Licitación ID: 369-55-LR24
CONVENIO DISTRIBUCION DE AGUA POTABLE PROV. CHOAPA
Responsable de esta licitación: DELEGACIÓN PRESIDENCIAL PROVINCIAL DE CHOAPA, Delegacion Presidencial Provincial de Choapa
Fecha de Cierre: 06-01-2025 15:01:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 0
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Productos o servicios
1
Servicios de transporte regional o nacional en camión 1 Unidad
Cod: 78101802
CANELA SECTOR 1 AVENIDA CEMENTERIO, JABONERIA, LOS CORRALONES, POZA HONDA - LA CORTADERA, EL LLANO, EL CHILCAL, EL ALMENDRO ALTO, CANELILLA, ESCUELA JABONERIA, POSTA JABONERIA, ESCUELA CANELILLA  

2
Servicios de transporte regional o nacional en camión 1 Unidad
Cod: 78101802
CANELA SECTOR 2 LOS TOMES, ANGOSTURA, LAS TAZAS - EL CHIÑE, AGUA FRIA ALTA, AGUA FRIA BAJA, LA CAPILLA, ESCUELA LOS TOMES, ESCUELA LAS TAZAS, ESCUELA MATANCILLA, POSTA AGUA FRIA, EMR ATELCURA  

3
Servicios de transporte regional o nacional en camión 1 Unidad
Cod: 78101802
CANELA SECTOR 3 ATUNGUA ALTO, CARQUINDAÑO, LA CORTADERA, JABONERIA, FASICO ALTO Y BAJO,LAS TRANCAS,EL TOME ESCUELA LA CORTADERA, ESCUELA POZA HONDA,EMR LA CORTADERA, EMR POZA HONDA  

4
Servicios de transporte regional o nacional en camión 1 Unidad
Cod: 78101802
CANELA SECTOR 4 LOS PERALES, ESPIRITU SANTO, POZA HONDA, LA CORTADERA, EL TALHUEN, QDA. LINARES, LAS BARRANCAS LA MANGA II, ESCUELA LAS BARRANCAS, ESCUELA LA PARRITA, ESCUELA EL TALHUEN, EMR LOS PERALES EMR LAS BARRANCAS, EMR LA PARRITA, POSTA ESPIRIT  

5
Servicios de transporte regional o nacional en camión 1 Unidad
Cod: 78101802
CANELA SECTOR 5 LOS RULOS 1, LOS RULOS 2, LOS RULOS 3, JUNQUILLAR, EL DURAZNO, LAS CAÑAS, LOS POZOS, EL QUELON QDA. QUEMADA, CANELILLA, POSTA LOS RULOS, EMR LOS POZOS.  

6
Servicios de transporte regional o nacional en camión 1 Unidad
Cod: 78101802
CANELA SECTOR 6 PUERTO OSCURO, ATELCURA ALTA, EL POTRERO, CABRA CORRAL, MATANCILLA, CARQUINDAÑO BAJO, ATELCURA BAJA, EL PANGUE, EL ALMENDRO BAJO, LAS PIRCAS, ATUNGUA BAJO, MINCHA SUR, HUINCHIGUALLEGO  

7
Servicios de transporte regional o nacional en camión 1 Unidad
Cod: 78101802
CANELA SECTOR 7 ALHUEMILLA, YERBA LOCA, LO VAROLI, EL TOTORAL, CANELILLA 2, LOS CANELOS, EL RIITO, LA MANGA 2 EMR ALHUEMILLA, EMR LOS CANELOS  

8
Servicios de transporte regional o nacional en camión 1 Unidad
Cod: 78101802
ILLAPEL SECTOR 1 ALCAPARROSA, MATANCILLA, ASIENTO VIEJO, AUCO, LOS GUINDOS, QBRDA LO GALLARDO, OUNTILLA NORTE, COLONIA ALTA, PUENTE NEGRO, POSTAS, ESCUELAS  

9
Servicios de transporte regional o nacional en camión 1 Unidad
Cod: 78101802
ILLAPEL SECTOR 2 CESPEDES, LOS PERALES, CANELILLO ALTO, CAÑAS UNO, PUENTE NEGRO, POSTAS,ESCUELAS.  

10
Servicios de transporte regional o nacional en camión 1 Unidad
Cod: 78101802
ILLAPEL SECTOR 3 LA COLONIA, LA COLONIA ALTA, QDRA LUNCUMÁN, STA VIRGINIA, LA CAPILLA, QBRDA DE QUILMENCO, HUINTIL SUR, CAÑAS DE MICHIO, POSTAS, ESCUELAS  

11
Servicios de transporte regional o nacional en camión 1 Unidad
Cod: 78101802
ILLAPEL SECTOR 4 QUILLAYCILLO, EL MAITÉN, MAITÉN NORTE, MAITÉN SUR, FUNDO LA AGUADA, LANCO, LANCO ALTO, LIMAHUIDA, CHOAPA VIEJO, ESCUELA FUNDO LA AGUADA  

12
Servicios de transporte regional o nacional en camión 1 Unidad
Cod: 78101802
ILLAPEL SECTOR 5 LOS ESPINOS DE SOCAVÓN, SOCAVÓN, SOCAVÓN ALTO, SOCAVÓN CENTRO, CABANILLA, CUZ-CUZ, EL PERAL, QBDRA EL PERAL, CUZ-CUZ SUR, POSTAS, ESCUELAS  

13
Servicios de transporte regional o nacional en camión 1 Unidad
Cod: 78101802
ILLAPEL SECTOR 6 LA YESERA, MINERAL CHILLÁN, QBDRA SALITRAL, RINCÓN DEL ROMERO, COCOU, CUZ-CUZ, CUZ-CUZ SUR, LA PUNTILLA SUR, QBDRA DE ILTA, QBDRA LAS CHILCAS, ESCUELA ILTA  

14
Servicios de transporte regional o nacional en camión 1 Unidad
Cod: 78101802
ILLAPEL SECTOR 7 LOS LOROS, QUEBRADA LO GALLARDO, CANELILLO ALTO, CANELILLO BAJO, CAÑAS SUR, CAÑAS 1, COYUNTAGUA NORTE, QBDRA QUELÓN, TUNGA NORTE, TUNGA SUR, MAITÉN SUR, PUENTE NEGRO, EL MAITÉN, EL MAITÉN NORTE, LOS CRISTALES DE PERALILLO, POSTAS, ESCUE  

15
Servicios de transporte regional o nacional en camión 1 Unidad
Cod: 78101802
LOS VILOS SECTOR 1 CASCABELES, CHIGUALOCO, CONCHALI, EL AJIAL, INFIERNILLO, QUILIMARI, TOTORALILLO  

16
Servicios de transporte regional o nacional en camión 1 Unidad
Cod: 78101802
LOS VILOS SECTOR 2 EL ARRAYAN, EL LLANO, EL NARANJO, EL SANDIAL, LO CLAUDIO, LO MUÑOZ, LOS CONDORES, LOS VILOS MATAGORDA, MUNDO NUEVO,ESCUELA  

17
Servicios de transporte regional o nacional en camión 1 Unidad
Cod: 78101802
LOS VILOS SECTOR 3 EL ARRAYAN, EL LLANO, EL NARANJO, EL SANDIAL, LO CLAUDIO, LO MUÑOZ, LOS CONDORES, LOS VILOS MATAGORDA, MUNDO NUEVO, ESCUELA  

18
Servicios de transporte regional o nacional en camión 1 Unidad
Cod: 78101802
LOS VILOS SECTOR 4 EL ARRAYAN, EL LLANO, EL NARANJO, EL SANDIAL, LO CLAUDIO, LO MUÑOZ, LOS CONDORES, LOS VILOS, MATAGORDA, MUNDO NUEVO, ESCUELA  

19
Servicios de transporte regional o nacional en camión 1 Unidad
Cod: 78101802
SALAMANCA SECTOR 1 ARBOLEDA GRANDE, CUNLAGUA, EL QUEÑE, EL TEBAL, HUANQUE, LA HIGUERILLA, LAS JARILLAS, MANQUEHUA, LAS LAJAS, QUELÉN ALTO, QUELÉN BAJO, RANQUE, SAN AGUSTÍN, ZAPALLAR, POSTAS ESCUELA  

20
Servicios de transporte regional o nacional en camión 1 Unidad
Cod: 78101802
SALAMANCA SECTOR 2 BARRACO, BATUCO, COIRÓN, CUNCUMÉN, EL BOSQUE, EL CONSUELO, LLIMPO, PUNTA NUEVA, TENCADÁN, TRANQUILLA  

21
Servicios de transporte regional o nacional en camión 1 Unidad
Cod: 78101802
SALAMANCA SECTOR 3 BARRACO, BATUCO, COIRÓN, CUNCUMÉN, EL BOSQUE, EL CONSUELO, LLIMPO, PUNTA NUEVA, TENCADÁN, TRANQUILLA  

22
Servicios de transporte regional o nacional en camión 1 Unidad
Cod: 78101802
SALAMANCA SECTOR 4 BARRACO, BATUCO, COIRÓN, CUNCUMÉN, EL BOSQUE, EL CONSUELO, LLIMPO, PUNTA NUEVA, TENCADÁN, TRANQUILLA  

23
Servicios de transporte regional o nacional en camión 1 Unidad
Cod: 78101802
SALAMANCA SECTOR 5 CANCHA BRAVA, COLLIGUAY, PALQUEAL, JORQUERA, PELADEROS APR Y PELADEROS POSTA, ESCUELA Y JARDÍN INFANTIL  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONVENIO DISTRIBUCION DE AGUA POTABLE PROV. CHOAPA
Estado:
Publicada
Descripción:
Servicio de distribución de agua potable en vehículos aljibes para la Provincia de Choapa de la Región de Coquimbo, durante período de febrero, marzo, abril, mayo y junio del año 2025.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 5.000 UTM (LR)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
DELEGACIÓN PRESIDENCIAL PROVINCIAL DE CHOAPA
Unidad de compra:
Delegacion Presidencial Provincial de Choapa
R.U.T.:
60.511.043-6
Dirección:
CONSTITUCION ESQUINA ECUADOR
Comuna:
Illapel
Región en que se genera la licitación:
Región de Coquimbo
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 06-01-2025 15:01:00
Fecha de Publicación: 06-12-2024 16:19:20
Fecha inicio de preguntas: 07-12-2024 16:30:00
Fecha final de preguntas: 22-12-2024 16:30:00
Fecha de publicación de respuestas: 27-12-2024 16:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 07-01-2025 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 07-01-2025 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 12-01-2025 15:01:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato 20-01-2025
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 5 Días
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS
No hay información de Antecedentes Técnicos
No hay información de Antecedentes Económicos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio Fórmula Evaluación: (Valor Oferta más Baja/Oferta Analizada) x 7 30%
2 CUMPLIMIENTO DE BASES ADMINISTRATIVAS GENERALES Entrega correcta de documentos dentro del plazo Nota 7 Documentos corregidos fuera de plazo Nota 4 No Entrega documentos Nota 1 * La nota 4 se asignará a quienes entregaron la documentación fuera del plazo para presentar las ofertas, pero dentro de los dos días a los que se hace referencia en el punto 18 de las presentes bases. 30%
3 PROGRAMA DE INTEGRIDAD Cuenta con Programa de integridad 50% Cuenta con programas de integridad Nota 7 No Cuenta con programas de integridad Nota 1 Difusión del Programa de Integridad 50% El personal conoce el programa de integridad Nota 7 El personal NO conoce el programa de integridad Nota 1 * Para efectos de medio de verificación de programa de integridad deberá acompañar un copia del mismo y respecto a la difusión del mismo deberá acompañar algún medio de verificación que dé cuenta de su difusión entere sus trabajadores 10%
4 ASPECTOS TÉCNICOS DE LA OFERTA Aspecto 50% Año del Camión Menos de 2 años Nota 7 Entre 3 a 5 años Nota 6 Entre 6 a 8 años Nota 5 Entre 9 a 11 años Nota 4 Entre 12 a 14 años Nota 3 Entre 15 a 16 años Nota 2 Entre 17 años o más Nota 1 Materialidad del Estanque de Almacenamiento de Agua Potable 50% Acero Inoxidable Nota 7 Fibra de Vidrio Nota 5 Otra Materialidad Nota 3 30%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: PROGRAMA EMERGENCIA
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 5 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: SERGIO AGUIRRE
e-mail de responsable de pago: saguirrer@interior.gob.cl
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
No permite subcontratación El contratista no podrá subcontratar, ni ceder ni traspasar derechos yu obligaciones emanadas del contrato a terceros en caso alguno, ya sea parcial o totalmente. En todo caso, y sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley 20.123
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: DELEGACIÓN PRESIDENCIAL PROVINCIAL DE CHOAPA
Fecha de vencimiento: 28-02-2025
Monto: 400000 Peso Chileno
Descripción: Tipo de documento l.- Cualquier documento que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva y que cumpla con las condiciones dispuestas en el artículo 31 del DS Nº 250 de 2004 (pagadera a la vista y de carácter irrevocable). 2.- En los casos en que se otorgue la garantía de manera electrónica, ésta deberá ajustarse a lo dispuesto en la ley Nº 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. Ésta deberá ser adjuntada dentro de la propuesta que realice el oferente a través el Mercado Público hasta el día y hora de cierre de la propuesta. Pagadera A la vista y de carácter irrevocable. Expresada en Pesos chilenos Monto Monto fijo para todas las rutas de las comunas de Los Vilos, Canela, Illapel y Salamanca de $400.000.- (cuatrocientos mil pesos), por cada una de las rutas a la que se postule. Tipo de documento l.- Cualquier documento que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva y que cumpla con las condiciones dispuestas en el artículo 31 del DS Nº 250 de 2004 (pagadera a la vista y de carácter irrevocable). 2.- En los casos en que se otorgue la garantía de manera electrónica, ésta deberá ajustarse a lo dispuesto en la ley Nº 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. Ésta deberá ser adjuntada dentro de la propuesta que realice el oferente a través el Mercado Público hasta el día y hora de cierre de la propuesta.
Glosa: Para garantizar la seriedad de la oferta de la licitación “Servicio de distribución de agua potable en vehículos aljibes para ruta N° …… de la comuna de ….. en la provincia de Choapa de la Región de Coquimbo, durante el período de febrero a junio de 2024”.
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas (que no es evaluada), se efectuará dentro del plazo de 10 días contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad, de la preselección de los oferentes o de la adjudicación o ante la solicitud formal del proveedor. En caso de resultar adjudicado, se restituye contra entrega de la Boleta de Fiel Cumplimiento del Contrato.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: DELEGACIÓN PRESIDENCIAL PROVINCIAL DE CHOAPA
Fecha de vencimiento: 25-09-2025
Monto: 5 %
Descripción: Tipo de documento Cualquier documento que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva, y que cumpla con las condiciones dispuestas en el artículo 68 del DS Nº 250 de 2004 (pagadera a la vista y de carácter irrevocable). En los casos en que se otorgue la garantía de manera electrónica, esta deberá ajustarse a lo dispuesto en la ley Nº 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. Beneficiario Delegación Presidencial Provincial de Choapa, Rut 60.511.043-6. Pagadera A la vista y de carácter irrevocable. Vigencia Mínima Sesenta (60) días hábiles siguientes de la fecha de vencimiento del contrato. Expresada en Pesos chilenos Monto Mínimo Equivalente al 5% del monto total del contrato (impuesto incluido.
Glosa: “Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato “Servicio de distribución de agua potable en vehículos aljibes para ruta N° …… de la comuna de ….. en la provincia de Choapa de la Región de Coquimbo, durante el período de febrero a junio de 2024 y el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del contratista.”
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de la garantía se hará al contratante una vez vencida, al domicilio indicado por éste en el contrato o en los antecedentes de su oferta, y sin perjuicio de que el proveedor pueda retirar aquel documento en dependencias de la entidad licitante y dentro de sus horarios ordinarios de funcionamiento, dejando constancia de su recepción conforme.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN QUE DEBEN CUMPLIR LOS PROPONENTES.
Podrán contratar aquellas personas naturales, jurídicas, chilenas o extranjeras, postulando en la oportunidad y forma establecida en las presentes Bases de Licitación. También podrán participar proponentes vinculados en UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES, entendiéndose por tales la asociación de personas naturales y/o jurídicas, para la presentación de una oferta en caso de licitaciones, o para la suscripción de un contrato bajo cualquier otra modalidad establecida en la Ley y/o Reglamento vigente. Si dos (2) o más proveedores (personas naturales o jurídicas) se unen para el efecto de participar en un proceso de contratación, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. Cuando se trate de adquisiciones o contrataciones de servicios inferiores a mil (1.000) UTM, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Para contrataciones iguales o superiores al monto indicado, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad. Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma. Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso. La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la de la prestación del servicio a contratar, incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el artículo 12° del Reglamento de Compras Públicas. El proponente que se adjudique el servicio, deberá encontrarse habilitado para contratar con Organismos del Estado, cuya verificación se efectuará mediante el respectivo Certificado de Habilidad emitido por el Registro Electrónico de Proveedores, al momento de efectuar la formalidad de la resolución que aprueba la adjudicación; en caso contrario se dejará sin efecto la adjudicación al proveedor que obtuviera el puntaje más alto de las propuestas aceptadas y evaluadas, contratando al siguiente mejor evaluado. No podrán participar en la presente Licitación los oferentes que incurran en alguno de los supuestos contemplados en el artículo 4 inciso primero y sexto de la Ley Nº 19.886. Los oferentes en conjunto con su oferta deberán firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar, la cual se encuentra en un formato preestablecido, para el Oferente al momento de presentar propuesta, en el Sistema de Compras y Contrataciones Públicas www.merdadopublico.cl. No podrán contratar con la Administración aquellos que hayan sido condenados en virtud de la ley N° 21.595, de delitos económicos, conforme a la inhabilitación regulada en su artículo 33.. No podrán participar en el proceso concursal aquellos proveedores a quienes les afecte alguna de las inhabilidades previstas en el artículo 35 quáter de la ley N° 19.886, agregado por la ley N° 21.634 y no deberán estar afectos a la prohibición para contratar con los Órganos del Estado contenidas en el artículo 26, letra d), del decreto ley n° 211 de 1973,
COMUNICACIONES Y PLAZOS
Todas las comunicaciones que deban efectuarse con motivo de esta licitación pública, se harán por medio del Sistema de Información que administra la Dirección de Compra y Contratación Pública (Chile Compra), quedando prohibido tanto a los que hubieren obtenido estas bases como a los proponentes, personal directo o indirecto, establecer contactos formales o informales con funcionarios de la entidad licitante, para fines relacionados con la licitación, salvo los contemplados en estas Bases. Todas las notificaciones derivadas de este proceso concursal de adjudicación, salvo disposición legal, reglamentaria o de estas Bases que verse en contrario, se entenderán realizadas luego de las 24 horas transcurridas desde la publicación documental que el servicio haya realizado en el Sistema de Información que administra la Dirección de Compra y Contratación Pública. Los plazos a que se haga referencia en estas Bases son de días corridos, salvo se señale expresamente lo contrario. Cuando el último día del plazo sea sábado, domingo o festivo, éste se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente, sin perjuicio de lo dispuesto por el inciso noveno del artículo 25, del Reglamento de la Ley N°19.886. El plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles ni en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas. Art. 25 de Reglamento vigente Ley 19.886.
PROPUESTAS.
Los participantes deberán cumplir estrictamente con las disposiciones contenidas en las presentes Bases Administrativas y Técnicas, y serán responsables por los datos proporcionados en sus ofertas. El postulante deberá ingresar su solicitud solamente a través del Portal Chile Compra, en valores Netos (sin Impuesto Incluido) ANEXO N°10 (OBLIGATORIO PARA ADMISIBILIDAD). Serán de cargo del proponente todos los costos directos e indirectos asociados a la preparación y presentación de su propuesta, por lo cual, dichos costos nunca serán de cargo del servicio. Respecto a los documentos descritos en los literales a) y b) del punto 1 de las presentas Bases Administrativas, además de todo otro documento en formato físico o digital que sea disponible para efectos del presente proceso licitatorio, tendrán un uso autorizado y exclusivo con el sólo propósito de preparar y presentar ofertas para proveer el servicio de distribución de agua potable en vehículos aljibes para la comunas y por periodo señalado en la letra A del ANEXO 13. Los proponentes deberán tener presente que los documentos de licitación son confidenciales. Estos alcances serán de aplicación coordinada con los puntos 32 y 33 de las presentes Bases Administrativas y cada proveedor deberá tenerlos presente una vez firmado el respectivo contrato.
CONSULTAS, ACLARACIONES Y/O MODIFICACIONES.
Los oferentes sólo podrán formular consultas a las Bases Técnicas o Administrativa, a través del foro que estará habilitado en el portal www.mercadopublico.cl, teniendo presente que las referidas consultas se pondrán en conocimiento de todos los proveedores interesados, a través de dicho sistema de información, sin indicar el autor de las mismas. A dichas consultas, el servicio deberá dar respuesta a través de la sección “Preguntas y Respuestas” de dicho portal. Asimismo, a través del portal www.mercadopublico.cl, el servicio podrá efectuar a iniciativa propia aclaraciones a las Bases Técnicas o Administrativa, antes de la fecha de recepción de las ofertas para precisar el alcance, complementar o interpretar algún elemento de su contenido que, a su juicio, no haya quedado suficientemente claro y dificulte la obtención de buenas ofertas, comunicándolas masivamente a los interesados a través de archivos adjuntos en el portal www.mercadopublico.cl. Se otorgará un plazo de 2 días para que los oferentes puedan hacer consultas referentes a las aclaraciones. No se aceptarán ni responderán consultas planteadas por un conducto diferente al señalado o vencido el plazo dispuesto al efecto. Las respuestas y aclaraciones que se formulen, no podrán modificar lo dispuesto en las presentes Bases, sin perjuicio de lo cual podrán complementarlas y se entenderá que contribuyen a determinar el alcance y sentido de las mismas y, en tal condición, deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus ofertas. El servicio podrá modificar el anexo 13 de las Bases Administrativas y Bases Técnicas, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Estas modificaciones deberán ser aprobadas mediante Resolución que será sometida a la misma tramitación que la Resolución aprobatoria de las presentes bases, y una vez que se encuentre totalmente tramitada, será publicada en el portal Mercado Público. En la Resolución modificatoria se considerará un plazo prudencial para que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones, para cuyos efectos se reformulará el cronograma de actividades establecido en el cronograma de actividades. En razón de todo lo anterior, el foro de preguntas y respuestas en el Sistema de Información tiene por única y exclusiva finalidad el motivar aclaraciones respecto al proceso licitatorio en particular, de manera tal que queda prohibido a los usuarios utilizar esta vía para otros fines, tales como proferir injurias en contra del servicio, en contra de otros proveedores, publicitar la venta de bienes y/o servicios, coordinar acuerdos entre oferentes, entre otros.
CONSULTAS, ACLARACIONES Y/O MODIFICACIONES.
Los oferentes sólo podrán formular consultas a las Bases Técnicas o Administrativa, a través del foro que estará habilitado en el portal www.mercadopublico.cl, teniendo presente que las referidas consultas se pondrán en conocimiento de todos los proveedores interesados, a través de dicho sistema de información, sin indicar el autor de las mismas. A dichas consultas, el servicio deberá dar respuesta a través de la sección “Preguntas y Respuestas” de dicho portal. Asimismo, a través del portal www.mercadopublico.cl, el servicio podrá efectuar a iniciativa propia aclaraciones a las Bases Técnicas o Administrativa, antes de la fecha de recepción de las ofertas para precisar el alcance, complementar o interpretar algún elemento de su contenido que, a su juicio, no haya quedado suficientemente claro y dificulte la obtención de buenas ofertas, comunicándolas masivamente a los interesados a través de archivos adjuntos en el portal www.mercadopublico.cl. Se otorgará un plazo de 2 días para que los oferentes puedan hacer consultas referentes a las aclaraciones. No se aceptarán ni responderán consultas planteadas por un conducto diferente al señalado o vencido el plazo dispuesto al efecto. Las respuestas y aclaraciones que se formulen, no podrán modificar lo dispuesto en las presentes Bases, sin perjuicio de lo cual podrán complementarlas y se entenderá que contribuyen a determinar el alcance y sentido de las mismas y, en tal condición, deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus ofertas. El servicio podrá modificar el anexo 13 de las Bases Administrativas y Bases Técnicas, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Estas modificaciones deberán ser aprobadas mediante Resolución que será sometida a la misma tramitación que la Resolución aprobatoria de las presentes bases, y una vez que se encuentre totalmente tramitada, será publicada en el portal Mercado Público. En la Resolución modificatoria se considerará un plazo prudencial para que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones, para cuyos efectos se reformulará el cronograma de actividades establecido en el cronograma de actividades. En razón de todo lo anterior, el foro de preguntas y respuestas en el Sistema de Información tiene por única y exclusiva finalidad el motivar aclaraciones respecto al proceso licitatorio en particular, de manera tal que queda prohibido a los usuarios utilizar esta vía para otros fines, tales como proferir injurias en contra del servicio, en contra de otros proveedores, publicitar la venta de bienes y/o servicios, coordinar acuerdos entre oferentes, entre otros.
PRESENTACION DE LA PROPUESTA
Conforme al artículo 18 de la Ley N° 19.886, sólo serán válidas las ofertas presentadas a través del sitio www.mercadopublico.cl, no sujetas a condición alguna y serán de carácter irrevocable, debiendo ingresar todos y cada uno de los documentos y certificados solicitados en las Bases Administrativas y Técnicas que permitan la evaluación de sus propuestas de conformidad a los parámetros de evaluación expuestos, en la web www.mercadopublico.cl. Excepcionalmente la tramitación de documentos en soporte papel, la que sólo procederá en las circunstancias previstas en el artículo 62 del reglamento vigente de la Ley de Compras Públicas, cuyos antecedentes se recibirán en el servicio, en fecha y hora de cierre indicada en portal www.mercadopublico.cl. Dado lo anterior, las garantías, planos, antecedentes legales, muestras y demás antecedentes que no estén disponibles en formato digital o electrónico, podrán enviarse a la entidad licitante en soporte físico. Será responsabilidad de los Oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus Ofertas, hasta la fecha y hora de cierre establecido en el Punto 5. Etapas y Plazos, del formato indicado en la plataforma www.mercadopublico.cl. Los oferentes deberán constatar que el envío de sus ofertas técnicas y económicas para la licitación a través del sitio www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los Formularios y Anexos requeridos, individualizando según se trate de requerimientos de los apartados I, II o III del artículo siguiente. Para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho Sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo. Los formularios y anexos requeridos en el punto N° 1, literal b) de las mismas, deben ser acompañados por cada una de las rutas sobre las cuales se haya presentado una oferta técnica y económica. No se aceptarán antecedentes y/o documentación poco legible o enmendados, ya sea de forma digital o manuscrita, que planteen dudas en la interpretación del texto. El postulante sólo podrá ofertar 1 ruta por propuesta (si postula a más de una ruta, deberá ingresar una propuesta por cada ruta).
PLAZO, VIGENCIA Y CONTENIDO DE LAS OFERTAS
La vigencia de las ofertas será de 120 días corridos contados a partir de la fecha de cierre de recepción de ofertas, establecida en el cronograma de la presente licitación. Los oferentes deberán presentar, a través del portal Mercado Público, en formato electrónico o digital, dentro del plazo de recepción de las ofertas, los siguientes documentos, que serán obligatorios para la admisibilidad de la oferta. I.- Antecedentes de la Empresa: 1. Identificación del proponente, de acuerdo con el formato del ANEXO N°3, según se trate de una persona jurídica o una persona natural, respectivamente. Considerar que para los efectos de la contratación de los servicios y solo para aquellos oferentes que sean adjudicados, y que en su Ficha del Proveedor en el Registro de Proveedores (ChileProveedores) no tengan en el repositorio de documentos a la hora de contratar, revisar la validez y legalidad de los documentos de representatividad que sean personas jurídicas, deberán acompañar además una copia escaneada a formato PDF de su escritura de constitución y en la que consten los poderes del representante, fotocopia de la cédula de Identidad del representante legal, como también la declaración jurada de conformación de sociedades dispuesto en el ANEXO N°7 y en el caso de persona natural deberá acompañar fotocopia de la cédula de Identidad. Los oferentes que se encuentren inscritos en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado (ChileProveedores), no deberán acompañar estos documentos si ellos u otros similares se encuentren disponibles en dicho Registro o no sean requeridos a la fecha de la notificación de la adjudicación. 2. Declaración Jurada de Aceptación de Antecedentes de la licitación: Una declaración firmada por el Representante Legal de la empresa consignando haber analizado y aceptado sin reservas toda la documentación y las respuestas otorgadas a consultas y pedidos de aclaración, efectuadas durante el período de la licitación, de acuerdo con formato ANEXO N°4. (DOCUMENTO OBLIGATORIO PARA ADMISIBILIDAD). 3. Copia del certificado de inscripción de vehículos motorizados (DOCUMENTO OBLIGATORIO PARA ADMISIBILIDAD). Además en caso que el vehículo no sea propio deberá acompañar contrato de arriendo, leasing o comodato que acrediten la habilitación para realizar actividades comerciales con vehículos que no son de propiedad, de cada uno de los vehículos mencionados en su propuesta técnica, incluidos los de reemplazo ofertado (DOCUMENTO OBLIGATORIO PARA ADMISIBILIDAD). 4. Permiso de circulación y revisión técnica al día de vehículo ofertado. 5. Certificado para operar camiones aljibe emitido por Seremi de Salud, de trabajadores que operarán camiones ofertados. II.- Oferta Técnica La oferta técnica del oferente debe ser ingresada al portal Mercado Público, dentro del plazo de recepción de las ofertas, según el Cronograma dispuesto en el precedente punto 5 de “Publicación y Calendario”, en ANEXO N° 8 (DOCUMENTO OBLIGATORIO PARA ADMISIBILIDAD), La Oferta Técnica deberá ajustarse a lo previsto en el apartado “Bases Técnicas”, y presentarse electrónicamente a través del portal www.mercadopublico.cl, en la sección anexos técnicos y dentro del plazo de recepción dispuesto para ello. III.- Oferta Económica En el formulario electrónico del portal www.mercadopublico.cl, se deberá informar el valor Neto mensual del servicio de arriendo de camiones aljibe, por cada ruta de la comuna, conforme a la información dispuesta en el punto 36 de las presentes Bases de Licitación y expresado en pesos chilenos, para dar cumplimiento a las exigencias de litros a entregar a los beneficiarios, según fichas FIBE validadas por los respectivos municipios. La Propuesta Económica u Oferta Económica que se acompañará según formato dispuesto en ANEXO N° 10 de estas Bases (DOCUMENTO OBLIGATORIO PARA ADMISIBILIDAD), debe indicar claramente el valor neto mensual del servicio, el mismo que será señalado en el formulario electrónico del portal.
DEL CIERRE Y APERTURA ELECTRONICA DE LAS OFERTAS.
La apertura será en una (1) etapa, en la cual se hará una revisión de las garantías solicitadas, si fuera el caso, y de los antecedentes legales para ofertas subidas por los proponentes al Portal www.mercadopublico.cl, por la comisión evaluadora designada, quienes luego de cotejar el cumplimiento de los requisitos solicitados a los oferentes, procederá a aceptar o declarar inadmisibles las ofertas recibidas, indicando el fundamento de ello en el mismo Portal, luego de lo cual realizará la apertura electrónica a través del portal, emitiendo una acta de apertura. La falta de presentación de cualquiera de los antecedentes indicados como obligatorios para la admisibilidad de la oferta en estas bases, será condición suficiente para NO considerar la propuesta en el proceso de evaluación y adjudicación sin perjuicio de lo señalado en el numeral siguiente. La omisión de cada uno de los documentos individualizados como “documento obligatorio para admisibilidad” en el punto 8 de las presentes bases, conllevan la exclusión de la oferta respectiva. Las ofertas que no sean remitidas electrónicamente a través del portal www.mercadopublico.cl, sin perjuicio de las excepciones establecidas en el artículo 62 del Reglamento vigente de la Ley 19.886, serán declaradas inadmisibles, devolviéndoseles a los respectivos participantes los antecedentes que hayan presentado. Se deja expresamente establecido que frente a situaciones técnicas que afecten la plataforma electrónica impidiendo el desarrollo de la apertura electrónica, el servicio, estará facultada para interrumpir la continuidad administrativa de tal proceso y disponer su prosecución el día hábil siguiente. En plena observancia de los principios de No Formalización contemplado en el artículo 3° de la Ley N°19.880, el servicio se reserva el derecho de admitir aquellas ofertas que presenten defectos de forma, omisiones o errores menores, siempre que estos no alteren el tratamiento igualitario de los proponentes y la correcta evaluación de las propuestas. La omisión, distorsión o falsificación de cualquier antecedente requerido en las bases de licitación, será causal suficiente para rechazar la propuesta presentada en cualquier etapa del proceso de licitación.
DE LA REVISIÓN DE ANTECEDENTES EN EL ACTO DE APERTURA
Terminado la apertura electrónica de las ofertas. El sistema de informaciones, mercado público levantará un Acta de Apertura, en que se deja constancia del día y hora de la apertura, de la individualización de los oferentes y el contenido de sus ofertas, como así mismo de cualquier otro hecho relevante, como por ejemplo; la o las ofertas declaradas inadmisibles y las razones o especificaciones de las determinaciones y la o las ofertas aceptadas para el análisis, ponderación y evaluación de sus propuestas técnicas y/o económicas o no haber presentado la garantía de seriedad solicitada, etcétera. Dicha acta queda automáticamente publicada en el ID de la licitación ejecutada en el Portal www.mercadopublico.cl, a disposición de cualesquiera de los que hubiesen participado de la licitación
RECLAMOS DEL ACTO DE APERTURA
El proponente que desee efectuar algún reclamo u observación a la apertura de las ofertas, deberá hacerlo a través del portal, en el plazo de las 24 horas siguientes a la apertura de las ofertas, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso final del artículo 33 del Reglamento de la Ley Nº 19.886, para el caso de las aperturas de ofertas en soporte papel, caso en que los proponentes podrán solicitar que se deje constancia de dichas observaciones o quejas en el acta que se levantará especialmente al efecto.
EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS.
En un plazo no superior a 3 días hábiles, contados desde la finalización del acto de apertura de las ofertas, se procederá al análisis, ponderaciones y a la evaluación de éstas, por una Comisión Evaluadora, constituida para tal efecto, que estará compuesta por integrantes indicados en la letra C DEL anexo 13, designados por resolución o acto administrativo del Jefe de Servicio o quien tenga delegada la facultad para ello. En caso de ausencia, imposibilidad o incompatibilidad, de algún miembro de la Comisión Evaluadora, la entidad licitante podrá designar a otro funcionario en su reemplazo, mediante acto administrativo correspondiente. La evaluación se realizará según los criterios objetivos de evaluación y sus ponderaciones, que se indican en las presentes bases. La proposición recaerá en el oferente que obtengan el más alto puntaje en aplicación de los criterios de evaluación y cuyas propuestas cumplan con los requisitos descritos en los términos de referencia. La Comisión podrá proponer fundadamente el rechazo de alguna o todas las ofertas si no las estimare convenientes a los intereses del servicio, sin que ello otorgue derecho a los oferentes de reclamar indemnización alguna por los gastos incurridos en la presentación de su oferta. Se considerarán especialmente inconvenientes a los intereses del servicio, aquellas ofertas económicas que superaren el valor dispuesto en la tabla del punto 36 de las presentes bases y anexo 13, sin perjuicios de otras causales. Durante el período de evaluación, los oferentes sólo podrán mantener contacto con el servicio, vía correo electrónico que se señale, a través de la persona individualizada como Responsable de Licitación, únicamente para los efectos de la misma, tales como; solicitud de aclaraciones, entrevistas, visitas a terreno, presentaciones, exposiciones, entrega de muestras o pruebas que ésta pudiese requerir durante la evaluación y que hubiesen sido previstas en las presentes bases, quedando absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto. El servicio se reserva el derecho de verificar los antecedentes presentados por los oferentes, para lo cual podrá efectuar una inspección si lo estimara necesario. Toda inspección que se realice a los vehículos ofertados para prestar el servicio, durante el proceso de postulación, o ejecución del servicio, será un acto público, en el cual pueden participar todos los interesados. De la evaluación de ofertas, se elaborará un Acta Final que será suscrita por todos los integrantes del Comité de Evaluación, la que dará cuenta de la evaluación de las ofertas, confeccionará un cuadro comparativo que establezca el orden de prelación entre los seleccionados he indicará a qué proponente se sugiere adjudicar la licitación, o en su caso se propondrá declarar desierto el proceso.
DE LA ADJUDICACIÓN, INADMISIBILIDAD Y/O DE DESIERTO.
Una vez efectuada la evaluación de las ofertas, se confeccionará por la Comisión Evaluadora las Actas de Ponderaciones y de Evaluación Final, donde se entregará la Sugerencia de Adjudicación y/o Deserción, según corresponda; las que deberán contener un resumen del proceso de licitación, con todos sus participantes y el análisis y ponderaciones de las propuesta aceptadas y las evaluaciones finales realizadas, indicando el puntaje que hayan obtenido los respectivos proponentes, o las circunstancia de ser considerada desertada o rechazada alguna(s) de las propuestas aceptadas; en la oportunidad establecida en el Cronograma de Licitación de estas Bases, informe que se pondrá en conocimiento del delegado/a presidencial. El servicio aceptará la oferta que haya obtenido el mayor puntaje de acuerdo con los criterios de evaluación contemplados en las presentes Bases, adjudicando la propuesta mediante resolución fundada en la que se especificarán los aludidos criterios. De acuerdo a lo establecido en el artículo 42° del Reglamento de Compras Públicas, cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% del precio presentado por el oferente que le sigue, y se verifique por parte del servicio que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, podrá a través de una Resolución fundada adjudicarse esa oferta, solicitándole una ampliación de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue. Cuando la adjudicación no pueda realizarse dentro de los plazos establecidos en las presentes bases, la entidad licitante informará dicha situación en el Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración, señalando las razones de aquello e indicando un nuevo plazo para la adjudicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 del Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
FACULTAD DE DECLARAR INADMISIBLE O DESIERTA LA LICITACIÓN.
De acuerdo a lo establecido en el artículo 9° de la Ley de Compras, el servicio podrá declarar inadmisibles las ofertas cuando no cumplieren los requisitos establecidos en las bases o desierta la licitación cuando no se presentan ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a los intereses del servicio. Se considerarán especialmente inconvenientes a los intereses del servicio, aquellas ofertas económicas que excedan el monto máximo establecido en la tabla del punto N° 36 y anexo 13 del presente pliego concursal, y aquellos que mantuvieren el precio, disminuyendo de alguna forma, la calidad, recorrido, litros o condiciones del servicio, sin perjuicios de otras causales.
FACULTAD DE READJUDICAR.
El servicio podrá readjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, en los siguientes casos y dentro del plazo establecido en la letra D del anexo 13, contados desde la publicación de la adjudicación original: a) Si el contrato no se firma en el plazo estipulado por causas atribuibles al adjudicatario. b) Si el adjudicatario no entrega la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato. c) Si el adjudicatario se desiste de su oferta. d) Si el adjudicatario se encuentra en Estado de inhábil para contratar con Organismos del Estado en los términos del Artículo 4° de la Ley N° 19.886, modernizada por la Ley N° 21.634 de fecha 11 de diciembre de 2023, en el Registro de Proveedores (ChileProveedores), al momento de efectuar el procedimiento de la contratación. La Resolución fundada que deja sin efecto la adjudicación original, así como también la que readjudica la licitación al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, se publicarán en el portal www.mercadopublico.cl para conocimiento de los interesados.
COMUNICACIÓN DE LA ADJUDICACION.
Se entenderá realizada la notificación de adjudicación, efectuada por el Sistema de Compras Públicas y luego de las 24 horas transcurridas, desde que se publique en el portal www.mercadopublico.cl, la resolución adjudicatoria. Dentro del mismo acto de la adjudicación se publicará información respecto del proceso de evaluación, tal como informes técnicos, actas de comisiones evaluadoras, cuadros comparativos, entre otros.
MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO DE LA ADJUDICACIÓN
Las consultas respecto a la adjudicación deberán ser dirigidas al foro de consultas del portal Mercado Publico en un plazo no mayor a 24 horas de publicada la notificación de adjudicación. La entidad licitante, responderá directamente en un plazo no superior a 2 días hábiles, mediante el sistema establecido en el portal de compras y contrataciones públicas www.mercadopublico.cl .
PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES, ERRORES, ACLARACIONES, Y ANTECEDENTES COMPLEMENTARIOS
Durante la evaluación de las ofertas, el servicio podrá solicitar o no aclaraciones referentes a las ofertas o la complementación de alguna información. Las aclaraciones que se pidan o que se den, o la información que se solicite o se acompañe, no podrán alterar elementos esenciales de la oferta o el precio de la misma, ni violar el principio de igualdad entre los oferentes y el de estricta sujeción a las Bases. El servicio podrá solicitar o no a los oferentes, que salven los errores u omisiones formales detectados en el acto de apertura o en el posterior proceso de revisión y evaluación de las ofertas, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a éstos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Asimismo, los oferentes podrán acompañar certificaciones o antecedentes (siempre que no se trate de documentos obligatorios) que hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Para los efectos referidos en este numeral, se otorgará un plazo fatal de dos días hábiles contado desde el requerimiento del servicio el que se informará a todos los oferentes a través del Sistema, para que el oferente subsane las omisiones. Los antecedentes referidos en los párrafos precedentes, deberán ser remitidos al servicio, a través del portal de Compras Públicas, utilizando la aplicación dispuesta en el portal.
DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
Resuelta la adjudicación de la oferta, se celebrará el contrato correspondiente, dentro del plazo señalado en letra B del anexo 13, contados desde la fecha de notificación de la Resolución de Adjudicación. Previo a la contratación el oferente adjudicado deberá hacer entrega del certificado F-30 emitido por la Inspección del Trabajo con una antigüedad no superior a 15 días contados de la fecha de suscripción del contrato. Posterior a la firma del contrato, el contratista deberá aceptar la orden de compra. En caso que el oferente adjudicado no se encuentre inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, www.chileproveedores.cl, deberá inscribirse en el plazo de 1 día hábil contados desde que el servicio le comunique la adjudicación de su oferta. De este modo, para proceder a la firma del contrato, el adjudicatario deberá encontrarse inscrito en el referido Registro de Proveedores. El contrato contendrá las cláusulas necesarias para el debido resguardo de los intereses del servicio, pudiendo contemplar especialmente las relativas al cumplimiento de las obligaciones laborales y de seguridad social entre el adjudicatario y sus dependientes. El adjudicatario estará especialmente obligado a: a. Responder por los servicios adjudicados, velando porque éstos cumplan con las características exigidas en las Bases y satisfagan los requerimientos de la licitación; b. Realizar las labores con personal de su exclusiva dependencia, el que deberá ser contratado de acuerdo con las normas del Código del Trabajo. Si fuere contratado lo será a su nombre, y será de su cargo y responsabilidad pagar las remuneraciones, las imposiciones previsionales y de salud, los seguros de accidentes y cesantía, pago de mutuales, gratificaciones y aguinaldos si proceden, impuestos y otros que se deriven de dicha relación laboral, de modo que el servicio no asume responsabilidad directa ni indirecta alguna por estos conceptos, sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley 20.123. Al respecto el servicio no tendrá más obligaciones al respecto que las señaladas en los artículos 183-B y 183-C, 183-D y 183-E, del mismo cuerpo normativo, incorporados por Ley N° 20.123.- c. Responder por todas las obligaciones que le impongan el contrato o las presentes Bases. d. Proporcionar a solicitud del servicio, en cualquier tiempo, los antecedentes que acrediten el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales para con su personal. e. Acreditar el pago de saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores y/o con los trabajadores contratados a contar del 19 de enero de 2008, si los hubiere, en los casos y forma previstos en el artículo 4 inciso segundo de la Ley 19.886. En caso que el adjudicatario no concurra a suscribir el contrato, en los plazos señalados al efecto por el servicio, se entenderá que éste no acepta la adjudicación, ante lo cual el servicio dictará resolución dejando sin efecto la adjudicación realizada, pudiendo esta misma adjudicar y suscribir el contrato respectivo con el oferente que hubiere ocupado el segundo lugar, el tercero o los siguientes en la evaluación, si el anterior no aceptara la adjudicación, o bien declarar desierta la licitación. Los oferentes ubicados en los lugares segundos, terceros o siguientes, en su caso, deberán cumplir con las mismas exigencias del adjudicatario original, dentro del plazo de 1 día corrido, contados desde que se le notifique la decisión de adjudicársele la licitación. Se deja constancia que Ley de Presupuestos de la Nación, en la glosa N° 7 de la Subsecretaria del Interior, señala que las resoluciones que autoricen gasto para emergencia serán de ejecución inmediata, indicando además que los contratos y órdenes de compra realizados por los servicio públicos y que se financien con cargo a recursos para atender situaciones de emergencia, como es caso de la presente licitación, podrán estar exentos del certificado de disponibilidad presupuestaria, y podrán llevarse a efecto de inmediato. En razón de lo anterior, la presente contratación se formalizará a través de la firma del respectivo de contrato, sin perjuicio de las regularizaciones posteriores, por lo que una vez disponibles los recursos por parte de la Subsecretaria del Interior, deberá emitirse el respectivo certificado de disponibilidad presupuestaria y emitirse en dicha oportunidad las respectivas órdenes de compra.
MULTAS POR INCUMPLIMIENTO.
El servicio podrá aplicar sanciones por incumplimientos del contrato, sean estos operativos, administrativos o graves, según describen estas bases; por servicios que no hayan sido efectivamente entregados, modificaciones no autorizadas en la entrega de los servicios, por no mantener documentación al día, denuncias canalizadas o efectuadas por las Municipalidades y/o Delegaciones Presidenciales respectiva o por otros hechos que provoquen retardos y/o paralización en su ejecución. Cualquier hecho que provoque retardo y/o paralización en el servicio, será sancionado con multas por cada incumplimiento. Las denuncias canalizadas o efectuadas por las Municipalidades/ Delegaciones Presidenciales, deberán cumplir con el formato de “Informe Infracción Servicio Distribución Agua Potable Rural” y “Declaración En Procedimiento Para Aplicación De Multas guía de Inspección”, según anexos N°11 y 12. a) Procedimiento para Aplicación de Multas: Detectada una situación que amerite la aplicación de multas por parte de la entidad licitante, la unidad y/oficina técnica respectiva o la Unidad de Administración, Adquisiciones y Servicios Generales, según corresponda, comunicará al Encargado/a del Departamento Jurídico o quien le subrogue indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen, según anexos N°11 y 12. Una vez recibidos los antecedentes, el Departamento Jurídico notificará al proveedor, personalmente o por correo electrónico, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar de la notificación de la comunicación precedente, el proveedor tendrá un plazo de cinco (5) días hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes, sin perjuicio de solicitar término probatorio Vencido el plazo sin presentar descargos, la Entidad dictará el respectivo acto administrativo aplicando la multa, si procediere. Si el contratista hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el servicio tendrá un plazo de treinta días hábiles a contar de la recepción de los mismos o desde la finalización del término probatorio si procediere, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante acto administrativo, el cual deberá ser notificado al proveedor por correo electrónico, personalmente o por carta certificada. Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de correos que corresponda. Contra la resolución que aplique la multa procederán los recursos establecidos en la Ley 19.880. b) Procedimiento de Cobro de Multas: La multa producirá sus efectos una vez resuelto los recursos pertinentes, o haya vencido el plazo de su interposición sin que se hayan presentados. Desde ese momento el proveedor se encontrará obligado al pago de la multa, si es que procediera, pudiendo pagarlas directamente a la cuenta que le indicará la encargada del Departamento de Administración y Finanzas en el plazo de 03 días hábiles de notificado. Si no fueren pagadas en el plazo, el monto de las multas será rebajado del estado de pago que la Entidad deba efectuar al proveedor en las facturas o boletas más próximas. De no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente, debiendo ser pagada dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación del requerimiento. El no pago de la multa, dentro de los plazos establecidos, facultará al servicio para requerir la ejecución de la garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato. Los montos percibidos por multas ingresarán al presupuesto del servicio. El tope máximo de aplicación de multas será de 150 U.T.M. Durante el periodo que transcurra entre la notificación y la aplicación de la multa respectiva, el proveedor estará obligado a prestar el servicio contratado y el organismo licitante por su parte, deberá pagar al prestador el servicio efectivamente realizado y para el que fue contratado. 1. Incumplimientos Administrativos Se entenderá por incumplimiento administrativo, el haber incurrido en alguna de las siguientes infracciones:  No mantener la documentación del vehículo al día, tales como permiso de circulación, revisión técnica al día, padrón del vehículo, etc. La documentación debe estar disponible en una carpeta en el vehículo aljibe de manera ordenada y limpia  No mantener de manera visible el logo de la Delegación respectiva, el que deberá tener un tamaño de 30 cm X25 cm. Además el camión aljibe debe contar con la leyenda “AGUA POTABLE PARA CONSUMO HUMANO”, de un tamaño de 25 cm cada letra, como mínimo, durante la prestación del servicio.  Utilizar el logo de Gobierno de Chile, señalado en el punto anterior, en otras actividades diferentes, a las reguladas en el presente contrato.  No mantener en el camión copia de documentación de trabajo, certificado de sanitización, etc.  Maltrato físico y/o verbal hacia el público en general y/o encargados municipales o supervisores del servicio por parte del proveedor, conductores o ayudantes, debidamente acreditado.  Licencia de conducir vencida de los conductores.  El aceptar y/o solicitar dádivas, debidamente comprobadas.  Realizar cambio de camión sin presentar solicitud y/o documentación del camión de reemplazo en tiempo y forma al servicio.  No ingresar por oficina de partes los finiquitos de los trabajadores desvinculados, como tampoco los contratos de los nuevos trabajadores, durante los 10 primeros días hábiles, desde la contratación o desvinculación del personal.  No entregar la información solicitada por el servicio en el plazo y forma otorgada para ello.  No mantener almacenado y a disposición del servicio los datos históricos del GPS.  No mantener a disposición del servicio, la información correcta del servicio GPS que permita monitorear en tiempo real a los vehículos aljibe y/o No mantener registro o no presentar informe del GPS, salvo autorización para no contar con ello.  No cumplir con el procedimiento de reemplazo de los camiones adjudicados, dispuesto en el punto 39 de las presentes bases.  No remitir a la Delegación Presidencial respectiva dentro de los 10 días corridos siguientes al término de cada mes que prestó el servicio, toda la documentación que le permita a dicha entidad validar la efectiva entrega del servicio contratado. Por haber incurrido en uno o más de los Incumplimientos Administrativos precedentemente descritos, el servicio podrá aplicar multas cuyo monto es de 1 U.T.M. por cada incumplimiento, conforme a lo dispuesto en ANEXO N° 9. La no mantención de la documentación del vehículo al día, obligarán al proveedor a suspender la ejecución del servicio del camión, y deberá utilizar el camión de reemplazo, mientras se regularicen las observaciones, sin perjuicio de los incumplimientos sancionables que ello signifique. 2. Incumplimientos Operativos Se entenderá por incumplimiento operativo, el haber incurrido en alguna de las siguientes infracciones:  No mantener elementos de seguridad en el camión.  No uso por parte del personal, choferes y/o ayudantes de los implementos de seguridad (overol de alta visibilidad de color amarillo flúor, zapatos de seguridad resistentes al agua, protector UV, guantes de seguridad).  No mantener contrato o registro de GPS mensual y/o No contar o mantener el GPS según las condiciones especificadas en el ítem 41.  No mantener al día la “Planilla Única de Registro de Entrega Diaria de Agua”, firmadas por los usuarios / beneficiarios, no actualizar o corregir georreferenciaciones, no corregir grupos familiares, falsear el volumen suministrado, etc.  Mantener un trato descortés con los beneficiarios, haciendo uso de insultos, amenazas, menoscabos, como también, agresiones físicas, estas debidamente denunciadas al Ministerio Público y corroboradas por un Certificado Médico de un centro asistencial público.  No contar con caudalímetro o que éste se encuentre en mal estado.  No contar con equipo analizador de cloro libre residual o que el mismo no esté en buenas condiciones.  No efectuar la Sanitización del mes asociado a la prestación del servicio, antes del quinto día hábil (inclusive) del mes, por una empresa acreditada para tal proceso, según periodo señalado en letra K de anexo 13.  No cumplir con algunas de las características descritas en el punto N° 38 “De los Camiones Aljibes”. Por haber incurrido en uno o más de los Incumplimientos Operativos precedentemente descritos, el servicio podrá aplicar multas por un monto de 5 U.T.M. por cada incumplimiento conforme a lo dispuesto para tales efectos en ANEXO N° 9. 3. Incumplimientos graves Se entenderá por incumplimiento grave, el haber incurrido en alguna de las siguientes infracciones:  Por infringir lo estipulado en el pacto de integridad contenido en el ANEXO N°5.  No cumplir con la distribución de los litros de agua que corresponda a cada beneficiario, según número de personas que compongan su núcleo familiar y que tengan misma residencia, en base a lo acreditado por la I. Municipalidad respectiva por medio de la Ficha Básica de Emergencia Hídrica (FIBE), listado que será entregado previamente por el servicio.  Usar el vehículo aljibe para otras actividades que no estén relacionadas con la entrega de agua potable.  Mantener trabajadores sin contrato vigente, cotizaciones previsionales impagas o desempeñando funciones relativas a la ejecución del servicio contratado, sin cumplir la normativa laboral vigente.  Conducción del vehículo en estado de ebriedad o bajo los efectos de las drogas, por parte del conductor, según parte de Carabineros durante la ejecución de los servicios.  Adulteración de los documentos asociados a los estanques o modificaciones no autorizadas a éstos.  Cualquier adulteración a los instrumentos de monitorios (GPS, odómetro, caudalímetro, medidor de cloración, etc.).  Que los estanques no cumplan con los requisitos técnicos y sanitarios para transportar el agua en condiciones que resguarden la salud de los usuarios, de acuerdo al Decreto N° 41 del Ministerio de Salud correspondiente al Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias Para La Provisión De Agua Potable Mediante El Uso De Camiones Aljibe.  Tres o más reclamos debidamente acreditados por el servicio, o 2 partes por exceso de velocidad de los camiones ofertados por el proveedor, durante la ejecución de los servicios.  Adulteración o Falsificación de documentación presentada en la cotización.  Cobrar dinero o especies a las personas beneficiadas con la distribución del agua potable.  Vender a terceros el agua potable destinada a las personas beneficiadas.  Utilizar una fuente de abastecimiento de agua potable distinta a la contratada previamente por la entidad licitante, mezclar agua de distintas fuentes de abastecimiento o cargar agua en días anteriores al día de entrega.  Utilizar el agua potable para fines distintos a los señalados en el presente contrato.  Adulterar el registro único de entrega de agua a beneficiarios o planilla de abastecimiento.  Si el prestador no renueva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.  Si el prestador realiza algún tipo de subcontratación o cede sus derechos sin autorización del servicio.  Cualquier cambio no autorizado de los estanques, por otros de menor calidad y capacidad que los ofertados.  Cualquier adulteración o falsificación de documentación pública o privada exigida en virtud de las presentes bases para el proceso de postulación, adjudicación, ejecución, validación y/o pago del servicio ejecutado. Por haber incurrido en uno o más de los Incumplimientos Graves precedentemente descritos, el servicio podrá aplicar multas cuyo monto es de 8 U.T.M. por cada incumplimiento, conforme a lo dispuesto en ANEXO N° 9.
TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
El servicio, mediante resolución fundada, podrá poner término anticipado al contrato, sin derecho a indemnización para el proveedor, en los siguientes casos: a) Resciliación o mutuo acuerdo de los contratantes. b) Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. c) Por exigirlo el Interés Público o la Seguridad Nacional. d) Si el contratista registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. e) En caso que de que el proveedor sea esta persona Natural, el fallecimiento del mismo. f) Reiteradas interrupciones del servicio (más de 7 % de los días del periodo contratado), que no sea imputable a caso fortuito o fuerza mayor g) Protagonizar accidentes de tránsito durante o con ocasión del servicio de distribución de agua potable, cuya causa basal sea la conducción bajo los efectos del alcohol, estupefacientes o exceso de velocidad, según parte (o informe) de Carabineros de Chile. h) Destinar o haber destinado el estanque del camión para transportar de combustibles, RILES, líquidos corrosivos, desechos o materias orgánicos, aguas servidas i) Distribuir agua que no reúna las condiciones de potabilidad y para consumo humano. j) Acumulación de 3 o más multas por incumplimientos graves durante el periodo del contrato. k) Acumular el tope máximo de aplicación de multas, equivalente a 150 U.T.M. Respecto de la causal contemplada en la letra c, bastará para poner término anticipado al presente contrato, la dictación de una resolución que funde la configuración de la causal expresada, resolución que se notificará personalmente o por correo electrónico al proveedor, se entenderá especialmente que existe el Interés Público cuando exista un restablecimiento operacional, ya sea del servicio sanitario rural afectado (APR) y acceso a fuente de agua potable en contexto de inaccesibilidad por déficit hídrico, como asimismo no exista para la provincia un decreto de catástrofe por sequía y/o decreto de escasez hídrica, vigente o en tramitación. - Procedimiento para poner término anticipado al contrato Detectada una situación que amerite poner término anticipado al contrato por parte de la entidad licitante Regional, la unidad/oficina técnica o la Unidad de Administración, Adquisiciones y Servicios Generales, según corresponda, comunicará al Encargado/a del Departamento Jurídico o quien le subrogue indicando la infracción cometida y los hechos que la constituyen. Una vez recibidos los antecedentes, el Departamento Jurídico notificará al proveedor, personalmente o por correo electrónico, indicando la causal para término anticipado al contrato, de acuerdo a las causales establecidas en las presentes bases de licitación y los hechos en que se funda. A contar de la notificación de la comunicación precedente, el proveedor tendrá un plazo de cinco días hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes, sin perjuicio de solicitar término probatorio Vencido el plazo sin presentar descargos, la Entidad dictará el respectivo acto administrativo para resolver. Si el contratista hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la entidad licitante tendrá un plazo de treinta días hábiles a contar de la recepción de los mismos o desde la finalización del término probatorio si procediere, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante acto administrativo, el cual deberá ser notificado al proveedor por correo electrónico, personalmente o por carta certificada. Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de correos que corresponda. Contra la resolución que aplique la multa procederán los recursos establecidos en la Ley 19.880. El término anticipado autorizará al servicio para hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato que se hubiere otorgado, cuando se produzca por alguna de las causales imputables al prestador, en los términos dispuestos por el artículo 72, del Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. Lo anterior, es sin perjuicio de las acciones administrativas que el servicio deba ejercer para velar por el interés fiscal y/o remitir los antecedentes al Consejo de Defensa del Estado para entablar las acciones judiciales que en derecho correspondan. El término anticipado será comunicado por escrito, mediante carta certificada, enviada al domicilio del oferente, con 10 días de antelación a la fecha en que se pondrá término a la relación contractual. Durante el periodo que transcurra entre la notificación del término anticipado del contrato y la nueva contratación del servicio, el proveedor estará obligado a prestar el servicio contratado y la entidad licitante por su parte, deberá pagar al prestador hasta el último día en que efectivamente realizó el servicio para el que fue contratado.
FORMA DE PAGO.
El procedimiento de pago se iniciará luego de que el servicio recepcione los fondos correspondientemente transferidos por la Subsecretaría del Interior y sólo una vez que servicio haya recibido conforme la información que el proveedor debe remitir para tal efecto. Todo pago se realizará en base a la oferta presentada por el proveedor contratado, previo descuento, en caso de existir un procedimiento de aplicación de multa concluido. Además, en caso de existir una aplicación de multa, con el procedimiento sancionatorio concluido, se descontará dicha sanción del monto a pagar. Facturación. El proveedor sólo podrá proceder a facturar una vez que se cumpla con los siguientes requisitos copulativos: 1. Que se encuentre validado por el servicio, a través del respectivo certificado de recepción conforme emitido por la unidad de emergencias, contingencias y seguridad pública la entrega del servicio según la programación de entrega de agua potable previamente pactada con el servicio. 2. Que el servicio haya emitido la respectiva orden de compra, compra y ésta haya sido aceptado en el Sistema de Compras Públicas por el proveedor adjudicado. El servicio no aceptará facturas antes de que se haya emitido la respectiva Orden de Compra, ni tampoco, cuando las facturas especifiquen servicios que no han tenido aún las respectivas validaciones previas, o que no coincidan con los servicios que previamente hayan sido validados por el servicio. ENVIO DE FACTURA Y DATOS DE FACTURACIÓN : Ver letra G de anexo 13 Asimismo, se deberá haber ingresado toda la documentación correspondiente para su revisión. Documentación anexa a facturación. El proveedor deberá acompañar, los siguientes documentos: 1. “Planilla Registro Entrega de Agua Beneficiarios” (Nómina de beneficiarios Original) atendidos por sector durante el mes correspondiente, firmadas en original por los beneficiarios o representante en ausencia (ver ANEXO N°2). Debe estar clara la fecha (día y mes) y las observaciones por ausencia del Titular. Documentos en original. Sólo se admitirán a revisión las planillas que se adjuntan en ANEXO N°2. En el caso de los APR, la ficha deberá ser suscrita por un representante de directiva del respectivo Comité, en representación de todos los beneficiaros conforme a formato “Planilla Registro Entrega de Agua Beneficiarios APR”, de ANEXO N°2. 2. Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales (F-30-1) del mes asociado al cobro, en que conste el pago de obligaciones previsionales y de remuneraciones, y detalle del personal contratado. 3. Certificado de Sanitización del mensual asociado al cobro de prestación del servicio, dejando claramente establecido que dicha sanitización se realizó antes del quinto día hábil (inclusive) del mes, por una empresa acreditada para tal proceso, según periodo señalado en letra K de anexo 13. 4. Certificado de contar con GPS obligatorio, además del repertorio de los registros obtenidos por el sistema de geolocalización durante el mes que se prestó el servicio. 5. Declaración Jurada simple mensual donde se individualiza los trabajadores que prestaron servicios, según formato dispuesto en ANEXO N°6. 6. Si existe cambio en el personal durante el mes informado, se deben adjuntar finiquitos del personal cesado. 7. Todos los antecedentes antes señalados deben presentarse en original, en un archivador, con oficio conductor donde se señale claramente su contenido además de llevar un folio de cada antecedente presentado. 8. Cualquier demora en la entrega de esta información, implicará un retraso en la revisión de antecedentes para el posterior pago, sin perjuicio de las multas que correspondan por la configuración de algún incumplimiento que estas bases disponen. En el evento que de la lectura de los documentos acompañados por el proveedor o bien de la revisión de otros medios idóneos, aparezca que el prestador mantiene saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, el servicio procederá de conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley N° 19.886, y quedará facultada para solicitar al prestador, la documentación referida a los pagos previsionales del personal contratado para este servicio, sin perjuicio de poder oficiar a la Dirección del Trabajo para que adopte las medidas fiscalizadoras necesarias. En el caso de la facturación del último mes del contrato, se deberá validar, además, el retiro de los logos en los camiones señalados en el Punto 38, letra g), de identificación del servicio, mediante una fotografía firmada por el referente del servicio. Este requerimiento no será exigible en el caso que exista una continuidad en la prestación. Es de responsabilidad del proveedor el retiro de los logos o distintivos institucionales.
RESPONSABLE DE LICITACIÓN Y CONTRAPARTE TÉCNICA DEL CONTRATO
Se designa como responsable y encargado del presente proceso de licitación, y de la custodia de los antecedentes presentados por los oferentes en soporte papel, el funcionario/o señalado en letra H del anexo 13 o su suplente. Asumirá la función de contraparte técnica del contrato, el funcionario señalado en la letra H del anexo 13 o su subrogante en el cargo, quien podrá delegar sus atribuciones en los funcionarios que se designen, en razón de la materia específica a tratar. Serán funciones de la contraparte técnica, entre otras, las siguientes: a) Coordinar las supervisiones controlar, y registrar el desempeño del prestador, velando por el estricto cumplimiento del contrato. b) Revisar los Informes de Beneficiarios (Fichas FibeH) y verificar entregas reales de agua de cada zona. De ser necesario un ajuste, en beneficio de una correcta satisfacción de demandas. c) Coordinar el cumplimiento de las acciones antes señaladas con los Departamentos y/o Unidades del servicio. Sin perjuicio de lo anterior, podrá ser asistido por otros funcionarios designados o contratados para el efecto como Inspectores Técnicos de Entrega (ITE), que fiscalizarán en terreno, las condiciones en las cuales se presta el servicio de distribución de agua. El servicio estará facultado para efectuar fiscalizaciones, a través de la ITC a la prestación del servicio por parte del proveedor, quien estará obligado a otorgar todas las facilidades para supervisar y controlar la mantención de todos los aspectos establecidos en el presente contrato. Los Municipios a través de sus funcionarios podrán fiscalizar en terreno las condiciones de distribución de agua. Por déficit de personal, el servicio podrá solicitar a otros organismos de la administración del Estado y/o contratar con terceros, labores tales como la recepción, recopilación, preparación, revisión de antecedentes, profesionales en materia de geomensura, estadística, auditorías externas y cualquier otra que estime necesaria para la mejor y más eficiente administración del servicio.
DE LAS MUNICIPALIDADES
Corresponde a las municipalidades realizar el catastro de hogares afectados bajo situación de déficit hídrico a través de la aplicación de la Ficha Básica de Emergencia Hídrica (FIBEH) mencionada en las presentes bases. Además, de las coordinaciones propias entre instituciones públicas.
SUPERVISIÓN E INSPECCIÓN.
La certificación del fiel cumplimiento del servicio prestado por cada contratista y la recopilación de la “Planilla Registro Entrega De Agua Beneficiarios” ó “Planilla Registro Entrega de Agua Beneficiarios APR” firmadas según sea pertinente, corresponderá al servicio y podrá efectuar supervisiones aleatorias en virtud de sus facultades pudiendo esto entonces ser condicionante del pago. El proveedor estará obligado a coordinar con el servicio, la determinación y actualización de los días de distribución de agua potable en cada sector y A.P.R, asimismo de las Rutas, frecuencia y horarios programados para tal efecto. De ello, deberá quedar constancia en acta suscrita por el proveedor y el encargado de la oficina de déficit hídrico del servicio. El proveedor, estará obligado a otorgar todas las facilidades para supervisar y controlar la mantención de todos los aspectos establecidos en el contrato. Asimismo, deberá corregir las observaciones que surjan de tales controles, dentro del plazo que se determine. La contraparte técnica del servicio además deberá cumplir las siguientes funciones: a) Velar por la correcta programación de la prestación del servicio. b) Determinar y coordinar los recorridos, frecuencias y beneficiarios de los camiones aljibes. (Camiones aljibes, Rutas, Sectores, frecuencia y horarios de entrega). c) Supervisar y dar curso a los informes de multas, cuando corresponda. d) Recepcionar y visar la “Planilla Única de Registro de Entrega Diaria de Agua” (Nómina de beneficiarios) firmadas por los beneficiarios, certificando recepción conforme del agua. e) Supervisar el estado del servicio, estado de las zonas beneficiadas y/o cualquier imprevisto o problema relacionado con el servicio descrito en el contrato. f) Supervisar el ciclo completo de entrega de agua, esto es:  Origen de la carga del agua.  Carga de agua del vehículo.  Camión aljibe prestador del servicio  Revisión del estanque del vehículo.  Ruta, Sectores y horarios de la prestación del servicio por el camión aljibe asignado.  Puntos de entrega del agua.  Kilometrajes recorridos por cada camión aljibe que desarrolle el servicio, determinándose los días de la ejecución de la entrega en las Rutas, Sectores, frecuencia y horarios programados, inclúyase a esto S.S.R. o APR. g) Realizar o solicitar a organismos pertinentes informes técnicos periódicos, que verifique rutas de los camiones, considerándose mantenciones a estos en especial en épocas de inviernos. h) Revisar la programación y frecuencia de la distribución del agua potable por medio de los reportes del conteo de los litros entregados por el proveedor a las familias beneficiadas, conforme a la planilla de registro único de entrega de agua potable, generando la debida certificación por medio del documento del ANEXO N°1.
IMPOSIBILIDAD DE SUBCONTRATACIÓN Y CESIÓN DE DERECHOS.
El contratista no podrá subcontratar, ni ceder ni traspasar derechos y/u obligaciones emanadas del contrato a terceros en caso alguno, ya sea parcial o totalmente. En todo caso, y sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley 20.123, será la empresa adjudicataria o su continuadora legal, la única responsable ante el servicio del cabal y oportuno cumplimiento de los servicios contratados, y deberá cumplir con los mismos requisitos señalados en estas bases para la empresa adjudicataria, especialmente aquellos previstos en los incisos sexto y séptimo del artículo 4° de la Ley N° 19.886. Excepcionalmente, el servicio podrá autorizar, previa solicitud del proveedor, que la prestación del servicio se efectúe con vehículos que no sean propiedad de la empresa, siempre y cuando cumplan con todas condiciones requeridas en estas bases, exista una relación contractual por leasing, arrendamiento o comodato.
INTERPRETACIÓN E INFORMACIÓN
Las presentes Bases Administrativas, las Bases Técnicas y el contrato respectivo se interpretarán en forma armónica, de manera que exista entre todos ellos la debida correspondencia. Todos los documentos relativos a la licitación se interpretarán siempre en el sentido de la más perfecta elaboración y ejecución de la propuesta, de acuerdo con las reglas de la ciencia y la técnica aplicables según sea el caso particular de que se trate. En caso de discrepancia en la interpretación, primará lo dispuesto en las Bases Técnicas o Administrativas por sobre lo establecido en la oferta del adjudicatario. Cualquier falta, descuido u omisión de los oferentes o adjudicatario en la obtención de información y estudio de los documentos relativos al proceso de licitación, no los exime de la responsabilidad de apreciar adecuadamente los costos necesarios para la elaboración y desarrollo de su propuesta o prestación del servicio. Por lo tanto, serán de su cargo todos los costos en que incurran para corregir faltas, errores, descuidos u omisiones resultantes de su análisis e interpretación de la información disponible o que se obtenga.
JURISDICCION
Las presentes Bases Administrativas, las Bases Técnicas y el contrato respectivo se interpretarán en forma armónica, de manera que exista entre todos ellos la debida correspondencia. Todos los documentos relativos a la licitación se interpretarán siempre en el sentido de la más perfecta elaboración y ejecución de la propuesta, de acuerdo con las reglas de la ciencia y la técnica aplicables según sea el caso particular de que se trate. En caso de discrepancia en la interpretación, primará lo dispuesto en las Bases Técnicas o Administrativas por sobre lo establecido en la oferta del adjudicatario. Cualquier falta, descuido u omisión de los oferentes o adjudicatario en la obtención de información y estudio de los documentos relativos al proceso de licitación, no los exime de la responsabilidad de apreciar adecuadamente los costos necesarios para la elaboración y desarrollo de su propuesta o prestación del servicio. Por lo tanto, serán de su cargo todos los costos en que incurran para corregir faltas, errores, descuidos u omisiones resultantes de su análisis e interpretación de la información disponible o que se obtenga.
PROPIEDAD INTELECTUAL.
El producto del trabajo que eventualmente desarrolle la empresa o sus dependientes, con ocasión del contrato, tales como obras audiovisuales, videogramas, informes u otros, serán de propiedad del servicio Coquimbo quien se reserva el derecho de disponer de ellos libremente, sin limitaciones de ninguna especie, no pudiendo la empresa, por tanto, realizar ningún acto respecto de ellos, ajeno al contrato, sin autorización previa y expresa del servicio
CONFIDENCIALIDAD
Toda información relativa al servicio o a terceros, que no sea de aquellas catalogadas como información pública al tenor de la Ley N° 20.285 a la que los oferentes y/o el adjudicatario tengan acceso con motivo de la presente licitación tendrá el carácter de confidencial. En consecuencia, dicha información deberá mantenerse en carácter de reservada, respondiendo la empresa de todos los perjuicios que se deriven de la infracción de esta obligación.
CONFIDENCIALIDAD
Toda información relativa al servicio o a terceros, que no sea de aquellas catalogadas como información pública al tenor de la Ley N° 20.285 a la que los oferentes y/o el adjudicatario tengan acceso con motivo de la presente licitación tendrá el carácter de confidencial. En consecuencia, dicha información deberá mantenerse en carácter de reservada, respondiendo la empresa de todos los perjuicios que se deriven de la infracción de esta obligación.
PACTO DE INTEGRIDAD.
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, tampoco intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
El servicio seleccionará a los proveedores de acuerdo al criterio de la mejor oferta, siempre y cuando se encuentre dentro de los topes presupuestarios máximos entregados, que está definido en las bases de la presente licitación y acorde al resultado de la evaluación de la propuesta. El proceso de evaluación contempla la revisión de las ofertas técnicas y económicas, debiendo cada uno de los criterios ser evaluado en forma independiente, en virtud de lo cual se le asignará el puntaje que corresponda de acuerdo a los criterios de evaluación
CRITERIOS DE DESEMPATE DE LAS OFERTAS
En el caso de que dos o más empresas se encuentren en una situación de empate en el puntaje final de la sumatoria de los criterios de evaluación, se procederá a reevaluar o desempatar, buscando aquel proveedor que haya obtenido mejor puntaje, en determinado criterio, según el siguiente orden de prelación: a) Precio propuesto. b) Año del camión ofertado. Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que se ingresó primero en el portal www.mercadopublico.cl
DESIGNACIÓN DE FACULTADES
Otorga facultad a la contratarte técnica indicado en la letra H del anexo 13 o a quien lo subrogue, , para que conteste las preguntas o consultas que se pudieren generar a propósito de la presente licitación, mediante el sistema de información dispuesto en el portal mercado público www.mercadopublico.cl y/o efectué las coordinaciones de gestión de las presentes bases, sin resolución o acto administrativo posterior, siempre que la respuesta no implique una modificación sustancial a las bases que se rigen al presente proceso licitatorio.
DEL SISTEMA DE GEOPOSICIONAMIENTO SATELITAL (GPS)
a) El o los proveedores, desde el inicio y durante todo el período que dure el servicio, deberán tener instalado y activo en los camiones, a su costo, un sistema de geoposicionamiento satelital (GPS), de empresa única, como medio de verificación que permita la supervisión de la ruta realizada diariamente, y corroborar si efectivamente el o los móviles de servicios de transportes de agua cumple(n) con el trazado de localidades establecidas. b) La plataforma GPS deberá permitir que los camiones aljibes sean monitoreados desde el servicio, según el procedimiento que se determine para tales efectos, debiendo el adjudicatario, mantener en su poder reportes mensuales del camión para su eventual fiscalización aleatoria, por lo que, al momento de firmar contrato, el transportista deberá adjuntar clave y antecedentes de éste. c) El sistema de monitoreo GPS deberá permitir el control en línea por parte de la Municipalidad beneficiada y la entidad licitante, debiendo visualizar un reporte, a lo menos, con los siguientes parámetros: 1. Fecha. 2. Hora salida. 3. Hora llegada. 4. Móvil placa patente. 5. Ver tramo diario (acceso a trazado en mapa). 6. Kilómetros recorridos diariamente. 7. Tiempo efectivo de trabajo. 8. Mapa de ruta del tramo o sector realizado diariamente. 9. Almacenamiento de datos históricos de a lo menos 8 meses. Además, el sistema GPS debe cumplir los siguientes requisitos técnicos: 1.- Equipo con señal 3g o 4g 2.- Sim Global multibanda (señal Movistar y Entel) 2.- Servicio comercial y técnico presencial es la región 3.- Transmisión de equipos, con un máximo de 20 segundos por transmisión. 4.- Plataforma ORVIS o similar. 5.-Creacion de informes de gestión a la medida del usuario. 6.-GPS con acelerómetro interno. 7,- Que tenga aplicación para celular y link web. 8.-Servicio de creación de geocercas.
OBLIGACIONES DE LOS PROVEEDORES.
En atención a que el servicio a contratar posee características esenciales, vitales, continuas y programadas, los proveedores deberán cumplir con las siguientes exigencias: a) Los proveedores deberán acompañar los documentos solicitados por la Delegación Presidencial, de no tener vínculo contractual ni personal, con dichas instituciones, previo a la firma del contrato respectivo. b) Los proveedores deberán mantener en sus vehículos los documentos que exige la Ley de Tránsito y la normativa laboral, capacitación al día según DS 41, además de certificado de sanitización del estanque otorgado antes del quinto día hábil del mes de servicio por una empresa acreditada y certificación de procedencia para la calidad del agua extraída o a transportar, según periodo señalado en letra K de anexo 13. c) Los proveedores deberán disponer de camiones de reemplazo para garantizar la prestación continua del servicio, en un plazo no superior a 24 horas, lo que debe ser solicitado por escrito al servicio. En caso de que el proponente oferte más de un camión, éste no podrá ser utilizado como camión de reemplazo. d) Será responsabilidad de los proveedores, mantener vigente el contrato con sus trabajadores, y al día el cumplimiento de todas las obligaciones laborales, remuneraciones, leyes sociales, etc. e) Todos los insumos, con excepción del agua, que se requieran para la prestación del servicio contratado serán de cargo del contratista, y deberán en perfecto estado de conservación, pudiendo ser requerido en una fiscalización. f) El agua a distribuir deberá tener las condiciones de agua potable, y para consumo humano, por tanto, el contratista deberá mantener el/los estanques en óptimas condiciones, sin filtraciones, debiendo contar con un comparador de cloro, que permita medir el nivel del clorado y el registro de muestreo correspondiente. g) El proveedor deberá proporcionar medios de prevención sanitaria para que el beneficiario firme la planilla de entrega diaria de agua potable, y certifique la recepción conforme. Será obligación del proveedor acreditar la recepción del agua con la firma del beneficiario. h) El proveedor deberá remitir a la Delegación Presidencial, a través de la oficina de partes del servicio, dentro de los 10 días corridos siguientes al término de cada mes que prestó el servicio, toda la documentación que le permita validar la efectiva entrega de litros de agua a beneficiarios que correspondan y conforme a lo programación acordada previamente. i) El contratista será el único responsable del pago de las cotizaciones de sus empleadores. j) El proveedor deberá mantener el estanque e implementos relacionados con la distribución de agua potable, según el reglamento sanitario vigente del Ministerio de Salud y cumplir todo lo señalado en el D.S. N°41 vigente desde el 8 de febrero de 2019. k) Al momento de la firma del contrato de esta prestación, en la unidad de Administración, Adquisiciones y Servicios, el proveedor deberá presentar copia legalizada de los contratos notariales con cada uno de los conductores y peonetas y/o ayudantes. l) El proveedor se ajustará a las condiciones de los puntos que la correspondiente empresa sanitaria habilite para la carga del agua potable, siendo costo del proveedor la tramitación operativa de desplazamientos hacia los puntos de carga, considerando periodo del año, mantención, fallas, indicaciones técnicas, etc. m) El proveedor informará mensualmente al servicio, sobre aquellas familias inscritas en la planilla de registro de entrega de agua potable y que por algún motivo no se encuentren recibiendo el beneficio, asimismo deberá informar si los beneficiarios no reciben el agua, dejando constancia del motivo
DEL REEMPLAZO DE LOS CAMIONES ADJUDICADOS
El o los proveedores contratados, al momento de presentar su propuesta económica según lo estructura el ANEXO N°10, deben comunicar vehículo aljibe de reemplazo, el cual debe estar a disposición desde el inicio del servicio para garantizar la prestación continua del mismo. a) El reemplazo temporal deberá ser solicitado por escrito ingresado en oficina de partes de este servicio o vía correo electrónico a la contraparte técnica de la entidad licitante, según letra H anexo 13, con copia a la encargada del departamento respectivo, adjuntando los documentos asociados al camión y estanque, tales como: 1. Padrón del camión. 2. Revisión Técnica vigente a la fecha de la solicitud de reemplazo del camión. 3. Permiso de Circulación vigente a la fecha de la solicitud de reemplazo del camión. 4. Certificado de Sanitización vigente a la fecha de la solicitud de reemplazo del camión. 5. Contrato de arriendo del camión de reemplazo en caso de no ser propiedad del proveedor adjudicado. 6. Contrato de GPS y claves de acceso del camión. 7. Certificado de automotora o servicio técnico, o declaración jurada simple del proveedor, que indique los plazos estimados para la reparación del camión adjudicado, en su caso. b) El reemplazo temporal del camión sólo podrá ser autorizado, por el encargado de la unidad técnica, hasta por 15 días hábiles, mientras se realiza la reparación del camión adjudicado. De no ser posible la reparación de éste en dicho plazo, podrá ser solicitada prórroga del plazo al servicio, por otros 15 días hábiles. c) El reemplazo definitivo deberá ser solicitado por escrito ingresado en oficina de partes de este servicio o vía correo electrónico a la al encargado/a de unidad técnica de la entidad licitante, según anexo 13, con copia a la encargada del departamento respectivo, en un plazo no superior a 72 horas de iniciado el reemplazo, y debe adjuntar los documentos asociados al camión y estanque asociado al vehículo: 1. Padrón del camión. 2. Revisión Técnica vigente a la fecha de la solicitud de reemplazo del camión. 3. Permiso de Circulación vigente a la fecha de la solicitud de reemplazo del camión. 4. Certificado de Sanitización vigente a la fecha de la solicitud de reemplazo del camión. 5. Contrato de GPS y claves de acceso del camión. 6. Certificado de automotora o servicio técnico, o declaración jurada simple del proveedor, que indique la inutilización permanente del camión adjudicado o cuya reparación requiera de un plazo mayor a 30 días hábiles. d) Se entenderá por inutilización permanente del camión contratado, aquel vehículo cuya reparación no pueda ser realizada en un periodo inferior a 30 días hábiles. e) El camión de reemplazo temporal o definitivo deberá cumplir con iguales o mejores características de funcionamiento que el camión contratado, según lo señalado en el punto N°38 De los camiones aljibes (año del camión, capacidad de estanque, plataforma tecnológica, etc.). f) La entidad licitante, autorizará el reemplazo temporal o definitivo del camión contratado, previo informe del funcionario encargado de la oficina de déficit hídrico, que acredite lo dispuesto en literal anterior. El reemplazo definitivo deberá ser aprobado mediante acto administrativo. Por motivos fundados en condiciones climáticas, geográficas, de emergencia, utilidad pública, catástrofe, o tipo de camino, el servicio podrá autorizar el reemplazo temporal de un camión, por otro que no cumpla todas las condiciones exigidas en las presentes bases.
DE LOS CAMIONES ALJIBES
Los vehículos deberán ser de una antigüedad no mayor a LOS SEÑALADOS EN LOS RESPECTIVOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN (en casos fundamentados los camiones de reemplazo pudiesen sobrepasar esa antigüedad), NO SE EVALUARAN OFERTAS CON VEHÍCULOS TITULARES CON UNA ANTIGÜEDAD MAYOR a la indicada en la letra I del anexo 13, POR LO QUE LA OFERTA SERÁ DECLARADA INADMISIBLE, con un estanque preferentemente de acero inoxidable, fibra de vidrio o similar una capacidad mínima requerida. En caso que se soliciten camionetas éstas deberán ser doble tracción (4x4) y la materialidad del estanque preferentemente fibra de vidrio, plástico de alta densidad u otro. Los vehículos deberán cumplir además las siguientes características: a) Habilitados para el servicio requerido y en buen estado mecánico y eléctrico. Si se constatare por el servicio, que el vehículo NO se encuentra en estado de prestar el servicio o en buen estado mecánico y/o eléctrico, en caso de corresponder, se comunicará al oferente para que lo corrija o remplace inmediatamente, conforme al procedimiento de remplazo contemplado en las presentes bases, y sin perjuicio de aplicar las multas pertinentes. b) El proveedor debe contar con servicio de GPS único para la totalidad de los camiones presentados en su oferta, de costo del operador, que cumpla con los objetivos y requerimientos establecidos en el ítem 41 de las presentes bases. Los datos necesarios para fiscalizar cada camión a través de la URL de GPS, deberán ser proporcionados a este servicio, con dos cuentas adicionales habilitadas para monitoreo en tiempo real. Los aljibes, mangueras u otros instrumentos o medios utilizados deberán estar sanitizados y certificados. c) Contar con caudalímetro que permita efectuar la contabilización de los metros cúbicos entregados, de lo que se deberá dejar constancias en las planillas de entrega de suministro. d) Tener asignado permanentemente un conductor, con su respectivo contrato. e) Cada camión debe contar con un Kit de análisis de cloro, que permita medir el nivel de clorado del agua que se transporta. f) Poseer teléfono móvil operativo, asociado al vehículo distribuidor de agua. g) Llevar el logotipo de servicio en ambas puertas delanteras, cuyo costo será del prestador del servicio, y/o cualquier otro logotipo solicitado por el servicio. Se prohíbe incorporar logotipos de otras instituciones sin previa autorización del servicio. Los logotipos solicitados deberán ser incorporados al vehículo dentro de los primeros 5 días hábiles del comienzo del servicio; teniendo presente el retiro de éstos al término del contrato. El mismo vehículo utilizado y certificado deberá contar, de manera visible con el logo del Gobierno de Chile y que lo identifique como un servicio de emergencia, el que deberá tener un tamaño de 30 cm X25 cm. Además, el camión aljibe debe contar con la leyenda “AGUA POTABLE PARA CONSUMO HUMANO”, de un tamaño de 25 cm como mínimo cada letra. Los logos no podrán ser utilizados en actividades distintas aquellas que son objeto del presente contrato, debiendo el proveedor tomar, los respectivos resguardos. El servicio podrá autorizar, fundado en condiciones climáticas, geográficas, de emergencia, utilidad pública, catástrofe, o tipo de camino, la utilización de camionetas o vehículos de una menor capacidad de distribución de agua y/o que no cumplan con todos los requisitos, debiendo en todo caso el vehículo cumplir, además de aquellas que habiliten su uso y conducción, con las condiciones de sanitización y elementos de seguridad de los trabajadores. Además de lo anterior, se deberá cumplir con las siguientes condiciones: a) El conductor del vehículo deberá estar en posesión de licencia profesional A4 o A5 b) La documentación habilitante para conducir el respectivo vehículo aljibe, deberá estar al día de acuerdo con lo que exige la Ley de Tránsito, tanto del camión, como la licencia de conducir del conductor. c) Para la prestación de los servicios contratados, el prestador del servicio dispondrá de camiones aljibe debidamente habilitados para el transporte de agua potable, los que serán conducidos por operadores u conductores contratados a su costa, dejando constancia que no tendrán dichos conductores u operadores vínculo alguno de subordinación o de dependencia, o de cualquier naturaleza con la entidad licitante, para todos los efectos legales. d) Los camiones propuestos para la prestación del servicio deberán ser preferentemente de propiedad del oferente, debiendo acompañarse en la oferta copia del Certificado de Dominio e Inscripción en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados, de cada Vehículo propuesto, con una antigüedad no superior a 30 días. En casos calificados el servicio, podrá acreditarse el dominio con otra documentación original y fidedigna. El servicio podrá autorizar, siempre que la prestación del servicio se efectúe con vehículos que no sean propiedad de la empresa, siempre y cuando cumplan con todas condiciones requeridas en estas bases y que exista una relación contractual por leasing, arrendamiento o comodato.
PROVISIÓN DEL SERVICIO
a) Los servicios se realizarán entre los días lunes y viernes incluyendo días feriados y festivos, entre las 08:00 a 20:00 horas. La programación del cumplimiento del servicio en la entrega, deberá ser coordinada con la entidad licitante dentro de los 5 días hábiles siguientes a la contratación del servicio, siendo responsabilidad del proveedor efectuar las coordinaciones pertinentes para la debida entrega dentro de los horarios habilitados. Sin perjuicio de lo anterior, se podrán convenir otros días y horarios a objeto de ajustarse a las necesidades de cada comuna, en virtud de la situación. El Proveedor, respecto de sus trabajadores, deberá procurar siempre respetar la legislación laboral vigente. b) El proveedor deberá entregar agua a los beneficiarios de las distintas localidades, al menos una vez por semana siendo su responsabilidad la entrega de la misma, de acuerdo a las coordinaciones efectuadas con por el servicio. Lo anterior según lo dispuesto en la circular n° 7 del año 2024, de la Subsecretaría del Interior o documento que la reemplace. c) El proveedor estará obligado a coordinar con el servicio, la determinación y actualización de los días de distribución de agua potable en cada sector y S.S.R/A.P.R, asimismo escuelas, jardines infantiles y Estaciones Médicas Rural, frecuencia y horarios programados para tal efecto. De ello, deberá quedar constancia escrita. d) Luego de coordinar con el servicio respectivo, camiones aljibes, rutas, sectores, frecuencia, días y horarios de distribución, el proveedor no podrá adelantar la distribución de agua potable, y será recuperada la distribución únicamente cuando medie causa fortuita o de fuerza mayor, sin perjuicio de las multas que correspondan a la distribución de agua que no se realizó y que se busca recuperar, y sólo se podrá realizar la paralización del servicio en feriados que hayan sido acordados y validados por la entidad licitante, lo que deberá constar en el acta respectiva. e) La optima programación y el desarrollo mismo de la ejecución de este servicio de distribución de agua potable será supervisado y ratificado por el servicio respectivo. El incumplimiento de la programación y entrega de litros de agua diariamente comprometidos, será sancionado de acuerdo al procedimiento de aplicación de multas dispuesto en las presentes bases. f) El servicio considera el abastecimiento de agua para consumo humano a nivel familiar, por lo que el agua distribuida deberá provenir de una fuente previamente informada por el servicio. g) El proveedor no podrá abastecerse de fuentes distintas a la señalada precedentemente, salvo que previamente el servicio informe por escrito una nueva fuente. Además el proveedor deberá abastecerse de agua potable el mismo día en que vaya a realizar la entrega de agua correspondiente debiendo, entregar la totalidad del agua cargada a los beneficiarios, no pudiendo realizar la carga en días anteriores a su entrega. h) Se podrá realizar la detención del servicio por parte del proveedor para realizar la mantención del vehículo 02 (dos) días al mes, previa coordinación y programación mensual entre el proveedor y el servicio. i) Los estanques de los vehículos aljibes a utilizar para el reparto, deberán ser preferentemente de acero inoxidable, fibra de vidrio o similar, sanitizados, según periodo señalado en letra K de anexo 13, debiendo exhibirse dentro el quinto día hábil del mes en prestación, la certificación de sanitización. El cambio no autorizado de los estanques, por otros de menor calidad que los ofertados y seguridad, será sancionado de acuerdo al procedimiento de aplicación de multas dispuesto en las presentes bases. j) Todo vehículo aljibe que opere en el servicio de distribución de agua, deberá ser de uso exclusivo para estos efectos, no pudiendo utilizar el mismo estanque para el transporte de agua que no cumpla con los requisitos establecidos por la autoridad sanitaria, disponer de una motobomba para la descarga del recurso, además de una manguera de nivel que permita medir el nivel de carga de los estanques. k) Los dispositivos o accesorios del vehículo aljibe, necesarios tanto para el llenado, como para la entrega de agua potable, deberán permitir un cierre adecuado, no debiendo presentar filtraciones o uniones defectuosas que signifiquen riesgos de contaminación. l) El proveedor deberá cumplir con la normativa vigente que regula la distribución de agua potable y su transporte mediante camiones aljibes, especialmente lo dispuesto en el Decreto N° 41 del Ministerio de Salud correspondiente al Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias Para La Provisión De Agua Potable Mediante El Uso De Camiones Aljibe, y se declara conocido por el proveedor. m) Los conductores y operadores deberán contar con la debida certificación para operar camiones aljibes emitida por la Seremi de Salud. n) La descarga de agua del vehículo aljibe debe ser directa a los contenedores, estanques o depósitos receptores. o) La prestación del servicio será realizada entre las 08:00 am. y las 20:00 pm. p) Todo costo referido a los vehículos utilizados para la prestación del servicio, tales como daños a terceros, reparación, pintura, mantención, resguardo y aparcamiento durante la jornada y fuera de ella, serán de cargo del adjudicatario. DETALLES PROVISIÓN DEL SERVICIO, SEGÚN; RUTAS, COMUNAS SECTORES Y DÍAS ESTÁ SUBORDINADO A PROGRAMACIÓN ACORDADA CON EL SERVICIO.
SECTORES AFECTADOS POR DÉFICIT HÍDRICO
Todos los camiones deberán tener como requisito, la capacidad de litros de acuerdo a la ruta a presentarse, según detalle de anexo 13. Este requisito es de capacidad mínima, no quiere decir que no puedan ser propuestos camiones de mayor capacidad. (*) Nada obsta en que el adjudicado durante la ejecución del servicio, en caso fortuito o fuerza mayor, previa autorización del servicio, utilice excepcionalmente de camionetas adaptadas para apoyar el trabajo de los camiones aljibe, las que deberán cumplir con los aspectos de geolocalización y precauciones sanitarios que se exigen a los camiones en los puntos 37 y 38 de las presentes Bases de Licitación. Lo anterior, considerando que lo contratado, y por ende remunerado, son camiones aljibe con la capacidad mínima de litros descrita en el punto 36 de las presentes Bases de Licitación. (**) La Comisión Evaluadora podrá, cuando las ofertas económicas inspeccionadas superaren el valor por camión dispuesto en la tabla del punto 36 señalado en anexo n° 13 de las presentes bases, proponer declarar desierta la adjudicación para la ruta de la comuna en que dicha circunstancia se configure, sin perjuicios de otras causales.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.