Licitación ID: 734-93-LE24
ADQUISICIÓN DE DISPOSITIVOS MÉDICOS DM FOFAR SSA
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE SALUD AYSEN CARLOS IBANEZ DEL CAMPO, DIRECCION
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 10
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Cintas, vendaje, correas o puños para posicionar el catéter intravenoso o arterial 350 Unidad
Cod: 42221803
Apósito Carboximetilcelulosa con plata  

2
Productos médicos autolíticos de desbridamiento 350 Unidad
Cod: 42312304
Hidrogel con plata  

3
Instrumentos de detección o pruebas de alergias, o accesorios 700 Unidad
Cod: 42183201
Ácidos grasos Hiperoxigenados (lubricante cutáneo) (AGHO)  

4
Inhibidor de la esterasa 350 Unidad
Cod: 51151506
Inhibidor de la metaloproteasa con TLC-NOSF (tull 10x10)  

5
Barreras cutáneas para ostomía o kits de tratamiento protector 350 Unidad
Cod: 42312105
Protector cutáneo Spray  

6
Soluciones para la limpieza de heridas 450 Unidad
Cod: 42312313
Solución limpiadora de heridas antibiofilm  

7
Gasas o curetas quirúrgicas 700 Unidad
Cod: 42291607
Curetas desechables  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ADQUISICIÓN DE DISPOSITIVOS MÉDICOS DM FOFAR SSA
Estado:
Cerrada
Descripción:
El objetivo de la presente licitación es adquirir insumos DM FOFAR para asegurar el abastecimiento y entrega de la prestación en establecimientos de APS del Servicio de Salud Aysén, además es necesario poder contar con dichos insumos en la red asistencial.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO DE SALUD AYSEN CARLOS IBANEZ DEL CAMPO
Unidad de compra:
DIRECCION
R.U.T.:
61.607.800-3
Dirección:
Dr. Jorge Ibar N° 0168. Coyhaique.
Comuna:
Coyhaique
Región en que se genera la licitación:
Región Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 25-11-2024 16:00:00
Fecha de Publicación: 15-11-2024 15:12:27
Fecha inicio de preguntas: 16-11-2024 8:00:00
Fecha final de preguntas: 18-11-2024 18:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 20-11-2024 8:45:00
Fecha de acto de apertura técnica: 26-11-2024 8:45:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 26-11-2024 8:45:00
Fecha de Adjudicación: 16-12-2024 18:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXO N° 1 IDENTIFICACION DEL OFERENTE
2.- ANEXO N°2 DECLARACIÓN SIMPLE DE CONOCIMIENTO Y ACEPTACIÓN DE LAS BASES Y DE LAS CONDICIONES DE LA LICITACIÓN
3.- ANEXO N°3 DECLARACION SIMPLE INHABILIDADES PARA CONTRATAR CON EL ESTADO
Documentos Técnicos
1.- ANEXO N°4 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO N°5 OFERTA ECONOMICA
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Entrega oportuna de antecedentes administrativos 5%
2 Evaluación Económica 30%
3 Plazo de entrega 25%
4 Evaluación Tecnica 40%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: SERVICIO DE SALUD AYSEN
Monto Total Estimado: 23873050
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: PATRICIO VELASQUEZ PAREDES
e-mail de responsable de pago: velasquezpat@saluaysen.cl
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
No aplica subcontrato, dado a que son bienes específicos y el proveedor adjudicado debe responsabilizarse directamente la entrega de estos.
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
La presente licitación quedará sujeta a la posibilidad de re-adjudicar, en caso de que el proveedor adjudicado presente algún problema con las Bases de Licitación, o con su Oferta, o se niegue a aceptar la orden de compra infundadamente, o el acta de entrega del producto en el plazo señalado, según sea el caso. La declaración de re-adjudicación del Servicio será al proponente mejor evaluado que sigue al adjudicatario, o en caso de ser necesario, se realizará una nueva licitación. En el caso de que no se hayan presentado más ofertas o si se estima que el resto de las ofertas no son convenientes a los intereses del Establecimiento, se procederá por resolución a declarar desierta la licitación y se podrá realizar un nuevo llamado a licitación, conforme al Art. 9 de la Ley de Compras. Sin perjuicio de lo anterior el Establecimiento podrá: • Declarar desierta la licitación por Resolución fundada, cuando no se presentan proponentes u oferentes o cuando las ofertas no resulten convenientes a sus intereses. • Retrotraer el proceso licitatorio o proceder a uno nuevo, cuando existe algún problema insubsanable con el proceso licitatorio, representado fundadamente por alguna autoridad. • Declarar inadmisible alguna oferta, conforme al Artículo 9, Inciso 1º de la Ley de Compras, cuando el proponente no cumpla con las exigencias establecidas en las Bases de Licitación. Adjudicada la propuesta, no podrá el proponente formular petición o reclamo de ninguna especie fundado en el desconocimiento de las Bases de Licitación o de alguno de los documentos que forman parte de la presente licitación. Los proveedores que tengan consultas respecto a la adjudicación, deberán utilizar los mecanismos considerados en la Ley de Compras. Además de lo anterior, se notificará a la Dirección de Compras Públicas sobre el incumplimiento de contrato por parte del adjudicatario que genera la re-adjudicación, para todos los efectos legales que procedan.
Resolución de Empates
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio de evaluación técnica.
Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio de evaluación precio.
De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido mayor puntaje en el criterio de plazo de entrega.
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
Los oferentes podrán hacer consultas sobre la adjudicación a la entidad licitante, dentro del plazo fatal de 2 días hábiles, contados desde la fecha de adjudicación en el sistema www.mercadopublico.cl, a través de la siguiente casilla electrónica Antonio.cedas@saludaysen.cl.
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
La Comisión de Evaluación podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes. Esta solicitud se efectuará a través del Foro Inverso del Sistema de Información, y estos dispondrán de 48 horas, a partir de la hora y día en que se hace la solicitud por dicho foro, para subirla al Sistema de Información antes mencionado. De no presentar la documentación solicitada en esta segunda instancia o no presentarla en los plazos o términos señalados, se desestimará la oferta, mediante el acto administrativo correspondiente. Todo de acuerdo al Artículo 9º de la Ley de Compras y al Artículo 40 del Reglamento. La utilización de esta facultad influirá en la evaluación de la propuesta.


Si se requiere, a través del foro, salvar un error u omisión formal, esto implicará el descuento de puntaje de acuerdo al criterio de evaluación “cumplimiento de requisitos formales”; no obstante, si se solicitara una aclaración que no implica necesariamente un error, entonces no significará un descuento de puntaje.


La Comisión propondrá adjudicar al o los oferentes que hayan obtenido el más alto puntaje, de acuerdo con los criterios de evaluación y sus ponderaciones, establecidos en las Bases de Licitación. (Artículo 10, inciso 2º de la Ley de Compras).


Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán:
• Tener contactos con los oferentes, salvo en cuanto proceda alguno de mecanismos regulados por los artículos 27, 39 y 40 del reglamento de la ley N° 19.886.
Aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren la Comisión Evaluadora.
Aceptar ningún donativo de parte de terceros. Entiéndase como terceros, entre otros, a las empresas que prestan servicios de asesoría, o bien, sociedades consultoras, asociaciones, gremios o corporaciones.
Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en las presentes bases, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:


El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a 
efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas. 


El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.


El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.


El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia.


El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio.


El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.


El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.


El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.


El oferente se obligada a guardar secreto respecto de las actividades desarrolladas en el Servicio de Salud Aysén, tanto durante la vigencia del contrato como una vez extinguido éste. En consecuencia, no divulgará ni dará a conocer a nadie, ni utilizará en beneficio propio o de terceros los conocimientos que obtenga mediante sus funciones y que han llegado a su conocimiento, ni respecto de los proyectos en desarrollo o en planificación, así como también respecto a los modelos, sistemas o directrices utilizados o propiedad de la misma, salvo que medie autorización expresa del Servicio.