentar boleta de garantía o Certificado de Fianza deberá indicar
expresamente: Para garantizar la correcta ejecución de las obra CONSTRUCCIÓN PASEO COSTANERA SUR LAGUNA SEÑORAZA,
LAJA.
En caso de que el
documento no contenga glosa el oferente deberá acompañar el documento con una
hoja que contenga la glosa presentada en párrafo anterior.
Para la devolución de las
garantías: la de fiel cumplimiento del contrato la devolución se tramitará a
petición escrita cuando se cuente con recepción provisoria y la de correcta
ejecución de la obra a petición escrita se devuelve cuando se proceda a la
liquidación final del contrato. En ambos casos la Municipalidad gestionará con
el Gobierno Regional la devolución de los documentos.
19.
DE LOS
PLAZOS.
El plazo máximo de ejecución será de 240
días corridos contados desde el día hábil siguiente a la firma del acta de
entrega de terreno, que no podrá ser superior a los 10 días hábiles desde la
firma del contrato, cada oferente podrá
ofrecer un plazo menor el que NO será considerado en la evaluación. Si el
oferente considera un plazo de ejecución superior a 240 días su oferta se
declarará fuera de bases.
20.
DE LA RECEPCIÓN PROVISORIA.
Una vez terminados los trabajos, el Contratista
solicitará por escrito la Recepción Provisoria de las Obras a la I.T.O., solicitud que deberá
ser ingresada a la Oficina
de Partes.
El mandante usará o explotará la obra, después
de la Revisión
Provisoria de la
Obra. Sin embargo el Contratista será siempre responsable
durante el plazo de la garantía por la correcta ejecución de la misma, a menos
que estos se deban al uso o explotación inadecuada de la obra y deberá repararlos
a su costo antes de la fecha del plazo de garantía.
Será requisito necesario para solicitar la Recepción provisoria
presentar los siguientes documentos:
-
Certificado de la Inspección del Trabajo,
que acredite no tener deudas pendientes con sus trabajadores por la obra
ejecutada en caso de no tener debe presentar la solicitud del certificado pero
el certificado debe ser presentado para el pago correspondiente.
-
Aprobación de los servicios respectivos, según
corresponda.
-
Certificación de Control de Calidad y/o ensayos
de los materiales que correspondan y/o solicitados por la ITO.
-
Certificaciones de los servicios respectivos
-
Libro de Obras debidamente firmado y al día.
-
Y otros que la ITO estime conveniente.
Posterior a la presentación del contratista, el
ITO verificará que la obra esté terminada, emitirá Informe Técnico y en caso
contrario informará al contratista que la obra no está terminada.
Si la obra está terminada se procederá a
nombrar una Comisión compuesta por funcionarios designados por la autoridad
competente.
La
Comisión deberá constituirse en la obra en un plazo no
superior a 15 días corridos, contados desde la fecha de su designación.
Una vez verificado por la Comisión, el cabal
cumplimiento del contrato, está dará curso a la recepción y levantará un Acta
dentro del plazo de 7 días contados del día de la Recepción en Terreno y
que será firmada por los miembros asistentes y por el Contratista, si lo desea.
Si este no estuviere de acuerdo con el texto propuesto deberá formular sus observaciones
en el término de las obras, la fecha que haya indicado la I.T.O.
Si al momento de la recepción los trabajos
tuviesen defectos o detalles fácilmente reparables, o no se ejecutaron de
acuerdo a planos especificaciones técnicas y reglas de la técnica, la comisión
entregará un plazo adicional con el fin de que se efectúen las reparaciones
observadas, este plazo no podrá ser superior al 20% del plazo contratado. Se
levantará un Acta con Recepción con las observaciones encontradas y pasado el
plazo otorgado se constituirá nuevamente para verificar que estas observaciones
fueron subsanadas y procederá a efectuar la recepción provisoria si fuera el
caso.
21. RECEPCIÓN DEFINITIVA.
Se realizará a solicitud del Contratista,
transcurrido un año desde la fecha de la Recepción Provisoria
y será de responsabilidad del ITO la recepción definitiva, deberá levantar
informe respectivo y resguardar que se encuentre vigente la garantía de
correcta ejecución de la obra.
El ITO verificará básicamente durante la Recepción Definitiva
de la obra lo siguiente:
a)
La buena ejecución de los trabajos (que no se
hayan producido daños atribuibles a la ejecución defectuosa).
b)
La calidad de los materiales empleados (que no
se hayan presentado desperfectos o deficiencias propias de los materiales
utilizados).
c)
Será requisito retiro del letrero de obras y
dispuesto en pañol municipal, con V° B° de la ITO.
Si en el transcurso de este año se verificará
deficiencias en los trabajos, atribuibles a la mala o deficiente ejecución de
obras, el ITO le comunicará a la empresa en forma escrita, y se le dará un
plazo para realizar las reparaciones correspondientes, si no se hicieran o se
realizaran en forma deficiente o fuera del plazo entregado, se procederá al
cobro administrativo de la
Boleta de Garantía por la correcta ejecución de los trabajos.
22.
RETENCIONES
Y ANTICIPOS.
Retenciones
No se consideran.
Para el caso del anticipo el monto no podrá exceder
al 10% del Aporte del F.N.D.R., de acuerdo a la Ley de Presupuesto vigente. Dicho anticipo debe ser autorizado por el Gobierno Regional.
El contratista deberá caucionar éste anticipo
mediante la presentación de una garantía consistente en una Boleta Bancaria de
Garantía o Vale Vista o Depósito a la Vista o Certificado de Fianza o Póliza de
Seguro a nombre del Gobierno Regional del Bío Bío, con un mínimo de validez
equivalente al plazo ofrecido de ejecución de las obras, más 90 días corridos y
por un monto en pesos correspondiente al total del anticipo.
23.
LETRERO DE
OBRAS.
El Contratista tendrá la obligación de
confeccionar e instalar en la
Obra un letrero de acuerdo de 5x3 m de acuerdo a diseño y
características técnicas señaladas en archivos adjuntos a esta licitación y
deberá ser instalado en lugar que la
I.T.O le indique.
24.
PARALIZACIÓN
TEMPORAL, AUMENTO Y/O DISMINUCIONES DE OBRAS Y PLAZOS.
La Municipalidad con
el fin de llegar a un mejor término de las obras podrá, en común acuerdo con la
empresa contratada, paralizar las obras mediante Decreto Alcaldicio con el fin
de llevar a un mejor término las obras, la solicitud del contratista debe ser
con un mínimo de 10 días de antelación antes de expirar el plazo contractual.
Además podrá
solicitar aumento y/o disminuciones de obras si fuera necesario, todo esto en
común acuerdo con el Contratista y si hubiese recursos y/o disponibilidad
financiera para ello (cuando corresponda). El ingreso de la solicitud para solicitar
aumento y/o disminuciones de obras el ingreso de la solicitud al Municipio
deberá tener un mínimo de 30 días antes del término del plazo contractual para
evitar atrasos.
Toda modificación de
contrato incluidas las a Costo $ 0 deberán informarse al Gobierno Regional
previo a la ejecución del proyecto, para efectos de reprogramación de la ejecución. Se exceptúa de
esta aprobación las modificaciones correspondientes a aumento de plazo.
Además podrá
solicitar aumento de plazos, si fuera necesario, todo esto en común acuerdo con
el Contratista, si hubieren causales para ello lo que debe ser aprobado por el
ITO (según corresponda). En caso de ser aprobado el contratista deberá renovar
las Garantía ante la eventualidad de existir una modificación de Contrato y/o
aumentos de plazo.
En el evento de
presentarse la necesidad de ejecutar obras extraordinarias o situaciones no
previstas y siempre que el monto contratado originalmente no haya excedido el
valor real del proyecto (que los montos no superen el 10% del valor de la recomendación
favorable) y estas no impliquen cambios sustantivos del proyecto, respecto a lo
originalmente autorizado, sólo se requerirá de la autorización previa del
Gobierno Regional, la que se expresara mediante oficio favorable del Intendente
Regional.
Cuando las
modificaciones y/o solicitudes de recursos extraordinarios signifiquen cambios
cualitativos y/o cuantitativos en alguno de los ítems inicialmente aprobados
por el Ministerio de Desarrollo Social y/o por la Unidad de Preinversión del
Gobierno Regional y/o del monto aprobado originalmente, deberán ser revisadas y
recomendadas técnicamente sin observaciones por parte del Ministerio de
Desarrollo Social y/o por la Unidad de Preinversión del Gobierno Regional,
superada esta instancia y una vez asegurado el financiamiento con la institución
correspondiente, el Gobierno Regional debe efectuar la modificación del
Convenio.
25.
CONOCIMIENTO DE
LAS BASES.
Ningún oferente podrá alegar desconocimiento de
las Bases y antecedentes, además del terreno, la topografía y abastecimiento de
materiales y vialidad de la zona y por el hecho de participar en la Licitación, se entenderá
que acepta expresamente su contenido y decisión de la Municipalidad en la
adjudicación, siendo en todo caso debidamente justificada, desde el punto de
vista técnico.
26.
DEL TERMINO
ANTICIPADO DEL CONTRATO
La
Municipalidad podrá poner término administrativo y en forma
anticipada un contrato sin derecho de indemnización alguna en los siguientes
casos:
a.
Si el Contratista fuere condenado por algún
delito que merezca pena aflictiva o si tratándose de una Empresa lo fuese uno
de los socios o en el caso de una Sociedad Anónima, alguno de sus miembros del
Directorio o el Gerente.
b.
Si el Contratista fuere declarado en quiebra.
c.
Si el Contratista no concurriere a la Entrega de Terreno, de
acuerdo a lo estipulado en las Bases.
d.
Si el Contratista no diere cumplimiento al
Programa de Trabajo.
e.
Si el Contratista no acatara órdenes e
instrucciones que le dé la supervisión de Obras.
f.
Si la obra se paralice sin causa justificada
por un tiempo superior al 20% del plazo de ejecución del mismo. Sin perjuicio
de lo anterior, las Bases podrán fijar un plazo diferente.
g.
Si se produjeren atrasos injustificados ajuicio
de la autoridad correspondiente, de un 30% o más con respecto al avance de las
actividades consultadas.
h.
Cuando la Municipalidad de
común acuerdo con el Contratista resuelve liquidar el contrato.
i.
Si por errores quedaran con defectos graves que
no pudieran ser reparados y ellos comprometieran la seguridad de ellas u
obligasen a modificaciones sustanciales del proyecto.
j.
Lo exija el interés público o la seguridad
nacional
En el caso de efectuarse resciliación del
contrato, en virtud a la letra h) del orden cronológico que debe seguirse para
obtener la Liquidación
del Contrato es el siguiente:
1.
Convenir la Liquidación anticipada
2.
Aprobar el Convenio
3.
Recibir las obras inconclusas, y
4.
Una vez hecha la Recepción de las obras
inconclusas mediante Acta ratificada por Decreto Alcaldicio, luego se aprobará la Liquidación del
Contrato.
Puesto término anticipado a un Contrato por
cualquiera de las causales señaladas en este artículo, salvo la estipulada en
la letra h) se cobrarán las garantías y retenciones del contrato en poder del
municipio, las que servirán para responder del mayor precio que pueden constar
las obras por un nuevo contrato, asimismo, de las multas que corresponda pagar
por el atraso que se produzca o cualquier otro perjuicio que resultare para la Municipalidad.
De igual forma la ITO podrá exigir la separación
de la obra cualquier trabajador por insubordinación, desorden, incapacidad,
irresponsabilidad u otro motivo justificado, quedando siempre responsable el
Contratista de los actos de sus trabajadores dentro de la faena.
En el caso de muerte del Contratista o del
concesionario, el contrato o la concesión quedarán resuelto, y se procederá
administrativamente a las liquidaciones de los trabajos conforme al avance de
las obras y al valor de éstos.
27.
OBLIGACIONES
DEL CONTRATISTA
Será obligación
del Contratista ejecutar el proyecto con sujeción estricta a las
Especificaciones Técnicas, demás antecedentes, metodologías y reglamentación
respectiva.
Cualquier
discordancia entre lo existente en terreno, planos y ee.tt. deberá ser
solucionada considerando la mejor solución técnica y que vaya en pro de
resaltar positivamente este proyecto.
Deberá dar
cumplimiento a exigencia especificada en documento instalación de faenas adjuntas
en la licitación.
Será
obligación del contratista dar cumplimiento a todas y cada una de las leyes
sociales y previsionales que afecten a las personas que trabajen en la
realización de los trabajos contratados.
El Contratista responderá de fiel cumplimiento
de las disposiciones del Código del Trabajo de las Leyes sobre Medicina
Preventiva y Curativa, sobre Accidentes del Trabajo y enfermedades
profesionales y en general de toda la legislación social y previsional vigente
o que se dicte en el futuro sobre las materias indicadas.
Los accidentes, incendios o cualquier otro
siniestro que deterioren o destruyan las obras y que ocasione pérdidas de
materiales o bien que afecten vidas o bienes de terceros, serán soportados por
el Contratista. El Contratista será responsable exclusivo de los daños y
perjuicios que se causaren a terceros, ya sea por la mala calidad de los
materiales empleados, por defectos de la construcción, por la infracción de los
reglamentos y Ordenanzas Municipales y en general por cualquier error,
negligencia o imprudencia de parte suya o de sus dependientes.
Será labor del Contratista arbitrar los medios
necesarios para que la ejecución de la
Obra se lleve a cabo, sin ocasionar daño y dificultades a
terceros y asegurar la instalación de carteles con indicaciones al público en
general.
El Contratista podrá Subcontratar y/o traspasar
parte del contrato, sólo con la autorización de la municipalidad, siempre y
cuando las personas naturales y/o jurídicas estén inscritas en los registros
exigidos a la empresa contratada en primera instancia, entendiéndose que la
empresa originariamente es responsable de las obligaciones contraídas ante el
municipio y a las Normativas relacionadas con el tema de la Subcontratación.
El Contratista sólo podrá subcontratar parte de
las actividades del contrato con autorización expresa del Municipio,
manteniéndose su responsabilidad respecto de todas las obligaciones contraídas,
tanto con el Municipio como con terceros.
En todo caso el contratista siempre debe velar
por que se cumpla la Ley Nº
20.123 y Reglamentación que regula el trabajo en Régimen de Subcontratación y
la reglamentación de la Ley Nº 16.744 Articulo 66
bis sobre la Gestión de la Seguridad y salud en el trabajo en obras, faenas
o Servicios.
Es obligación del Contratista mantener en forma
expedita y a su costo, el tránsito por las vías públicas y el paso de las
aguas, con motivo de la ejecución de los trabajos, siendo de su responsabilidad
los perjuicios que se ocasionen a terceros en bienes fiscales, municipales o
nacionales de uso público, de acuerdo con las leyes y ordenanzas respectivas.
El contratista
deberá mantener la seguridad en el trabajo, instalando las señalizaciones y
medidas de seguridad en conformidad a las normas legales que regulan esta
materia, para lo cual deberá equipar a su personal con todos los elementos de seguridad
adecuados.
Daños a
Instalaciones de Terceros.
Todo daño de
cualquier naturaleza que con motivo de la ejecución de las obras se cause a
instalaciones de terceros será de responsabilidad y costo exclusivo del
contratista.
El contratista deberá adoptar todas las medidas
de precaución para preservar de cualquier daño a la propiedad ajena y asumirá
la responsabilidad de subsanar cualquier daño que en opinión de Inspector
Técnico sea atribuible a la realización de las obras, o a consecuencia de
ellas.
28.
MEDIDAS DE GESTIÓN Y CONTROL DE CALIDAD
Se contará en la obra con un libro de obras
tipo foliado, en triplicado y autocopiativo que estará presente en todo momento
en obra.
Se deberá considerar por el contratista todos
los ensayos de laboratorio de terreno y la todas las certificaciones de los
materiales a utilizar de acuerdo a la Norma Chilena y la Normativa Vigente
y a solicitud de la ITO,
si correspondiera.
29. DE
LAS SANCIONES Y MULTAS E LAS MULTAS
Por cada día de
atraso en el cumplimiento del plazo estipulado para la ejecución de la obra, el
Contratista deberá cancelar una multa equivalente a $100.000 por día de atraso,
incluidas sus modificaciones, el que será descontado en forma administrativa
del estado de pago pendiente y/o de las retenciones o garantías.
Se multará con
una suma equivalente a $100.000 cuando el Contratista no cumpla instrucciones
vertidas por la Inspección Técnica, por evento.
Se multará con
una suma equivalente a $ 125.000 cuando el Profesional Residente no cumpla
instrucciones vertidas por la Inspección Técnica, por evento. En el caso de ser
reiterativas se procederá a solicitar el cambio de profesional a la Empresa
Contratista.
Se multará con una suma equivalente a $ 200.000
cada vez que la
Inspección Técnica detecte que no se cumple con las
actividades y plazos definidos en Carta Gantt, sin razón fundada y aceptada por
la ITO.
Se multará con
una suma equivalente a $ 105.000 si se detectare errores, omisiones y/o
información adulterada de los trabajos u obras contratadas, o por la no
mantención del libro de obras en el lugar de las obras, o en caso por
adulteración, pérdida o destrucción parcial o total del mismo.
El oferente adjudicado
que renuncia a la terminación del contrato sin cumplirlo totalmente, será
sancionado con una multa equivalente a 100 U.T.M, y en consecuencia se hará
efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato por simple resolución
administrativa.
El cobro de las multas será
independiente del cobro de la
Garantía de Fiel Cumplimiento el Contrato.
30. DE LA INSPECCIÓN TÉCNICA.
Se entiende por Inspección Técnica a la o las personas que, nombradas
por decreto Alcaldicio por la
Municipalidad, asumen el derecho y la obligación de
fiscalizar el cumplimiento de las Bases y demás antecedentes de este proyecto.
La Inspección
Técnica de la Obra I.T.O. estará a
cargo de un funcionario de la Dirección de Obras Municipales.
El Contratista deberá someterse a las instrucciones o resoluciones que
imparta por escrito la inspección técnica, conforme a los términos y
condiciones de las Bases.
Al inicio de la
ejecución de la obra el contratista deberá entregar al ITO la Carta gantt.
El incumplimiento de una orden dará lugar a aplicar las sanciones
indicadas en estas Bases.
El control que ejerza la Municipalidad por medio de la Inspección Técnica,
no libera al Contratista de la responsabilidad técnica que le cabe. La
responsabilidad por la calidad del trabajo será exclusivamente del Contratista.
31. PROFESIONAL
A CARGO DE LAS OBRAS
Se exigirá la permanencia jornada
completa de un profesional de la construcción con experiencia acreditada debe
tener mínimo 5 años de titulación (Arquitecto, Ingeniero Civil, Ingeniero
Constructor o Constructor Civil) durante el transcurso de las faenas. Si no se
diere cumplimiento a esto, el Municipio cobrará una multa equivalente a $150.000
por cada ocasión que el I.T.O. detecte que el profesional no se encuentre en la
faena. El profesional a cargo de las obras tomará conocimiento de las
anotaciones, sugerencias, instrucciones y/u observaciones del I.T.O. a través
del libro de obras.
En caso de que por diversos motivos se
cambie el profesional residente indicado en la oferta, el contratista deberá
presentar los antecedentes del nuevo profesional, quien debe tener como mínimo 5
años de titulación y contar con experiencia similar al profesional que
reemplazará, Lo anterior para que el
ITO de él V° B° antes del reemplazo.