Resolución de Empates |
Artículo 33°: El Administrador de la Obra de la Zona de Bienestar es quien asume el derecho y la obligación de controlar la fiscalización del fiel cumplimiento de las obras derivadas del contrato, en particular, las siguientes:
- Entregar el terreno en coordinación con el Inspector Técnico.
- Derecho a ser informado, cada vez que lo requiera y para tramitar el estado de pago, por el contratista sobre el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a éstos correspondan respecto a sus trabajadores mediante el certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales emitido por la Dirección del Trabajo.
- Recibir, revisar y aprobar la documentación adjuntada en la carpeta, presentada por el contratista para ser autorizado para emitir la factura; solicitar los documentos faltantes, incompletos o disconformes de la documentación antes indicada y autorizar al contratista para que emita la factura.
- Recepcionar de la documentación de estados de pago, conforme a las bases de licitación y tramitarlos.
- Recepcionar y tramitar la factura una vez que haya autorizado su emisión.
- Atender y gestionar las solicitudes del contratista, asesorado por el Inspector Técnico y el Asesor Jurídico.
- Tramitar ante quien corresponda las modificaciones del contrato y sus actos administrativos, que estén indicados en las bases de licitación, en conjunto con el Asesor Jurídico (en lo administrativo) y respaldado con el informe técnico respectivo del Inspector Técnico (en lo técnico), para su revisión, aprobación, modificación o rechazo o gestionar las modificaciones según lo oriente el Inspector Técnico.
- Controlar los plazos de ejecución de la obra en coordinación con el Inspector Técnico.
- Verificar con el Inspector Técnico, el término de los trabajos al 100%, y recepcionar la notificación o carta del contratista del término de la obra.
- Controlar la fiscalización de las obras realizadas por el Inspector Técnico.
- Solicitar por oficio al Comandante de Zona que disponga al Administrador del Centro de Gestión y Adquisiciones gestionar la elaboración de la resolución que designe la comisión que recepciona la obra con el Asesor Jurídico.
- Sugerir la aplicación de multas Y/o el termino anticipado del contrato.
- Citar al contratista por cualquier medio a una reunión con el objetivo de efectuar o adoptar decisiones, solicitudes, definiciones y acuerdos.
- Recepcionar la factura una vez que haya autorizado su emisión y tramitarla para su pago.
- En el evento de que el contratista registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social respecto de trabajadores que presten sus servicios para esta obra o con trabajadores contratados durante los últimos 2 años, proponer cursar los primeros estados de pago serán destinados al cumplimento del pago de tales obligaciones junto con la garantía de fiel cumplimiento del contrato, si no fuesen suficientes.
- Notificar al contratista de cualquier novedad que se presente durante el período de garantía de las obras y gestionar con este las soluciones.
Por su parte, el contratista deberá designar un delegado que se relacionará con el Administrador de la Obra para todos los efectos señalados y especialmente para coordinar aspectos administrativos referentes a la entrega y cumplimiento del servicio de cierre perimetral de la Población Militar René Schneider.
Para efectos de efectuar o adoptar decisiones, solicitudes, definiciones y acuerdos, el contratista será citado mediante un correo electrónico dirigido al proporcionado en el Anexo N.º 3 “formulario de datos del oferente” o en caso de que el contratista solicite una reunión, deberá hacerlo mediante un correo electrónico dirigido a la casilla zbconcepcion@ejercito.cl, al término de esta reunión se dejará constancia a través de un acta levantada, la que para produzca efectos legales y obligue a los contratantes deberá ser suscrita por las partes del contrato o quien les subrogue con poder suficiente y aprobada a través de la resolución administrativa correspondiente, la cual será notificada a través del “Sistema de Información de Compras”.
Toda solicitud efectuada por un medio distinto al anteriormente descrito no producirá obligaciones de ningún tipo o naturaleza para la “Institución”, siendo nulas y de ningún valor.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Artículo 16º: De las Consultas, Aclaraciones, Respuestas y Encargado del Proceso de Compras: La Zona de Bienestar “Concepción”, será la única entidad que atenderá las peticiones, aclaraciones o consultas relativas a las Bases y antecedentes técnicos a través del “Sistema de Información de Compras”.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
Artículo 34º: El Inspector Técnico, en adelante el IT, es quien asume y tiene a cargo la fiscalización de la correcta ejecución de cada partida de los trabajos contratados, indicados en las bases o especificaciones técnicas y planos, depende directamente del Administrador de la Obra y debe tener una presencia permanente en la misma, poseyendo las siguientes obligaciones, entre otras:
- Entregar el terreno en coordinación con Administrador de la Obra.
- Informar permanentemente al Administrador de la Obra del estado, acontecimientos y avance de la obra.
- Verificar en terreno el estricto cumplimiento del contrato y las especificaciones o bases técnicas e itemizado.
- Proponer soluciones al Administrador de la Obra, en lo técnico.
- Controlar que los avances de obras sean de acuerdo a los plazos ofertados.
- Controlar que los estados de pagos, sean los reales de acuerdo a lo porcentajes de avances establecidos en el trato directo.
- Controlar que todo el personal de la obra cumpla con sus elementos de protección personal (EPP).
- Verificar en terreno el estricto cumplimiento del contrato y bases técnicas.
- Controlar que todos los materiales utilizados en la obra sean los requeridos en las especificaciones técnicas.
- Controlar que los materiales a utilizar cumplan con las indicaciones de uso e instalación del fabricante.
- Controlar que se respete el acopio de los materiales tato de bodega como los materiales en el exterior.
- Controlar que los procesos constructivos se respeten, de acuerdo a normativas vigentes.
- Estampar anotaciones en el libro de obra por atraso en la ejecución de la misma, incumplimientos de aquella, abandono de la obra o caso fortuito fuerza mayor.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Artículo 13°: Errores u omisiones detectados durante las aperturas: La Zona de Bienestar “Concepción” podrá solicitar a los oferentes que, en un plazo de 48 horas, salven errores u omisiones formales detectados en las aperturas, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás proponentes, ni se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes. Se deberá informar de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información de Compras.
La Institución podrá permitir, además, la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, en el plazo y de la manera establecida en el párrafo anterior, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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