READJUDICACION |
Cumplidos los supuestos establecidos en el inciso final del Artículo 41 del Reglamento de la Ley 19.886, respecto de la actitud del adjudicatario en orden a desistirse de firmar el contrato, aceptar la orden de compra, o incumplir otras condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la suscripción del contrato respectivo, la Municipalidad de Peñaflor podrá dejar sin efecto la adjudicación original y readjudicar al oferente que le seguía en puntaje, dentro de un plazo de 60 (sesenta) días corridos, contados a partir de la publicación de la adjudicación original.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas. 2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. 4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. 7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN |
La Municipalidad de Peñaflor declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes Bases de Licitación, sin perjuicio de que pueda solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases. La adjudicación será realizada mediante Decreto Alcaldicio fundado, considerando la evaluación económica y la evaluación técnica de las ofertas recibidas. La Municipalidad de Peñaflor podrá, además, declarar desierta la licitación, cuando no se presenten ofertas, cuando éstas no cumplas con los requisitos establecidos en las Bases de Licitación o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. La licitación se adjudicará al proponente que haya obtenido el más alto puntaje, de acuerdo con los criterios de evaluación y sus ponderaciones, establecidos en las presentes Bases, a través de un Decreto Alcaldicio que será publicado en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública (www.mercadopublico.cl), una vez que se encuentre totalmente tramitado. Los proponentes cuyas propuestas no fueren aceptadas o adjudicadas, no tendrán derecho a indemnización de ninguna especie.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Se establece la siguiente forma de comunicación para consultas respecto de la adjudicación o declaración de desierta de una licitación:
a) El oferente deberá enviar un correo electrónico con sus preguntas y/o consultas relacionadas con la adjudicación o deserción de esta licitación, dirigido al(la) Profesional del Depto. de Adquisiciones Municipales a cargo del proceso licitatorio, al correo electrónico informado en la ficha electrónica de la licitación.
b) Recepcionada la consulta, será enviada a la Comisión Evaluadora para que dé respuesta al oferente consultante, la que será publicada como un archivo PDF en el Sistema de información de compras y contratación pública (www.mercadopublico.cl).
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
En caso que la Comisión Evaluadora de las ofertas, requiera la presentación de antecedentes omitidos, certificaciones, que se salven errores u omisiones formales o aclaraciones a los antecedentes presentados, deberá solicitarlos a través de la funcionalidad “Aclaración de Ofertas” (Foro Inverso).
De ser el caso, los proponentes tendrán un plazo de máximo de hasta 48 (cuarenta y ocho) horas corridas, contadas desde que la Municipalidad realice este requerimiento a través del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública (www.mercadopublico.cl), para responder la consulta realizada y adjuntar los antecedentes solicitados, si así correspondiese. El plazo definitivo para responder a las consultas o aclaraciones solicitadas será establecido al momento de utilizar el “Foro Inverso”, el que no podrá superar el plazo máximo señalado precedentemente.
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Resolución de Empates |
Desempate de Ofertas
En caso de haber igualdad de puntaje entre 2 (dos) o más ofertas, la adjudicación se dirimirá según el siguiente orden de precedencia:
I. La Propuesta que obtenga el mayor puntaje en el factor Oferta Económica.
II. La Propuesta que obtenga el mayor puntaje en el factor Experiencia del proponente.
III. La Propuesta que obtenga el mayor puntaje en el factor cumplimiento de requisitos formales para la presentación de los antecedentes de la oferta.
IV. De persistir el empate se seleccionará al proponente que primero haya ingresado su oferta, en el Sistema de Información (www.mercadopublico.cl)..
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PRESENTACIÓN DE OFERTAS |
Los proponentes, para la presentación de la oferta, y posterior ejecución, deberán regirse en todo por lo solicitado en las Bases Administrativas y Técnicas que se encuentran contenidas en el Decreto Alcaldicio N°1520 de fecha 22 de noviembre de 2024, publicado en el Sistema de Información de Compras Públicas. Asimismo, para la presentación de la oferta, deberán utilizar los formatos propuestos, según los Anexos publicados en el mismo medio.
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