BASES TECNICAS
“SERVICIOS HABITUALES DE APOYO PROFESIONAL”
- GENERALIDADES
Las presentes Bases Técnicas forman parte integrante de las Bases para la licitación de “SERVICIOS HABITUALES DE APOYO LOGISTICO PROFESIONAL” para el Hospital Claudio Vicuña de San Antonio.
Dentro de sus alcances se incluyen el velar por la ejecución de diferentes actividades propias de apoyo en las dependencias clínicas de atención de pacientes y de labores de Apoyo Profesional para el hospital de acuerdo al requerimiento del establecimiento.
La prestación deberá ejecutarse de manera continua, completa y permanente de acuerdo a los cronogramas establecidos por el mandante en aquellos servicios y/o unidades de apoyo definidas como receptoras de la prestación sujeta a esta licitación. De no cumplirse con las especificaciones requeridas, la prestación podrá no ser recepcionada conforme, de manera parcial o total, dando inicio a proceso de término comercial entre las partes.
Se deja constancia que el Hospital Claudio Vicuña de San Antonio, no será responsable de eventuales pérdidas que pudiera tener el contratista en el interior de los establecimientos involucrados en este contrato.
- OBJETIVO
Compra de Servicios habituales que brinden apoyo para llevar a cabo las actividades asistenciales con eficacia y eficiencia para la entrega de un servicio de calidad a pacientes y usuarios del Hospital, que permita efectuar procesos de calidad para un buen servicio de atención de Pacientes y Usuarios. El Establecimiento necesita que la empresa ponga a disposición 13 trabajadores en las distintas áreas y funciones detalladas a continuación;
Brindar soporte oportuno y continuo en las actividades del Hospital, tales como mantención y orden, traslado de pacientes, actividades de estafeta y otras encomendadas por su jefatura con el fin de apoyar el quehacer y funcionamiento de la unidad, ajustándose a las políticas, normas, protocolos y procedimientos vigentes.
Colaborar en los procesos que las unidades lo requieran, levantamiento de procesos y apoyo logístico. Utilizando las tecnologías de la información, capacitado para confeccionar bases de datos, planillas de control, reportes financieros e informes de gestión, entre otras labores.
- COORDINACION y SUPERVISION
El Contrato estará a cargo del Subdirector/a Gestión Administrativa y Financiera del Hospital, quien nombrará y Delegará la administración del contrato.
La coordinación entre el Hospital de San Antonio y el contratista que se adjudique el contrato, se hará a través del administrador del contrato, quien será el Jefe CC Servicios Generales.
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La supervisión de los colaboradores será en primer lugar por el Jefe o Encargado de unidad o servicio clínico del hospital, en la cual el colaborador desarrolle sus funciones, y en segundo lugar por Subdirector/a Gestión Administrativa y Financiera, en conjunto con el Subdirector de Gestión de Operaciones.
Todas las comunicaciones e instrucciones entre las partes deberán efectuarse por escrito, a través de correos electrónicos.
El servicio se desarrollará a satisfacción del Administrador de contratos quién tendrá facultad para supervisar el desarrollo de la elaboración de éstos, incluyendo el derecho de hacer al Contratista todas las indicaciones que juzgue pertinentes, en cualquiera de sus etapas, sobre los aspectos generales o particulares, con la obligación de parte de este último de acatar tales indicaciones y de cumplirlas en el plazo que le fije el Hospital.
El Hospital exige al Prestador adjudicado, mantenga en forma permanente a cargo de la supervisión de acciones requeridas, a un trabajador de la empresa, persona que deberá ser plenamente identificada tanto por el estamento Directivo como por el resto de la comunidad en el Hospital. Este deberá ser un Trabajador diferente a los trabajadores que realizan la labor operativa, que para los efectos de la Licitación le llamaremos Supervisor.
De no ocurrir lo anterior se aplicará las multas indicadas en las Bases Administrativas del proceso licitatorio.
No obstante, además, el Prestador deberá cubrir la ausencia de dicho trabajador con el fin de mantener la continuidad de la supervisión de las prestaciones encomendadas. El reemplazante tendrá los mismos deberes y responsabilidades que el titular del cargo.
- SERVICIO REQUERIDO Y HORARIO DE TRABAJO
El Hospital, mediante especificaciones adjuntas presenta su necesidad. La licitación está planificada para 13 profesionales.
Perfil del profesional:
Ingeniero comercial. Ingeniero en administración de empresa, Administrador Público. O profesionales a fines con la administración.
Servicio
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Estamento
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Unidad / Servicio
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Actual
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Horario
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APOYO LOGISTICO
PROFESIONAL
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Profesional
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Control de Gestión
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4
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Diurno
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Profesional
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Abastecimiento
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2
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Diurno
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Profesional
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Gestión de la Demanda /Ges
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3
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Diurno
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Profesional
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Sidra
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2
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Diurno
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Profesional
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Subdirección Gestión Usuaria
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1
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Diurno
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Profesional
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Recaudación
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1
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Diurno
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La jornada de trabajo deberá ser controlada por Reloj control de propiedad del Prestador, sistema de control que, automatizada mente deberá entregar informes mensuales sobre las horas/jornadas de la prestación.
El Establecimiento podrá redistribuir o disminuir la dotación del recurso humano según requerimiento.
La jornada laboral debe ser considerada en 45 horas semanales (se reducirán en función de la implementación de la Ley de reducción de horas laborales), debiendo cubrir a cabalidad lo solicitado, los horarios se estipulan en las siguientes modalidades descritas a continuación:
APOYO LOGÍSTICO
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08:00 A 17:00 HRS.
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LUNES A VIERNES
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El pago de las Horas extraordinarias y festivas es de exclusiva responsabilidad del Oferente.
La Empresa Contratista que se adjudique este servicio deberá considerar el cumplimiento de las leyes laborales vigentes, tanto en lo que respecta a los descansos, cumplimiento de horas de trabajo semanal (45 horas), horas de sobre tiempo y pagos previsionales correspondientes, siendo de su exclusiva responsabilidad el cumplimiento de las mismas.
Dada la naturaleza del Servicio, que se necesita realizar, el Prestador deberá ajustarse con su personal, al horario que el Hospital determine en las unidades clínicas específicas, para la realización eficiente del Servicio. Lo cual será dado a conocer a la Empresa en la programación de las actividades.
Considerando las disposiciones del contrato y las especificaciones técnicas el Prestador deberá indicar por escrito, al inicio de la prestación, el número de personas necesarias para tales labores como también, la supervisión del equipo de trabajo. Todo esto supeditado al visto bueno del Hospital.
- PREVENCION DE RIESGOS Y REQUERIMIENTOS DEL ORGANISMO REGULADOR.
- El Contratista deberá cumplir y hará cumplir a su personal el Reglamento de Seguridad Industrial del Hospital.
- El Prevencionista de Riesgo del Hospital hará cumplir las exigencias de Prevención de Riesgos, la seguridad personal y la prevención de accidentes del trabajo, de acuerdo a legislación vigente. Los elementos de protección personal serán de cargo del Contratista.
- En todos los trabajos que se realicen, deberá usarse en forma obligatoria los elementos de protección personal, de acuerdo al riesgo involucrado. El personal del Contratista que no esté provisto de sus elementos de protección personal o no haga uso de ellos, será obligado a abandonar su puesto de trabajo.
- La Empresa Contratista deberá contar con la asesoría de un Prevencionista de Riesgos, durante el desarrollo del servicio y deberá asistir a lo menos dos (2) veces al Mes, presentándose al Encargado de Prevención de Riesgos del Hospital al inicio de su jornada y su permanencia mínima en el recinto será de cuatro horas/día.
- Antes de que el personal del Contratista pueda ser autorizado para ingresar al hospital, debe asistir a una charla en las dependencias de Prevención de Riesgos del Establecimiento.
- Prevención de Riesgos del Hospital, dará constancia de la participación del personal del Contratista en dicha charla, a través de la firma en el formulario solicitud de autorización de ingreso.
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- DESCRIPCION DEL SERVICIO
PROFESIONALES
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UNIDADES ADMINISTRATIVAS
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- Comprender las distintas funciones que se desarrollan al interior del Hospital.
- Colaborar en actividades solicitadas por su jefatura.
- Apoyar herramientas de control de gestión.
- Colaborar en prevenir y evaluar oportunidades y riesgos.
- Apoyar gestión y proceso administrativos.
- Apoyar en planificar, implementar y evaluar las actividades, procesos y personas, ejecutar mejoras conforme con los objetivos establecidos.
- Asesorar sobre el desarrollo e implementación de estrategias internas, a través del análisis y sistematización de datos.
- Conocimientos generales de prevención de infecciones en contexto de pandemia por COVID-19.
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Se requiere para el correcto funcionamiento que los puestos de trabajo nombrados en el cuadro descrito anteriormente, estén cubiertos en los horarios señalados en el artículo N°4 de las presentes bases técnicas, además de ello:
v El Prestador deberá cumplir con los requerimientos del Hospital según lo establecido en normas internas y basado en general en estas Bases.
v El Prestador deberá incorporar en su prestación, la ejecución de supervisión y coordinación de cada una de las actividades de sus trabajadores, a través de un supervisor.
v El Supervisor estará obligado a:
- Coordinar la revisión de las actividades, el rendimiento y evaluación del personal contratado.
- Deberá proporcionar toda la información que se requiera por parte del Hospital.
- Permanecer atento a los requerimientos del Hospital, objeto de realizar todas las funciones de administración requeridas para el desarrollo de las operaciones de la prestación.
- Mantener un control de asistencia y revisarlo diariamente.
El trabajador en el horario de trabajo, deberá cumplir responsablemente y en su totalidad con los requerimientos propios de la prestación solicitada por el establecimiento, enmarcándose éstas en los siguientes ámbitos:
- Mantener el orden interno en el lugar de trabajo, buenas relaciones humanas y laborales, un comportamiento basado en las buenas costumbres en relación con los funcionarios, Usuarios y Pacientes del Hospital.
- Mantener una buena presentación personal y una postura adecuada a su desempeño.
El prestador deberá facilitarles a sus trabajadores una tenida de trabajo la cual deberá llevar el logotipo o identificación del Contratista y deberá estar acorde al área de trabajo en que se desarrollen las actividades.
- RESPONSABILIDADES DEL PRESTADOR PARA LA ENTREGA DEL SERVICIO.
El Prestador responderá directa o indirectamente de todo perjuicio, merma o deterioro que se produzca en las dependencias a su cargo. Todo esto, revisado y analizado por la Unidad Técnica quien determinará responsabilidad de los hechos.
El prestador en la entrega del Servicio, deberá considerar la entrega de Elementos de Protección Personal e insumos básicos para los colaboradores para tomar los resguardos de cada colaborador del Servicio entre los que se destacan; Mascarillas, Gorro desechable para el pelo (cofia), guantes, alcohol gel, bloqueador solar, etc. (en el caso de que fuesen artículos necesarios dependiendo de su labor).
El Prestador debe ser responsable de toda situación que previa investigación, determine la participación del personal de su empresa, en cuanto a pérdidas, robos, hurtos y deterioros de la infraestructura física y muebles del Hospital.
En función de lo anterior, la Empresa Prestadora del Servicio, faculta al Hospital para hacer uso del documento pertinente de garantía de fiel Cumplimiento del Contrato.
El Prestador deberá respetar la normativa interna higiene y seguridad del Hospital en general, y la Normativa de Saneamiento Básico del Comité IAAS, las cuales se entregarán a modo de información al ser adjudicado y formarán parte del contrato.
Cualquier cambio interno en la organización del Prestador que afecte el cumplimiento del contrato en los términos suscritos, deberá ser comunicado en forma escrita dentro de los 5 días anteriores a los cambios. Éstos no deberán afectar la continuidad del servicio contratado, el cual deberá ser garantizado expresa y oportunamente por la empresa, haciéndose esta responsable por todos los perjuicios que ocasione.
- RECLUTAMIENTO, CONTRATACIÓN, INDUCCIÓN Y CAPACITACIÓN
Los trabajadores al momento de iniciar la prestación deben contar con las siguientes competencias,
COMPETENCIAS GENERALES
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Trabajar en equipo
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- Identificar objetivos y coordinarse con otros
- Generar confianza en el equipo, trabajando de manera colaborativa, fomentando el respeto mutuo, la motivación e involucramiento de todos los integrantes para el cumplimiento de los objetivos de la Unidad y del Hospital.
- Resolver problemas en equipo, alineando la conducta individual para el compromiso del equipo en la solución de problemas tanto cotidianos como de emergencia.
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Actuar con inteligencia emocional
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- Autoconocerse, identificando las fortalezas, potencialidades y debilidades para superar
- Autodireccionar su propio comportamiento y reconocer espacios de desarrollo para sí mismo
- Automotivarse y tener la capacidad de motivar a otras personas en la organización
- Actuar con empatía, situándose en el lugar de las demás personas; comprender a otros
- Desplegar buenas relaciones interpersonales, actuando asertivamente (o socialmente hábil)
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Actuar con proactividad
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- Delante del paciente no se debe hacer comentarios inapropiados.
- Permanecer en estado de alerta, cada vez que la situación lo amerite
- Advertir situaciones riesgosas o dañinas
- Tomar iniciativa para resolver problemas o abordar situaciones que pueden causar perjuicios a personas, bienes o entorno laboral
- Desplegar conductas para innovar
- Comprometer la voluntad de otras personas para resolver los problemas que se presenten de manera cotidiana o excepcional
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Gestionar la calidad y mejorar continuamente
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- Reconocer los procesos de servicio en los se desempeña directamente y aquellos de la organización en su conjunto
- Asociar mecanismos para medir el desempeño de procesos
- Aplicar apropiadamente las normas y procedimientos que rigen los procesos del desempeño directo
- Identificar oportunidades para mejorar
- Contribuir a la mejora continua de procesos
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Actuar con disciplina en función de las instrucciones
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- Cumplir indicaciones técnicas del profesional a cargo
- Seguir las instrucciones de la normativa aplicable (instructivos, normas, procedimientos)
- Responder los requerimientos de los usuarios oportuna y adecuadamente
- Dar cuenta inmediata al supervisor cuando existan dificultades para cumplir los servicios con excelencia y contribuir a buscar soluciones
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El Prestador, dirigirá sus procesos internos de: Reclutamiento, Contratación, Inducción y Capacitación, de su recurso humano incorporado en la prestación requerida por el Hospital, sin perjuicio que excepcionalmente el Hospital invite a los trabajadores del Prestador para actividades de inducción, jornadas de capacitación y orientación internas en materias atingentes a la prestación que se conviene y de ser el caso de que estas actividades tengan un costo monetario el prestador debe costear la actividad sin desmedro al sueldo del trabajador. No obstante, lo anterior, el Prestador tiene la obligación de realizar las siguientes Capacitaciones Introductorias al trabajo a su personal.
El contratista deberá proporcionar a cada uno de sus operarios los equipos de protección personal, los cuales deberán estar certificados de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 18 de 1982, del Ministerio de Salud, que establece normas y exigencias de calidad de los elementos de protección personal contra riesgos ocupacionales.
El contratista contratará a sus propios trabajadores, los que no tendrán ninguna relación laboral con el Hospital, siendo de su exclusiva responsabilidad el pago de remuneraciones, cotizaciones previsionales y las referentes a la Ley de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, sin perjuicio de todos los derechos y deberes laborales que les correspondan a los trabajadores.
- CONTROLES DE LA PRESTACION
Para el control de la prestación ejecutada, el mandante mantendrá un Acta mensual de Recepción Conforme, la cual se guiará según las acciones mensuales del prestador, a la vez, deberá verificar tal situación con su firma mensual, e indicar su nombre completo y colocar el timbre del área a que pertenece.
- RECEPCIONES DE LA PRESTACION
Una vez concluido mensualmente los servicios involucrados en la licitación, el contratista entregará con la firma de conformidad del Sub Dirección de Gestión de Operaciones y Subdirector/a Gestión Administrativa y Financiera, quien estampará su firma y su timbre en el acta. Con las firmas anteriores en el Acta mensual de Recepción Conforme, se otorgará su conformidad para la elaboración de la factura. El contratista entregará en la Subdirector/a Gestión Administrativa y Financiera del Hospital, todos los documentos que permitan ratificar la recepción conforme del servicio prestado para dar curso a su revisión respectiva.
- REQUISITOS PARA EL PRESTADOR Y SU PERSONAL
Para la prestación de servicios el prestador deberá contar con una dotación adecuada al requerimiento establecido en las presentes Bases y en los lugares de atención determinados por el Hospital.
Los trabajadores del Prestador deberán contar con las siguientes características:
- Examen de salud al día,
- Certificado de licencia de educación media.
- Situación Militar al día, en el caso de los varones,
- Certificado de antecedentes. Sin anotaciones.
- Fotocopia legalizada del Certificado del Título o Certificado virtual con firma y timbre digital.
El Costo que pudiera tener el cumplimiento de las características anteriormente estipuladas será de exclusiva responsabilidad del Prestador o Contratista.
El Prestador deberá presentar los certificados de antecedentes civiles de sus trabajadores, al inicio del convenio y cada vez que renueve o modifique su dotación.
El Hospital se reserva el derecho a solicitar al Prestador, el cambio o retiro de los trabajadores que a su juicio fundado no cumplan con la prestación del servicio requerido en la presente licitación.
El personal del prestador que desempeñe las funciones propias del servicio clínico, deberá cumplir con las siguientes exigencias como mínimo con vestimenta adecuada para el desarrollo de las funciones
10.1 Sobre Orden y Seguridad:
El personal de la empresa contratista tiene la obligación de dejar constancia, con el personal de Portería o con el Guardia de Seguridad del inmueble, de los materiales, insumos, equipos y/o herramientas de trabajo que ingresen o salgan del establecimiento, también se debe señalar que el personal de Portería o el Guardia de Seguridad, están autorizado para revisar las maletas, mochilas, bolsos y vehículos del personal o de la empresa contratista.
El personal del contratista deberá cuidar el orden y el aseo en su sitio de trabajo, no puede intervenir las instalaciones eléctricas, las que deben ser inspeccionadas y reparadas por personal capacitado y autorizado por el Hospital.
Queda prohibido a los trabajadores del contratista:
- Ingresar al lugar de trabajo o trabajar en estado de intemperancia, prohibiéndose terminantemente entrar drogas y/o bebidas alcohólicas a los inmuebles del Hospital.
- Alterar, cambiar o accionar instalaciones, equipos, sistemas eléctricos, máquinas, equipos médicos o industriales sin haber sido expresamente autorizados para ello.
- Permanecer en los lugares de trabajo después del horario, sin autorización de la Jefatura respectiva.
- Entrar o permanecer en zonas o áreas restringidas sin la autorización previa.
- Bromear, jugar, empujarse, reñir o discutir dentro de los inmuebles del Hospital.
- Romper, rayar, retirar o destruir avisos, carteles y afiches que entreguen informaciones a los pacientes, usuarios y funcionarios.
- Trabajar sin el debido equipo y elementos de protección personal o sin las ropas de trabajo que la empresa contratista le proporciona.
- Retirar o dejar inoperante los dispositivos o elementos de seguridad de máquinas, equipos o instalaciones, en general, crear condiciones inseguras.
- Utilizar en el establecimiento lenguaje inadecuado y/o participar en acciones o situaciones obscenas.
- Escuchar música a volumen elevado durante la ejecución de los trabajos, para no entorpecer las labores de los funcionarios que se encuentran adyacente a la obra.
- Por ser considerado el Hospital en toda su extensión (sean zonas abiertas o cerradas), una institución libre de humo de cigarrillo, el personal tiene prohibido fumar.
- Como regla general, el personal del contratista deberá respetar y cumplir con las medidas de orden y seguridad, tener mayoría de edad, una buena presentación, buenos modales de educación y antecedentes intachables.
10.2 Prevención de Accidentes:
Todos los trabajadores del contratista estarán obligados a respetar y cumplir las medidas de seguridad durante la ejecución de los trabajos, deberán ser respetuosos con los funcionarios y seguir las instrucciones que éstos impartan, con el objeto de minimizar las molestias en la atención de pacientes, producto de los trabajos que se están ejecutando y/o los intereses del Hospital.
De acuerdo a las disposiciones legales vigentes, el contratista está obligado a proteger a todo su personal de los riesgos del trabajo, entregándole al trabajador cuya labor lo requiera, sin costo alguno, pero a cargo suyo y bajo su responsabilidad los elementos de protección personal.
Los trabajadores deberán usar en forma permanente los elementos de protección personal, cuando desarrollen un trabajo que lo exija, como asimismo preservar su mantención. Todos los accidentes tienen su origen en la existencia de ciertas condiciones peligrosas y/o en la comisión de negligencias o de actos inseguros.
En ambos casos el trabajador puede hacer mucho por la prevención, observando las normas de seguridad, no cometiendo actos inseguros y corrigiendo las condiciones peligrosas o dando cuenta de su existencia a su jefe inmediato.
- SALUD OCUPACIONAL
El contratista deberá promover o mantener registro de exámenes ocupacionales al personal expuesto a riesgos específicos (físicos, químicos y/o biológicos).
- EVALUACION DEL PERSONAL
La empresa prestadora deberá presentar mensualmente al Jefe de Servicios Generales, una evaluación de desempeño por cada uno de los trabajadores que laboraran en la unidad de Servicio correspondiente del Hospital.
- VESTUARIO E IDENTIFICACION DEL PERSONAL
En el ejercicio de la prestación el trabajador deberá contar con uniforme del color según la unidad de Servicio, que será provisto por el Prestador. La Empresa dispondrá de un plazo de 30 días para proporcionar los uniformes a sus trabajadores, si dentro del plazo establecido el personal no cuenta con uniforme se procederá a hacer efectiva la multa establecida en las Bases Administrativas.
El Prestador debe a contar del primer día, proporcionar a cada trabajador de su empresa que prestará el servicio en el Hospital, una identificación personal. Esta identificación debe usarse permanentemente y en un lugar visible.
PREVENCION DE RIESGOS Y REQUERIMIENTOS DEL ORGANISMO REGULADOR.
- El Contratista deberá cumplir y hará cumplir a su personal el Reglamento de Seguridad Industrial del Hospital.
- El Prevencionista de Riesgo del Hospital hará cumplir las exigencias de Prevención de Riesgos, la seguridad personal y la prevención de accidentes del trabajo, de acuerdo a legislación vigente. El personal del Contratista que no esté provisto de sus elementos de protección personal o no haga uso de ellos, será obligado a abandonar la faena, los elementos de protección personal serán de cargo del Contratista. En todos los trabajos que se realicen, deberá usarse en forma obligatoria los elementos de protección personal, de acuerdo al riesgo involucrado.
- La Empresa Contratista deberá contar con la asesoría de un Prevencionista de Riesgos, durante el desarrollo del servicio y deberá asistir a lo menos dos (2) veces al Mes, presentándose al Encargado de Prevención de Riesgos del Hospital al inicio de su jornada y su permanencia mínima en el recinto será de cuatro horas/día.
- RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA
El contratista contratará a sus propios trabajadores, los que no tendrán ninguna relación laboral con el Hospital, siendo de su exclusiva responsabilidad el pago de remuneraciones, cotizaciones previsionales y las referentes a la Ley de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, sin perjuicio de todos los derechos y deberes laborales que les correspondan a los trabajadores.
La empresa deberá informar por escrito de los reemplazos de personal que se produzcan durante la vigencia del contrato, dentro de los 5 días siguientes a los cambios.
La empresa contratista que ejecute trabajos para el Hospital, deberá velar por el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias vigente sobre la prevención de accidentes, es responsable de la prevención de accidentes y enfermedades profesionales que puedan afectar a los trabajadores de su dependencia, debiendo contar para tal efecto con los convenios correspondientes con alguna caja de previsión (ISL) o mutualidad, a fin de tener cubiertas las contingencias de cualquier accidente del trabajo o enfermedad profesional que sufra algún trabajador, esto no eximirá al Hospital de sus obligaciones respecto de la protección de la seguridad y salud de los trabajadores de las empresas contratistas, por tal razón, la empresa contratista deberá efectuar junto con el Hospital, las coordinaciones que fueran necesarias para dar cumplimiento a las normas en materia de seguridad y salud en el trabajo, asimismo, deberá informar acerca del cumplimiento de las obligaciones que le impone la ley en estas materias, cada vez que La unidad de Prevención de Riesgos del Hospital, lo requiera.
- INICIO DE PROCESO
El inicio de proceso por razones de buen servicio será a partir del 01 de Marzo de 2024 a las 00:01 Hrs, será de cargo del Prestador y se efectuará de acuerdo a coordinación y programación con el administrador del contrato.