Licitación ID: 628-20-LE24
Seguro automotriz para vehículos institucionales
Responsable de esta licitación: SERVICIO NACIONAL DE LA MUJER Y LA EQUIDAD DE GENERO, Abastecimiento Central
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 3
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Seguro de automóviles o camiones 1 Unidad
Cod: 84131503
El Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género, requiere contratar una prima anual de seguro automotriz para la actual dotación de vehículos institucionales del Nivel Central y Direcciones Regionalesl.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Seguro automotriz para vehículos institucionales
Estado:
Adjudicada
Descripción:
E102RT9. Contratar una prima anual de seguro automotriz para la actual dotación de vehículos institucionales del Nivel Central y Direcciones Regionales del Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género, que cumpla con las condiciones estipuladas en las bases de licitación.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO NACIONAL DE LA MUJER Y LA EQUIDAD DE GENERO
Unidad de compra:
Abastecimiento Central
R.U.T.:
60.107.000-6
Dirección:
Huérfanos Nº1219
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 05-09-2024 16:00:00
Fecha de Publicación: 26-08-2024 16:22:58
Fecha inicio de preguntas: 26-08-2024 16:31:00
Fecha final de preguntas: 29-08-2024 10:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 02-09-2024 23:59:00
Fecha de acto de apertura técnica: 05-09-2024 16:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 05-09-2024 16:30:00
Fecha de Adjudicación: 07-10-2024 16:48:38
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexo N°1: Formulario de datos del oferente
2.- Anexo N°5: Programa de integridad
Documentos Técnicos
1.- Anexo N°2: Cobertura de la póliza, asistencia y calidad de servicio
 
2.- Anexo N°3: Nómina de talleres/liquidadores en cada región
 
Documentos Económicos
1.- Anexo N°4: Oferta Económica
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Oferta Técnica El presente criterio de evaluación tendra los siguientes subcriterios: 1.- Cobertura, asistencia y calidad 2.- Cobertura Internacional 3.- Vehículo de reemplazo Directora 4.- Clasificación de riesgo SVS Para mayor detalle ver punto 10 de las bases de licitación. 50%
2 Cumplimiento de los requisitos El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de la misma y acompañando todos los antecedentes requeridos obtendrá 100 puntos. El oferente que haya incumplido los requisitos formales o haya omitido los antecedentes señalados en el numeral 6 de las presentes bases al momento de presentar su oferta, pero los incorpore con posterioridad, en virtud del artículo 40, inciso 2°, del Reglamento de la ley N° 19.886, obtendrá 50 puntos en este criterio, aquel que no cumple con los requisitos formales obtendrá 0 puntos. 4%
3 Precio El/la oferente deberá indicar en el Anexo N°5, Oferta Económica, el valor de su propuesta. El puntaje de la Oferta Económica se asignará a través de la aplicación de la siguiente fórmula: Puntaje Oferta Económica (MPO/OEV x 100) x 40% = MPO= Menor Precio Ofertado OEV= Oferta Económica Evaluada 40%
4 Equidad de Género En el criterio Equidad de Género, se considerará al oferente que demuestre tener una política de inclusión de género a través de la paridad de género en sus contrataciones, donde al menos existe un 50% de mujeres contratadas respecto al total de trabajadores. Esto se acreditará mediante el Certificado de Obligaciones Laborales y Previsionales de la Dirección del Trabajo o Certificado de pago de cotizaciones de seguridad social, en ambos casos debe constar la nómina de trabajadoras/es de la empresa; o bien, en el caso de aquellas empresas que cuenten con un 50 % o más del capital perteneciente a mujeres y/o la representación legal de la misma corresponda a una mujer, deberán acreditar tal situación mediante el comprobante de Sello Mujer, o mediante copia de instrumento público donde conste la participación societaria y de los poderes de administración. 5%
5 Programa de integridad de la empresa El oferente que cuente con un programa de integridad de la empresa o similar, debidamente aprobado con su respaldo, obtendrá la puntuación máxima. Junto a lo anteriormente expuesto, deberá demostrar a través de un medio de verificación el conocimiento del programa de integridad o similar por los trabajadores de la empresa. El oferente que no informe un programa de integridad de la empresa o similar y no ingrese un medio de verificación del conocimiento de éste por los trabajadores de la empresa obtendrá el puntaje mínimo, de acuerdo a lo solicitado en Dictamen NªE370752, de fecha 20 de julio de 2023 de la Contraloría General de la República. 1%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: Tesorería General de la República
Monto Total Estimado: 20000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Tesorería General de la República
e-mail de responsable de pago: dipresrecepcion@custodium.com
Nombre de responsable de contrato: Francisco Rojas Arce
e-mail de responsable de contrato: frojas@sernameg.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-25496118-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género
Fecha de vencimiento: 09-03-2026
Monto: 5 %
Descripción: La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente, dentro de los 03 días corridos siguientes a la aceptación de la orden de compra. La presente contratación se materializará mediante la aceptación de la Orden de Compra para comprometer el cumplimiento y posterior pago de los servicios. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. En el caso de las garantías otorgadas en forma física, éstas se recepcionarán en la Oficina de Partes de la Dirección Nacional del SERNAMEG, ubicada en Huérfanos 1219, comuna de Santiago, entre las 09:00 y 14:00 horas. Esta garantía sólo será entregada por el proveedor adjudicado.
Glosa: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de los servicios de seguro automotriz, ID…………….” (ID de la licitación)
Forma y oportunidad de restitución: La restitución de la garantía será realizada una vez que se haya cumplido la fecha de vencimiento de ésta, y se haya acreditado el pago de las obligaciones laborales y sociales de las personas trabajadoras. Su retiro será obligación y responsabilidad exclusiva del proveedor.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si ella adjudicatarioa desiste de su oferta, no acepta oportunamente la Orden de Compra o no se cumple cualquiera de los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar a ella oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación, le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del Servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación. En el caso que fuese una UTP, cada integrante de la misma, deberá estar inscrito en el Registro de Proveedores.
Resolución de Empates
Cuando respecto del puntaje total, dos o más ofertas obtengan la misma puntuación, de
manera que queden ubicadas en el primer orden de elegibilidad, se seleccionará la
propuesta que haya presentado la mejor propuesta económica, de mantenerse el
empate, se privilegiará de acuerdo al puntaje obtenido consecutivamente en los
siguientes criterios:
Oferta Técnica.
Equidad de Género.
Requisitos Formales.
Programa de integridad.
En última instancia, de seguir el empate, se preferirá la oferta que haya ingresado
primero al portal de la licitación, de acuerdo a la información que conste en los
respectivos comprobantes de ingreso de ofertas.
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 41° del Reglamento de la Ley N° 19.886, los
interesados podrán realizar consultas sobre la adjudicación, en el sistema de
información de mercado público, a través del siguiente link:
https://www.mercadopublico.cl/Portal/modules/Site/Reclamos/IngresoReclamo.aspx
Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
SERNAMEG podrá solicitar a el/la contratante, en cualquier
tiempo, mientras dure la ejecución de los trabajos o servicios,
la acreditación del cumplimiento de sus obligaciones
Laborales y sociales.
Será obligación del/la contratante cumplir con todas las
disposiciones del Código del Trabajo, Leyes Sociales y
contratación de los Seguros exigidos.
Para el caso que el/la contratante registre saldos insolutos de
remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus
actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los
últimos dos años, los primeros estados de pago producto de
los servicios licitados deberán ser destinados al pago de
dichas obligaciones, debiendo acreditar al Departamento de
Administración y Finanzas, mediante certificados emanados
de la autoridad competente que la totalidad de las
obligaciones se encuentran liquidadas antes de efectuar
cualquiera de los pagos. El incumplimiento de estas
obligaciones será causal de término anticipado de la
prestación.
Retenciones
SernamEG, se reserva el derecho a deducir
administrativamente de cualquiera de los estados de pago,
siempre que lo comunique al adjudicatario por escrito,
cualquier suma que éste adeude por multas, suministros,
servicios prestados, daños causados a la propiedad o al
personal o bienes de SernamEG o por requerimientos
judiciales de las Instituciones de Previsión o Salud,
Inspección del Trabajo o trabajadores del adjudicatario,
multas de atraso en el cumplimiento de las obligaciones y
plazos establecidas en las presentes bases, multas por
incumplimiento en general, multas administrativas, así como
cualquier suma derivada de otro concepto.
Además, se podrá retener el pago de uno o más estados de
pagos pendientes a la fecha, en que SernamEG haya sido
notificado válidamente de la existencia de demandas por
concepto de su responsabilidad subsidiaria en juicios
laborales o previsionales por el personal de la empresa
contratista. En este caso, podrá convertirse una retención
ajustada al monto de la demanda.
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
Si durante la evaluación de las ofertas se detectaren errores u omisiones formales, la
comisión evaluadora podrá solicitar a esos proveedores que salven dichos errores u
omisiones, siempre y cuando, ello se efectúe en conformidad a lo establecido en el
artículo 40 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
La Comisión Evaluadora enviará, vía portal www.mercadopublico.cl la correspondiente
solicitud de aclaración, informando los antecedentes omitidos que faltan. Tanto las
aclaraciones solicitadas como las respuestas pasarán a formar parte integrante de los
antecedentes del contrato, en caso de serle adjudicado.
Se hace presente que sólo serán consideradas aquellas certificaciones o antecedentes
que se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para
presentar las ofertas o, se refieran a situaciones que no hayan mutado entre el
vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Los oferentes tendrán el término fatal 24 horas para entregar los antecedentes omitidos,
plazo que se contará desde la publicación de la solicitud de aclaración.
Con todo, la Comisión Evaluadora tendrá las más amplias facultades para verificar la
idoneidad, respecto de aquellas propuestas en las cuales se determine que uno o más
de los documentos acompañados, no den fe de su contenido, pudiendo acudir a los
medios que estime pertinente para corroborarlos.
En caso de que determine de falta de idoneidad, veracidad o autenticidad del o los
documentos acompañados junto con la/las propuesta/s, la Comisión Evaluadora podrá
desestimar la oferta del proponente, dejando constancia en su informe de las
circunstancias que llevaron a determinar su descalificación y los medios por los cuales
se corroboró la falta de idoneidad, veracidad o autenticidad del o los documentos
cuestionados.
Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la
presente licitación, así como en la posterior ejecución del
contrato de ser adjudicado, acepta expresamente el presente
pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada
una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin
perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de
licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la
información y documentación que sea considerada necesaria
y exigida de acuerdo con las presentes Bases de Licitación,
asumiendo expresamente los siguientes compromisos, los
cuales se extenderán a la ejecución contractual de ser el
oferente adjudicado:
1. El/la oferente declara que, por el sólo hecho de
participar en la presente licitación, acepta expresamente
el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir
con todas y cada una de las estipulaciones contenidas
el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto
de las bases de licitación y demás documentos
integrantes. Especialmente, el/la oferente acepta el
suministrar toda la información y documentación que
sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las
presentes bases de licitación, asumiendo expresamente
los siguientes compromisos:
2. El/la oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni
intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios,
dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza
y/o monto, a ningún funcionario público en relación con
su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la
ejecución de él o los contratos que eventualmente se
deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o
concederlas a terceras personas que pudiesen influir
directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su
toma de decisiones o en la posterior adjudicación y
ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3. El/la oferente se obliga a no intentar ni efectuar
acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas
que tengan por objeto influir o afectar de cualquier
forma la libre competencia, cualquiera fuese la
conducta o acto específico, y especialmente, aquellos
acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o
naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4. El/la oferente se obliga a revisar y verificar toda la
información y documentación, que deba presentar para
efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas
las medidas que sean necesarias para asegurar la
veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión
y vigencia de la misma.
5. El/la oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con
los principios de legalidad, ética, moral, buenas
costumbres y transparencia en el presente proceso
licitatorio.
6. El/la oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce
y respetará las reglas y condiciones establecidas en las
bases de licitación, sus documentos integrantes y él o
los contratos que de ellos se derivase.
7. El/la oferente se obliga y acepta asumir, las
consecuencias y sanciones previstas en estas bases de
licitación, así como en la legislación y normativa que
sean aplicables a la misma.
8. El/la oferente reconoce y declara que la oferta
presentada en el proceso licitatorio es una propuesta
seria, con información fidedigna y en términos técnicos y
económicos ajustados a la realidad, que aseguren la
posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones
y oportunidad ofertadas.
9. El/la oferente se obliga a tomar todas las medidas que
fuesen necesarias para que las obligaciones
anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente
cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o
asesores y/o agentes y en general, todas las personas
con que éste o éstos se relacionen directa o
indirectamente en virtud o como efecto de la presente
licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose
plenamente responsable de las consecuencias de su
infracción, sin perjuicio de las responsabilidades
individuales que también procediesen y/o fuesen
determinadas por los organismos correspondientes.
De la Competencia
Para todos los efectos derivados de la presente contratación que se suscriba al efecto, las partes fijan su domicilio en la ciudad de Santiago, prorrogando competencia ante sus Tribunales de Justicia. Lo anterior, sin perjuicio de las facultades que le corresponda ejercer, al Órgano Contralor, sobre la materia.
Confidencialidad
El oferente/adjudicatario/contratante, sólo podrá utilizar la información proporcionada por el SernamEG, para los efectos de dar cumplimiento a los fines propios del presente proceso licitatorio o la ejecución del contrato que derive del mismo, quedando prohibido todo uso distinto del señalado. En dicho entendido, el oferente/adjudicatario/contratante, deberá resguardar confidencialidad de todos los antecedentes o información que el SernamEG le proporcione con motivo del presente proceso licitatorio, no pudiendo hacer uso de esto para fines ajenos, y en consecuencia, no podrá, a cualquier título y/o medio revelar, difundir, publicar, vender, ceder, copiar, reproducir, interferir, interceptar, alterar, modificar, dañar, inutilizar, destruir, en todo o parte está información, durante todo el proceso licitatorio, así como en la ejecución del contrato, y posterior al término del mismo. Esta prohibición afecta al oferente/adjudicatario/contratante, al personal que labora en distintas calidades jurídicas, que se encuentre ligado al oferente/adjudicatario/contratante, en todas las etapas del proceso licitatorio, incluso después de la expiración del contrato que de origen el referido proceso. El SernamEG quedará liberado de toda responsabilidad por el uso indebido que el oferente/adjudicatario/contratante, pueda dar a la información, reservándose el derecho a ejercer todas las acciones legales tendientes a demandar el reembolso de las sumas a las que eventualmente sea obligado a pagar como consecuencia de lo anterior, más indemnización de perjuicios que se hubieren ocasionado. Asimismo, serán de propiedad de SernamEG todos los productos generados, a través de esta licitación, sin limitación de ninguna especie, no pudiendo el proveedor realizar ningún acto respecto de ellos, sin previa autorización expresa de SernamEG.
Pago
Una vez recepcionada la totalidad de las primas de los vehículos institucionales, el pago se efectuará al contado o transferencia electrónica, en una sola cuota, dentro de 30 días corridos, contados desde la fecha de la aceptación de la factura, y previa certificación conforme por parte de la unidad técnica respectiva, para lo cual deberá acompañar además certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y sociales (F-30-1), emitido por la Dirección del Trabajo. El pago se efectuará previo envío de la factura a la casilla sernamegrecepcion@custodium.com, a través de la Tesorería General de la República, dentro de 30 días corridos, contados desde la recepción conforme de la factura, por parte de la unidad técnica. El proveedor adjudicado, deberá enviar la(s) factura(s) al correo electrónico sernamegrecepcion@custodium.com, adjuntando el archivo xml e ingresando el número de la OC en el campo 801 de la factura, señalando forma de pago crédito, para evitar el rechazo del documento en el Servicio de Impuestos Internos.
Multas
El monto de las multas será rebajado del pago que el Servicio deba efectuar al adjudicatario/a. Se aplicarán multas en los siguientes casos: INFRACCIÓN MULTA APLICABLE Incumplimiento en el plazo de 1 UF porcada liquidación de siniestro, según los día hábil de plazos establecidos por la atraso Superintendencia de Valores y Seguros Nota: La UF (unidad de fomento) aplicable, será la correspondiente al día en que se verificó la falta. Las multas se podrán aplicar por cada vez que se verifique una causal que individualmente considerada la haga procedente. En todo caso, las multas se aplicarán solamente hasta alcanzar en total, en forma acumulada, un 5% del valor del contrato, el que una vez cumplido podrá dar lugar al término anticipado del mismo. Procedimiento para la aplicación de multas: Detectada una situación que amerite la aplicación de multa, el administrador del contrato designado por el SERNAMEG notificará a el/la contratante al correo electrónico de contacto, informándole la sanción a aplicar y los hechos en que se fundamenta. A contar de la comunicación, el/la adjudicatario/a tendrá un plazo de cinco días para efectuar sus descargos a través de la misma vía de comunicación. Vencido el plazo sin que se presenten descargos, se aplicará la sanción por medio de resolución fundada del SERNAMEG. Si se presentan descargos, el SERNAMEG tendrá un plazo de 10 días hábiles para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. El rechazo total o parcial de los descargos deberá formalizarse a través de resolución exenta fundada, en la cual se detallará el contenido de la sanción a aplicar. La resolución deberá notificarse por carta certificada al el/la contratante. El/la contratante dispondrá de un plazo de cinco días para impugnar la resolución que rechaza sus descargos y aplica la multa, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen su petición. El SERNAMEG dispondrá de un plazo no superior a 30 días para resolver el recurso, acogiendo total o parcialmente los fundamentos dados por el contratista, o bien la rechazará confirmando la multa aplicada. La multa deberá ser pagada directamente por la empresa en el SERNAMEG, o en su defecto, descontada directamente de los estados de pago que se encuentren pendientes. En el caso que la suma de las multas aplicadas en un mes exceda de lo facturado, podrá cobrarse del documento de garantía de fiel y oportuno cumplimiento.
Termino anticipado de la relación contractual
La relación contractual podrá terminarse anticipadamente y en forma administrativa, mediante resolución fundada, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 77° y 79° del D.S. N° 250, que contiene el Reglamento de la Ley N° 19.886, por las siguientes causales: 1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los/as contratantes. 2. Estado de notoria insolvencia del/la contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 3. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 4. Por no contar con presupuesto disponible en un determinado ejercicio presupuestario. 5. Registrar el proveedor saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores/as, o con trabajadores/as contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. 6. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el/la contratante. 7. Si se constata que uno de los integrantes de la UTP la constituyeron con el objeto de vulnerar la libre competencia. En dicho caso, de verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica. 8. Si alguno de los integrantes de la UTP, se retira y solo él reunía los requisitos que los hacían objeto de la evaluación de la oferta. 9. Ocultar información relevante para la ejecución del contrato, que afecte a alguno de los integrantes de la UTP. 10. Disolución de la UTP. 11. Inhabilidad sobreviniente de alguno de los integrantes de la UTP, en la medida que la misma no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados. El SernamEG podrá, en cualquier momento, poner término al contrato, sin indemnización alguna al contratante, notificándolo por escrito mediante carta certificada, si se decretara la Resolución de liquidación firme y ejecutoriada, en procedimiento concursal de liquidación o se disolviere la sociedad, sin perjuicio de ejercer los derechos e interponer en su contra las acciones civiles y penales que procedan. Sin perjuicio de lo anterior, si el contratante en estado de notoria insolvencia mejora las cauciones entregadas o las existentes son suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato, el SernamEG podrá darle continuidad al mismo. Respecto al término anticipado por incumplimiento grave de las obligaciones, se entenderá que existe incumplimiento cuando los objetivos previstos para la contratación no se logran en forma reiterada o en sus aspectos sustantivos, por circunstancias que resultan imputables al contratista, como, por ejemplo: a. No se cumplan con los estándares técnicos de calidad entregados por la empresa. b. La negativa, sin causa justificada, de prestar cualquiera de los servicios que hubiere comprometido en su oferta, que sean procedentes. c. Aplicación de multas por un monto igual o superior al 10 % del valor total del contrato. d. Incorporar en la facturación costos que no hayan sido expresa y específicamente descritos en la oferta. e. Contar con dos evaluaciones consecutivas con una calificación igual o inferior a 4. En tal caso, por resolución fundada se pondrá término al contrato, previa notificación al contratista por carta certificada y, se harán efectiva la Póliza de Seguro, Boleta de Garantía Bancaria, Certificado de Fianza o documento que se haya entregado para garantizar el oportuno y fiel cumplimiento de las obligaciones del contrato, pago de multas, y de pago de obligaciones laborales y previsionales con los trabajadores del contratante (si correspondiese). Lo establecido precedentemente, es sin perjuicio de las acciones que el SERNAMEG pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios. En todos los casos de término anticipado, el adjudicatario estará obligado a entregar, a plena satisfacción del SernamEG, aquellos servicios, que se encuentran pendientes a momento de comunicársele el término anticipado, salvo que SernamEG opte por una solución distinta, la cual notificará por escrito al adjudicatario. Asimismo, SernamEG se encontrará facultada para hacer efectiva la boleta de garantía de fiel cumplimiento lo que, en caso alguno dará derecho a indemnización para el contratante, sin perjuicio de que serán pagados todos los servicios efectivamente prestados hasta la fecha de notificación de la resolución que pone término anticipado.
Bajas o incorporaciones
Durante la vigencia de los seguros, el SERNAMEG podrá solicitar las bajas o incorporaciones que estime pertinente, y el contratista reducirá los precios o, en su caso, aceptará las incorporaciones manteniendo las condiciones de asegurabilidad propuestas según el bien de que se trate.
Vigencia de la contratación
Los seguros para los vehículos tendrán una vigencia a partir de las 12:01 del día 11 de diciembre de 2024, hasta las 12:00 del día 11 de diciembre de 2025
Delimitación de responsabilidad
El equipo de personas dispuestas por el/la oferente adjudicado para ejecutar las labores que se deriven de la ejecución del presente contrato, no tendrá vínculo laboral alguno con el SERNAMEG, siendo de exclusiva responsabilidad del/la adjudicatario/a el pago de sus remuneraciones, cotizaciones previsionales y cualquier otro beneficio laboral que les pudiere corresponder. El/la contratante será el único responsable en caso de daños ocasionados a las personas o la propiedad pública o privada que sean atribuibles a actos u omisiones por parte de sus empleados en cumplimiento de las obligaciones que emanan del contrato. El adjudicatario, en cumplimiento con lo establecido en la legislación laboral, deberá suministrar a sus trabajadores los equipos e implementos necesarios de protección y seguridad, tomando las medidas para mantener en terreno, la higiene y seguridad en el trabajo. Es obligación del adjudicatarido efectuar la denuncia de los accidentes del trabajo y de las enfermedades profesionales, en conformidad con las disposiciones legales sobre la materia, debiendo informar a la contraparte técnica de los hechos ocurridos, haciendo entrega cuando corresponda de tales denuncias. El proveedor adjudicado deberá: Nombrar un Coordinador/a Técnico/a de la prestación del servicio, debiendo sus datos de contacto. Igualmente deberá designar una persona contraparte para el Departamento de Administración y Finanzas de SernamEG con el fin de que vele y realice seguimiento a todo lo vinculado al pago de los servicios contratados. Dentro de sus funciones está: Informar oportunamente a su contraparte de todo hecho relevante que pueda afectar el cumplimiento de la prestación de los servicios. Representar al oferente en la discusión de materias relacionadas con la prestación de los servicios. Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de los servicios. La designación de la persona coordinadora y todo cambio relativo a ésta deberá ser informado a la contraparte de SernamEG por el proveedor adjudicado a más tardar dentro de las 24 horas siguientes de haberse efectuado la designación o el cambio. Las comunicaciones pueden realizarse a través de los correos electrónicos que establecerán las partes.
Cesión y Subcontratación
El/la adjudicatario/a, por la naturaleza de los servicios, no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación. Por la naturaleza de los seguros a contratar y los servicios inherentes a dicha contratación, en el presente proceso se admitirá subcontratación.
Supervisión y coordinación por parte del SernamEG
El SernamEG definirá una contraparte técnica como coordinador/a de la prestación de los servicios, quien ejercerá las siguientes funciones: 1. Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en las bases para el oportuno cumplimiento de los servicios. 2. Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de lo acordado. 3. Dar visto bueno y recepción conforme de los servicios, para los efectos de su pago. 4. Notificar al proveedor de los hechos que pueden dar lugar a la aplicación de una multa. La supervisión del servicio estará a cargo de la Unidad de Servicios Generales, del Departamento de Administración y Finanzas.
Notificación y aceptación
Una vez notificada y de conformidad al artículo 63° del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, la presente licitación se formalizará mediante la emisión de la orden de compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor.
Adjudicación
Se adjudicará por cada línea del servicio licitado, pudiendo un oferente adjudicarse una o más líneas requeridas en la presente licitación. Se adjudicará al oferente que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de la propuesta y en los términos descrito en los criterios de evaluación. A la Comisión de Evaluación le corresponderá proponer la adjudicación o deserción respecto de las ofertas presentadas. En cuanto a la adjudicación, ésta será sólo en la medida de que la oferta seleccionada haya obtenido el mayor puntaje– aun cuando no sea la de más bajo costo – y siempre que cumpla con las Bases y se adecúe a los intereses de la Institución, de acuerdo con los criterios de evaluación, con sus respectivas ponderaciones y puntajes asignados para cada uno de los factores. Asimismo, le compete proponer la inadmisibilidad de las ofertas que no cumplan con los requisitos establecidos en las bases. El SernamEG podrá declarar inadmisible la/s oferta/s presentada/s en los siguientes casos: Cuando las condiciones ofrecidas por el oferente no cumplan con los requisitos y demás condiciones establecidas en las presentes bases. Los documentos recibidos no incluyan la información y requisitos solicitados. Cuando el oferente no ingrese la totalidad de los anexos administrativos, técnicos y económicos indicados en el numeral 6. Sin perjuicio de lo anterior, la comisión evaluadora podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes Bases. El informe final de la comisión evaluadora, según lo dispone el Reglamento de Compras Públicas, en su artículo 40 bis, deberá referirse a que a las siguientes materias: 1. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas. 2. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las Bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos. 3. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad Licitante. 4. La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación. 5. La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final. El SernamEG podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o cuando todas las ofertas presentadas sean declaradas inadmisibles, o cuando las ofertas presentadas no resulten convenientes a sus intereses. Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada. En el caso de no ser publicada la resolución de adjudicación dentro de plazo establecido, el Servicio publicará en la plataforma de la Dirección de Compras y Contratación Pública, una nueva fecha, fundamentando el atraso. Los actos antes indicados se publicarán en el sistema de información de Mercado Público. De acuerdo a lo señalado en el inciso tercero del artículo 66 del Reglamento de la Ley Nº 19.886, el SernamEG exigirá al adjudicatario su inscripción en el Registro de Chile Proveedores para poder suscribir el contrato definitivo, en caso que no hubiere cumplido dicho trámite para lo que le otorgará un plazo máximo de 10 días corridos, contados desde la total tramitación de la Resolución que adjudica.
Adjudicación
Se adjudicará por cada línea del servicio licitado, pudiendo un oferente adjudicarse una o más líneas requeridas en la presente licitación. Se adjudicará al oferente que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de la propuesta y en los términos descrito en los criterios de evaluación. A la Comisión de Evaluación le corresponderá proponer la adjudicación o deserción respecto de las ofertas presentadas. En cuanto a la adjudicación, ésta será sólo en la medida de que la oferta seleccionada haya obtenido el mayor puntaje– aun cuando no sea la de más bajo costo – y siempre que cumpla con las Bases y se adecúe a los intereses de la Institución, de acuerdo con los criterios de evaluación, con sus respectivas ponderaciones y puntajes asignados para cada uno de los factores. Asimismo, le compete proponer la inadmisibilidad de las ofertas que no cumplan con los requisitos establecidos en las bases. El SernamEG podrá declarar inadmisible la/s oferta/s presentada/s en los siguientes casos: Cuando las condiciones ofrecidas por el oferente no cumplan con los requisitos y demás condiciones establecidas en las presentes bases. Los documentos recibidos no incluyan la información y requisitos solicitados. Cuando el oferente no ingrese la totalidad de los anexos administrativos, técnicos y económicos indicados en el numeral 6. Sin perjuicio de lo anterior, la comisión evaluadora podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes Bases. El informe final de la comisión evaluadora, según lo dispone el Reglamento de Compras Públicas, en su artículo 40 bis, deberá referirse a que a las siguientes materias: 1. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas. 2. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las Bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos. 3. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad Licitante. 4. La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación. 5. La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final. El SernamEG podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o cuando todas las ofertas presentadas sean declaradas inadmisibles, o cuando las ofertas presentadas no resulten convenientes a sus intereses. Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada. En el caso de no ser publicada la resolución de adjudicación dentro de plazo establecido, el Servicio publicará en la plataforma de la Dirección de Compras y Contratación Pública, una nueva fecha, fundamentando el atraso. Los actos antes indicados se publicarán en el sistema de información de Mercado Público. De acuerdo a lo señalado en el inciso tercero del artículo 66 del Reglamento de la Ley Nº 19.886, el SernamEG exigirá al adjudicatario su inscripción en el Registro de Chile Proveedores para poder suscribir el contrato definitivo, en caso que no hubiere cumplido dicho trámite para lo que le otorgará un plazo máximo de 10 días corridos, contados desde la total tramitación de la Resolución que adjudica.
Obligaciones del contratista
Sin perjuicio de las obligaciones que derivan de la propia naturaleza de la contratación, el contratista tendrá las siguientes obligaciones: 1. Ejecutar el contrato de buena fe y emplear el máximo de cuidado y dedicación para su debido cumplimiento. 2. Cumplir el contrato con estricta sujeción a lo establecido en las presentes bases y en los demás documentos que rigen esta licitación. 3. Abstenerse de realizar o pretender implementar cualquier cambio en la forma de prestar los servicios o cobertura de las pólizas que no esté considerado en las bases y no haya sido autorizada por la contraparte técnica. 4. Dar fiel cumplimiento a todas las normas legales y reglamentarias aplicables a la contratación, especialmente en materia de accidentes del trabajo y prevención de riesgos, laborales, remuneracionales, de previsión y seguridad social, u otros que le sean aplicables. 5. Asumir la responsabilidad de todo accidente o daño que durante la vigencia del contrato le pudiera ocurrir al personal o a los bienes del SERNAMEG, que sean imputables al contratista o al personal de su dependencia. En estos casos, el contratista deberá reponer en el más breve plazo el daño ocasionado. 6. Emplear el máximo cuidado respecto de los bienes, materiales, equipos e instalaciones que sean de su propiedad. En consecuencia, no tendrá derecho a indemnización o reembolsos de ninguna especie por perdida, destrucción, deterioro o desgaste que éstos experimenten, incluyendo la fuerza mayor y caso fortuito. 7. Dar fiel y oportuno cumplimiento a las órdenes e instrucciones que le dé la contraparte técnica. En especial, deberá entregarle, cuando le sean solicitados, copia de los contratos de trabajo vigentes, liquidaciones de sueldo, finiquitos y cualquier otra documentación que le sea solicitada con la finalidad de verificar el cumplimiento de las obligaciones legales para con los trabajadores.
Incorporaciones y exclusiones
El SERNAMEG tendrá el derecho de incluir cualquier vehículo que se haya incorporado a su patrimonio con las mismas condiciones de tasa, cobertura y vigencia de la póliza contratada. Dichas inclusiones regirán desde que el SERNAMEG informe por escrito o mediante correo electrónico a la Compañía de Seguros o al Corredor, según sea el caso, la incorporación correspondiente, sin perjuicio del trámite de endoso que se origine a partir de dicha solicitud. Asimismo, se podrán solicitar las exclusiones de los vehículos dados de baja durante el periodo de vigencia de las pólizas contratadas. Dichas exclusiones comenzaran a regir a contar de la notificación que realice el SERNAMEG, por escrito o mediante correo electrónico a la Compañía de Seguros o al Corredor, según corresponda.
Modificación a las bases
Se podrán modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los y las oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través de mercadopublico.cl, entendiéndose por tal circunstancia, conocidas y obligatorias para todos los participantes. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases. Las modificaciones de bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, se podrá establecer un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que las y los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas. En el caso de aclaraciones, bastará informar de ella a través de la plataforma electrónica.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.