- APRUÉBASE las siguientes bases de licitación, con sus Anexos, cuyo texto se transcribe a continuación:
1 Características de la licitación
Nombre de adquisición:
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Servicio de Auditoría Externa a los Estados Financieros de la Universidad de Valparaíso, correspondientes a los ejercicios 2024, 2025 y 2026
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Descripción
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Contar con el servicio de Auditoría Externa de los Estados Financieros de la Universidad de Valparaíso, correspondientes a los ejercicios 2024, 2025 y 2026, realizado conforme a las Normas Contables para Instituciones de Educación Superior del Estado, emitidas por la Contraloría General de la República (CGR) y la Superintendencia de Educación Superior (SES).
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Tipo de Licitación
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Licitación pública mayor a 1000 UTM y menor a 2.000 UTM con contrato
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Tipo de Convocatoria
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Abierta
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Moneda
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Unidad de Fomento (UF)
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Etapas del Proceso
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Una etapa (Etapa de apertura electrónica)
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Opciones de Pago
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Transferencia electrónica, Vale Vista
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Presupuesto disponible
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1.800 UF impuesto incluido, para periodos 2024, 2025 y 2026.
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2 Antecedentes básicos del organismo demandante
Razón Social
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Universidad de Valparaíso
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Unidad de compra
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Rectoría – Prorrectoría
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R.U. T
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60.921.000-1
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Comuna
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Valparaíso
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Región en que se genera la adquisición
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Valparaíso
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3 Etapas y plazos
a) Fecha inicio de preguntas:
Desde la publicación de las bases en el portal www.mercadopublico.cl
b) Fecha final de preguntas
Al 7° día corrido posterior a la fecha de publicación de las bases en el portal www.mercadopublico.cl.
c) Fecha publicación de respuestas
Al 10° día corrido posterior a la fecha de publicación de las bases en el portal www.mercadopublico.cl
d) Fecha de cierre recepción de ofertas
Al 21° día corrido posterior a la fecha de publicación del llamado a las 17:00 horas.
e) Fecha acto de apertura
El mismo día del cierre de recepción de ofertas en el portal www.mercadopublico.cl.
f) Plazo de Evaluación de Ofertas
Hasta 40 días corridos desde la apertura de ofertas.
g) Fecha de adjudicación
Hasta 60 días corridos posteriores a la fecha de cierre de recepción de ofertas en el portal www.mercadopublico.cl.
En el evento que la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado, la Universidad informará mediante nota aclaratoria en el Sistema de Información de Compras Públicas las razones que justifiquen el incumplimiento del plazo para adjudicar, e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.
Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en la cláusula 3 de estas bases. Las preguntas deberán formularse a través del Sistema www.mercadopublico.cl. La Universidad pondrá las preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en www.mercadopublico.cl, sin indicar el autor de las preguntas, dentro del plazo señalado en las presentes bases.
Las preguntas y respuestas deberán estar relacionadas estrictamente con el proceso licitatorio y las bases que la regulan.
Las preguntas no podrán ser de carácter genérico.
Cuando la información solicitada esté permanentemente a disposición del público, o lo esté en medios impresos tales como libros, compendios, folletos, archivos públicos de la Administración, así como también en formatos electrónicos disponibles en internet o en cualquier otro medio, se comunicará al oferente la fuente, el lugar y la forma en que puede tener acceso a dicha información.
Se podrán modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.
Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del sitio Web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases. Las modificaciones de bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.
Las aclaraciones que se efectúen se entenderán que forman parte de las presentes bases.
Junto con aprobar la modificación, se podrá establecer un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.
Podrán participar aquellos oferentes que acrediten su situación financiera e idoneidad técnica al tenor del artículo 4 de la ley N°19.886, de acuerdo con el artículo 29 del Decreto Supremo N°250 de 2004 del Ministerio de Hacienda.
No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de las ofertas o por delitos concursables establecidos en el Código Penal.
Esto se acreditará mediante la declaración jurada que deben presentar los interesados en participar en la presente licitación, sin perjuicio de las facultades de este organismo para verificar esta información, en cualquier momento, a través de Chileproveedores.
6 Requisitos y condiciones que deben cumplir los oferentes para que sus ofertas sean aceptadas
a) Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos administrativos
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- Formulario de datos del oferente. (Obligatorio si no se encuentra inscrito en registro Chile proveedores)
- Declaración jurada de aceptación de condiciones. (Obligatorio)
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Documentos económicos
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- Oferta económica (Obligatorio)
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Documentos Técnicos
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- : Experiencia (Obligatorio).
- : Oferta Técnica o Documento que describa su propuesta técnica. (Obligatorio)
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b) Condiciones para aceptar ofertas
Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del portal www.mercadopublico.cl dentro de los plazos indicados en punto “etapa y plazos” de las presentes bases.
No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas bases, excepto en las situaciones previstas en el artículo 62 del Reglamento de la ley N° 19.886.
Tratándose de las situaciones previstas en el artículo 62 del Reglamento de la ley N° 19.886, solo se considerarán las ofertas que ingresen a la oficina de partes de la Universidad ubicada en Blanco 1829, Valparaíso.
En el evento de indisponibilidad técnica contemplado en el artículo 62 Nº2 Reglamento de la ley N° 19.886, los oferentes afectados tendrán un plazo de 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del sistema de Información en la Oficina de partes de la Universidad mencionada precedentemente.
Todos los antecedentes y certificaciones mencionadas en los anexos deberán ser enviados a través del Sistema www.mercadopublico.cl, junto con los anexos.
En los casos que se solicite suscripción de los anexos cuyos formatos se adjuntan en bases de licitación, estos deberán ser suscritos por los oferentes personas naturales o por los representantes legales de los oferentes, en el caso de que estos sean personas jurídicas.
Los oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas técnicas y económicas a través del portal www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los archivos anexos requeridos, para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del "Comprobante de Envío de Oferta" que entrega el Sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo.
Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.
En el acto de evaluación de las ofertas no será considerada información adicional adjuntada por el Proveedor que no esté contemplada en las presentes bases de licitación.
En el caso que lo indicado en los formularios anexos obligatorios sea diferentes a lo ingresado en la Ficha de la Adquisición del portal, prevalecerá lo informado en los Anexos Obligatorios.
Las ofertas deberán mantener su vigencia hasta la aceptación de la Orden de Compra.
La Universidad de Valparaíso se reserva el derecho de declarar inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de la Universidad de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases.
Las ofertas técnicas y/o económicas deberán ser puras y simples y en ningún caso podrán estar asociadas a beneficios de ninguna especie (por ejemplo: promociones, productos 2 x 1, dádivas, regalos, entrega de productos en comodato y otros similares) ni sometidas a condición alguna para su adjudicación. La sola mención en la oferta de alguna de las circunstancias señaladas será causal suficiente para declararla inadmisible.
Las ofertas técnicas deberán ser integras, completas y claras, de manera que permitan facilitar de manera más precisa e inequívoca la información que es materia de evaluación, no siendo aceptable la pura y única afirmación del oferente del cumplimiento de las condiciones requeridas.
7 Antecedentes legales para poder ser contratado
• Encontrarse inscrito y habilitado en ChileProveedores.
• Declaración jurada simple, según formato Anexo N° 2, que acredite que no se encuentra en ninguna de las inhabilidades contempladas en el artículo 4° de la ley N° 19.886, ni en las contempladas en el artículo 35 quáter, de la Ley 19.886.
• Fotocopia simple de cédula de identidad persona natural que deberá Acreditar en ChileProveedores.
b) Persona Jurídica
- Encontrarse inscrito y habilitado en ChileProveedores
- Declaración jurada simple, según formato Anexo N° 2, que acredite que no se encuentra en ninguna de las inhabilidades contempladas en el artículo 4° de la ley N° 19.886, ni en las contempladas en el artículo 35 quáter, de la Ley 19.886.
- Certificado de vigencia del poder del representante legal; o bien, cualquier otro antecedente legal que acredite la vigencia del poder del Representante legal.
- Certificado de Vigencia de la Sociedad.
Tratándose exclusivamente de las personas jurídicas, no podrán contratar con organismos del Estado, aquellas que hayan sido condenadas por los delitos previstos en los artículos 8° y 10° de la Ley 20.393.
Los antecedentes legales para poder ser contratado, sólo se requerirán respecto del oferente que resulte adjudicado y deberán estar disponibles en ChileProveedores o bien ser entregados físicamente o enviados por correo certificado a la Universidad en calle Blanco 1829, Valparaíso dentro de los 30 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada.
En caso de que el adjudicatario no esté inscrito en el registro electrónico oficial de contratistas de la administración, ChileProveedores, deberá inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada.
8 Naturaleza y monto de las garantías requeridas
a) Garantía Seriedad de la Oferta
No se requerirá
i. Tipo de Documento
La caución o garantía deberá ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable. Podrá ser física o electrónica. Con todo, cualquiera sea el instrumento que la contenga, deberá asegurar el cobro de la caución de manera rápida y efectiva. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos. Esta Garantía deberá entregarse dentro de un plazo máximo de 10 días hábiles desde la notificación de adjudicación en la plataforma de Mercado Público.
ii. Beneficiario
Universidad de Valparaíso, Rut: 60.921.000-1
iii. Fecha de Vencimiento:
La fecha de vencimiento será de 60 días hábiles posteriores al término de la vigencia del contrato, sin perjuicio de lo anterior, de ser necesaria la renovación, deberá dictarse el acto administrativo correspondiente según cláusula de renovación y se podrá reemplazar la caución o garantía respectiva, antes de su vencimiento, en iguales condiciones que la original.
iv. Monto
8% del total del contrato, impuesto incluido.
v. Glosa
Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato y de las obligaciones laborales y previsionales de la adquisición ID 5212-16-LP24.
vi. Forma y oportunidad de Restitución:
El procedimiento de solicitud de restitución de las garantías será realizado íntegramente mediante correo electrónico, el proveedor deberá solicitar la devolución de la garantía al correo electrónico adquisiciones@uv.cl, la Universidad de Valparaíso analizará la solicitud e informará, mediante la misma vía, de la fecha y horario en la cual el proveedor podrá retirar el documento, si es que fuera el caso, con un plazo estimado de 10 días corridos contados desde la solicitud de devolución de garantía. No se aceptarán llamadas telefónicas, ni retiros presenciales, sin la confirmación previa vía correo electrónico por parte de la Universidad de Valparaíso. Para hacer efectiva la devolución se debe coordinar con el Departamento de Adquisiciones la fecha de entrega. Será responsabilidad del contratado mantener vigente la garantía de fiel cumplimiento hasta 60 días hábiles después de culminado el contrato. Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del Proveedor. Será responsabilidad del oferente el retiro de los documentos una vez que se haya cumplido los plazos indicados en las bases y la correspondiente notificación de la Universidad de Valparaíso mediante correo electrónico. La devolución de la caución solo procederá una vez que se haya verificado el cumplimiento de toda obligación del adjudicatario derivada del contrato y la expiración de la vigencia de la caución. La caución o garantía deberá ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable. Podrá ser física o electrónica. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos.
Condiciones para su cobro: Se procederá al cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento en caso de incumplimiento grave, incumplimiento reiterado, atraso injustificado o interrupción injustificada del proveedor adjudicado, en los términos del numeral 10 letra a) de las bases de licitación, y conforme al procedimiento de aplicación de multas contemplado en el numeral Nº10 letra h). En caso de cobro de esta caución, el proveedor deberá reponer la caución por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza, dentro de los 5 días hábiles siguientes contados desde el cobro de la primera, en caso de no restituir dicha boleta en los plazos indicados anteriormente, se procederá al término anticipado del contrato.
9 Evaluación y adjudicación de las ofertas
a) Criterios y procedimiento de evaluación de las ofertas
Todos los puntajes de los criterios tendrán una escala de evaluación de 0 a 10.
Estos criterios son:
- Tipo criterio: Económico 1
Descripción: C1 - Precio
Ponderación del puntaje final: 25%
Forma de cálculo: Con una escala de evaluación de 0 a 10 puntos, se evaluará con mayor calificación (máximo 10 puntos) la propuesta que oferte el menor precio, de acuerdo a lo siguiente:
Puntaje = (menor precio/precio oferta) X 10
- Tipo criterio: Técnico 1
Descripción: C2 - Experiencia del oferente
Ponderación del puntaje final: 19%
Forma de cálculo: Con una escala de medición de 0 a 10 puntos.
El puntaje por este concepto evaluará la experiencia del proponente de acuerdo a sus clientes pasados.
C2-1 Experiencia del Oferente
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Descripción
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Puntaje
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Ponderación del puntaje final
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Posee 6 Años a lo menos de Experiencia, incluyendo aplicación de metodologías de Gestión de Riesgos y certificaciones de calidad de sus procesos de auditoría.-
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10
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11 %
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Posee más de 2 y menos de 6 años de Experiencia incluyendo aplicación de metodologías de Gestión de Riesgos
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8
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Posee 6 Años a lo menos de Experiencia.
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6
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Posee más de 2 y menos de 6 años de Experiencia.
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4
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Otros
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2
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No señala o no acredita
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0
|
C2- 2 Experiencia en Área Educacional
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Descripción
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Puntaje
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Ponderación
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En 3 ó más Universidades Estatales
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10
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8 %
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En 1 ó más Universidades Estatales
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8
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En Universidades Privadas
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6
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Empresa SEP o Instituciones de Educación Superior
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4
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Empresa productiva o de servicios. Y otras Instituciones Públicas o Privadas
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2
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No señala o no acredita
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0
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Toda experiencia declarada en el formulario anexo 4 debe ser acreditada mediante contrato y certificado, según formato de las bases.
La experiencia en aplicación de gestión de riesgos, así como la certificación de sus procesos de auditoría deben acreditarse mediante documentación oficial.
- Tipo criterio: Técnico 2
Descripción: C3 - Experiencia de los profesionales del equipo
Ponderación del puntaje final: 15%
Forma de cálculo: Con una escala de medición de 0 a 10 puntos.
C3-1-Experiencia del Equipo de Trabajo
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Descripción
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Puntaje
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Ponderación del puntaje final
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El equipo de trabajo posee 5 Años, a lo menos, de Experiencia en Universidades Estatales y capacitación en Gestión de Riesgos
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10
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8%
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El equipo de trabajo posee al menos 2 años de Experiencia en Universidades Estatales y/o IES y capacitación en Gestión de Riesgos
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8
|
El equipo de trabajo posee 5 Años, a lo menos, de Experiencia en Empresas SEP y capacitación en Gestión de Riesgos.
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6
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El equipo de trabajo posee más de 2 ó menos de 5 de años de Experiencia en otras instituciones públicas o privadas.
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4
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El equipo de trabajo posee menos de 2 años de Experiencia en otras instituciones públicas o privadas.
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2
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No señala o no acredita
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0
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C3-2 Estructura del Equipo de Trabajo
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Descripción
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Puntaje
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Ponderación del puntaje final
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El equipo de trabajo considera dos profesionales Auditores, un auditor TI y un Gerente
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10
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7%
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El equipo de trabajo considera dos profesionales con Título Universitario de Ingeniero Comercial o afín, un auditor TI y un Gerente
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8
|
El equipo de trabajo considera dos profesionales Auditores y un Gerente
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6
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El equipo de trabajo considera dos profesionales con Título Universitario de Ingeniero Comercial o afín y un Gerente
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4
|
El equipo de trabajo considera un profesional con Título Universitario de Ingeniero Comercial o afín y un Gerente
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2
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No señala o no acredita
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0
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Toda capacitación declarada debe ser acreditada mediante certificado, lo mismo ocurre con los títulos profesionales.
- Tipo criterio: Técnico 2
Descripción: C4 - Calidad de propuesta de trabajo
Ponderación del puntaje final: 40%
Forma de cálculo: Con una escala de medición de 0 a 10 puntos.
C4-1
Metodología de auditoría
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Descripción
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Puntaje
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Ponderación del puntaje final
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Metodología detallada y completa, avalada con certificación de calidad por un organismo acreditado y alineada con estándares internacionales.
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10
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11 %
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Metodología detallada y completa, alineada con estándares internacionales.
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8
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Metodología detallada, alineada con estándares nacionales.
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6
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Metodología general, sin especificaciones detalladas.
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4
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Metodología básica, sin alineación clara con estándares.
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2
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No señala
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0
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C4-2
Enfoque de Auditoría
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Descripción
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Puntaje
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Ponderación del puntaje final
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Enfoque de auditoría basado en riesgos y controles internos.
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10
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6 %
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Enfoque de auditoría basado en controles internos.
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8
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Enfoque de auditoría tradicional.
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6
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Enfoque no especificado.
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4
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No se menciona enfoque de auditoría.
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2
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No señala
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0
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C4-3
Plan de trabajo detallado (Carta Gantt)
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Descripción
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Puntaje
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Ponderación del puntaje final
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Carta Gantt que detalla horas por actividad y considera más de 990 horas hombre (315 horas para Control Interno, 225 horas para Visita Preliminar y 450 horas para EEFF).
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10
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15%
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Carta Gantt que considera más de 990 horas hombre, pero sin desglose de actividades.
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8
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Carta Gantt que detalla actividades, pero sin superar las 990 horas hombre en total.
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6
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Carta Gantt que solo señala un total de 990 horas hombre sin detalle por actividad.
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4
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Carta Gantt señala un total de menos de 990 horas hombre sin detalle por actividad.
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2
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No señala
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0
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C4-4
Uso de sistemas estadísticos para la toma de muestra
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Descripción
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Puntaje
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Ponderación del puntaje final
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Muestra Estadística con un nivel de confianza entre un 75% y 95% y con un margen de error aceptado del 5%
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10
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4 %
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Muestra Estadística con un nivel de confianza entre un 75% y 85% y con un margen de error aceptado del 5%
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8
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Muestra Estadística con un nivel de confianza entre un 65% y 85% y con un margen de error aceptado del 5%
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6
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Muestra Estadística con un nivel de confianza menor al 65% y con un margen de error aceptado del 5%
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4
|
Otros
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2
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No señala
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0
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C4-5
Pruebas de cumplimiento
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Descripción
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Puntaje
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Ponderación del puntaje final
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Detalla las pruebas sustantivas y de cumplimiento que serán aplicadas en las diferentes Etapas (Control Interno/Preliminar y Estados Financieros).
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10
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4 %
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Detalla las pruebas sustantivas y de cumplimiento que serán aplicadas en las diferentes Etapas (Control Interno/Estados Financieros).
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8
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Detalla las pruebas de cumplimiento por rubro que serán aplicadas en las diferentes Etapas (Preliminar y Estados Financieros).
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6
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Detalla sólo las pruebas de cumplimiento por rubro que serán aplicadas en los Estados Financieros
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4
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Otros
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2
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No señala
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0
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- Tipo criterio: Administrativo
Descripción: C- 5 Cumplimiento de requisitos formales
Ponderación del puntaje final: 1%
Forma de cálculo: En virtud del artículo 40, inciso 2°, del Reglamento de la ley N° 19.886, se medirá este criterio según los siguientes parámetros:
● Cumple con los requisitos formales no esenciales de presentación de oferta con anterioridad del plazo de cierre de ofertas: 10 puntos
● Cumple con los requisitos formales no esenciales de presentación de oferta dentro del plazo de requerimiento de la entidad una vez cerrada la licitación: 5 puntos.
● No cumple con los requisitos formales de presentación de oferta: 0 puntos.
El puntaje final de la suma ponderada de los criterios de evaluación de cada oferta se expresará utilizando dos decimales, aplicando regla de redondeo.
b) Solicitud de aclaraciones y antecedentes de las ofertas
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la Universidad podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando no se refiera a documentación relativa a aspectos evaluables, y que las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Sistema de Información.
Se permitirá, asimismo, la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones NO mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, establecidas en el foro de Aclaración de ofertas, contados desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder a lo solicitado por la Universidad o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta.
La Universidad no considerará las respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo.
Las aclaraciones de las ofertas no podrán modificar los elementos esenciales de la oferta, especialmente los que determinan admisibilidad y los elementos que forman parte de los criterios de evaluación, exceptuándose de esta condición las aclaraciones que se refieran a errores aritméticos.
c) Conversión de monedas de las ofertas
Para la conversión de monedas se considerará como fuente de datos la base de datos estadística del Banco Central del Chile, que se accede a través de su sitio web. Se considerará la fecha de cierre de recepción de ofertas para efectuar toda conversión de monedas.
d) Adjudicación de ofertas
La Universidad declarará inadmisibles cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases.
La Universidad licitante podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando estas no resulten convenientes a sus intereses.
Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada.
La licitación se adjudicará al proponente que haya obtenido el más alto puntaje, de acuerdo con los criterios de evaluación y sus ponderaciones, establecidos en las presentes bases, a través de una resolución que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada.
e) Concordancia entre el producto ofertado y el producto entregado
El proveedor que resulte adjudicado deberá siempre entregar el tipo de servicio/producto de acuerdo con la especificación técnica que haya declarado en su oferta.
f) Resolución de empates en puntajes de ofertas
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio C4 - Calidad de propuesta de trabajo.
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio C1 - Precio.
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio C2 - Experiencia del oferente.
Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio C3 - Experiencia de los profesionales del equipo.
Finalmente, y en caso de persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio C5- Cumplimiento de los requisitos formales.
Solo para la resolución de empates el puntaje los criterios de evaluación cada oferta se expresará utilizando tres decimales, aplicando regla de redondeo.
Entre aquellos oferentes que continúen empatados luego de aplicar todos los criterios anteriores, se preferirá a aquel que primero haya ingresado su oferta en el portal, de acuerdo con la información que conste en los respectivos comprobantes de ingreso de oferta.
g) Notificación de la adjudicación de oferta
Una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución de adjudicación, se procederá a notificar dicha decisión a los adjudicatarios, mediante su publicación en el sistema www.mercadopublico.cl.
h) Resolución de consultas respecto de la adjudicación
Si luego de realizado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese consultas respecto de la adjudicación, deberán ser enviadas en el plazo de 10 días corridos contados desde la total tramitación de la resolución adjudicataria, a través del Sistema de Información.
La Universidad dispondrá del mismo tiempo indicado precedentemente para dar respuesta a dichas consultas.
i) Re-adjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta; no entrega la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato dentro del plazo fijado por las presentes bases; no entrega los antecedentes legales para contratar dentro del término de 15 días hábiles desde la publicación de la adjudicación en la plataforma; no suscribe el contrato; o; no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo con el resultado de la evaluación le siga en puntaje y que cumpla con los requisitos exigidos por las presentes bases para adjudicar su oferta o al que le siga a este último, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses de la Universidad, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
j) Validez de la oferta
De conformidad a lo dispuesto en las letras precedentes, las ofertas deberán mantener su vigencia hasta la fecha de aceptación de la Orden de Compra, posterior a la formalización del respectivo contrato.
En el caso que el oferente adjudicado desistiera de su oferta, esto habilitará a la Universidad de Valparaíso a informar del incumplimiento a la Dirección de Compras Públicas.
k) Aplicación de redondeo de decimales
Si el siguiente decimal es menor que 5, el anterior no se modifica. Ejemplo: Al expresar el número 1,344 utilizando dos decimales, aplicando la regla de redondeo, el resultado es 1,34.
Si el siguiente decimal es mayor o igual que 5, el anterior se incrementa en una unidad. Ejemplo: Al expresar el número 1,345 utilizando dos decimales, aplicando la regla de redondeo, el resultado es 1,35.
l) Interpretación de las bases
Las bases, así como el contrato, se interpretarán en forma armónica, de manera que exista entre todos ellos la debida correspondencia.
Todos los documentos relativos a la licitación se interpretarán siempre en el sentido de la más perfecta ejecución del contrato, de acuerdo con las reglas de la ciencia y la técnica aplicables según sea el caso particular de que se trate.
En caso de discrepancia en la interpretación, primará lo dispuesto en las bases por sobre lo establecido en la oferta del adjudicatario.
Cualquier falta, descuido u omisión de los oferentes o adjudicatarios en la obtención de información y estudio de los documentos relativos al proceso de licitación, no los exime de la responsabilidad de apreciar adecuadamente los costos necesarios para la elaboración y desarrollo de su propuesta o ejecución del contrato. Por lo tanto, serán del cargo del oferente todos los costos en que incurran para corregir faltas, errores, descuidos u omisiones resultantes de su análisis e interpretación de la información disponible o que se obtenga.
Para efectos de esta Licitación toda interpretación de las bases será resuelta por el Rector de la Universidad de Valparaíso, sin perjuicio de las facultades de la Contraloría General de la República.
10 Condiciones contractuales y otras cláusulas
a) Definiciones
Caso fortuito y fuerza mayor: se configura el caso fortuito o la fuerza mayor cuando concurren copulativamente los siguientes elementos: a) la inimputabilidad del hecho, esto es, que provenga de una causa totalmente ajena a la voluntad del afectado, quien no debe haber contribuido en forma alguna a su ocurrencia; b) la imprevisibilidad del hecho, es decir, que no se haya podido prever dentro de cálculos ordinarios o corrientes, y c) la irresistibilidad del hecho, vale decir, que no se haya podido evitar ni aún en el evento de oponerle las defensas idóneas para lograr tal objetivo.
Incumplimiento grave: se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones del contrato, descritas en las presentes bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la Universidad un perjuicio significativo en el cumplimiento de sus funciones, especialmente durante el horario y días de funcionamiento normal de la Universidad cuando se imparta docencia o cuando se pueda comprobar de manera fehaciente que se haya afectado la ejecución o haya impedido el logro de algunos de los objetivos de un proyecto de investigación o extensión y esto genere un perjuicio económico a la institución.
Incumplimiento reiterado: se entenderá por incumplimiento reiterado aquella que ocurra al menos dos veces durante la vigencia del contrato, con una diferencia menor o igual a 7 días entre eventos de incumplimiento.
Atraso injustificado: Se entenderá como el simple retardo de la ejecución de lo contratado que provenga de acciones u omisiones o errores del proveedor durante la duración del contrato y que tengan relación con eventos previsibles.
Interrupción injustificada: Se entenderá como la paralización total o parcial de lo contratado que provenga de acciones u omisiones o errores del proveedor durante la duración del contrato y que tengan relación con eventos pre
b) Plazo de suscripción del contrato
El respectivo contrato deberá suscribirse dentro de los 30 días hábiles siguientes a la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada. Si el contrato no se celebrare dentro de dicho término por motivos imputables al proveedor, se procederá en conformidad al punto 9 letra i) de las presentes bases.
c) Contenido del contrato
La oferta adjudicada se entenderá como parte de lo adquirido.
La oferta no podrá contener cláusulas que contravengan los principios de continuidad del servicio y de eficacia, contenidos en los artículos 3° y 28, y 5°, respectivamente, de la ley N° 18.575, de Bases Generales de la Administración del Estado.
El contrato contendrá las menciones prevenidas en el artículo 64 del decreto supremo N° 250 de 2004. Asimismo, el contrato no podrá contener estipulaciones que restringa las facultades propias de la Administración del Estado ni que puedan traducirse en renuncias a derechos y acciones que no estén permitidos en el ordenamiento jurídico.
Conforme con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 19.886, y del artículo 74 del decreto supremo N°250 de 2004, el proveedor no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones.
d) Encuestas de satisfacción usuaria
Atendida la naturaleza de los servicios y la necesidad de la institución en contar con una prestación de servicios eficiente, permanente, segura y de calidad para los cumplimientos de los objetivos de la Universidad de Valparaíso, el presente servicio
se evaluará mediante encuestas de satisfacción de usuario, que se realizará al final de cada año de vigencia del contrato, periodo de mayo a mayo.
Permitiendo un mejor control por parte de la Universidad al servicio prestado, con el propósito de una interacción eficaz e inmediata con el oferente adjudicado.
e) Modificación de lo contratado
Se podrá modificar el contrato.
Además de las causales contempladas en el artículo 77 del Decreto Nº 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la Ley Nº 19.886, se establecen las siguientes:
i. En el caso fortuito o la fuerza mayor.
ii. En el caso de obsolescencia técnica o funcional de los productos o servicios adquiridos.
iii. En el caso que la Universidad requiera el aumento o disminución de la cobertura y alcance del servicio originalmente pactado, para garantizar la calidad y continuidad de la función universitaria. Toda modificación no podrá superar el 30% del total del original del servicio, impuestos incluidos y deberá ser aprobada por el respectivo acto administrativo universitario que la autorice
f) Término anticipado del contrato
Además de las causales contempladas en el artículo 77 del Decreto Nº 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la Ley Nº 19.886, se establecen las siguientes:
i. Si se disuelve la empresa adjudicada.
ii. Por el incumplimiento grave de las obligaciones contraídas en virtud del contrato, en los términos del numeral 10, letra a) de las presentes bases, entendiéndose por tal la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones del contrato, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la Universidad un perjuicio significativo en el cumplimiento de sus funciones, especialmente durante el horario y días de funcionamiento normal de la Universidad cuando se imparta docencia o cuando se pueda comprobar de manera fehaciente que se haya afectado la ejecución o haya impedido el logro de algunos de los objetivos de un proyecto de investigación o extensión y esto genere un perjuicio económico a la institución.
iii. Por el incumplimiento reiterado de las obligaciones contraídas por el adjudicatario, en los términos del numeral 10, letra a) de las presentes bases.
iv. Si la adjudicataria es multada o infraccionada 3 veces por cualquier autoridad externa conforme a la normativa aplicable.
v. En el caso de atrasos, por atraso por más de cinco días corridos en su ejecución que no haya sido causada por fuerza mayor o justificada plenamente, por ejemplo la no entrega de los productos o modelos indicados en su oferta en tiempo y forma.
vi. En el caso de incumplimientos, por cualquier interrupción en la ejecución que dure más de tres días corridos que no haya sido causada por fuerza mayor o caso fortuito.
vii. En el caso de servicios, por la interrupción por más de 60 días por cualquier causa.
viii. Si el adjudicatario, sus representantes, o el personal dependiente de aquél, no observaren el más alto estándar ético exigible, durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:
- Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal adscrito a la Universidad, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la Universidad.
- Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la ejecución del contrato objeto de la presente licitación.
- Tergiversar hechos, con el fin de influenciar la ejecución del contrato.
ix. Si el adjudicatario no mantuviere vigente su inscripción en Registro de Empresas de Auditoría Externa (REAE) de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF).
x. No dar cumplimiento oportuno a las instrucciones del Oficial de Prevención y Cumplimiento de la Universidad de Valparaíso orientadas a implementar adecuadamente el modelo de prevención de delitos a que se encuentre obligado el proveedor.
El proveedor no podrá dar término anticipado del contrato de manera unilateral, sin perjuicio de que la Universidad pague por los servicios efectivamente prestados y aplique las multas que en derecho correspondan.
El procedimiento por aplicar para el término anticipado del contrato por las causales precedentemente indicadas, será el señalado en el numeral 10, letra h) “Multas y Procedimiento para aplicación”. Con todo, el término anticipado del contrato deberá realizarse mediante acto administrativo fundado.
g) Vigencia del y posibilidad de renovación
El contrato tendrá una vigencia de 36 meses, el que por razones de buen servicio y para dar continuidad, comenzará a regir la primera semana del mes de noviembre del 2024. Sin perjuicio de la posterior toma de razón del acto administrativo que lo apruebe.
De ser necesaria la renovación, deberá dictarse el acto administrativo correspondiente, y la comprobación de la disponibilidad presupuestaria, en las mismas condiciones del contrato original con un máximo de 1 renovación.
h) Plazos y condiciones de entrega
Plazo de entrega de los servicios, se estima no superior a 30 días corridos desde la publicación de la adjudicación en la plataforma del mercado público.
i) Multas y Procedimiento para Aplicación
Cada vez que el adjudicado incurra en los incumplimientos definidos en el presente pliego de condiciones, la Universidad podrá aplicar administrativamente multas, salvo que sea debido a casos de fuerza mayor o caso fortuito, los que deberán ser justificados por el proveedor ante la contraparte técnica.
i. Procedimiento de aplicación
Cuando se verifiquen hechos que, de acuerdo con lo establecido en estas bases sean constitutivos de multa, la contraparte técnica notificará, al correo electrónico consignado por el oferente en anexo 1, dicha circunstancia al adjudicado, indicando en forma precisa los hechos que se imputan. El proveedor dispondrá de un plazo de cinco días hábiles, contados desde la fecha de su notificación, para efectuar los descargos que estime pertinentes, adjuntando los antecedentes que sustenten sus alegaciones, por escrito y enviado al correo adquisiciones@uv.cl.
Una vez realizados los descargos por parte del contratista, o en su defecto, una vez transcurrido el plazo de cinco días hábiles sin que el contratista haya formulado descargos, la contraparte técnica informará esta situación a la Dirección de Administración y Logística solicitando la aplicación de la multa, en caso de que ello sea procedente.
La multa será aplicada mediante resolución, que deberá dictarse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde el vencimiento del plazo para formular descargos, acto que será notificado mediante publicación en la Plataforma Mercado Publico, entendiéndose notificado el proveedor con sólo esta publicación. El contratista podrá interponer recurso de reposición en contra de la resolución que le aplique la multa, dentro del plazo de cinco días hábiles contados desde la fecha de su notificación, por escrito al correo electrónico adquisiciones@uv.cl. La Universidad resolverá la reposición presentada mediante acto administrativo dentro un plazo no superior a 30 días hábiles, acogiendo total o parcialmente los fundamentos dados por el contratista, o bien, la rechazará confirmando la multa aplicada, publicando el acto administrativo en la Plataforma Mercado Publico sin perjuicio de los demás recursos que contempla la ley N° 19.880, que sean procedentes.
ii. Causales y monto de las multas.
Para los efectos de la aplicación de multas, las causales que pueden originarlas son las siguientes:
1. Atraso en la entrega de productos o comienzo de servicios: 1 UF por día corrido de atraso.
2. Deficiencia en la ejecución de las labores programadas en función del contrato de servicio, media UF por evento
Nota: La U.F. (unidad de fomento) aplicable, será la pertinente al día del pago efectivo.
Las multas se podrán aplicar por cada vez que se verifique una causal que individualmente considerada la haga procedente.
En todo caso, las multas se aplicarán solamente hasta alcanzar en total, en forma acumulada, un 30% del valor total del contrato. Superado ese porcentaje cualquier otro incumplimiento que de origen al cobro de multa se tendrá como incumplimiento grave al tenor del punto 10 de las presentes bases, dando origen, en consecuencia, a las sanciones pertinentes.
iii. Pago de multas
El contratista podrá pagar las multas directamente en el departamento de Finanzas de la Universidad, debiendo otorgársele recibo para tal efecto. En caso contrario, el monto total de las multas impagas y que no se encuentren con reclamación pendiente o con el plazo vigente para reclamar de ellas, será descontado del pago siguiente al proveedor.
j) Del pago de servicios prestados y/o productos entregados
Los documentos tributarios generados producto del presente convenio de suministro serán pagados en un plazo no superior a 30 días, desde la recepción conforme del documento de acuerdo a cada gestión de publicación realizada por el adjudicatario, siempre que el documento cumpla con todos los requisitos indicados en el procedimiento de pago, ya que de caso contrario el documento de cobro será devuelto al adjudicatario.
La Universidad se reserva el derecho de revisar los antecedentes presentados.
El proveedor deberá indicar el número de Orden de Compra en la factura.
El proveedor deberá facturar toda vez que sean recibidas conforme la totalidad de los servicios y/o productos.
Los pagos que se generen con imputación a presupuestos futuros sólo procederán en la medida que exista disponibilidad presupuestaria y se cumplan las condiciones previstas para esos desembolsos.
k) Coordinador por parte del proveedor adjudicado
El proveedor adjudicado deberá nombrar un Coordinador de contrato, cuya identidad deberá ser informada a la Universidad de Valparaíso.
En el desempeño de su cometido, el Coordinador de contrato deberá, a lo menos:
i. Informar oportunamente a la Universidad de Valparaíso de todo hecho relevante que pueda afectar el cumplimiento del contrato.
ii. Representar al Proveedor, en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del contrato.
iii. Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este contrato.
La designación del coordinador y todo cambio relativo a este deberá ser informado a la Universidad de Valparaíso a más tardar dentro de las 24 horas siguientes de efectuado la designación o cambio. La Universidad de Valparaíso podrá rechazar o aprobar dicha designación. En caso de rechazo, el proveedor deberá nombrar otro coordinador y seguir el mismo procedimiento señalado precedentemente.
l) Supervisión y coordinación del contrato por parte de la Universidad
La Universidad define como administrador del presente convenio al Comité de Auditoría de la Universidad de Valparaíso, con las siguientes funciones:
i. Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en las bases para el oportuno cumplimiento del contrato.
ii. Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este contrato.
iii. Dar visto bueno y recepción conforme de los productos y/o servicios, como también la tramitación de pagos y sanciones.
Las demás que le encomiende el presente instrumento
m) Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que están contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
i. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
ii. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza oclusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
iii. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
iv. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
v. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
vi. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
vii. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
viii. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
n) Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
Durante la vigencia del respectivo contrato, el adjudicatario deberá acreditar mediante la presentación del Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (Ley de Subcontratación), emitido por la Dirección de Trabajo, que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Estos certificados deberán ser presentados al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, o cada seis meses de vigencia de éste. Sin perjuicio de ello, la Universidad también podrá solicitar al adjudicatario, en cualquier momento, la presentación de estos certificados de la Dirección del Trabajo u otros antecedentes que estime pertinentes para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales antes señaladas.
Con todo, el respectivo adjudicatario deberá acreditar, al término del correspondiente contrato, el cumplimiento del pago de remuneraciones y cotizaciones de seguridad social en los términos descritos, a través de los certificados o antecedentes respectivos.
o) Domicilio para efectos legales
Para todos los efectos legales que se deriven del contrato, las partes fijan su domicilio en la comuna de Valparaíso y se someten a la competencia de sus Tribunal Ordinarios de Justicia.
p) Regula el acoso sexual, la violencia y discriminación de género en el ámbito de la educación superior
Forma parte integrante de estas bases administrativas/términos de referencia la siguiente normativa interna en materia de acoso sexual, violencia y discriminación de género: a) Decreto exento N°786, de 2023, que contiene el “Reglamento sobre acoso sexual, violencias y discriminación de género en la Universidad de Valparaíso”; b) decreto exento N°685, de 2018, que aprueba la “Política sobre relaciones interpersonales entre miembros de la comunidad universitaria y otras recomendaciones de conducta”; c) decreto exento N°2033, de 2020, que reconoce y da protección al derecho a la identidad de género, autorizando el uso del nombre social al interior de la Universidad de Valparaíso; d) decreto exento N°1215, de 2022, que incorpora la variable de género, masculino o femenino, en la denominación de los grados académicos y títulos profesionales en la Universidad de Valparaíso; y e) decreto exento N°2649, de 2022, que aprueba la “Política integral contra las violencias de género y la discriminación de la Universidad de Valparaíso”; y f) Decreto exento N°291, de 2022, que crea la Unidad de Coordinación de Procesos Disciplinarios, dependiente de la Fiscalía General de la Universidad de Valparaíso.
Por el solo hecho de ofertar, se entiende que los oferentes han leído, entienden y aceptan expresamente el contenido de los documentos antes señalados, los que han descargado desde el enlace disponible en la página web https://igualdadydiversidad.uv.cl/documentos, sin tener reclamo alguno que formular y se obligan a su pleno cumplimiento.
q) Normativa que regula la prevención de delitos.
Forma parte integrante de las presentes Bases Administrativas la Ley N°19.913, que crea la Unidad de Análisis Financiero y modifica diversas disposiciones en materia de lavado y blanqueo de activos; la Ley N°20.818, que perfecciona los mecanismos de prevención, detección, control, investigación y juzgamiento del delito de lavado de activos; la Ley N°20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos que indica; la Ley N°21.595 de delitos económicos; y, el Oficio Circular N°20 de 15 de mayo de 2015 del Ministerio de Hacienda, que instruye orientaciones generales para el sector público en materia de prevención, detección, control, investigación y juzgamiento de delito de lavado de activos, y en especial, el Modelo de Prevención de Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo, Delitos
Funcionarios, Medio Ambientales, entre otros, de la Universidad de Valparaíso, sancionado en el DU 890 de 2024, descargable de la página de transparencia de la Institución.
11 Productos / Servicios Requeridos
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Para dar fiel cumplimiento, a lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley N°21.091, en lo referente a la obligación de las universidades estatales de publicar sus balances generales y demás Estados Financieros debidamente auditados, se requiere, efectuar una auditoría externa a los Estados Financieros para los años 2024, 2025 y 2026 de conformidad con las normas de auditoría generalmente aceptadas, opinando si los mismos han sido preparados de acuerdo con las Normas Contables para Instituciones de Educación Superior del Estado, emitidas por la Contraloría General de la República (CGR) y la Superintendencia de Educación Superior (SES), servicio que debe ser prestado por un empresa con inscripción vigente en el Registro de Empresas de Auditoría Externa (REAE) de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), lo que acredita el cumplimiento de requisitos legales y técnicos. Este requisito es fundamental para garantizar la calidad, confiabilidad y confidencialidad del servicio de auditoría externa. Asimismo, resulta recomendable que la empresa cuente con certificaciones de calidad de sus procesos.
11.1 Respecto de lo anterior, el Plan de Trabajo para ser admisible deberá contener, al menos lo siguiente:
a) Informe de Control Interno
▪ Evaluación de los procesos conforme a los lineamientos y directrices entregados por el Comité de Auditoría, aplicando para ello la metodología de gestión de riesgo implementada en la Universidad de Valparaíso, y las herramientas de medición del ambiente de control vigentes en la institución.
▪ Evaluar las debilidades estructurales a través de las fichas, con ello revelar el estado de maduración a través de pruebas de cumplimiento, declarando los hallazgos que sustentan las debilidades estructurales del riesgo, de modo que posibiliten a la Universidad formular sus planes de mejora.
▪ Información sobre el grado de cumplimiento de las recomendaciones de auditoría.
▪ Otros asuntos que el auditor juzgue pertinente, aportando las evidencias suficientes que permitan, de corresponder, determinar responsabilidades.
▪ El adjudicatario deberá realizar pruebas de cumplimiento, a los controles declarados en la evaluación de las fichas de control, consignando en el informe de resultados los hallazgos detectados.
▪ El adjudicatario deberá realizar en el sistema informático, que para estos efectos posee la universidad, la carga de datos por la evaluación y justificación efectuadas a las Fichas, junto con sus respaldos.
▪ El oferente debe, antes de la ejecución de las actividades en terreno, coordinar el requerimiento de la información con la persona que la Universidad haya designado para estas coordinaciones
▪ El Plazo de entrega de esta evaluación deberá ser a más tardar el mes de Agosto de cada año con excepción del primer año que será realizado en septiembre.
b) Informe sobre los Sistemas de Información
▪ Identificación, análisis y evaluación de riesgos tecnológicos existentes en la organización en el contexto de los sistemas financiero/contables, conforme a los lineamientos entregados por el Comité de Auditoría, aplicando para ello metodología de gestión de riesgo.
▪ Evaluar las debilidades estructurales a través de las fichas, con ello revelar el estado de maduración a través de pruebas de cumplimiento, declarando los hallazgos que sustentan las debilidades estructurales del riesgo, de modo que posibiliten a la Universidad formular sus planes de mejora.
▪ El adjudicatario deberá realizar en el sistema informático, que para estos efectos posee la universidad, la carga de datos por la evaluación y justificación efectuadas a las Fichas, junto con sus respaldos.
▪ El oferente debe, antes de la ejecución de las actividades en terreno, coordinar el requerimiento de la información con la persona que la Universidad haya designado para estas coordinaciones
▪ El Plazo de entrega de esta evaluación deberá ser a más tardar el mes de Agosto de cada año con excepción del primer año que será realizado en septiembre.
c) Informe sobre revisión de los Estados Financieros al 30 de junio de cada año. (Revisión Preliminar de Saldos Contables)
▪ En esta validación al 30 de junio, se deberá realizar un trabajo de análisis y sustentación de los diferentes rubros de los Estados Financieros, de forma de evaluar de forma anticipada y de acuerdo a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), emitidas por el International Accounting Standards Board (IASB), el estado de análisis e integridad de la información contable interina.
▪ El oferente debe, antes de la ejecución de las actividades en terreno, coordinar el requerimiento de la información con la persona que la Universidad haya designado para estas coordinaciones
▪ Debe considerar adicionalmente 30 horas en la realización de arqueos e inventarios.
▪ El Plazo de entrega de esta evaluación deberá ser a más tardar el mes de Octubre de cada año.
d) Informe sobre la razonabilidad de los Estados Financieros – Universidad de Valparaíso (Opinión)
▪ El Plan de trabajo de Auditoría de los Estados Financieros, debe desarrollarse de acuerdo a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), emitidas por el International Accounting Standards Board (IASB), y lo establecido en la ley Nº 18.045, título XXVIII, artículo 239.
▪ Examen selectivo de los montos, metodología de muestras, respaldos y antecedentes que conforman la contabilidad y los estados financieros.
▪ Revisión de los procesos contables
▪ Revisión de los estados contables
▪ Revisión del Balance
▪ Revisión de estado de resultados
▪ Especificar sobre aspectos puntuales en el balance
▪ Confirmación directa a los saldos deudores y acreedores
▪ Revisión de la documentación de respaldo de las cuentas de Activo, Pasivo, Pérdidas, Ganancias.
▪ Revisión de la Valorización de Activos y Pasivos
▪ Revisión de la corrección monetaria
▪ Dictamen precisando alcance del examen global efectuado, opinión del Auditor.
▪ Evaluación de los principios de contabilidad utilizados y la consistencia de su aplicación con los estándares relevantes, así como las estimaciones significativas hechas por la administración.
▪ Revisión de las "notas explicativas" a los estados financieros.
▪ Revisión de contratos, servicios vigentes u otros rubros considerados relevantes por las partes.
▪ Revisión tributaria de los ingresos fuera del giro (servicios de actividades extraordinarias).
▪ Conclusiones respecto de la presentación general de la contabilidad y los estados financieros, indicando con un razonable grado de seguridad, si ellos están exentos de errores significativos y cumplen con los estándares relevantes en forma cabal, consistente y confiable.
▪ El Plazo de entrega de los informe de auditoría individual y consolidado de esta evaluación, deberá ser entregada a más tardar la primera semana del mes de abril de cada año.
▪ El oferente debe, antes de la ejecución de las actividades en terreno, coordinar el requerimiento de la información con la persona que la Universidad haya designado para estas coordinaciones, a más tardar la primera quincena del mes de Marzo de cada año.
e) Informe Especial e Informe de Avance
▪ Informe “Especial” se refiere a los hallazgos que se produzcan durante el desarrollo de la auditoría, que ameriten ser reportados oportunamente. Este deberá contener el “hallazgo”, prueba sustantiva y la recomendación del auditor.
▪ Si correspondiera o sí se solicitara, se emitirán informes de avance del trabajo de auditoría.
Los informes 1), 2) y 3) deberán ser concordados con el Comité de auditoría de la Institución
f) Análisis de riesgos de viabilidad financiera: El informe de los auditores externos debe incluir un análisis de riesgos en relación con la viabilidad financiera de la institución exigido en Norma de Carácter General N°1 emitida por la Superintendencia de Educación Superior (SES). Conforme a la Ley N° 21.091, las instituciones de educación superior deberán someter su contabilidad al examen de empresas de auditoría externa reguladas en la Ley N° 18.045, el que deberá contener un análisis de riesgos en relación con su viabilidad financiera, respecto de la capacidad de cada institución para continuar como una empresa en marcha, en conformidad con la Sección AU 570 de las Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas en Chile. Esta metodología quedará supeditada a los cambios que al efecto introduzca la SES.
11.2 Presentación a la “Junta Directiva, de los resultados obtenidos de las evaluaciones.
11.3 Otros
▪ Todos los informes finales requeridos, a excepción del "Informe Especial" e "Informe de Avance", deberán ser entregados previa discusión con el comité de Auditoría de la UNIVERSIDAD designado para estos efectos.
▪ Para el cronograma de trabajo, se solicita no considerar febrero, debido a que la UNIVERSIDAD entra en receso universitario. No obstante, lo requerido en el punto anterior, se solicita presentar en forma obligatoria, Carta Gantt que resuma las actividades del trabajo de auditoría.
▪ El programa autorizado podrá ser modificado de común acuerdo durante la ejecución del contrato, no pudiendo modificar el alcance y los elementos esenciales de la oferta.
▪ El oferente deberá prestar sus servicios con los mismos socios y equipos profesionales ofertados, los que deberán ser distintos a los que destina para auditar a otras universidades e Instituciones de Educación superior de la competencia. Lo señalado anteriormente, será incorporado en el respectivo contrato que se celebre al respecto con el adjudicatario, siendo ésta una cláusula esencial de dicho contrato.