Licitación ID: 3453-90-LE24
ADQUISICION DE TENIDA CIVIL MASCULINA
Responsable de esta licitación: Dirección de Educación, Doctrina e Historia de Carabineros, Escuela de Formación Policial de Carabineros
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 187
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Productos o servicios
1
Trajes de hombre 417 Unidad
Cod: 53101902
 

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ADQUISICION DE TENIDA CIVIL MASCULINA
Estado:
Adjudicada
Descripción:
ADQUISICIÓN TENIDA CIVIL MASCULINA, PARA LOS CARABINEROS ALUMNOS DE LA ESCUELA DE FORMACIÓN DE CARABINEROS
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Dirección de Educación, Doctrina e Historia de Carabineros
Unidad de compra:
Escuela de Formación Policial de Carabineros
R.U.T.:
61.979.960-7
Dirección:
AVDA PEDRO AGUIRRE CERDA Nº6655
Comuna:
Cerrillos
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 28-10-2024 15:01:00
Fecha de Publicación: 18-10-2024 15:52:39
Fecha inicio de preguntas: 18-10-2024 20:01:00
Fecha final de preguntas: 22-10-2024 20:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 23-10-2024 20:01:00
Fecha de acto de apertura técnica: 28-10-2024 15:02:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 28-10-2024 15:02:00
Fecha de Adjudicación: 30-10-2024 19:14:21
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
ENTREGA DE MUESTRAS 25-10-2024 15:01:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Los antecedentes deberán ser presentados a través de la aplicación correspondiente de la plataforma www.mercadopublico.cl, y se deberá publicar los documentos requeridos y los que se estime pertinentes para la respectiva evaluación, así como: a) Anexo N° 3 Declaración Jurada Simple. b) Anexo N°4 Identificación del Oferente. Toda esta información deberá ser ingresada a través de la plataforma www.mercadopublico.cl, como documento(s) adjunto(s) en archivo de formato compatible con MS-Office, .pdf o .txt.
Documentos Técnicos
1.- Deberá ser presentada a través de la aplicación correspondiente de la plataforma www.mercadopúblico.cl, y se deberá publicar toda aquella información que permita evaluar la propuesta de acuerdo a lo especificado en las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos correspondientes. a) Anexo Nº 5, Plazo de Entrega. b) Anexo Nº 6 “Garantía”. c) Anexo Nº 7 “EE.TT.” (Especificaciones Técnicas). d) Anexo Nº 8 Entrega de Muestra. e) Anexo Nº9 Formulario Evaluación de muestra. Toda esta información deberá ser ingresada a través de la plataforma www.mercadopúblico.cl, como documento(s) adjunto (s) en archivo de formato compatible con MS-Office, PDF o TXT.
 
Documentos Económicos
1.- Deberán ser presentadas a través del sitio Web www.mercadopublico.cl. El precio deberá presentarse en moneda nacional (pesos), indicando el valor NETO, y además el valor total con IVA incluido (valor bruto), según Anexo Nº 2, por la totalidad de la adquisición. CONFORME A LO ANTERIOR, LOS OFERENTES DEBERÁN TENER PRESENTE QUE LOS VALORES OFERTADOS, NO CONSIDERARÁN REAJUSTES NI INTERESES DE NINGUNA NATURALEZA. Las ofertas que presenten los proponentes, deberán tener una vigencia de al menos 60 días corridos, a contar de la fecha de cierre de recepción de las ofertas. Se entiende que, por el solo hecho de presentar una oferta, si nada se dice a este respecto, el proponente le otorga la vigencia antes mencionada. La presentación y contenidos, tanto de la oferta económica, como de la oferta técnica, serán de responsabilidad del oferente. En caso de existir discrepancia entre el monto de la oferta economía ingresado en la plataforma de mercado público y el monto de la oferta económica ingresado en el anexo económico, se estará a lo señalado en este último.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Plazo de Entrega SEGUN ANEXO Nº 1 CRITERIOS Y METODOLOGIA DE EVALUACION 30%
2 Precio X= Precio mínimo ofertado * 100 /Precio Oferta X 20%
3 Calidad Técnica de los Bienes o Servicios SEGUN ANEXO Nº 1 CRITERIOS Y METODOLOGIA DE EVALUACION 30%
4 GARANTIA SEGUN ANEXO Nº 1 CRITERIOS Y METODOLOGIA DE EVALUACION 5%
5 Comportamiento contractual anterior SEGUN ANEXO Nº 1 CRITERIOS Y METODOLOGIA DE EVALUACION 15%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: PRESUPUESTO FISCAL
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: DIRECCION DE EDUCACION DOCTRINA E HISTORIA
e-mail de responsable de pago: decar.finanzas@gmail.com
Nombre de responsable de contrato: CAPITAN ALVARO URIBE BLATTER
e-mail de responsable de contrato: esfocarfinanzas@gmail.com
Teléfono de responsable del contrato: 56-22-9221380-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: DIRECCION DE EDUCACION DOCTRINA E HISTORIA DE CARABINEROS
Fecha de vencimiento: 17-02-2025
Monto: 5 %
Descripción: A. Según lo dispuesto en el artículo 37° del Decreto N° 250, mencionado en el numeral 4. de los Vistos, relativo al método de evaluación de las ofertas; “La Entidad Licitante deberá evaluar los antecedentes que constituyen la oferta de los proveedores y rechazará las ofertas que no cumplan con los requisitos mínimos establecidos en las Bases. La evaluación de las ofertas se efectuará a través de un análisis económico y técnico de los beneficios y los costos presentes y futuros del bien y servicio ofrecido en cada una de las ofertas. Para efectos del anterior análisis, la Entidad Licitante deberá remitirse a los criterios de evaluación definidos en las Bases. La Entidad Licitante asignará puntajes de acuerdo a los criterios que se establecen en las respectivas Bases. Los miembros de la comisión evaluadora, si existiera, no podrán tener conflictos de intereses con los Oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación. B. De acuerdo a lo establecido en el artículo 4°, No 7 inciso final de la Ley N° 20.730, mencionada en el numeral 5 de los "Vistos", "Se considerarán sujetos pasivos de esta ley los integrantes de las Comisiones Evaluadoras formadas en el marco de la Ley N° 19.886", sólo en lo que respecta al ejercicio de dichas funciones y mientras integren esas Comisiones". C. La necesidad de proceder a nombrar a los integrantes de la Comisión Evaluadora de esta entidad licitante, obedece al imperativo de satisfacer lo exigido en el artículo 37° del Reglamento la Ley de Compras, como asimismo, el artículo 4', No. 7 inciso final de la Ley N° 20.730, con el objeto que los lobistas y gestores de intereses particulares, para efecto transparencia, conozcan las personas integrantes de dichas comisiones y así puedan realizar sus actividades solicitando eventualmente la respectiva audiencia en el periodo que dichos sujetos pasivos mantengan esa calidad.
Glosa: 1. Circular Nro. 1867, de fecha 18.02.2022, de la Subdirección General de Carabineros, en el cual imparte instrucciones y deroga normativas referentes a las Comisiones Evaluadoras de Compras Públicas. 2. Lo señalado en la Ley N.º 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto fue aprobado por el D.F.L. Nº 1/19.653, publicado en el diario oficial de fecha 17.11.2001. 3. Los artículos 1º y 11º de la Ley N.º 18.928, que fija normas sobre Adquisiciones y Enajenaciones de Bienes Corporales e Incorporales Muebles y Servicios de las Fuerzas Armadas. 4. Lo dispuesto en el artículo 36º de Decreto Supremo N.º 95, del Ministerio de Hacienda, publicado en el Diario Oficial de fecha 22.07.2006, que aprueba el Reglamento de la Ley N.º 18.928 sobre Adquisiciones de Bienes Corporales e Incorporales Muebles y Servicios de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad. 5. Lo dispuesto en los artículos en la Ley 19.886 de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. 6. Lo establecido en la ley 21.634 moderniza la ley N° 19.886 y otras leyes, para mejorar la calidad del gasto público, aumentar los estándares de probidad y transparencia e introducir principios de economía circular en las compras del estado. 7. Lo prescrito en el artículo 37º y siguientes del Decreto N.º 250, publicado en el Diario Oficial de fecha 24.09.2004, del Ministerio de Hacienda, que aprobó el reglamento de la Ley N.º 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. 8. La Resolución Exenta N° 24 d fecha 12. De enero de 2023 determina Oficiales Generales, encargados de adquisiciones y otros sujetos pasivos para efectos de la ley 20.730 9. Lo dispuesto en el artículo 4º, N.º 7 de la Ley N.º 20.730, que regula el Lobby y Gestiones que representen intereses particulares ante las Autoridades y funcionarios. 10. Lo establecido en la Resolución N.º 7, de fecha 26.03.2019 de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón y determina los montos en Unidades Tributarias Mensuales, a partir de las cuales los actos que se individualizan quedarán sujetos a toma de razón y a controles de reemplazo cuando corresponda, respectivamente. 11. Lo establecido en la Resolución Nº 14, de fecha 29.12.2022, publicada en el Diario Oficial, el 09.01.2023, de la Contraloría General de la República, que determina los Montos en Unidades Tributarias Mensuales, a partir de los cuales los actos que se individualizan quedarán sujetos a toma de razón y a controles de reemplazo cuando corresponda, la segunda. 12. La Orden General Nro. 2.910 de fecha 04.02.2022, de la Dirección Nacional de Apoyo a las Operaciones Policiales, que aprueba el manual de procedimiento de adquisición para las unidades de compra de Carabineros de Chile. 13. La Orden de traslado Nº35, de fecha 08.02.2024, de la Dirección Nacional de Personal, mediante el cual se dispone el traslado del Teniente Coronel Sr. Jaime Alejandro Parraguez Robles a la Escuela de Formación de Carabineros, al, quien asume como Director Titular. 14. La Resolución Exenta Nº xxx de fecha xx.xx.2024 de la Escuela de Formación de Carabineros que llama a licitación pública y Aprueba Bases y Anexos de licitación, para la ADQUISICIÓN DE TENIDA CIVIL MASCULINA, PARA LOS CARABINEROS ALUMNOS DE LA ESCUELA DE FORMACIÓN DE CARABINEROS. 15. El acta de apertura electrónica de las Ofertas, del proceso Licitatorio.
Forma y oportunidad de restitución: I.- DESIGNASE, como integrantes de la Comisión Evaluadora de esta entidad licitante para el presente proceso de licitación, a las siguientes personas: 1.-Teniente Cesar Méndez Reyes, RUT 17.854.773-K. 2.-Teniente Mónica Garrido Quezada, RUT 19.904.799-K 3.-Cabo 1º Andrés Ortiz Astete, RUT 17.548.716-6 . II. PUBLÍQUESE, la presente Resolución en el Sistema de Información de portal www.mercadopublico.cl, como también en el sitio web institucional www.carabineros.cl, en el link de Gobierno Transparente, Ley de Lobby, para efectos de dar cumplimiento a la obligación de transparencia activa señalada en la Ley N° 20.730. III. REMITASE, copia de la presente Resolución al Departamento de Información Pública y Lobby de la Subcontraloría General de Carabineros, para los efectos indicados en el numeral anterior.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “ REQUERIMIENTOS TÈCNICOS”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “PLAZO DE ENTREGA”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio "OFERTA ECONOMICA” y, finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio" COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL”.
Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.