8. PROHIBICIÓN DEL OFERENTE DE MODIFICAR LOS ANTECEDENTES QUE FORMAN PARTE DE LA LICITACIÓN.
La Institución no admitirá modificaciones a los documentos y/o anexos, los que son parte de las condiciones que rigen la licitación. En consecuencia, declarará inadmisible toda propuesta que omita requisitos, contenga contrapropuestas, modificaciones o variantes, así como incongruencias entre la oferta electrónica y los antecedentes entregados a través de los anexos elaborados para este proceso licitatorio, salvo que, tal como lo prescribe el artículo 40 del Reglamento, se traten de:
a) Omisiones u errores formales al momento de presentar los antecedentes: en este caso la Institución le podrá solicitar al oferente que salve dicha omisión o error, siempre y cuando dichas rectificaciones no les confieran una situación de privilegio respecto de los demás competidores y comunicando esta situación a través del Portal mediante foro inverso, todo dentro del plazo fatal que al efecto fije la Institución, el que en ningún caso podrá ser superior a 2 (dos) días. En caso de existir errores de transcripción que no alteren el valor final de la oferta, la Comisión Evaluadora/Evaluador Único, si lo estima necesario, podrá solicitar aclaraciones, en las mismas condiciones ya señaladas.
b) Omisión de certificados y antecedentes que se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o bien, se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para postular a la presente licitación y el período de evaluación: si al momento de postular no se han acompañado estos documentos, la Institución podrá solicitar al oferente, vía Portal, que dentro del plazo que aquél fije, el cual podrá ser hasta un máximo de 2 (dos) días, acompañe esos certificados y antecedentes faltantes, e informando de estos hechos en el Portal. De producirse los casos señalados en los párrafos anteriores, los oferentes serán evaluados en su Correcta Presentación de la Oferta según los parámetros descritos en las presentes bases. Se pedirá por única vez acompañar los antecedentes solicitados o rectificar lo que indique la Institución según lo establecido en el presente numeral. De no cumplir con lo solicitado por la Institución en tiempo y forma, dicha oferta se ponderará con el puntaje mínimo en el criterio “Cumplimiento de Requisitos Formales”. Con todo, deberán exigirse aquellos antecedentes omitidos antes de proceder a la pertinente adjudicación, respecto de la oferta que resultó ser la más conveniente, si es que no se han presentado previamente.