Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influír o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluídos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Resolución de Empates |
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “PRECIO”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “MATERIAS DE ALTO IMPACTO SOCIAL”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio "EXPERIENCIA DEL OFERENTE” y, finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “CALIDAD TECNICA DE LOS BIENES O SERVICIOS”.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
En caso de que una vez publicada la adjudicación, persistan dudas respecto de ésta, se deberá proceder como sigue:
- Existirá un plazo de 5 días hábiles para hacer consultas contados desde la fecha de publicación de la adjudicación
- Las consultas deberán remitirse por escrito a finanzascesfamvictoria@gmail.com
La Institución publicará las respuestas a las consultas recibidas en documento adjunto a la Licitación en un plazo de 5 días hábiles contados desde el día siguiente al vencimiento del plazo para presentar consultas
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fechas de realizacion |
las fechas podran sufrir modificaciones las que seran opurtunamente coordinadas con el oferente adjudicado.
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Comision de evaluacion |
Comisión de Evaluación
Para los efectos de evaluar las ofertas, la comisión para estos fines estará constituida por los siguientes funcionarios o quien les subrogue:
1. Director CESFAM
2. Encargado de Programa PESPI
3. funcionario de adquisiciones CESFAM
El proceso de adjudicación de la propuesta se iniciará con la evaluación de las distintas ofertas por parte de la comisión evaluadora, la que podrá asesorarse por otros profesionales de la municipalidad o de otros servicios públicos cuando así lo estime necesario. La comisión Evaluadora de propuestas, para una mejor evaluación de las mismas podrá solicitar información adicional a los oferentes con posterioridad a la recepción de las ofertas, debiendo comunicar esta solicitud a todos los oferentes que estén siendo evaluados a través del portal www.mercadopublico.cl. Se podrá solicitar los denominados documentos de “forma” es decir, aquellos que no son esenciales de la propuesta o bien aquellos que por error u omisión de parte del municipio no se hayan solicitado para la presentación de las ofertas y estos sean complementarios a los exigidos o presentados, con el objeto de contar con más elementos para mejor resolver. Previo al acto de adjudicación de la propuesta, el municipio verificará si la documentación entregada al momento de la apertura acredita que el adjudicatario posea la habilidad para contratar con el estado. Si una vez revisados los antecedentes no se acreditare la calidad de hábil del oferente o los antecedentes presentados fueran incompletos se declarará la inhabilidad del oferente lo que acarreara como consecuencia la imposibilidad de adjudicar la oferta por lo dispuesto expresamente en el articulo N° 41 del Reglamento de la Ley N° 19.886 y se adjudicara la oferta del oferente que siga en el orden de prelación de las ofertas, o declarará desierta la propuesta en caso de no existir otros oferentes, o las ofertas presentadas no sean convenientes a los intereses municipales.- La adjudicación de la propuesta se informará a través del portal mercadopublico, en el plazo señalado, en la Sección: “etapas y plazos” de la Adquisición. - La Municipalidad declarará inadmisible una oferta cuando ésta no cumpla con los requisitos establecidos en estas Bases Administrativas y en las especificaciones técnicas, o bien, se comprobase la distorsión o falsificación de alguno de los antecedentes requeridos por las bases, facultará a la Municipalidad para rechazar la oferta correspondiente. La Municipalidad declarará desierta la presente licitación pública cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando estas no resulten convenientes a los intereses de la Municipalidad, en ambos casos la declaración se efectuará por resolución fundada. Finalizado el trámite de evaluación, la comisión someterá a consideración del alcalde las ofertas, en conformidad a los criterios de evaluación y ponderaciones, según lo establecido en la sección “criterios de Evaluación.” La Municipalidad Aceptará la propuesta más ventajosa tomando en consideración los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, según lo establecido en la sección “criterios de evaluación.” La adjudicación se efectuará mediante decreto Alcaldicio, en la fecha estimada que se señala en la sección “etapas y plazos” de la adquisición en el portal www.mercadopublico.cl, el cual será notificado al adjudicatario y al resto de los oferentes que hayan participado de la licitación. La notificación de la Resolución de Adjudicación al o los proveedores adjudicados, se entenderá realizada una vez transcurridas 24 hrs. desde la publicación en el sitio www.mercadopublico.cl. En la eventualidad que el oferente adjudicado se desista de su oferta, la Municipalidad podrá readjudicar al oferente que le siga en puntaje de evaluación, notificando esta situación a la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas y hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta y/o Fiel cumplimiento de contrato que obre en su poder. La Municipalidad podrá adjudicar en una fecha distinta a la estipulada dentro de los plazos obligatorios, cuando por razones de orden técnico y/o administrativos no sea posible cumplir con dicho plazo.- No podrán adjudicarse ofertas de oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar con las entidades públicas ni tampoco ofertas que no cumplan con las condiciones y requisitos establecidos en las bases administrativas. No podrán adjudicarse ofertas que no emanen de quien tiene poder suficiente para efectuarlas representando al respectivo oferente, sin perjuicio de la ratificación posterior que se realice en conformidad a la Ley.
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