Disposiciones Generales |
1.- DISPOSICIONES GENERALES
1.1.- ÁMBITO DE APLICACIÓN.
Las presentes Bases Administrativas reglamentan el proceso de llamado a licitación pública a través del sistema http://www.mercadopublico.cl, que efectúa el departamento de Salud de la I.Municipalidad de Santa María, en su calidad de Unidad Técnica, para ejecutar la adquisición denominada “Servicio de Soporte y Asistencia técnica de software en el uso de Plataforma SIFIM, Giradores”. El Departamento de Salud Municipal se encuentra ubicado en calle Lautaro 720, Comuna de Santa María.
Las Bases de licitación, Anexos, las eventuales Aclaraciones, y la Oferta del Contratista adjudicado, formarán parte integrante del Contrato a suscribirse entre éste y la I. Municipalidad de Santa María, para todos los efectos legales que procedieren.
Las presentes bases de licitación se regirán por el punto 1.2 “Normativa aplicable”. En caso de haber cualquier discrepancia entre ellos, será facultad del Departamento de Salud Municipal de resolverlas, en la forma que mejor beneficie al proyecto, sin perjuicio de las atribuciones de la Contraloría General de la República, el Tribunal de Compras Públicas y/o los Tribunales Ordinarios de Justicia.
1.2.- NORMATIVA APLICABLE.
Las obras se licitarán, contratarán y ejecutarán de acuerdo con las normas contenidas en los siguientes documentos:
a) Ley N° 19.886 de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Reglamento (D.S. Hacienda Nº250 de 09/03/2004, D.O.24/09/2004).
b) Ley Nº 20.123, y Reglamento que regula el trabajo en régimen de subcontratación, el funcionamiento de empresas de servicios transitorios y el contrato de servicios transitorios.
c) Ley N°19.880 establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del estado.
d) Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades Nº 18.695
e) Leyes, decretos o disposiciones reglamentarias relativas a permisos, aprobaciones, derechos, impuestos, inspecciones y recepciones de los servicios y municipalidad.
1.3.-DOCUMENTACIÓN PARA LA PRESENTE LICITACIÓN
La documentación oficial que sustentará la presente Licitación Pública, tanto en los ámbitos técnicos, administrativos como jurídico, son los siguientes:
a) Aclaraciones elaboradas por la Unidad Técnica.
b) Respuestas a Consultas de los oferentes.
c) Bases de Licitación Pública.
d) Anexos.
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Aplicacion y normas de derecho |
La presente licitación y su consecuente contrato se regirán exclusivamente por estas Bases de Licitación, Especificaciones Técnicas, anexos, oficios y aclaraciones que formen parte de este, y otras que pueda emitir el Departamento de Salud Municipal a través de la Comisión Evaluadora y/o la Municipalidad durante el proceso de licitación.
Supletoriamente se aplicarán las disposiciones legales y reglamentarias que contempla la legislación vigente en la materia.
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Condiciones de la licitacion |
CONDICIONES DE LA LICITACIÓN
5.1.- Modalidad de Contratación
El tipo de contrato será a suma alzada, en pesos chilenos, sin reajuste ni intereses, y el monto será pagado a mes vencido por lo que dura la contratación del servicio, en moneda nacional.
5.2.- Orden de Prelación.
Ante cualquier incongruencia, de los antecedentes que rigen la presente Licitación, el orden de Prelación de la Documentación (en orden de mayor a menor importancia), será:
5.2.1.- PRELACIÓN ADMINISTRATIVA
1. Los oficios, aclaraciones e instructivos emitidos por el Departamento de Salud Municipal a través de la Comisión Evaluadora y/o la Municipalidad
2. Respuesta a las preguntas del foro de esta licitación pública.
3. Bases de licitación, anexos y aclaraciones.
4. Contrato.
5.2.2.-PRELACIÓN TÉCNICA
1. Los oficios, aclaraciones e instructivos emitidos por el Departamento de Salud Municipal a través de la Comisión Evaluadora y/o la Municipalidad.
2. Respuesta a las preguntas del foro de esta licitación pública.
3. Bases de licitación, anexos y aclaraciones.
Las incongruencias entre los antecedentes o en un mismo documento serán resueltas por Departamento de Salud Municipal a través de la Comisión Evaluadora y/o la Municipalidad de Santa María.
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Del servicio de soporte |
7.- DEL SERVICIO DE SOPORTE
El “Servicios de Soporte y Asistencia Técnica de software” para la Continuidad de Operaciones Contables del Departamento de Salud Municipal de Santa María, consiste de dar soporte Remoto y Presencial a programas computacionales del departamento de salud municipal para apoyar a los funcionarios de salud en el uso de las aplicaciones y con esta asistencia ser capaces de atender las demandas de información necesaria según lo indicado en el punto 19 de las presentes bases.
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Del precio |
8.- DEL PRECIO DEL SERVICIO
EL monto máximo disponible (impuestos incluidos) para la presente adquisición es el siguiente; VALOR MENSUAL impuestos incluidos.
Departamento de Salud Municipal $ 816.000.-
Quedarán inadmisibles, aquellos oferentes que sobrepasen en su oferta el presupuesto máximo disponible mensual.
El precio del contrato se pagará a mes vencido en pesos chilenos, sin reajuste ni intereses, durante la vigencia del contrato.
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De los plazos |
9.- DE LOS PLAZOS
El plazo del contrato será de 36 meses, es el espacio de tiempo establecido en estas bases o en el contrato, dentro del cual las partes deben cumplir con las obligaciones que contrajeron o ejercer los derechos que emanan del contrato de ejecución de los servicios. El mes de la firma del contrato se establecerá como el mes uno, para la cuenta de meses del contrato. Si el contrato se firma posterior al día 20 del mes, se pagará solo el 30% del valor mensual contratado para ese primer mes, si la firma se produce antes del día 20 se pagará el 100% del valor mensual contratado en el primer mes.
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Consultas y aclaraciones |
10.- DE LAS CONSULTAS Y ACLARACIONES
Se establecerá un plazo de consultas sobre la documentación y proceso de licitación. Estas consultas, deberán ser formuladas, a través del portal www.mercadopublico.cl, según calendario expuesto por el mismo medio y el punto N°3 calendario, no pudiendo los proveedores contactarse de ninguna otra forma con la entidad licitante o sus funcionarios, por la respectiva licitación, durante el curso del proceso. (Artículo 27 del Reglamento de la Ley N°19.886). No se dará respuesta a las preguntas no atingentes a esta licitación, o que no se correspondan con aspectos técnicos o administrativos de la licitación.
Igualmente, la Unidad Técnica podrá efectuar aclaraciones durante el periodo de presentación de ofertas, sin necesidad de consultas de los oferentes y/o a raíz de ellas, hasta 48 horas antes del cierre de las ofertas.
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Respuestas a las consultas y aclaraciones |
11.- DE LAS RESPUESTAS A CONSULTAS Y ACLARACIONES
Las respuestas a las consultas se ingresarán a través del portal www.mercadopublico.cl, según calendario.
Será de responsabilidad del oferente, la toma de conocimiento de las respuestas a las consultas, ya que éstas, formarán parte integral de las bases. No se dará respuesta a preguntas verbales, no atingentes a esta licitación, efectuadas fuera de plazo, o en forma distinta a lo indicado precedentemente, solo se responderá por el portal pero no se realizará acta de respuesta y decreto alcaldicio de respuesta.
Asimismo, la Unidad Técnica se reserva el derecho desde la publicación de la Licitación en el portal mercado público, a efectuar aclaraciones, enmiendas o rectificaciones a las Bases de Licitación Pública, de la presente propuesta (si las hubiese), las que serán anexadas en el portal a través de un documento denominado “Aclaraciones Nº 1,2,...n”, considerando un plazo máximo de 48 horas, anteriores al cierre del proceso de presentación de ofertas, efectuadas por los oferentes. Será de responsabilidad del oferente, la toma de conocimiento de estas aclaraciones en la sección de “ver adjuntos” del portal mercado público.
La Entidad Licitante no podrá tener contactos con los oferentes, salvo a través del mecanismo de las aclaraciones, y cualquier otro contacto especificado en las Bases. (Artículo 27 del Reglamento de la Ley N°19.886).
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De la presentacion de ofertas |
12.- DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
La Propuesta a Suma Alzada se deberá efectuar en portal www.mercadopublico.cl, antes de las fechas y horarios definidos en el cronograma de licitación.
En tal sentido, se debe adjuntar los archivos y documentos solicitados en los siguientes formatos según corresponda; Word, Excel, JPG, Pdf, u otro según corresponda.
Los antecedentes administrativos, técnicos o económicos, podrán estar consolidados en un solo archivo.
Por “consolidado o unificado” se entiende que la totalidad de documento o antecedentes administrativos, técnicos y económicos requeridos deben estar en un solo archivo, cada uno en su respectiva carpeta.
El nombre que se asigne a cada archivo debe guardar relación con el contenido de este y estar antecedido por la letra que le corresponda, en atención al orden que fijan las presentes Bases.
• A) Documentos Administrativos
• B) Documentos Técnicos
• C) Documentos Económicos
Los Oferentes no deben ingresar antecedentes adicionales a los requeridos.
Las ofertas tendrán una vigencia de 60 días corridos a partir del cierre de las ofertas.
En este contexto, se debe explicitar que el monto de la oferta en el portal debe ser Neto; sin embargo, en la oferta económica debe ser con impuesto incluido.
12.1.- Documentación administrativa, deberá incluir:
a).- Anexo Nº1 “Identificación del Oferente”: según formato, firmado por el oferente o su representante legal (cada integrante de la unión temporal de proveedores deberá presentar este anexo en la oferta).
b).- Garantía de la Seriedad de la Oferta electrónica: en caso de presentar garantía de seriedad de la oferta electrónica según la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, deberá adjuntarla al portal mercado público en formato pdf a color en los anexos administrativos. Si no ingresa la garantía electrónica al portal mercado público quedará inadmisible la oferta.
Unión temporal de Proveedores
Presentación de documento que formaliza la unión según lo indica el artículo 67 bis del Reglamento de la Ley 19.886, indicando a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con el Municipio, indicando un representante o apoderado con poderes suficientes, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
c).-Autorización para dar soporte y asistencia de software (si aplica): en caso de no ser el titular de los derechos de programación deberá adjuntar un carta de autorización del propietario del software que le permite realizar las actualizaciones y resolver los problemas de programación que presente el sistema, o de la plataforma que lo opera, durante el periodo de vigencia del contrato.
12.2.- Documentación técnica, deberá incluir:
b.1- Anexo Nº2 Experiencia: Deberá indicar en este anexo todos los contratos vigentes al momento de esta licitación de soporte y asistencia técnica con municipios nacionales, y completar los datos indicados en el Anexo N°2, como máximo podrá indicar 20 contratos,
Para validar la experiencia deberá presentar alguno de los siguientes documentos;
- Copia Simple del contrato o
- Certificado simple del Municipio que indique que actualmente presta el servicio de soporte y asistencia técnica de software.
Si omite algún dato del anexo N°2 será solicitado por aclaración de ofertas, las experiencias que no presenten documentos de validación no serán consideradas para la evaluación de la experiencia.
Si no coincide la información indicada en el Anexo N°2 y los documentos de validación de experiencia prevalecerá lo indicado en los documentos de respaldo siempre que sea consistente con la validación entregada con el emisor o con los documentos del portal mercado público.
Todos los documentos para acreditar experiencia deben tener una buena calidad de visualización, si el documento no es claro, o no se puede apreciar de buena manera el contenido de este, no será considerado como documento válido para la evaluación.
Si no presenta el Anexo N°2 será declarado inadmisible
b.2.- Anexo Nº3 Adicionales; deberá indicar lo servicios adicionales ofertados mayores al mínimo solicitado según lo indicado en el Anexo N°3.
Si no presenta este anexo, obtendrá cero puntos en la evaluación del punto 15.1.3.-
El anexo N°3 debe tener una buena calidad de visualización, si el documento no es claro, o no se puede apreciar de buena manera el contenido de este, no será considerado como documento válido para la evaluación.
12.3.- Documentación Económica, deberá incluir:
a).- Anexo Nº4. “Oferta económica”.
El oferente debe registrar en el Portal Mercado Público, la OFERTA ECONÓMICA en valor neto.
El Anexo N°4 presentará su oferta económica, el valor mensual y por el total del plazo contratado impuestos incluidos, en pesos chilenos, según área municipal, deberá respetar los valores máximos indicados en el punto N°8 de las presentes bases.
1. Si no coincide el monto indicado en el anexo Nº4 como valor neto y lo expresado en el portal mercado público, prevalecerá lo indicado en el anexo N°4.
2. Si no coincide el monto indicado en el anexo Nº4 con el valor indicado en el portal al aplicar el impuesto, se considerará el valor del anexo N°4, más la aplicación del impuesto. En caso de ser el oferente adjudicado se realizará el ajuste en la orden de compra para coincidir con los indicado en el anexo N°4.
Se considerará que el oferente, antes de presentar su Oferta, está en conocimiento de todos los riesgos, contingencias y demás factores de todo tipo y financiamiento requerido para cubrir todas las obligaciones en las condiciones establecidas en estas bases.
SI no presenta este anexo será declarado inadmisible.
El anexo N°4 debe tener una buena calidad de visualización, si el documento no es claro, o no se puede apreciar de buena manera el contenido de este, no será considerado como documento válido para la evaluación.
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Cierre de la licitacion |
13.- DEL CIERRE DE LA LICITACIÓN
Una vez realizado el cierre de la Licitación en el portal mercado público se revisarán los antecedentes de las ofertas ingresadas, para lo cual primero se hará un examen de los documentos ingresados y en caso de detectar errores u omisiones respecto de lo indicado por las bases de licitación, se solicitará por aclaración de ofertas que salven errores u omisiones según lo estipulado en el punto 13.1.- de las presentes bases.
Una vez concluido el plazo de aclaración de ofertas en el portal mercado público se realizará el examen de admisibilidad de las ofertas según lo consignado en las bases de licitación pública y en el punto 13.2.- de las presentes bases.
Concluido el examen de admisibilidad se realizará la aceptación de las ofertas a través de la apertura electrónica del portal mercado público según lo estipulado en el punto 13.3.- de las presentes bases. Aun cuando se haya realizado la admisibilidad la comisión de evaluación podrá realizar nuevamente aclaraciones de oferta si lo estima necesario, o declarar fuera de bases o inadmisible alguna oferta que haya sido aceptada su propuesta en el portal.
La Municipalidad se reserva el derecho de poder ampliar el plazo de cierre de la licitación, siempre y cuando no se hubiese presentado ofertas al portal www.mercadopublico.cl lo cual será informado, a través del mismo medio.
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Aclaración de ofertas |
13.1.- Aclaración de Ofertas
De igual modo, la Municipalidad podrá solicitar a los oferentes a través del portal, con posterioridad al acto de cierre, a través de la herramienta “aclaración de ofertas”, que efectúen una o más aclaraciones respecto de documentación ingresada (ilegible, cortada, otras), salven errores u omisiones formales que considere oportunas, y que no alteren o modifiquen sustancialmente los antecedentes de la licitación, el principio de igualdad entre los proponentes y que no signifiquen alteración de la oferta para la evaluación. Igualmente, la comisión de evaluación podrá solicitar aclaraciones de ofertas una vez realizada la aceptación de ofertas en el portal mercado público.
Las respuestas deberán ser ingresadas en un plazo de 48 horas, a través del portal, y se deberán limitar a los puntos solicitados.
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Requisitos de Admisibilidad |
13.2.- Requisitos de Admisibilidad
Serán requisitos para la admisibilidad de la propuesta, toda la documentación solicitada en documentos administrativos, técnicos y económicos.
Serán inadmisibles aquellas propuestas;
• Cuyos antecedentes no cumplan con la vigencia exigida en las presentes Bases. (Emisión del documento y legalizaciones pertinentes).
• Se verifique anomalías, inconsistencias, o adulteración de la documentación presentada.
• Que presenten propuesta por un valor superior al “presupuesto disponible”.
• Que no presente el “Anexo Nº2”.
• Que no presente el “Anexo N°4”
• Sí no ingresa la Garantía será inadmisible.
Si no existieran ofertas admisibles se declarará mediante un acto administrativo la inadmisibilidad de las ofertas o la declaración del proceso desierto. Procediendo a un nuevo llamado de licitación pública, licitación privada o trato directo según lo estipulado por el Reglamento de la Ley N°19.886.
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Garantias |
14.- DE LAS GARANTÍAS
a) Las garantías deberán ser pagaderas a la vista y tener el carácter de irrevocable, debiendo tratarse de aquellas que permitan su cobro de manera rápida y efectiva, tales como boletas de garantía, vale vista o certificados de fianza, que cumplan con los artículos 31 y 64 del Reglamento de la Ley N°19.886.
b) Las Garantías deberán ser tomadas a la orden de la I. Municipalidad de Santa María, RUT 69.051.000-6, con domicilio en calle O’Higgins Nº 843, comuna de Santa María.
c) Las Garantías expresarán claramente la licitación que caucionan y el objeto específico de la misma, debiendo decir: Para garantizar "la seriedad de la oferta", "el fiel cumplimiento de contrato", según corresponda.
d) La garantía de “seriedad de la oferta” será ingresada en la Oficina de Partes de la I. Municipalidad de Santa María, ubicada en O`Higgins Nº 821, para su posterior remisión a Tesorería Municipal donde quedará bajo su custodia.
e) La garantía de “fiel cumplimiento de contrato” deberá ser entregada al momento de la suscripción del contrato, para su posterior remisión a Tesorería Municipal, donde quedará bajo su custodia.
f) No se aceptarán garantías tomadas por terceros.
g) Todos los gastos que irrogue el mantenimiento de las garantías serán de cargo del Contratista y será éste, responsable de mantenerlas vigentes por el período que caucionan.
14.1.- Garantía de Seriedad de la Oferta:
Deberá ser ingresada por oficina de partes municipal, hasta 10 minutos antes del día y hora indicado como plazo máximo para la recepción de ofertas en el cronograma de licitación del punto 3 e informado en el portal www.mercadopublico.cl , en caso de ampliarse el plazo de recepción de las ofertas también se ampliará el plazo de recepción de la garantía de seriedad de la oferta hasta 10 minutos antes del nuevo cierre de las ofertas. Las garantías de seriedad de la oferta electrónicas deberán ser ingresadas en el portal mercado público en anexos administrativos antes del plazo de cierre de esta licitación pública.
Deberá ser por un monto de $100.000 (cien mil pesos), extendida a nombre de la I. Municipalidad de Santa María, R.U.T.: 69.051.000-6, dirección O´Higgins Nº843, con una vigencia mínima de 60 días corridos, contados desde la fecha de cierre de la Propuesta. Deberá indicar para garantizar “la Seriedad de la Oferta Servicios de los Sistemas Informáticos y Asistencia Técnica para la Continuidad de Operaciones Contables, de la I. Municipalidad de Santa María”, Dar Soporte Remoto y Presencial a Programas Computacionales”. Además, deberá indicar nombre, fono y correo electrónico del ejecutivo bancario para la validación de esta garantía cuando sea entregada en formato físico ingresada por oficina de partes. Para documentos electrónicos bastará con la validación por la página web del emisor.
Para las uniones temporales de proveedores, el tomador o afianzado de la “Garantía de la seriedad de la oferta” deberá ser aquel proveedor, que este nombrado representante o apoderado común, con poderes suficientes en la escritura de la unión temporal de proveedores.
Esta Garantía será devuelta a los oferentes no adjudicados una vez firmado el contrato, previa solicitud por escrito, según el punto 14.3 de las presentes bases.
Si el oferente adjudicado no firma el contrato en el plazo estipulado en las presentes bases, se procederá a efectuar el cobro de la “Boleta de seriedad de la oferta” y posteriormente a la adjudicación del oferente que haya sido evaluado como la 2da mejor oferta o realizar un nuevo proceso de licitación pública, licitación privada o trato directo según lo estipulado por el Reglamento de la Ley N°19.886.
14.2.- Garantía de fiel cumplimiento de contrato:
La garantía será equivalente al 5% del valor ofertado. Deberá ser emitida en pesos chilenos, extendida, a nombre de la I. Municipalidad de Santa María, R.U.T.: 69.051.000-6, dirección O´Higgins Nº843, con una vigencia que comienza a partir de la firma del contrato y con un término no inferior a 60 días hábiles, contados desde la fecha de término según contrato. La glosa debe indicar “Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato Servicio de Soporte y Mantención en el uso de Plataforma Sifim, Giradores”, tratándose de un vale vista, la glosa debe estamparse al reverso del documento, o en una hoja anexa por el proponente. Ésta garantía deberá ser entregada en la Secretaría Comunal de Planificación, a más tardar al momento de suscribirse este contrato. Además, deberá indicar nombre, fono y correo electrónico del ejecutivo bancario para la validación de esta garantía.
Si el contrato es resuelto por alguna de las causales dispuestas en las presentes Bases, se hará efectivo el cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, perdiendo el adjudicatario el 100% del monto de la garantía, quedando esta a beneficio de quien esté extendida.
Esta garantía deberá ser entregada al momento de la suscripción del contrato.
En caso de existir aumento de plazo, la garantía de fiel cumplimiento del contrato deberá reemplazarse o renovarse contemplándose el mayor plazo. En tal sentido, la empresa contratista deberá ingresar la nueva garantía, con al menos 05 días de anticipación a la expiración del plazo original.
La Municipalidad estará facultada para hacer efectivo el cobro del documento en garantía de fiel cumplimiento del contrato, frente a cualquier incumplimiento de sus obligaciones por parte del contratista. En tal sentido, se puede hacer efectiva por término del Contrato.
El documento en garantía sólo será restituido al licitante a condición de que no exista demanda, o acción legal de especie alguna deducida en contra de éste o de la Municipalidad, derivada directa o indirectamente de la presente licitación y contrato correlativo. De existir tal demanda o acción legal, la Municipalidad queda facultada para hacer efectivo el presente documento en garantía.
14.3. Devolución de Garantías
Referente a la garantía de seriedad de la oferta, éstas se encontrarán en custodia en el Departamento de Administración y Finanzas de la Municipalidad (Tesorería) ubicada en O’Higgins Nº843 de la comuna de Santa María, teléfono +56 (34) 2595307.
Adjudicada la propuesta y firmado el contrato, se procederá a hacer devolución de las garantías de seriedad de la oferta a todos los oferentes que se hubiesen presentado a la licitación, previa solicitud por escrito al Departamento de Administración y Finanzas de la Municipalidad (Tesorería) ubicada en O’Higgins Nº 843 de la comuna de Santa María, teléfono +56 (34) 2595307.
En caso de ingresar garantía de seriedad de la oferta por oficina de partes y no ingresar su oferta por mercado público, podrá solicitar su devolución a partir del siguiente día hábil del cierre de las ofertas, manteniendo el modo de retiro mencionado más adelante.
En el caso del oferente adjudicado, no se procederá a la devolución de la garantía por seriedad de la oferta, sino hasta después de presentada una garantía por fiel cumplimiento del contrato, en las condiciones que se detallan precedentemente.
Las garantías de seriedad de la oferta deben ser retiradas por el representante legal, si este no pudiera, podrá efectuar este trámite un tercero mediante un poder simple y fotocopia de la cédula de identidad del representante legal, identificando con nombre completo, RUT, celular o fono y/o email de quien entregue la responsabilidad del retiro, en horarios de oficina de lunes a jueves de 09:00 a 12:45 y de 14:30 a 17:15 horas., y viernes de 09:00 a 12:45 y de 14:00 a 16:00 horas.
Quien no presente la documentación señalada no podrá retirar el documento de la garantía, que se realizará presencialmente, en el lugar señalado anteriormente.
La Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato se devolverá al Contratista mediante solicitud por carta a la unidad técnica. Una vez terminado el contrato y no existan multas o acciones pendientes entre las partes.
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Desempate |
16.- DEL DESEMPATE DE OFERTAS
En caso de empate por parte de dos o más oferentes, se priorizará aquel que posea el mayor puntaje en el criterio de oferta económica, en caso de persistir el empate, se priorizará al oferente que posea el mejor puntaje en el criterio Experiencia, en caso de persistir el empate, será oferente que obtenga el mayor puntaje en el criterio Servicio Adicional, de persistir el empate será aquel que haya ofertado con todos los cumplimientos de antecedentes.
Si aún subsiste la situación de empate se adjudicará la oferta que haya sido ingresada primero al sistema, según comprobante de ingreso de oferta emitido por la Dirección de Compras y Contratación Públicas en el portal www.mercadopublico.cl.
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De la adjudicación |
17.- DE LA ADJUDICACIÓN
Una vez cerrado el plazo de recepción de ofertas, cumplido el plazo de aclaración de ofertas, verificada la admisibilidad de la ofertas y realizada la evaluación de las ofertas, se procederá a adjudicar al oferente que presente la oferta más ventajosa para el municipio, siempre que este haya cumplido con las condiciones y requisitos establecidos en las bases, no presente inhabilidades según declaración jurada simple del portal mercado público o indicadas en las presentes bases, y haya ofertado quien tiene poder suficiente para efectuarlas representando al respectivo Oferente.
Según el Art. 40 bis del Reglamento de la Ley 19.886 “Informe de la Comisión Evaluadora" la Comisión de Evaluación podrá:
- Declarar ofertas inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las Bases de Licitación, o lo indicado por las aclaraciones emitidas por el municipio o lo indicado las respuestas al proceso de preguntas de la licitación, especificando para ello, claramente los requisitos incumplidos, o declarar las ofertas inadmisibles cuando el oferente (incluidas las Uniones temporales de Proveedores) o alguno de sus subcontratos posea una o más de las inhabilidades indicadas en el artículo 4 de la Ley N°19.866, o una más de las inhabilidades indicadas por el artículo 92 del reglamento de la Ley 19.886, Decreto N°250.
- Declarar la licitación desierta, cuando no se presenten ofertas o bien, cuando la Comisión de Evaluación considere que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Municipalidad de Santa María.
La comisión emitirá un informe de evaluación, que será suscrito por todos los miembros de la comisión y propondrán al Sr. Alcalde un adjudicatario si corresponde, o podrán declarar desierta la licitación.
Si la comisión no alcanza a proponer la adjudicación al Alcalde en el plazo indicado en el punto N°3, se ampliará el plazo de adjudicación lo que será informado en el portal mercado público.
La adjudicación será realizada por Decreto Alcaldicio y será informado a través del portal mercado público.
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Del contrato |
18.- DEL CONTRATO
El contrato en comento será redactado por la Oficina de Informática. El contrato es a suma alzada sin reajustes, ni intereses, para la suscripción del contrato el proveedor adjudicado deberá estar hábil en el registro de Chileproveedores de mercado público.
El contrato será suscrito desde el onceavo día hábil, de publicado en el portal de mercado público el acto administrativo de adjudicación, previo acuerdo del Concejo Municipal, según la Ley 18.695 Artículo 65 letra J), sin perjuicio de las acciones de impugnación que puedan surgir del Tribunal de Contratación Pública, según la Ley N°19.886.
Para la Suscripción del contrato deberá presentar la Garantía de Fiel cumplimiento de contrato según lo estipulado en el punto 14 y 14.2 ya descritos anteriormente.
En el caso de la Unión Temporal de Proveedores, al momento de firmar el contrato, cada proveedor participante deberá estar inscrito y hábil en el Registro de Proveedores y habilitados para contratar con el Estado y Servicios Públicos. Cabe señalar, que las causales de inhabilidad afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerados, según lo señala el Artículo 67 bis del Reglamento de la Ley N°19.886.
Para la firma del contrato el proveedor adjudicado deberá presentar;
- Garantía de Fiel Cumplimiento de contrato, indicada en el punto 14.2 de las presentes bases.
Para la firma de contrato en la Notaría Pública deberá presentar los siguientes antecedentes, según corresponda;
- Persona Natural
a) Copia de cédula de identidad (vigente).
b) Formulario tramitado de iniciación de actividades del SII, en original o copia.
- Persona Jurídica
c) Copia de cédula de identidad (vigente) del representante legal que suscribirá todos los antecedentes de la presente licitación incluyendo el contrato.
d) Certificado de vigencia de la sociedad emitido por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente o del Registro de Empresas y Sociedades (RES) (https://www.registrodeempresasysociedades.cl/). Dicho certificado no deberá tener una antigüedad superior a sesenta días contados desde la fecha de apertura de la licitación. Los documentos relativos a la constitución de la sociedad de que se trata, sus modificaciones etc. que sean necesarios, serán requeridos una vez adjudicada la propuesta.
e) Certificado de Poder vigente del representante legal, emitido por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente o del Registro de Empresas y Sociedades (RES) (https://www.registrodeempresasysociedades.cl/), con una antigüedad no superior a sesenta días contados desde el acto de apertura de las presentes bases de licitación.
f) Certificado de Quiebra emitido por la Superintendencia de Quiebras, con una antigüedad no superior a 30 días contados desde la fecha de apertura de la licitación.
Unión temporal de Proveedores
g) Presentación de escritura pública que formaliza la unión, indicando a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con el Municipio, indicando un representante o apoderado con poderes suficientes.
h) Cada proveedor de dicha Unión Temporal de Proveedores, al momento de firmar el contrato, deberá estar inscrito y habilitado en el Registro de Proveedores de mercado público.
Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, a que se refiere el inciso primero del artículo 63 del Reglamento de la ley 19.886 (será responsable por el incumplimiento de conformidad a lo establecido en la Ley de Compras y su Reglamento), o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, el Municipio de Santa María, dejará sin efecto la adjudicación original, y adjudicará la licitación al Oferente que le seguía en puntaje si lo hubiere, hasta un plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, además se hará efectivo el cobro de la garantía de seriedad de la oferta o llamará a un nuevo proceso de licitación pública, licitación privada o trato directo según lo estipulado por el Reglamento de la Ley N°19.886.
El plazo de ejecución y del contrato comienza a partir del día indicado en el contrato por el Notario Público en su última autorización de firmas.
18.1.-El contrato de las partes podrá suscribirse de las siguientes maneras;
a.- Contrato suscrito en notaria designada por la Municipalidad de Santa María, ambas partes firman en la notaría indicada, los costos que involucre la suscripción del contrato (autorización de firmas y firma electrónica del notario) serán de cargo del oferente adjudicado. El día uno para la contabilización de días de ejecución será aquel indicado en el contrato por el Notario Público en su autorización de firmas indicada al final del documento. (Si el contrato no posee firma electrónica del Notario deberá realizar 6 copias del mismo).
b.- Contrato suscrito en dos notarias distintas; en este caso suscribirá primero el oferente adjudicado en la notaría que más le acomode, la autorización de firmas del Notario podrá ser también a través de firma electrónica avanzada (ley No19.799, de 2002), después de lo cual debe entregar el contrato en la Municipalidad de Santa María para la firma ante notario público por parte del municipio. En este caso el oferente debe hacerse cargo del costo que involucre la suscripción del contrato (autorización de firmas y firma electrónica del notario) en ambas notarias. El día uno para la contabilización de días de ejecución será aquel indicado en el contrato por la última fecha de Notario Público en su autorización de firmas indicada al final del documento. Deberá ajustar la vigencia de la Garantía de fiel cumplimiento de contrato a esta fecha. (Si el contrato no posee firma electrónica del Notario deberá realizar 6 copias del mismo).
c.- U otra modalidad acordada con la Municipalidad de Santa María, siempre y cuando se ajuste a las disposiciones legales vigentes.
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Orden de compra e inicio del servicio |
18.2 Orden de Compra
Una vez suscrito el contrato, recibida la Boleta de fiel cumplimiento de contrato y generado el Decreto Alcaldicio que aprueba el contrato, la Unidad Técnica emitirá la Orden de Compra.
El contratista tendrá tres días hábiles para aceptarla.
Si el contratista no acepta la orden de compra en el plazo estipulado, la Unidad Técnica cancelará la orden de compra por el sistema de mercado público.
Si el adjudicatario se desistiere de aceptar la orden de compra a que se refiere el inciso primero del artículo 63 del reglamento de la Ley N°19.886, el Municipio podrá junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al Oferente que le seguía en puntaje si lo hubiere, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original o hacer un llamado a nueva licitación pública, licitación privada o trato directo, según lo estipulado por el Reglamento de la Ley N°19.886.
18.3.- Inicio del Servicio
Una vez aceptada la orden de compra por el proveedor, la Municipalidad comunicará al adjudicatario el día en que se hará el inicio del Servicio, la cual no excederá de 5 días hábiles desde la total tramitación del decreto Alcaldicio que aprueba el contrato. De la entrega, se dejará constancia en un acta.
Antes de la entrega del servicio se habrán realizado las siguientes acciones;
1.-Firma de contrato.
2.-Entrega de Garantía de Fiel Cumplimiento de contrato.
3.-Decreto Alcaldicio de aprobación de contrato.
4.-Envío de orden de compra.
5.-Aceptación de orden de compra por parte del proveedor.
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Servicios requeridos |
19.- SERVICIOS MÍNIMOS REQUERIDOS:
19.1.- La adquisición contempla los siguientes servicios generales:
• Servicio de asistencia y soporte telefónico.
• Servicio de asistencia y soporte remoto.
• Servicio de asistencia y soporte vía Ticket
• Servicio de asistencia en terreno 1 vez al mes.
19.2.- Sistemas Contemplados en los servicios de asistencia y soporte :
• Contabilidad.Net
• Tesorería.Net
• Ordenes de Ingreso.Net
• Conciliaciones.Net
• Adquisiciones.Net
• Personal .Net
• Activo Fijo. Net
• Remuneraciones VB
19.3.- Detalle de los servicios requeridos
• Servicio de Soporte y Mantención Sistema de Contabilidad.Net plataforma SIFIM.
- Asistencia en uso del software para crear y modificar parámetros del sistema.
- Asistencia en uso del software para crear, modificar y eliminar comprobantes contables.
- Asistencia en uso del software para generación archivos ASCII Contraloría.
- Asistencia en uso del software para generar libros diarios Contraloría.
- Asistencia en uso del software para generación de archivos B.E.P. Subdere.
- Asistencia en uso del software para proceso de control de honorarios.
- Asistencia en el uso del software para generación de informes de estados financieros.
- Asistencia en uso de software para inclusión de nuevas cuentas contables.
- Asistencia en uso del software para configuración de cuentas contables nuevos años contables.
- Asistencia en uso del software para la creación de asientos contables de gastos.
- Asistencia en uso del software para configuración de asientos contables de gastos.
- Asistencia en uso del software para creación de asientos contables de ingresos.
- Asistencia en uso del software para configuración de asientos contables de ingresos.
- Asistencia en uso del software para proceso de importación de asiento de remuneraciones.
- Asistencia en uso del software para proceso de importación de datos de tesorería.
- Asistencia en uso del software para crear, modificar y eliminar tablas.
- Asistencia en uso del software para cierres y aperturas mensuales.
- Asistencia en uso del software para la generación de respuestas de informes de auditorías en macro procesos finanzas e ingresos.
- Asistencia en el uso del software para proceso de generación de informes de contabilidad.
• Servicio de Soporte y Mantención Sistema de Tesoreria.Net plataforma SIFIM.
- Asistencia en uso del software para crear y modificar parámetros del sistema.
- Asistencia en uso del software para proceso de recepción de pagos.
- Asistencia en uso del software para proceso de cuadraturas de cajas.
- Asistencia en uso del software para proceso de emisión de cheques y transferencias.
- Asistencia en uso del software para proceso de modificación y eliminación de cheques y transferencias.
- Asistencia en uso del software para proceso de emisión de depósitos.
- Asistencia en uso del software para proceso de modificación y eliminación de depósitos.
- Asistencia en uso del software para proceso control de tarjetas de créditos.
- Asistencia en uso del software para proceso de control de descargos.
- Asistencia en uso del software para proceso de control boletas de garantía.
- Asistencia en uso del software para proceso de control de fondos en poder
- Asistencia en uso del software para proceso de envió de ingresos a contabilidad.
- Asistencia en uso del software para proceso de envió de egresos a contabilidad
- Asistencia en uso del software para proceso de generación de informes de Tesorería.
• Servicio de Soporte y Mantención Sistema de Ordenes de Ingresos.Net plataforma SIFIM.
- Asistencia en uso del software para crear y modificar parámetros del sistema.
- Asistencia en uso del software para crear, modificar y eliminar departamentos de ingresos.
- Asistencia en uso del software para crear, modificar y eliminar ítems de ingreso sistema.
- Asistencia en uso del software para crear y modificar comprobantes de ingresos (órdenes de ingreso).
- Asistencia en uso del software para proceso de generación de informes de órdenes de ingresos.
• Servicio de Soporte y Mantención Sistema de Conciliación Bancaria. Net plataforma SIFIM.
- Asistencia en uso del software para crear y modificar parámetros del sistema.
- Asistencia en uso del software para crear, configurar y modificar cuentas corrientes (Bancos)
- Asistencia en uso de software para proceso de importación de cheques
- Asistencia en uso del software para crear, modificar y eliminar saldos iniciales cuentas corrientes (Bancos)
- Asistencia en uso del software para crear, modificar y eliminar datos existentes en cuentas corrientes (Bancos)
- Asistencia en uso del software para crear, modificar y eliminar cargos.
- Asistencia en uso del software para crear, modificar y eliminar abonos.
- Asistencia en uso del software para crear, modificar y eliminar cartolas bancarias.
- Asistencia en uso del software para proceso de importación de cartolas bancarias.
- Asistencia en uso del software para proceso de generación de informes de conciliación.
• Servicio de Soporte y Mantención Sistema de Adquisiciones.Net plataforma SIFIM.
- Asistencia en uso del software para crear y modificar parámetros del sistema.
- Asistencia en uso del software para crear, modificar y eliminar familia de productos.
- Asistencia en uso del software para crear, modificar y eliminar mascara codificación productos.
- Asistencia en uso del software para crear, modificar y eliminar productos.
- Asistencia del software para crear, modificar y eliminar solicitudes de pedido
- Asistencia en uso del software para crear, modificar y eliminar cotizaciones.
- Asistencia en uso del software para crear, modificar y eliminar órdenes de compra.
- Asistencia en uso del software para proceso de importación de órdenes de compra mercado público.
- Asistencia en uso del software para generación de informes de Adquisiciones
• Servicio de Soporte y Mantención Sistema de Activo Fijo.Net plataforma SIFIM.
- Asistencia en uso del software para crear y modificar parámetros del sistema.
- Asistencia en uso del software para crear, modificar y eliminar mascara codificación de bienes.
- Asistencia en uso del software para crear, modificar y eliminar bienes muebles.
- Asistencia del software para crear, modificar y eliminar bienes vehículos
- Asistencia en uso del software para crear, modificar y eliminar bienes inmuebles, terrenos, edificaciones e instalaciones.
- Asistencia en uso del software para crear, modificar y eliminar solicitudes de altas, traslados y bajas.
- Asistencia en uso del software para proceso de crear, modificar y eliminar hojas murales.
- Asistencia en uso del software para crear etiquetas
- Asistencia en uso de software para proceso de depreciación.
- Asistencia en uso de software para proceso de actualización
- Asistencia en uso del software para generación de informes de activo fijo.
• Servicio de Soporte y Mantención Sistema de Personal VB plataforma SIFIM.
- Asistencia en uso del software para crear y modificar parámetros del sistema.
- Asistencia en uso del software para crear, modificar y eliminar fichas funcionarios.
- Asistencia en uso del software para crear, modificar y eliminar contratos.
- Asistencia del software para crear, modificar y eliminar eventos administrativos.
- Asistencia en uso del software para procesos de calificaciones
- Asistencia en uso del software para crear, modificar y eliminar
- Asistencia en uso del software para proceso de crear, modificar y eliminar hojas murales.
- Asistencia en uso del software para generación de informes.
- Asistencia en uso de software para proceso informes de remuneraciones.
• Servicio de Soporte y Mantención Sistema de Remuneraciones VB.
- Asistencia en uso del software para crear y modificar parámetros del sistema.
- Asistencia en uso del software para cálculo de remuneraciones.
- Asistencia en uso del software para crear, modificar y eliminar cargas familiares (cálculos).
- Asistencia del software para generación de archivos Previred.
- Asistencia en uso del software para procesos de exportación de decreto de pago a contabilidad.
19.4 Tipos de Asistencia:
a) Servicio de asistencia y soporte telefónico: Deberá proveer de soporte telefónico en los siguientes Horarios, de lunes a viernes de 08:15 a 18:00 horas, durante la vigencia del contrato, (no incluye, sábados, domingos y festivos).
b) Servicio de asistencia y soporte remoto: Deberá proveer de soporte telefónico en los siguientes Horarios de lunes a viernes de 8:15 a 18:00 horas, durante la vigencia del contrato, (no incluye, sábados, domingos y festivos).
c) Servicio de asistencia y soporte vía Ticket: Deberá proveer se soporte telefónico en los siguientes Horarios, de lunes a viernes de 8:15 a 18:00 horas, durante la vigencia del contrato (no incluye sábados, domingos y festivos).
d) Servicio de asistencia en terreno 1 vez al mes: Deberá de asistir una vez al mes durante cinco horas al municipio en forma presencial en definitiva para asesorar a los funcionarios municipales.
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Prohibición de ceder o transferir el contrato |
20. DE LA PROHIBICIÓN DE CEDER O TRANSFERIR EL CONTRATO
El oferente no podrá ceder o transferir el contrato en cuanto a las obligaciones por él contraídas, a persona natural o jurídica alguna.
Sin embargo, y previa autorización municipal podrá subcontratar servicios contenidos en la presente licitación, manteniéndose, no obstante, como responsable directo ante la Municipalidad.
El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que para el “Oferente” se establecen en las bases y en el presente artículo, facultará a la “Municipalidad” para poner término anticipado al contrato.
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Factoring |
20.1.- Factoring
El contratista deberá notificar previamente a la Unidad Técnica Municipal, para suscribir un contrato de factoring, y no deberá tener obligaciones o multas pendientes. Además, previamente debe haber recepcionado conforme el estado de pago la Unidad Técnica.
El proveedor no podrá emitir la factura si no está aprobado el estado de pago por la Unidad Técnica.
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Modalidad de pago |
21.- MODALIDAD DE PAGO
El precio del Contrato se pagará por mes vencido, previo informe del ENCARGADO DE INFORMATICA. Para dar curso al servicio contratado deberá acompañar los siguientes documentos por correo electrónico cesfamsantamaria@gmail.com:
a) Carta solicitando el pago.
El contratista solicitará a la Unidad Técnica por escrito el pago en los 10 primeros días hábiles del mes siguiente de prestado el servicio, que será revisado por la encargada de informática para su aprobación o rechazo dentro de los 10 días hábiles siguientes, a contar de la fecha de presentación de este. En caso de rechazo u observaciones del Pago, el contratista tendrá 5 días hábiles para corregir el estado de pago. Este proceso se repetirá hasta que se apruebe el estado de pago, una vez aprobado los documentos del estado de pago podrá emitir la factura como sigue;
Nombre: I. Municipalidad de Santa María,
R.U.T.: 69.051.000-6,
Dirección Lautaro 720, Comuna de Santa María
Glosa: Estado de pago Nº XX, correspondiente al proyecto “Servicios de Soporte y Asistencia Técnica de software” para la continuidad de Operaciones Contables, del Departamento de Salud Municipal de la I. Municipalidad de Santa María”.
Deberá facturar los servicios a la Municipalidad de Santa María, según la oferta económica realizada.
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De las modificaciones |
22.- DE LAS MODIFICACIONES
Solo se realizará una prórroga del contrato en caso de que se requiera un plazo adicional hasta la nueva adjudicación, para lo cual se realizará un trato directo según lo indicado por el artículo 10 N°7, letra a) del reglamento de compras públicas;
a) Si se requiere contratar la prórroga de un Contrato de Suministro o Servicios, o contratar servicios conexos, respecto de un contrato suscrito con anterioridad, por considerarse indispensable para las necesidades de la Entidad y sólo por el tiempo en que se procede a un nuevo Proceso de Compras, siempre que el monto de dicha prórroga no supere las 1.000 UTM.
El contratista deberá actualizar la vigencia de la garantía de fiel cumplimiento de contrato la cual tendrá como vigencia el nuevo plazo de término aumentado en 60 días hábiles.
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Termino del contrato |
23.- TÉRMINO DEL CONTRATO
La Unidad Técnica podrá poner término administrativo y en forma anticipada al contrato en los siguientes casos:
a) Si el contratista o alguno de sus socios administradores fuere formalizado por algún delito que merezca pena aflictiva, o en el caso de sociedades anónimas, lo fuese algún miembro del Directorio o Gerente.
b) Si el Contratista fuere declarado en insolvencia o se iniciara un procedimiento concursal, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
c) Cuando presente documentos falsos a la unidad técnica.
d) Mediante una resciliación de contrato entre las partes.
e) Cuando las multas sobrepasen el 30% del valor contratado.
f) Que presente una garantía de fiel cumplimiento de contrato que no sea posible validar con la institución Bancaria.
g) Si el Contratista no constituyese o renovase las garantías antes de las fechas de vencimiento de estas.
h) Lo exija el interés público y la seguridad nacional
i) Por muerte del contratista o termino de giro.
j) El incumplimiento de los plazos solicitados y establecidos para ejecución del servicio.
El Contratista tendrá 5 días hábiles a partir de la recepción del Decreto Alcaldicio de termino anticipado e informe adjunto para hacer sus descargos, estos descargos deberán ser ingresados a la oficina de partes de la Municipalidad de Santa María, mediante carta dirigida al Alcalde de la Municipalidad de Santa María con copia al departamento de Salud Municipal. La medida a aplicar se formalizará a través de un Decreto Alcaldicio, el que se pronunciará sobre los descargos presentados, si existieren, este Decreto Alcaldicio será publicado oportunamente en el Sistema de Información. En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
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De las Multas |
24.- DE LAS MULTAS
Se aplicarán las siguientes multas:
- Servicio de asistencia y soporte telefónico: Cuando no preste el servicio solicitado en más de 5 ocasiones durante un mes calendario, después de haberse contactado con la mesa de ayuda. La multa será de 2 UF por ocasión.
- Servicio de asistencia y soporte remoto: Cuando no preste el servicio solicitado en más de 5 ocasiones durante un mes calendario, después de haberse contactado con la empresa. La multa será de 1 UF por ocasión.
Cuando demore más de 8 días hábiles en prestar el servicio después de haberlo solicitado, se aplicará una multa de 2 UF por ocasión.
Servicio de asistencia en terreno 1 vez al mes: Cuando no realice la visita en el mes correspondiente se aplicará una multa de 3 UF.
El monto de las multas rebajados del pago que la entidad licitante deba efectuar al adjudicatario en los estados de pago más próximos y, de no ser suficiente este monto de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente.
Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa convertido a pesos chileno, resulte un número con decimales, este se redondeará al número entero más cercano.
Las Multas se establecerán mediante acto administrativo, el contratista tendrá 5 días hábiles a partir de la recepción del Decreto Alcaldicio e informe adjunto para hacer sus descargos, estos descargos deberán ser ingresados a la oficina de partes de la Municipalidad de Santa María. La medida a aplicar se formalizará a través de un Decreto Alcaldicio, el que se pronunciará sobre los descargos presentados, si existieren, este Decreto Alcaldicio será publicado oportunamente en el sistema de Información. En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen actos de los Órganos de la Administración del Estado.
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Del domicilio y jurisdicción |
25.- DEL DOMICILIO Y JURISDICCIÓN APLICABLE
Para todos los efectos derivados de la licitación a que se refieren estas bases, así como de los que se deriven del contrato, según corresponda, las partes fijan domicilio en la ciudad de San Felipe y remiten la competencia ante sus Tribunales Ordinarios de Justicia.
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