Art.60º. Ante una igualdad de puntaje en la evaluación final de las ofertas, se aplicará los siguientes criterios de DESEMPATE:
ü 1º por Mejor Entrevista Personal.
ü 2º por Mejor Oferta Técnica.
ü 3° por Mejor Oferta Económica.
ü 4° por resolución fundada del Sr. Alcalde, en virtud de quien resguarde de mejor manera los intereses municipales.