Licitación ID: 812261-76-LE24
SERV. DE ASESORÍA EN PROCESO DE ACREDITACIÓN HLF
Responsable de esta licitación: HOSPITAL CLINICO METROPOLITANO DE LA FLORIDA DOCTORA ELOISA DIAZ, convenios , operaciones , informatica
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 105
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Asesorías en planificación estratégica 1 Unidad
Cod: 80101504
SERVICIO DE ASESORÍA EN PROCESO DE ACREDITACIÓN PARA PRESTADORES INSTITUCIONALES DE ATENCIÓN CERRADA DE ALTA COMPLEJIDAD  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERV. DE ASESORÍA EN PROCESO DE ACREDITACIÓN HLF
Estado:
Revocada
Descripción:
Las presentes bases de licitación son formuladas para establecer la regulación del proceso de Licitación Pública “SERVICIO DE ASESORÍA EN PROCESO DE ACREDITACIÓN PARA EL HOSPITAL LA FLORIDA” y reglamentan entre otros aspectos las condiciones que deben cumplir las ofertas, las etapas del proceso licitatorio, su forma de evaluación y adjudicación, las condiciones del contrato y todos los aspectos necesarios para el correcto proceso de adquisición. Cabe hacer presente que el servicio asociado a esta adquisición debe ajustarse a las especificaciones de estas bases. No podrá el proveedor ofertar servicio distinto al establecido en estas bases de licitación ni complementos o extras no contemplados en los requerimientos técnicos. Cualquier extra no requerido no será considerado en la evaluación. El servicio solicitado se encuentra detallado en las Bases Técnicas de licitación.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
HOSPITAL CLINICO METROPOLITANO DE LA FLORIDA DOCTORA ELOISA DIAZ
Unidad de compra:
convenios , operaciones , informatica
R.U.T.:
65.075.485-9
Dirección:
FROILAN ROA 6542
Comuna:
La Florida
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 14-10-2024 16:00:00
Fecha de Publicación: 02-10-2024 10:56:25
Fecha inicio de preguntas: 02-10-2024 11:31:00
Fecha final de preguntas: 05-10-2024 23:59:00
Fecha de publicación de respuestas: 07-10-2024 17:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 14-10-2024 16:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 14-10-2024 16:01:00
Fecha de Adjudicación: 22-11-2024 17:30:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- CARPETA ADMINISTRATIVA
Documentos Técnicos
1.- CARPETA TÉCNICA
 
Documentos Económicos
1.- CARPETA ECONÓMICA
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 PRO. DE INTEGRIDAD CON APLICACIÓN DE CÓD. DE ÉTICA Corresponde a programas de integridad relacionadas a la contratación pública con aplicación del código de ética para proveedores dentro de la empresa y por parte de sus trabajadores, situación debidamente acreditada, a través de declaración jurada del proveedor (Anexo 06). 1%
2 CERTIFICACIÓN DEL PERSONAL EN PRESTACIÓN DE SERVI La certificación del personal en prestación de servicio se evaluará conforme al Anexo 03: “Listado, Acreditación y Experiencia del personal en prestación de servicio” y a través del mecanismo dicotómico. 10%
3 Condiciones de empleo y remuneración l puntaje correspondiente a las mejores condiciones laborales para personal que prestaran el servicio, el mecanismo de tabulación será resultado de la sumatoria de los puntajes obtenidos por el oferente, según Certificado Anexo N°04 de su oferta. 8%
4 Experiencia de los Oferentes Este criterio se evaluará a través del mecanismo de Tabulación, en base a lo siguiente: Se medirá y acreditará la experiencia del oferente tanto en el sector público como en el privado, con la evaluación de órdenes de compra. 10%
5 Comportamiento contractual anterior ste Criterio se evaluará a través del mecanismo dicotómico, en base a lo siguiente: Se medirá el comportamiento contractual anterior del oferente en base al registro de comportamiento en el Sistema de información Mercado Público y/o Chileproveedores realizado por las instituciones públicas con las cuales este haya contratado, según el registro de comportamiento contractual anterior de Chile Proveedores y/o Mercado Público. 10%
6 Precio La evaluación económica considerará el VALOR TOTAL NETO EN PESOS CHILENO por el servicio solicitado, el cual se debe ingresar en Anexo Nº07 Carta Oferta, EL VALOR OFERTADO NO PODRÁN SUPERAR EL MONTO DISPONIBLE ESTABLECIDO PARA EL SERVICIO LICITADO, DE LO CONTRARIO LAS OFERTAS SERÁN DECLARADAS INADMISIBLES. 60%
7 Cumplimiento de los requisitos e evaluará el cumplimiento formal de los requisitos administrativos, técnicos y económicos, a través del mecanismo de Tabulación. 1%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 19908600
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Gustavo Hernández Gottschalk
e-mail de responsable de pago: gustavo.hernandez@hospitallaflorida.cl
Nombre de responsable de contrato: Moira Chura Choque
e-mail de responsable de contrato: moira.chura@hospitallaflorida.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-22612160-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Queda prohibida la subcontratación de los bienes yo servicios contratados.
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Hospital Clínico Metropolitano de La Florida Rut 65.075.485-9
Fecha de vencimiento: 23-05-2025
Monto: 10 %
Descripción: Podrán ser presentados como documentos de caución, boletas de garantía, vale vistas, certificados de fianza, póliza de garantía o cualquier otro documento que cumpla con los siguientes requisitos: • Sea pagadero a la vista. • No sujeto a modalidad. • Irrevocable. • Emitida a favor de Entidad Pública.
Glosa: Garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y las obligaciones laborales del “SERVICIO DE ASESORÍA EN PROCESO DE ACREDITACIÓN PARA EL HOSPITAL LA FLORIDA” ID: 812261-XX-LE24 (donde se señala XX reemplazar por el número de la Licitación). Si el documento a presentar, no permite, por su naturaleza, señalar la glosa en su texto, esta, deberá venir escrita al reverso o en acta adjunta adherida al documento
Forma y oportunidad de restitución: La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato se podrá hacer efectiva, en caso de incumplimiento por parte del proveedor de cualquiera de las obligaciones del Contrato, sin perjuicio de las multas que corresponda aplicar. Para el cobro de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento, se aplicará el mismo procedimiento utilizado para el cobro de multas, según lo establecido en estas Bases de Licitación. La devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles contado desde el término del contrato, y una vez acreditado que se han cumplido todas las obligaciones de dicho contrato, mediante Certificación de Conformidad, suscrito por el Jefe de la Unidad de Gestión de Contratos o quien lo subrogue, para tal efecto, al término del convenio. Un representante de la empresa debidamente individualizado con poder especial ante notario podrá solicitar la devolución ante el Responsable de Contrato de la Unidad de Contratos del Hospital, caso en el que se comunicará a la Unidad de Tesorería.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
El Hospital Clínico Metropolitano La Florida podrá readjudicar la licitación, dentro de los 60 días corridos desde la publicación, al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje total obtenido, dejando sin efecto la adjudicación previa, en los siguientes casos: 1.- Si el adjudicatario desiste de su oferta. 2.- Si el adjudicatario se desiste de firmar el contrato o rechaza la orden de compra emitida en el portal mercadopublico.cl 3.- Si el adjudicatario no entrega garantía de fiel y oportuno cumplimiento o cualquier otro documento solicitado para la firma del contrato en tiempo y forma. 4.- Si el Oferente adjudicado es inhábil para contratar con el estado en los términos del artículo cuarto, incisos 1° y 6° de la Ley 19.886, o según lo establecido en el inciso segundo del artículo 26, letra d, del DFL N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción sobre condena establecida por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, o lo dispuesto en la Ley N° 20.393 Sobre Responsabilidad Penal de Personas Jurídicas condenadas por delitos de Cohecho , Lavado de Activos y Financiamiento al Terrorismo o no proporciona los documentos que sean requeridos para verificar dicha condición o le sobreviene una inhabilidad. Sin perjuicio de lo anterior, el Hospital podrá elegir si adjudica a la segunda oferta mejor evaluada o desertar el proceso, para efectuar un nuevo llamado a licitación, emitiéndose para cada caso la respectiva resolución.
2.- DISPOSICIONES PRELIMINARES
2.1.- De los oferentes Podrán participar en esta licitación las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras que realicen sus ofertas a través del sistema de información www.mercadopublico.cl. Del mismo modo podrán participar en el presente proceso, las personas naturales y/o jurídicas que decidan asociarse a través de la unión temporal de proveedores, regulada en el artículo 67 bis del Decreto Nº 250 del 2004 del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la Ley Nº 19.886. Tratándose de personas naturales o jurídicas extranjeras, deberán al momento de contratar contar con agencia y domicilio en Chile, con un representante con mandato y poder suficiente para contratar a nombre del mandante, y para responder de las obligaciones que emanen del contrato respectivo, de acuerdo a la normativa vigente, y sin perjuicio de las normas que sobre el particular establezcan tratados o convenios internacionales vigentes suscritos por Chile y por el país de origen de dicha persona natural o jurídica. Para estos efectos, la documentación que deberá exigirse a las empresas extranjeras, se hará conforme a lo dispuesto en la ley N°20711, en caso de ser ello procedente. En cuanto a la aplicabilidad de los Tratados Internacionales a los que se hace alusión en este apartado, será pertinente en la medida que tales instrumentos hayan sido suscritos y ratificados por Chile. Todo Proponente u Oferente interesado en presentar Oferta deberá estudiar cuidadosamente las Bases Administrativas y Técnicas, debiendo informarse de todas las condiciones que de alguna manera afecten el costo de los bienes y/o servicios ofertados, tales como permisos que deben obtenerse, leyes o reglamentos que puedan ser aplicables, entre otros. Cualquier omisión por parte del Oferente, será a su propio riesgo y sólo él será responsable de los errores u omisiones en que incurra. El Proponente sufragará todos los costos relacionados con la preparación y presentación de su oferta. El Hospital no será responsable en caso alguno de dichos costos, cualquiera sea el resultado de la Licitación. 2.2.- Unión temporal de los proveedores Se entenderá como unión temporal de proveedores, si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Para contrataciones iguales o superiores al monto indicado, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad. Si la Entidad exige la inscripción en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato, cada proveedor de dicha unión temporal deberá inscribirse. Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma. La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado. 2.3.- Inhabilidades para participar en la Licitación y/o Contratar No podrán participar como oferentes, ni contratar con el estado, las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, afectos a alguna de las prohibiciones, inhabilidades o incompatibilidades para contratar con órganos y organismos de la Administración del Estado, contempladas en los incisos 1º y 6º respectivamente del artículo 4º de la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su normativa complementaria. Tampoco podrán contratar quienes hayan sido condenados, a esta inhabilidad, por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 26, letra d), del DFL N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del DL N° 211, de 1973, que fijó normas para la defensa de la libre competencia. Tampoco podrán participar como oferentes funcionarios del mismo organismo, cualquiera sea su calidad jurídica, ni sus cónyuges o convivientes civiles ni demás personas unidas a ellos por vínculos de parentesco en segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni sociedades en que ellos sean parte o sean beneficiarios finales. Estas y otras prohibiciones se encuentran reguladas en el Artículo 35 quáter, de la ley N°21.634, que moderniza la Ley N°19.886, sobre Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. Tampoco podrán participar aquellos interesados que se encuentren afectos a la inhabilidad para contratar con el estado, a que se refiere el artículo 33 de la Ley N° 21.595 de Delitos Económicos. Tratándose de personas jurídicas, además, no deben haber sido condenadas a pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, de conformidad con la Ley N° 20.393, que establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos de Cohecho que Indica. Tratándose de la unión temporal de proveedores, cualquiera de las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso. Se deja constancia que queda prohibida la contratación con personal Directivo, jefaturas de área, de unidad y/o de departamento. Todo lo anterior, aun cuando, cumplan con los requisitos técnicos establecidos en las presentes bases de Licitación. 2.4.- Aceptación del contenido de las bases Los oferentes por el sólo hecho de presentarse a la Licitación aceptan y se entenderán en cabal conocimiento de estas Bases, así como también de las características de la provisión de los servicios y bienes que se requieren, así como de las Modificaciones de Bases y aclaraciones publicadas en su oportunidad, por el sólo hecho de presentar sus ofertas, por lo que se declaran conformes con ellas y no tienen reservas ni observaciones que formular, debiendo ajustarse a ellas en todo momento. 2.5.- Presentación de documentos El idioma español regirá para todo el proceso de Licitación, para todos los documentos asociados y aquellos que posteriormente origine la materialización de la adjudicación. Todos los antecedentes y formularios deberán ser anexados a la respectiva oferta presentada en idioma español, en formatos digitales utilizando para estos efectos Word (como procesador de textos), Excel (planilla electrónica) e imágenes digitalizadas en formatos PDF. Para estos efectos, la documentación que deberá exigirse a las empresas extranjeras, se hará conforme a lo dispuesto en la ley N°20711, en caso de ser ello procedente.
3.- ANTECEDENTES QUE RIGEN EL PROCESO DE COMPRA
Junto a la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y al Decreto N° 250 de fecha 09 de marzo de 2004, del Ministerio de Hacienda y sus modificaciones, forman parte integrante de los documentos de la presente licitación los que a continuación se señalan, los cuales regirán de forma obligatoria y complementaria, y en caso de discrepancia prevalecerán en el orden de prelación que se indica: • Las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas, Anexos y sus modificaciones. • Las Respuestas y/o Aclaraciones realizadas en esta licitación. • Los antecedentes económicos, técnicos y administrativos presentados por el oferente adjudicado. • Ley 20.584, que Regula Los Derechos y Deberes que tienen las Personas en relación con acciones vinculadas a su atención de salud. • Normas de Derecho Público. • Normas de Derecho Privado. Lo anterior, es sin perjuicio de la facultad interpretativa de la Contraloría General de la República y del Tribunal de Contrataciones Públicas.
4.- DEFINICIÓN DE TÉRMINOS
Se aplicarán en las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y en los Anexos, los términos y definiciones establecidos en la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y en el Decreto N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda que aprueba el Reglamento de la Ley 19.886, y sus modificaciones, más los que a continuación se indican: • Hospital Clínico Metropolitano La Florida Dra. Eloísa Díaz Insunza Hospital La Florida u Hospital o HLF: Establecimiento asistencial de alta complejidad, RUT 65.075.485-9, ubicado en Av. Froilán Roa Nº 6542, comuna La Florida, Santiago de Chile. • Días Hábiles: Son todos los días de la semana, excepto los sábados, domingos y festivos. • Días Corridos: Son los días de la semana que se computan uno a uno en forma correlativa. Salvo que se exprese lo contrario, los plazos de días señalados en las presentes bases de licitación podrán ser de días corridos. En todos los casos, el plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles ni en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas. Todos los plazos de días que se haga mención en las presentes bases se entenderán que han de ser completos y correrán además hasta la media noche del último día del plazo. Lo anterior, salvo en aquellos casos en que se indique hora exacta, y siempre y cuando se respeten los plazos mínimos legales establecidos por el ordenamiento jurídico. • Referente Técnico: En la presente licitación pública, el referente técnico es el profesional que actuará como Administrador de contrato del Hospital de La Florida.
5.- DISPOSICIONES GENERALES
5.1-Comunicaciones Cualquier comunicación que deba realizar el Hospital a los proponentes, la publicará en el portal www.mercadopublico.cl. Así mismo, cualquier comunicación que los proponentes requieran realizar al Hospital deberá ser a través de igual medio.

5.2.- Consultas a los Antecedentes de la Licitación El oferente que tenga dudas respecto de la licitación debe efectuar sus consultas única y exclusivamente a través del Foro del Sistema de Información y de acuerdo al plazo del numeral 5.4 de las presentes bases. No se atenderá ni aceptará ningún tipo de consulta por otro medio. Las consultas que se reciban pasada esa fecha, no obtendrán respuesta. En las consultas, se deberá indicar la página y punto de las bases y/o el número del anexo objeto de la consulta. Se considerará que estas aclaraciones formarán parte integral de las bases y por tanto se presumen conocidas y su aplicación obligatoria para todos los oferentes. El conocimiento del contenido de las aclaraciones emanadas del Hospital La Florida, es de exclusiva responsabilidad de los oferentes.

5.3.- Entrega de Respuestas y aclaraciones a los Antecedentes de la Licitación Las respuestas a las consultas se publicarán en www.mercadopublico.cl en un solo documento, a todos los proponentes que participen en la licitación, en el plazo señalado en el numeral 5.4 de las presentes bases. Se considerará que estas aclaraciones formarán parte integral de las bases y por tanto se presumen conocidas y su aplicación obligatoria para todos los oferentes. El conocimiento del contenido de las aclaraciones emanadas del Hospital La Florida, es de exclusiva responsabilidad de los oferentes.

5.4.- Cronograma de la licitación Para los efectos de esta licitación se establece el siguiente cronograma: Publicación de Bases de Licitación Las Bases de Licitación se encontrarán publicadas durante Diez (10) días corridos, desde la fecha que se suban al portal www.mercadopublico.cl. hasta el día de cierre de las ofertas. Consultas de las Bases El oferente podrá hacer consultas sobre las Bases de Licitación, hasta las 23:59 horas del tercer día corrido contado desde la publicación de estas y sólo a través de www.mercadopublico.cl. Respuestas y Aclaraciones Se dará respuesta a las consultas de las Bases, el quinto día corrido contado desde la publicación de Bases, a través de www.mercadopublico.cl. Si el quinto día fuere sábado, domingo o festivo, el plazo se extenderá hasta el primer día hábil siguiente. Cierre de recepción de las ofertas Los oferentes podrán presentar sus ofertas hasta el décimo día corrido contado desde la publicación de bases hasta las 16:00 horas, a través de www.mercadopublico.cl, De acuerdo con lo preceptuado en el inciso penúltimo del artículo 25 del decreto N° 250, de 2004, no podrá vencer en días inhábiles o en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil antes de las 15:00 hrs. Si el décimo día fuere sábado, domingo o festivo, el plazo se extenderá hasta el primer día hábil siguiente. Apertura de las ofertas El acto de Apertura se efectuará a través de www.mercadopublico.cl. La apertura se realizará desde las 16:01 horas desde la fecha del cierre de las ofertas y hasta los tres (3) días hábiles siguientes al cierre. Evaluación de admisibilidad La evaluación de admisibilidad se realizará en la apertura de las ofertas y consistirá en la revisión de todos los documentos y anexos obligatorios publicados por los oferentes, exigidos en bases de licitación, junto a la verificación de la entrega física o electrónica del documento en garantía de la seriedad de la oferta (si se ha solicitado en el proceso licitatorio). Todo, sin perjuicio ni limitación a que, con posterioridad, pueda detectarse una causal de inadmisibilidad en la presentación de algún oferente durante la etapa de evaluación Administrativa, Técnica y Económica. Evaluación Administrativa, Técnica y Económica de las Ofertas La evaluación Administrativa, Técnica y Económica de las ofertas se realizará desde el día hábil siguiente de la evaluación de admisibilidad y no podrá exceder de cinco (5) días hábiles. Adjudicación de las Ofertas La adjudicación de la Licitación se realizará dentro de los cinco (5) días hábiles contados desde el término de la evaluación. 5.5.- Modalidad de Propuesta Las propuestas se presentarán a través de www.mercadopublico.cl en pesos chilenos, con el valor total sin IVA. por el servicio, indicando si es Exento o Afecto de IVA. El valor ofertado deberá incluir todos los gastos en los que incurra el adjudicatario hasta su total recepción conforme, incluidos todos los gastos en los que incurra el adjudicatario hasta su total recepción conforme, comprendiéndose entre ellos por ejemplo los relativos a capacitación, fletes incluidos, derechos y patentes, etc. Los oferentes podrán presentar una sola oferta o bien una oferta principal y otra alternativa. Los valores ofertados no podrán superar el monto disponible en pesos chilenos más IVA. establecido en Bases Técnicas para el servicio, de lo contrario las ofertas serán declaradas inadmisibles. Además, se deberán presentar todos los anexos solicitados los cuales deberán tener el servicio requerido claramente identificado. 5.6.- Ofertas alternativas Los proponentes podrán presentar una oferta alternativa, la que será estudiada por el Hospital como una oferta más. La oferta alternativa deberá ser identificada en el Portal Mercado Público como “Oferta Alternativa”. 5.7.- Validez de las Ofertas Las ofertas deberán tener una validez mínima de 180 días corridos, contados desde la fecha de cierre de las ofertas. La oferta cuyo período de validez sea menor al requerido, dará causa a declararla inadmisible. Si nada señala la oferta, se entenderá que la oferta tiene una validez de 180 días corridos para todos los efectos. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886. Vencido este plazo, y si no se hubiere realizado la adjudicación, el Hospital podrá solicitar a los proponentes la prórroga de sus ofertas y garantías. Los proponentes podrán ratificar sus ofertas o retirarlas, formalizando su decisión mediante comunicación escrita dirigida al Director del Hospital y la entrega de nueva garantía la cual deberá hacerse llegar a en oficinas de la Unidad de Licitaciones. La comunicación se realizará a través de correo electrónico, al correo indicado por el oferente en el ANEXO N°1. El oferente tendrá el plazo de 5 días hábiles para responder y entregar nueva garantía. De no recibir respuesta se entenderá que el oferente no tiene interés en continuar. Desde el día siguiente hábil contado de la comunicación del oferente de no perseverar en la propuesta, o vencido el plazo de respuesta sin que el oferente se pronuncie al respecto, se pondrá a disposición de los proponentes para su devolución la garantía a aquellos que no accedan a la prórroga. 5.8.- Garantía de Seriedad de la Oferta En este proceso no se solicitará Garantía de Seriedad de la oferta. 5.9.- Modificación de las Bases En cualquier momento, antes del cierre de recepción de ofertas, el Hospital podrá introducir modificaciones a los documentos de licitación por medio de un acto administrativo publicado a través del portal electrónico www.mercadopublico.cl, si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso licitatorio. En caso de que lo anterior ocurra, el Hospital La Florida podrá otorgar un plazo prudencial a los oferentes para que puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas, pudiendo modificar la fecha de cierre para estos efectos, lo cual será informado por el portal Mercado Público junto con las modificaciones, una vez que el acto administrativo que las aprueba se encuentre totalmente tramitado. En el evento de modificarse la fecha de cierre, el plazo para ofertar se ampliará en la cantidad de días que se señale en www.mercadopublico.cl. Es exclusiva responsabilidad del Proponente la revisión del Portal, con el objeto de informarse sobre lo expuesto en este punto y en el punto 5.3. Así mismo, es obligación del oferente, una vez cerrada la presentación de ofertas, revisar el Foro Inverso y responder las aclaraciones que se le soliciten por esta vía. 5.10.- Pacto De Integridad El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas. 3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. 6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
6.- DE LAS PROPUESTAS
Es responsabilidad de los oferentes presentar sus propuestas en tiempo y forma, es decir, en el plazo fijado en el numeral 5.4 y con toda la información requerida en las presentes bases, de manera tal que permita una evaluación objetiva, certera, entendible y transparente de todas y cada una de ellas. Los archivos, documentos y/o anexos, que constituyan la oferta y que deben publicarse en el portal www.mercadopublico.cl por el oferente, deben ingresarse al portal con el nombre asignado en estas bases, de modo que sean fácilmente identificables para el evaluador, ejemplo: Anexo Nº02 Declaración Jurada. Debe respetarse dicha fórmula de nomenclatura y el formato electrónico de cada anexo, a fin de facilitar la identificación de los documentos y el proceso de evaluación, es decir deberá incorporarse con la mencionada formula de nomenclatura y en el formato electrónico en el que originalmente figura el anexo (Excel, Word u otro). Los anexos Nº01 y 02 se deben presentar uno por cada oferente, es decir, si un oferente presenta oferta alternativa, no es necesario ingresarlos por cada una de las ofertas. La no presentación de cualquiera de los Anexos señalados como OBLIGATORIOS, hará inadmisible la oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886. Los antecedentes solicitados en la presente licitación deben subirse a las carpetas disponibles del proceso en www.mercadopublico.cl, agrupadas según se señala a continuación:

CARPETA ADMINISTRATIVA:

ANEXO NOMBRE ANEXO DESCRIPCIÓN ANEXO 01 PRESENTACIÓN DEL OFERENTE Documento en el cual el oferente indica información básica y esencial respecto de su identificación. Debe adjuntarse en la carpeta administrativa con el nombre: Anexo N° 01 Presentación Del Oferente.

02 DECLARACIÓN JURADA Documento en el cual el oferente declara cumplir con las disposiciones generales de la Ley de Compras y su respectivo Reglamento para ofertar y contratar con el Estado. Debe adjuntarse en la carpeta administrativa con el nombre: Anexo N°02 Declaración Jurada Del Oferente. Por contener este documento la Declaración Jurada exigida para ofertar, este anexo se considera un ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará inadmisible la oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886. No están obligados a presentar este Anexo N°02 Declaración Jurada, aquellos oferentes que estén inscritos y en estado hábil en el portalwww.chileproveedores.cl y que posean en este registro publicado la declaración para ofertar exigida en estas bases, por Ley, a la fecha del cierre de las ofertas. Además, los oferentes deben identificarse y acreditar su existencia, para ello deberá acompañar los siguientes documentos en la Carpeta Administrativa: • Si es persona natural: - Imagen digitalizada de la cédula nacional de identidad. • Si es persona jurídica: El oferente deberá acreditar la vigencia de la sociedad, y para ello deberá presentar uno de los siguientes documentos: ▪ Imagen digitalizada del certificado de vigencia de la sociedad oferente de data no superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta, emitido por el Conservador de Bienes Raíces. ▪ Imagen digitalizada de la escritura pública de constitución de la sociedad y de todas sus modificaciones vigentes. ▪ Imagen digitalizada del certificado de vigencia emitido por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo para aquellas empresas creadas bajo el régimen establecido por la Ley N° 20.659, de data no superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta. El oferente deberá acreditar la vigencia de poderes del Representante Legal de la Sociedad, y para ello deberá presentar la imagen digitalizada del RUT del oferente y de la cédula de identidad de su representante legal y uno de los siguientes documentos: ▪ Imagen digitalizada del certificado de vigencia de poderes del representante legal del oferente, de data no superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta, emitido por el Conservador de Bienes Raíces. ▪ Imagen digitalizada del certificado de vigencia de la sociedad oferente de data no superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta, emitido por el Conservador de Bienes Raíces, en que consten los poderes otorgados al representante legal de la empresa. ▪ Imagen digitalizada del certificado de estatuto actualizado emitido por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo para aquellas empresas creadas bajo el régimen establecido por la Ley N° 20.659, de data no superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta. No están obligados a acreditar su existencia y vigencia aquellos oferentes que estén inscritos y en estado hábil en el portal www.chileproveedores.cl a la fecha del cierre de las ofertas cuyos respaldos e información para acreditar su existencia y vigencia, se encuentren ya publicados en dicho portal.

CARPETA TÉCNICA:
ANEXO NOMBRE ANEXO DESCRIPCIÓN

 ANEXO 03 LISTADO, ACREDITACIÓN Y EXPERIENCIA DEL PERSONAL EN PRESTACIÓN DE SERVICIO Documento donde se señala el personal que prestará los servicios, para la Hospital en virtud de esta licitación. El personal indicado en este anexo deberá ser el mismo que inicie actividades en el Hospital una vez iniciado el servicio de asesoría en proceso de acreditación de lo contratado. En dicho documento se deberá indicar Profesión, certificación como evaluadores de proceso de acreditación y experiencia en procesos de en procesos de Acreditación para Prestadores Institucionales de Atención Cerrada de Alta Complejidad. El documento y sus respaldos deben adjuntarse en la carpeta técnica con el nombre: ANEXO N°03 “LISTADO, ACREDITACIÓN Y EXPERIENCIA DEL PERSONAL EN PRESTACIÓN DE SERVICIO”. ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará inadmisible la oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.

04 CONDICIONES DE EMPLEO Y REMUNERACIÓN Documento en el cual el oferente declara la cantidad de mejoras en las condiciones laborales de las y los trabajadores con sus respectivos respaldos. Debe adjuntarse en la carpeta administrativa con el nombre correspondiente tal, que permita su inequívoca identificación. El documento y sus respaldos deben adjuntarse en la carpeta técnica con el nombre: ANEXO N°04: CONDICIONES DE EMPLEO Y REMUNERACIÓN.

 05 EXPERIENCIA DEL OFERENTE Anexo para completar y adjuntar a la oferta que contiene el tipo de experiencia del proveedor: • Si se trata de experiencia en sector público: Se deberá completar la tabla del Anexo indicando el ID de las órdenes de compra de Mercado las que deberán contar, expresamente, en el sistema de información Mercado Público con recepción conforme. En este caso no se deberán adjuntar las órdenes de compra a la oferta, solo identificarlas, ya que estas serán verificadas en línea en el sistema de información Mercado Público directamente al momento de evaluar. • Si se trata de experiencia en sector Privado: Se deberá completar la tabla del anexo indicando el ID de las órdenes de compra y sus correspondientes facturas. En el caso de experiencia en sector privado además de completar este anexo se deberán adjuntar a la oferta, las respectivas órdenes de compra señalas y facturas indicadas en la tabla. Estas Ordenes más sus facturas se deben adjuntar al anexo con el nombre de: “Anexo 05 Experiencia del Oferente” en la carpeta Técnica de su oferta en el portal mercadopublico.cl Para ambos tipos de experiencia se deberán indicar órdenes de compra que acrediten experiencia en venta del mismo bien y/o servicio que se licita. Si presenta más de una Orden de Compra emitida por la misma organización Pública o privada, sólo será considerada la Orden de Compra de fecha más actual. Para la Evaluación se considerará sólo la presentación de hasta un máximo total de 6 órdenes de compra de Mercado Público y/u órdenes de compra privada más su factura, (dependiendo la experiencia que se desee acreditar), donde se hayan adquirido los mismos servicios en los últimos 24 Meses desde el cierre de recepción de las ofertas de este proceso licitatorio. Si se presentan, adjuntan o se señalan más órdenes de compra en la tabla dispuesta, o como adjunto, estas no serán consideradas en la evaluación. Si una misma orden de compra hace referencia a más de un ítem ofertado en este proceso licitatorio, el proveedor podrá incluir esta misma Orden en todas las tablas del Anexo 05 por ítems que estime pertinente. IMPORTANTE: - Para experiencia en sector público: Sólo serán consideradas para la evaluación, las órdenes de compra de mercado público indicadas por el oferente en la tabla del Anexo 05 y que se hayan podido verificar con recepción conforme en el sistema de información Mercado Público al momento de evaluar. - Para experiencia en sector privado: Sólo serán consideradas para la evaluación, las órdenes de compra privadas másfacturasindicadas por el oferente en la tabla del anexo y que se hayan adjuntado, tanto las ordenes, como sus respectivas facturas, a la oferta. Para ambos tipos de experiencia se considerarán del mismo rubro, las Órdenes de Compra de Mercado Público y las órdenes de Compra con sus respectivas Facturas, referidas a la venta del mismo servicio requerido en esta adquisición y se considerará de la misma envergadura cuando dichos contratos se hayan celebrado con Hospitales Públicos de Alta complejidad o privados. Una vez completados los datos, debe adjuntarse el documento en la carpeta técnica con el nombre: ANEXO N°05: EXPERIENCIA DEL OFERENTE.

06 DECLARACIÓN JURADA PROGRAMA DE INTEGRIDAD CON APLICACIÓN DE CÓDIGO ÉTICA PARA PROVEEDORES (DIRECTIVA N°31 CHILECOMPRA) Documento que declara la aplicación de programas de integridad de Código de ética para proveedores, correspondiente a la Directiva N°31 ChileCompra, por el proveedor y sus trabajadores. Si no se presenta este anexo, o se presenta sin firma, se entenderá que no conoce ni aplica programas de integridad y/o políticas contenidas en Código de ética para proveedores, por tanto, su oferta no será evaluada en este criterio de evaluación. Una vez completados los datos, debe adjuntarse el documento en la carpeta técnica con el nombre: ANEXO N°06: DECLARACIÓN JURADA PROGRAMA DE INTEGRIDAD CON APLICACIÓN DE CÓDIGO ÉTICA PARA PROVEEDORES (DIRECTIVA N°31 CHILECOMPRA).

CARPETA ECONÓMICA:
ANEXO NOMBRE ANEXO DESCRIPCIÓN

ANEXO 07 CARTA OFERTA Documento donde se oferta el VALOR TOTAL NETO EN PESOS CHILENOS por el servicio requerido. El proveedor deberá indicar en este anexo, cuando corresponda, si su oferta económica está afecta a IVA. El valor a ofertar deberá incluir todos los gastos asociados en los que incurra el adjudicatario hasta la total recepción conforme de su servicio, comprendiéndose entre ellos por ejemplo los relativos a capacitación, traslados, derechos, patentes, etc. Se evaluará sólo el valor ofertado correspondiente al SERVICIO DE ASESORÍA EN PROCESO DE ACREDITACIÓN PARA EL HOSPITAL DE LA FLORIDA Una vez completado el documento, debe adjuntarse en la carpeta Económica con el nombre: ANEXO N°07 CARTA OFERTA. El oferente deberá asegurarse que el valor contenido en los documentos que conforman la oferta, sea igual al valor ingresado en el campo correspondiente en el portal www.mercadopublico.cl. En caso de existir discrepancias entre el valor indicado en el anexo y el valor ingresado en el portal, prevalecerá la oferta subida a la línea de servicio a www.mercadopublico.cl. Se establece expresamente que si la oferta del proveedor es de $1 en Mercado Público, su oferta será declarada inadmisible. ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará inadmisible la oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.

Si falta alguno de los anexos OBLIGATORIOS o no se logra acreditar su contenido, la oferta será inadmisible. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.

6.1.-Carácter de los Documentos Cada oferta deberá cumplir con todos los requisitos de admisibilidad administrativa, técnica y económica, sin embargo, es dable señalar que en esta Licitación podrán existir los siguientes documentos: • DOCUMENTO “ANEXO”: Anexo numerado que se debe completar o no, según corresponda y cuyo contenido se deberá acreditar cuando así se indique, con los respectivos documentos de respaldo adjuntos en cada carpeta de su oferta. • DOCUMENTO “RESPALDO”: Documento que se pide acompañar en la oferta para respaldar y/o acreditar algún requerimiento solicitado en un anexo o en bases. Estos documentos de respaldo podrán ser entre otros: fotos, boucher, fichas técnicas, certificados, declaraciones, contratos, órdenes de compras, catálogos, etc., según se solicite en cada caso. Los documentos Anexos o respaldos podrán tener carácter de obligatorios o no. Según lo anterior, los documentos, anexos o respaldos, se pueden clasificar en “esencial” o “subsanable”, según el siguiente detalle:
a.1 Documento Esencial: Son aquellos, que no admiten corrección, enmienda, rectificación o subsanación, por ende, si alguna de las propuestas no cumple con la presentación conforme y/o el correcto llenado del documento sea anexo o respaldo, según se solicita en estas bases, la oferta será inadmisible. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886. Se entenderán Documentos, anexos o respaldos esenciales los siguientes:
▪ Anexo N°02 Declaración Jurada.
▪ Anexo N°07 Carta Oferta.

a.2 Documento Subsanable: Son aquellos documentos que, presentados, adolecen de defectos de forma o errores no esenciales o de tipeo, que obedecen a una justa causa de error u omisión o aquellos documentos que no se hayan adjuntado por omisión a la oferta. Los oferentes podrán enmendar sus omisiones u errores, dentro de un plazo de 24 o 48 horas según explicite el Hospital La Florida, contado desde su requerimiento, mediante el foro inverso del proceso licitatorio y a través de www.mercadopúblico.cl., y según lo señalado en el punto 8.2.1. de estas bases.
7.- DE LA APERTURA DE LA PROPUESTA
La apertura electrónica de las propuestas que se hayan ingresado en el portal www.mercadopublico.cl. Se efectuará de acuerdo al calendario de plazos del numeral 5.4, debiendo levantarse acta de lo obrado. Se realizará en ella, la revisión de los requisitos de admisibilidad esencial dejando constancia de los oferentes que no cumplan con dichos requisitos en la Apertura Electrónica que se publica en www.mercadopublico.cl. Una vez verificado el cumplimiento de los oferentes, de los requisitos exigidos en las presentes bases de licitación y confeccionada la correspondiente Acta de Apertura, se procederá a la evaluación administrativa, técnica y económica de los oferentes y sus ofertas, por parte de la Comisión Evaluadora, designada por el Hospital en las presentes bases.
8.- DE LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
8.1.- Comisión de Evaluación La Comisión de Evaluación podrá estar integrada por las siguientes personas o sus subrogantes legales:
1. Jefatura de Abastecimiento.
 2. Jefatura Gestión de Contratos.
3. Referente/s Técnico/s.
En caso de ausencia o inhabilidad de uno o más de los miembros de la comisión de evaluación, ocupará su lugar el subrogante respectivo, o el funcionario que designe la autoridad en su caso, con la finalidad que la comisión sesione con la totalidad de los miembros que la integran. En el caso de no ser posible la subrogancia, se reemplazará al integrante de la comisión a través de resolución fundada, por funcionario que, revista las mismas calidades, todo, sin perjuicio de que su composición sea informada en el portal www.mercadopublico.cl, una vez dictado el acto administrativo, correspondiente conforme al inciso final del artículo 37 del decreto N°250, de 2004. En el evento que la comisión este excepcionalmente integrada por personas ajenas a la administración y en un número inferior a los funcionarios públicos, tal como lo previene el inciso cuarto del artículo 37 del mencionado reglamento, su designación deberá ser fundada. Las autoridades y funcionarios, así como los contratados a honorarios o las personas ajenas a la administración, (en los casos en que excepcionalmente participen en procedimientos de contratación), deberán abstenerse de participar en la evaluación y distintas etapas de los procedimientos de contratación, cuando exista cualquier circunstancia que les reste imparcialidad. Para ello, previa evaluación, cada uno de sus integrantes, firmará una Declaración Jurada de no tener Conflicto de Interés. En caso de que alguno de los integrantes esté contratado a honorarios o se trate de personas ajenas a la administración, estos solo tendrán derecho a voz, debiendo siempre la Comisión estar conformada por mayoría simple de miembros a contrata. La comisión revisará, las ofertas recepcionadas e inscritas en el Acta de Apertura, la Comisión de Evaluación dará inicio al proceso de evaluación de las ofertas formuladas. La Comisión de Evaluación, podrá ser asesorada por una Comisión Técnica compuesta por un máximo de 3 profesionales de las áreas correspondientes al proceso en análisis. La comisión de Evaluación será presidida según el siguiente orden de prelación:
1. Jefatura de Abastecimiento.
2. Jefatura Gestión de Contratos.

 La comisión deberá sesionar en los días y horas citadas para los efectos de evaluación. Las decisiones se tomarán conforme la metodología de evaluación indicada en el punto 8.3.

8.2.- Examen de antecedentes La Comisión de evaluación verificará los Antecedentes presentados por los oferentes e informará al director, quien en virtud de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley Nº 19.886, podrá declarar, mediante resolución fundada, inadmisible aquellas ofertas que no cumplan los requisitos establecidos en las bases. El Hospital Clínico Metropolitano La Florida se reserva el derecho de declarar inadmisible las ofertas cuando no cumplieren con los requisitos exigidos en las presentes Bases. A su vez, el Hospital declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. En todos los casos, los oferentes no tendrán derecho a indemnización alguna por estas circunstancias. La decisión de inadmisibilidad o de declaración de desierta, se efectuará por resolución fundada, que será publicada en www.mercadopublico.cl. 8.2.1.-Aclaración y complementación de antecedentes en FORO INVERSO de www.mercadopublico.cl • Errores u omisiones en documentos presentados: El Hospital La Florida de conformidad con el artículo 40 inciso 1º del Decreto Nº 250 que aprueba el reglamento de la Ley Nº 19.886, podrá solicitar a los oferentes aclaraciones o que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, informándose debidamente dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Portal Mercado Público. • Omisión de documentos: El Hospital La Florida de conformidad con el artículo 40 inciso 2° del Decreto Nº 250, podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. El plazo que tendrán los oferentes, en ambos casos, ya sea para subsanar documentos presentados o adjuntar documentos omitidos para dar cumplimiento a lo solicitado por el mandante, no podrá ser superior a 24 o 48 horas, según defina el Hospital, contadas desde la fecha de publicación en el FORO INVERSO de www.mercadopublico.cl, de la solicitud por parte del Hospital. Si la aclaración solicitada o el documento omitido no se presenta dentro del plazo asignado, se asumirá que el requisito en duda no se cumple y la oferta recibirá el puntaje correspondiente establecido en el criterio “cumplimiento de requisitos formales”.

8.3.- Metodología de Evaluación La evaluación se hará asignando puntuación según los rangos que se indican, a los aspectos que se detallan; la oferta que logre la puntuación más alta será propuesta para adjudicación. La evaluación de las propuestas será realizada por la Comisión de Evaluación conforme a los criterios de evaluación, analizando los antecedentes admisibles aportados por los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl. Se ponderarán los puntajes obtenidos, estableciéndose un ranking, del cual se seleccionará la oferta que obtenga el mayor puntaje y que cumpla de mejor forma los intereses del Hospital. En el caso de tratarse de un proceso cuya adjudicación se realice por la totalidad de líneas o ítems licitados a un solo proveedor, el resultado final de la evaluación se obtendrá de la sumatoria de puntajes finales de todos los ítems ofertados en su conjunto, siendo la oferta ganadora la que obtenga el mayor puntaje de dicha sumatoria. Se elaborará el Acta de Evaluación según el análisis realizado para cada uno de los criterios evaluados.

8.3.1.- Mecanismos de Evaluación: La obtención de los puntajes de los requerimientos para cada evaluación podrá ser del tipo tabulación, dicotómico o porcentual. a) Mecanismo de Tabulación: Para el caso de evaluación a través de tabulación, se asignará un puntaje por tramo, requisito o característica indicada según orden de importancia, el resultado será ponderado según el porcentaje asignado al criterio. b) Mecanismo Dicotómico: Para el caso del puntaje dicotómico, el cumplimiento del requerimiento significará la obtención del puntaje máximo y en caso contrario, el puntaje obtenido será cero. c) Mecanismo Porcentual: Para el caso del puntaje porcentual, este se obtendrá dependiendo de si se aplica el criterio del mayor valor o menor valor, donde la fórmula de cálculo para cada caso es la siguiente: c.1) Criterio Mayor Valor: 𝐶𝑟𝑖𝑡𝑒𝑟𝑖𝑜 𝑀𝑎𝑦𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟: ( 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜 𝑀𝑎𝑦𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜) 𝑥 (𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑑𝑒𝑙 𝑅𝑒𝑞𝑢𝑒𝑟𝑖𝑚𝑖𝑒𝑛𝑡𝑜) El oferente obtendrá el puntaje máximo del requisito evaluado toda vez que su valor ofertado sea igual al mayor valor ofertado, del conjunto de las ofertas. Cada valor ofertado distinto al mayor valor ofertado, en consecuencia, generará un puntaje menor para el requerimiento en evaluación. c.2) Criterio Menor Valor : 𝐶𝑟𝑖𝑡𝑒𝑟𝑖𝑜 𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟: ( 𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜 ) 𝑥 (𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑑𝑒𝑙 𝑅𝑒𝑞𝑢𝑒𝑟𝑖𝑚𝑖𝑒𝑛𝑡𝑜) El oferente obtendrá el puntaje máximo del requerimiento evaluado, toda vez que su valor ofertado sea igual al menor valor ofertado, del conjunto de las ofertas. Cada valor ofertado distinto al menor valor ofertado, en consecuencia, generará un puntaje menor para el requerimiento en evaluación.

8.4.- Criterios de Evaluación Se evaluará conforme a los criterios de evaluación, que a continuación se indican, sin afectar los principios de igualdad de los mismos y con estricta sujeción a las bases, de acuerdo a las ponderaciones que se señalan: CRITERIOS PONDERACIÓN PUNTAJE MÁXIMO CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES 1% 100 PROGRAMAS DE INTEGRIDAD CON APLICACIÓN DE CÓDIGO DE ÉTICA PARA PROVEEDORES DEL ESTADO 1% 100 CERTIFICACIÓN DEL PERSONAL EN PRESTACIÓN DE SERVICIO 10% 100 CONDICIONES DE EMPLEO Y REMUNERACIÓN 8% 100 EXPERIENCIA DEL OFERENTE 10% 100 COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR DEL OFERENTE 10% 100 OFERTA ECONÓMICA 60% 100

8.4.1.- Cumplimiento de Requisitos Formales de las Ofertas (1%) Se evaluará el cumplimiento formal de los requisitos administrativos, técnicos y económicos, a través del mecanismo de Tabulación, asignándose el siguiente puntaje: TRAMO, REQUISITO O CARACTERISTICA PUNTAJE Presenta oferta con todos los documentos requisitos administrativos, técnicos, económicos y anexos solicitados, en tiempo y forma. 100 Presenta oferta con todos los documentos, requisitos administrativos, técnicos, económicos y anexos solicitados, pero se debe pedir subsanar o enmendar elementos de tipo subsanables a través de foro inverso y proveedor corrige y/o subsana en tiempo y forma. 50 Presenta oferta con todos los documentos, requisitos administrativos, técnicos, económicos y anexos solicitados, pero se debe pedir subsanar o enmendar elementos de tipo subsanables a través de foro inverso y proveedor NO corrige o subsana en tiempo y forma. 0

8.4.2.- Programas de integridad con aplicación de código de ética para proveedores del Estado (1%) Corresponde a programas de integridad relacionadas a la contratación pública con aplicación del código de ética para proveedores dentro de la empresa y por parte de sus trabajadores, situación debidamente acreditada, a través de declaración jurada del proveedor (Anexo 06), donde se señala expresamente como política de su empresa dicho programa de integridad con aplicación del código de ética para proveedores (Directiva N°31 de ChileCompra). Si el oferente es una UTP se deberán adjuntar las declaraciones juradas por cada uno de sus integrantes. De no ser presentadas las declaraciones juradas, se entenderá que no cuentan con estas políticas ni aplican código de ética para proveedores, otorgándoles 0 puntos en este criterio. Para este criterio se aplicará el mecanismo dicotómico, según la siguiente tabla y el Anexo N°06: REQUERIMIENTO PUNTAJE Aplica programa de integridad con código de ética para proveedores (Directiva N°31 ChileCompra) en sus contrataciones con el estado. 100 No aplica programa de integridad con código de ética para proveedores (Directiva N°31 ChileCompra) en sus contrataciones con el estado, o no logra acreditar. 0

8.4.3 CERTIFICACIÓN DEL PERSONAL EN PRESTACIÓN DE SERVICIO (10%) La certificación del personal en prestación de servicio se evaluará conforme al Anexo 03: “Listado, Acreditación y Experiencia del personal en prestación de servicio” y a través del mecanismo dicotómico, según lo siguiente: La certificación solicitada corresponde a “Certificado de evaluadores de procesos de acreditación para prestadores institucionales de salud”. La certificación de evaluadores/as que no se encuentren identificadas en el Anexo 03, no será considerada a evaluación. ➢ La acreditación del personal en prestación de servicio solo podrá ser acreditada mediante: ▪ Certificado vigente que posea firma y timbre de la entidad certificadora. Si no se presentan los certificados que acrediten la certificación del trabajador/a, esta no será considerada para la Evaluación. El Hospital la Florida se encontrará facultado para confirmar los antecedentes entregados, contactando a las respectivas Instituciones o empresas que hayan emitido dichos documentos. En consecuencia, los antecedentes de certificación de los evaluadores/as del oferente, que no puedan ser acreditados o confirmados a través de la presentación y revisión de los certificados se entenderán como no presentados, para efectos de la evaluación. La obtención de puntaje se realizará en base a la siguiente tabla: CERTIFICACIÓN PUNTAJE Acredita al menos 50% del personal en prestación de servicio posee certificación como evaluadores de procesos de acreditación para prestadores institucionales de salud. 100 No acredita al menos el 50% del personal en prestación de servicio posee certificación como evaluadores de procesos de acreditación para prestadores institucionales de salud. 0 Cabe destacar, que si el proveedor señala en su oferta un número impar de personas presentada en Anexo N°03, el resultado del cálculo del 50% del personal en prestación de servicio será aproximado al número entero superior más cercano.

 8.4.4 Condiciones de Empleo y Remuneración (8%)
El puntaje correspondiente a las mejores condiciones laborales para personal que prestaran el servicio, el mecanismo de tabulación será resultado de la sumatoria de los puntajes obtenidos por el oferente, según Certificado Anexo N°04 de su oferta y según la siguiente tabla: Condiciones de Empleo y Remuneración Puntaje Políticas de capacitación continua 20 Contratación personas con discapacidad 20 Seguro salud 10 Bono Escolaridad 10 Bono Fiestas Patrias 10 Bono Navidad 10 Políticas de Reajustabilidad remuneraciones 10 Contratación de personas adulto mayor 10 REQUERIMIENTO PUNTAJE MAXIMO Mejores Condiciones de empleo y remuneración Anexo Nº04 100
El proveedor deberá adjuntar el certificado que declare estas condiciones laborales. Las condiciones declaradas en este anexo, se deberán mantener durante toda la vigencia del contrato y serán comprobadas en los estados de pagos según corresponda, sin perjuicio de lo anterior, el Hospital en cualquier momento podrá verificar si se cumplen estas condiciones durante la vigencia del contrato, solicitando los antecedentes que estime conveniente al proveedor.

 8.4.5.- Experiencia del Oferente (10%) Este criterio se evaluará a través del mecanismo de Tabulación, en base a lo siguiente: Se medirá y acreditará la experiencia del oferente tanto en el sector público como en el privado, con la evaluación de órdenes de compra que cumplan con: • Mismo rubro. • Misma envergadura. • Emisión 24 meses anterior al cierre oferta. • OC sector público con recepción conforme. • OC sector privado con factura. • Máximo 6 OC por ítem. Para ambos tipos de experiencia se considerarán del mismo rubro, las Órdenes de compra de Mercado Público y las Órdenes de compras con sus respectivas facturas, referidas a la venta del mismo insumo requerido en esta adquisición y se considerará de la misma envergadura cuando dichos contratos se hayan celebrado con Hospitales Públicos de Alta Complejidad o privados. Lo anterior, según lo señalado en Anexo 05 y la siguiente tabla de evaluación: REQUERIMIENTO PUNTAJE Presenta órdenes de compra de 6 clientes. 100 Presenta órdenes de compra de 5 clientes. 80 Presenta órdenes de compra de 4 clientes. 60 Presenta órdenes de compra de 3 clientes. 40 Presenta órdenes de compra de 2 clientes. 20 Presenta órdenes de compra de 1 clientes. 10 No presenta órdenes de compra. 0

8.4.6.- Comportamiento Contractual Anterior (10%)
Este Criterio se evaluará a través del mecanismo dicotómico, en base a lo siguiente: Se medirá el comportamiento contractual anterior del oferente en base al registro de comportamiento en el Sistema de información Mercado Público y/o Chileproveedores realizado por las instituciones públicas con las cuales este haya contratado, según el registro de comportamiento contractual anterior de Chile Proveedores y/o Mercado Público. Este Factor se evaluará a través del mecanismo dicotómico, en base a lo siguiente:

8.4.7.- Evaluación Económica (60%)
La evaluación económica considerará el VALOR TOTAL NETO EN PESOS CHILENO por el servicio solicitado, el cual se debe ingresar en Anexo Nº07 Carta Oferta: REQUERIMIENTO PUNTAJE MÁXIMO Menor Valor Ofertado 100
 EL VALOR OFERTADO NO PODRÁN SUPERAR EL MONTO DISPONIBLE ESTABLECIDO PARA EL SERVICIO LICITADO, DE LO CONTRARIO LAS OFERTAS SERÁN DECLARADAS INADMISIBLES.
Cabe destacar que el monto disponible establecido en las presentes Bases Técnicas incluye IVA. 𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑃𝑟𝑒𝑐𝑖𝑜: ( 𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑃𝑟𝑒𝑐𝑖𝑜 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜 𝑃𝑟𝑒𝑐𝑖𝑜 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜 ) 𝑥 100
Se establece expresamente que si la oferta del proveedor es de $1 en Mercado Público, su oferta será declarada inadmisible.

8.5.- Situación de Empate:
En caso de que dos o más ofertas obtengan igual puntaje total, se resolverá el empate según los siguientes criterios: a) Se seleccionará aquella oferta que presente el puntaje más alto en el Criterio Experiencia del Oferente. b) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el Criterio Comportamiento Contractual Anterior. c) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el Criterio Condiciones de Empleo y Remuneración. d) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el Criterio Evaluación económica. e) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el Criterio Certificación del Personal en Prestación de Servicio. f) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el Criterio Programas de integridad con aplicación de código de ética para proveedores del Estado. g) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el Criterio Cumplimiento de Requisitos Formales de las Ofertas. h) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que fuese ingresada primero, según la fecha y hora en el portal Mercado Público.

 8.6.- Acta de Evaluación La Comisión de Evaluación elaborará el "Informe o Acta Final de Evaluación" el cual contendrá: • La identificación de los integrantes de la Comisión de Evaluación que asistieron a evaluar. • La identificación de los asesores expertos invitados a la Evaluación, si es que existieron. • La identificación de las ofertas que no cumplieron alguno de los requerimientos obligatorios de bases, siendo rechazadas sus ofertas en la apertura, quedando por lo tanto fuera de evaluación y aquellas que fueron evaluadas pero se determinó de igual manera que no cumplieron alguno de los requerimientos obligatorios de bases, por tanto se deben proponer junto a las rechazadas, para ser declaradas inadmisibles por la autoridad y la información detallada sobre cuál o cuáles requerimientos no fueron cumplidos por todas estas ofertas. • Un cuadro comparativo de las propuestas con las respectivas puntuaciones parciales obtenidas en cada uno de los criterios de evaluación, así como también un resumen de la Evaluación realizada con especificación del puntaje final. • Un análisis final de evaluación y/o las observaciones, si proceden. • Cuando no se hayan presentado ofertas, la constancia de esta situación para declarar Desierto el proceso. • Los fundamentos de declarar desierto el proceso en base a ofertas presentadas y evaluadas que no resulten convenientes para los intereses del establecimiento. • La recomendación o propuesta final, a la autoridad competente, de adjudicación del oferente mejor evaluado o de declarar desierto el proceso, según sea el caso, fundada en razones objetivas y no discriminatorias.
9.- DE LA ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA
9.1.- Criterios de Adjudicación
Se adjudicará a aquel proponente cuya oferta haya sido evaluada como la más ventajosa para los intereses de la institución, considerando los criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases y conforme las facultades y prerrogativas establecidas en la normativa sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.

 9.2.- Comunicación de la Adjudicación
 El Hospital Clínico Metropolitano La Florida adjudicará la oferta mediante acto administrativo, el cual tendrá plena vigencia una vez que se encuentre totalmente tramitado y notificado al adjudicatario y al resto de los oferentes a través de www.mercadopublico.cl. En dicho acto administrativo, se especificarán los criterios de evaluación aplicados, de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases. Si no se adjudicase en el plazo indicado en el punto 5.4 de estas Bases, se avisará a través del Portal las razones de ello, indicando un nuevo plazo para la adjudicación o la decisión de declarar desierto.

9.3.- Peticiones o Reclamos del Proponente Adjudicado
Adjudicada la propuesta, no podrá el proponente formular petición o reclamo de ninguna especie fundado en el desconocimiento de estas Bases Administrativas, de las Bases Técnicas y los anexos y sus modificaciones; las cuales se entienden plenamente conocidas y aceptadas por el solo hecho de presentación de su oferta.

9.4.- De la Readjudicación
 El Hospital Clínico Metropolitano La Florida podrá readjudicar la licitación, dentro de los 60 días corridos desde la publicación, al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje total obtenido, dejando sin efecto la adjudicación previa, en los siguientes casos:
1.- Si el adjudicatario desiste de su oferta.
2.- Si el adjudicatario se desiste de firmar el contrato o rechaza la orden de compra emitida en el portal mercadopublico.cl
3.- Si el adjudicatario no entrega garantía de fiel y oportuno cumplimiento o cualquier otro documento solicitado para la firma del contrato en tiempo y forma.
4.- Si el Oferente adjudicado es inhábil para contratar con el estado en los términos del artículo cuarto, incisos 1° y 6° de la Ley 19.886, o según lo establecido en el inciso segundo del artículo 26, letra d), del DFL N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción sobre condena establecida por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, o lo dispuesto en la Ley N° 20.393 Sobre Responsabilidad Penal de Personas Jurídicas condenadas por delitos de Cohecho , Lavado de Activos y Financiamiento al Terrorismo o no proporciona los documentos que sean requeridos para verificar dicha condición o le sobreviene una inhabilidad. Sin perjuicio de lo anterior, el Hospital podrá elegir si adjudica a la segunda oferta mejor evaluada o desertar el proceso, para efectuar un nuevo llamado a licitación, emitiéndose para cada caso la respectiva resolución.

9.5.- Revocación de la Licitación
Si se ha detectado una ilegalidad en y durante el proceso o aconteciere durante su tramitación un hecho considerado como Imprevisto, Caso Fortuito o Fuerza mayor, que haga imposible e improcedente adjudicar la Licitación, el Hospital Clínico Metropolitano La Florida, podrá realizar la revocación de esta, previo acto administrativo que justifique tal situación, sin perjuicio de otras causales específicas de las normas especiales vigentes, aplicables a los actos del Estado.
10.- DEL CONTRATO
De acuerdo a lo estipulado en el Artículo 63° del Reglamento de la ley N° 19.886 aprobado por el decreto Nº 250/2004 del Ministerio de Hacienda, la formalización del contrato en este proceso se llevará a cabo según lo siguiente: a) La firma de un contrato escrito será obligatoria en esta adquisición para los oferentes que adjudiquen un monto total igual o mayor a 100 UTM, ya sea por la adjudicación de una o varias líneas. Además, deberá presentar la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, de acuerdo a lo estipulado en el punto 10.8 de estas Bases. b) Para los oferentes que adjudiquen un monto entre 50 y 99 UTM, su contratación se formalizará a través de la emisión y aceptación de la correspondiente Orden de Compra, más la presentación de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, de acuerdo a lo estipulado en el punto 10.8 de estas Bases. c) Para los oferentes que adjudiquen montos inferiores a 50 UTM, su contratación se formalizará a través de la emisión y aceptación de la correspondiente Orden de Compra. 10.1.- Entrega de Documentación y Antecedentes para Suscribir el Contrato El adjudicatario deberá hacer llegar toda la documentación necesaria para la suscripción definitiva de su contrato y/o la correspondiente emisión de la Orden de Compra, según corresponda, a la Unidad de Contratos del Departamento de Abastecimiento del Hospital, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la adjudicación y según el siguiente detalle: • Garantía de Fiel y oportuno cumplimiento: Solo el proveedor adjudicado cuyo contrato sea igual o superior a 50 UTM debe presentar garantía o caución para asegurar el fiel y oportuno cumplimiento de contrato según monto y glosa, de acuerdo a lo establecido en numeral 10 de las presentes Bases. • Acreditación poderes del representante legal: El proveedor adjudicado en el caso que fuera persona jurídica, deberá acreditar la vigencia de los poderes del representante legal a través de certificado de vigencia de poderes emitido por el Registro de Comercio o por la institución que corresponda, de data no superior a 3 meses contados desde la fecha en que deba suscribir el contrato escrito. • Declaraciones juradas: El oferente adjudicado, deberá presentar las siguientes declaraciones juradas: a) Anexo N°02 Declaración Jurada Simple: En formato físico firmada por el representante legal de la empresa o la persona natural, según corresponda, en la cual se consigna que no se encuentra unido por los vínculos de parentesco descritos en la letra B) del artículo 54 de la ley 18.575, que no se encuentra afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 4° de la ley Nº19.886, Que no se encuentra afecto a ninguna de las prohibiciones que se encuentran reguladas en el Artículo 35 quáter, de la ley N°21.634, que moderniza la Ley N°19.886, sobre Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicio, tampoco podrán participar aquellos interesados que se encuentren afectos a la inhabilidad para contratar con el estado, a que se refiere el artículo 33 de la Ley N° 21.595 de Delitos Económicos y que tratándose de personas jurídicas y que tratándose de personas jurídicas, además, no ha sido condenado a pena de prohibición de celebrar actos y contratos con Organismos del Estado, de conformidad con la ley Nº20.393. b) Si el contrato es igual o superior a 1000 UTM y el adjudicado es una unión temporal de proveedores: Los oferentes adjudicados que se unan de esta forma, deberán presentar la Escritura Pública que materialice la unión temporal de proveedores. Dicho documento deberá establecer la solidaridad entre las miembros de la unión temporal de proveedores y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes, además de tener una vigencia que no podrá ser inferior a la vigencia del contrato que se adjudica mediante el proceso licitatorio, incluyendo las renovaciones del mismo si existiesen, conforme a lo regulado en el art. 67 bis, del Reglamento de la ley N°19.886 aprobado por el decreto Nº 250/2004 del Ministerio de Hacienda. • Cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales: El proponente adjudicado deberá presentar un certificado en que se acredite el cumplimiento de las obligaciones laborales y cotizaciones previsionales por parte del proveedor adjudicado para con sus trabajadores, éste deberá ser emitido por la Inspección del Trabajo o por empresas autorizadas para extender este tipo de certificados. En caso de que el certificado arroje deudas o saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones previsionales, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el oferente adjudicado acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato. El incumplimiento de esta obligación, como, asimismo, la falta de presentación de dicho certificado habilitará al Hospital, para poner término al contrato y podrá llamar a una nueva licitación, sin que el oferente adjudicado pueda participar en este nuevo proceso. 10.2. - Inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores Del Estado El proveedor al momento de adjudicar y contratar deberá estar inscrito en el registro nacional www.chileproveedores.cl. Si al momento de adjudicar el proveedor no se encuentra inscrito en este registro, tendrá un plazo excepcional de 10 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación para inscribirse, sin perjuicio de lo anterior, deberá hacer entrega de todos los demás antecedentes según lo dispuesto en párrafo primero del numeral 10.1. La no inscripción en Chileproveedores o la no entrega de cualquiera de los documentos y antecedentes ya señalados, configurará causal suficiente para dejar sin efecto la resolución de adjudicación respectiva. En tal caso se procederá al cobro de la garantía de seriedad de la oferta correspondiente (si se ha solicitado en el proceso licitatorio), pudiendo el Hospital readjudicar al 2º mejor oferente evaluado, el que deberá acreditar las mismas exigencias de los párrafos anteriores, o bien, declarar desierta la licitación, cuando la 2da mejor oferta evaluada no resulte conveniente a sus intereses, en conformidad al artículo Nº 9 de la Ley N° 19.886. Será responsabilidad del adjudicatario cumplir en tiempo y forma, con todas las exigencias antes descritas. 10.3.- Formalización de la Adquisición: Esta Adquisición se formalizará a través de la emisión y aceptación de la Orden de compra, por tratarse este de un servicio de ejecución inmediata se considerará de simple y objetiva especificación, conforme a lo establecido en el artículo 22 numeral 8 y artículo 63 del DS 250 Reglamento de la Ley nº19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios. Sin perjuicio de lo anterior, se comprende dentro del objeto de la obligación del adjudicatario, todo lo señalado en su oferta, para la correcta y adecuada ejecución de los servicios, y la entrega de las licencias, de todo tipo, incluyendo las intelectuales e industriales, que del caso correspondan. El incumplimiento de lo ofertado conllevará, previa calificación de las circunstancias y resolución fundada del Director del Hospital, la aplicación y el cobro de multas al adjudicatario por incumplimiento de sus obligaciones contractuales y podrá dar origen a su término de contrato y al cobro de la respectiva garantía, sin perjuicio de las acciones legales correspondientes que pueda ejercer el Servicio. 10.3.a Emisión de la Orden de Compra: Una vez adjudicada la Licitación, se emitirá la orden de compra, a través del sistema de información www.mercadopublico.cl. 10.4.- Aceptación de la Orden de compra por el proveedor El proveedor deberá aceptar la Orden de compra en el plazo de 24 horas desde su publicación en el sistema de información www.mercadopublico.cl. Vencidas las 24 horas sin respuesta en el portal, se entenderá que la Orden de compra ha sido aceptada tácitamente por el proveedor, comenzando a correr los plazos de entrega y cumplimiento de todas las obligaciones del contrato. Todo, sin perjuicio, de que, para el pago de factura, esta Orden de compra deberá encontrarse aceptada expresamente en el sistema de información y con recepción Conforme, sin lo cual, el pago no se llevará a cabo. El proveedor no podrá imponer un monto mínimo para aceptar la Orden de Compra. 10.5.- Vigencia y Duración del Contrato La vigencia del contrato será hasta el último día del último mes de ejecución efectiva del servicio, de acuerdo a las fechas de ejecución señaladas en el numeral 4.-“Ejecución del servicio” de las bases técnicas. La contratación comenzará a regir a contar desde la aceptación de la respectiva Orden de Compra y será de ejecución inmediata. 10.6.- Renovación del Contrato Para este contrato no será considerada la renovación. 10.7.- Modificación Del Contrato Mediante Resolución fundada, el HLF podrá modificar el contrato en cualquiera de las situaciones que se señalan a continuación: a) Mutuo acuerdo entre los contratantes, sin que pueda alterarse la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, ni que pueda aumentarse el monto del contrato más allá del 30% del monto originalmente pactado. b) Si así lo exigiera el interés público o la seguridad nacional. c) Las demás causales establecidas en el artículo 77 del reglamento de la Ley 19.886. 10.8.- Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato Junto a la firma del Contrato y para cautelar el cumplimiento de la correcta ejecución del mismo, el adjudicatario deberá entregar una caución o garantía, siendo de su exclusiva responsabilidad que dicha caución o garantía sea presentada conforme a las especificaciones que a continuación se indican. Tipo de Documento Podrán ser presentados como documentos de caución, boletas de garantía, vale vistas, certificados de fianza, póliza de garantía o cualquier otro documento que cumpla con los siguientes requisitos: • Sea pagadero a la vista. • No sujeto a modalidad. • Irrevocable. • Emitida a favor de Entidad Pública. Monto 10% del monto total adjudicado con IVA incluido en pesos chilenos. Beneficiario Hospital Clínico Metropolitano La Florida; Rut: 65.075.485-9 Vigencia La vigencia de la garantía por fiel cumplimiento del contrato será hasta el último día del último mes de ejecución efectiva del servicio, de acuerdo a las fechas de ejecución señalado en las bases técnicas más 120 días hábiles, a contar de la aceptación de la orden de compra. Glosa Garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y las obligaciones laborales del “SERVICIO DE ASESORÍA EN PROCESO DE ACREDITACIÓN PARA EL HOSPITAL LA FLORIDA” ID: 812261-XX-LE24 (donde se señala XX reemplazar por el número de la Licitación). Si el documento a presentar, no permite, por su naturaleza, señalar la glosa en su texto, esta, deberá venir escrita al reverso o en acta adjunta adherida al documento Forma y oportunidad de Entrega Física El oferente o su representante deberá entregar físicamente la garantía en la unidad de Gestión de Contratos, ubicada en dependencias del Hospital La Florida, Avenida Froilán Roa 6542, primer piso (hall central OIRS y llamar a los siguientes números 26121568 / 26121516 / 26121319), en horario de lunes a viernes, de 08:30 a 12:30 y de 14:00 a 16:00 horas, dentro de los 5 días hábiles desde la adjudicación. La garantía debe entregarse en sobre cerrado dirigido a la Unidad de Gestión de Contratos del Hospital La Florida, señalando en el sobre lo siguiente: - GARANTÍA DE FIEL OPORTUNO CUMPLIMIENTO ID: 812261-XX-LE24 (donde se señala XX, se debe reemplazar por el número de la licitación). - IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE: La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar y entregarse de forma física o electrónicamente. El oferente que necesite respaldar la entrega de su garantía deberá acompañar una fotocopia del sobre que entrega. Esta fotocopia será timbrada por profesional, indicando la fecha de su recepción y solo si se comprueba que el documento físico viene en su interior. Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, la revisión del documento y cumplimiento de requisitos formales, solo se verificará por la Unidad de Gestión de Contratos. En caso de presentarse una Garantía en Formato Electrónico, deberán ser enviadas al correo: garantiahlf@hospitallaflorida.cl antes del del vencimiento del plazo de 5 días hábiles desde la adjudicación, indicando en el asunto del correo el ID de la Licitación y el nombre del Oferente. De no presentar dicha garantía en forma, lugar, día y hora señalados, la oferta adjudicada se entenderá desistida. Esto último, sin perjuicio de las garantías en formato electrónico que, además, deben ajustarse a las disposiciones de la Ley N°19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, que deberán acompañarse conjuntamente con la oferta. En el caso de que la garantía entregada contenga errores, se solicitará corregir dentro de los 5 días hábiles siguientes, so pena de no firmarse el contrato respectivo. La no entrega de esta Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento, dará lugar al cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta (si se ha solicitado en el proceso licitatorio) y el Hospital podrá readjudicar la Licitación o declarar Desierto el proceso. La garantía podrá ser tomada por el oferente o por un tercero a nombre de él. Custodia Las garantías serán custodiadas por la Unidad de Tesorería del Hospital. Se hace presente que en el edificio ubicado en Avenida Froilán Roa 6542, funcionan distintas unidades del Hospital, por lo que será de exclusiva responsabilidad del proveedor entregar correctamente la garantía, en caso de que se entregue en un lugar distinto del indicado precedentemente, se tendrá por no presentado el documento. En caso de que el Hospital determine necesario aumentar el contrato, el adjudicatario deberá renovar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, conforme al nuevo plazo y monto que se estime para estos efectos. La garantía original será devuelta una vez que se haya entregado la nueva garantía. Asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11 de la ley N°19.886 y 22, número 6, del decreto N°250, de 2004, de Ministerio de Hacienda, ésta también deberá asegurar el pago de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores del proveedor. 10.8.1.- Aumento de Garantía Cuando el precio de la oferta presentada por un Oferente sea menor al 50% del precio presentado por el Oferente que le sigue, y se verifique por parte de la Entidad Licitante que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, la Entidad Licitante podrá a través de una resolución fundada, adjudicar esa oferta, solicitándole una ampliación de las garantías de fiel cumplimiento, hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue. 10.9.- Devolución y Cobro de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato. La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato se podrá hacer efectiva, en caso de incumplimiento por parte del proveedor de cualquiera de las obligaciones del Contrato, sin perjuicio de las multas que corresponda aplicar. Para el cobro de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento, se aplicará el mismo procedimiento utilizado para el cobro de multas, según lo establecido en estas Bases de Licitación. La devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles contado desde el término del contrato, y una vez acreditado que se han cumplido todas las obligaciones de dicho contrato, mediante Certificación de Conformidad, suscrito por el Jefe de la Unidad de Gestión de Contratos o quien lo subrogue, para tal efecto, al término del convenio. Un representante de la empresa debidamente individualizado con poder especial ante notario podrá solicitar la devolución ante el Responsable de Contrato de la Unidad de Contratos del Hospital, caso en el que se comunicará a la Unidad de Tesorería. 10.10.- Resciliación Del Contrato por Mutuo Acuerdo. Las partes podrán poner término al contrato de común acuerdo, en forma anticipada, suscribiendo el documento respectivo. 10.11.- Prohibición De Cesión El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones establecidos para esta adquisición y contratación. En lo referido a la cesión de los instrumentos y títulos de crédito que surjan del contrato, se estará a los artículos 74 y 75 del Decreto N°250 de 2004 del Ministerio de Hacienda que aprueba Reglamento de la ley N°19.886 de Bases de Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, particularmente al hecho que se notifique oportunamente dicho contrato o cesión y no existan obligaciones o multas pendientes. 10.12.- Subcontratación Queda prohibida la subcontratación de los bienes y/o servicios contratados. 10.13.-Reajustabilidad de los Precios El precio adjudicado no se reajustará durante la vigencia del contrato.
11.- DE LAS ACTIVIDADES
11.1.- Inicio de Actividades El inicio formal de las actividades será de acuerdo a la fecha de ejecución del servicio señalado en las bases técnicas y previa coordinación con el Referente técnico, con el fin de dar continuidad a los servicios requeridos y no afectar el regular funcionamiento del Hospital. Los adjudicatarios deberán ceñirse estrictamente a las instrucciones y coordinación que le sean impartidas por el Hospital de La Florida, a través del referente técnico/a.
12.- MULTAS Y SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO
12.1.- Término Anticipado Del Contrato
El Hospital podrá, previa calificación de las circunstancias y emisión de resolución fundada de su Director, poner administrativamente término al contrato, en forma anticipada, unilateral e inmediata, en caso de incumplimiento del contrato celebrado, considerándose como causales de dicho término, las indicadas en el artículo Nº13 de la Ley Nº19.886, en el artículo Nº77 del Decreto Nº250 de 2004 que contiene el Reglamento de la Ley N°19.886, además de las siguientes causales específicas:
 a) La aplicación de dos o más multas dentro un plazo de tres (3) meses, durante la vigencia del contrato, cualquiera sea su fuente, de las enumeradas en el punto 12.3, o por la acumulación de multas cuyo monto total sea igual o superior al 30% del monto del contrato.
b) Cambio o modificación unilateral del precio ofertado, del servicio, condiciones de su oferta, calidad, u otra condición establecida por la Entidad u ofertada por el proveedor.
 c) Realización de actividades que pongan en riesgo al establecimiento y/o a sus funcionarios.
 d) Incurrir en falsedad en la documentación presentada relativa al servicio adjudicado.
e) Cuando la Empresa adjudicada, a juicio de la Unidad Técnica, demuestre incapacidad técnica para ejecutar el contrato o incumpliere las observaciones e instrucciones impartidas por la Unidad Técnica para la ejecución de este.
f) Si el proveedor fuere declarado en quiebra o cayera en estado de notoria insolvencia.
g) Si falleciese el proveedor o se disolviese la empresa o perdiere su personalidad jurídica. En tal evento, se procederá a efectuar la liquidación del contrato determinando las obligaciones que quedasen.
h) Si el adjudicatario cede o transfiere total o parcialmente los derechos y obligaciones que nacen de la presente licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones. Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común.
i) Si la persona jurídica ha sido condenada penalmente de conformidad a la Ley Nº 20.393.
j) Si el adjudicatario cede o subcontrata total o parcialmente el contrato.
 k) Si el adjudicatario durante la vigencia del contrato es condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, ejecutoriada o que cause ejecutoria dicha condena.
l) Las demás causales que se establezcan en la Ley Nº 19.886 y su normativa reglamentaria. Terminado que sea en forma anticipada el contrato, siempre que se haya debido a responsabilidad del proveedor, el Hospital queda facultado para hacer efectiva la Boleta de Fiel y oportuno Cumplimiento de Contrato, sin que el adjudicatario tenga derecho a indemnización alguna.

12.2.- Amonestación
 Constituye un documento firmado por las partes, que deja constancia de cualquier falta menor y objetiva, cometida por el adjudicatario, y que, en atención a su importancia, no está afecta a cobros pecuniarios, salvo que exista acumulación según se describe más adelante.

12.3.- Multas El Hospital
 La Florida podrá, previa calificación de las circunstancias y resolución fundada del Director del Hospital, aplicar y cobrar multas al adjudicatario por incumplimiento de sus obligaciones contractuales, por el monto que se indica, y con un tope máximo de un 30% del total del contrato
. a) Se aplicará una multa de 2 UTM por incumplimiento de las instrucciones impartidas por el Hospital, a través del administrador interno del contrato.
 b) Entrega fuera de plazo: Se aplicará una multa de 3 UTM por cada día de atraso en el inicio del servicio, según el plazo acordado y coordinado con el Hospital, de acuerdo al numeral 4 “Ejecución del Servicio” de las Bases Técnicas.
 c) Incumplimiento técnico establecido en la oferta: Se aplicará una multa de 2 UTM por incumplimiento de las actividades exigidas en bases técnicas y que no se encuentren sancionadas mediante otra causal del presente numeral 12.3.
d) Si el servicio es realizado por personal en prestación de servicio no ofertado por el proveedor se cobrará una multa de 12 UTM, sin perjuicio de lo anterior, el cambio de personal debe ser autorizado previamente por el Hospital la Florida.
 e) Abandono de labores por parte del personal del Oferente Adjudicado, ya sea por retiro anticipado no autorizado de las Instalaciones del HLF o por no encontrarse ubicable en su puesto de trabajo. Se aplicará una multa de 3 UTM por cada una de las faltas antes descritas.
 f) Conductas que conlleven falta o falla que atente directa o indirectamente, contra la integridad física o moral de funcionarios, tanto el adjudicatario y/o su personal. (por ejemplo, falta comprobada a la probidad y transparencia del cargo que desarrolla; maltrato físico o verbal al paciente y/o funcionarios; robo o hurto a pacientes, funcionarios, al HLF, etc.) Se aplicará una multa de 10 UTM por cada una de las faltas antes descritas.
 g) Conductas que impliquen condiciones sanitarias deficientes, de acuerdo a normas de infecciones intrahospitalarias o que obstruyan la atención y/o calidad del servicio (por ejemplo, no cumplir con los protocolos de seguridad y/o infecciones, etc.). Se aplicará una multa de 10 UTM por cada una de las faltas antes descritas.
 h) Se aplicará una multa de 5 UTM por el incumplimiento de alguno de los puntos señalados en los niveles de servicios, señalados en el numeral 3.- “Objetivo General” de las Bases Técnicas.
 i) Se aplicará una multa de 5 UTM por el incumplimiento de alguno de los puntos señalados en los niveles de servicios, señalados en el numeral 5.- “Del Personal en Prestación de Servicio” de las Bases Técnicas.
 j) Se aplicará una multa de 5 UTM por el incumplimiento de alguno de los puntos señalados en los niveles de servicios, señalados en el numeral 6.- “Del lugar y Horario de Prestación de Servicios” de las Bases Técnicas.
 k) Se aplicará una multa de 5 UTM por el incumplimiento de alguno de los puntos señalados en los niveles de servicios, señalados en el numeral 7.- “Obligaciones y Responsabilidades del adjudicado” de las Bases Técnicas.
l) Pérdida, destrozo o deterioro de la infraestructura o equipamiento propiedad del Hospital La Florida. Se aplicará una multa de 10 UTM.
m) Negación en la entrega de información solicitada por el hospital. Se aplicará una multa de 3 UTM.
n) Aplicación de 2 amonestaciones en 1 mes calendario, se aplicará una multa de 0,5 UTM. El valor de la UTM será el que corresponde al día en que se emita la Resolución de aplicación de multa.

12.4.- Registro de Comportamiento
 El proveedor que sea sancionado durante la vigencia del contrato, por aplicación de amonestaciones, multa(s), cobro de garantías o por causal imputable de término anticipado de contrato, será ingresado a los siguientes registros: • Registro de Chileproveedores y • Registro interno del Hospital Registro de Proveedores sancionados, que lleva la Unidad de Contratos del Hospital, para estos efectos. La información en ellos registrada podrá ser utilizar en la evaluación del proveedor en futuros procesos de adquisición que lleve a cabo el Hospital y en cuyas bases se incorpore como herramienta para medir el correspondiente Criterio de Comportamiento Contractual Anterior.

 12.5.- Procedimiento para aplicación de sanciones, cobro de multas y/o Término Anticipado de Contrato
 La determinación de una situación o condición que diere lugar a la aplicación de una sanción, multa y/o termino anticipado de contrato, se originará a partir de un informe que emane desde el Referente Técnico administrador del contrato, dirigido a la Unidad de Gestión de contratos del Departamento de Abastecimiento. Recibido el informe, ésta evaluará si la situación es de aquellas consideradas como causales para la aplicación de una sanción, multa y/o termino anticipado de contrato según Bases y tratándose de multas calculará los montos a pagar. Tratándose de las sanciones o multas, la Unidad de gestión de Contratos notificará al adjudicatario, a través del módulo de sanciones del aplicativo de gestión de contratos dispuesto en www.mercadopublico.cl , por escrito a través de correo electrónico, al correo indicado por el proveedor en anexo 01 de su oferta, del informe emanado por el Referente Técnico Administrador de contrato/ o por ella y la causal que origina la sanción o Multa y si se trata de la aplicación de Multa , el monto a pagar, a fin de que el proveedor manifieste sus descargos acompañando todos los antecedentes que estime pertinente dentro del término de 5 días hábiles desde dicha notificación, a través del módulo gestión de contratos. En el caso del término anticipado del contrato, la Unidad de gestión de Contratos notificará al adjudicatario, a través de carta certificada a la dirección indicada por el proveedor en el anexo 01 de su oferta, del informe emanado por el Referente Técnico Administrador de contrato/ o por ella y la causal que origina el término anticipado de contrato, a fin de que el proveedor manifieste sus descargos acompañando todos los antecedentes que estime pertinente dentro del término de 5 días hábiles desde dicha notificación. Una vez vencido el plazo sin presentar descargos, el Hospital dictará la respectiva resolución aplicando la medida y detallando las circunstancias fácticas que hicieron procedente dicha sanción. Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el Hospital tendrá un plazo de 30 días hábiles a contar de la recepción de los mismos para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del proveedor deberá formalizarle a través de una resolución término anticipado de contrato según corresponda y si se trata de la aplicación de Multa, el monto a pagar. La indicada resolución deberá notificarse al proveedor adjudicado mediante carta certificada remitida por la Unidad de Gestión de Contratos al proveedor a la dirección indicada en el Anexo N°1 e informarse en el módulo de sanciones del portal www.mercadopublico.cl. Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de correos que corresponda. Contra la resolución que aplique la medida respectiva procederán los recursos establecidos en la Ley N°19.880, Ley de Bases de Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. La entidad compradora tendrá la obligación de registrar las medidas indicadas en la presente clausula a través del módulo de gestión de contratos dispuesto en plataforma www.mercadopublico.cl.

 12.6.- El pago de la multa podrá ser cobrado:
a) Directamente al adjudicatario quien deberá pagar dentro de los 10 días corridos desde su notificación, o
 b) Se podrá descontar del estado de pago correspondiente. En este caso, se descontará del pago, no de la factura, es decir, el proveedor deberá facturar por el total sin descontar las multas que se le aplicasen. Estas serán descontadas al momento de girar el pago respectivo por parte de la Unidad Financiera, o
 c) Con todo, de no hacer pago directo el proveedor o de no existir estado de pago pendiente, se podrá hacer el cobro de las multas haciendo efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, sin más trámite.

 12.7.- Procedimiento para interponer recurso:
El proveedor dispondrá de un plazo de cinco días hábiles, contados desde la notificación mediante carta certificada de la resolución fundada, remitida por la Unidad de gestión de Contratos al proveedor a la dirección indicada en el Anexo N°01, para impugnar dicho acto administrativo, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva sanción, mediante un escrito o carta ante la autoridad máxima del servicio por la sanción aplicada. Esta presentación se debe realizar mediante carta certificada o con entrega presencial en la Oficina de Partes del Hospital. El Hospital tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso. Mientras se encuentre pendiente la resolución de recurso de reposición, no se hará efectiva la respectiva sanción. La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar a dejar sin efecto el acto impugnado. Ahora bien, en el caso de multas, que sean finalmente cursadas, sea total o parcialmente, ésta se hará efectiva mediante el cobro directo en un plazo máximo de 20 días, debiendo pagar en un plazo de hasta 10 días una vez notificado el cobro, o bien, se hará efectivo a través del cobro de la o las garantías de fiel cumplimiento, según cuál sea el caso.
13.- DE LA FACTURACIÓN
El oferente por el sólo hecho de presentar su oferta renuncia a sus políticas de facturación y se somete al requerimiento del Hospital, en consecuencia, no podrá imponer el oferente un monto mínimo de facturación para ningún efecto. El oferente solo podrá facturar la Orden de Compra aceptada, una vez que esta se encuentre con su recepción conforme publicada en el portal www.mercadopublico.cl. En caso de que la factura presente algún error o no cuente la orden de compra respectiva con la recepción conforme señalada anteriormente, el Hospital dispondrá de 08 días corridos para hacer las observaciones correspondientes al adjudicatario o rechazarla. El proveedor dispondrá de 08 días corridos para subsanar si se tratara de errores subsanables. La nueva factura o Nota de Crédito según sea el caso, sufrirá el mismo trámite formal que el documento original, salvo que, por tratarse de una segunda tramitación, el plazo para su pago será de 20 días hábiles desde su recepción conforme por parte del Hospital. La facturación, quedará sujeto a las prestaciones efectivamente ejecutadas en el mes.
14.- DEL PAGO
La obligación de pago por parte del Hospital se perfecciona a partir de la comunicación que realice la Unidad de Gestión de Contratos del Departamento de Abastecimiento del Hospital al Departamento de Finanzas, previa confirmación de los siguientes antecedentes
: a) Orden de Compra aceptada por el proveedor en el portal www.mercadopublico.cl.
 b) El acta de recepción conforme firmada por el Referente Técnico Administrador del contrato.
 c) Formulario F30, Solicitud de Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales.
 d) La eventual aplicación de multas y sanciones. e) Recepción en plataforma SAP del Hospital, si corresponde. f) Recepción conforme en la plataforma de Mercado Público, siendo esta última recepción en el portal, la que dará origen a la facturación electrónica. Para iniciar el proceso de pago de manera correcta y oportuna, es fundamental que el adjudicatario haya aceptado expresamente la orden de compra en la plataforma de mercado público. El pago de facturas se realizará en 30 días corridos por Tesorería General de La República, desde la fecha de la aceptación de la correspondiente factura. La recepción conforme de los bienes y/o los servicios, conlleva la validación y emisión de OC lo cual se realizará en 10 días hábiles. Lo anterior se funda en los plazos internos existentes, considerando los procesos administrativos de la institución. En caso que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, aplicará lo estipulado en el artículo 4º de la Ley 19.886.

 14.1.- Pagos con Trasferencias Electrónicas La Tesorería General de la República está facultada para realizar pagos a través de transferencia electrónica a los proveedores que completen de manera correcta la autorización notarial adjunta para pago con transferencia electrónica. Una vez completado, este mandato debe ser legalizado ante notario y posteriormente debe ser entregado en Tesorería o Secretaria de Finanzas del Hospital de La Florida, ubicada en el tercer piso de la institución. Este mandato una vez entregado, no puede ser modificado por el oferente durante la duración del contrato.

 AUTORIZACIÓN NOTARIAL PARA PAGO CON TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA Yo, ____________________________________________, RUN: _________________________, en calidad de representante legal de la empresa, ________________________________________________ R.U.T. _______________________________ ; autorizo al Hospital Clínico La Florida Dra. Eloísa Díaz Insunza, para que pague con transferencia electrónica bancaria, documentos por cobrar que existan con dicha entidad, en la cuenta que detallo a continuación: Cta.Corriente Cta.Débito Cta.deAhorro Cta.Vista Nº Cuenta: Banco: R.U.T. empresa: Nombre empresa: Mail confirmación de pago: Firma Representante Legal
15.- RESPETO DE LA NORMATIVA DEL HOSPITAL LA FLORIDA Y DEBIDO CUIDADO A SUS BIENES
Para la ejecución del contrato, el Hospital permitirá la entrada del personal del adjudicatario, debidamente acreditado, a las dependencias involucradas en la ejecución de éste. En tal caso, el personal del adjudicatario deberá solicitar acatar las medidas de resguardo y control de los recintos institucionales y el adjudicatario será responsable, y quedará obligado a la reparación o reposición, de cualquier desperfecto, daño o perdida que puedan sufrir el inmueble del Hospital La Florida y/o los bienes muebles que lo guarnecen. Cabe hacer presente, que el ingreso tanto el adjudicatario como su personal al Hospital La Florida, para efectos de ejecutar su contrato, estarán sujetos a protocolos de seguridad que deberá coordinar con el funcionario designado para tal efecto y que será oportunamente informado.
16.- ADMINISTRACIÓN Y FISCALIZACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
16.1.- Administración por parte del Hospital Con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento del contrato, se designa a Sra. Karen Calderón, jefa del Departamento de calidad de seguridad del paciente del Hospital la Florida o quien sea titular del mismo cargo al momento de la ejecución del contrato, o quien lo subrogue, en calidad de Referente Técnico Administrador del Contrato, quien, junto a la Unidad de Gestión de Contratos del Hospital la Florida, tendrán las siguientes responsabilidades: Referente Técnico del Contrato: • Fiscalizar el estricto y oportuno cumplimiento de las obligaciones contractuales, en especial la calidad y/o entrega del servicio. • Validar la recepción conforme, cuando corresponda. • Proponer la aplicación de multas, en caso de verificarse alguna de las infracciones consignadas en las presentes bases, notificando la infracción o incumplimiento a través de un informe, a la Unidad de Contratos. Unidad de gestión de Contratos: • Administración y Gestión Administrativa del Contrato. • Mantener actualizado un archivo con la totalidad de los antecedentes del contrato. • Llevar registro de sanciones y multas aplicadas al proveedor. • Llevar el control del consumo y ejecución del contrato hasta su término en cuanto a su precio total. • Proveer el estado de recepción conforme del servicio e informar los descuentos y/o multas a que hubiere lugar, para que se verifique el pago por parte de la Unidad de Finanzas. • Revisar procedencia y autorizar la devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato o solicitar se haga efectiva, si procede. En general, ambos deberán desarrollar todas las acciones referidas al control y gestión de las acciones que faciliten la ejecución del contrato y recepción conforme. Sin perjuicio de lo anterior, se establece que el Hospital podrá modificar la designación del Referente Técnico del Contrato, en cualquier momento durante la ejecución del contrato, de lo cual dará aviso oportuno al proveedor vía correo electrónico.

16.2.- Encargado del Contrato por parte del Proveedor Por su parte, el adjudicatario deberá designar un Encargado de Contrato que se relacionará con el Administrador del contrato para los efectos señalados y que deberá señalar en su Anexo N°1.
17.- LEY Nº 20.584.
Tanto el adjudicatario como su personal deberán en todo momento observar estrictamente la normativa que establece la Ley Nº 20.584, que Regula Los Derechos y Deberes que tienen las Personas en relación con acciones vinculadas a su atención de salud.
18.- DEBER DE CONFIDENCIALIDAD
Durante el desarrollo del contrato, como al término de éste, el adjudicatario y/o su personal no podrá divulgar o hacer uso de la información a que haya tenido acceso con ocasión del mismo, constituyendo su infracción, incumplimiento grave de su obligación de confidencialidad, facultando al Hospital La Florida para ejercer las acciones judiciales que estime pertinentes para el resarcimiento de todos sus perjuicios. Lo anterior, teniendo en especial consideración lo dispuesto en la Ley Nº 19.628 de Protección de Datos de Carácter Personal.
II. BASES TÉCNICAS
1.- OBJETO
El objetivo de las presentes bases técnicas es describir los aspectos técnicos que requiere la adquisición del “SERVICIO DE ASESORÍA EN PROCESO DE ACREDITACIÓN PARA EL HOSPITAL LA FLORIDA”.

 2.- DEL SERVICIO
El servicio requerido consta del siguiente ítem:
ÍTEM SERVICIO REQUERIDO GASTO DISPONIBLE EN PESOS CHILENOS IVA INCLUIDO 1 SERVICIO DE ASESORÍA EN PROCESO DE ACREDITACIÓN PARA PRESTADORES INSTITUCIONALES DE ATENCIÓN CERRADA DE ALTA COMPLEJIDAD $19.908.600
 EL VALOR OFERTADO, INCLUIDO EL IVA, SI CORRESPONDE, NO PODRÁN SUPERAR EL MONTO DISPONIBLE ESTABLECIDO PARA EL SERVICIO LICITADO, DE LO CONTRARIO LAS OFERTAS SERÁN DECLARADAS INADMISIBLES.
Cabe destacar que el monto disponible establecido en las presentes bases incluye IVA.

 3.- OBJETIVO GENERAL
El presente proceso licitatorio tiene por objeto contratar los servicios de asesoría profesional referente al proceso de Acreditación para Prestadores Institucionales de Atención Cerrada de Alta Complejidad del Hospital la Florida. El servicio licitatorio se compone de 6 etapas principales, las cuales se detallan a continuación:
 1. Etapa N°01: Reunión de coordinación: La reunión de coordinación se realizará 15 días hábiles previo a la etapa de ejercicio de acreditación. La reunión será solicitada de forma oportuna por el Departamento de calidad de seguridad del paciente del Hospital la florida. La solicitud se realizará vía correo electrónico, al correo informado por el proveedor en el Anexo N°01 de su oferta. La reunión de coordinación se podrá realizar de forma presencial en las dependencias del Hospital la Florida u Online, según la disponibilidad de ambas partes. Tendrá una duración máxima de 4 horas. El objetivo de la reunión es tratar aspectos de infraestructura y prestaciones realizadas a nivel del Hospital, para programar la evaluación, planificación y coordinación del servicio. En la reunión deberán participar como mínimo: Director/a Técnico/a de la Asesoría, principales evaluadores/as que realizarán el ejercicio de acreditación y equipo del Departamento de Calidad y seguridad.

 2. Etapa N°02: Evaluación Diagnostico: El resultado de esta evaluación debe estar finalizado 12 días previo al envío del cronograma. La evaluación diagnostica tiene como objetivo determinar la totalidad de características que le aplican al Hospital, así como también, la totalidad de puntos de verificación que serán evaluados durante el ejercicio de acreditación. Lo anterior debe estar en concordancia con las instrucciones emanadas desde la superintendencia de salud. La evaluación diagnostica se debe ser enviada a la Jefatura del departamento de calidad, quien debe verificar y validar la propuesta. En caso de existir reparas o consultas, el Departamento de Calidad y Seguridad del Paciente podrá solicitar vía correo electrónico, al correo informado por el proveedor en el Anexo N°01 de su oferta, una reunión con el objetivo de esclarecer los aspectos dubitativos. El proveedor adjudicado deberá dar respuesta a la solicitud de reunión en un plazo máximo de 1 día hábil, de lo contrario, se aplicará la multa estipulada en el numeral 12.3- Multas de las Bases Administrativas. La reunión se podrá realizar de forma presencial en las dependencias del Hospital la Florida u Online, según la disponibilidad de ambas partes. Tendrá una duración máxima de 2 horas. En la eventualidad de requerir reunión, deben participar como mínimo: Director/a Técnico/a de la asesoría, referentes de las áreas en las que existen reparos o consultas y equipo del Departamento de Calidad y seguridad del Hospital la Florida.

 3. Etapa N°03: Cronograma: El cronograma debe estar finalizado 10 días hábiles previos al ejercicio de acreditación. El cronograma debe considerar todos los puntos de verificación, áreas de evaluación que le aplican al hospital la Florida, y debe incorporar las solicitudes que emanen desde el Hospital, respecto de las agendas de los equipos clínicos y referentes de acreditación.

 4. Etapa N°04: Ejercicio de acreditación: El ejercicio de acreditación debe tener una duración mínima 5 días hábiles, extensibles a 10 en caso de contingencia por demanda asistencial u otro fortuito. El ejercicio inicia con una reunión de coordinación presencial en las dependencias del Hospital la Florida, con una duración máxima de 1 hora. En la reunión de inicio deben participar como mínimo: Director/a Técnico/a y equipo evaluadores externos, equipo directivo del Hospital la Florida, referentes de áreas clínicas y administrativas, equipo de calidad y seguridad del paciente. Durante el desarrollo del ejercicio deben participar evaluadores/as que posean estudios de nivel profesional, con experiencia en procesos de Acreditación para Prestadores Institucionales de Atención Cerrada de Alta Complejidad. Durante el desarrollo del ejercicio de acreditación el Director/a Técnico/a debe ir informando a la jefatura de calidad hallazgos u observaciones del proceso, así como también incumplimiento al cronograma planificado. Al finalizar el ejercicio de acreditación se debe realizar reunión de cierre presencial en las dependencias del hospital la Florida con Departamento de Calidad y Seguridad del paciente, la reunión se llevará acabo el mismo día de término de la presente etapa en el horario acordado entre el adjudicatario y el Referente/a Técnico/a del Contrato. Tendrá una duración máxima de 1 hora.

5. Etapa N°05: Informe de acreditación: El informe de acreditación debe ser enviado como máximo, 15 días hábiles posteriores a la finalización del ejercicio. El informe se debe realizar en el formato otorgado por la Superintendencia de Salud para evaluaciones de prestadores de atención cerrada de alta complejidad. El informe debe ser enviado a la Jefatura Del departamento de Calidad y Seguridad del Paciente vía correo electrónico. Si durante el desarrollo del informe se requiere de antecedentes o documentos, estos deben ser solicitados vía correo electrónico a la Jefatura del Departamento de Calidad y Seguridad del Paciente.

6. Etapa N°06: Reunión revisión de informe de acreditación: La reunión de revisión del informe de acreditación se debe realizar como máximo entre 20 días hábiles posteriores a la finalización del ejercicio de acreditación. La reunión de revisión del informe de acreditación se realizará de forma presencial en el Hospital la Florida, en horario según la disponibilidad de ambas partes. Tendrá una duración máxima de 4 horas. El objetivo de la reunión es detectar e informar los hallazgos críticos y brechas detectadas en el Hospital la Florida, junto a la propuesta de mejora según mirada experta del equipo de evaluadores. En la reunión deberán participar como mínimo: Director/a Técnico/a de la asesoría, principales evaluadores que realizaron el ejercicio de acreditación, equipo directivo y equipo del Departamento de Calidad y seguridad.

 4.- EJECUCIÓN DEL SERVICIO El servicio de Asesoría en Proceso de Acreditación para el Hospital la Florida deberá ser realizado en el mes de noviembre del año 2024, previa coordinación con el Referente/a Técnico/a del Departamento de calidad de seguridad del paciente del Hospital la florida. 4.1 Plazos por etapa del servicio Se establece que el proveedor adjudicatario deberá ejecutar las etapas del servicio de Asesoría en Proceso de Acreditación para El Hospital la Florida, en los siguientes plazos:
 1. Etapa N°01: Reunión de coordinación.
2. Etapa N°02: Evaluación Diagnóstica.
 3. Etapa N°03: Cronograma.
 4. Etapa N°04: Ejercicio de acreditación.
5. Etapa N°05: Informe de acreditación.
6. Etapa N°06: Reunión revisión de informe de acreditación.

N° ETAPA PLAZO DESCRIPCIÓN 1 REUNIÓN DE COORDINACIÓN 15 días hábiles previo a la etapa de ejercicio de acreditación. La reunión de coordinación se realizará de forma presencial u online, con una duración máxima de 4 horas. 2 EVALUACIÓN DIAGNOSTICA 12 días hábiles previo a la etapa de ejercicio de acreditación. La evaluación diagnostica permite determinar los puntos de verificación y características que aplican al Hospital la Florida, esta información debe ser enviada a la jefatura de Calidad, vía correo electrónico, quien debe validar esta información. 3 CRONOGRAMA 10 días hábiles previo a la etapa de ejercicio de acreditación. El cronograma debe ser enviado a la jefatura de calidad, quien debe validar y/o solicitar modificaciones de acuerdo a las necesidades del Hospital la Florida. 4 EJERCICIO DE ACREDITACIÓN 5 días hábiles. El ejercicio de acreditación se deberá realizar en un plazo de 5 días hábiles. 5 INFORME DE ACREDITACIÓN 15 días hábiles posterior a la etapa de ejercicio de acreditación. El informe de acreditación se debe realizar en formato de Superintendencia para prestadores de atención cerrada de alta complejidad. Este informe debe ser enviado a la jefatura de calidad del Hospital la Florida vía correo electrónico. 6 REUNIÓN REVISIÓN DE INFORME DE ACREDITACIÓN 20 días hábiles posterior a la etapa de ejercicio de acreditación. La reunión revisión de informe de acreditación se realizará de forma presencial u online, con una duración máxima de 4 horas. Se establece que, solo el plazo establecido para la etapa de “Ejercicio de Acreditación” posee la alternativa de ampliarse por motivos fundados. La etapa posee un plazo mínimo de 5 días hábiles, el cual se puede extender a 10 día hábiles en casos de contingencia por demanda asistencial u otro fortuito.

5.- DEL PERSONAL EN PRESTACIÓN DE SERVICIO
 El proveedor deberá cautelar que elservicio prestado se realice conforme a lo establecido en el contrato, para ello podrá considerar en su oferta la cantidad de personas que estime conveniente para la ejecución del servicio. El personal en prestación de servicio deberá poseer estudios de nivel profesional, con experiencia en procesos de Acreditación para Prestadores Institucionales de Atención Cerrada de Alta Complejidad y deseable certificación como evaluadores en procesos de acreditación. El proveedor deberá presentan en su oferta, específicamente en Anexo N°03: “Listado, acreditación y experiencia del personal en prestación de servicio”, la nómina del personal que prestará el servicio de Asesoría en Proceso de Acreditación. Dicha nomina deberá ser presentada al inicio del convenio, cualquier modificación del personal deberá ser informada oportunamente al Administrador del Contrato. El oferente deberá procurar que la rotación de su personal sea mínima, ya que, de no ser así, se produce un serio deterioro en la calidad del servicio que se entrega. El Hospital la Florida podrá verificar que las personas que se encuentren trabajando en un turno correspondan a las informadas por el oferente. El personal en prestación de servicio deberá portar en todo momento del desempeño de sus funciones, una identificación, en la cual, se pueda visualizar fácilmente su nombre, foto y nombre o razón social del adjudicatario. El proveedor adjudicado estará sujeto a la reglamentación administrativa, técnica y protocolos de seguridad que rige al Hospital la Florida, de lo contrario, será la falta de cumplimiento de estas normas habilitará al Hospital para el cobro de multas y/o dar término anticipado al Contrato.

6.- DEL LUGAR Y HORARIO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS El servicio deberá prestarse en dependencias del Hospital La Florida, ubicado en Avenida Froilán Roa 6542, comuna de La Florida o anexo CRS ubicado en Froilán Roa 6420, La Florida, Región Metropolitana. El servicio se deberá realizar en los horarios establecidos y coordinados en conjunto con el Departamento de calidad de seguridad del paciente del Hospital la Florida. Los horarios podrán ser programados de lunes a viernes de 8:00 AM. a 17:30 PM.

 7.- DE LAS OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL ADJUDICATARIO Al inicio de las actividades, el referente técnico acordará un protocolo que, junto a lo requerido en los puntos anteriores, dentro de las principales obligaciones y responsabilidades del adjudicatario, podrá agregar las siguientes:
 a) Asistir al Hospital oportunamente a prestar el servicio señalado en el presente contrato y según programación que el Hospital les asigne.
 b) Cumplir con las normas establecidas por la institución (reglamentos, registros, protocolos y procedimientos).
c) Resguardar la integridad del equipamiento y la infraestructura utilizada. En caso de daño, perdida, mal uso o desperfectos, y que se compruebe que fueron causados por el personal del proveedor, estos deberán ser reparados y/o repuestos, con cargo integral al pago de la prestación.
 d) Mantener un ambiente de respeto profesional y personal con los colegas, personal de la unidad, funcionarios del HLF y pacientes.
 e) Deberán ceñirse estrictamente a las instrucciones y coordinación que le sean impartidas por el Departamento de calidad de seguridad del paciente del Hospital la florida, a través de referente técnico/a y/o administrador/a del contrato.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.