Licitación ID: 552975-82-LR24
SERVICIOS DE SUMINISTRO OFTALMOLÓGICOS PROVIDENCIA
Responsable de esta licitación: CORP DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA, CDSP
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 2
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Productos o servicios
1
Servicios oftalmológicos 1 Global
Cod: 85121610
CONSULTA OFTALMOLÓGICA PARA VICIO DE REFRACCIÓN  

2
Lentes 1 Global
Cod: 31241501
SUMINISTRO DE ANTEOJOS  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIOS DE SUMINISTRO OFTALMOLÓGICOS PROVIDENCIA
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La Corporación requiere contar con el servicio oftalmológico para los usuarios de los centros de salud dependientes de la Corporación, que contribuya a mejorar la capacidad resolutiva de la Red Asistencial, perfeccione el acceso, oportunidad y resolutividad con calidad técnica, potenciando a la Atención Primaria en sus aspectos, preventivos, asistenciales, pertinencia diagnóstica y de derivación, enmarcado en el Modelo de Salud Integral con Enfoque Familiar. • Disminuir los tiempos de espera de consulta nueva de especialidad oftalmológica. • Mejorar la oportunidad de acceso a la especialidad de Oftalmología. • Aumentar la resolutividad local a través de atención especializada integral en la APS.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 5.000 UTM (LR)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
CORP DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA
Unidad de compra:
CDSP
R.U.T.:
69.070.301-7
Dirección:
Av. Eliodoro Yáñez 1947
Comuna:
Providencia
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 07-10-2024 16:00:00
Fecha de Publicación: 05-09-2024 11:50:19
Fecha inicio de preguntas: 05-09-2024 12:00:00
Fecha final de preguntas: 15-09-2024 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 25-09-2024 23:59:00
Fecha de acto de apertura técnica: 07-10-2024 16:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 07-10-2024 16:01:00
Fecha de Adjudicación: 08-11-2024 15:02:29
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXO N°1
Documentos Técnicos
1.- ANEXO N°3 (LÍNEA N°1 CONSULTA OFTALMOLOGICA)
 
2.- ANEXO N°3 (LÍNEA N°2 SUMINISTRO DE ANTEOJOS)
 
3.- ANEXO N°4
 
4.- ANEXO N°5
 
5.- ANEXO N°6
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO N°2
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 3.- Programa de Integridad Según el Artículo N°18 de las bases. 2%
2 4.-Cumplimiento de requisitos formales. Según el Artículo N°18 de las bases. 1%
3 1.- Evaluación Económica. Según el Artículo N°18 de las bases. 75%
4 2.- Experiencia del proveedor. Según el Artículo N°18 de las bases. 22%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: En caso excepcional y por motivos fundados por la Unidad Técnica, la contratación podrá eventualmente ser renovada, solo por una sola vez, por igual periodo y en las mismas condiciones contratadas en este acto, en virtud de lo dispuesto en el artículo 12
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Camila Torres
e-mail de responsable de pago: ctorres@cdsprovidencia.cl
Nombre de responsable de contrato: Sonia Vera
e-mail de responsable de contrato: svera@cdsprovidencia.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-27067000-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Corp. De Desarrollo Social de Providencia, R.U.T. 69.070.301-7
Fecha de vencimiento: 05-04-2025
Monto: 500000 Peso Chileno
Descripción: En el caso de las pólizas de seguros, certificados de garantía recíproca u otros instrumentos de garantía de similar naturaleza, no podrán contener cláusula de arbitraje
Glosa: Para garantizar la seriedad de la oferta en la licitación pública “SERVICIOS DE SUMINISTRO OFTALMOLÓGICOS PARA USUARIOS DE CENTROS DE SALUD DEPENDIENTES DE LA CORPORACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA” ID 552975-XX-LR24. (Se deberá indicar el ID de la licitación, por ello donde se señala XX, el oferente deberá reemplazarlo por el número correspondiente). Si el documento a presentar no permite, por su naturaleza, señalar la glosa en su texto, esta deberá venir escrita al reverso o en acta adjunta adherida al documento.
Forma y oportunidad de restitución: a) Los oferentes que hayan quedado fuera del proceso de evaluación de ofertas y aquellos que no hayan obtenido alguno de los tres primeros lugares en el proceso de evaluación, podrán retirar su garantía de seriedad a contar del segundo día hábil siguiente a la fecha de publicación en el portal www.mercadopublico.cl del acto administrativo que resuelve el proceso licitatorio. b) Los oferentes que hayan obtenido alguno de los tres primeros lugares en el proceso de evaluación podrán retirar su garantía de seriedad dentro de los 5 días siguientes a la publicación en el portal www.mercadopublico.cl de la resolución aprobatoria del respectivo contrato y en todo caso una vez vencida la vigencia de dichas garantías. En caso de que la licitación pública sea declarada desierta, se devolverán las garantías de seriedad de la oferta a los oferentes a contar del segundo día hábil siguiente a la fecha de publicación en el portal www.mercadopublico.cl de la resolución fundada que declara desierta la licitación.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Corp. De Desarrollo Social de Providencia, R.U.T. 69.070.301-7
Fecha de vencimiento: 26-04-2027
Monto: 10 %
Descripción: En el caso de las pólizas de seguros, certificados de garantía recíproca u otros instrumentos de garantía de similar naturaleza, no podrán contener cláusula de arbitraje
Glosa: Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato de “SERVICIOS DE SUMINISTRO OFTALMOLÓGICOS PARA USUARIOS DE CENTROS DE SALUD DEPENDIENTES DE LA CORPORACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA”, ID 552975-XX-LR24. (Se deberá indicar el ID de la licitación, por ello donde se señala XX, el oferente deberá reemplazarlo por el número correspondiente). Si el documento a presentar no permite, por su naturaleza, señalar la glosa en su texto, esta deberá venir escrita al reverso o en acta adjunta adherida al documento.
Forma y oportunidad de restitución: Una vez que el Proveedor haya dado total, íntegro y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones por él contraídas en el respectivo contrato y se haya verificado el plazo de vigencia de la garantía. Previamente a la restitución de la garantía se requerirá la verificación de lo anterior y para lo cual la Contraparte Técnica de la CORPORACIÓN emitirá el respectivo informe de cumplimiento entendiendo, para tales efectos, que las obligaciones del Proveedor revisten el carácter de indivisibles
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Se entenderá ipso facto que el adjudicatario no acepta la adjudicación en los siguientes casos, los cuales serán aplicables según lo establecido en las presentes Bases: i. Si el adjudicatario no entrega la garantía de fiel cumplimiento y el seguro de responsabilidad civil conforme con lo exigido en estas Bases. Lo anterior en los casos que corresponda entregarlas; ii. Si el adjudicatario no suscribe el contrato en los casos en que conforme a las Bases corresponda su suscripción; iii. Si el adjudicatario no cumple con alguno de los requisitos establecidos en las presentes Bases. En tales casos la CORPORACIÓN podrá evaluar la conveniencia yo necesidad de persistir en la adjudicación, readjudicando al oferente que ocupe el segundo o el tercer lugar en el ranking de evaluación, esto último solo si el segundo se desiste de la readjudicación o bien dejarla sin efecto o declararla desierta, según corresponda. Todo lo anterior según sean las circunstancias concurrentes conforme a las cuales han tenido lugar alguna de las situaciones descritas. Para tales efectos la Comisión Evaluadora emitirá el informe respectivo con las recomendaciones que estime convenientes y sean procedentes. Conforme a la ponderación de dicho informe se dictará la correspondiente resolución fundada de la Corporación. El nuevo adjudicatario deberá cumplir con los requisitos establecidos en estas Bases dentro de los mismos plazos y en la forma y condiciones establecidas en las presentes Bases.
I.- GENERALIDADES
ARTÍCULO N° 1 LLAMADO A LICITACIÓN La Corporación de Desarrollo Social de Providencia, en adelante la “CORPORACIÓN”, llama a licitación pública denominada: “Servicios de suministro oftalmológicos para usuarios de Centros de Salud dependientes de la Corporación de Desarrollo Social de Providencia”. ARTÍCULO N° 2 OBJETO La Corporación requiere contar con el servicio oftalmológico para los usuarios de los centros de salud dependientes de la Corporación, que contribuya a mejorar la capacidad resolutiva de la Red Asistencial, perfeccione el acceso, oportunidad y resolutividad con calidad técnica, potenciando a la Atención Primaria en sus aspectos, preventivos, asistenciales, pertinencia diagnóstica y de derivación, enmarcado en el Modelo de Salud Integral con Enfoque Familiar. • Disminuir los tiempos de espera de consulta nueva de especialidad oftalmológica. • Mejorar la oportunidad de acceso a la especialidad de Oftalmología. • Aumentar la resolutividad local a través de atención especializada integral en la APS. ARTÍCULO N° 3 CONDICIÓN DE LAS BASES DE LICITACIÓN Las presentes bases establecen las condiciones y procedimientos que se deben seguir para la presentación de las ofertas y ejecución del servicio. Nombre de Licitación “SERVICIOS DE SUMINISTRO OFTALMOLÓGICOS PARA USUARIOS DE CENTROS DE SALUD DEPENDIENTES DE LA CORPORACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA” Tipo de Licitación Licitación Pública mayor a 5.000 UTM (LR) Moneda Pesos Chilenos (CLP). Monto total Referencial. $650.319.335 (Seiscientos cincuenta millones trescientos diecinueve mil trescientos treinta y cinco pesos) impuestos incluidos. Garantía seriedad de la oferta $500.000 (quinientos mil pesos). Garantía fiel cumplimiento 10% del monto total adjudicado. Duración del Contrato 24 meses. Documentos que rigen la Licitación Estas Bases se encuentran conformadas por los siguientes cuerpos o apartados normativos: I.- Bases Administrativas II.- Bases Económicas III.- Bases Técnicas IV.- Anexos: Documentos Administrativos: • Anexo N°1 “Identificación del Oferente”. Documentos Económicos: • Anexo N°2 “Oferta Económica” (OBLIGATORIO). Documentos Técnicos: • Resolución de acreditación vigente al momento del cierre de las ofertas, del centro ofertado (OBLIGATORIO PARA LA LÍNEA N°1). • Autorización Sanitaria del laboratorio donde se realiza el anteojo, vigente al momento del cierre de las ofertas (OBLIGATORIO PARA LA LÍNEA N°2). • Anexo N°3 “Declaración de radio de ubicación” (OBLIGATORIO). • Anexo N°4 “Experiencia del Oferente” y documentos que acrediten experiencia. • Anexo N°5 “Listado de Profesionales que realizarán Los Servicios Requeridos” (OBLIGATORIO PARA LA LÍNEA N°1). • Anexo N°6 “Declaración Jurada Programa de Integridad”. • Fichas Técnicas de los Lentes (PARA LA LÍNEA N°2). Las ofertas que no presenten u omitan los antecedentes requeridos como OBLIGATORIOS, serán declaradas “inadmisibles” por la CORPORACIÓN, sea en el acto mismo de apertura o durante la evaluación posterior de las ofertas. Sin perjuicio de la normativa legal vigente, esta licitación y contrato respectivo a que pudiere dar lugar, se regirán por los siguientes documentos, cuyo orden de prelación, en caso de existir discrepancia entre ellos, será el que a continuación se indica: • Las presentes Bases Administrativas, Económicas y Técnicas. • Las respuestas a las consultas formuladas por los proveedores. • Las aclaraciones a las ofertas que hayan sido solicitadas por la CORPORACIÓN. • La Oferta, con todos sus documentos anexos. • El contrato u orden de compra respectiva, según corresponda. Las Bases, se interpretarán en forma armónica de manera que exista entre ellos la debida correspondencia. Las presentes Bases, así como las respuestas a las consultas y aclaraciones a las mismas, se considerarán incorporadas al respectivo contrato que se celebre con el adjudicatario. Los anexos señalados como OBLIGATORIOS serán requisitos para la admisibilidad de las ofertas. ARTÍCULO N° 4 SERVICIOS/PRODUCTOS REQUERIDOS No de Línea Nombre del servicio/producto Cantidad Presupuesto Referencial impuestos incluidos para 24 meses 1 CONSULTA OFTALMOLÓGICA PARA VICIO DE REFRACCIÓN 1 $261.476.400 (doscientos sesenta y un millones cuatrocientos setenta y seis mil cuatrocientos pesos) Exento de impuestos. 2 SUMINISTRO DE ANTEOJOS 1 $388.842.935.- (trescientos ochenta y ocho millones ochocientos cuarenta y dos mil novecientos treinta y cinco pesos) impuestos incluidos. ARTÍCULO N° 5 ETAPAS Y PLAZOS La presente licitación se desarrollará conforme a los plazos que para sus diversas etapas se establecen en el siguiente cronograma, los cuales son contados desde la fecha de publicación de las Bases en el portal www.mercadopublico.cl. Etapa Plazo (Días Corridos) Publicación de las Bases de Licitación Dentro de los cinco días hábiles desde aprobada la Resolución que autoriza las presentes bases. Inicio Período de Consultas Inmediatamente después de publicadas las bases en la plataforma de Mercadopublico.cl Cierre Período de Consultas Hasta el día 10 desde publicadas las bases en la plataforma de Mercadopublico.cl a las 12:00 horas. Publicación de Respuestas Día 20 desde publicadas las bases en la plataforma de Mercadopublico.cl a las 23:59 horas. Si el vigésimo día corrido fuere sábado, domingo o festivo, el plazo se extenderá hasta el primer día hábil siguiente. Recepción de las Ofertas Hasta el día 30 desde publicadas las bases en la plataforma de Mercadopublico.cl a las 16:00 horas. Si el trigésimo día corrido fuere sábado, domingo o festivo, el plazo se extenderá hasta el primer día hábil siguiente. Si a la fecha de recepción de ofertas sólo se han recibido dos o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente y por una sola vez, en dos días hábiles. Acto de Apertura de las Ofertas (Técnicas y Económicas) El día 30, desde publicadas las bases en la plataforma de Mercadopublico.cl a las 16:01 horas. Período de Evaluación de las Ofertas Hasta el día 30 desde el acto de apertura Adjudicación Hasta el día 40 desde el acto de apertura. Suscripción del Contrato De conformidad con los plazos establecidos estas Bases. Respecto al plazo de “Publicación de Respuestas” la Corporación podrá ampliar dicho plazo hasta en 48 horas corridas, pudiendo modificar el cronograma, siempre antes del cierre de recepción de ofertas y, solo si, con relación a las preguntas o la cantidad de éstas, si así lo amerita, lo cual será informado en el calendario de fechas de la licitación en la plataforma de Mercado Público, no requiriéndose un acto administrativo para tal efecto. Para los efectos de esta licitación todos los plazos establecidos en estas Bases serán de días corridos salvo que expresamente se indique que serán de días hábiles. No obstante, cuando el vencimiento de un plazo se produzca un día inhábil, esto es, sábado, domingo o festivo se entenderá que dicho plazo vence al día hábil siguiente. Además, y en el caso del plazo de cierre para la recepción de ofertas aquel no podrá vencer un lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas. En el evento de cualquier inhabilitación o indisponibilidad técnica que sufra en su funcionamiento el Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración, los plazos contemplados en el referido cronograma de la licitación no se suspenderán ni interrumpirán y se estará en todo a lo dispuesto en el artículo 62º del Decreto Nº250, de 09 de marzo de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la ley Nº19.886 de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios. ARTÍCULO N° 6 NOTIFICACIONES, DOMICILIO Y JURISDICCIÓN Todas las notificaciones que hayan de efectuarse con ocasión del presente proceso de licitación se entenderán realizadas luego de transcurridas 24 horas desde que la CORPORACIÓN publique en el Sistema de Información el documento, acto o resolución objeto de la notificación. Para los efectos de esta licitación, los oferentes fijan domicilio en la comuna de Providencia de la ciudad de Santiago y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia. ARTÍCULO N° 7 LLAMADO A LICITACIÓN, ENTREGA DE BASES Y ACEPTACIÓN DE CONDICIONES DE LA LICITACIÓN Se estimará, por el solo hecho de participar en este proceso licitatorio, que el oferente conoce, acepta y está conforme con las presentes Bases, con todas las condiciones y exigencias en ellas establecidas y que, ante una eventual discrepancia entre su oferta y las Bases y sus aclaraciones complementarias, prevalecerán éstas últimas, las que serán íntegramente respetadas. Todos los participantes deberán haber analizado las presentes Bases y tomar debido y oportuno conocimiento de las respuestas, aclaraciones y/o modificaciones efectuadas durante el proceso licitatorio, a fin de que sean consideradas al momento de presentar la oferta. Los costos derivados de la elaboración y presentación de las ofertas serán de cargo exclusivo de cada oferente, no existiendo para la CORPORACIÓN responsabilidad alguna en dicha materia, cualquiera sea el resultado de la licitación. ARTÍCULO N° 8 PARTICIPANTES Y REQUISITOS Podrán participar en esta propuesta pública todas las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, así como también las uniones temporales de proveedores, que no se encuentren inhabilitados para contratar con la Administración del Estado. En el evento que resulten adjudicadas personas jurídicas extranjeras, se exigirá tener domicilio constituido en Chile. De presentarse una Unión Temporal de Proveedores (en adelante también UTP) ésta deberá sujetarse, en todo, a lo establecido en el artículo 67 bis del Decreto N° 250, de 2004, que Aprueba Reglamento de la Ley 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. Conforme con lo anterior, quedarán inhabilitados para suscribir contratos administrativos con la Corporación las siguientes personas: a) El personal dependiente de la Corporación de Desarrollo Social de Providencia, cualquiera sea su calidad jurídica, o con las personas naturales contratadas a honorarios por este mismo organismo, ni con sus cónyuges o convivientes civiles, ni con las demás personas unidas por los vínculos de parentesco en segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni con sociedades de personas o empresas individuales de responsabilidad limitada de las que formen parte o sean beneficiarios finales, ni con sociedades en comanditas por acciones, sociedades por acciones o anónimas cerradas en que sean accionistas directamente, o como beneficiarios finales, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, directamente o como beneficiarios finales, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. (artículo N º 35 quáter de la Ley 19.886) b) Quienes hayan sido condenados por delitos concursales establecidos en el Título IX del Libro II del Código Penal, o en sede penal, por delitos establecidos en los numerales 4° párrafos primero, segundo, tercero y quinto; 10° párrafo tercero; 22°; 23° párrafo primero; 24° párrafo tercero, y 25° del artículo 97 del Código Tributario (artículo 4º y artículo 35 º septies de la Ley 19.886) c) Las personas naturales o jurídicas que hayan sido condenados en virtud de una sentencia firme o ejecutoriada por incumplimiento contractual respecto de un contrato de suministro y prestación de servicios suscrito con alguno de los organismos sujetos a esta ley, derivado de culpa o falta de diligencia en el cumplimiento de sus obligaciones (artículo N° 35 septies de la Ley 19.886) d) Quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador (artículo 4º y artículo 35 º septies de la Ley 19.886 y artículo 92 º, Nº 7 del Reglamento de Compras). e) Las personas que hayan sido condenadas por los delitos de cohecho establecido en el Párrafo 2 del Título V del Libro II del Código Penal, lavado de activos establecido en el Título III de la ley N° 19.913, que crea la Unidad de Análisis Financiero y modifica diversas disposiciones en materia de lavado y blanqueo de activos, o financiamiento del terrorismo contemplado en el artículo 8º de la ley N° 18.314, que determina conductas terroristas y fija su penalidad (artículo N° 35 septies de la Ley 19.886 y artículo N° 92, N° 1 del Reglamento de Compras). f) El proveedor que ha informado en el Registro de Proveedores, antecedentes maliciosamente falsos, que han sido enmendados o tergiversados o se presentan de una forma que claramente induce a error para efectos de su evaluación (artículo N° 35 septies de la Ley 19.886 y artículo 92, N° 4 del Reglamento de Compras). g) Aquellos condenados por prácticas anticompetitivas con la medida o prohibición de contratar con órganos de la administración del Estado, mediante sentencia del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia conforme con lo dispuesto en el artículo 26° letra d) del D.F.L. N° 1/2004 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del D.L. N° 211 de 1973, que Fija normas para la Defensa de la Libre Competencia. h) Aquellos que tengan la prohibición de contratar o de celebrar actos o contratos con la administración del Estado dispuesta en conformidad con los artículos 8º Nº 2) y 10° de la Ley Nº20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Cohecho. i) Aquellos inhabilitados para contratar con el Estado contemplados en el artículo 33 de la ley 21.595, sobre delitos económicos. j) Aquellos que no cuenten con la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar, firmada en la plataforma www.mercadopublico.cl. ARTÍCULO N° 9 CONSULTAS, COMUNICACIONES, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES COMUNICACIONES Las comunicaciones y contactos durante el proceso de licitación se efectuarán a través de foro del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl) y al que se accederá ingresando al ID asignado a la presente licitación. Durante el período de evaluación, los oferentes sólo podrán mantener contacto con la entidad licitante para los efectos de ésta, tales como solicitud de aclaraciones, entrevistas, visitas a terreno, presentaciones, exposiciones y/o entrega de muestras o pruebas que la Corporación pudiese requerir durante la evaluación y que estén previstas en las Bases, quedando absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto. CONSULTAS, ACLARACIONES Y/O MODIFICACIONES. Los proponentes podrán formular consultas respecto de las presentes Bases, a través del portal www.mercadopublico.cl, en el ID respectivo, dentro del plazo establecido para tales efectos en el cronograma de la licitación contenido en las presentes Bases. No serán admitidas las consultas formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado. La Corporación emitirá las respectivas respuestas, aclaraciones y/o modificaciones a las Bases a través del Sistema de Información en el plazo establecido en el referido cronograma, las que formarán parte integrante de las Bases, teniéndose por conocidas y aceptadas por todos los participantes, aun cuando el oferente no las hubiere solicitado, por lo que los proponentes no podrán alegar desconocimiento de las mismas. Asimismo, y hasta antes del cierre de recepción de ofertas, la CORPORACIÓN podrá modificar las presentes Bases si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso licitatorio. Toda modificación deberá cumplir con las mismas formalidades del acto administrativo que regule el proceso de licitación y contemplar un plazo prudencial para que los proponentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas. ARTÍCULO N° 10 PACTO DE INTEGRIDAD El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente Licitación Pública, acepta expresamente este Pacto de Integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de Licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el proporcionar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes Bases de Licitación Pública, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: • El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República (CPR) en su artículo 19° números, 1°, 4°, 5°, 6°, 12°, y 16°, en conformidad con el artículo 485° del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas. • El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de Licitación Pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio público, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución total de él o los contratos que de ello se deriven. • El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico y, especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos, o conductas de tipo o naturaleza colusoria, en cualquiera de sus tipos o formas. • El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio público, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta. • El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres, y transparencia en el presente proceso licitatorio público. • El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de Licitación Pública, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. • El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de Licitación Pública, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. • El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio público es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. • El oferente se obliga a tomar las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente Licitación Pública, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes. • Si algún proponente presenta información falsa, y se demuestra fehacientemente que así es, se entiende que incumple con el pacto de integridad, y, en consecuencia, no cumple con las bases de licitación, que consecuencialmente traerá consigo el efecto de que la oferta sea declarada inadmisible. De la determinación de ello dará fe el acta de evaluación respectiva, otorgando prueba de los dichos de la comisión evaluadora siendo, además, de existir, cobrada la garantía de seriedad de la oferta al proveedor que haya incurrido en dicha falta.
II.- PRESENTACIÓN Y CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS
PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS a) Medio de entrega de la oferta y contenido. La entrega de las ofertas, deberá efectuarse electrónicamente a través del Sistema de Información en el plazo previsto para la presentación de ofertas indicado en el cronograma de la licitación contenido en las presentes Bases. No se recibirá ninguna oferta presentada fuera de plazo o de otra manera que la determinada por estas Bases. Los Oferentes podrán presentar su oferta por línea requerida, pudiendo un solo proveedor ofertar una o más líneas. Las ofertas no podrán alterar las condiciones de estas Bases, ni contener exigencias, limitaciones o restricciones a las mismas de cualquier especie, o condiciones para su adjudicación de cualquier tipo o montos mínimos de despacho. Cualquier cláusula, párrafo o texto de las ofertas de los oferentes, que se encuentre fuera de las presentes bases, podrá ser omitida por la CORPORACIÓN, y los oferentes, con el solo hecho de presentar sus ofertas aceptan tal condición. b) Responsabilidad en la entrega de antecedentes. Será exclusiva responsabilidad de los oferentes el proporcionar en forma oportuna, clara y completa todos los antecedentes exigidos, así como también el contenido de éstos y la veracidad de lo que en ellos conste. c) Verificación de los antecedentes. La CORPORACIÓN tendrá las más amplias facultades para efectuar la verificación de los antecedentes presentados por los oferentes y de aquellos que apoyen o respalden sus ofertas. ARTÍCULO N° 12 CONTENIDO DE LAS OFERTAS Las ofertas deberán presentarse en formato electrónico a través del portal y serán de carácter irrevocable. Los costos en que incurra el oferente, derivado de la formulación de la propuesta, serán de su exclusivo cargo, y en caso de no seleccionarse su oferta, no dará origen a reembolso o indemnización alguna. Cada oferente debe procurar la presentación de una oferta clara y ordenada, lo cual estará determinado por lo siguiente: a) Archivos digitales consolidados: Cada documento o antecedentes requeridos en las presentes bases, independientemente del número de páginas que lo constituyen, debe estar en un solo archivo digital. b) Subir archivos en el anexo que corresponda: Los antecedentes que se solicitan en las presentes bases son de carácter administrativo, técnico o económico, por tanto, el proponente debe subir cada archivo digital en el anexo respectivo. c) Nombre de los archivos digitales: El nombre que se asigne a cada archivo debe guardar relación con el contenido del mismo y estar antecedido por la letra o número que corresponda, en atención al orden que fijan las presentes bases. d) Formatos digitales compatibles: Los archivos digitales presentados por el oferente deben contener los siguientes formatos: pdf, Word, jpg, Excel, power point, winrar, winzip y/o sus equivalentes en código libre. Los oferentes deberán presentar en “Anexo Administrativo”, “Anexo Técnico” o “Anexo Económico”, a través del Portal Mercado Público, los siguientes documentos: 12.1 Documentos Administrativos: • Anexo N°1 “Identificación del Oferente”. • Acuerdo temporal de proveedores (en el caso que corresponda). 12.2 Documentos Económicos • Anexo N°2 “Oferta Económica” (OBLIGATORIO) Los oferentes deberán presentar su oferta económica por línea requerida, en pesos chilenos, el valor de la consulta y/o el de los anteojos requeridos, según corresponda rellenar en los cuadros de la oferta económica y sin considerar reajustes y/o variación de precio alguno, de forma obligatoria a través del Anexo N°2 adjunto. Los oferentes deberán considerar en la oferta económica que publiquen, para la presente licitación, todos los gastos, incluidos los de traslado, fletes, permisos, derechos, otros impuestos y, en general, todo cuanto implique un gasto para el cumplimiento del contrato, sea éste directo, indirecto o a causa de él. Cuando existan discrepancias o errores aritméticos entre los precios unitarios ofrecidos en la oferta económica y los valores totales ofertados, prevalecerán siempre los primeros. 12.3 Documentos Técnicos: • Resolución de acreditación vigente al momento del cierre de las ofertas (OBLIGATORIO PARA LA LÍNEA N°1). Resolución de acreditación de la Superintendencia de Salud, vigente al momento del cierre de las ofertas o certificado de solicitud de reacreditación, del centro ofertado. • Autorización Sanitaria, del laboratorio donde se realiza el anteojo, vigente al momento del cierre de las ofertas (OBLIGATORIO PARA LA LÍNEA N°2). • Anexo N°3 “Declaración de radio de ubicación” (OBLIGATORIO). El proponente deberá declarar en el Anexo Nº3, para el caso de ambas líneas, la ubicación exacta de las dependencias en que se encuentra el centro. Este anexo debe estar debidamente firmado por el representante legal de la empresa. Es requisito obligatorio para la línea N°1 que las dependencias del oferente se encuentren en la comuna de Providencia. Para la línea N°2 es obligatorio que la óptica se encuentre en la comuna de Providencia, en caso contrario, el proveedor deberá garantizar que una persona de la óptica esté presente en el CESFAM Alessandri de 09:00 am a 18:00 pm. • Anexo N°4 “Experiencia del Oferente” y documentos que acrediten experiencia. Se deberá presentar electrónicamente a través del portal www.mercadopublico.cl, en la sección anexos técnicos, el Anexo N°4, declarando la experiencia del proveedor en función de lo requerido en estas bases. Es importante señalar que se considerarán para la evaluación aquellos documentos debidamente respaldados. Los oferentes deberán procurar que los documentos que integren la declaración de experiencia del proveedor sean claramente visibles y contengan las características pertinentes del servicio requerido por la CORPORACIÓN, en atención a lo establecido en estas Bases de licitación. • Anexo N°5 “Listado de Profesionales que realizarán Los Servicios Requeridos” (OBLIGATORIO PARA LA LÍNEA N°1). El proponente deberá presentar en el anexo N°5 el Listado de Profesionales que realizarán los servicios requeridos. El/ los profesionales que realicen la consulta oftalmológica deben ser médicos con especialidad en oftalmología (Título médico con especialidad en oftalmología y Certificado de Inscripción en el Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud de la Superintendencia de Salud). En el caso de profesionales extranjeros con dicha especialidad, se solicita EUNACOM Y CONACEM que acredite título. Los oferentes deberán procurar que los documentos que integren su propuesta técnica sean claramente visibles y contengan las características pertinentes del servicio requerido por CORPORACIÓN, en atención a lo establecido en las Bases Técnicas. Para el caso de la documentación requerida en este anexo se podrá solicitar a los oferentes a través del Foro Inverso del Portal Mercado Público, que adjunten los documentos omitidos en el momento de la presentación de las ofertas, todo, siempre y cuando las rectificaciones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, informándose debidamente dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Portal Mercado Público. Considerando por lo demás, que la fecha de emisión de los documentos no podrá ser superior a la fecha del cierre de las ofertas. Si la documentación solicitada no se presenta dentro del plazo asignado, la oferta será considerada inadmisible, debido a que es DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA PARA LA ETAPA DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS. • Anexo N°6 “Declaración Jurada Programa de Integridad”. Anexo donde los oferentes deberán señalar si cuentan con programa de integridad conocido por todo su personal, el que debe ser acorde a los principios éticos, morales y de transparencia, legalidad y veracidad, durante el proceso licitatorio y posteriormente, a la ejecución del servicio, adjuntando el documento asociado al programa de integridad y compliance. Debe adjuntarse en la oferta técnica con el nombre: Anexo N°6 Programa de Integridad. • Fichas Técnicas de los Lentes (PARA LA LÍNEA N°2). Los oferentes deberán presentar mediante ficha, catálogo y/o muestrario digital de armazones: 10 modelos de diferentes formas y colores, detallando, además, las especificaciones del paño de limpieza y el estuche, todo, según Especificaciones Técnicas definidas en estas Bases. Las Especificaciones técnicas mínimas que deben cumplir los anteojos son: ANTEOJOS Y ACCESORIOS TIPO CRISTALES ORGÁNICO BLANCO ARMAZONES ACETATO ESTUCHE RÍGIDO TELA ENDURECIDA PAÑOS LIMPIADORES SPANDEX Los oferentes deberán acreditar los requerimientos técnicos mediante un documento digital, que incluya imágenes y descripción técnica de los anteojos y accesorios ofertados, de acuerdo a lo requerido en las bases técnicas de licitación. En el caso de NO CUMPLIR con las especificaciones técnicas mínimas detalladas en el cuadro anterior, la oferta será declarada inadmisible. Para el caso de las fichas, catálogos y/o muestrario digital, se podrá solicitar a las oferentes a través del Foro Inverso del Portal Mercado Público, que adjunten los documentos omitidos en el momento de la presentación de las ofertas, todo, siempre y cuando las rectificaciones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, informándose debidamente dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Portal Mercado Público. Considerando por lo demás, que la fecha de emisión de los documentos no podrá ser superior a la fecha del cierre de las ofertas. Si la documentación solicitada no se presenta dentro del plazo asignado, la oferta será considerada inadmisible, debido a que es DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA PARA LA ETAPA DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS. ARTÍCULO N° 13 GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA La propuesta de cada oferente deberá ser garantizada mediante una caución o garantía la cual podrá otorgarse física o electrónicamente y ser entregada conforme con lo siguiente: i. La garantía de seriedad física deberá ser entregada en el Departamento de Tesorería de la Corporación de Desarrollo Social de Providencia, ubicada en Av. Pedro de Valdivia 963, comuna de Providencia, Santiago. Se previene que los días y horas de atención de dicha oficina para los efectos de recepción de la garantía son de días hábiles de lunes a viernes entre las 9:00 y 14:00 horas y en todo caso antes del vencimiento del plazo previsto para la presentación de ofertas indicado en el cronograma de la licitación. La falta de entrega, o entrega fuera del plazo señalado, de la garantía será causal de exclusión de la propuesta conforme a lo establecido en estas Bases. ii. En los casos en que la garantía se otorgue de manera electrónica, aquella deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. La garantía deberá adjuntarse a la propuesta al momento de ser ingresada ésta al Sistema de Información. Se aceptará cualquier instrumento de caución que asegure el cobro de esta de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las condiciones dispuestas en el presente artículo. Beneficiario Corp. De Desarrollo Social de Providencia, R.U.T. N.º 69.070.301-7 Pagadera A la vista Tipo Irrevocable Vigencia mínima Con fecha de vencimiento a lo menos 180 días corridos contados desde la fecha original de apertura de la licitación. Expresada en Pesos chilenos, UF o UTM. Monto mínimo $500.000 (Quinientos mil pesos). Glosa Para garantizar la seriedad de la oferta en la licitación pública “SERVICIOS DE SUMINISTRO OFTALMOLÓGICOS PARA USUARIOS DE CENTROS DE SALUD DEPENDIENTES DE LA CORPORACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA” ID 552975-XX-LR24. (Se deberá indicar el ID de la licitación, por ello donde se señala XX, el oferente deberá reemplazarlo por el número correspondiente). Si el documento a presentar no permite, por su naturaleza, señalar la glosa en su texto, esta deberá venir escrita al reverso o en acta adjunta adherida al documento. Otros requisitos En el caso de las pólizas de seguros, certificados de garantía recíproca u otros instrumentos de garantía de similar naturaleza, no podrán contener cláusula de arbitraje Forma y oportunidad de su restitución a) Los oferentes que hayan quedado fuera del proceso de evaluación de ofertas y aquellos que no hayan obtenido alguno de los tres primeros lugares en el proceso de evaluación, podrán retirar su garantía de seriedad a contar del segundo día hábil siguiente a la fecha de publicación en el portal www.mercadopublico.cl del acto administrativo que resuelve el proceso licitatorio. b) Los oferentes que hayan obtenido alguno de los tres primeros lugares en el proceso de evaluación podrán retirar su garantía de seriedad dentro de los 5 días siguientes a la publicación en el portal www.mercadopublico.cl de la resolución aprobatoria del respectivo contrato y en todo caso una vez vencida la vigencia de dichas garantías. En caso de que la licitación pública sea declarada desierta, se devolverán las garantías de seriedad de la oferta a los oferentes a contar del segundo día hábil siguiente a la fecha de publicación en el portal www.mercadopublico.cl de la resolución fundada que declara desierta la licitación. La garantía de seriedad de la oferta podrá ser ejecutada sin notificación ni forma de juicio, en los siguientes casos: 1. Si el participante retira su oferta durante el período de validez establecido en las presentes Bases. 2. Si el adjudicatario se desiste expresamente y por escrito de la adjudicación efectuada. 3. Si el adjudicatario, a pesar de no desistirse de la adjudicación efectuada conforme a lo señalado en el Nº2 precedente incurre en alguno de los casos descritos en las Bases. En conformidad con lo previsto en estas Bases, la falta de entrega de la garantía o el incumplimiento de ésta de alguna de las exigencias establecidas en este artículo será causal de inadmisibilidad de la oferta. ARTÍCULO N° 14 ADMISIBILIDAD Y VALIDEZ DE LAS OFERTAS Es requisito para participar en esta licitación y para la aceptación y validez de la oferta, cumplir con las exigencias establecidas en las Bases y presentar los antecedentes exigidos en las presentes Bases, con especial énfasis en aquellos declarados como OBLIGATORIOS, considerando que aquellos OBLIGATORIOS son causal de inadmisibilidad. Conforme con lo anterior serán estimadas como causales de inadmisibilidad y facultarán a la CORPORACIÓN para aplicar exclusión o eliminación de las ofertas las siguientes: 1. Que el proponente se encuentre afectado por alguna de las prohibiciones o limitaciones establecidas es las bases. 2. Que la propuesta no presente alguno de los antecedentes exigidos como OBLIGATORIOS. 3. Si los bienes o servicios ofertados no corresponden o no cumplen con lo requerido en las presentes bases y/o se encuentre afecto a un cobro adicional. 4. Que la propuesta esté sujeta a restricciones o condiciones conforme a lo previsto en estas Bases y que estás no puedan ser obviadas y/o aclaradas mediante foro inverso. 5. En el caso que corresponda, que el oferente no haya entregado la garantía de seriedad de la oferta y/o no sea presentada en la forma y contenido establecidas en las presentes bases. 6. Que en el caso que las bases contengan visita(s) a terreno obligatoria(s), que el oferente no haya asistido a tales visitas. 7. Que en el caso que corresponda, el oferente no entregase la(s) garantía(s) solicitadas en el proceso de postulación de ofertas. 8. Que presente información falsa, situación que incumple con el pacto de integridad. Todo lo anterior sin perjuicio de lo establecido en el artículo 15º de estas Bases. ARTÍCULO N° 15 ACLARACIONES A LAS OFERTAS La CORPORACIÓN podrá solicitar a los oferentes al momento de la apertura electrónica de sus ofertas y durante el proceso de evaluación que adjunten documentos no esenciales o salven errores de referencia o de transcripción que dan lugar a inconsistencias evidentes u omisiones formales o bien que aclaren algunos aspectos precisos de su oferta siempre y cuando las rectificaciones de dichos errores, vicios u omisiones o aclaraciones no les confiera a esos oferentes una situación de privilegio o ventaja respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Tanto la solicitud de aclaración de la oferta o la solicitud de documentación atingente al proceso, por parte de la CORPORACIÓN como la respuesta del oferente a dichas solicitudes, se realizarán a través del Sistema de Información. El plazo de respuesta será de 48 horas corridas contadas desde la fecha de solicitud de aclaración. ARTÍCULO N° 16 VALIDEZ DE LAS OFERTAS Las ofertas tendrán una validez de 120 días contados desde la fecha de apertura electrónica de la licitación. Si dentro de ese plazo no se puede efectuar la adjudicación, la Corporación podrá solicitar a los proponentes, antes de su expiración, la prórroga de las propuestas y la renovación de las garantías de seriedad en el caso que éstas hubieran sido exigidas en estas Bases. Si alguno de los proponentes no accediere a la solicitud, su propuesta no será considerada en la licitación, en cuyo caso la Corporación devolverá las garantías respectivas en el plazo de cinco días, contado desde su vencimiento. ARTÍCULO N° 17 COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS La apertura y evaluación de las ofertas será realizada por una comisión constituida para tal efecto, que estará compuesta por un mínimo de 3 integrantes, designados por el Secretario General, o quien tenga delegada la facultad. Al momento de conocer los nombres de los oferentes, cada integrante de la Comisión Evaluadora deberá declarar no tener conflicto de intereses con ninguno de ellos, de forma directa o indirecta, así como su compromiso de no aceptar donativos de ninguna especie o monto de terceros mientras integre esta Comisión Evaluadora. Para ello, cada miembro de la Comisión Evaluadora deberá firmar una Declaración Jurada de Ausencia de Conflicto de interés y de Confidencialidad, que será publicada conjuntamente con la respectiva Resolución de adjudicación o deserción. En el evento de que los miembros de la Comisión Evaluadora declarasen o detectaran en el acto mismo que tiene algún conflicto de interés con uno o más de los oferentes, deberá así manifestarlo y abstenerse de participar en la evaluación. En tal caso se dejará constancia de dicha circunstancia en el Acta suspendiéndose la Evaluación para proceder al inmediato reemplazo del integrante de la Comisión Evaluadora inhabilitado mediante resolución dictada a tal efecto, sin perjuicio de poder procederse en conformidad con lo previsto en el párrafo siguiente. En caso de que alguno de los miembros de la comisión no pudiera participar en el acto de evaluación por inhabilidad sobreviniente o bien por estar en uso de licencia médica, por fuerza mayor, caso fortuito u otro imprevisto de análoga naturaleza, la Comisión podrá igualmente proceder a la evaluación de las propuestas siempre que cuente al menos con tres integrantes conforme a lo exigido en el artículo 37 del Decreto N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. La evaluación se efectuará considerando en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean estos de carácter técnico, legal, económico, u otros. Se prohíbe a los miembros de la Comisión Evaluadora tomar contacto o conceder reuniones a terceros sean oferentes o no, relativas a materias vinculadas a la evaluación. Corresponderá a la Comisión Evaluadora: 1.- Verificar la admisibilidad de las propuestas en conformidad con lo previsto en las presentes Bases. 2.- Revisar el cumplimiento de requisitos técnicos obligatorios indicados en las presentes Bases, lo cual determinará la admisibilidad o inadmisibilidad de las ofertas. 3.- Realizar el proceso de evaluación de las ofertas y antecedentes sólo respecto de aquellas propuestas que hayan sido calificadas como admisibles. 4.- Elaborar el Informe de Evaluación de las Ofertas, considerando lo siguiente: 1) En caso de que se encuentren contempladas en las Bases una visita a terreno o la demostración de productos y/o equipos en comodato: constancia de la efectiva realización de la actividad, forma como se desarrollaron y pronunciamiento de la Comisión en caso de observaciones a los mismos. 2) Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las Bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos. 3) Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas. 4) La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación. 5) Cuadro de todas las propuestas participantes consideradas con un puntaje total obtenido. 6) La proposición fundada de adjudicación o de declaración de la licitación como desierta, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final. 5.- Solicitar modificación del plazo de adjudicación en el caso previsto en las presentes Bases, si corresponde. El Informe de Evaluación elaborado por la Comisión de Evaluación deberá ser suscrito por todos sus integrantes y entregado al Secretario General de la Corporación para posteriormente ser publicado en el portal de Mercado Público. La Comisión de Evaluación queda facultada para resolver por sí sola cualquier duda o discrepancia que en el acto de apertura o de evaluación de las ofertas pueda surgir en relación con la interpretación o aplicación de las presentes Bases.
III.- EVALUACIÓN
CRITERIOS DE EVALUACIÓN El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos solicitados en las Bases, continuará con el proceso de evaluación de la presente licitación. En el caso de que la licitación sea por línea, la evaluación se realizará por cada una de ellas. La evaluación de la oferta se llevará a cabo de acuerdo con los siguientes criterios: CRITERIOS DE EVALUACIÓN PONDERACIÓN 1.- Evaluación Económica. 75% 2.- Experiencia del proveedor. 22% 3.- Programa de Integridad 2% 4.-Cumplimiento de requisitos formales. 1% Definición de criterios y asignación de puntajes: A continuación, se analizará cada uno de los criterios de evaluación definidos en las presentes bases: 1.- Evaluación Económica (75%) Anexo N°2: Los oferentes deberán presentar la información requerida de forma obligatoria en el Anexo N°2, indicando en pesos chilenos su oferta, según el siguiente detalle. 1.1.- Valor de la Línea N°1” CONSULTA OFTALMOLÓGICA”: El puntaje se definirá en base a la siguiente fórmula: Puntaje =⌈(Menor "VALOR TOTAL DEL SERVICIO" ofertado)/("VALOR TOTAL DEL SERVICIO " a evaluar )⌉∙100 1.2.- Valor de la Línea N°2 “SUMINISTRO DE ANTEOJOS”: Las ofertas se evaluarán según sub-línea de productos. El puntaje del criterio se definirá en base a la siguiente fórmula: Puntaje Sub-línea N°1: Valor Anteojo de lectura (+0.50 a +4.00 esférico) 1 punto =⌈(Menor "VALOR TOTAL IMPUESTOS INCLUIDOS" ofertada)/("VALOR TOTAL IMPUESTOS INCLUIDOS" a evaluar )⌉∙100*0,01 Puntaje Sub-línea N°2: Valor anteojo de dioptría baja (+-6 esférico/ -2 cilíndrico) 85 puntos =⌈(Menor "VALOR TOTAL IMPUESTOS INCLUIDOS" ofertada)/("VALOR TOTAL IMPUESTOS INCLUIDOS" a evaluar )⌉∙100*0,85 Puntaje Sub-línea N°3: Valor anteojo dioptría media (+-6 esférico/ -4 cilíndrico) 6 puntos =⌈(Menor "VALOR TOTAL IMPUESTOS INCLUIDOS" ofertada)/("VALOR TOTAL IMPUESTOS INCLUIDOS" a evaluar )⌉∙100*0,06 Puntaje Sub-línea N°4: Valor anteojo dioptría media alta (+-6 esférico/ - 6 cilíndrico) 4 puntos =⌈(Menor "VALOR TOTAL IMPUESTOS INCLUIDOS" ofertada)/("VALOR TOTAL IMPUESTOS INCLUIDOS" a evaluar )⌉∙100*0,04 Puntaje Sub-línea N°5: Valor anteojo dioptría alta (+-8 esférico/ -6 cilíndricos) 2 puntos =⌈(Menor "VALOR TOTAL IMPUESTOS INCLUIDOS" ofertada)/("VALOR TOTAL IMPUESTOS INCLUIDOS" a evaluar )⌉∙100*0,02 Puntaje Sub-línea N°6: Valor Anteojo de dioptría superior (+- 14.00 esférico/ +- 8.00 cilíndricos) 1 punto =⌈(Menor "VALOR TOTAL IMPUESTOS INCLUIDOS" ofertada)/("VALOR TOTAL IMPUESTOS INCLUIDOS" a evaluar )⌉∙100*0,01 Puntaje Sub-línea N°7: Valor Anteojo de dioptría fuera de rango (+- 14.25 esférico/ +-8.25 cilíndricos) 1 punto =⌈(Menor "VALOR TOTAL IMPUESTOS INCLUIDOS" ofertada)/("VALOR TOTAL IMPUESTOS INCLUIDOS" a evaluar )⌉∙100*0,01 Puntaje Oferta económica Línea N°2 = (Puntaje Sub-línea N°1 + Puntaje Sub-línea N°2 + Puntaje Sub-línea N°3 + Puntaje Sub-línea N°4 + Puntaje Sub-línea N°5 + Puntaje Sub-línea N°6 + Puntaje Sub-línea N°7) * 0,75. Para los efectos de la evaluación y elaboración del ranking respectivo los puntajes serán considerado con hasta dos (2) decimales. 2.- Experiencia del proveedor (22%) Anexo N°4: Este criterio se evaluará por línea en función de la experiencia del proveedor en los productos y/o servicios requeridos en estas bases, otorgados por instituciones del ámbito público y privado, en los últimos 7 años desde publicado el presente proceso en Mercado público. Para acreditar dicha experiencia, el oferente deberá acompañar Orden de compra en PDF, en estado de recepción conforme o Certificado de recepción conforme en formato libre, debidamente firmado por el mandante, indicando nombre, fecha y monto del contrato que se recepciona. Es importante señalar que sólo se considerarán para la evaluación aquellos contratos declarados en dicho anexo, debidamente respaldados, que presenten recepción conforme. En el caso de solamente presentar el número de las órdenes de compra del sector público en dicho anexo, la Corporación se encontrará facultada para revisar el estado, periodo y el rubro, en el portal Mercado Público. En este sentido, si estas OC declaradas no cumplen con las condiciones establecidas precedentemente, no serán consideradas como parte de los antecedentes de la evaluación, y no se les asignará puntaje. Solo se considerarán aquellos contratos declarados en el Anexo N°4 con su respectivo medio de comprobación adjunto, de lo contrario, no serán considerados en la evaluación. Lo anterior será evaluado de acuerdo con los siguientes puntajes: Servicios oftalmológicos durante los últimos 7 años PUNTOS 8 o más contrataciones 100 Entre 6 a 7 contrataciones 80 Entre 4 a 5 contrataciones 60 Entre 2 a 3 contrataciones 40 1 contratación 20 No acredita experiencia 0 La Corporación se reservará el derecho de consultar con el mandante la veracidad de los servicios prestados y/o verificar su veracidad o validez a través de cualquier otro mecanismo, como por ejemplo descargar la orden de compra o ID de la Licitación, u otros antecedentes de Mercado Público. La documentación en donde no sea posible verificar la experiencia, porque no ha sido acreditada, no será considerada en la respectiva evaluación. 3.- Programa de integridad (2%) Anexo N°6: Para su evaluación, el oferente debe adjuntar el programa de integridad. En consecuencia, si el proveedor no presenta el programa, obtendrá puntaje 0. DESCRIPCIÓN PUNTAJE Cuenta con Programa de integridad 100 No cuenta con Programa de Integridad 0 4.- Cumplimiento de requisitos formales (1%): Este criterio de evaluación considera el cumplimiento referido a la entrega y presentación de los documentos administrativos y anexos indicados en esta licitación, de acuerdo con la siguiente tabla: FACTOR A EVALUAR PUNTAJE La oferta cumple todos los requisitos formales y presenta todos los documentos y anexos administrativos, técnicos y económicos, dentro del plazo indicado para la recepción de ofertas, sin observaciones o aclaraciones presentadas con posterioridad al vencimiento del plazo destinado para ello. 100 La oferta cumple todos los requisitos formales para ofertar, pero se debe pedir subsanar o enmendar elementos que no sean obligatorios a través de foro inverso y el proveedor corrige y/o subsana en tiempo y forma. 50 La oferta cumple todos los requisitos formales para ofertar, pero se debe pedir subsanar o enmendar elementos que no sean obligatorios través de foro inverso y el proveedor NO corrige y/o subsana en tiempo y forma. 0 Comportamiento contractual anterior: La evaluación al comportamiento contractual tiene por OBJETO DESCONTAR PUNTAJE, respecto del total obtenido, aplicando la pauta de evaluación, considerado la información proporcionada por el "Historial de comportamiento contractual" de la plataforma Chile Proveedores. N° TIPO SANCIÓN PUNTAJE PARA DISMINUIR 1 Termino anticipado unilateral de contrato por causas imputables al contratista -5 Puntos por contrato. 2 Por cada 5 multas que posea en la ficha del proveedor de Mercado Público cursadas en el rubro licitado en los últimos 24 meses. -2 Puntos por cada 5 multas. Cada puntaje indicado en la tabla precedente se deberá considerar por cada "término anticipado unilateral del contrato", que presente el proveedor, EN LOS ÚLTIMOS 24 MESES, el puntaje se irá restando hasta un MÁXIMO de 15 PUNTOS. En el caso de multas “Por cada 5 multas cursadas en el rubro licitado que posea el proveedor.” EN LOS ÚLTIMOS 24 MESES, el puntaje se irá restando hasta un MÁXIMO de 10 PUNTOS. Resolución de empates. Cuando dos o más oferentes obtengan idéntico puntaje máximo final, se aplicará, en forma sucesiva las siguientes reglas de desempate: Quien haya obtenido el mayor puntaje en el criterio de “Evaluación Económica”. Quien haya obtenido el mayor puntaje en el criterio de “Experiencia del proveedor”. Quien haya obtenido el mayor puntaje en el criterio de “Programa de integridad”. Quien haya obtenido el mayor puntaje en el criterio de “Cumplimiento de requisitos formales”. Si aun así subsiste la situación de empate se adjudicará la oferta que haya sido ingresada primero según comprobante de ingreso de oferta emitido por la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas en el portal www.mercadopublico.cl.
IV.- ADJUDICACIÓN
ARTÍCULO N° 19 ADJUDICACIÓN 19.1 ADJUDICACIÓN Para la presente licitación se seleccionará la oferta más ventajosa, teniendo en cuenta los puntajes obtenidos en cada criterio de evaluación y sus respectivas ponderaciones. La adjudicación se realizará por línea de cada servicio/producto, según corresponda, al valor ofertado. La Corporación, resolverá el proceso licitatorio en el plazo señalado para tales efectos en el cronograma contenido en estas Bases, mediante la emisión del acto administrativo. Con todo, si la adjudicación no se efectúa dentro del plazo señalado, informará en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación. Los participantes serán notificados de la adjudicación en conformidad a lo dispuesto en las presentes Bases. La Corporación, rechazará, en forma fundada, y declarará inadmisibles aquellas propuestas que no cumplan con los requisitos mínimos exigidos en las presentes Bases. Las propuestas rechazadas lo serán en forma permanente y definitiva. El acto de adjudicación es la aceptación oficial por parte de la CORPORACIÓN de una propuesta presentada por un oferente que no genera al adjudicatario derecho adquirido alguno respecto de la adjudicación y que solo pasa a tener fuerza jurídica una vez perfeccionado el vínculo contractual, esto es, cuando ha sido emitida y aceptada la orden de compra o bien cuando se encuentra totalmente tramitado el acto administrativo aprobatorio del respectivo contrato, según sea el caso. 19.2 REVOCACIÓN Se revocará la licitación mediante resolución fundada en el caso de que existan errores no subsanables generados al momento de la creación del proceso licitatorio en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública y que impiden adjudicar conforme a lo previsto en las Bases, o cuando no pueda continuar con el procedimiento administrativo que conduce a la adjudicación. 19.3 DESERCIÓN Se declarará desierto el procedimiento licitatorio en los siguientes casos: 1. Si no se presentan ofertas. 2. Si todas las ofertas son inadmisibles en conformidad a estas Bases. 3. Si el servicio ofertado no es conveniente para los intereses de la Corporación: • Por no cumplir con las características técnicas requeridas; • En razón de que los precios ofertados no son favorables en relación con el presupuesto disponible para la licitación. • Por otras razones que deberán ser debidamente justificadas y fundamentadas por la Comisión Evaluadora. Para los efectos previstos en el párrafo cuarto del artículo 41° del Reglamento de la ley N°19.886, en caso de producirse consultas relacionadas con la resolución del proceso licitatorio, esto es, respecto de la adjudicación o declaración de licitación desierta, los oferentes podrán, dentro del plazo de 3 días hábiles contado desde la publicación de la respectiva resolución, formular sus consultas a través del Sistema de Información. 19.4 READJUDICACIÓN Se entenderá ipso facto que el adjudicatario no acepta la adjudicación en los siguientes casos, los cuales serán aplicables según lo establecido en las presentes Bases: i. Si el adjudicatario no entrega la garantía de fiel cumplimiento y el seguro de responsabilidad civil conforme con lo exigido en estas Bases. Lo anterior en los casos que corresponda entregarlas; ii. Si el adjudicatario no suscribe el contrato en los casos en que conforme a las Bases corresponda su suscripción; iii. Si el adjudicatario no cumple con alguno de los requisitos establecidos en las presentes Bases. En tales casos la CORPORACIÓN podrá evaluar la conveniencia y/o necesidad de persistir en la adjudicación, readjudicando al oferente que ocupe el segundo o el tercer lugar en el ranking de evaluación, esto último solo si el segundo se desiste de la readjudicación o bien dejarla sin efecto o declararla desierta, según corresponda. Todo lo anterior según sean las circunstancias concurrentes conforme a las cuales han tenido lugar alguna de las situaciones descritas. Para tales efectos la Comisión Evaluadora emitirá el informe respectivo con las recomendaciones que estime convenientes y sean procedentes. Conforme a la ponderación de dicho informe se dictará la correspondiente resolución fundada de la Corporación. El nuevo adjudicatario deberá cumplir con los requisitos establecidos en estas Bases dentro de los mismos plazos y en la forma y condiciones establecidas en las presentes Bases. La confirmación definitiva de la readjudicación se llevará a cabo por el Sistema de Información del portal www.mercadopublico.cl
V.- CONTRATACIÓN
CONTRATO Resuelta la adjudicación de la licitación, y para el proceso de contratación, el/los adjudicatario(s) deberá(n) cumplir con los siguientes requisitos: a) Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores. El Proveedor adjudicado tendrá 15 días hábiles contados desde la fecha de publicación de la resolución de adjudicación en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública de la Administración a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, sitio www.mercadopublico.cl, para habilitarse en el registro indicado. En el caso de la Unión Temporal de Proveedores cada proveedor de dicha unión deberá encontrarse hábil en el Registro de Proveedores. b) Entregar una garantía para asegurar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones contraídas en la forma y condiciones establecidas en estas Bases, si así fuera exigible conforme a lo previsto en estas Bases. c) Entregar todos los documentos que solicite la CORPORACIÓN o quien esté a cargo para la elaboración del subcontrata, atingentes a la naturaleza de la contratación y el proceso. d) En el caso de la Unión Temporal de Proveedores, ésta deberá acreditar que el acuerdo consta por escritura pública o privada si se trata de una adquisición inferior a 1.000 UTM o escritura pública si se trata de una adquisición superior a 1.000 UTM e) Certificado emitido por la Dirección del Trabajo, acreditando que no registra reclamo ni denuncia en relación a sus obligaciones laborales a través del certificado F30. f) Cumplir con las exigencias contenidas en el Reglamento Especial Para Empresas Contratistas y Subcontratistas, en su Título II, Sistema de Gestión de Salud y Seguridad en el Trabajo. La documentación requerida en las letras c) y d) de este artículo deberá ser entregada por el adjudicatario dentro de los 5 días hábiles siguientes a la adjudicación o de la solicitud de documentación. ARTÍCULO N° 21 GARANTÍAS REQUERIDAS GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO El proveedor adjudicado deberá garantizar el fiel y cabal cumplimiento de las obligaciones que impone el contrato mediante una caución o garantía. Se aceptará cualquier instrumento de caución que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con los siguientes requisitos: Beneficiario Corp. De Desarrollo Social de Providencia, R.U.T. N.º 69.070.301-7 Pagadera A la vista Tipo Irrevocable, sin ningún condicionamiento, debiendo también permitir su ejecución para el cobro de las eventuales multas Vigencia mínima 24 meses más 90 días hábiles, a contar de la adjudicación. La extensión o reemplazo deberá ser efectuado por el Proveedor con a lo menos 30 días corridos de anticipación al plazo de vencimiento previsto en el documento. El incumplimiento de esta obligación será estimado como incumplimiento grave y dará lugar a la ejecución inmediata de la garantía de fiel cumplimiento. Corresponderá a la Contraparte Técnica de la CORPORACIÓN verificar el efectivo cumplimiento de esta obligación por parte del Proveedor. En caso de renovación del contrato, deberá proporcionar una nueva boleta por el nuevo período. Expresada en Pesos chilenos, UF o UTM. Monto 10% del adjudicado. Glosa Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato de “SERVICIOS DE SUMINISTRO OFTALMOLÓGICOS PARA USUARIOS DE CENTROS DE SALUD DEPENDIENTES DE LA CORPORACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA”, ID 552975-XX-LR24. (Se deberá indicar el ID de la licitación, por ello donde se señala XX, el oferente deberá reemplazarlo por el número correspondiente). Si el documento a presentar no permite, por su naturaleza, señalar la glosa en su texto, esta deberá venir escrita al reverso o en acta adjunta adherida al documento. Otros requisitos En el caso de las pólizas de seguros, certificados de garantía recíproca u otros instrumentos de garantía de similar naturaleza, no podrán contener cláusula de arbitraje Forma y oportunidad de su restitución Una vez que el Proveedor haya dado total, íntegro y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones por él contraídas en el respectivo contrato y se haya verificado el plazo de vigencia de la garantía. Previamente a la restitución de la garantía se requerirá la verificación de lo anterior y para lo cual la Contraparte Técnica de la CORPORACIÓN emitirá el respectivo informe de cumplimiento entendiendo, para tales efectos, que las obligaciones del Proveedor revisten el carácter de indivisibles La garantía de fiel cumplimiento del contrato en el caso de ser un documento físico deberá ser entregada en el Departamento de Tesorería de la Corporación de Desarrollo Social de Providencia, ubicada en Av. Pedro de Valdivia 963, comuna de Providencia, Santiago. Se previene que los días y horas de atención de dicha oficina para los efectos de recepción de la garantía son de días hábiles de lunes a viernes entre las 9:00 y 14:00 horas en la Unidad de Tesorería. En el caso de ser un documento digital, este deberá ser enviado a tesoreria@cdsprovidencia.cl, con copia a adqusiciones@cdsprovidencia.cl y el correo de la persona que la solicito. La garantía deberá ser entregada por el adjudicatario dentro de los 10 días hábiles siguientes a la adjudicación. En caso de que la garantía adolezca de algún error u omisión, la entrega podrá extenderse por 3 días hábiles. La falta de entrega de esta garantía será causal para dejar sin efecto la adjudicación y proceder a la readjudicación o declaración de desierta, según el caso. En el evento de que el Proveedor no cumpla con las obligaciones y/o los plazos que establecen las presentes Bases, la Propuesta correspondiente y/o el contrato, y en particular en los casos contemplados en estas Bases, la CORPORCIÓN queda autorizado desde ya para proceder a hacer efectiva la garantía, sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna y sin perjuicio de las demás acciones legales que pudieren corresponderle a la CORPORACIÓN. ARTÍCULO N° 22 SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO 22.1 CONTRATO En caso de que la(s) adjudicación(es) sea(n) igual(es) o mayor(es) a 1000 (mil) Unidades Tributarias Mensuales, se suscribirá con el(los) proponente(s) adjudicatario(s) un contrato de servicio por la o las líneas adjudicadas. Se deberá celebrar el respectivo contrato dentro del plazo señalado en este artículo, el cual contendrá las cláusulas necesarias para el resguardo de los intereses de la Corporación y será suscrito por éste y la persona natural adjudicada o el representante legal de la entidad adjudicataria, según corresponda, debiendo ésta informar el nombre del o los representantes legales que comparecerán a la suscripción del contrato. Para todos los efectos del contrato, la Corporación fijará su domicilio en la comuna de Providencia de la ciudad de Santiago. De esta manera, la Corporación, previa verificación en dicho Sistema del efectivo cumplimiento del requisito previsto en la letra a) del artículo 20º de estas Bases, enviará el documento de contrato respectivo al Proveedor adjudicado vía correo electrónico a la dirección de correo informado por éste en su oferta. En este sentido, el oferente adjudicado estará obligado a firmar el contrato, ya sea con firma electrónica (En el caso de que el adjudicatario cuente con esta opción) o de manera presencial en las dependencias de la CORPORACIÓN, ubicada en Av. Pedro de Valdivia 963, comuna de Providencia, Santiago. En el caso de contar con firma electrónica, el proveedor deberá remitir el contrato vía correo electrónico. En ambos casos, el proveedor dispondrá de un plazo máximo de 10 días hábiles para efectuar la entrega del contrato debidamente suscrito (mediante correo electrónico o presencial, según corresponda), contados desde la fecha de envío del correo electrónico con el documento contrato por parte de la CORPORACIÓN al proveedor. Es requisito obligatorio que el proveedor entregue las garantías exigidas antes de la firma del contrato, ya que, en su defecto, éste no podrá ser firmado hasta contar con la recepción de las respectivas garantías, si aplica, por parte de la corporación. Una vez firmado el contrato por las partes, éste y su resolución aprobatoria serán publicados en el Sistema de Información. Todos los costos, gastos e impuestos que irrogue la formalización del contrato, serán de cargo del adjudicatario. 22.2 ORDEN DE COMPRA En caso de que la(s) adjudicación(es) sea(n) menor(es) a 1000 (mil) Unidades Tributarias Mensuales, se emitirá a nombre del (los) proponente(s) adjudicatario(s) una orden de compra por la o las líneas adjudicadas. Una vez entregada la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, según corresponda, la entidad licitante formalizará el cumplimiento de la provisión mediante la emisión de la Orden de Compra respectiva. Adicionalmente, el proveedor y el encargado de la U.T. respectiva recibirán copia de la Orden a través de un correo electrónico de la Corporación, emitido desde el Departamento de Compras Públicas. informándole de tal emisión. El adjudicatario deberá aceptar la Orden de Compra a través del Sistema (www.mercadopublico.cl) en un plazo de 72 horas, contadas desde la fecha y hora de la emisión. En caso de que la Orden de Compra no haya sido aceptada, la Corporación podrá solicitar su rechazo, y se entenderá definitivamente rechazada transcurridas 24 (veinticuatro) horas desde dicha solicitud. ARTÍCULO N° 23 VIGENCIA DE LA CONTRATACIÓN El contrato comenzará a regir a contar de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe, por una duración de 24 meses o hasta el agotamiento de los recursos adjudicados, dependiendo de cuál de estas circunstancias se ocurra primero. El inicio de la prestación del servicio será previa coordinación con la unidad técnica. Sin perjuicio de lo anterior. Por razones de buen servicio, podrán comenzar a ejecutarse los servicios y/o entrega de bienes a contar de la fecha de suscripción del contrato respectivo, con anterioridad a la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe. Sin embargo, queda expresamente establecido que no se podrá realizar pago alguno sin la total tramitación del referido acto administrativo y la respectiva recepción conforme de los servicios. En los casos en que se formalice mediante Orden de Compra comenzará a regir desde la aceptación de la orden de compra por parte del adjudicado hasta la recepción conforme de todos los productos, según lo señalado en bases, por lo que se entenderán extintas las obligaciones contractuales entre las partes. 23.1 RENOVACIÓN En caso excepcional y por motivos fundados por la Unidad Técnica, la contratación podrá eventualmente ser renovada, solo por una sola vez, por igual periodo y en las mismas condiciones contratadas en este acto, en virtud de lo dispuesto en el artículo 12° del Decreto Supremo N°250/2004 que aprueba el Reglamento de Compras y contratación pública. Dicha renovación deberá aprobarse mediante acto administrativo totalmente tramitado, asimismo, se deberá contar con el certificado de disponibilidad presupuestaria. ARTÍCULO N° 24 CESIÓN DE CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN. Durante la ejecución del contrato, y previa autorización de la CORPORACIÓN, el Proveedor podrá efectuar las subcontrataciones que sean necesarias para el cumplimiento del servicio contratado. No obstante, la subcontratación deberá ser parcial conforme con lo dispuesto en el artículo 76 del Decreto Nº250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. El personal que contrate el Proveedor, con motivo de la ejecución del servicio, materia de la presente licitación, no tendrá, en caso alguno, relación laboral, ni vínculo de subordinación y/o dependencia con la CORPORACIÓN, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo, sino que exclusivamente con el Proveedor. En todo caso, cualquiera sea el tipo de subcontrato, el Proveedor seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato suscrito con la CORPORACIÓN. Sin perjuicio de lo anterior, y cada vez que CORPORACIÓN así lo requiera, el Proveedor estará obligado a informar respecto del estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a este último les corresponda respecto a sus trabajadores, como asimismo de igual tipo de obligaciones que tengan los subcontratistas con sus trabajadores. El monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales deberá ser acreditado mediante certificados emitidos por la respectiva Inspección del Trabajo, o bien por aquellos medios idóneos reglamentados por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento. El incumplimiento reiterado del Proveedor a sus obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores, en los términos previstos en las Bases, será estimado como incumplimiento grave y facultará a la CORPORACIÓN para poner término anticipado al contrato en conformidad con lo dispuesto en estas Bases y realizar el cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato pertinente (si es que existiera dicha caución). Lo anterior sin perjuicio de lo establecido en la ley Nº20.123.
VI.- MULTAS
ARTÍCULO N° 25 CONDICIONES DE MULTA La Corporación se reserva el derecho, previo informe de la Unidad Técnica de aplicar sanciones al adjudicatario en el caso que éste haya incumplido cualquiera de las obligaciones establecidas en el contrato o que le impone la Ley. El monto de las sanciones será determinado por la Corporación, de acuerdo con la magnitud de la infracción pudiendo llegar hasta un 20% del total del contrato. En tal caso, la Corporación podrá poner término anticipado del contrato en virtud de lo indicado en estas Bases de Licitación, pudiendo hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato, de acuerdo a lo estipulado en estas Bases. Estas multas se fijarán en UTM. El valor de la UTM será establecido de acuerdo al mes en que se haya incurrido la infracción correspondiente. El monto de las multas para la Línea N°1 está dado de acuerdo a la siguiente tabla: Causales de multas Valor de multa por primer evento Valor de multa por evento desde segundo evento No realizar la notificación de un valor critico o realizarlo fuera de plazo (plazo máximo 48 hrs hábiles) 1 UTM 3 UTM Atraso de entrega de Notificaciones GES mayor a 72 hrs. 2 UTM 3 UTM Si en los 3 últimos meses el promedio no es igual o superior a 500 cupos mensuales. 2 UTM 3 UTM Interrupción del servicio por causa atribuible al oferente 3 o más veces durante el trimestre, sin reagendamiento dentro de las primeras 48hrs de la consulta inicial. 1 UTM 3 UTM Resultados no disponibles en plataforma web en plazo de 72hrs corridas desde la atención de 3 o más casos. 0.5 UTM 1.5 UTM Conductas que impliquen condiciones sanitarias deficientes. 2.5 UTM 5 UTM Realización de prestaciones por profesionales que no cumplen requisitos de estas bases 2.5 UTM 5 UTM Cobros no procedentes a usuarios 2.5 UTM 5 UTM Informe de resultados con información incompleta, incongruente y/o errónea 0.5 UTM 1 UTM Asignación de cupos mensuales insuficientes según programación/solicitud 2.5 UTM 5 UTM Realización de prestaciones de manera parcial o incompleta 2.5 UTM 5 UTM Documentos GES con daños, errores y/o enmendaduras, sin corrección dentro de las 24 horas hábiles posterior a la solicitud de corrección. 0.5 UTM 1 UTM El monto de las multas para la Línea N°2 está dado de acuerdo a la siguiente tabla: Causales de multas Valor de multa por primer evento Valor de multa por evento desde segundo evento Quiebre de stock de Anteojos 1.5 UTM 3 UTM Entrega de Anteojos de materiales deficientes o distintos a los ofertados. 2.5 UTM 5 UTM Entrega de Anteojos mal graduados de acuerdo a la evaluación. (Considerando 3 oportunidades en 1 mismo mes calendario.) 1.5 UTM 3 UTM Cobros no procedentes a usuarios 2.5 UTM 5 UTM Vencimiento de garantía GES por cada caso. 2.5 UTM 5 UTM No entrega respuesta, dentro de 72 horas, sobre la garantía de anteojos que se puede hacer efectiva hasta los 6 meses desde la recepción conforme del usuario. 1.5 UTM 3 UTM Incumplimiento a las obligaciones señaladas en las Bases Técnicas de Licitación. 1.5 UTM 3 UTM No realizar entrega de lentes a los usuarios, cuando el despacho a los establecimientos no se pueda realizar dentro de plazo de 10 días hábiles desde la presentación de la receta, a excepción de lentes fuera de rango. 1 UTM 3 UTM No realizar entrega de lentes dentro de la comuna de Providencia, en el caso de proveedores con ubicación fuera de la comuna deberán contar con personal en el CESFAM indicado y en el horario requerido para realizar dicha entrega. 2 UTM 4 UTM En el caso de que se cumplan más de 5 eventos que generen el cobro de diferentes multas en un período de seis meses, la Corporación podrá poner término anticipado del contrato en virtud de lo indicado en estas Bases de Licitación, pudiendo hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato, de acuerdo a lo estipulado en estas Bases. Si con motivo del incumplimiento por parte de los proveedores de una o más obligaciones establecidas en las bases, la CORPORACIÓN podrá adoptar el procedimiento para la aplicación de medidas previsto en este artículo. En caso de determinarse la procedencia de aplicar multa(s), la CORPORACIÓN notificará por escrito al Proveedor mediante el envío de un correo electrónico, al indicado en el Anexo N°1 “Identificación del oferente y declaración jurada de aceptación de bases e inhabilidades para contratar con el estado” o le indicado al momento de la firma del contrato indicándole los hechos que configuren el(los) incumplimiento(s) y la(s) sanción(es) que resulta(n) aplicable(s), adjuntando un informe elaborado por la UT, el que indicara los incumplimientos acaecidos. Lo anterior se entenderá notificado en un plazo de 24 horas corridas, contadas desde que la Unidad de Licitaciones de la Corporación emita dicho correo. A contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes, lo anterior, respondiendo el mismo correo en el cual fue notificado. La CORPORACIÓN, a través de su Unidad Técnica, acogerá total o parcialmente los fundamentos dados por el contratista o bien, la rechazará confirmando la multa aplicada, luego de ello dictará el respectivo acto administrativo aplicando la multa, la resolución deberá notificarse al proveedor adjudicado e informarse en el módulo de sanciones del portal www.mercadopublico.cl. • Pago de las Multas Tratándose de las multas se procederá conforme con lo siguiente: 1. Las multas aprobadas deberán ser pagadas por el proveedor en el plazo de 10 días hábiles. 2. El proveedor deberá pagar la respectiva multa mediante transferencia electrónica a la cuenta corriente de la Corporación, conforme a lo dictado en el acto administrativo señalado en el párrafo anterior, según el valor de la respectiva multa. 3. Vencido el plazo para efectuar el pago sin que el Proveedor lo haya efectuado, la Corporación podrá cobrar la mula de la Garantía de Fiel Cumplimiento de contrato. En este caso el proveedor deberá, dentro del plazo de 5 (cinco) días hábiles siguientes al cobro, entregar una nueva garantía de fiel cumplimiento en reemplazo de la anterior y en los términos señalados en las condiciones contractuales. 4. De haberse ejecutado las mutas de las formas antes señaladas, mediando las instancias recursivas, y existiendo saldos insolutos de la multa, la Corporación podrá perseguir por la vía judicial el cobro de dichos saldos, buscando satisfacer en su totalidad los intereses de la misma.
VII. DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO Mediante Resolución fundada la CORPORACIÓN podrá poner término anticipado al contrato en cualquiera de las situaciones que se señalan a continuación: a) Si el PROVEEDOR se encontrase en el Procedimiento Concursal de Liquidación en los términos establecidos en la ley N°20.720 o le son protestados documentos comerciales que se mantuvieren impagos por más de sesenta días o no fueren debidamente aclarados dentro de dicho plazo. b) Si el Proveedor se encuentra en estado de notoria insolvencia, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. c) En caso de término de giro, liquidación o disolución de la entidad proveedora. En tales eventos la entidad proveedora tendrá la obligación de comunicar cualquiera de tales hechos a la CORPORACIÓN, dentro del plazo de 10 días contados desde el suceso respectivo. d) Si el servicio/productos, materia de esta licitación, no cumple con las características exigidas en las Bases u ofertadas por el proveedor adjudicado. e) Si se verificare cualquier otro incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor. Se estimarán como tales: si el Proveedor supera el valor máximo de multas establecido en estas Bases; incumplimiento que impida o dificulte notoriamente la correcta y oportuna ejecución del servicio contratado; en todos los casos previstos en estas Bases en que la aplicación de multas o incumplimiento conlleva el término anticipado del contrato; y en todos los casos en que conforme a lo previsto en las presentes Bases el incumplimiento acarrea el término anticipado del contrato. f) La no renovación de la garantía en los casos previstos en las presentes Bases. g) El incumplimiento reiterado o sostenido del Proveedor a sus obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores. Se entenderá que hay incumplimiento reiterado si el Proveedor no ha dado cumplimiento íntegro y oportuno a sus obligaciones laborales y previsionales en dos o más períodos de cotizaciones, y sostenido si la situación de incumplimiento se mantiene durante dos o más meses de manera continua. Lo anterior sin perjuicio del derecho de retención previsto en la ley Nº20.123. h) Si el adjudicatario subcontrata total o parcialmente el contrato, sin previa autorización de la CORPORACIÓN, de acuerdo a lo estipulado en estas bases. i) Si el servicio licitado es objeto de convenio marco con el mismo contratante con posterioridad a la celebración del contrato y los precios en Convenio Marco son inferiores a los adjudicados en la presente licitación, a menos que el proveedor contratante iguale el precio. j) Por caso fortuito o fuerza mayor. k) Si así lo exigiera el interés público o la seguridad nacional. l) Si el proveedor adjudicado pierde la Acreditación como prestador médico. m) Si las partes de común acuerdo convienen en dar término anticipado al contrato. n) Realización de actividades que pongan en riesgo la integridad física o moral de los pacientes. o) En el caso de que se cumplan más de 5 eventos que generen el cobro de diferentes multas señaladas en las bases, en un período de seis meses. Si el proveedor incurre en alguna de las causales de término anticipado imputables a este, el Administrador de Contrato de la Corporación, comunicará al proveedor que se está frente a una causal de término anticipado, de manera fundada y por correo electrónico, dándole al proveedor un plazo de 5 (cinco) días hábiles para pronunciarse, la notificación de termino anticipado, se entenderá realizada una vez transcurridos 24 horas corridas desde el envío del correo electrónico. En el caso de que el proveedor presente respuesta contraviniendo los hechos y/o la cláusula que se considera vulnerada, deberá hacerlo por correo electrónico, el que deberá ser dirigido a la Unidad de Licitaciones. En tal caso, el Administrador de Contrato podrá acogerlos o rechazarlos. El acto administrativo que ponga término anticipado al contrato celebrando se notificara de acuerdo a las reglas establecidas en la Ley N°19.880. En caso de que la forma de notificación requiera del domicilio del adjudicatario, se considerara el que haya señalado al celebrar el contrato. Puesto término anticipado al contrato por cualquiera de las causas señaladas, con excepción de las indicadas en las letras j), k), l), y m), en el evento de haberse entregado garantía de fiel cumplimiento atendido el monto de la contratación, la CORPORACIÓN podrá cobrarla y hacerla efectiva sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna de acuerdo con el procedimiento que corresponda según su naturaleza. Sin perjuicio de lo anterior, la CORPORACIÓN ejercerá todas las acciones legales que le pudieren corresponder en contra del Proveedor por su incumplimiento. En el caso de la resciliación, la propuesta de terminar el contrato por mutuo acuerdo se realizara por correo electrónico, que emanara del Administrador de Contrato de la Corporación, con la aquiescencia del Secretario General, de la Corporación, decisión que en todo caso se materializara mediante la expedición del pertinente acto administrativo, con todo, la propuesta de realizar el término anticipado por esta vía, incluirá a su vez una propuesta de liquidación del contrato, a fin de que el acto administrativo que apruebe el termino anticipado, a su vez, por economía procesal administrativa, aprueba la liquidación respectiva. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que la Corporación pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios, el incumplimiento, comprende también, el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del proveedor. Ejecutoriado el acto administrativo que dispuso el termino anticipado del contrato, se continuará con el procedimiento de liquidación respectivo, señaladas en el siguiente artículo de las presentes bases de licitación. ARTÍCULO N° 27 LIQUIDACIÓN Y FINIQUITO La liquidación es el documento generado por la Corporación, en el que se determina el estado de cumplimiento de las obligaciones del contrato al finalizar el mismo, y por tanto se consignas todos los estados de pago cursados (sea uno o varios estados de pago), las garantías existentes en poder de la Corporación, los cobros de multas y la forma de haberse pagado dichas multas por parte del proveedor. Este documento deberá ser confeccionado y tramitado por la Unidad requirente, dentro del plazo de 90 días contados desde el término anticipado del contrato o termino anticipado del mismo. La liquidación se notifica por correo electrónico, por parte del Administrador de contrato, y su aprobación se hará, mediante resolución exenta emitida por la Corporación, sin perjuicio de que el proveedor pueda hacer valer, por su parte, los recursos que le otorgue el ordenamiento jurídico. El proveedor podrá realizar observaciones al documento de liquidación dentro del plazo de 5 (cinco) días corridos desde que es notificado de esta (entiéndase notificado a las 24 horas corridas desde el envío del correo electrónico). Las observaciones podrán ser ingresadas por correo electrónico, las cuales podrán ser o no acogidas por la Corporación mediante su Administrador de Contrato. Una vez firmada la liquidación y el finiquito contractual, y al determinarse que la o las causales de termino anticipado son imputables al proveedor, la Corporación podrá solicitar el cobro de la garantía de file cumplimiento de contrato. ARTÍCULO N° 28 SUSPENSIÓN DEL CONTRATO Por la naturaleza del contrato este no puede ser suspendido en ninguna circunstancia. ARTÍCULO N° 29 MODIFICACIONES A LA CONTRATACIÓN: AUMENTOS, DISMINUCIONES DE LA ADQUISICIÓN Los aumentos y disminuciones de la adquisición serán propuestos a través de informe técnico por parte del Supervisor del Contrato y no podrán superar el 30% del valor total de la contratación, manteniéndose los valores adjudicados al proveedor, según el respectivo Anexo Económico. Para que sea autorizado, se requerirá la aprobación de la Secretaria General o de quien ésta haya delegado dicha facultad, mediante la correspondiente resolución. Asimismo, se deberá contar con el certificado de disponibilidad presupuestaria. En caso de que la modificación implique un aumento de plazo y/o monto de la contratación, el proveedor deberá entregar una nueva garantía de fiel cumplimiento, en los mismos términos dispuestos en las presentes bases de licitación. La ejecución de dichos aumentos o disminuciones de los servicios contratados no podrán realizarse sin previa notificación al proveedor de la respectiva resolución que lo disponga. ARTÍCULO N° 30 CONDICIONES DE PAGO El Proveedor de cada línea facturará de forma mensual los servicios/productos efectivamente prestados y/o entregados y validados por los Jefes o Jefas de SOME (Servicio de Orientación Médico Estadístico) de los Centros de Salud administrados por la CORPORACIÓN, previa emisión de orden de compra, y estará afecto a los impuestos que correspondan. Para los efectos del pago el Proveedor deberá entregar a la Contraparte Técnica de la CORPORACIÓN, vía electrónica al correo electrónico que se indicará en el momento de la suscripción de contrato, la siguiente documentación: a. La factura correspondiente al monto a pagar, la cual deberá indicar el detalle de las prestaciones realizadas., además de las menciones tributarias, razón social, Rut, y dirección indicando la comuna y ciudad. b. Nómina rutificada de pacientes atendidos con el detalle de las prestaciones realizadas y/o lentes entregados. c. Contrato vigente firmado, correspondiente a la presente licitación. d. Certificado F30 según corresponda o sea solicitado. El pago de los servicios se efectuará a 30 días corridos posterior a la recepción conforme de la documentación anteriormente detallada. La factura debe ser emitida a nombre de la Corporación de Desarrollo Social de providencia, R.U.T. N.º 69.070.301-7. En el evento que el Proveedor registre saldos insolutos relativos a remuneraciones o cotizaciones de seguridad social respecto de sus trabajadores, en las primeras facturas del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones debiendo el contratante acreditar que la totalidad de ellas se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. Dicha situación será acreditada mediante la documentación prevista en estas Bases.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.