Bases Administrativas |
.- Requerimientos Técnicos y Otras Cláusulas
GENERALIDADES Las presentes Bases Administrativas, las Bases Técnicas, Especificaciones Técnicas y todo otro documento que emane de la propuesta, establecen las condiciones y normas que reglamentarán la contratación. La presente licitación originará Resolución de Adjudicación, Orden de Compra, Resolución Aprueba Contrato y el Contrato respectivo, que serán Publicadas en el Portal mercado Público. El precio ofertado se entenderá en moneda nacional.
DEFINICIONES • Director: Sr. Claudio Baeza Avello
• Servicio: Hospital Guillermo Grant Benavente, Concepción
• Mandante: Hospital Guillermo Grant Benavente, Concepción
• Unidad Técnica: Unidad de Abastecimiento de Fármacos.
UNIDAD TÉCNICA Para los efectos de la licitación, la Unidad Técnica fija su domicilio en San Martin Nº 1436, Concepción.
DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN Los documentos y procedimientos de licitación, así como la relación contractual, estarán integrados e informados, además de la normativa legal y administrativa que regula la materia, por los siguientes antecedentes:
- Las presentes Bases Administrativas.
- Las Especificaciones Técnicas.
- Las consultas y respuestas.
- Las enmiendas del HGGB sobre las Bases y demás aclaraciones que de él deriven.
- Los Formularios y anexos
- La oferta adjudicada.
- La Orden de Compra y/o el Contrato.
- Todo otro documento que forme parte de la Licitación que emane del HGGB.
El oferente deberá examinar todas las instrucciones, formularios, anexos, condiciones y especificaciones que figuren en los documentos de la Licitación. El HGGB podrá admitir errores de forma que no afecten la igualdad de las ofertas ni la estricta sujeción a las bases.
INGRESO DE LAS OFERTAS AL PORTAL www.mercadopublico.cl
Las ofertas deben ser ingresadas en el portal electrónico www.mercadopublico.cl (subir todos los documentos requeridos para la presente licitación), dentro del plazo y hora estipulados en las presentes bases. Y en el caso de Licitaciones en soporte papel, y según consta en el Artículo 62 del Decreto 250, Las Entidades podrán efectuar los Procesos de Compras y la recepción total o parcial de ofertas fuera del Sistema de Información, en las siguientes circunstancias:
1. Cuando existan antecedentes que permitan presumir que los posibles proveedores no cuentan con los medios tecnológicos para utilizar los sistemas electrónicos o digitales establecidos de acuerdo al Reglamento, todo lo cual deberá ser justificado por la Entidad Licitante en la misma resolución que aprueba el llamado a licitación.
2. Cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección mediante el correspondiente certificado, el cual deberá ser solicitado por las vías que informe dicho Servicio, dentro de las 24 horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas. En tal caso, los oferentes afectados tendrán un plazo de 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de Indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Sistema de Información.
3. Cuando en razón de caso fortuito o fuerza mayor no es posible efectuar los Procesos de Compras a través del Sistema de Información.
4. Cuando no exista de manera alguna conectividad en la comuna correspondiente a la entidad licitante para acceder u operar a través del Sistema de Información.
5. Tratándose de contrataciones relativas a materias calificadas por disposición legal o por decreto supremo, como de naturaleza secreta, reservada o confidencial.
6. Tratándose de las contrataciones de bienes y servicios, indicadas en el artículo 10 números 5 y 7 letras i) y k) de este reglamento, efectuadas a proveedores extranjeros en que por razones de idioma, de sistema jurídico, de sistema económico o culturales, u otra de similar naturaleza, sea indispensable efectuar el procedimiento de contratación por fuera del Sistema de Información. Sin perjuicio de ello, las entidades deberán publicar en el Sistema de Información los términos de referencia, las órdenes de compra y la resolución de adjudicación y el contrato, en los casos que corresponda.
En el caso de las garantías, planos, antecedentes legales, muestras y demás antecedentes que no estén disponibles en formato digital o electrónico, podrán enviarse a la Entidad Licitante de manera física, de acuerdo a lo que establezcan en cada caso las Bases.
SOBRE LA COMISIÓN EVALUADORA Dentro del plazo de 90 días hábiles siguientes a la fecha de cierre de recepción de las ofertas, en el Portal de Chile Compras, la Comisión Evaluadora designada por Resolución Exenta, publicada en www.mercadopublico.cl al momento de efectuar adjudicación.
El Hospital se reserva el derecho a no adjudicar la propuesta; aceptar cualquier oferta en forma parcial o total aunque no sea la más baja o rechazarlas todas, fundadamente, de acuerdo a los intereses del Hospital Guillermo Grant Benavente del Servicio de Salud Concepción.
Se inviste, a los funcionarios que se indican o sus subrogantes, como integrantes de la comisión evaluadora de la Licitación Públicas Nº ID 4309-315-LE24 “CONV. SUMINISTRO FLUCONAZOL 150 MG CAPSULA, PARA 24 MESES” “ Para HOSPITAL GMO. GRANT BENAVENTE, a los siguientes:
• Jefe Abastecimiento Fármacos
• QF Farmacia UCI
• QF Farmacia Central
• DT Bodega de Farmacos
Los integrantes de las comisiones evaluadoras, en conformidad a la Ley de Probidad, art. 37 del reglamento de la Ley de Compras y art. 4 N°7 de la Ley N°20.730, no podrán tener contacto ni reunirse con los oferentes, en su calidad de integrantes de la comisión y dentro del contexto de la presente licitación.
Cabe señalar, que los integrantes de la Comisión evaluadora, no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación, esta comisión estará compuesta de al menos tres funcionarios públicos, internos o externos al organismo respectivo, de manera de garantizar la imparcialidad y competencia entre los oferentes. Excepcionalmente, y de manera fundada, podrán integrar esta comisión personas ajenas a la administración y siempre en un número inferior a los funcionarios públicos que la integran.-
SOBRE LA RESPONSABILIDAD DEL CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS TÉCNICOS Serán los Profesionales de las unidades de Farmacia del Hospital Clínico regional Dr. Guillermo Grant Benavente, miembros de la comisión de evaluación, quienes serán responsables de verificar el cumplimiento de los requisitos obligatorios solicitados en las Especificaciones Técnicas de la presente Licitación para cada uno de los oferentes en cuestión. Finalizado este proceso de revisión, deberán firmar un acta en donde se detallará el cumplimiento o no de los requisitos obligatorios para cada oferente. Con este documento se podrá continuar con el proceso de evaluación por parte de la comisión de evaluación y adjudicación.
SOBRE LA FUNCIÓN DE LA COMISIÓN EVALUADORA a) Resolver por sí sola cualquier duda o discrepancia que en el acto de apertura pueda surgir en relación con la interpretación o aplicación de las presentes Bases o Ficha Técnica del Portal Mercado Público.
b) Solicitar a los oferentes las aclaraciones a sus propuestas que estime necesarias, para una correcta evaluación de las mismas, así como también solicitar que subsane errores menores o aclare los documentos presentados, cuando existan dudas, todo lo cual deberá ser canalizado e informado al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Fuera de este mecanismo, los oferentes no podrán mantener contacto alguno con la Comisión. El oferente deberá dar respuesta en a través del mismo medio, dentro del plazo señalado, de la forma indicada en el párrafo “Presentación de Aclaraciones y Antecedentes Omitidos”.
c) Revisar y estudiar la documentación solicitada, ponderando las ofertas técnica y económicamente, confeccionando un cuadro comparativo entre los oferentes, todo ello en conformidad a los criterios de evaluación contemplados en el pliego de condiciones.
d) De existir empate en la nota final entre dos o más ofertas en el resultado, aun cuando de la evaluación se esté usando el máximo de decimales posibles, ésta deberá dirimir a través del análisis del criterio de evaluación con mayor ponderación, según lo establecido en el párrafo de “Resolución de Empates”.
e) Podrá proponer la declaración de inadmisibilidad de una oferta, si de la evaluación se determina que no cumple con lo exigido en las bases. De la misma forma, La comisión podrá sugerir la declaración de la presente licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, porque juzga que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Servicio.
f) En el caso de presentarse la situación regulada en el 42 del Reglamento de la Ley de Compras, podrá incorporar en el acta la exigencia de que el oferente respectivo mejore la garantía por el valor de la diferencia del precio con la oferta que le sigue. g) Confeccionar un “Informe de Evaluación”, el cual considerará en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean éstos de carácter administrativo, técnico, legal, económico u otros, y contendrá a lo menos: los hitos más relevantes del proceso de licitación, Cuadro Comparativo o Evaluativo de las Ofertas, y el puntaje o nota final obtenido por cada oferente según la ponderación de la pauta de evaluación. Dicho documento será firmado por los integrantes de la presente comisión para ser presentado a la Autoridad del Servicio que adjudicará.
h) En caso de existir discrepancias entre los miembros de la comisión, podrán solicitar asesoría al departamento Jurídico del Servicio, para que éste asesore como contraparte, de acuerdo a lo señalado en la Directiva de Compras N° 14, “ya sea invitando a un abogado que asista a la sesión de la comisión o pidiendo formalmente un pronunciamiento jurídico al departamento”.
i) Insertar en el informe una declaración en la cual los integrantes de la comisión afirmen no tener conflicto de intereses. De presentarse la situación de tener algún conflicto de este tipo, el integrante afectado deberá abstenerse, siendo reemplazado por otro funcionario mediante acto administrativo.
SOBRE LAS MULTAS Y SANCIONES Ante el (los) siguiente(s) incumplimiento(s) por parte del proveedor contratado, el Hospital HGGB deberá aplicar las sanciones que se detallan a continuación:
• Retraso en el plazo de entrega, propuesto por el proveedor: Por cada día hábil de retraso en el plazo de entrega de los medicamentos, obligara al HGGB aplicar una multa equivalente al 5% (monto neto) respecto del valor de la orden de compra, asociado al producto solicitado, salvo que se trate de caso fortuito o fuerza mayor o causa no imputable al proveedor, y no podrá superar el 50% del valor total de este.-
• Retraso en el Canje de producto, el atraso en el plazo de entrega de reposición del producto, salvo que se trate de caso fortuito, fuerza mayor o causa no imputable al proveedor, obligará al Hospital HGGB a aplicar una multa equivalente al 5% del monto neto por cada día hábil de atraso, respecto al valor total del canje del producto y a las cantidades que se entreguen atrasadas, no podrá superar el 50% del valor total de este.-
• La entrega de los Fármacos con fecha de vencimiento menor a la establecida en bases administrativas, salvo que se trate de caso fortuito o fuerza mayor o causa no imputable al proveedor, se aplicará una multa equivalente al 20 % del valor de la totalidad de los productos, y quedaran exento de la aplicación de la multa, los proveedores que adjunte carta de canje al momento del despacho, no podrá superar el 50% del valor total de este.-
• La entrega parcial de un fármaco, salvo que se trate de caso fortuito o fuerza mayor o causa no imputable al proveedor, se aplicará una multa equivalente al 20% del valor neto de lo pendiente (po cada entrega parcial), no podrá superar el 50% del valor total de este.-
• La entrega de un producto diferente al requerido o que no cumple con las especificaciones técnicas señaladas en las presentes Bases Técnicas y Administrativas, originará una aplicación de multas de un 50% del valor de la orden de compra.
• Los Quiebres de Stock de medicamentos, informados por proveedor, se aplicará una multa equivalente según la siguiente tabla, respecto del valor total neto de la orden de compra, según el medicamento en cuestión, salvo que se trate de caso fortuito o fuerza mayor o causa no imputable al proveedor.
Tramo % multa a Aplicar Tiempo Quiebre Informado
A 10 1 a 10 días
B 20 11 a 30 días
C 30 31 a 60 días
D 40 61 a 90 días
E 50 superior a 90 días
• La falla terapéutica y/o de Calidad que sean reportadas po la Unidad de Fármaco vigilancia del HGGB, se aplicará una multa equivalente al 30% del valor total de la última orden de compra recepcionada en el HGGB y asociada al fármaco y/o producto en cuestión
En toda sanción, el HGGB deberá considerar los siguientes aspectos:
• Los hechos que constituyen las causales de sanción deberán ser informadas por el Jefe de Bodega mediante informe al encargado de Multas, para proceder con el proceso de evaluación del mismo,
• Las multas de que trata el presente artículo, se devengarán desde la fecha en que se haya verificado el hecho que la origina.
• La multa deberá ser pagada dentro del plazo de 15 días contados desde el requerimiento que al efecto formulará el Hospital. Si no existe pago ni depósito se hará efectivo el cobro del Documento de Fiel Cumplimiento siempre que corresponda. El Hospital podrá cobrar esta multa a la empresa, judicial o extrajudicialmente.
• El cobro de una o más de las multas precedentes, es sin perjuicio del derecho del Hospital para poner término al Contrato por causa imputable al proveedor y exigir, en tal caso, la indemnización de los perjuicios.
• Las multas serán aplicables hasta un tope del 50% del valor neto de los productos y a las cantidades que se entreguen atrasadas.
Procedimiento para aplicación de multas
En todos estos casos, detectada por parte de la entidad o del funcionario responsable, una situación que amerite la aplicación de multas, se le informará al adjudicatario por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles (lunes a viernes), para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes. Vencido el plazo para presentar descargos, la entidad dictará la respectiva Resolución o Acto Administrativo aplicando la multa. Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará mediante resolución o acto administrativo, comunicándose por carta certificada al adjudicatario o a su representante legal, en el caso de las personas jurídicas, y al coordinador del contrato.
Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma la entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos para rechazarlos o acogerlos ya sea total o parcialmente lo que se determinará mediante resolución o acto administrativo, comunicándose por carta certificada al adjudicatario o a su representante legal, en el caso de las personas jurídicas.
Sin perjuicio de lo expuesto, posterior a la tramitación de la Resolución que determina el término anticipado del contrato, el adjudicatario podrá interponer los Recursos establecidos en la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
DE LAS FALTAS DE STOCK DEL PROVEEDOR ADJUDICADO. En el caso que el proveedor adjudicado no responda dentro de los plazos establecidos e informado por el oferente, por falta de stock, problemas de la instalación o motivos de fuerza mayor que impida el abastecimiento, deberá responder de igual manera comprando a otro proveedor el mismo producto o adquiriendo un producto equivalente que pueda ser utilizado por el establecimiento manteniéndose el precio o bien deberá hacerse responsable de la diferencia generada en pago de la factura de la compra por incumplimiento realizada por la institución a otro proveedor.
SOBRE EL CONTRATO Una vez publicada la resolución de adjudicación, se suscribirá contrato correspondiente que incluirá las cláusulas necesarias para el resguardo de los intereses del Hospital, y será suscrito por éste y el representante Legal de la Entidad Adjudicataria el cual será enviado al proveedor para su revisión y firma.
2. Plazo para celebrar el Contrato: El adjudicatario debe celebrar el contrato dentro de los 40 días corridos siguientes a la notificación de la Resolución de adjudicación. Dicho plazo podrá ampliarse, lo cual quedará consignado en la resolución de adjudicación, en caso de requerir alguna formalidad especial que deba presentar el proveedor adjudicado, el que podrá ser hasta por 40 días corridos adicionales.
3. Serán parte integrante del Contrato las presentes Bases y todos los antecedentes de la propuesta, incluidas las consultas y respuestas relativas a las Bases y el contenido de la oferta del adjudicatario.
4. El contrato entrará en vigencia de 24 meses desde la total tramitación de la resolución de adjudicación. Todos los gastos, derechos e impuestos que se originen con motivo de la celebración del Contrato, serán de cargo exclusivo del adjudicatario. De tratarse de contrataciones menores a 1000UTM, la vigencia del convenio será desde la total tramitación de la Queda establecido que no se requerirá la suscripción de Contrato por considerarse una contratación menores a 1000 UTM. En este caso el contrato será formalizado mediante el envío de la orden de compra, según consigna el artículo 64 del Reglamento de Compras Públicas.
SOBRE MODIFICACIONES Y
EL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
Por otro lado, el Hospital, previo procedimiento administrativo, podrá declarar el término del contrato por alguna de las siguientes causales:
1. Que el proveedor en los casos que procediere, fuere multado por el acto administrativo, por alguna de las siguientes causales.
• Retraso en el plazo de entrega propuesto por el proveedor, 3 eventos, en relación a oc asociada.
• Retraso en el Canje de producto, 2 evento.
• La entrega parcial de un fármaco, 3 evento.
• La entrega de un producto diferente al requerido. Dara lugar a térmico anticipado de inmediato 1 evento
• Los Quiebres de Stock de medicamentos, según tabla:
Tramo % Multa a Aplicar Tiempo Quiebre Informado N° de Eventos Durante contrato
A 10 1 a 10 días 4
B 20 11 a 30 días 3
C 30 31 a 60 días 2
D 40 61 a 90 días 2
E 50 superior a 90 días 1
• La falla terapéutica y/o de Calidad. Dara lugar a térmico anticipado de inmediato.-
2. Que el proveedor se encuentre en estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
3. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
4. En caso de término de giro, liquidación o disolución de la sociedad ejecutora.
5. Si cede o transfiere en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación, y en especial los establecidos en la Resolución y/o Contrato definitivo, generándose así modificación de razón social o RUT de proveedor adjudicado.
6. Incumplir el pacto de integridad u obligación de confidencialidad, en lo que a la ejecución del contrato se refiere.
7. En el caso de la Unidad Temporal del Proveedores (UTP), será causal de término anticipado en los siguientes casos:
a) La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
b) Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
c) Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.
d) Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
e) Disolución de la UTP.
8. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
9. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes
• No procederá el pago de indemnización alguna a favor del HGGB.
• Las partes fijarán de mutuo acuerdo en el contrato que suscriban, el resto de las condiciones de resciliación.
10. Será una excepción para término de contrato , aquellos productos que según registro ISP, cuenten con único proveedor en Chile .
PROCEDIMIENTO PARA REALIZAR EL TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATO:
En el caso de que se genere una o más de las situaciones señaladas en los numerales 1 a 9, detectada la situación por parte de la entidad o del funcionario responsable, se informará al proveedor por carta certificada y, indicando la causal, los hechos que la constituyen y la decisión de poner término al contrato pactado. A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el proveedor tendrá un plazo de cinco días hábiles para hacer sus descargos acompañando los antecedentes que lo justifiquen. Vencido el plazo para presentar descargos y sin que éstos se hayan presentado, la entidad dictará la respectiva resolución o acto administrativo dando término al contrato y procederá si corresponde al cobro de garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.
Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma la entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos para rechazarlos o acogerlos ya sea total o parcialmente lo que se determinará mediante resolución o acto administrativo, comunicándose por carta certificada al adjudicatario o a su representante legal, en el caso de las personas jurídicas.
Sin perjuicio de lo expuesto, posterior a la tramitación de la Resolución que determina el término anticipado del contrato, el adjudicatario podrá interponer los Recursos establecidos en la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
El término del contrato por la causal establecida en el numeral 9 se deberá generar mediante la suscripción de mutuo acuerdo del convenio de término anticipado del contrato, que deberá ser aprobado por Resolución o Acto Administrativo sin necesidad de trámite judicial alguno. Las partes de este contrato han acordado dar el valor esencial a la presente clausula.
PROCEDIMIENTO PARA REALIZAR EL TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATO
En el caso de que se genere una o más de las situaciones señaladas en los numerales 1 a 8 del término anticipado del contrato, detectada la situación por parte de la entidad o del funcionario responsable, se informará al proveedor por carta certificada, indicando la causal, los hechos que la constituyen y la decisión de poner término al contrato pactado. A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el proveedor tendrá un plazo de cinco días hábiles para hacer sus descargos acompañando los antecedentes que lo justifiquen. Vencido el plazo para presentar descargos y sin que éstos se hayan presentado, la entidad dictará la respectiva resolución o acto administrativo dando término al contrato y procederá si corresponde al cobro de garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.
Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma la entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos para rechazarlos o acogerlos ya sea total o parcialmente lo que se determinará mediante resolución o acto administrativo, comunicándose por carta certificada al adjudicatario o a su representante legal, en el caso de las personas jurídicas.
Sin perjuicio de lo expuesto, posterior a la tramitación de la Resolución que determina el término anticipado del contrato, el adjudicatario podrá interponer los Recursos establecidos en la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
El término del contrato por la causal establecida en el numeral 9 se deberá generar mediante la suscripción de mutuo acuerdo del convenio de término anticipado del contrato, que deberá ser aprobado por Resolución o Acto Administrativo sin necesidad de trámite judicial alguno. Las partes de este contrato han acordado dar el valor esencial a la presente clausula.
DE EXTENDER EL CONTRATO En el caso que el HGGB se encuentre en la necesidad de ampliar el plazo del convenio una vez
terminado el tiempo del contrato establecido o la cantidad adjudicada, este podrá extender o renovar su vigencia hasta un plazo de 3 meses de consumo promedio o por el mismo plazo de vigencia del convenio, siempre y cuando sea a solicitud del HGGB y aprobado por el proveedor, lo cual se informará mínimo con un mes de anticipación.
SOBRE LA PRÓRROGA DEL CONTRATO La presente licitación podrá ser prorrogable por un monto no superior a 1000 UTM en un plazo no mayor a 3 meses.
SOBRE LAS CALIDAD DE LOS PRODUCTOS OFERTADOS Los productos ofertados deberán tener un vencimiento mínimo de 1 año a contar de la fecha de recepción. No obstante, la empresa adjudicada deberá ofrecer políticas de canje, para el caso de los productos sin rotación.
SOBRE EL CONSUMO
El consumo estimado de los productos que se licitan, corresponde al promedio anual estimado de la producción histórica del Hospital Guillermo Grant Benavente. Este consumo no obliga al Hospital a adquirirlas en su totalidad, ya que esto se indica para efectos de estimación de precios unitarios, cálculo global de la propuesta y despachos requeridos.
Sin embargo, si hay variaciones en las cantidades solicitadas por parte de las farmacias del Hospital, el consumo se considerará como desconocido lo cual se reconoce como cantidad unitaria 1.
SOBRE EL AUMENTO 30% DEL MONTO ESTIMADO
Sobre el Monto de la adjudicación, y según lo estipulado en Decreto N° 250 “Reglamento de la Ley N° 19.886 de bases sobre contrataciones administrativos de suministro y prestación de servicios”. Articulo N° 11 Cuando el Monto adjudicado supere en más de un 30 % al monto estimado, las entidades deberán explicitar en el acto adjudicatario las razones técnicas y económicas que justifiquen dicha diferencia.-
SOBRE EL PAGO El pago se realizará teniendo a la vista la factura o boleta de honorarios, previa recepción conforme, dentro del plazo de 30 días contados desde la aceptación de la factura o boleta de honorarios respectiva, (Ley de Presupuestos 2021, glosa 2, de las partidas del Ministerio de Salud, “Las obligaciones devengadas de cada Servicio de Salud deberán ser pagadas en un plazo que no podrá exceder de 30 días, a contar de la fecha en que la factura es aceptada.”
Se requiere que el proveedor actualice su sistema de facturación electrónica, para que dicha factura ingrese via web del SII al correo dipresrecepcion@custodium.com de nuestro establecimiento, posterior a esto, el proveedor podrá validar la recepción, en la Web del Hospital Gmo Grant Benavente, acceso proveedores.
Para que las facturas ingresen al sistema informático de esta Institución; deberán ingresar a la nueva casilla asociada a la dirección de presupuesto dipresrecepcion@custodium.com, además cada factura tendrá que indicar Únicamente el N° de la orden de compra y/o guía de despacho en el campo 801, esto es, para que documento tributario no sea automáticamente rechazado.
La factura deberá ser emitida a nombre del Hospital Guillermo Grant Benavente RUT.61.602.189-3, dirección San Martín N° 1436, Concepción.
En el caso de una Unión Temporal de Proveedores (UTP), será el representante de la misma, indicando en el documento de su constitución, quien deberá emitir la boleta o factura respectiva, para cursar los pagos que generen la ejecución contractual.
Proveedor deberá facturar dentro del plazo, estipulado en bases administrativas
Adjuntar orden de compra de portal en estado “Aceptada”.
Incluir en detalle de factura:
- Número de guía de despacho cuando corresponda
- Detalle de los fármacos despachados (f. venc/lote/N° Referencia)
Facturas que no se envíen con el detalle señalado, serán rechazadas de manera inmediata por el Hospital para su re-facturación de manera acorde a lo indicado en el presente párrafo. La re-facturación será gestionada sólo con la nota de crédito que anule factura rechazada.
Si las facturas no son rechazadas antes de los 8 días, no se requiere nota de crédito.
Es responsabilidad del proveedor que la factura electrónica ingrese mediante la suit electrónica con detalle de todo lo requerido; así como también, es responsabilidad del proveedor, que en la recepción del material, quede impresa la firma, timbre y fecha de recepción. Se solicita revisar o actualizar su sistema de facturación electrónica a fin de que su factura ingrese vía WEB del SII al dipresrecepcion@custodium.comde nuestro Hospital.Donde Posteriormente como proveedor puede validar recepción, en página Web hospital regional, acceso proveedores.
En razón de ello se sugiere que los archivos XML sean enviados desde su sistema de facturación a dipresrecepcion@custodium.com para poder ser rescatados por nuestro sistema.
Recuerde que dichos XML deben contener en el área de referencia la indicación de la OC correspondiente, de lo contrario también serán rechazados.
Es obligatorio incluir en su XML en el área de referencias la indicación a la orden de compra correspondiente como en el ejemplo siguiente:
Verifique que el XML enviado cumpla con lo mencionado para evitar problemas de rechazo factura en SII.
SOBRE LA ACREDITACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL DEL TRABAJADOR Los proveedores deberán adjuntar en los Anexos Administrativos, los comprobantes y planillas que demuestren que no tienen saldos insolutos de remuneraciones y/o cotizaciones de seguridad social con todos sus actuales trabajadores (Art. 22, N°9, Decreto 250 de Ministerio de Hacienda).
Para lo cual deberá presentar un certificado de la Dirección del Trabajo o equivalente (Dicom Laboral Vigente al cierre de la presente licitación.-
SOBRE LA ADJUDICACIÓN
Finalizado el proceso de evaluación de las Ofertas, el HGGB adjudicará la Licitación aceptando la oferta que obtenga el mayor puntaje en la evaluación, emitiendo al efecto la Resolución Fundada de Adjudicación, la que se publicará a través del Sistema de Informaciones www.mercadopublico.cl, entendiéndose notificada luego de las 24 horas transcurridas desde su publicación.
La adjudicación en este caso será Simple.
El HGGB de Concepción declarará inadmisible la oferta cuando ésta no cumpla con los requisitos establecidos en las bases y declarará desierta la licitación en forma total, cuando no se presenten ofertas, o bien cuando estas no resulten convenientes a sus intereses. Lo anterior, de acuerdo a lo establecido en la normativa legal y reglamentaria aplicable, previa resolución fundada dictada al efecto
La adjudicación será dejada sin efecto por el HGGB dictando la resolución fundada correspondiente, en los siguientes casos:
a) En el evento de que el proveedor adjudicado desistiera de su oferta
b) Si el adjudicatario rechaza la adjudicación: se entenderá por rechazada la adjudicación cuando el adjudicatario rechaza expresamente, ya sea por escrito o a través del portal.
c) Si el adjudicatario no acredita encontrarse inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, de la Dirección de Compras y Contratación Pública, previo a la suscripción del contrato, dentro del plazo establecido para ello.
d) Si el adjudicatario infringiere la Ley N° 19.886 en cualquier modo que afecte su capacidad y calidad para contratar con la Administración del Estado, en los términos contemplados en el artículo 4° de la referida Ley.
e) Si no presenta la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento dentro del plazo.
f) Si el proveedor no concurre a la firma del Contrato dentro del plazo de 30 días corridos.
EL HGGB podrá adjudicar una menor cantidad, en el caso que la oferta supere el monto referencial.
SOBRE AUMENTO O DISMINUCION DE PARTIDAS
Al momento de adjudicar, el HGGB se reserva el derecho de aumentar o disminuir partidas requeridas, hasta en un 30% fundadamente conforme a los intereses del HGGB, según disponibilidad presupuestaria, sin alterar el principio de Estricta Sujeción a las Bases y de igualdad de los Oferente
SOBRE LA READJUDICACION El HGGB podrá en el caso de que el proveedor adjudicado se rehúse a suscribir el contrato, no entregue garantía de fiel cumplimiento del contrato en los plazos establecidos para estos efectos, no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases, se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley 19.886 y su reglamento, o en caso de error en proceso de evaluación de la oferta, adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas.
RESOLUCION DE LA PROPUESTA a) El Sub Director del HGGB, teniendo a la vista todos los antecedentes de la licitación, resolverá, mediante Resolución fundada, adjudicar o desestimar la licitación.
b) Posteriormente dicha unidad técnica redactará el respectivo contrato y la resolución que apruebe el mismo.
c) Una vez tramitado, la Unidad Técnica emitirá la Orden de Compra vía Portal e interna.
d) Se subirán los siguientes documentos a la ID correspondiente:
• Acta de Adjudicación con Informe de Evaluación
• Certificado de Disponibilidad Presupuestaria
• Resolución de Adjudicación
• Contrato
• Resolución Aprobatoria del Contrato
e) Se entenderá notificada la resolución de adjudicación al oferente, una vez que sea publicada a través del Portal Mercado Público.
f) Si el Proveedor desiste de dar cumplimiento al servicio adjudicado, o no acepta la orden de compra, el Mandante podrá pedir su rechazo y licitar nuevamente.
SOBRE LA RESOLUCIÓN DE EMPATES La oferta que se adjudicara será el resultado, de la suma de las ponderaciones de cada uno de los criterios de evaluación, ganando quien sume el mayor puntaje. La adjudicación de una oferta de menor puntaje quedará condicionada a respaldo técnico de la Unidad solicitante en el cual clarifique el no uso de la oferta de mayor puntaje. En caso de igual puntaje, el desempate se realizará por lo siguiente en este orden de prioridades:
1.- presente menor precio
2.- de continuar con el empate, se adjudicará por la empresa que presente mayor cantidad de puntaje en calidad.
3.- de continuar el empate, se adjudicará a quien entregue la totalidad de los antecedentes administrativos solicitados.
4. De continuar el empate, se declarará desierta la licitación y el Hospital decidirá un nuevo proceso de compra para abastecerse de los insumos productos de esta licitación.
SOBRE LA INSCRIPCIÓN EN CHILEPROVEEDORES En el caso que no lo hagan, en un plazo de 10 días de corrido, desde la adjudicación de la propuesta, el HGGB podrá entender desistimiento de la oferta pudiendo adjudicar al oferente que haya resultado como segundo mejor evaluado.
SOBRE LAS ACLARACIONES Tanto el encargado del contrato, la comisión de evaluación, podrán solicitar al proveedor la aclaración de errores u omisiones de las ofertas, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones, no les confieran a estos oferentes una situación de privilegios respecto de los demás competidores, esto es, no pudiendo afectar el principio de igualdad de los oferentes ni el principio de estricta sujeción a las Bases Administrativas. Se deberá informar dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información. Los oferentes tendrán un plazo de 48 horas, desde el requerimiento vía portal www.mercadopublico.cl , para aclarar el error u omisión.
SOBRE MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN Las consultas generadas producto de la adjudicación deberán realizarse a través de reclamaciones en la plataforma de mercado público.
SOBRE EL FLETE El proveedor deberá incluir dentro del costo unitario ofertado todos los gastos de fletes de los productos ofertados. Además debe hacerse cargo de los costos de transporte que impliquen las devoluciones de productos, ya sea por productos despachados en mal estado o deteriorado, productos con vencimiento cercano, productos distintos a los solicitados, o cualquier otro tipo de causa que sea directa responsabilidad del proveedor.
SOBRE EL PLAZO DE ENTREGA Y DESPACHO Las órdenes de compra emitidas a través del Mercado Público o solicitudes de despacho vía correo electrónico, deberán ser recepcionadas dentro un plazo máximo de 48 Hrs, una vez enviada la solicitud vía correo u orden de compra. Adicionalmente y debido a urgencias, se solicitará el despacho dentro de 24 horas.
El hospital podrá programar el despacho de lo adjudicado en forma semanal, quincenal o mensual de los fármacos, según sea la necesidad. Y se establece que No necesariamente será consumido la totalidad de lo adjudicado.-
El proveedor adjudicado deberá dejar establecido el nombre, correo electrónico y número telefónico del contacto quien recepcionará vía mail las solicitudes de despacho que les serán enviadas.
SOBRE LA CODIFICACIÓN EN LA ENTREGA DE LOS PRODUCTO Los proveedores que resulten adjudicados deberán asegurar que los empaques primarios y secundarios de los productos y sus embalajes cumplan con las exigencias que permitan buenas prácticas de almacenaje y transporte, así como una adecuada presentación, características que serán verificadas y exigidas al momento de la recepción. Todos los productos deberán entregarse a través de la codificación de los estándares GS1.En especial fecha de vencimiento.
SOBRE EL ADJUDICATARIO El o los Adjudicatarios para suscribir el Contrato deberán declarar mediante un documento y/o certificado de ChileProveedores cumplir con los requisitos para contratar con la Administración del Estado (artículo N° 4 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas.
SOBRE LAS MUESTRAS Deberán ser despachadas a oficina de Abastecimiento Fármacos, con Guía de despacho indicando que son muestras para evaluación, sin costo para el Hospital Guillermo Grant Benavente. Indicando el Número de la licitación correspondiente. Con atención al responsable de la licitación. Plazo de entrega 48 horas desde su solicitud. Estas serán evaluadas de acuerdo a la Pauta de evaluación que entregara el Comité de Abastecimiento Fármacos, cualquier otra pauta no será considerada. Las muestras de una oferta, que se soliciten para ser evaluadas y no sean aprobadas por el equipo clínico del Hospital Guillermo Grant Benavente, no serán adjudicadas, aunque obtengan el mayor puntaje en el cuadro de evaluación. La adjudicación de una oferta de menor puntaje quedara condicionada a respaldo técnico de la unidad solicitante en el cual clarifique el no uso de la oferta de mayor puntaje
SOBRE EL REAJUSTE DE PRECIO No se considerará el reajuste según IPC, para esta licitación.-
PACTO DE INTEGRIDAD El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
II.- FORMULARIOS Y ANEXOS FORMULARIO N° 1
(Obligatorio y excluyente)
ID Nº _____________________
IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE
NOMBRE PROPUESTA PÚBLICA: _________________________________
1. Antecedentes Empresa
Nombre/ Razón Social
Rut
Dirección
Cuidad
Teléfono
Fax
Correo ElectrónicoB
N° Cuenta Corriente y Banco (Para Transferencia bancaria de pago)
2. Antecedentes Representante Legal
Nombre
Rut
Dirección
Cuidad
3.- Antecedentes Responsable de la Oferta
Nombre/ Razón Social
Rut
Dirección
Cuidad
Teléfono
Fax
Correo Electrónico
NOMBRE DE LA EMPRESA :
RUT :
REPRESENTANTE LEGAL :
Nombre
Rut
FECHA Firma
FORMULARIO N° 2
(Obligatorio y excluyente)
ID Nº ________________
DECLARACIÓN JURADA
NOMBRE PROPUESTA PÚBLICA: ___________________________________
El proponente, abajo firmante, por el sólo hecho de presentar su oferta, declara y acepta explícitamente lo siguiente:
1. Haber estudiado todos los antecedentes de la propuesta y verificado la concordancia entre ellos. Haber revisado los términos de la presente licitación: las Bases, Formularios de presentación de la oferta y reglamentación sobre la materia.
2. Estar conforme con las condiciones generales de la propuesta, aceptar las condiciones y procedimientos, tanto en lo administrativo como en lo técnico, establecidos en: Las Bases, respuestas, aclaraciones y todo otro documento oficial que haya servido de base para el llamado a licitación, en el entendido que formarán parte del contrato que firmen las partes y que renuncia, desde el momento de la presentación de su propuesta, a cualquier recurso judicial o extrajudicial en contra del Mandante o su representante legal y el cobro de cualquier indemnización con motivo de su aplicación.
3. No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en los artículos 463 y siguientes del Código Penal, dentro de los 2 últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta de la presente Licitación Pública del Hospital Guillermo Grant Benavente, ID__________
4. No tiene calidad de funcionario directivo del Hospital Guillermo Grant Benavente.
5. No tiene calidad de persona unida a los Directivos del Hospital Guillermo Grant Benavente por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
6. No es sociedad de personas de las que los directivos del Hospital Guillermo Grant Benavente o sus parientes conforme a la letra anterior, formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o éstas sean accionistas, ni con sociedades abiertas en que aquellos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendentes a 200 UTM. O más, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.
7. En la eventualidad que nuestra oferta sea adjudicada, nos comprometemos a comparecer cuando se nos indique, después de notificados, para la firma del contrato.
NOMBRE DE LA EMPRESA :
RUT :
REPRESENTANTE LEGAL :
Nombre
Rut
FECHA Firma
ANEXO N° 1
(Obligatorio y excluyente)
ID Nº ______________
PRESENTACIÓN DE OFERTA ECONÓMICA
NOMBRE PROPUESTA PÚBLICA: ________________________________
DESCRIPCION DEL PRODUCTO
CANTIDAD REQUERIDA
VALOR UNITARIO
NETO $
VALOR TOTAL
NETO(*) $
VALOR TOTAL CON IVA $
VALOR TOTAL
IMPORTANTE: EL VALOR INGRESADO DEBERA INCLUIR GASTOS DE ENVIO A CONCEPCION
Por lo tanto, nuestros servicios tendrán un valor neto de…………………………………………………………………., (valor expresado en palabras y pesos chilenos).
NOMBRE DE LA EMPRESA :
RUT :
REPRESENTANTE LEGAL :
Nombre
Rut
Fecha: Firma
ANEXO N° 2
AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO
En un requisito obligatorio presentar la autorización sanitaria de funcionamiento vigente y valida emitida por la Autoridad Sanitaria competente para participantes de la licitación, esta autorización puede ser para laboratorios y/o distribuidores y/o droguerías y/o empresas encargadas del almacenamiento del fármaco. Si la empresa ofertante no contase con dicho documento podrá adjuntar la autorización sanitaria emitida para la empresa responsable del almacenamiento y/o logística del medicamento ofertado, siempre que corresponda a la empresa indicada como “distribuidor” en la ficha del registro en la página Web http://registrosanitario.ispch.gov.cl o en su defecto presentando un documento que acredite un vínculo entre la empresa distribuidora y la empresa ofertante.
Indicar nombra archivo ______________________________________________
NOMBRE DE LA EMPRESA :
RUT :
REPRESENTANTE LEGAL :
Nombre
Rut
Firma
ANEXO N°3
REGISTRO SANITARIO
Se solicita indicar el número de registro sanitario, vigente y valido para el o los medicamentos ofertados, emitido por el Instituto de Salud Pública de Chile
Fármaco: _____________________ N° Registro ___________________________
Fármaco: _____________________ N° Registro __________________________
Fármaco: _____________________ N° Registro ___________________________
ANEXO N° 5
CERTIFICADO DE ASEGURAMIENTO DE STOCK
Señores
Hospital Guillermo Grant Benavente.
Presente
Presente
De acuerdo a lo solicitado en las Bases, la empresa que represento_______________, acredita mediante esta carta firmada por el representante legal, aseguramiento de stock para la totalidad de los medicamentos adjudicados en la licitación ID_________________________ y durante todo el periodo que dure este convenio de suministro.
Sin otro particular, saluda atentamente.
NOMBRE DE LA EMPRESA :
RUT :
REPRESENTANTE LEGAL :
Nombre
Rut
Firma
ANEXO N°6
CERTIFICADO DE COMPROMISO AL “PROGRAMA DE INTEGRIDAD Y CUMPLIMIENTO” CONOCIDO POR SUS TRABAJADORES
Los destinatarios de este Programa son todos los trabajadores de esta empresa, cuyas acciones están basadas en los principios y valores definidos en este documento.
Los trabajadores conocen estas disposiciones y son incorporadas en su respectivo trabajo.
Nos comprometemos a extender la aplicación de este Código de Integridad a nuestros proveedores, contratistas y socios comerciales, queriendo siempre que nuestros valores y principios sean el sello de calidad que caracterice nuestras relaciones.
En caso de que este documento no cubra todas las situaciones que puedan surgir, nos comprometemos a incorporarlas paulatinamente.
a. Promoción de una cultura de transparencia e integridad
Nuestra empresa esta comprometida con preservar y promover un entorno de diálogo abierto y responsable, que fomente la adopción de nuestros valores y principios en todas nuestras acciones. Política de Puertas Abiertas:
Alentamos a que nuestros colaboradores hagan preguntas y busquen espacios para tener conversaciones abiertas, sin temor a represalias o prejuicios, con sus supervisores sobre cualquier inquietud que puedan tener respecto de incumplimientos vinculados a este programa o cualquier otro aplicable a la compañía. Confiamos en que nuestros colaboradores se harán escuchar cuando vean o escuchen algo que no se ve bien.
Cualquier brecha real o potencial, sea sobre esta guía, las políticas, procedimientos, o normativa legal aplicable que observe tanto internamente como también respecto de nuestros proveedores, contratistas, consultores, asesores, socios comerciales, agentes u otros, debe ser reportada a través de los canales institucionales, sin temor a ser perjudicado, solo por hacerlo.
Está estrictamente prohibido cualquier tipo de represalia, humillación, menoscabo, intimidación o amenaza en contra de cualquier persona quien de buena fe comunique, informe o declare una contravención real o posible a este Programa o cualquier otra política, ley o legislación aplicable.
La Editorial y Productora Planeta Sostenible garantiza que toda información será tratada confidencialmente y solo será compartida con aquellos que deben estar informados como parte de nuestro procedimiento de investigación.
b. Reconocimiento de nuestra responsabilidad
En esta empresa somos garantes del cumplimiento de este Programa de Integridad siendo nuestro deber informar de cualquier eventual incumplimiento. Nunca debemos desconocer las señales de alerta que puedan indicar conductas indebidas o no concordantes con nuestros valores y principios, las disposiciones de las leyes, por parte de un colaborador, proveedor o socio comercial.
En esta empresa todos somos responsables de:
Levantar la voz sin temor a represalias cuando observe una acción o conducta indebida.
Informar de buena fe eventuales incumplimientos a este Programa, políticas, ley o normativa aplicables.
Asistir y colaborar diligentemente en capacitaciones e iniciativas de ética y cumplimiento.
Proteger un clima laboral sano, que impulse un ambiente de confianza en el que la gente se sienta cómoda para hacer preguntas, así como denuncias sobre integridad y conducta esperada, cuando corresponda, sin temor a represalias.
c. Respeto y promoción de los Derechos Humanos
Nos comprometemos a respetar los derechos humanos reconocidos internacionalmente en todas nuestras operaciones.
Apoyamos el Pacto Mundial de Naciones Unidas, los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre Empresas y Derechos Humanos, las Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales, la Carta Internacional de Derechos Humanos y los convenios fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Estamos permanentemente trabajando para apoyar y hacer cumplir los principios antes mencionados en toda nuestra organización y en nuestras relaciones con los proveedores, contratistas, socios comerciales y las comunidades con las cuales nos relacionamos. Por tanto:
Apoyamos y respetamos la protección de los derechos humanos fundamentales, reconocidos internacionalmente, dentro de su ámbito de influencia.
Promovemos la libertad de afiliación y el reconocimiento efectivo del derecho a la negociación colectiva.
Estamos comprometidos con la eliminación de toda forma de trabajo forzoso o realizado bajo coacción, así como cualquier forma de tráfico de personas.
Apoyamos con decisión la erradicación del trabajo infantil.
Trabajamos para avanzar en la abolición de las prácticas de discriminación en el empleo y la ocupación y promovemos la igualdad de remuneraciones.
Mantenemos un enfoque preventivo que favorezca el medio ambiente. Fomentamos las iniciativas que promuevan una mayor responsabilidad ambiental.
Buscamos la innovación, el desarrollo y la difusión de las tecnologías respetuosas con el medio ambiente.
Trabajamos activamente contra la corrupción en todas sus formas, incluidas extorsión y soborno.
Velamos porque nuestros colaboradores, proveedores y socios comerciales se adhieran a nuestro compromiso en esta materia y lo asuman como propio.
d. Guía simple para la toma de decisiones éticas
En nuestro trabajo cotidiano nos veremos enfrentados a situaciones y decisiones diversas que exceden aquellos temas tratados en este Programa, donde de todas formas debemos resguardar el cumplimiento de nuestros valores y principios. Para ello, todos los colaboradores pueden acudir a su jefatura para obtener orientación o contactarse con el Oficial de Cumplimiento que corresponda a través de los canales dispuestos.
Relación con nuestros trabajadores
Estamos comprometidos con el respeto mutuo para el desarrollo de las confianzas y trabajo colaborativo. Promovemos la diversidad e inclusión, la igualdad de oportunidades en todas las contrataciones y asumimos las medidas necesarias para garantizar condiciones de trabajo correctas en todas nuestras operaciones.
Nuestros colaboradores y equipos son la esencia de nuestra compañía y nuestra principal ventaja competitiva. Por ello, nos comprometemos a entregar las condiciones para su desarrollo profesional en un ambiente de trabajo seguro y relaciones basadas en el respecto, confianza y honestidad.
Salud y seguridad en el trabajo
La seguridad y salud de las personas está en el foco principal de nuestra operación. Todos somos responsables de proteger la vida e integridad.
Promovemos una cultura de prevención y autocuidado, cuidándonos unos a otros y poniendo en primer lugar la seguridad y salud en nuestras operaciones.
Solicitaremos a nuestros colaboradores, proveedores, contratistas, y cualquiera que participe en nuestras operaciones, que den cumplimiento con las regulaciones de seguridad y salud en el trabajo, las instrucciones dadas a ellos y las disposiciones reglamentarias vigentes.
Nos preocupamos de trabajar en forma planificada en la detección, análisis y control de los riesgos en los procesos, perfeccionando así nuestra cultura de excelencia operacional.
No permitiremos que se compre, venda, consuma ni posea drogas ni alcohol en las instalaciones de la empresa. Asimismo, no permitiremos que se asista al lugar de trabajo estando bajo los efectos del alcohol, drogas y/o sustancias ilícitas que disminuyan la capacidad de realizar una tarea y pongan en peligro a las personas.
No ejecutaremos trabajos para los que no estemos debidamente capacitados ni cuando existan condiciones negativas, evitando poner en riesgo la integridad física propia y de terceros.
Certifico contar con programa de Compliance en la organización y gestión interna que permite a nuestra empresa prevenir riesgos penales. Este Programa de Compliance se basa en identificar aquellas actividades en cuyo ámbito se puedan cometer delitos o que puedan suponer un riesgo de incumplimiento.
Nuestros empleados, también están comprometidos a desarrollar su actividad de acuerdo a las leyes, reglamentos, normas y prácticas éticas que se aplican en este sector de la industria.
Nombre y RUT del Representante Legal
Firma Representante lega
ANEXO N° 7
ID Nº ________________
PLAZO DE ENTREGA
La Empresa que suscribe declara conocer y aceptar en todas sus partes las bases Administrativas y técnicas que rigen la presente licitación, y se compromete a entregar los productos requeridos por el Hospital Guillermo Grant Benavente, dentro del siguiente plazo una vez enviada la OC en el Portal de Compras Públicas según las especificaciones establecidas en las bases técnicas. En el caso de plazos de entrega para el equipamiento en comodato este será el establecido por unidad Requirente.
PLAZOS ESTABLECIDOS PARA PRODUCTOS MARCAR CON UNA X
Dentro de 24 Hrs. Hábiles. SIN MONTO MÍNIMO DE DESPACHO.
Dentro de 48 Hrs. Hábiles. SIN MONTO MÍNIMO DE DESPACHO.
NOMBRE DE LA EMPRESA :
RUT :
Firma
ANEXO N° 8
ID Nº _____________
POLÍTICAS DE CANJE O DEVOLUCION (OBLIGATORIO Y EXCLUYENTE)
NOMBRE PROPUESTA PÚBLICA: _________________________________
La empresa que suscribe declara conocer y aceptar en todas sus aportes las bases administrativas y técnicas que rigen la presente licitación, y se compromete a realizar canje de los productos ofertados en la presente licitación a Hospital Guillermo Grant Benavente, según las especificaciones establecidas en las bases técnicas, para todo evento, incluso si el convenio se encuentra caducado.
La reposición de los productos deberá ser realizada dentro de un plazo de 30 días hábiles una vez realizado el requerimiento, O la emisión de nota de crédito de la devolución del producto. De lo contrario el HGGB podrá cursar multas por dicho incumplimiento.
POLITICA DE CANJE, MEDICAMENTOS
VENCIDOS
MARCAR CON UNA X
Canje de productos vencidos y canje de productos 60 días antes de sus vencimiento
Canje de productos vencidos y canje de productos 30 días antes de sus vencimiento
Canje solo de productos vencidos
Nota: ESTE DOCUMENTO SERA VALIDO PARA REALIZAR LOS RESPECTIVOS CANJES.
NOMBRE DE LA EMPRESA :
DIRECCION COMERCIAL PARA ENVIAR CANJE O DEVOLUCION DE PRODUCTO
CORREO ELECTRÓNICO
ANEXO N° 9
IMPACTO MEDIOABIENTAL
Se solicita adjuntar certificado o factura de empresa eliminadora de residuos peligrosos/ especiales o declaración de seguimiento de su última eliminación de fármacos (sustancias contempladas en el Decreto Ley N 148 y circular B35/38 del Ministerio de salud)
En caso de no contar con este documento (Ejemplo. Distribuidora de fármacos, empresas que eliminen sus propios desechos o empresas que únicamente contraten servicios de almacenaje y logística) se podrá garantizar el cumplimiento de la legislación en cuanto a la eliminación de sustancias peligrosas a través de la firma de un certificado confeccionado y emitido por el director técnico o representante legal de la empresa que garantice el cumplimiento de las normas vigentes en esta materia.
Indicar nombre de archivo en el que presenta antecedente____________________________
NOMBRE DE LA EMPRESA :
RUT :
ANEXO N° 10
Fecha emisión
ID Nº _____________
EXPERIENCIA DEL OFERENTE
Yo, ____________(nombre y apellido ___________________Rut_____________________ DEL HOSPITAL__________________________________________, Certifico el uso de ______________________, distribuido por Proveedor ____________________________________, durante 2022 en adelante.
Número de contacto en el establecimiento indicado_______________________.-
FIRMA JEFE O ENCARGADO ABASTECIMIENTO ………………………………………………………………..
ANEXO N° 11
CERTIFICACION DE FARMACO VIGILANCIA
Nombre archivo en el que presenta antecedente .
NOMBRE DE LA EMPRESA :
RUT :
ANEXO N° 13
CLAUSULA DE PROVEEDORES DE BIENES Y SERVICIOS
El proveedor………………………………………………………………………………………………………………….….declara conocer los lineamientos y directrices contenidos en el Manual de Prevención de delitos de Lavado de Activos, Delitos Funcionarios y Financiamiento al Terrorismo del Hospital Guillermo Grant Benavente, las normas legales vigentes sobre la materia y las sanciones establecidas frente a una eventual vulneración de ellas. A mayor abundamiento, se obliga el proveedor a no realizar alguna actividad o desarrollar conductas que puedan ser
Consideradas o constitutivas de delitos de Lavado de Activos, Financiamiento al Terrorismo u otras ilicitudes que puedan afectar al HGGB o a sus funcionarios.
REPRESENTANTE LEGAL :
Nombre
Rut
*Defínase anexos y/o formularios forman parte integrante de licitación ID 4309-315-LE24
IV.- PUBLÍQUESE, ANÓTESE Y REGÍSTRESE a través del sistema de información de compras y contratación públicas www.mercadopublico.cl
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