I.- GENERALIDADES |
ARTÍCULO N° 1 LLAMADO A LICITACIÓN
La Corporación de Desarrollo Social de Providencia, en adelante la “CORPORACIÓN”, llama a licitación pública denominada: “SERVICIO DE MANTENCIÓN Y REPARACIÓN DE INSTALACIONES Y ARTEFACTOS A GAS” para la Corporación de Desarrollo Social de Providencia.
ARTÍCULO N° 2 OBJETO
El objeto de la licitación es la contratación del servicio de mantención anual (semestral en el caso de las calderas), y de reparación de instalaciones y artefactos a gas existentes en todas las dependencias administradas por la Corporación, por un periodo de 24 meses.
El servicio se solicitará en las siguientes dependencias:
N° NOMBRE DEL CENTRO DIRECCIÓN
1 TALLER DE MANTENCIÓN ROMÁN DIAZ N°1410
2 VACUNATORIO EL AGUILUCHO EL AGUILUCHO N°3515
3 CESFAM DR ALFONSO LENG MANUEL MONTT N°303
4 CESFAM DR HERNAN ALESSANDRI LOS JESUITAS N°857
5 CESFAM EL AGUILUCHO EL AGUILUCHO N°3292
6 FARMACIA COMUNITARIA SALVADOR N°1029
7 CENTRO DE ESPECIALIDADES ODONTOLOGICAS ELIODORO YAÑEZ N°1261
8 CECOSF MARIN MARIN N°520
9 SUCURSAL FARMACIA COMUNITARIA LOS LEONES N°1770
10 COLEGIO EL VERGEL LOS LEONES N°1758
11 ESCUELA BASICA PROVIDENCIA- LOCAL MATRIZ MANUEL MONTT N°485
12 ESCUELA BASICA PROVIDENCIA- ANEXO CAUPOLICÁN CAUPOLICÁN N°1161
13 LICEO JUAN PABLO DUARTE SANTA ISABEL N°0735
14 COLEGIO MERCEDES MARIN DEL SOLAR LOS LEONES N°262
15 LICEO ARTURO ALESSANDRI PALMA GENERAL BUSTAMANTE N°443
16 LICEO TAJAMAR LOS LEONES N°238
17 LICEO 7 DE PROVIDENCIA LUISA SAAVEDRA MONSEÑOS SOTERO SANZ N°60
18 LICEO CARMELA CARVAJAL DE PRAT ITALIA N°980
19 LICEO JOSE VICTORINO LASTARRIA MIGUEL CLARO N°32
20 ESCUELA ABELARDO ITURRIAGA VALENZUELA CASTILLO N°1793
21 JARDÍN INFANTIL EL AGUILUCHO HOLANDA N°2027
ARTÍCULO N° 3 CONDICIONES DE LAS BASES DE LICITACIÓN
Las presentes bases establecen las condiciones y procedimientos que se deben seguir para la presentación de las ofertas y ejecución del servicio.
Nombre de Adquisición “SERVICIO DE MANTENCIÓN Y REPARACIÓN DE INSTALACIONES Y ARTEFACTOS A GAS”
Tipo de Licitación Licitación Pública entre 100 y 1.000 UTM (LE)
Moneda Pesos Chilenos (CLP).
Presupuesto Referencial $39.500.000.- (Treinta y Nueve millones, quinientos mil pesos) impuestos incluidos, distribuidos de la siguiente manera:
• $ 23.600.000 Mantenimiento Preventivo.
• $ 15.900.000 Reparaciones.
Garantía seriedad de la oferta No aplica
Garantía fiel cumplimiento 5% del contrato.
Duración del Contrato 24 meses, a contar de la fecha indicada en el contrato.
Documentos que rigen la Licitación Estas Bases se encuentran conformadas por los siguientes cuerpos o apartados normativos:
I.- Bases Administrativas
II.- Bases Económicas
III.- Bases Técnicas
IV.- Anexos:
Documentos Administrativos:
• Anexo Nº1 “Formulario de Identificación del Oferente”.
Documentos Económicos:
• Anexo N°2 “Oferta Económica”. (OBLIGATORIO)
Documentos Técnicos:
• Anexo N°3 “Identificación del personal”. (OBLIGATORIO)
• Anexo N°4 “Declaración de Experiencia del oferente” y documentos que acrediten experiencia.
• Anexo Nº5 “Declaración Jurada Programa de Integridad”.
Las ofertas que no presenten u omitan los antecedentes requeridos como OBLIGATORIOS, serán declaradas “inadmisibles” por la CORPORACIÓN, sea en el acto mismo de apertura o durante la evaluación posterior de las ofertas.
Sin perjuicio de la normativa legal vigente, esta licitación y contrato respectivo a que pudiere dar lugar, se regirán por los siguientes documentos, cuyo orden de prelación, en caso de existir discrepancia entre ellos, será el que a continuación se indica:
• Las presentes Bases Administrativas, Económicas y Técnicas.
• Las respuestas a las consultas formuladas por los proveedores.
• Las aclaraciones a las ofertas que hayan sido solicitadas por la CORPORACIÓN.
• La Oferta, con todos sus documentos anexos.
• El contrato u orden de compra respectiva, según corresponda.
Las Bases y los documentos que la acompañan, se interpretarán en forma armónica de manera que exista entre ellos la debida correspondencia.
Las presentes Bases, así como las respuestas a las consultas y aclaraciones a las mismas, se considerarán incorporadas a la respectiva contratación que se celebre con el adjudicatario.
ARTÍCULO N° 4 SERVICIO REQUERIDO
No de Línea Nombre del Servicio Cantidad Presupuesto referencial impuestos incluidos
1 “SERVICIO DE MANTENCIÓN Y REPARACIÓN DE INSTALACIONES Y ARTEFACTOS A GAS” 1 $39.500.000.- (Treinta y Cinco millones, quinientos mil pesos) impuestos incluidos, distribuidos de la siguiente manera:
• $23.600.000 Mantenimiento Preventivo.
• $15.900.000 Reparaciones.
ARTÍCULO N° 5 ETAPAS Y PLAZOS
La presente licitación se desarrollará conforme a los plazos que para sus diversas etapas se establecen en el siguiente cronograma, los cuales son contados desde la fecha de publicación de las Bases en el portal www.mercadopublico.cl.
Etapa Plazo (Días Corridos)
Publicación de las Bases de Licitación Dentro de los 5 días hábiles desde aprobada la Resolución que autoriza las presentes bases.
Inicio Período de Consultas Inmediatamente después de publicadas las bases en la plataforma de Mercadopublico.cl
Cierre Período de Consultas Hasta el sexto día (6) desde publicadas las bases en la plataforma de Mercadopublico.cl, a las 12:00 horas.
Publicación de Respuestas Hasta el octavo día (8) desde publicadas las bases en la plataforma de Mercadopublico.cl, a las 23:59 horas.
Si el día 8 día fuere sábado, domingo o festivo, el plazo se extenderá hasta el primer día hábil siguiente.
Recepción de las Ofertas Hasta el décimo (10) día desde publicadas las bases en la plataforma de Mercadopublico.cl, hasta las 16:00 horas.
Si el día 10 fuere sábado, domingo o festivo, el plazo se extenderá hasta el primer día hábil siguiente.
Si a la fecha de recepción de ofertas sólo se han recibido dos o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente y por una sola vez, en dos días hábiles.
Acto de Apertura de las Ofertas (Técnicas y Económicas) El décimo (10) día desde publicadas las bases en la plataforma de Mercadopublico.cl, desde las 16:01 horas.
Período de Evaluación de las Ofertas Hasta el día 30 desde el acto de apertura.
Adjudicación Hasta el día 40 desde el acto de apertura.
Suscripción de la contratación De conformidad con los plazos establecidos en el artículo 23º de estas Bases.
Respecto al plazo de “Publicación de Respuestas” la Corporación podrá ampliar dicho plazo hasta en 48 horas corridas, pudiendo modificar el cronograma, siempre antes del cierre de recepción de ofertas y, solo si, con relación a las preguntas o la cantidad de éstas así lo amerita, lo cual será informado en el calendario de fechas de la licitación en la plataforma de Mercado Público, no requiriéndose un acto administrativo para tal efecto.
Para los efectos de esta licitación todos los plazos establecidos en estas Bases serán de días corridos salvo que expresamente se indique que serán de días hábiles. No obstante, cuando el vencimiento de un plazo se produzca un día inhábil, esto es, sábado, domingo o festivo se entenderá que dicho plazo vence al día hábil siguiente. Además, y en el caso del plazo de cierre para la recepción de ofertas aquel no podrá vencer un lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las 15:00 horas.
En el evento de cualquier inhabilitación o indisponibilidad técnica que sufra en su funcionamiento el Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración, los plazos contemplados en el referido cronograma de la licitación no se suspenderán ni interrumpirán y se estará en todo a lo dispuesto en el artículo 62º del Decreto Nº250, de 09 de marzo de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la ley Nº19.886 de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.
ARTÍCULO N° 6 NOTIFICACIONES, DOMICILIO Y JURISDICCIÓN
Todas las notificaciones que hayan de efectuarse con ocasión del presente proceso de licitación se entenderán realizadas luego de transcurridas 24 horas desde que la CORPORACIÓN publique en el Sistema de Información el documento, acto o resolución objeto de la notificación.
Para los efectos de esta licitación, los oferentes fijan domicilio en la comuna de Providencia de la ciudad de Santiago y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia.
ARTÍCULO N° 7 LLAMADO A LICITACIÓN, ENTREGA DE BASES Y ACEPTACIÓN DE CONDICIONES DE LA LICITACIÓN
Se estimará, por el solo hecho de participar en este proceso licitatorio, que el oferente conoce, acepta y está conforme con las presentes Bases, con todas las condiciones y exigencias en ellas establecidas y que, ante una eventual discrepancia entre su oferta y las Bases y sus aclaraciones complementarias, prevalecerán éstas últimas, las que serán íntegramente respetadas.
Todos los participantes deberán haber analizado las presentes Bases y tomar debido y oportuno conocimiento de las respuestas, aclaraciones y/o modificaciones efectuadas durante el proceso licitatorio, a fin de que sean consideradas al momento de presentar la oferta.
Los costos derivados de la elaboración y presentación de las ofertas serán de cargo exclusivo de cada oferente, no existiendo para la CORPORACIÓN responsabilidad alguna en dicha materia, cualquiera sea el resultado de la licitación.
ARTÍCULO N° 8 PARTICIPANTES Y REQUISITOS
Podrán participar en esta propuesta pública todas las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, así como también las uniones temporales de proveedores, que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases de licitación. Sin embargo y en el evento que resulten adjudicadas, se exigirá para contratar a las personas jurídicas extranjeras tener constituido domicilio en Chile.
En el evento de presentarse una Unión Temporal de Proveedores (en adelante también UTP) ésta deberá sujetarse, en todo, a lo establecido en el artículo 67 bis del Decreto N° 250, de 2004, que Aprueba Reglamento de la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
Podrán suscribir contratos con la CORPORACIÓN, todas las personas naturales y/o jurídicas que no se encuentren inhabilitadas para contratar con la Administración del Estado, según lo establecido en las leyes N°19.886 y N°20.393 y D.F.L. N°1/2004 Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción y no se encuentren afectas a las inhabilidades contempladas en el artículo 92 del Reglamento de Compras Públicas aprobado por Decreto Supremo Nº250, de 09 de marzo de 2004, del Ministerio de Hacienda.
Conforme con lo anterior, no podrán participar en esta licitación, y quedarán excluidos:
a) El personal dependiente de la Corporación de Desarrollo Social de Providencia, cualquiera sea su calidad jurídica, o con las personas naturales contratadas a honorarios por este mismo organismo, ni con sus cónyuges o convivientes civiles, ni con las demás personas unidas por los vínculos de parentesco en segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni con sociedades de personas o empresas individuales de responsabilidad limitada de las que formen parte o sean beneficiarios finales, ni con sociedades en comanditas por acciones, sociedades por acciones o anónimas cerradas en que sean accionistas directamente, o como beneficiarios finales, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, directamente o como beneficiarios finales, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. (artículo N º 35 quáter de la Ley 19.886)
b) Quienes hayan sido condenados por delitos concursales establecidos en el Título IX del Libro II del Código Penal, o en sede penal, por delitos establecidos en los numerales 4° párrafos primero, segundo, tercero y quinto; 10° párrafo tercero; 22°; 23° párrafo primero; 24° párrafo tercero, y 25° del artículo 97 del Código Tributario (artículo 4º y artículo 35 º septies de la Ley 19.886)
c) Las personas naturales o jurídicas que hayan sido condenados en virtud de una sentencia firme o ejecutoriada por incumplimiento contractual respecto de un contrato de suministro y prestación de servicios suscrito con alguno de los organismos sujetos a esta ley, derivado de culpa o falta de diligencia en el cumplimiento de sus obligaciones (artículo N° 35 septies de la Ley 19.886)
d) Quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador (artículo 4º y artículo 35 º septies de la Ley 19.886 y artículo 92 º, Nº 7 del Reglamento de Compras).
e) Las personas que hayan sido condenadas por los delitos de cohecho establecido en el Párrafo 2 del Título V del Libro II del Código Penal, lavado de activos establecido en el Título III de la ley N° 19.913, que crea la Unidad de Análisis Financiero y modifica diversas disposiciones en materia de lavado y blanqueo de activos, o financiamiento del terrorismo contemplado en el artículo 8º de la ley N° 18.314, que determina conductas terroristas y fija su penalidad (artículo N° 35 septies de la Ley 19.886 y artículo N° 92, N° 1 del Reglamento de Compras).
f) El proveedor que ha informado en el Registro de Proveedores, antecedentes maliciosamente falsos, que han sido enmendados o tergiversados o se presentan de una forma que claramente induce a error para efectos de su evaluación (artículo N° 35 septies de la Ley 19.886 y artículo 92, N° 4 del Reglamento de Compras).
g) Aquellos condenados por prácticas anticompetitivas con la medida o prohibición de contratar con órganos de la administración del Estado, mediante sentencia del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia conforme con lo dispuesto en el artículo 26° letra d) del D.F.L. N° 1/2004 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del D.L. N° 211 de 1973, que Fija normas para la Defensa de la Libre Competencia.
h) Aquellos que tengan la prohibición de contratar o de celebrar actos o contratos con la administración del Estado dispuesta en conformidad con los artículos 8º Nº 2) y 10° de la Ley Nº20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Cohecho.
i) Aquellos inhabilitados para contratar con el Estado contemplados en el artículo 33 de la ley 21.595, sobre delitos económicos.
j) Aquellos que no cuenten con la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar, firmada en la plataforma www.mercadopublico.cl.
ARTÍCULO N° 9 COMUNICACIONES, CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES A LAS BASES
9.1 COMUNICACIONES
Las comunicaciones y contactos durante el proceso de licitación se efectuarán a través de foro del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl) y al que se accederá ingresando al ID asignado a la presente licitación.
Durante el período de evaluación, los oferentes sólo podrán mantener contacto con la entidad licitante para los efectos de ésta, tales como solicitud de aclaraciones, entrevistas, visitas a terreno, presentaciones, exposiciones y/o entrega de muestras o pruebas que la Corporación pudiese requerir durante la evaluación y que estén previstas en las Bases, quedando absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto.
9.2 CONSULTAS, ACLARACIONES Y/O MODIFICACIONES.
Los proponentes podrán formular consultas respecto de las presentes Bases, a través del portal www.mercadopublico.cl, en el ID respectivo, dentro del plazo establecido para tales efectos en el cronograma de la licitación contenido en el artículo 5º de las presentes Bases. No serán admitidas las consultas formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado.
La Corporación emitirá las respectivas respuestas, aclaraciones y/o modificaciones a las Bases a través del Sistema de Información en el plazo establecido en el referido cronograma, las que formarán parte integrante de las Bases, teniéndose por conocidas y aceptadas por todos los participantes, aun cuando el oferente no las hubiere solicitado, por lo que los proponentes no podrán alegar desconocimiento de las mismas.
Asimismo, y hasta antes del cierre de recepción de ofertas, la CORPORACIÓN podrá modificar las presentes Bases si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso licitatorio.
Toda modificación deberá cumplir con las mismas formalidades del acto administrativo que regule el proceso de licitación y contemplar un plazo prudencial para que los proponentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas.
ARTÍCULO N° 10 PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente Licitación Pública, acepta expresamente este Pacto de Integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de Licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, el oferente acepta el proporcionar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes Bases de Licitación Pública, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
• El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República (CPR) en su artículo 19° números, 1°, 4°, 5°, 6°, 12°, y 16°, en conformidad con el artículo 485° del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
• El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de Licitación Pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio público, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución total de él o los contratos que de ello se deriven.
• El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico y, especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos, o conductas de tipo o naturaleza colusoria, en cualquiera de sus tipos o formas.
• El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio público, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
• El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres, y transparencia en el presente proceso licitatorio público.
• El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de Licitación Pública, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
• El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de Licitación Pública, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
• El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio público es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
• El oferente se obliga a tomar las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente Licitación Pública, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
• Si algún proponente presenta información falsa, y se demuestra fehacientemente que así es, se entiende que incumple con el pacto de integridad, y, en consecuencia, no cumple con las bases de licitación, que consecuencialmente traerá consigo el efecto de que la oferta sea DECLARADA INADMISIBLE. De la determinación de ello dará fe el acta de evaluación respectiva, otorgando prueba de los dichos de la comisión evaluadora siendo, además, de existir, cobrada la garantía de seriedad de la oferta al proveedor que haya incurrido en dicha falta.
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II.- PRESENTACIÓN Y CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS |
PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
a) Medio de entrega de la oferta y contenido.
La entrega de las ofertas deberá efectuarse electrónicamente a través del Sistema de Información, y serán de carácter irrevocable, en el plazo previsto para la presentación de ofertas indicado en el cronograma de la licitación contenido en el artículo 5º de las presentes Bases.
No será recibirá ninguna oferta presentada fuera de plazo o de otra manera que la determinada por estas Bases. Los Oferentes deben presentar la oferta por la totalidad de los servicios requeridos en la presente licitación.
Las ofertas no podrán alterar las condiciones de estas Bases, ni contener exigencias, limitaciones o restricciones a las mismas de cualquier especie, o condiciones para su adjudicación de cualquier tipo o montos mínimos de despacho. Cualquier cláusula, párrafo o texto de las ofertas de los oferentes, que se encuentre fuera de las presentes bases, podrá ser omitida por la CORPORACIÓN, y los oferentes, con el solo hecho de presentar sus ofertas aceptan tal condición.
b) Responsabilidad en la entrega de antecedentes.
Será exclusiva responsabilidad de los oferentes el proporcionar en forma oportuna, clara y completa todos los antecedentes exigidos, así como también el contenido de éstos y la veracidad de lo que en ellos conste, lo cual estará determinado por lo siguiente:
b.1) Archivos digitales consolidados: Cada documento o antecedentes requeridos en las presentes bases, independientemente del número de páginas que lo constituyen, debe estar en un solo archivo digital.
b.2) Subir archivos en el anexo que corresponda: Los antecedentes que se solicitan en las presentes bases son de carácter administrativo, técnico o económico, por tanto, el proponente debe subir cada archivo digital en el anexo respectivo.
b.3) Nombre de los archivos digitales: El nombre que se asigne a cada archivo debe guardar relación con el contenido del mismo y estar antecedido por la letra o número que corresponda, en atención al orden que fijan las presentes bases.
b.4) Formatos digitales compatibles: Los archivos digitales presentados por el oferente deben contener los siguientes formatos: .pdf, .docx, .jpg, .xlsx, .pptx, .rar, .zip y/o sus equivalentes en código libre.
Los costos en que incurra el oferente, derivado de la formulación de la propuesta, serán de su exclusivo cargo, y en caso de no seleccionarse su oferta, no dará origen a reembolso o indemnización alguna.
c) Verificación de los antecedentes.
La Corporación tendrá las más amplias facultades para efectuar la verificación de los antecedentes presentados por los oferentes y de aquellos que apoyen o respalden sus ofertas.
ARTÍCULO N° 12 CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS
Los oferentes deberán presentar su propuesta en los formatos (Word o Excel) que estarán disponibles en la ficha de licitación respectiva en el Portal Mercado Público, de acuerdo a lo siguiente:
12.1 Documentos Administrativos
• Anexo N°1 “Formulario de Identificación del Oferente”.
• Acuerdo temporal de proveedores (en el caso que corresponda).
12.2 Documentos Económicos
• Anexo N°2 “Oferta Económica” (OBLIGATORIO).
Se deberá presentar electrónicamente a través del portal www.mercadopublico.cl, en la sección anexo Económico, el Anexo N°2 debidamente firmado.
Los oferentes deberán presentar su oferta económica más impuestos incluidos. Los oferentes deberán considerar en la oferta económica que publiquen, para la presente licitación, todos los gastos, incluidos los de traslado, fletes, permisos, derechos, otros impuestos y, en general, todo cuanto implique un gasto para el cumplimiento del contrato, sea éste directo, indirecto o a causa de él.
En caso de existir discrepancias entre el valor indicado en el anexo y el valor ingresado en el portal, prevalecerá la oferta subida a este anexo N°2.
Cuando existan discrepancias o errores aritméticos entre los precios unitarios netos ofrecidos en la oferta económica y los valores totales ofertados, prevalecerán siempre
los primeros.
12.3 Documentos Técnicos
• Anexo N°3 “Identificación del personal”. (OBLIGATORIO)
Los oferentes deberán identificar en el Anexo N°3 “Identificación del personal”, el nombre de mínimo 2 profesionales o técnicos que prestarán el servicio. Si el proveedor identifica en su oferta un número inferior a 2 personas, su oferta será declarada inadmisible.
El proveedor adjudicado deberá contar con personal calificado, el cual deberá contar con licencia de Instalador de Gas vigente clase 2 o 3, de acuerdo con la complejidad de las instalaciones, emitido y autorizado por la Superintendencia de Electricidad y Combustible (SEC), para ello deberá adjuntar la licencia del personal declarado en el Anexo N°3, sin perjuicio de ello se podrá solicitar a las oferentes a través del Foro Inverso del Portal Mercado Público, que adjunten este documento omitido en el momento de la presentación de las ofertas, todo, siempre y cuando las rectificaciones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, informándose debidamente dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Portal Mercado Público. Considerando por lo demás, que la fecha de emisión de los documentos no podrá ser superior a la fecha del cierre de las ofertas.
Si la documentación solicitada no se presenta dentro del plazo asignado, la oferta será considerada inadmisible, debido a que es DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA PARA LA ETAPA DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS.
• Anexo N°4 “Declaración de Experiencia del oferente” y documentos que acrediten experiencia, según artículo N°18 de las presentes bases.
Los oferentes deberán procurar que los documentos que integren declaración de experiencia del proveedor sean claramente visibles y contengan las características pertinentes del servicio requerido por la CORPORACIÓN, en atención a lo establecido en las Bases Técnicas.
En caso de recibirse documentos ambiguos o que adolezcan de información, la CORPORACIÓN podrá solicitar la realización de aclaraciones conforme al artículo 14, del presente pliego de condiciones, siempre y cuando no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes. Lo anterior, se realizará siempre y cuando la comisión evaluadora lo considere oportuno para su análisis y decisión final.
Si el oferente presenta documentos en un idioma distinto al español, la comisión evaluadora podrá exigir su traducción al idioma español, en caso de que lo considere indispensable para su evaluación.
La Comisión Evaluadora podrá ejercer la facultad contemplada en el artículo 40 del Decreto Nº 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 19.886, esto es, solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales siempre y cuando ello no le confiera a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través de la plataforma www.mercadopublico.cl.
• Anexo Nº5 “Declaración Jurada Programa de Integridad”.
Anexo donde los oferentes deberán señalar si cuentan con programa de integridad conocido por todo su personal, el que debe ser acorde a los principios éticos, morales y de transparencia, legalidad y veracidad, adjuntando el documento asociado al programa de integridad y compliance.
Debe adjuntarse en la oferta técnica con el nombre: Anexo N°5 Programa de Integridad.
La Corporación se reserva el derecho a declarar inadmisible, rechazar la oferta y/o poner término a la adjudicación o el contrato, en caso de que se detecte que la información, documentos o antecedentes proporcionados por el oferente o proveedor sean falsos o fraudulentos.
ARTÍCULO N° 13 GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
No se solicita para este proceso.
ARTÍCULO N° 14 ADMISIBILIDAD Y VALIDEZ DE LAS OFERTAS
Serán estimadas como causales de inadmisibilidad y facultarán a la CORPORACIÓN para aplicar exclusión o eliminación de las ofertas las siguientes:
1. Que el proponente se encuentre afectado por alguna de las prohibiciones o limitaciones establecidas en el párrafo cuarto del artículo 8º de las presentes Bases.
2. Que la propuesta no presente alguno de los antecedentes exigidos como OBLIGATORIOS.
3. Si los bienes o servicios ofertados no corresponden o no cumplen con lo requerido en las presentes bases y/o se encuentre afecto a un cobro adicional.
4. Que la propuesta esté sujeta a restricciones o condiciones conforme a lo previsto en el artículo 11º de estas Bases y que estás no puedan ser obviadas y/o aclaradas mediante foro inverso.
5. En el caso que corresponda, que el oferente no haya entregado la garantía de seriedad de la oferta y/o que la garantía de seriedad de la oferta no sea presentada en la forma y contenido, y/o que la garantía de seriedad de la oferta no cumpla con lo establecido en las presentes bases antes del cierre de las ofertas. ¬¬
6. Que en el caso que las bases contengan visita(s) a terreno obligatoria(s), que el oferente no haya asistido a tales visitas.
Todo lo anterior sin perjuicio de lo establecido en el artículo 15º de estas Bases.
ARTÍCULO N° 15 ACLARACIONES A LAS OFERTAS (FORO INVERSO)
La Corporación podrá solicitar a los oferentes al momento de la apertura electrónica de sus ofertas y durante el proceso de evaluación que adjunten documentos no esenciales o salven errores de referencia o de transcripción que dan lugar a inconsistencias evidentes u omisiones formales o bien que aclaren algunos aspectos precisos de su oferta siempre y cuando las rectificaciones de dichos errores, vicios u omisiones o aclaraciones no les confiera a esos oferentes una situación de privilegio o ventaja respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Tanto la solicitud de aclaración de la oferta o la solicitud de documentación atingente al proceso, por parte de la CORPORACIÓN como la respuesta del oferente a dichas solicitudes, se realizarán sólo a través del Sistema de Información.
El plazo de respuesta será de 48 horas corridas contadas desde la fecha de solicitud de aclaración.
ARTÍCULO N° 16 VALIDEZ DE LAS OFERTAS
Las ofertas tendrán una validez de 120 días contados desde la fecha de apertura electrónica de la licitación. Si dentro de ese plazo no se puede efectuar la adjudicación, la CORPORACIÓN podrá solicitar a los proponentes, antes de su expiración, la prórroga de las propuestas y la renovación de las garantías de seriedad en el caso que éstas hubieran sido exigidas en el artículo 13° de estas Bases. Si alguno de los proponentes no accediere a la solicitud, su propuesta no será considerada en la licitación, en cuyo caso la Corporación devolverá las garantías respectivas en el plazo de cinco días, contado desde su vencimiento.
ARTÍCULO N° 17 COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
La apertura y evaluación de las ofertas será realizada por una comisión constituida para tal efecto, que estará compuesta por un mínimo de 3 integrantes, designados por el Secretario General, o quien tenga delegada la facultad.
Al momento de conocer los nombres de los oferentes, cada integrante de la Comisión Evaluadora deberá declarar no tener conflicto de intereses con ninguno de ellos, de forma directa o indirecta, así como su compromiso de no aceptar donativos de ninguna especie o monto de terceros mientras integre esta Comisión Evaluadora. Para ello, cada miembro de la Comisión Evaluadora deberá firmar una Declaración Jurada de Ausencia de Conflicto de interés y de Confidencialidad, que será publicada conjuntamente con la respectiva Resolución de adjudicación o deserción.
En el evento de que los miembros de la Comisión Evaluadora declarasen o detectaran en el acto mismo que tiene algún conflicto de interés con uno o más de los oferentes, deberá así manifestarlo y abstenerse de participar en la evaluación. En tal caso se dejará constancia de dicha circunstancia en el Acta suspendiéndose la Evaluación para proceder al inmediato reemplazo del integrante de la Comisión Evaluadora inhabilitado mediante resolución dictada a tal efecto, sin perjuicio de poder procederse en conformidad con lo previsto en el párrafo siguiente.
En caso de que alguno de los miembros de la comisión no pudiera participar en el acto de evaluación por inhabilidad sobreviniente o bien por estar en uso de licencia médica, por fuerza mayor, caso fortuito u otro imprevisto de análoga naturaleza, la Comisión podrá igualmente proceder a la evaluación de las propuestas siempre que cuente al menos con tres integrantes conforme a lo exigido en el artículo 37 del Decreto N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
La evaluación se efectuará considerando en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean estos de carácter técnico, legal, económico, u otros.
Se prohíbe a los miembros de la Comisión Evaluadora tomar contacto o conceder reuniones a terceros sean oferentes o no, relativas a materias vinculadas a la evaluación.
Corresponderá a la Comisión Evaluadora:
1.- Verificar la admisibilidad de las propuestas en conformidad con lo previsto en los artículos 14º y 15º de las presentes Bases.
2.- Revisar el cumplimiento de requisitos técnicos obligatorios indicados en las presentes Bases, lo cual determinará la admisibilidad o inadmisibilidad de las ofertas.
3.- Realizar el proceso de evaluación de las ofertas y antecedentes sólo respecto aquellas propuestas que hayan sido calificadas como inadmisibles.
4.- Elaborar el Informe de Evaluación de las Ofertas:
1) En caso de que se encuentren contempladas en las Bases una visita a terreno o la demostración de productos y/o equipos en comodato: constancia de la efectiva realización de la actividad, forma como se desarrollaron y pronunciamiento de la Comisión en caso de observaciones a los mismos.
2) Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las Bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos.
3) Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
4) Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las Bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos.
5) La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.
6) Cuadro de todas las propuestas participantes consideradas con un puntaje total obtenido.
7) La proposición fundada de adjudicación o de declaración de la licitación como desierta, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.
5.- Solicitar modificación del plazo de adjudicación en el caso previsto en el artículo 19° de las presentes Bases, si corresponde.
El Informe de Evaluación elaborado por la Comisión de Evaluación deberá ser suscrito por todos sus integrantes y entregado al Secretario General de la Corporación para posteriormente ser publicado en el portal de Mercado Público.
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III.- EVALUACIÓN |
CRITERIOS DE EVALUACIÓN
El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos solicitados en las Bases, continuará con el proceso de evaluación de la presente licitación, debiendo detallar los servicios en su propuesta. El oferente que no cumpla con los requisitos mínimos solicitados no continuará con el proceso de evaluación. La CORPORACIÓN declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones en las presentes bases.
A. La evaluación de la oferta se llevará a cabo de acuerdo a los siguientes criterios:
CRITERIOS DE EVALUACIÓN PONDERACIÓN
1.- Evaluación Económica. 75%
2.- Experiencia del proveedor. 22%
3.- Programa de Integridad. 2%
4.- Cumplimiento de requisitos formales. 1%
Definición de criterios y asignación de puntajes:
A continuación, se analizará cada uno de los criterios de evaluación definidos en las presentes bases:
1.- Evaluación Económica (75%) Anexo N°2:
Para la evaluación económica se considerará el “Costo total del servicio por 24 meses” según lo informado en la Tabla N°3 el Anexo N°2
El puntaje del criterio se definirá en base a la siguiente fórmula:
Puntaje Criterio = (Menor “Costo total del servicio por 24 meses” ofertado/ “Costo total del servicio por 24 meses” Evaluado) * 100
Para los efectos de la evaluación y elaboración del ranking respectivo los puntajes serán considerado con hasta dos (2) decimales.
2.- Experiencia del proveedor (22%) Anexo N°4:
Este criterio se evaluará en función de la experiencia del proveedor en cantidad de servicios de similares características (mantención y certificación de instalaciones a gas) en los últimos 3 años desde publicado el presente proceso en Mercado público, de acuerdo a la información entregada en Anexo N°4.
Para acreditar dicha experiencia, el oferente deberá acompañar Orden de compra en PDF, en estado de recepción conforme o Certificado de recepción conforme en formato libre, debidamente firmado por el mandante, indicando nombre, fecha y monto del contrato que se recepciona.
Es importante señalar que sólo se considerarán para la evaluación aquellos contratos declarados en dicho anexo, debidamente respaldados, que presenten recepción conforme. En el caso de solamente presentar el número de las órdenes de compra del sector público en dicho anexo, la Corporación se encontrará facultada para revisar el estado, periodo y el rubro, en el portal Mercado Público. En este sentido, si estas OC declaradas no cumplen con las condiciones establecidas precedentemente, no serán consideradas como parte de los antecedentes de la evaluación, y no se les asignará puntaje.
Servicios similares durante los últimos 3 años PUNTOS
9 o más contrataciones 100
Entre 7 a 8 contrataciones 80
Entre 5 a 6 contrataciones 60
Entre 3 a 4 contrataciones 40
Entre 1 a 2 contrataciones 20
No acredita experiencia 0
La Corporación se reservará el derecho de consultar con el mandante la veracidad de los servicios prestados y/o verificar su veracidad o validez a través de cualquier otro mecanismo, como por ejemplo descargar la orden de compra o ID de la Licitación, u otros antecedentes de Mercado Público. La documentación en donde no sea posible verificar la experiencia, porque no ha sido acreditada, no será considerada en la respectiva evaluación.
Para los efectos de la evaluación y elaboración del ranking respectivo los puntajes serán considerado con hasta dos (2) decimales.
3.- Programa de integridad y Compliance (2%) Anexo N°5:
Para su evaluación, el oferente debe adjuntar el programa de integridad. En consecuencia, si el proveedor no presenta el programa, obtendrá puntaje 0.
DESCRIPCIÓN PUNTAJE
Cuenta con Programa de integridad 100
No cuenta con Programa de Integridad 0
El puntaje se ponderará por el 2%.
4.- Cumplimiento de requisitos formales (1%)
Este criterio de evaluación considera el cumplimiento referido a la entrega y presentación de los documentos administrativos y anexos indicados en esta licitación, de acuerdo con la siguiente tabla:
FACTOR A EVALUAR PUNTAJE
La oferta cumple todos los requisitos formales y presenta todos los documentos y anexos administrativos, técnicos y económicos, dentro del plazo indicado para la recepción de ofertas, sin observaciones o aclaraciones presentadas con posterioridad al vencimiento del plazo destinado para ello. 100
La oferta cumple todos los requisitos formales para ofertar, pero se debe pedir subsanar o enmendar elementos que no sean obligatorios a través de foro inverso y el proveedor corrige y/o subsana en tiempo y forma. 50
La oferta cumple todos los requisitos formales para ofertar, pero se debe pedir subsanar o enmendar elementos que no sean obligatorios través de foro inverso y el proveedor NO corrige y/o subsana en tiempo y forma. 0
B. Consideraciones adicionales respecto al puntaje final.
Comportamiento contractual anterior:
La evaluación al comportamiento contractual tiene por OBJETO DESCONTAR PUNTAJE, respecto del total obtenido, aplicando la pauta de evaluación, considerado la información proporcionada por el “Historial de comportamiento contractual” de la plataforma Chile Proveedores.
N° TIPO SANCIÓN PUNTAJE PARA DISMINUIR
1 Termino anticipado unilateral de contrato por causas imputables al contratista -5 PUNTOS POR CONTRATO.
2 Por cada 5 multas que posea en la ficha del proveedor de Mercado Público cursadas en el rubro licitado en los últimos 24 meses. -2 Puntos por cada 5 multas
Cada puntaje indicado por cada "término anticipado unilateral del contrato", que presente el proveedor, EN LOS ÚLTIMOS 24 MESES, el puntaje se irá restando hasta un MÁXIMO de 15 PUNTOS.
En el caso de “por cada 5 multas que posea el proveedor” EN LOS ÚLTIMOS 24 MESES, el puntaje se irá restando hasta un MÁXIMO de 10 PUNTOS
Resolución de empates.
Cuando dos o más oferentes obtengan idéntico puntaje máximo final, se aplicará, en forma sucesiva las siguientes reglas de desempate:
1. Quien haya obtenido el mayor puntaje en el criterio de “Evaluación Económica”.
2. Quien haya obtenido el mayor puntaje en el criterio de “Experiencia del proveedor”.
3. Quien haya obtenido el mayor puntaje en el criterio de “Programa de integridad”.
4. Quien haya obtenido el mayor puntaje en el criterio de “Cumplimiento de requisitos formales”.
Si aun así subsiste la situación de empate se adjudicará la oferta que haya sido ingresada primero según comprobante de ingreso de oferta emitido por la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas en el portal www.mercadopublico.cl
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IV.- ADJUDICACIÓN |
ADJUDICACIÓN
19.1 ADJUDICACIÓN
Para la presente licitación se seleccionará la oferta más ventajosa, teniendo en cuenta los puntajes obtenidos en cada criterio de evaluación y sus respectivas ponderaciones.. La adjudicación será por el monto total ofertado.
La presente licitación deberá ser adjudicada a un solo oferente por el servicio completo requerido. En ningún caso se podrá adjudicar el servicio licitado a dos o más oferentes.
La Corporación, resolverá el proceso licitatorio en el plazo señalado para tales efectos en el cronograma contenido en el artículo 5º de estas Bases, mediante la emisión del acto administrativo. Con todo, si la adjudicación no se efectúa dentro del plazo señalado, informará en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.
Para tales efectos, la Corporación, informará los motivos de la ampliación y modificará las fechas en el sistema de información sitio www.mercadopublico.cl.
La CORPORACIÓN, rechazará, en forma fundada, y declarará inadmisibles aquellas propuestas que no cumplan con los requisitos mínimos exigidos en las presentes Bases. Las propuestas rechazadas lo serán en forma permanente y definitiva.
El acto de adjudicación es la aceptación oficial por parte de la CORPORACIÓN de una propuesta presentada por un oferente que no genera al adjudicatario derecho adquirido alguno respecto de la adjudicación y que solo pasa a tener fuerza jurídica una vez perfeccionado el vínculo contractual, esto es, cuando ha sido emitida y aceptada la orden de compra o bien cuando se encuentra totalmente tramitado el acto administrativo aprobatorio del respectivo contrato, según sea el caso.
Los participantes serán notificados de la adjudicación en conformidad a lo dispuesto en el artículo 6º de las presentes Bases.
19.2 REVOCACIÓN
Se revocará la licitación en el caso de que existan errores insubsanables generados al momento de la creación del proceso licitatorio en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública y que impiden adjudicar conforme a lo previsto en las Base, o cuando no pueda continuar con el procedimiento administrativo que conduce a la adjudicación.
19.3 DESERCIÓN
Se declarará desierto el procedimiento licitatorio en los siguientes casos:
1. Si no se presentan ofertas.
2. Si todas las ofertas son inadmisibles en conformidad a lo requerido en estas Bases.
3. Si el servicio ofertado no es conveniente para los intereses de la CORPORACIÓN:
• Por no cumplir con las características técnicas requeridas;
• En razón de que los precios ofertados no son favorables en relación con el presupuesto disponible para la licitación.
• Por otras razones que deberán ser debidamente justificadas y fundamentadas por la Comisión Evaluadora.
Para los efectos previstos en el párrafo cuarto del artículo 41° del Reglamento de la ley N°19.886, en caso de producirse consultas relacionadas con la resolución del proceso licitatorio, esto es, respecto de la adjudicación o declaración de licitación desierta, los oferentes podrán, dentro del plazo de 3 días hábiles contado desde la publicación de la respectiva resolución, formular sus consultas a través del Sistema de Información.
ARTÍCULO N° 20 READJUDICACIÓN
Se entenderá ipso facto que el adjudicatario no acepta la adjudicación en los siguientes casos, los cuales serán aplicables según lo establecido en las presentes Bases:
i. Si el adjudicatario no entrega la garantía de fiel cumplimiento y el seguro de responsabilidad civil conforme con lo exigido en el artículo 22° de estas Bases. Lo anterior en los casos que corresponda entregarlas según lo establecido en ese mismo artículo;
ii. Si el adjudicatario no suscribe el contrato conforme con lo exigido en el artículo 23° en los casos en que conforme a las Bases corresponda su suscripción;
iii. Si el adjudicatario no cumple con alguno de los requisitos establecidos en los artículos 15° y 21º.
En tales casos la Corporación podrá evaluar la conveniencia y/o necesidad de persistir en la adjudicación readjudicando al oferente que ocupe el segundo o el tercer lugar en el ranking de evaluación, esto último solo si el segundo se desiste de la readjudicación o bien dejarla sin efecto o declararla desierta, según corresponda. Todo lo anterior según sean las circunstancias concurrentes conforme a las cuales han tenido lugar alguna de las situaciones descritas. Para tales efectos la Comisión Evaluadora emitirá el informe respectivo con las recomendaciones que estime convenientes y sean procedentes. Conforme al y ponderación de dicho informe se dictará la correspondiente resolución fundada de la CORPORACIÓN.
El nuevo adjudicatario deberá cumplir con los requisitos establecidos en estas Bases dentro de los mismos plazos y en la forma y condiciones.
La confirmación definitiva de la readjudicación se llevará a cabo por el Sistema de Información del portal www.mercadopublico.cl
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V.- CONTRATO |
ARTÍCULO N° 21 CONTRATACIÓN
Resuelta la adjudicación de la licitación, y al momento de la contratación, el adjudicatario deberá cumplir con los siguientes requisitos:
a) Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores. El Proveedor adjudicado tendrá 15 días hábiles contados desde la fecha de publicación de la resolución de adjudicación en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública de la Administración a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, sitio www.mercadopublico.cl, para habilitarse en el registro indicado. En el caso de la Unión Temporal de Proveedores cada proveedor de dicha unión deberá encontrarse hábil en el Registro de Proveedores.
b) Entregar una garantía para asegurar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones contraídas en la forma y condiciones establecidas en estas Bases, si así fuera exigible.
c) Entregar todos los documentos que solicite la CORPORACIÓN o quien esté a cargo para la elaboración del contrato, atingentes a la naturaleza de la contratación y el proceso.
d) En el caso de la Unión Temporal de Proveedores, ésta deberá acreditar que el acuerdo consta por escritura pública o privada si se trata de una adquisición inferior a 1.000 UTM o escritura pública si se trata de una adquisición superior a 1.000 UTM
e) Documento vigente emitido por la Dirección del Trabajo, que acredite fehacientemente que el adjudicado no registra reclamos ni denuncias por incumplimiento de obligaciones laborales ni previsionales pendientes.
f) Cumplir con las exigencias contenidas en el Reglamento Especial Para Empresas Contratistas y Subcontratistas, en su Título II, Sistema de Gestión de Salud y Seguridad en el Trabajo, en caso de corresponder.
La documentación requerida en las letras c) y d) de este artículo deberá ser entregada por el adjudicatario dentro de los 5 días hábiles siguientes a la adjudicación o de la solicitud de documentación.
Sin perjuicio de la declaración jurada señalada en la letra b), al momento de la contratación la CORPORACIÓN verificará si el proveedor se encuentra afectado por alguna inhabilidad prevista en los artículos 8º y 10º de la ley sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas, aprobada por el artículo 1º de la ley 20.393. Lo anterior de conformidad con el listado de proveedores inhabilitados para contratar publicado por la Dirección de Compras y Contratación Pública en su sitio www.mercadopublico.cl.
ARTÍCULO N° 22 GARANTÍAS REQUERIDAS
1. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
El proveedor adjudicado deberá garantizar el fiel y cabal cumplimiento de las obligaciones que impone el contrato mediante una caución o garantía. Se aceptará cualquier instrumento de caución que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con los siguientes requisitos:
Beneficiario Corp. De Desarrollo Social de Providencia, R.U.T. N.º 69.070.301-7.
Pagadera A la vista.
Tipo Irrevocable, sin ningún condicionamiento, debiendo también permitir su ejecución para el cobro de las eventuales multas.
Vigencia mínima La vigencia de la garantía deberá exceder a lo menos en 120 días corridos desde el plazo estipulado para el término del contrato.
Expresada en Pesos chilenos o instrumentos nacionales (como UF o UTM).
Monto mínimo El 5% del monto total adjudicado
Glosa Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de la ejecución del “SERVICIO DE MANTENCIÓN Y REPARACIÓN DE INSTALACIONES Y ARTEFACTOS A GAS”, ID 552975-XX-LE24 y, para garantizar el fiel cumplimiento de las obligaciones sociales y laborales con los trabajadores de los contratantes”.
(Se deberá indicar el ID de la licitación, por ello donde se señala XX, el oferente deberá reemplazarlo por el número correspondiente).
Si el documento a presentar no permite, por su naturaleza, señalar la glosa en su texto, esta deberá venir escrita al reverso o en acta adjunta adherida al documento.
Otros requisitos En el caso de las pólizas de seguros, certificados de garantía recíproca u otros instrumentos de garantía de similar naturaleza, no podrán contener cláusula de arbitraje.
Forma y oportunidad de su restitución Una vez que el Proveedor haya dado total, íntegro y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones por él contraídas en el respectivo contrato y se haya verificado el plazo de vigencia de la garantía. Previamente a la restitución de la garantía se requerirá la verificación de lo anterior y para lo cual la Contraparte Técnica de la CORPORACIÓN emitirá dicha validación, para tales efectos, que las obligaciones del Proveedor revisten el carácter de indivisibles y; una vez presentada garantía por correcta ejecución.
La garantía de fiel cumplimiento del contrato en el caso de ser un documento físico deberá ser entregada en el Departamento de Tesorería de la Corporación de Desarrollo Social de Providencia, ubicada en Av. Pedro de Valdivia 963, comuna de Providencia, Santiago. Se previene que los días y horas de atención de dicha oficina para los efectos de recepción de la garantía son de días hábiles de lunes a viernes entre las 9:00 y 14:00 horas en la Unidad de Tesorería; en el caso de corresponder a un documento digital deberá ser remitido a ctorres@cdsprovidencia.cl, con copia a tesoreria@cdsprovidencia.cl.
La garantía deberá ser entregada por el adjudicatario dentro de los 10 días hábiles siguientes a la adjudicación. En caso de que la garantía adolezca de algún error u omisión, la entrega podrá extenderse por 3 días hábiles.
La falta de entrega de esta garantía será causal para dejar sin efecto la adjudicación y proceder a la readjudicación o declaración de desierta, según el caso.
En el evento de que el Proveedor no cumpla con las obligaciones y/o los plazos que establecen las presentes Bases, la Propuesta correspondiente y/o el contrato, y en particular en los casos contemplados en los artículos 26°, 27° y 28° de estas Bases, la CORPORCIÓN queda autorizado desde ya para proceder a hacer efectiva la garantía, sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna y sin perjuicio de las demás acciones legales que pudieren corresponderle a la Corporación.
ARTÍCULO N° 23 SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
Se deberá celebrar el respectivo contrato dentro del plazo señalado en este artículo, el cual contendrá las cláusulas necesarias para el resguardo de los intereses de la CORPORACIÓN y será suscrito por éste y la persona natural adjudicada o el representante legal de la entidad adjudicataria, según corresponda, debiendo ésta informar el nombre del o los representantes legales que comparecerán a la suscripción del contrato. Para todos los efectos del contrato, la Corporación fijará su domicilio en la comuna de Providencia de la ciudad de Santiago.
De esta manera, la Corporación, previa verificación en dicho Sistema del efectivo cumplimiento del requisito previsto en la letra a) del artículo 21º de estas Bases, enviará el documento de contrato respectivo al Proveedor adjudicado vía correo electrónico a la dirección de correo informado por éste en su oferta.
En este sentido, el oferente adjudicado estará obligado a firmar el contrato, ya sea con firma electrónica (En el caso de que el adjudicatario cuente con esta opción) o de manera presencial en las dependencias de la Corporación, ubicada en Av. Pedro de Valdivia N°963, comuna de Providencia, Santiago. En el caso de contar con firma electrónica, el proveedor deberá remitir el contrato vía correo electrónico.
En ambos casos, el proveedor dispondrá de un plazo máximo de 7 días hábiles para efectuar la entrega del contrato debidamente suscrito (mediante correo electrónico o presencial, según corresponda), contados desde la fecha de envío del correo electrónico con el documento contrato por parte de la Corporación al proveedor.
Cabe destacar que para que la Corporación pueda remitir el contrato, el proveedor deberá entregar las garantías exigidas, ya que, en su defecto, éste no podrá ser enviado ni firmado hasta contar con la recepción de las garantías, si aplica, por parte de la Corporación.
Una vez firmado el contrato por las partes, éste y su resolución aprobatoria serán publicados en el Sistema de Información. Todos los costos, gastos e impuestos que irrogue la formalización del contrato, serán de cargo del adjudicatario.
ARTÍCULO N° 24 MODALIDAD DEL CONTRATO Y PAGOS
El contrato a que dará origen la presente licitación será un contrato de prestación de servicios, en el cual el Proveedor se obliga a cumplir las prestaciones continuas o periódicas de provisión de los servicios indicados en las presentes bases, en el tiempo, precio y calidad acordado, hasta por el monto máximo adjudicado y según lo indicado por el proveedor en el Anexo N°2 Oferta Económica, de las presentes Bases.
Para las mantenciones preventivas se emitirá una OC de manera anual y para las Reparaciones se emitirán las OC según la necesidad de la Corporación.
El precio se pagará conforme a lo establecido en las Bases Económicas y acorde a lo ofertado por el proveedor en el Anexo N°2 y los servicios prestados.
ARTÍCULO N° 25 VIGENCIA DEL CONTRATO E INICIO DE LOS SERVICIOS
El contrato comenzará a regir a contar de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe, por una duración de 24 meses o hasta el agotamiento de los recursos adjudicados, dependiendo de cuál de estas circunstancias se ocurra primero. El inicio de la prestación del servicio será previa coordinación con la unidad técnica.
Sin perjuicio de lo anterior, y por razones de buen servicio, se podrá emitir, excepcionalmente, y en los casos que proceda la suscripción de contrato, la orden de compra antes de la completa tramitación de la Resolución que aprueba el Contrato.
Sin embargo, queda expresamente establecido que no se podrá realizar pago alguno sin la total tramitación del referido acto administrativo y la respectiva recepción conforme de los servicios.
El oferente adjudicado se entenderá notificado de lo anterior en conformidad con lo dispuesto en el artículo 6º de estas Bases. En caso de no poder realizarse la publicación del acto aprobatorio del contrato en el Sistema de Información, la CORPORACIÓN deberá remitir al oferente adjudicado copia de aquel mediante carta certificada dirigida al adjudicatario, entendiéndose en tal caso notificado el oferente al tercer día hábil siguiente a la recepción de dicha carta en la oficina de correos que corresponda.
25.1 RENOVACIÓN
Esta contratación no tiene posibilidad de renovación.
ARTÍCULO N° 26 CESIÓN DE CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN
Durante la ejecución del contrato, y previa autorización de la Corporación, el Proveedor podrá efectuar las subcontrataciones que sean necesarias para el cumplimiento del suministro contratado. No obstante, la subcontratación deberá ser parcial, conforme con lo dispuesto en el artículo 76 del Decreto Nº250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. La Corporación tendrá la facultad de requerir información de acerca de los servicios subcontratados.
El personal que contrate el Proveedor, con motivo de la ejecución del suministro materia de la presente licitación no tendrá, en caso alguno, relación laboral, ni vínculo de subordinación y/o dependencia con la Corporación, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo, sino que exclusivamente con el Proveedor. En todo caso, cualquiera sea el tipo de subcontrato, el Proveedor seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato suscrito con la Corporación.
Sin perjuicio de lo anterior, y cada vez que la Corporación así lo requiera, el Proveedor estará obligado a informar respecto del estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a este último les corresponda respecto a sus trabajadores, como asimismo de igual tipo de obligaciones que tengan los subcontratistas con sus trabajadores. El monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales deberá ser acreditado mediante certificados emitidos por la respectiva Inspección del Trabajo, o bien por aquellos medios idóneos reglamentados por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento.
El incumplimiento reiterado del Proveedor a sus obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores, en los términos previstos en el artículo 26 de las Bases, será estimado como incumplimiento grave y facultará a la CORPORACIÓN para poner término anticipado al contrato en conformidad con lo dispuesto en el artículo 28° de estas Bases y realizar el cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato pertinente. Lo anterior sin perjuicio de lo establecido en la ley Nº20.123.
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VI.- MULTAS |
CONDICIONES DE MULTA
La Corporación se reserva el derecho, previo informe de la Unidad Técnica de aplicar sanciones al adjudicatario en el caso que éste haya incumplido cualquiera de las obligaciones establecidas en el contrato o que le impone la Ley.
El monto de las sanciones será determinado por la Corporación, de acuerdo con la magnitud de la infracción pudiendo llegar hasta un 20% del total del contrato. En tal caso, la Corporación podrá poner término anticipado del contrato en virtud de lo indicado en el artículo 28° de estas Bases de Licitación, pudiendo hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 22º de estas Bases.
Estas multas se fijarán en UTM. El valor de la UTM será establecido de acuerdo al mes en que se haya incurrido la infracción correspondiente.
Estas multas se fijarán en base a un porcentaje de la orden de compra correspondiente a los trabajos solicitados, de acuerdo a la siguiente tabla:
A. Multas conforma los requerimientos técnicos exigidos en bases:
Causa de Multa Monto y aplicación
No cumplimiento de plazos 1 UTM, por día de retraso en la ejecución de los trabajos, de acuerdo a lo indicado en las presentes bases de licitación y en el plazo aprobado por UT para cada uno de los trabajos.
1 UTM, por día de retraso en la atención de emergencias, de acuerdo a lo indicado en las bases técnicas de licitación. En el caso que el proveedor presente un atraso superior a 10 días hábiles, facultará a la UT a solicitar término anticipado del contrato; o en el caso en que presente atrasos en más de 5 coordinaciones.
No cumplimiento de medidas de seguridad 1 UTM, por vez que se detecte un incumplimiento en las medidas de seguridad del personal que ejecuta el servicio.
No cumplimiento de las normativas actuales (En el caso de que existiese alguna modificación, ésta debe ejecutarse conforme a la norma y quedar con sus respectivas certificaciones) 1 UTM, por vez que se detecte un incumplimiento en las normas correspondientes.
Atraso en la entrega de cotizaciones 1 UTM por día de atraso en la entrega de las cotizaciones solicitadas de acuerdo a lo indicado en bases técnicas de licitación.
Daños de bienes muebles e inmuebles y/o accidentes. 1 UTM por evento acreditado mediante informe emitido por la UT, por daños a bienes muebles, inmuebles y/o accidentes que le pudiesen ocurrir al personal de la Corporación y/o a terceros, generados a causa comprobable del proveedor adjudicado.
Sin perjuicio de lo anterior, y en caso de que el proveedor no cumpla a cabalidad con el servicio requerido y con todo lo ofertado y, que no se encuentre mencionado en cuadro anterior, se aplicará una multa de 1 UTM.
• Procedimiento de aplicación de multa
Cuando se verifiquen hechos que, de acuerdo a lo establecido en esta las presentes bases de licitación sean constitutivos de multa, la contraparte técnica notificará esta circunstancia al proveedor, remitiendo copia de la resolución de la Secretaría General que comunica el inicio del procedimiento administrativo de aplicación de multa, la que deberá indicar en forma precisa los hechos que se imputan. El proveedor dispondrá de un plazo de cinco días hábiles, contados desde la fecha de su notificación, para efectuar los descargos que estime pertinentes, adjuntando los antecedentes que sustenten sus alegaciones, por escrito y entregado en (Avenida Pedro de Valdivia N°963) o mediante correo electrónico dirigido a la casilla adquisiciones@cdsprovidencia.cl, con copia al correo desde donde se envió la resolución antes mencionada.
Una vez realizados los descargos por parte del proveedor, o en su defecto, una vez transcurrido el plazo de cinco días hábiles sin que el contratista haya formulado descargos, la contraparte técnica informará esta situación al Departamento de Compras Públicas solicitando la aplicación de la multa, en caso de que ello sea procedente. La multa será aplicada mediante resolución fundada, emitida por la Secretaría General, la que será notificada al proveedor mediante carta certificada dirigida al domicilio señalado en el contrato u orden de compra y a través de correo electrónico. La notificación que se efectúe mediante carta certificada se entenderá practicada a contar del tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de correos correspondiente.
El proveedor podrá interponer recurso de reposición en contra de la resolución que le aplique la multa, dentro del plazo de cinco días hábiles contados desde la fecha de su notificación, por escrito y entregado en Avenida Pedro de Valdivia N°963, comuna de Providencia, o mediante correo electrónico dirigido a la casilla adquisiciones@cdsprovidencia.cl, con copia al correo desde donde se envió la resolución antes mencionada.
La Corporación de Desarrollo Social de Providencia, resolverá la reposición presentada, acogiendo total o parcialmente los fundamentos dados por el proveedor, o bien, la rechazará confirmando la multa aplicada, sin perjuicio de los demás recursos que contempla la ley N° 19.880, que sean procedentes.
• Pago de las Multas
El proveedor podrá pagar las multas directamente mediante transferencia electrónica a la cuenta corriente de la Corporación (“CDS”) conforme a lo dictado en el acto administrativo señalado en el párrafo anterior, según el valor de la respectiva multa, debiendo dejarse constancia de ello en el respectivo expediente administrativo, en el plazo de 10 días hábiles. Lo anterior es sin perjuicio de la facultad de la CDS de hacer efectivo el cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento (si es que existe dicha caución) para el pago de la multa adeudada. En caso de hacerse efectivo su cobro, el proveedor deberá entregar una nueva garantía, de igual monto y características, dentro de los 10 días siguientes al cobro de la anterior, en caso de ser física deberá ser entregada en el Departamento de Tesorería de la Corporación de Desarrollo Social de Providencia, ubicada en Avenida Pedro de Valdivia N°963, Providencia, Santiago; en el caso de ser digital, esta deberá ser enviada al correo tesoreria@cdsprovidencia.cl con copia ctorres@cdsprovidencia.cl.
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VII. DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
Mediante Resolución fundada la CORPORACIÓN podrá poner término anticipado al contrato en cualquiera de las situaciones que se señalan a continuación:
a) Si el PROVEEDOR se encontrase en el Procedimiento Concursal de Liquidación en los términos establecidos en la ley N°20.720 o le son protestados documentos comerciales que se mantuvieren impagos por más de sesenta días o no fueren debidamente aclarados dentro de dicho plazo.
b) Si el Proveedor se encuentra en estado de notoria insolvencia, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
c) En caso de término de giro, liquidación o disolución de la entidad proveedora. En tales eventos la entidad proveedora tendrá la obligación de comunicar cualquiera de tales hechos a la CORPORACIÓN, dentro del plazo de 10 días contados desde el suceso respectivo.
d) Si los servicios, materia de esta licitación, no cumplen con las características exigidas en las Bases u ofertadas por el proveedor adjudicado.
e) Si se verificare cualquier otro incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor. Se estimarán como tales: si el Proveedor supera el valor máximo de multas establecido en el artículo 27° de estas Bases; incumplimiento que impida o dificulte notoriamente la correcta y oportuna ejecución del servicio contratado; en todos los casos previstos en el artículo 27° de estas Bases en que la aplicación de multas o incumplimiento conlleva el término anticipado del contrato; y en todos los casos en que conforme a lo previsto en las presentes Bases el incumplimiento acarrea el término anticipado del contrato.
f) La no renovación de la garantía en los casos previstos en las presentes Bases.
g) El incumplimiento reiterado o sostenido del Proveedor a sus obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores. Se entenderá que hay incumplimiento reiterado si el Proveedor no ha dado cumplimiento íntegro y oportuno a sus obligaciones laborales y previsionales en dos o más períodos de cotizaciones, y sostenido si la situación de incumplimiento se mantiene durante dos o más meses de manera continua. Lo anterior sin perjuicio del derecho de retención previsto en la ley Nº20.123.
h) Si los productos/ o servicios licitados son objeto de convenio marco con el mismo contratante con posterioridad a la celebración del contrato y los precios en Convenio Marco son inferiores a los adjudicados en la presente licitación, a menos que el proveedor o contratante iguale el precio.
i) Por caso fortuito o fuerza mayor.
j) Si así lo exigiera el interés público o la seguridad nacional.
k) Si las partes de común acuerdo convienen en dar término anticipado al contrato.
l) Si se detecta, que el personal técnico que preste el servicio no cuenta con la licencia de Instalador de Gas vigente, emitido y autorizado por la Superintendencia de Electricidad y Combustible (SEC).
Si el proveedor incurre en alguna de las causales de término anticipado imputables a este, el Administrador de Contrato de la Corporación, comunicará al proveedor que se está frente a una causal de término anticipado, de manera fundada y por correo electrónico, dándole al proveedor un plazo de 5 (cinco) días hábiles para pronunciarse, la notificación de termino anticipado, se entenderá realizada una vez transcurridos 24 horas corridas desde el envío del correo electrónico.
En el caso de que el proveedor presente respuesta contraviniendo los hechos y/o la cláusula que se considera vulnerada, deberá hacerlo por correo electrónico, el que deberá ser dirigido a la Unidad de Licitaciones. En tal caso, el Administrador de Contrato podrá acogerlos o rechazarlos.
El acto administrativo que ponga término anticipado al contrato celebrando se notificara de acuerdo a las reglas establecidas en la Ley N°19.880. En caso de que la forma de notificación requiera del domicilio del adjudicatario, se considerara el que haya señalado al celebrar el contrato.
Puesto término anticipado al contrato por cualquiera de las causas señaladas, con excepción de las indicadas en las letras h), i), j, y k), en el evento de haberse entregado garantía de fiel cumplimiento atendido el monto de la contratación, la CORPORACIÓN podrá cobrarla y hacerla efectiva sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna de acuerdo al procedimiento que corresponda según su naturaleza. Sin perjuicio de lo anterior, la CORPORACIÓN ejercerá todas las acciones legales que le pudieren corresponder en contra del Proveedor por su incumplimiento.
En el caso de la resciliación, la propuesta de terminar el contrato por mutuo acuerdo se realizara por correo electrónico, que emanara del Administrador de Contrato de la Corporación, con la aquiescencia del Secretario General, de la Corporación, decisión que en todo caso se materializara mediante la expedición del pertinente acto administrativo, con todo, la propuesta de realizar el término anticipado por esta vía, incluirá a su vez una propuesta de liquidación del contrato, a fin de que el acto administrativo que apruebe el termino anticipado, a su vez, por economía procesal administrativa, aprueba la liquidación respectiva.
Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que la Corporación pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios, el incumplimiento, comprende también, el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del proveedor.
Ejecutoriado el acto administrativo que dispuso el termino anticipado del contrato, se continuará con el procedimiento de liquidación respectivo, señaladas en el artículo N°29 de las presentes bases de licitación
ARTÍCULO N° 29 LIQUIDACIÓN Y FINIQUITO CONTRACTUAL
La liquidación es el documento generado por la Corporación, en el que se determina el estado de cumplimiento de las obligaciones del contrato al finalizar el mismo, y por tanto se consignan todos los pagos cursados (sea uno o varios pagos), las garantías existentes en poder de la Corporación, los cobros de multas y la forma de haberse pagado dichas multas por parte del proveedor. Este documento deberá ser confeccionada y tramitado por la Supervisor del Contrato, dentro del plazo de 30 días corridos, contados desde el término anticipado del contrato o termino natural del mismo. El cual se notificará por correo electrónico, por parte del Supervisor de contrato, y su aprobación se hará mediante resolución emitida por la Corporación, sin perjuicio de que el proveedor pueda hacer valer, por su parte, los recursos que le otorgue el ordenamiento jurídico.
El proveedor podrá realizar observaciones al documento de liquidación dentro del plazo de 5 (cinco) días hábiles desde que es notificado de esta (entiéndase notificado a las 24 horas corridas desde el envío del correo electrónico). Las observaciones podrán ser ingresadas por correo electrónico, las cuales podrán ser o no acogidas por la Corporación mediante el Supervisor de Contrato.
Una vez firmada la liquidación y el finiquito contractual, y al determinarse que la o las causales de termino anticipado son imputables al proveedor, la Corporación podrá solicitar el cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato.
ARTÍCULO N° 30 SUSPENSIÓN DEL CONTRATO
Por la naturaleza del contrato este no puede ser suspendido en ninguna circunstancia.
ARTÍCULO N° 31 MODIFICACIONES A LA CONTRATACIÓN: AUMENTOS, DISMINUCIONES DE LA ADQUISICIÓN Y SERVICIOS EXTRAORDINARIOS
Los aumentos y disminuciones de la adquisición serán propuestos a través de informe técnico por parte del Supervisor del Contrato y no podrán superar o disminuir en un 30% del valor total de la contratación, manteniéndose los valores adjudicados al proveedor, según el respectivo Anexo Económico. Para que sea autorizado, se requerirá la aprobación de la Secretaria General o de quien ésta haya delegado dicha facultad, mediante la correspondiente resolución. Asimismo, se deberá contar con el certificado de disponibilidad presupuestaria.
En caso de que la modificación implique un aumento de plazo y/o monto de la contratación, el proveedor deberá entregar una nueva garantía de fiel cumplimiento, en los mismos términos dispuestos en el artículo 22 de las presentes bases de licitación.
La ejecución de dichos aumentos o disminuciones de los servicios contratados no podrán realizarse sin previa notificación al proveedor de la respectiva resolución que lo disponga.
BASES ECONÓMICAS
ARTÍCULO N° 32 PRESUPUESTO Y OFERTA ECONÓMICA
El presupuesto referencial para la presente licitación asciende a la suma total de $39.500.000.- (Treinta y nueve millones, quinientos mil pesos) impuestos incluidos, distribuidos de la siguiente manera:
• $ 23.600.000 Mantenimiento Preventivo.
• $ 15.900.000 Reparaciones.
La propuesta económica por la contratación del “SERVICIO DE MANTENCIÓN Y REPARACIÓN DE INSTALACIONES Y ARTEFACTOS A GAS”, deberá ser expresada en pesos chilenos y deberá ser declarado debidamente en el Anexo N°2, cuyo valor será considerado para la evaluación deberá incluir cualquier otro costo asociado a otro rubro. Lo anterior será evaluado según lo estipulado en el artículo 18° de las presentes Bases de Licitación.
La oferta económica se ingresará a través del Sistema de Información por la contratación del “SERVICIO DE MANTENCIÓN Y REPARACIÓN DE INSTALACIONES Y ARTEFACTOS A GAS”, expresado en moneda nacional y según valores solicitados.
Reajustabilidad de los Precios
El valor unitario del servicio de mantención preventivo ofertado podrá ser reajustado transcurridos 12 meses desde el inicio de la prestación del servicio, según el acumulativo del IPC de dicho periodo (Índice de Precios al Consumidor), es decir, el pago con el reajuste incluido será desde el mes de pago que corresponda transcurridos los 12 meses anteriormente señalados, siempre y cuando el proveedor adjudicado así lo solicite al Administrador del contrato, de manera formal, mediante correo electrónico y éste sea autorizado.
En este sentido, si el proveedor solicita el reajuste, por ejemplo, en el mes 14, se realizará dicho reajuste respetando el acumulativo del IPC de los primeros 12 meses desde el inicio del servicio, sin pago retroactivo del mismo.
ARTÍCULO N° 33 CONDICIONES DE PAGO
Para las mantenciones preventivas se emitirá una orden de compra (OC) de manera anual y para las Reparaciones se emitirán las OC según la necesidad de la Corporación.
Se procederá a realizar el pago conforme a los servicios efectivamente prestados por el adjudicatario, por cada uno de los establecimientos, considerando lo siguiente:
1. Las facturas deberán ser enviadas por correo electrónico, según indique la unidad técnica, en un plazo máximo de 10 días corridos posterior a la realización del servicio y se deberán adjuntar:
• Certificado F30.
• Certificado F30-1, correspondiente al mes en que se ejecutó la prestación del servicio con un margen de tolerancia máximo de 2 meses anteriores, según la fecha de ejecución; según corresponda o sea solicitado.
• Copia de la guía del servicio prestado, firmada por el establecimiento (recepción conforme) en el cual se detallen los servicios realizados, cantidad y tipo de artefactos, observaciones, indicaciones, etc.
• Registro fotográfico del tipo antes/después.
2. El pago de los servicios se efectuará a 30 días corridos posterior a la recepción conforme de la documentación anteriormente detallada. La factura debe ser emitida a nombre de la Corporación de Desarrollo Social de providencia, R.U.T. Nº 69.070.301-7.
El proveedor, deberá facturar de manera independiente cada establecimiento, indicando claramente el nombre y dirección de la dependencia donde prestó el servicio.
De no presentar alguno de estos documentos, la factura será rechazada mediante SII (Servicio de Impuestos Internos), en el caso de que el documento no alcance a ser rechazado dentro de los 8 días corridos se solicitará nota de crédito.
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BASES TECNICAS |
SERVICIO REQUERIDO
La Corporación requiere el contratar el “SERVICIO DE MANTENCIÓN Y REPARACIÓN DE INSTALACIONES Y ARTEFACTOS A GAS”.
No de Línea Nombre del Servicio Cantidad Presupuesto referencial impuestos incluidos
1 “SERVICIO DE MANTENCIÓN Y REPARACIÓN DE INSTALACIONES Y ARTEFACTOS A GAS” 1 $39.500.000.- (Treinta y Nueve millones, quinientos mil pesos) impuestos incluidos, distribuidos de la siguiente manera:
• $ 23.600.000 Mantenimiento Preventivo.
• $ 15.900.000 Reparaciones.
Cabe señalar que las instalaciones de red de gas y artefactos para los cuales se están solicitando los mantenimientos, se encuentran totalmente operativos e instalados en los lugares correspondientes conforme a la normativa, es importante que al término de los trabajos ejecutados deben quedar en idéntica situación y si existiese alguna modificación, ésta debe ejecutarse conforme a la norma y quedar con sus respectivas certificaciones.
En los establecimientos educacionales, se consideran redes separadas para el funcionamiento de las cocinas JUNAEB, por lo que se debe revisar las instalaciones existentes y asegurar que estas instalaciones estén debidamente separadas.
Para toda regularización de las instalaciones de gas ante los organismos correspondientes, se deberán considerar las redes existentes en el establecimiento y las nuevas a ejecutar si fuese el caso.
A. DEPENDENCIAS
El servicio a contratar mediante la presente licitación considera el servicio en los siguientes centros y establecimientos administrados por la Corporación de Desarrollo Social de Providencia, los cuales corresponden a:
N° NOMBRE DEL CENTRO DIRECCIÓN
1 TALLER DE MANTENCIÓN ROMÁN DIAZ N°1410
2 VACUNATORIO EL AGUILUCHO EL AGUILUCHO N°3515
3 CESFAM DR ALFONSO LENG MANUEL MONTT N°303
4 CESFAM DR HERNAN ALESSANDRI LOS JESUITAS N°857
5 CESFAM EL AGUILUCHO EL AGUILUCHO N°3292
6 FARMACIA COMUNITARIA SALVADOR N°1029
7 CENTRO DE ESPECIALIDADES ODONTOLOGICAS ELEODORO YAÑEZ N°1261
8 CECOSF MARIN MARIN N°520
9 SUCURSAL FARMACIA COMUNITARIA LOS LEONES N°1770
10 COLEGIO EL VERGEL LOS LEONES N°1758
11 ESCUELA BASICA PROVIDENCIA- LOCAL MATRIZ MANUEL MONTT N°485
12 ESCUELA BASICA PROVIDENCIA- ANEXO CAUPOLICÁN CAUPOLICÁN N°1161
13 LICEO JUAN PABLO DUARTE SANTA ISABEL N°0735
14 COLEGIO MERCEDES MARIN DEL SOLAR LOS LEONES N°262
15 LICEO ARTURO ALESSANDRI PALMA GENERAL BUSTAMANTE N°443
16 LICEO TAJAMAR LOS LEONES N°238
17 LICEO 7 DE PROVIDENCIA LUISA SAAVEDRA MONSEÑOS SOTERO SANZ N°60
18 LICEO CARMELA CARVAJAL DE PRAT ITALIA N°980
19 LICEO JOSE VICTORINO LASTARRIA MIGUEL CLARO N°32
20 ESCUELA ABELARDO ITURRIAGA VALENZUELA CASTILLO N°1793
21 JARDÍN INFANTIL EL AGUILUCHO HOLANDA N°2027
La cantidad y tipo de artefactos (referencial) en cada uno de los centros indicados en la tabla anterior, se detallan a continuación:
LICEO ALESSANDRI LICEO TAJAMAR LICEO 7 LICEO CARMELA CARVAJAL LICEO LASTARRIA COLEGIO EL VERGEL COLEGIO PROVIDENCIA COLEGIO PROVIDENCIA SEDE LICEO JUAN PABLO DUARTE ESCUELA ABELARDO COLEGIO MERCEDES MARIN JARDÍN INFANTIL EL AGUILUCHO CESFAM ALESSANDRI CECOSF MARIN CESFAM EL AGUILUCHO CESFAM LENG CEO FARMACIA COMUNITARIA SUCURSAL FARMACFIA VACUNATORIO EL AGUILUCHO ROMÁN DIAZ TOTAL POR EQUIPO
ANAFE 2P 4 4 3 2 0 1 3 2 4 1 1 25
ANAFE 6P 2 2
FREIDORA 1 1
CALEFONT TIRO NATURAL 15 5 3 3 5 5 6 2 5 1 1 3 2 1 2 1 1 1 62
COCINA INDUSTRIAL C/HORNO 2 1 1 1 5
COCINA INDUSTRIAL 6 1 1 8
COCINA CONVENCIONAL 1 1 1 1 1 1 1 1 1 9
HORNO INDUSTRIAL 2 2 1 2 1 2 1 11
BAÑO MARÍA 2 1 1 0 1 1 1 7
MECHERO LABORATORIO 15 10 5 13 5 2 50
ESTUFA MURAL 3 3
ESTUFA MÓVIL 3 5 9 12 5 5 4 1 4 3 16 2 3 72
TERMO 3 3
CALDERA MURAL 1
CALDERA DE PIE >70KW 1 1 2
TOTAL POR ESTABLECIMIENTO 36 13 28 30 26 12 30 8 18 6 8 5 19 2 1 5 2 2 4 4 2 261
B. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO
La ejecución del servicio considera las siguientes etapas:
• Mantenciones preventivas
• Reparaciones
• Atención de emergencias
C. MANTENCIÓN PREVENTIVA ANUAL
Son aquellas mantenciones de carácter periódico y permanente (anual), con exclusión de las calderas, las cuales debe tener mantención semestral, cuya finalidad es anticiparse a un deterioro, producto del uso y agotamiento de la vida útil de los elementos que componen el producto. La mantención de la red y artefactos a gas contempla las adecuaciones normativas (DS N° 66 y cualquier otra normativa vigente respecto a las instalaciones de gas interior). Esta mantención asegura el correcto funcionamiento del artefacto y/o red de gas.
El proveedor adjudicado, deberá considerar a proceso de mantención preventiva anual, en todos los artefactos y red de gas, existentes en los centros y establecimientos.
Se le solicitará al proveedor adjudicado una propuesta de calendarización de las mantenciones a validar y autorizar por UT.
Esta mantención generará una guía de servicio, la cual se deberá adjuntar a la factura de cada centro/establecimiento.
Esta guía deberá contener como mínimo:
• Nombre y Dirección del establecimiento
• Fecha de realización
• Detalle de tipo y cantidad de artefactos a los cuales se les realiza el servicio de mantención preventiva
• Check list de cumplimiento de las acciones realizadas por cada artefacto
• Observaciones detectadas y propuesta de solución.
La eventual falta de estanqueidad de las redes de gas, o los artefactos conectados a ella, serán medidas con equipos electrónicos o elementos hidráulicos de precisión.
Para cada artefacto individualizado en carta oferta deberá considerar como mínimo, el estado de las instalaciones y sus artefactos se verificarán conforme al siguiente protocolo:
1. EVALUACIÓN DEL ARTEFACTO:
Como parte del proceso de mantención preventiva, se considera una inspección visual del artefacto, reportando cualquier incumplimiento de acuerdo a los siguientes requerimientos mínimos:
Artefacto sin funcionar: se deberá observar cuidadosamente el artefacto, para verificar la existencia de:
• Sello de certificación
• Piezas o componentes
• Piezas o componentes sueltos
Artefacto en funcionamiento: La observación del artefacto en funcionamiento deberá considerar los siguientes aspectos:
• Funcionamiento de los quemadores en régimen de mínima y máxima carga.
• Retroceso o desprendimiento de llama
• Accionamiento de sistemas de encendido automático.
• Accionamiento de sistemas de seguridad.
2. MANTENCIÓN Y REGULACIÓN DEL ARTEFACTO:
• Cambio de membrana
• Verificación del sistema de seguridad
• Limpieza de quemadores (principal y piloto)
• Verificación de presión de servicio
• Regulación de caudal
• Se excluye la reposición del artefacto, como así parte de piezas defectuosas no indicadas anteriormente, tales como: quemadores, inyectores, válvulas, reguladores, grifos, sensores u otros sistemas electrónicos y/o intercambiadores de calor.
3. CALEFONT, CALDERA, TERMOS Y ESTUFAS
• La mantención de estos artefactos incluirá la limpieza, lubricación, regulación del artefacto y chequeo del sistema de conexión a la red de gas. La limpieza considerará el retiro de polvo, material calcáreo, hollín etc.
• La lubricación comprenderá las piezas que lo requieran.
• La regulación se realizará con un equipo electrónico (Analizador de combustión).
• La mantención no incluirá el cambio de partes o piezas, renovación de pinturas del manto quemadas, gastadas o abolladas, perillas de control, sensores electrónicos, regulador de gas y/o sistema de evacuación de gases, etc.
• Los artefactos que presenten piezas defectuosas deberán considerar a costo de la corporación la reposición de ellas: ej. Quemadores, perillas de control, etc, previa solicitud de cotización al proveedor adjudicado, el cual deberá ser acorde a los precios de mercado, valor verificado por la Unidad Técnica.
En la eventualidad que el artefacto no cumpla con los estándares exigidos por normativa, dada su antigüedad y/o mala mantención, la Corporación deberá considerar su reemplazo o desconexión, previa asesoría técnica del proveedor adjudicado. Ante este evento será la Corporación quien realice el reemplazo o desconexión, no el proveedor adjudicado.
Las regulaciones considerarán la calibración de la emisión de gases a través de la manipulación de las presiones de servicio, los que finalmente serán medidos con equipos electrónicos especializados.
Se debe considerar que las calderas deben tener un servicio de mantención semestral.
4. COCINA CONVENCIONAL (INCLUYE HORNO) Y COCINAS Y HORNOS INDUSTRIALES:
La mantención y regulación de los artefactos cocina y horno considerarán la intervención de aquellas partes y piezas que guardan directa relación con su funcionamiento, entendiéndose como tales, inyectores, quemadores, reguladores, conexiones, etc. Razón por la cual el servicio no incluye la limpieza y retiro de residuo como grasas, restos de comidas, etc.
En la eventualidad que el artefacto no cumpla con los estándares exigidos por la normativa, dada su antigüedad y/o mala mantención, la corporación deberá necesariamente considerar su reemplazo o desconexión.
5. ANAFE 2P Y 6P
Deberá considerar también, la revisión y limpieza de extractor de humo; engrasar las llaves de gas de los quemadores; verificación del estado de las piezas internas.
6. ESTANQUEDAD DE LAS REDES DE AGUAS:
En atención a que periódicamente las redes de gas son afectadas por remodelaciones de las instalaciones, movimientos telúricos, manipulación por personal no calificado, etc. Se verificará periódicamente la estanqueidad de ellas, cuyas mediciones serán apoyadas por instrumentos electrónicos para la detección de concentración de gas. El resultado deberá ser certificado en el proceso.
D. REPARACIONES
Son aquellas obras y/o reparaciones que surgen tras la realización de una mantención preventiva y/o atención de emergencia. Apunta a solucionar problemas que impidan el correcto funcionamiento del artefacto y/o red de gas.
Son las acciones mínimas correctivas, las cuales son exigencias para que el artefacto y/o red de gas, funcionen de manera correcta y en cumplimiento normativo.
Para esto, el proveedor adjudicado deberá generar un informe detallando las mejoras a realizar y su costo, considerando precios de mercado, y remitir a la UT en un plazo máximo de 5 días hábiles desde la realización de la visita. UT será la encargada de autorizar o no la ejecución de estas acciones mediante correo electrónico y el envío de la Orden de compra correspondiente por el Departamento de Compras Públicas, a solicitud de la UT, quién definirá la ejecución de la misma.
Dentro de este ítem también se podrán incluir las reparaciones que sean necesarias ejecutar, previo al proceso de certificación y obtención de sello verde según disponibilidad presupuestaria y según autorización de UT.
E. ATENCIÓN DE EMERGENCIAS:
El proveedor adjudicado está obligado a atender emergencias durante todo el período de vigencia del contrato.
Son aquellas obras que tienen un carácter imprevisto, que requieren ser resueltas con rapidez, cuando por causa del agotamiento del material u otros factores externos, requieren de su reparación para su buen funcionamiento.
El proveedor adjudicado tendrá un plazo máximo de 24 hrs. contados desde la notificación (vía telefónica y/o correo electrónico), para asistir al establecimiento/centro donde se detectó la emergencia.
Cada una de estas emergencias deberá quedar registrado en “guía de servicio” u otro similar que se establezca para estos fines, y se deberá incluir en la “hoja de vida” del artefacto o red de la instalación correspondiente.
Estas visitas, que responde netamente a una solución de operatividad básica del artefacto y/o red de gas, como manejo de llaves de paso, perillas, quemadores, etc; o regulación, limpieza de artefactos, etc.; detección de posibles fugas de gas; es decir aquellas acciones que el proveedor adjudicado puede resolver fácilmente al asistir a terreno y/o prestar asistencia remota, dejando operativo el artefacto y/o la instalación.
También se incluirán aquellas visitas que, sin poder solucionar en el momento, debido a la falta de insumos, herramientas, materiales básicos, etc; requieran dejar el equipo sin funcionamiento, pero que respondan al funcionamiento básico del mismo; para lo cual se procederá a reprogramar la reparación en un plazo máximo de 2 días hábiles.
Este tipo de visitas está incluido dentro del contrato, es decir no generará ningún cobro específico, ya que involucran acciones ligadas directamente con el proceso de mantención preventiva del cual el proveedor es netamente responsable.
El proveedor contará con la infraestructura y recursos necesarios para cumplir lo señalado anteriormente, labor que desarrollará en el horario de lunes a viernes, de 08.00 a 18.00 hrs.; fuera de este horario, la visita tendrá un costo adicional, el cual corresponderá al indicado por el proveedor adjudicado en su oferta económica; esta visita deberá ser autorizada por UT mediante correo electrónico.
En los casos en que, tras realizar la visita a terreno, se requiera de una intervención mayor, no considerada como garantía del proceso de mantención preventiva, sino más bien como mantención correctiva o reparación, se requieran realizar trabajos mayores y/o cambio de artefacto, se dejará inutilizado el mismo y el proveedor deberá generar una cotización detallada junto con el informe pertinente, en un plazo máximo de 5 días hábiles y será la Corporación mediante la UT, quien determinará la factibilidad de ejecutar o no dicha reparación; formalizando mediante el envío de la Orden de Compra correspondiente por el Departamento de Compras Públicas, a solicitud de la UT.
F. EJECUCIÓN DEL SERVICIO
Importante señalar que para el año 2024, este proceso de mantención anual, ya fue realizado por el proveedor anterior durante el primer semestre, por lo que durante el segundo semestre sólo se atenderán las emergencias incluidas dentro del contrato y las reparaciones que sean necesarias de ejecutar según lo indicado en las presentes bases de licitación.
G. JORNADA LABORAL
Toda mantención preventiva, correctiva, emergencia, etc. deberá ejecutarse dentro del horario laboral de funcionamiento del establecimiento/centro, siempre y cuando ésta haya sido programada con una anterioridad mínima de 2 días hábiles, para lo cual el proveedor adjudicado enviará dicha programación mediante correo electrónico a la UT, quien finalmente lo autorizará o reprogramará según disposición del establecimiento/centro.
En los casos en que, por la naturaleza de los trabajos, éstos deban ser ejecutados fuera del horario laboral, el proveedor deberá contar con dicha disponibilidad, y se coordinará en conjunto con la UT; sin que esto implique un cobro adicional para la corporación.
H. MATERIALES
El proveedor adjudicado deberá proveer de todo material, herramienta y/o equipo, que sea necesario para la ejecución de las mantenciones (preventivas y/o emergencias), que fuesen necesarias para lograr la operatividad del servicio solicitado.
Los accesorios, tuberías, equipos y artefactos que se deben usar en la ejecución del servicio, deben contar con sus respectivos certificados de aprobación y autorizados por la SEC para su utilización en obra.
El diámetro de las cañerías de cobre a utilizar es dependiente de la necesidad del proyecto y los resultados de la memoria de cálculo (si corresponde).
Los accesorios denominados fittings (Codos, Coplas, TEE) deben ser de bronce y deberán tener inscrita la leyenda “GAS”
I. EQUIPAMIENTO DE SEGURIDAD
El proveedor adjudicado, deberá velar por el cumplimiento de las normativas atingentes en cuanto a la seguridad de sus trabajadores, en cuanto a la utilización de los EPP que sean necesarios.
Todo EPP, deberá ser entregado por el proveedor adjudicado.
Será responsabilidad del proveedor adjudicado, determinar todos los mecanismos necesarios para la prevención de accidentes y proveer todos los implementos de seguridad necesarios a sus trabajadores para la realización de los trabajos o servicios solicitados por la Corporación. En caso de no existir las condiciones mínimas de seguridad, deberá detener la ejecución de los servicios y tomar las medidas de prevención y seguridad necesarias.
J. RECEPCIÓN DE LOS SERVICIOS
Una vez terminada la ejecución física de cada una de las mantenciones, el proveedor adjudicado será el único responsable de realizar el proceso de recepción en cada establecimiento/centro, dejando constancia de aquello en la Guía de servicio, o el documento equivalente (autorizado por la UT), para este fin. Este documento deberá contar con la firma y nombre de la persona del establecimiento/centro que recibe el trabajo, quien verificará el correcto funcionamiento y el check list de las acciones realizadas en cada caso.
N. INFORME DE SITUACIÓN
Previo a la finalización (dentro del mes anterior a la finalización) del primer año y previo a la finalización total del contrato y como cierre del mismo, el proveedor adjudicado deberá entregar un informe detallado del estado y cantidad de artefactos y red de gas de las instalaciones por cada uno de los establecimientos y centros.
Realizará la entrega de la “Hoja de vida” de cada artefacto y red de instalación de gas, en la cual se detalle la totalidad de acciones realizadas durante la vigencia del contrato.
ARTÍCULO N° 35 RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR ADJUDICADO
1. PERSONAL
El proveedor adjudicado deberá contar con personal calificado, el cual deberá constar con licencia de Instalador de Gas vigente clase 2 o 3, de acuerdo con la complejidad de las instalaciones, emitido y autorizado por la Superintendencia de Electricidad y Combustible (SEC), deberá presentar e identificar los antecedentes de al menos, 2 profesionales, quienes deberán atender la totalidad de las obras de mantención. Estos serán ejecutados según el programa de trabajo, que deben presentar una vez tramitado por completo el contrato respectivo.
El personal deberá asumir la plena responsabilidad y representación del proveedor adjudicado en terreno para hacer efectiva las instrucciones impartidas por la UT y/o proporcionar los antecedentes e informes que se requieran.
La Corporación podrá solicitar el cambio de este Profesional o técnico por razones fundadas. Esta medida podrá hacerla extensiva a cualquier trabajador y/o subcontratista.
Deberá designar al inicio del contrato, a la persona encargada de la gestión y comunicación de la obra con la institución, quien deberá estar disponible para cualquier requerimiento, cuando así lo requiera la Supervisión de la Obra de Mantención y/o Reparación.
Todo personal que ingrese a un establecimiento/centro, deberá exhibir en todo momento una credencial que lo identifique como servicio externo.
2. DAÑOS O ACCIDENTES
Será responsable de todo accidente o daño que, durante la vigencia del contrato, le pudiera ocurrir a su personal y/o a terceros.
El contratista asume todos los riesgos e imponderables que signifiquen mayores costos, como también asume daños y perjuicios que producto de sus faenas, pueda ocasionar a la propia infraestructura, o a las instalaciones existentes dentro del local donde se ejecute la mantención, incluyendo los daños y perjuicios producto de incendio.
Se entenderá por daños de bienes muebles e inmuebles, todo aquel acto que se produce durante las mantenciones que sea imputable al contratista o sus trabajadores, que provoque algún detrimento en la estructura del recinto. El daño será determinado por la UT, mediante un informe.
El profesional mencionado con anterioridad informará por escrito el daño sufrido al bien mueble o inmueble, debiendo aplicar una multa, de acuerdo a lo establecido en el Artículo N°27 “Condiciones de multa”.
La reposición del bien mueble o inmueble se deberá realizar independiente de la aplicación de la multa en un plazo acordado entre la UT y el proveedor adjudicado, en lo demás se aplicará lo establecido en el Artículo N°27 “Condiciones de multa” de las presentes bases.
3. CUMPLIMIENTOS LABORALES
Deberá cumplir con las obligaciones que le corresponden como empleador, en aspectos de remuneraciones, previsión, alimentación u otros. Asimismo, el contratista deberá cumplir con la normativa vigente, relativa al artículo 66 bis, de la Ley N° 16.744, sobre seguridad y salud de sus trabajadores, debiendo proveer a su personal, del equipo de seguridad que establezca las normas de seguridad para los distintos tipos de trabajo.
Conforme a lo dispuesto en el art. 183-C del código del trabajo, el contratista deberá presentar junto con el estado de pago correspondiente, a la UT, un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva o bien por otros documentos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, respecto a los trabajadores del contratista, por ejemplo: Boletín de la Dirección del Trabajo que se obtiene de su página web. Asimismo, se exigirá la referida documentación respecto de las obligaciones que tengan los subcontratistas con sus trabajadores. Ello, con el propósito de hacer efectivo los derechos que le asisten a la Corporación de ser informada y de retención consagrados en los incisos 2° y 3° de la aludida norma legal, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que hace mención el artículo 183-D de la citada ley.
Será exclusivo empleador del personal que destine al cumplimiento de las obligaciones del contrato, el que deberá ser contratado de acuerdo con las normas del Código del Trabajo, de manera tal que la Corporación, no tiene ni tendrá vínculo laboral ni jurídico con ese personal. Sin perjuicio de lo anterior, la Corporación tendrá la facultad de exigir al contratista documentación que acredite contratos y pagos al día de su personal.
4. PERMISOS
Será responsable de la tramitación de permisos y otros documentos que se requieran para la ejecución de los trabajos, a su costo, debiendo informarlo por escrito a la UT.
5. ASEO Y ENTREGA
El proveedor adjudicado, deberá asegurar en cada una de las mantenciones a realizar, la correcta entrega en cuanto a aseo de las instalaciones, artefactos, etc. Cada vez que realiza una mantención y/o revisión.
ARTÍCULO N° 36 CONTRAPARTE TÉCNICA DE LA CORPORACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA (ADMINISTRADOR DE CONTRATO).
La contraparte técnica o unidad técnica (UT) de la CORPORACIÓN será el Departamento de Arquitectura y Mantención o quien éste designe, el que realizará, a lo menos, las siguientes funciones:
a) Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en el presente pliego de condiciones.
b) Fiscalizar que la ejecución del servicio/ adquisición del producto se ciña estrictamente a lo indicado en las bases técnicas y otros documentos complementarios, tramitando el pago oportuno de los servicios entregados y recibidos conformes, en la formar y plazos establecidos en el pliego de condiciones.
c) Velar por el correcto desarrollo del servicio, informando mediante correo electrónico al Departamento de Compras Públicas en caso de incumplimiento para la aplicación de multas.
d) Dar visto bueno a los pagos y a las multas.
e) Las demás que le encomienden el presente pliego de condiciones.
f) Conocer los documentos que rigen la licitación y el posterior contrato.
g) Impartir instrucciones al proveedor o su representante para la correcta ejecución del contrato.
h) Impulsar los procesos de cobro de multas, sanciones, o término anticipado de contrato que correspondan de acuerdo a lo señalado en las bases.
Asimismo, el contratista/adjudicado deberá designar un supervisor a cargo de dicho contrato, el cual será el interlocutor válido frente a la Contraparte Técnica/Administrador de Contrato en todos los asuntos técnicos relativos a la ejecución y control de los servicios contratados y de entrega de documentación y procedimientos.
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