Resolución de Empates |
En el caso de empates en el puntaje ponderado final de alguna línea de la ficha de licitación, la adjudicación estará determinada conforme los siguientes criterios, en orden de prelación:
1° Dentro de “LOS OFERENTES” empatados, se adjudicará al oferente que haya obtenido mayor puntaje en la “Evaluación Técnica”.
2° Si aplicado el criterio anterior, aún existiera empate, se adjudicará al oferente que haya obtenido mayor puntaje en la “Evaluación Económica”.
3° Si aplicado el criterio anterior, aún existiera empate, se adjudicará al oferente que haya obtenido mayor puntaje en la “Evaluación del Plazo entrega”.
4° Si aplicado el criterio anterior, aún existiera empate, se adjudicará al oferente que haya obtenido mayor puntaje en la “Evaluación de Cumplimiento de Requisitos formales”.
5° En caso de persistir el empate, se adjudicará a la Primera oferta publicada en “EL PORTAL”.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Art. 1.- Durante la evaluación, se podrá solicitar a “LOS OFERENTES” que salven errores u omisiones formales de su oferta, siempre y cuando ellas no les confieran a éstos una situación de privilegio respecto de los demás oferentes y en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de “LOS OFERENTES”, solicitud que será debidamente informada a través de “EL PORTAL”. Para ello, “EL OFERENTE” contará con un plazo breve y fatal de dos días contados desde el requerimiento, el que se informará a través de “EL PORTAL.
Art. 2.- Asimismo, “LA DIRECCIÓN” a través de “EL HOSPITAL”, podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que “LOS OFERENTES” hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, dentro del plazo breve y fatal de dos días contados desde el requerimiento, siempre que dichas certificaciones o antecedentes, se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación de éstas, lo que debe ser informado a través de “EL PORTAL”.
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