Resolución de Empates |
De producirse empates, la adjudicación se resolverá conforme al criterio cuyo puntaje sea el mayor, de acuerdo al siguiente orden de precedencia:
- Criterio “Precio”
- Criterio “Plazo de ejecución de los trabajos”
- Criterio “Experiencia en el servicio requerido”
En caso de persistir el empate, no obstante, lo dispuesto anteriormente, la licitación será declarada desierta.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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DE LOS PARTICIPANTES |
Podrán participar en esta propuesta todas las personas naturales o jurídicas, así como las Uniones Temporales de Proveedores en adelante UTP nacionales o extranjeras, a través de sus representantes con domicilio en Chile, que no se encuentren afectadas por alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad para contratar con la Administración del Estado y que cumplan todos los requisitos establecidos en las presentes bases administrativas.
Artículo 5°: Los oferentes, al momento de presentar sus propuestas, deberán adjuntar a través del sistema de información, los siguientes antecedentes:
1. Tratándose de personas naturales no inscritas en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de Administración:
a) Fotocopia de la cédula nacional de identidad.
b) Fotocopia de la iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos
Internos.
c) Declaración jurada simple para personas naturales conforme al Sistema
Electrónico.
2. Tratándose de personas jurídicas no inscritas en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración:
a) Fotocopia del RUT de la empresa.
b) Fotocopia de la iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos
Internos.
c) Declaración jurada simple para personas jurídicas conforme al Sistema
Electrónico.
d) Certificado, emitido por el Registro de Comercio respectivo, con una
antigüedad no superior a 60 (sesenta) días corridos a la fecha de presentación de la oferta, u otro documento que acredite legalmente, la vigencia de los poderes o sociedad, como a continuación se detalla:
1) Certificado de poder de representante legal vigente.
2) Certificado de vigencia de la sociedad o persona jurídica.
3. Las UTP, además deben adjuntar a su oferta el documento público o privado que dé cuenta del acuerdo para participar de esta forma. En dicho documento se deberá establecer, además, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad, y se deberá nombrar un representante o apoderado común con poderes suficientes.
La vigencia de la UTP no podrá ser inferior a la del contrato. A su vez, cada integrante de la UTP deberá presentar la siguiente documentación:
a) Declaración jurada simple conforme al Sistema Electrónico, según sea el caso, a fin de acreditar que no se encuentran afectos a alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad para contratar con los organismos del Estado.
b) Fotocopia del Rut de las instituciones participantes en la UTP.
c) Fotocopia de la cédula de identidad del representante o apoderado común de la UTP.
d) Certificado de vigencia de todas las instituciones participantes en la UTP, emitido por el registro de Comercio competente, u otro documento que acredite legalmente esa circunstancia, con una antigüedad no superior a 60
(sesenta) días corridos a la fecha de presentación de la oferta.
4. Para aquellos participantes que se encuentren hábil o inscritos en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración, "Chile proveedores", sólo se exigirá para ofertar su estado "hábil" en el referido Registro, siempre y cuando los antecedentes respectivos, señalados precedentemente, se encuentren disponibles en el portal en las condiciones y plazos previamente establecidos en estas bases.
Será de exclusiva responsabilidad de los oferentes cerciorarse que los referidos antecedentes se encuentren disponibles en el citado portal y que cumplan con los requisitos solicitados.
En caso que el proveedor adjudicado, no se encuentre inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores, "Chile Proveedores", deberá proceder a su inscripción dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles contados desde el acto de adjudicación, requisito indispensable previo a suscribir el contrato y/o emitir la orden de compra. Tratándose de una UTP, cada proveedor integrante de la misma, deberá proceder a su inscripción en los términos señalados.
Artículo 6°: Los oferentes podrán presentar sus ofertas en soporte papel y en conformidad a lo dispuesto y bajo las circunstancias señaladas en el artículo 62°, del DS N.º 250 del Ministerio de Hacienda de 2004.
En tal sentido, los oferentes que requieran acogerse a dicho artículo, deberán acreditar la imposibilidad de realizar la oferta mediante el sistema de información, en cuyo caso para presentar dicha oferta no se modificará por dicha circunstancia, en caso de que uno o más oferentes se acojan a lo señalado precedentemente, tendrán los mismos plazos en días y horarios estipulados en las presentes bases de licitación y en el Anexo B “Cronograma de la licitación”, debiendo presentar toda su documentación en un sobre, junto a ello deberá presentar una hoja en duplicado con la información que contiene el sobre (índice) el cual deberá ser firmado con nombre, R.U.T y fecha, por el representante legal y el Supervisor de Mercado Público de la unidad licitante, con la hora y fecha exacta en la cual se realizó la entrega por parte del oferente.
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DE LAS DISPOSICIONES GENERALES |
Artículo 7°: El proveedor asumirá todos los gastos y responsabilidades, relacionados con las gestiones administrativas y riesgos de llevar a cabo los servicios solicitados.
Las ofertas, documentos y correspondencia relativa a la licitación que intercambie el proponente y el Comando de Industria Militar e Ingeniería deberán redactarse en idioma español.
Artículo 8°: Los oferentes participantes en la presente propuesta estarán obligados a cumplir con los requisitos que se detallan en las presentes bases administrativas, bases técnicas, anexos y aclaraciones, los cuales forman parte integrante de estas bases.
Artículo 9°: El presupuesto para la presente contratación asciende a la suma total de $14.245.000.- (catorce millones doscientos cuarenta y cinco mil pesos) impuestos incluidos.
Todo proponente, cuya oferta exceda el presupuesto disponible para la presente contratación, no será evaluado y será declarada inadmisible su oferta.
Ello sin perjuicio de la facultad de corregir errores meramente formales de conformidad a lo establecido en las presentes bases.
Artículo 10°: Orden de compra: La contratación del Servicio de ejecución de cortafuegos preventivos, que considera descarpe, despeje, limpieza, poda y corte de matorrales en el Predio Militar “Lo Aguirre”, perteneciente al Patrimonio de Afectación Fiscal del Comando de Industria Militar e Ingeniería, el que se encuentra ubicado en ruta 68 kilómetro 20, comuna de Pudahuel, ciudad Santiago, Región Metropolitana, se materializará a través de la emisión y aceptación de la orden de compra.
Artículo 11°: Toda consulta o aclaración a las presentes bases administrativas, bases técnicas o informaciones adicionales que requieran los oferentes, deberán efectuarse sólo a través del sistema de información y dentro del plazo dispuesto en anexo B, “Cronograma de Licitación”, las que para todos los efectos legales forman parte integrante de estas bases.
Las respuestas se pondrán a disposición de todos los proponentes, mediante el sistema de información, el día indicado en anexo B “Cronograma de Licitación”.
Artículo 12°: La entidad licitante podrá modificar las bases administrativas, sus anexos y plazos de licitación hasta antes de la fecha de cierre de recepción de las ofertas. Respecto de la modificación de las bases administrativas, técnicas y sus anexos estos serán modificados por medio de resolución fundada y publicadas en el portal de Mercado Público, en el sitio www.mercadopublico.cl, considerándose un plazo prudencial para que los oferentes interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones.
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PACTO DE INTEGRIDAD |
Artículo 13°: El oferente declara que por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación. Asimismo, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación. Asumiendo, expresamente los siguientes compromisos:
a) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder premios, dádivas o pagos, cualquiera sea su naturaleza tipo y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución del o los contratos que eventualmente se deriven de la misma.
b) El oferente se obliga a revisar y verificar toda información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
c) El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
d) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma, en las condiciones y oportunidades ofertadas.
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DE LA PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS |
Se entenderá que, por la presentación de una propuesta, el proponente conoce y acepta irrevocablemente el contenido de las bases administrativas, técnicas, anexos y aclaraciones.
Artículo 15°: Propuesta económica: Los oferentes deberán presentar su propuesta económica mediante modelo de anexo A “Formato de oferta económica” o similar, a través del sistema de información, dentro del plazo contemplado para el cierre de la presente propuesta según lo dispuesto en anexo B “Cronograma de Licitación”, debiendo considerar en el precio de la oferta, todos los costos necesarios, para dar cumplimiento a lo solicitado.
En caso de discordancia entre el anexo A y el comprobante de Ingreso de la Oferta, primará lo ofertado en el Anexo A o similar.
Artículo 16º: Se rechazarán en el acto de apertura de la licitación, aquellas propuestas que no cumplan en general, con los requerimientos establecidos en las presentes bases administrativas, técnicas y anexos, declarándose inadmisibles.
Las ofertas deberán formularse en forma pura y simple, no sujetas a modalidad en idioma español, manteniendo su vigencia, por el plazo de 60 (sesenta) días corridos contados desde la fecha de su presentación en el Sistema de Información.
Sin perjuicio de lo anterior, durante el período de evaluación, el Comando de Industria Militar e Ingeniería podrá solicitar a los oferentes aclaraciones o bien, que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando estas circunstancias no les confieran a dichos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información (artículo 40° del Reglamento Complementario de la Ley N.º 19.886).
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DE LA ADJUDICACIÓN |
°: El Comando de Industria Militar e Ingeniería, podrá declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resultaren convenientes a sus intereses.
Asimismo, podrá declarar inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplieren con los requisitos establecidos en las presentes bases administrativas y técnicas.
La entidad licitante se reserva el derecho a declarar desierta la licitación, si en el resultado de la evaluación técnica y/o económica, se concluye que NINGUNA DE LAS OFERTAS representan o sirven a los intereses institucionales descritos en las presentes bases, esto se informará por medio de una Resolución Fundada que así lo disponga la cual será publicada en el Sistema de Información. Por este hecho los oferentes no tendrán derecho a ningún tipo de indemnización o de reclamar alguna reparación, además también se declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas.
Artículo 18º: Criterios de Evaluación: Para la evaluación de las ofertas se aplicarán los siguientes criterios, con sus respectivos puntajes y ponderaciones:
NRO. ITEM PONDERACIÓN
1 Precio 45%
2 Plazo de ejecución de los trabajos 30%
3 Experiencia del servicio requerido 25%
TOTAL 100 %
Precio = 45 % (máximo puntos 45)
El presente criterio, se evaluará de conformidad al precio ofertado con IVA incluido por los proponentes y se evaluará de la forma siguiente:
(Menor precio ofertado/oferta evaluada) x 45
Ejemplo:
Oferta proveedor A: $ 13.000.000 (menor precio ofertado)
Oferta proveedor B: $ 14.000.000
Oferta proveedor C: $ 14.250.000
Cálculo de puntaje de acuerdo a las ofertas:
Proveedor A: (13.000.000/13.000.000) x 45 = 45,00 puntos
Proveedor B: (13.000.000/14.000.000) x 45 = 41,78 puntos
Proveedor C: (13.000.000/14.250.000) x 45 = 41,05 puntos
Todo proponente, cuya oferta exceda el presupuesto disponible para la presente contratación, no será evaluado y será declarada inadmisible su oferta, conforme a lo estipulado en el Artículo 9°, de las presentes bases.
Plazo de Ejecución de los Trabajos = 30% (máximo puntos 30)
El presente criterio se evaluará otorgando mejor puntaje a quien oferte la cantidad mínima de días hábiles administrativos para la ejecución del servicio solicitado a partir de la aceptación de la orden de compra.
La cantidad de días hábiles administrativos a ofertar se entenderá de lunes a viernes.
La cantidad máxima de días a ofertar para realizar la ejecución del servicio será de 10 (diez) días hábiles administrativos, de existir propuestas que se encuentren superior a este rango se considerarán inadmisibles, por constituir el presente un requisito excluyente.
El criterio será evaluado de acuerdo a la siguiente fórmula:
(Menor cantidad de días hábiles ofertados/oferta evaluada) x 30= puntaje obtenido.
Ejemplo:
Oferta proveedor A: 10 días hábiles administrativos
Cálculo de puntaje de acuerdo a las ofertas:
Proveedor A: (10/10) x 30 = 30 puntos
Experiencia del servicio requerido= 25 % (máximo puntos 25)
El presente criterio, se evaluará conforme a la experiencia del oferente en tenor del servicio solicitado, considerando trabajos realizados en el rubro, durante los últimos 04 (cuatro) años (2021, 2022, 2023 y 2024). Máximo 05 (cinco) facturas por año. Si presenta facturas de un año o rubro, que no sea el que corresponde no se considerará el servicio realizado de ese año.
Lo anterior se acreditará mediante facturas, el cual deben incluir toda la información necesariamente contemplada al rubro o servicio requerido, si no indica información del servicio ejecutado o no corresponde a esa clase de servicios según calificación que haga la entidad licitante, no se considerará en la evaluación.
Ejemplo:
Si el oferente presenta 05 (cinco) facturas, pero solo 02 (dos) facturas correspondan al rubro o servicio requerido, solo se considerarán las 02 (dos) facturas.
Este criterio se evaluará de acuerdo a la siguiente tabla:
Porcentaje:
- 5 o más servicios realizados 25 %
- Entre 4 y 3 servicios realizados 15 %
- Menos de 3 servicios realizados 05 %.
- No informa, no acredita y/o no indica 0%.
De producirse empates, la adjudicación se resolverá conforme al criterio cuyo puntaje sea el mayor, de acuerdo al siguiente orden de precedencia:
1. Criterio “Precio”
2. Criterio “Plazo de ejecución de los trabajos”
3. Criterio “Experiencia en el servicio requerido”
En caso de persistir el empate, no obstante, lo dispuesto anteriormente, la licitación será declarada desierta.
Artículo 19°: El Comando de Industria Militar e Ingeniería, adjudicará la propuesta más ventajosa, de conformidad con los criterios de evaluación establecidos en las presentes bases administrativas y al acta de evaluación, mediante acto administrativo, debidamente notificado al adjudicatario y al resto de los oferentes, a través del sistema de información.
La presente licitación será adjudicada en la fecha señalada en el anexo B “Cronograma de Licitación”, no obstante, se podrá cambiar esta fecha por motivos debidamente justificados, la que deberá ser autorizada y comunicada a los participantes mediante Resolución Fundada, a través del sistema de Compras Públicas.
Artículo 20°: Si el oferente adjudicado no acepta la orden de compra dentro del plazo de 24 horas desde su notificación por el sistema, se entenderá que dicho proveedor no tiene interés en contratar con la Institución, pudiendo dejar sin efecto la adjudicación, y adjudicarse al oferente que haya obtenido mejor puntaje en la evaluación propuesta y así sucesivamente.
Artículo 21°: Asimismo, procederá la readjudicación si el adjudicatario fuere inhábil en los términos previstos en la Ley, al momento de la emisión de la orden de compra. En el caso que el adjudicatario sea una UTP y alguno de sus integrantes estuviera afecto a alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad, se deberá informar dicha situación por escrito, dentro del plazo de 3 días hábiles, señalando además si se desiste o si decide igualmente ejecutar la contratación adjudicada con la integración del resto de sus miembros, siempre que estos fueren hábiles. En el caso de no informar lo anterior o de no manifestar su intensión de desistirse, la licitación será readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado de acuerdo al procedimiento establecido en el artículo anterior.
De igual forma, si se produce el retiro de alguno de los miembros de la UTP y su integración no cumple con el mínimo de los integrantes para su funcionamiento, o el integrante que se retira es alguno de los hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, la adjudicación será dejada sin efecto y se readjudicará de acuerdo a los términos señalados en el artículo precedente.
CONSULTA RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN
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CONSULTA RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN |
: Una vez realizada y publicada la adjudicación, y en caso que los oferentes quieran aclarar aspectos de la misma, podrán comunicarse vía correo electrónico y exclusivamente para estos efectos a la casilla mercadopublico.cimi@ejercito.cl, ello en un plazo de hasta 02 (dos) días hábiles, contados desde fecha de la resolución de adjudicación.
Dichas aclaraciones, tanto preguntas como respuestas serán publicadas como anexos a la licitación, por medio de Resolución Fundada y subida al Sistema de Información.
La entidad licitante se reserva el derecho de visitar las dependencias de los oferentes durante el proceso de adjudicación, para verificar su capacidad, tecnología en uso, mano de obra utilizada y otros aspectos de interés para la Institución, indistintamente de los Criterios de Evaluación establecidos en las presentes bases.
Artículo 23º: El adjudicatario, en su calidad de empleador será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del código del trabajo y leyes complementarias, leyes sociales de previsión de seguros, enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.
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DE LAS MULTAS |
Multas por atraso de la entrega de los trabajos.
Artículo 24º: En el caso que el proveedor adjudicado incurra en atrasos en la ejecución del Servicio de ejecución de cortafuegos preventivos, que considera descarpe, despeje, limpieza, poda y corte de matorrales en el Predio Militar “Lo Aguirre”, salvo caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditado, se le cursará una multa por día hábil de atraso, correspondiente al 2% (dos por ciento), del valor total de la orden de compra, hasta alcanzar un máximo del 10% (diez por ciento), en cuyo caso se pondrá término anticipado a la contratación.
Para estos efectos los días se considerarán días hábiles administrativos.
En caso de atraso, se aplicará el procedimiento contemplado en el Articulo N.° 32 de las presente bases, una vez notificada la resolución de aplicación de multa, el proveedor adjudicado, tendrá el plazo de 05 (cinco) días hábiles, para pagar el monto a que ascendiere la multa, mediante vale vista, extendido a nombre del Comando de Industria Militar e Ingeniería, RUT N.° 61.101.054-0, con el carácter de irrevocable y de realización inmediata.
Si el proveedor adjudicado no da cumplimiento al pago de la multa dentro del plazo de 05 (cinco) días hábiles, establecido en el párrafo anterior, el monto de las multas será rebajado del pago más próximos y de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente, o podrá ser rebajado de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento al contrato, si la hubiere.
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FUERZA MAYOR |
El Comando de Industria Militar e Ingeniería y el proveedor adjudicado no serán responsables en caso de demora o tardanza en la ejecución de sus obligaciones contractuales debido a hechos independientes de su voluntad, considerados como fuerza mayor o caso fortuito, definidos como tales por el artículo 45° del Código Civil de la República de Chile.
La parte afectada notificará, por escrito, a la otra parte, dentro de los 5 (cinco) primeros días de acaecido el hecho, explicando lo ocurrido, cuando la parte afectada por la fuerza mayor o caso fortuito sea el Comando de Industria Militar, esta situación constará a través de resolución fundada, en la cual se informará la medida a adoptar, entendiéndose, solo por el hecho de notificar esa resolución que los hechos son constitutivos de fuerza mayor o caso fortuito.
El escrito del proveedor adjudicado, deberá contener los fundamentos y antecedentes en que consten los hechos que constituyen la fuerza mayor o caso fortuito invocado, acompañando los correspondientes documentos y/o certificados de respaldo, para mejor resolver.
La calificación de la fuerza mayor o caso fortuito, corresponderá resolverla, mediante Resolución Fundada, al Comando de Industria Militar e Ingeniería, en base a los antecedentes que oportunamente le proporcione el proveedor y/o aquellos otros que obtenga de terceros, o sean de conocimiento público.
La parte que no pudiere cumplir con sus obligaciones procurará atenuar los daños y cumplirá con aquellas tan pronto como finalicen los hechos que dieron lugar a la causa de fuerza mayor.
De producirse alguno de los eventos antes mencionados, el plazo de entrega del Servicio de ejecución de cortafuegos preventivos, que considera descarpe, despeje, limpieza, poda y corte de matorrales en el Predio Militar “Lo Aguirre”, perteneciente al Patrimonio de Afectación Fiscal del Comando de Industria Militar e Ingeniería, el que se encuentra ubicado en ruta 68 kilómetro 20, comuna de Pudahuel, ciudad Santiago, Región Metropolitana, se entenderá suspendido por el tiempo que dure tal evento. En estos casos no regirá la aplicación de multas.
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ORDEN DE COMPRA |
Tipo de contrato: El proveedor y el Comando de Industria Militar e Ingeniería formalizará la contratación del Servicio de ejecución de cortafuegos preventivos, que considera descarpe, despeje, limpieza, poda y corte de matorrales en el Predio Militar “Lo Aguirre”, perteneciente al Patrimonio de Afectación Fiscal del Comando de Industria Militar e Ingeniería, mediante la emisión y aceptación de la orden de compra, haciéndola esta de contrato, por tratarse el presente proceso de la contratación de servicios estándar de simple y objetiva especificación y por corresponder a un monto de contratación superior a 100 UTM e inferior a 1000 UTM de conformidad a lo establecido en el art 63. del reglamento de la ley N°19.886.
Asimismo, se entenderá incorporada a la orden de compra, sin necesidad de mención expresa, la totalidad de obligaciones y derechos conferidos al proveedor adjudicado y a la entidad licitante, de conformidad a lo señalado en las presentes bases y su oferta, y en especial aquellos referidos, a multas, garantías, termino anticipado, entre otros.
Artículo 27°: Las partes podrán acordar modificaciones a la presente relación contractual, después de su entrada en vigor, debiendo dichas modificaciones contar con un Addendum escrito, que debidamente firmado por las partes, pasará a formar parte integrante del presente contrato, si dichas modificaciones se amplían o extienden los servicios requeridos.
En tal caso, no podrá alterarse la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30 % del monto originalmente pactado.
Artículo 28°: La relación contractual tendrá una vigencia desde la aceptación de la Orden de Compra hasta su pago, salvo que existan obligaciones multas u otras medidas ante incumplimientos pendientes. Si el oferente adjudicado no aceptare la orden de compra, dentro de 24 horas contados desde su notificación por el sistema, se entenderá que dicho proveedor no tiene interés en contratar con la Institución, en ese caso, la Entidad Licitante se entenderá facultada para dejar sin efecto la contratación y adjudicación, procediendo a readjudicar al proveedor con la siguiente mejor evaluación en la presente Licitación Pública o a declarar desierta la licitación según corresponda.
Artículo 29°: El adjudicatario, no podrá bajo ningún pretexto negociar, traspasar, ceder o delegar las obligaciones contraídas en el contrato y/o orden de compra a terceros, salvo que una norma legal especial lo permita. Por tanto, queda expresamente prohibida la cesión, con excepción de la cesión de sus créditos en contra del fisco o factoraje (factoring), siempre y cuando se notifique al CIMI el contrato de factoring y no existan obligaciones o multas pendientes (artículo 75° del Reglamento de la Ley N.°19.886).
Su infracción hará responsable al proveedor de los perjuicios ocasionados y será causal suficiente, para poner término de inmediato a la presente contratación.
Artículo 30°: Una vez adjudicado y como requisito para la emisión de las orden de compra, el oferente adjudicado, deberá proceder a su inscripción en el registro de proveedores “Chileproveedores”, en caso que no lo estuviere, en un plazo de 10 (diez) días hábiles contados desde el acto de adjudicación, requisito indispensable previo a la emisión y aceptación de la orden de compra, el no hacerlo, facultará para adjudicar la licitación al oferente que ocupa el 2° lugar en la evaluación y así sucesivamente o a declarar desierta la licitación según corresponda.
Artículo 31º: Será obligación del proveedor adjudicado, entre otras, dar cumplimiento a todo lo establecido en las presentes bases administrativas y técnicas, de la presente Licitación.
La entrega de los sectores de trabajo se realizará una vez aceptada la orden de compra y deberá ejecutarse durante el plazo ofertado por el proveedor y de conformidad a los requerido en las presentes Bases Administrativas y Técnicas, una vez cumplido ello y de encontrarse los mismos conformes, La Entidad Licitante procederá a suscribir un acta de recepción en los mismos términos.
Artículo 32º: Una vez cumplida íntegramente la ejecución del servicio y siempre y cuando no existan obligaciones, sanciones, multas u otras medidas que resulten aplicables para su cobro se dará por finalizada la relación contractual.
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MODIFICACIONES Y TÉRMINO ANTICIPADO |
La entidad licitante podrá poner término anticipado al contrato o modificar el mismo, si concurren las causales establecidas en el Artículo 77° del reglamento de la Ley N.° 19.886, sin prejuicio de las siguientes:
1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
2. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante.
3. Estado de notaria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
4. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
5. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social, con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución de contrato, con un máximo de seis meses.
6. Fuerza mayor o caso fortuito, debidamente calificada por la Entidad Licitante.
7. Las demás que se establezcan en las presentes Bases de la licitación, cuando se modifique la contratación, no podrá alterarse la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30% (treinta por ciento) del monto originalmente pactado.
Artículo 34°: En el caso de las UTP procederán, además, las siguientes causales de término anticipado:
a) La constatación de que sus integrantes constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes a la Fiscalía Nacional Económica.
b) Si se retira de la UTP un integrante que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
c) Si se ha ocultado información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.
d) Inhabilidad sobreviviente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no puedas continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
e) Disolución de la UTP.
f) El no cumplimiento de lo señalado en requisitos para contratar de las presentes bases técnicas.
Artículo 35º: La declaración de término anticipado, se hará administrativamente, sin forma de juicio, mediante Resolución Administrativa.
En ningún caso el término anticipado de los servicios, por las causales establecidas en las presentes bases, dará derecho a indemnización, ni generará algún tipo de derecho al proveedor o prestador del servicio.
Para efectos de la aplicación de las medidas señaladas en el presente artículo, se estará al procedimiento señalado en la disposición siguiente.
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EFECTOS DERIVADOS DEL INCUMPLIMIENTO |
En caso de incumplimiento por parte del proveedor, de una o más obligaciones establecidas en las presentes bases, que den lugar a la aplicación de multas o a terminar anticipadamente la contratación, resultará aplicable el procedimiento establecido en la presente disposición.
Previo a la adopción y ejecución de alguna de las medidas señaladas precedentemente, el Comando de Industria Militar e Ingeniería, se notificara mediante carta certificada a la empresa adjudicada en la cual expondrá los antecedentes que configuran la aplicación de alguna de las medidas señaladas y dando traslado al proveedor, para que dentro del término de 5 (cinco) días hábiles para efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten. Por otro lado, vencido este plazo con o sin descargos la entidad licitante, tendrá el plazo de 30 días hábiles para pronunciarse respecto a la multa mediante una resolución fundada, siendo esta publicada en el Sistema de Información. Además, sin perjuicio de esa notificación se notificará de forma personal al proveedor o mediante envió de carta certificada.
Evacuado o no el traslado por parte del proveedor, el Comando de Industria Militar e Ingeniería, si procediere, procederá a la aplicación de alguna de las medidas señaladas, mediante resolución fundada, pronunciándose sobre los descargos que se hubieren efectuado, y publicándose la misma en el Sistema de Información.
En contra de la resolución señalada precedentemente, procederán dentro del plazo de 05 días hábiles contados desde su notificación, los recursos de reposición y jerárquico en la forma dispuesta en la Ley N.º 19.880, que “Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado”.
DE LOS PAGOS
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DE LOS PAGOS |
El pago total se efectuará dentro del plazo de 30 (treinta) días corridos, contados desde que se hubiera dado cabal cumplimiento al Servicio de ejecución de cortafuegos preventivos, que considera descarpe, despeje, limpieza, poda y corte de matorrales en el Predio Militar “Lo Aguirre”, mediante acta de recepción conforme firmada por la empresa adjudicada y el administrador del Predio Militar “Lo Aguirre” y visada por el Jefe de la Sección PAF.
Artículo 38°: La forma de pago se efectuará mediante transferencia bancaria, vale vista o cheque a nombre del proveedor adjudicado, en un solo pago.
La factura deberá ser emitida por el proveedor conforme al monto y detalle de la orden de compra emitida a través del portal www.mercadopúblico.cl y requiere contener los siguientes antecedentes:
1. Factura comercial emitida a nombre de:
- Razón Social: Comando de Industria Militar e Ingeniería
- RUT: 61.101.054-0
- Giro: Actividades de defensa.
- Dirección: Zenteno 102, Comuna de Santiago, RM.
En caso de realizar los pagos factoring suscritos por el proveedor, este deberá dar estricto cumplimiento al Art. 75° del D.S N.º 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda, Las entidades deberán cumplir con lo establecido en los contratos de factoring suscritos por sus Contratistas, siempre y cuando se le notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones y multas pendientes.
Como una forma de dar cumplimiento a la tramitación de la documentación contable, se requiere que el proveedor una vez adjudicado presente la siguiente documentación:
- Certificado de antecedentes laborales y previsionales.
- Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales.
- Nómina con los datos de los trabajadores que prestarán el servicio en las dependencias durante la vigencia del contrato.
Artículo 39°: Tratándose de las UTP, será el representante designado en el acto de constitución quien deberá emitir la factura respectiva para cursar los pagos que generen la ejecución contractual.
Artículo 40°: Las presentes bases rigen la propuesta pública, para el “Servicio de ejecución de corta fuegos preventivos que considera, descarpe, despeje desmalezamiento, limpieza, poda y corte de matorrales en el Predio Militar “lo Aguirre”, de acuerdo con lo establecido en las Bases técnicas y Bases administrativas, aclaraciones y propuesta del proveedor.
El proveedor durante todo el proceso licitatorio deberá cumplir con lo establecido en las bases técnicas y sus respectivas especificaciones, las que el proveedor declara conocer y aceptar y que forman parte integrante de estas bases, para todos los efectos legales.
El oferente adjudicado deberá asumir todos los costos, gastos y riesgos relacionados con el servicio contratado.
Los servicios solicitados y sus especificaciones, como también las cantidades, se informan en las bases técnicas y Anexo A.
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SOLUCIÓN DE CONFLICTOS |
Artículo 41º: Para dirimir las diferencias que pudieran presentarse en la interpretación, aplicación o cumplimiento de las obligaciones que no pudieran solucionarse de común acuerdo, las partes se someterán a la jurisdicción y competencia del Tribunal de Compas Públicas en todas aquellas materias dispuestas en el artículo 22° y siguientes de la Ley N.° 19.886; y a los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Santiago en aquellas materias en que estos sean competentes.
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DE LAS DISPOSICIONES FINALES |
Artículo 42°: Se deja expresa constancia que todas y cada una de las cláusulas contenidas en las presentes bases administrativas y técnicas, se entienden incorporadas en la orden de compra y contrato, por lo tanto, el oferente se hace responsable del cumplimiento de las obligaciones que constan en estas bases.
La licitación, sus anexos y la orden de compra respectiva, se regirán por las normas jurídicas chilenas y cualquier disputa o conflicto que surgiere con motivo del proceso de licitación. De no solucionarse de común acuerdo por las partes, los que debe ser perfeccionado mediante acto administrativo pertinente, será sometida a los tribunales ordinarios de la República de Chile, con sede en la ciudad y comuna de Santiago.
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CLAÚSULA DE INTERPRETACIÓN |
Artículo 43°: Los vacíos o puntos obscuros o dudosos de las presentes bases, se interpretan e integran de conformidad la Ley sobre adquisiciones y enajenaciones de bienes corporales e incorporales, muebles y servicios de las fuerzas armadas y su Reglamento complementario y la Ley de bases de contratos Administrativos de suministro y prestaciones de servicios y su reglamento y específicamente conforme al deber de resguardo de los recursos fiscales y los principios de igualdad de oferentes, probidad y buena Fé.
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RESPONSABILIDAD DE TRABAJADORES |
El adjudicatario, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo. En consecuencia, el adjudicatario será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo. El órgano comprador se reserva el derecho a exigir al contratista, a simple requerimiento de la contraparte técnica, y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley de Compras y el artículo 183-C del Código del Trabajo, un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva, o bien, por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, respecto de sus trabajadores. Ello, con el propósito de hacer efectivo por parte del órgano comprador, su derecho a ser informado y el derecho de retención, consagrados en los incisos segundo y tercero del artículo 183-C del Código del Trabajo, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que alude el artículo 183-D del mismo Código. Por otra parte, se deja expresa constancia que la suscripción del contrato respectivo no significará en caso alguno que el adjudicatario, sus trabajadores o integrantes de los equipos presentados por éstos, adquieran la calidad de funcionarios públicos, no existiendo vínculo alguno de subordinación o dependencia de ellos con el órgano comprador.
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BASES TÉCNICAS |
BASES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE EJECUCIÓN DE CORTAFUEGOS PREVENTIVOS, QUE CONSIDERA DESCARPE, DESPEJE, LIMPIEZA, PODA Y CORTE DE MATORRALES EN EL PREDIO MILITAR “LO AGUIRRE”, PERTENECIENTE AL PATRIMONIO DE AFECTACIÓN FISCAL DEL COMANDO DE INDUSTRIA MILITAR E INGENIERÍA, EL QUE SE ENCUENTRA UBICADO EN LA RUTA 68 KILÓMETRO 20, COMUNA DE PUDAHUEL, CIUDAD SANTIAGO, REGIÓN METROPOLITANA
I. GENERALIDADES
Las presentes especificaciones técnicas (EE.TT.), se refieren al servicio de ejecución de cortafuegos preventivos, para eliminar totalmente la vegetación hasta el suelo mineral, con el fin de cortar la continuidad de la vegetación y evitar la generación de fuegos, considerando en los trabajos el descarpe, despeje, desmalezamiento, limpieza, poda y corte de matorrales, en el Predio Militar “Lo Aguirre”, perteneciente al Patrimonio de Afectación Fiscal del Comando de Industria Militar e Ingeniería, ubicado en el Km. 20 de la ruta 68, comuna de Pudahuel, ciudad de Santiago, Región Metropolitana.
II. PLAZO DE EJECUCIÓN
La cantidad máxima de días a ofertar para realizar la ejecución del servicio será de 10 (diez) días hábiles administrativos, de existir propuestas superiores a es máximo se considerarán inadmisibles, por constituir el presente un requisito excluyente.
Para los efectos anteriores, los oferentes deberán señalar el plazo de ejecución del servicio en días hábiles administrativos en el formato de oferta económica.
III. VISITA TÉCNICA
Los oferentes interesados en participar en la presente licitación, podrán concurrir a una visita técnica la cual será de carácter voluntario, a efectuarse el día y hora establecido en el cronograma de Anexo B, en dependencias del Predio Militar “Lo Aguirre”, el que se encuentra ubicado en ruta 68 kilómetro 20, comuna de Pudahuel. Ciudad de Santiago, Región Metropolitana.
Para efectos de otorgar Garantía de Transparencia y no interrumpir el correcto desarrollo de funciones de la entidad licitante, no se admitirán visitas fuera del día y horario señalado para el inicio de esta según su cronograma.
IV. CRITERIOS DE EVALUACIÓN
ÍTEM PONDERACIÓN
Precio 45%
Plazo de ejecución de los trabajos 30%
Experiencia del Servicio requerido 25%
TOTAL 100%
V. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS TRABAJOS
Se requiere para el servicio la ejecución de los siguientes trabajos:
1. En el cortafuego existente de 7400 metros de largo y de 6 metros de ancho de promedio, conforme al Anexo N.º 1, se deberá realizar el roce total de la vegetación, hasta el suelo mineral, además donde sea necesario el desmalezamiento, retiro de piedras, bolones de diferentes medidas existentes en terreno, se deberá ceñirse al trazado entregado por el Administrador del Predio.
El descarpe del terreno, desmalezamiento, despeje y limpieza se deberá efectuar por medio de maquinaria y trabajos de forma manual.
2. Se deberá considerar realizar un set fotográfico del servicio solicitado (con fotografías que evidencien el antes, durante y después del trabajo) mediante cámara a color, debiendo ser entregado a la recepción de los trabajos en una carpeta y en un archivo digital.
VI. MEDIO AMBIENTE
Las presentes instrucciones tienen el objeto de mitigar el impacto de extracción de residuos de desechos de material sólido, debiendo adoptarse las siguientes medidas:
a. Transportar los desechos, escombros en camiones adaptados para el servicio requerido (encarpado).
b. Lavado del lodo de las ruedas de los vehículos que abandonen la instalación, si lo requiere.
c. Mantener el área de trabajo aseada y sin desperdicios durante la realización del servicio y, además, señalizar las áreas donde se desarrollan los trabajos.
d. Deberá contar con el personal idóneo para realizar los trabajos y a su vez contar con la maquinaria, equipos, herramientas y vestuarios acorde al trabajo requerido.
VII. INICIO Y HORARIOS DE LOS TRABAJOS
Una vez aceptada la Orden de Compra, el proveedor adjudicado deberá recibirse oficialmente de los sectores de trabajo dando inicio a la ejecución del servicio contratado, el cual deberá ser entregado y recibido conforme dentro del plazo ofertado de conformidad a lo requerido en las presentes Bases Administrativas y Técnicas y el horario que más adelante se indica.
La empresa deberá enviar con antelación al inicio de los trabajos una relación del personal que los ejecutará, indicando nombres, apellidos y RUN, además la placa patente de los vehículos que ingresarán al recinto.
Los trabajos se deberán realizar en días hábiles administrativos, de lunes a viernes, entre las 08:00 hrs. y las 17:00 hrs.
VIII. DISPOSICIONES, NORMAS Y REGLAMENTO
Se da por entendido que el contratista está en conocimiento de todas estas disposiciones, así como de la reglamentación vigente, por consiguiente, cualquier defecto, omisión, mal desarrollo y su ejecución de los trabajos será de su única responsabilidad, debiendo rehacer los trabajos o procedimientos rechazados en cualquiera de las partidas, dentro del período de ejecución de los servicios.
Los trabajos se ejecutarán de acuerdo con:
1. Las presentes bases técnicas, administrativas y anexos.
2. Prescripciones generales acerca de la prevención de accidentes del trabajo.
3. Protección de uso personal.
IX. RECEPCIÓN DE LOS TRABAJOS
La recepción de los trabajos contratados se realizará mediante un acta firmada por la empresa adjudicada, el administrador del Predio Militar “Lo Aguirre” y visada por el Jefe de la Sección PAF.
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