Validez de las Ofertas |
El plazo de validez de las ofertas será para todo el periodo en que se encuentre operativa la presente adquisición. La presente licitación fija precios para el periodo de duración de la contratación, En aquellos casos que los oferentes no informen la vigencia de su oferta, esta se entenderá que cumple con la vigencia señalada precedentemente.
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Consultas y Aclaraciones |
Se recibirán consultas respecto de las bases, sólo a través del foro, en la fecha que se indica en el calendario oficial. La Municipalidad de Coquimbo, contestará a través del mismo foro las consultas efectuadas y elaborará aquellas otras aclaraciones que estime convenientes, las que se ingresarán como archivo adjunto. Una vez publicadas dichas aclaraciones se entenderán conocidas por todos los oferentes que participen en la presente licitación y formarán parte de las presentes bases.
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Modificación de bases y antecedentes de la licitación |
Se podrán modificar las presentes bases, especificaciones técnicas y sus anexos, ya sea por iniciativa propia, o en atención a una aclaración solicitada por algunos de los oferentes debidamente respaldada y, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.
Las modificaciones que se lleven a cabo, serán publicadas a través del sistema de información www.mercadopublico.cl.
Junto con aprobar la modificación, en caso de ser necesario, la Ilustre Municipalidad de Coquimbo podrá establecer un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas, siempre y cuando se estime necesario de manera fundada.
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Aclaración de Ofertas |
Los encargados de evaluar se reservan el derecho de solicitar con posterioridad al acto de apertura, aclaraciones o información complementaria que consideren necesaria para la evaluación de la propuesta, a través del foro inverso disponible en la plataforma www.mercadopublico.cl, otorgándoles un plazo para que ingresen su respuesta y siempre que estas aclaraciones no alteren el monto de su oferta, ni atenten contra el proceso de licitación y el principio de igualdad de los oferentes.
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Presentación de Antecedentes Omitidos por los Oferentes |
Los encargados de evaluar podrán aceptar ofertas que presenten defectos de forma, omisión o errores menores, siempre que éstos no sean sobre cuestiones de fondo, ni su corrección altere el monto de su oferta, ni atente contra el proceso de licitación y el principio de igualdad de los oferentes.
Podrán permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes hayan sido emitidos o tengan fecha anterior al plazo de cierre de recepción de ofertas. Para ello se les especificará un plazo breve y fatal, a través del foro inverso disponible en la plataforma www.mercadopublico.cl. A él, o los proveedores que se le deba realizar dicha consulta, se le asignará un menor puntaje en el criterio de evaluación Cumplimiento de Requisitos Formales.
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Obligación del Evaluador |
En virtud del principio de igualdad de trato, de legalidad y de estricta sujeción a las bases, el evaluador o los miembros de la comisión evaluadora no sostendrán reuniones con oferentes, lobistas o gestores de intereses particulares ni recibirán donativos, durante el proceso de evaluación de ofertas, salvo en el caso de actividades previamente contempladas dentro del procedimiento licitatorio y que hayan sido definidas en las bases. Lo anterior considerando lo establecido en la Ley 20.730 que Regula el Lobby y su Reglamento, lo señalado en el Artículo 39 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, y teniendo presente que el sentido de la función del evaluador y de las comisiones evaluadoras es garantizar imparcialidad y competencia en la evaluación de ofertas.
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Evaluación de las Ofertas |
El estudio de las ofertas será realizado por la comisión evaluadora, que analizará todos los antecedentes presentados por los oferentes y elaborará el acta de evaluación respectiva, de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos en las presentes bases y someterá dicha propuesta de acta a la autorización y aprobación del Alcalde (o a quien delegue o lo subrogue), quién, si está de acuerdo, emitirá el decreto exento de adjudicación correspondiente.
La Municipalidad declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan con los requisitos establecidos en las bases, declarará desierta una licitación cuando no se presenten ofertas o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses o cambien las condiciones administrativas, presupuestarias o prioridades municipales, declaración que la autoridad deberá realizar por medio de resolución fundada.
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Del Giro |
El proveedor que desee ofertar en el presente proceso, deseablemente debe tener giro necesario para la venta de los bienes y/o servicios que se requieren por la entidad. No obstante, lo anterior, el Departamento de Salud se reserva el derecho a consultar al Servicio de impuestos Internos, cuando el giro señalado en la factura no corresponda al bien o servicio licitado.
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Consideración al Evaluar |
OFERTA COMPLETA O TOTALIDAD DE LAS LÍNEAS: Se evaluará a los proveedores que oferten la totalidad de líneas y que cumplan con el presupuesto disponible. La evaluación será por precio unitario de cada línea ofertada, cuyo total será el considerado para determinar el puntaje final de cada proveedor.
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Mecanismo para Solución de Consultas respecto a la Adjudicación |
Los oferentes que tengan dudas respecto de la adjudicación, podrán efectuar sus consultas al mail del contacto de la licitación, dentro de un plazo de 48 horas siguientes, contados desde la fecha de la adjudicación de la licitación, vencido este plazo no se dará respuesta a consultas. El e-mail para contacto es pamelaurzua@municoquimbo.cl.
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Resolución de Empates |
Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre dos o más oferentes respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio de evaluación de OFERTA ECONÓMICA. En caso que se mantenga la situación de empate, se establece como mecanismo de desempate el mayor puntaje obtenido en el criterio de evaluación TIEMPO DE EJECUCIÓN. En caso que se mantenga la situación de empate, se establece como mecanismo de desempate el mayor puntaje obtenido en el criterio de evaluación COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR. En caso que se mantenga la situación de empate, se establece como mecanismo de desempate el mayor puntaje obtenido en el criterio de evaluación CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES.
Cuando se produzcan situaciones en que, a pesar de la aplicación de los criterios de desempate, éste se mantiene, se adjudicará la oferta que haya ingresado primero en la plataforma Mercado Público, según lo establece el Comprobante de Ingreso de Oferta que emite el Sistema de Información.
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Adjudicación de la Propuesta |
La comisión encargada de la evaluación propondrá al Alcalde (o a quien delegue o lo subrogue) adjudicar la propuesta al oferente que haya obtenido el más alto puntaje de evaluación, y satisfaga de la mejor forma los requisitos técnicos y económicos materia de la presente licitación.
Esta adjudicación se hará mediante decreto exento que se informará a través del portal www.mercadopublico.cl, posteriormente se elaborará contrato el que deberá ser firmado por el oferente adjudicado para después emitir la orden de compra, la que deberá ser aceptada por el proveedor, en el plazo de 48 horas desde su envío.
El oferente adjudicado deberá contar con contrato vigente y certificado de habilidad en Chile Proveedores. Cuando el oferente adjudicado no cuente con inscripción vigente en Chile Proveedores, se le otorgará un plazo fatal de 5 días hábiles para que regularice su situación y una vez tramitada esta habilitación en Chile Proveedores se procederá a la firma del contrato.
En el caso que el oferente no regularice la indicada inscripción en el plazo indicado, el municipio podrá re adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de la licitación.
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Puntaje Mínimo de Adjudicación |
Se establece para la presente licitación que el porcentaje mínimo para adjudicar una oferta será de un 50%, considerando el puntaje obtenido tras la aplicación de los criterios de evaluación. Una oferta que cumpla con los requerimientos técnicos, pero que no alcance la puntuación mínima de 50, no podrá ser adjudicada.
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Sobre la Readjudicación |
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta por escrito, a través de su Representante Legal o del contacto de la licitación informado en el Formulario de Identificación del Oferente; no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento; no concurre a firmar contrato dentro de 5 días hábiles de notificado, o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
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Del Contrato |
Se procederá a suscribir el contrato dentro de un plazo máximo de 5 días hábiles administrativos, contados desde el día siguiente al aviso que mediante correo electrónico se realice al oferente, del hecho de encontrarse disponible para firma el respectivo documento en oficinas del Departamento de Salud de la Municipalidad ubicado en Avenida Alessandri N° 271, tercer piso, Sector El Llano, Coquimbo. Este aviso se realizará a la casilla de correo electrónico indicada en el correo del proveedor que conste en el formulario de identificación del oferente.
No concurrir a la firma del contrato, dentro del plazo concedido al efecto, podrá ser considerado como rechazo de la adjudicación, encontrándose facultado el municipio para readjudicar la licitación al segundo oferente mejor evaluado, o declarar desierta la licitación concurriendo los requisitos legales para que aquello ocurra.
Para la suscripción del contrato el oferente deberá estar inscrito en el registro oficial de contratistas y proveedores de la administración, a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, conforme con lo establecido en el Art. 16 de la ley 19.886. En caso de no estar inscrito, se le otorgará un plazo fatal de 5 días hábiles para que regularice su situación. Al momento de la firma del contrato el oferente adjudicado deberá entregar una Garantía por Fiel Cumplimiento o haberla entregado con anterioridad. En el caso que el oferente no haya presentado este documento no se podrá concretar la firma del contrato. Formarán parte del contrato las presentes bases y la oferta del proponente adjudicado. El contrato comenzará a regir una vez firmado por ambas partes y posteriormente se emitirá la orden de compra respectiva, la que deberá ser aceptada por el prestador.
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Responsable de la Relación Contractual |
Una vez formalizada la contratación, la relación contractual será de responsabilidad de la unidad de Gestión y Proyectos, Contacto: Manuel Suzarte Vilches, EMAIL: suzartevilchesmanuel@gmail.com; FONO: 51-2311172.
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Contacto del Adjudicatario |
El proveedor adjudicado deberá designar un responsable o contacto, indicando su correo electrónico, teléfono y dirección. Para ello se encuentra adjunto el Formulario Identificación del Oferente.
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Plazo para aceptar la orden de compra |
Una vez formalizada la contratación, el municipio podrá comenzar a emitir órdenes de compra, según la necesidad del servicio, las cuales deberán ser aceptadas por el adjudicatario en un plazo de 48 horas desde su envío. En caso que el proveedor no acepte la orden de compra dentro de 48 horas posteriores a su emisión, se entenderá por aceptada la orden de compra por parte del proveedor y la entrega de los productos comenzará a regir desde este plazo señalado.
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Forma de Pago |
El proveedor podrá facturar sólo una vez que haya entregado la totalidad de los productos requeridos en la orden de compra emitida (solicitada por las áreas o unidades requirentes) y que éstos se encuentren recibidos conforme por el Departamento de Salud. El plazo de pago es de 30 días desde recibida la última factura en Bodega del Departamento de Salud o en su defecto por el Encargado de la Relación Contractual. En la factura se deberá indicar el número de la orden de compra correspondiente. El plazo de pago podría verse afectado cuando se detecte incumplimiento y se apliquen los procedimientos indicados en la cláusula “Incumplimientos del proveedor”. El responsable del pago es el Jefe del Área de Gestión de Administración y Finanzas, Srta. María Esperanza Palacios Tirado, correo: mepalacios@municoquimbo.cl, teléfono: 512311172 – 512324276 - 512313405. Sin embargo; el responsable de hacer seguimiento a los pagos es el área o unidad solicitante: Unidad Gestión y Proyectos, Contacto: Manuel Suzarte Vilches, EMAIL: suzartevilchesmanuel@gmail.com; FONO: 51-23111172.
El proveedor adjudicado, de manera obligatoria, deberá remitir copia de la(s) facturas al correo electrónico del Responsable de la relación contractual: suzartevilchesmanuel@gmail.com
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Responsabilidades del Oferente |
Será de responsabilidad del proveedor el transporte de todos los productos y su entrega, además de contratar al personal calificado para su realización, el cual será íntegramente remunerado por el proveedor.
En consecuencia, ni el proveedor ni su personal adquirirán vínculo alguno con la Municipalidad, quien no asumirá responsabilidad alguna frente a los accidentes de toda índole que puedan sobrevenir al personal contratado por el proveedor, ni les deberá dinero alguno.
La Municipalidad no será responsable de las fallas, desperfectos, deterioros, siniestros, daños, robos, hurtos y/o pérdidas que pudieran producirse en los implementos utilizados en la ejecución del contrato, sin importar el origen de los mismos, siendo responsabilidad del proveedor disponer de las medidas de seguridad necesarias.
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Plazo para Devolución de Factura |
De acuerdo a lo establecido por el Artículo 3° de la Ley 19.983, modificada con la Ley N° 20.956, en su Artículo 4° N°1, letras a, b y c; que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a la copia de la factura, se tendrá por irrevocablemente aceptada la factura si el municipio no reclama en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, mediante alguno de los siguientes procedimientos:
1. Devolviendo la factura y la guía o guías de despacho, en su caso, al momento de la entrega.
2. Reclamando en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, dentro de los ocho días corridos siguientes a su recepción. En este caso, el reclamo deberá ser puesto en conocimiento del emisor de la factura por carta certificada, o por cualquier otro modo fehaciente, conjuntamente con la devolución de la factura y la guía o guías de despacho, o bien junto con la solicitud de emisión de la nota de crédito correspondiente. El reclamo se entenderá practicado en la fecha de envío de la comunicación.
3. La factura también se tendrá por irrevocablemente aceptada cuando el deudor, dentro del plazo de ocho días señalado anteriormente, declare expresamente aceptarla, no pudiendo con posterioridad reclamar en contra de su contenido o de la falta total o parcial de entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio.
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Documentación obligatoria que deben ser enviada por el contratista para que pueda cursar el pago |
• Estado de pago
• Nómina trabajadores de la obra
• Certificado de antecedentes laborales
• Planilla pago cotizaciones
• Fotografías del desarrollo de la obra y una vez finalizada, enviar a (gonzaloacuna@municoquimbo.cl)
Adicionalmente, se solicitan estos documentos por el área de prevención de riesgos:
1. Certificado de afiliación extendido por alguna mutualidad
• Este certificado debe indicar fecha de incorporación, cotización del seguro ley 16.744 conforme al DS 67 y vigencia de afiliación a la fecha de inicio de los trabajos.
2. Nómina de personal.
• Nombre completo
• Rut.
• Cargo
3. Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
• Entrega de un ejemplar de RIOHS de su empresa. Fotocopia de: registro de entrega de RIOHS de cada trabajador de su empresa. Copia de entrega de RIOHS en Inspección del trabajo
4. Entrega de E.P.P.
• Copia de: registro de entrega de EPP, de todos los trabajadores de su empresa.
5. Charla de Inducción ODIS
• Fotocopia de: registro de Charla de Inducción Hombre Nuevo que se impartió a cada trabajador en el momento de su contratación.
6. Análisis de Seguridad en el Trabajo AST.
• Copia de registro de entrega y charla a los trabajadores, sobre la identificación de los peligros y la evaluación de los riesgos en cada etapa de las labores o actividades de la obra.
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Modificación del Contrato |
En casos calificados, la unidad o departamento solicitante podrá proponer modificaciones a la presente relación contractual con la anuencia del proveedor. El Alcalde (o a quien delegue o lo subrogue), sobre la base de los antecedentes presentados, resolverá si proceden o no las modificaciones propuestas.
En este caso se elaborará un Decreto Exento que autorice la modificación y posteriormente se emitirá una orden de compra, si correspondiese.
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Incumplimientos del proveedor |
En caso de incumplimiento del proveedor se aplicarán las siguientes sanciones:
Una sanción pecuniaria del 2,5% que se descontará del valor neto del monto contratado según orden de compra cuando la demora en la entrega del servicio sea hasta 5 días hábiles imputables al proveedor.
Una sanción pecuniaria del 5% que se descontará del valor neto del monto contratado según orden de compra cuando la demora en la entrega del servicio sea mayor a 5 días hábiles imputables al proveedor.
Una sanción pecuniaria del 2.5% que se descontará del valor neto del monto contratado cuando se detecten faltas en la entrega total del servicio contratado, que deberá ser certificado por el funcionario a cargo del Departamento de Salud Municipal.
Se deja expresa constancia que, si se constata que hay productos que no se encuentran, en perfecto estado o que sean diversos en cuanto a especificaciones técnicas u otro al ofertado, estos se tendrán por no presentados, debiendo aplicar multa por atraso, al tenor de lo señalado en el presente acápite, si el reemplazo no se verifica dentro el plazo ofertado para la entrega.
El tope de multas a aplicar durante la vigencia de la contratación, corresponde al 20% del monto total neto del contrato, superar dicho máximo se considerará incumplimiento grave de las obligaciones del contrato, constituyendo causal de término anticipado y cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento del contrato, sin derecho a indemnización alguna para el proveedor, al tenor de lo indicado en el acápite de término anticipado.
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Procedimiento de aplicación de multas |
Antes de la aplicación de la sanción se notificará a “EL PROVEEDOR” mediante correo electrónico a la casilla indicada en su oferta, entregándole un plazo de 5 días corridos para evacuar sus descargos por el mismo medio y dirigido al Sr. Alcalde.
La respuesta a estos descargos por parte del municipio se entregará en un plazo de 10 días hábiles. Si se aceptan los descargos y se determina que corresponde no cursar multa se emitirá decreto fundado, que ordene proceder a realizar el pago correspondiente. Se considerarán como causales válidas de descargos las relacionadas con caso fortuito o fuerza mayor, lo que deberá ser acreditado.
Si “EL PROVEEDOR” no evacúa descargos dentro del plazo concedido al efecto, o ponderados los antecedentes se determina aplicar la sanción (total o parcialmente) se emitirá resolución fundada, la que deberá ser notificada al “PROVEEDOR” a través del correo electrónico, publicando además la indicada resolución en www.mercadopublico.cl; informando que procede en su contra la presentación del recurso de reposición contemplado en el artículo 59 de la Ley 19.880.
Las multas podrán ser descontadas de la factura pendiente de pago, que la Ilustre Municipalidad de Coquimbo adeude o adeudare al oferente adjudicado, multado; o bien descontadas de la garantía de fiel cumplimiento que obre en poder del municipio o pagadas directamente por el proveedor multado en caja municipal.
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Término Anticipado |
Se podrá dar término anticipado a la relación contractual en la forma y casos señalados en el art. 13 de la ley 19.886 y artículo 77 de su reglamento. Asimismo, la relación contractual podrá terminar anticipadamente por razones de fuerza mayor sobreviniente o caso fortuito. El término de la contratación por los motivos anteriormente señalados, no dará derecho al prestador a indemnización de ningún tipo.
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Normativa y antecedentes que regulan la licitación |
Esta Licitación se encuentra regida por la Ley N° 19.886, de Compras y Contratación pública, y su reglamento contenido en el Decreto N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda, y por los siguientes documentos.
a) Bases administrativas y técnicas aprobadas por decreto exento
b) Aclaraciones y Modificaciones a las bases entregadas por la Municipalidad de Coquimbo, de oficio o con motivo de alguna consulta de los proponentes.
c) Consulta de la Licitación por parte de los oferentes y Respuesta de la Municipalidad de Coquimbo, efectuadas a través del portal www.mercadopublico.cl.
d) Especificaciones y Otros documentos Técnicos del Proyecto.
e) Ficha electrónica de licitación.
f) Ofertas de los oferentes a proponentes.
g) Análisis de las propuestas.
h) Informe y Decreto de Adjudicación.
i) Otros Antecedentes Relacionados
Cualquier diferencia en la interpretación de la reglamentación y antecedentes indicados en las presentes Bases de Licitación y demás documentos, será aclarada por la Ilustre Municipalidad de Coquimbo, sin perjuicio de las atribuciones correspondientes a la Contraloría General de la República.
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Visita a terreno obligatoria |
Esta licitación tiene como requisito la visita obligatoria y excluyente a terreno de los oferentes, con el fin de corroborar las exigencias técnicas del proceso y ofertar de acuerdo a estas. Todos los plazos que se señalan en esta propuesta pública serán de días corridos, salvo que se señale expresamente que se trata de días hábiles administrativos.
En el evento que las gestiones o actuaciones exigidas por esta entidad licitante coincidan con día sábado, domingo o festivo, éstas deberán realizarse el día hábil administrativo siguiente.
FECHA:12/11/2024 A LAS 14:30 HRS EN EL CESFAM SANTA CECILIA: Las Heras 1100, PARTE ALTA COQUIMBO
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Jurisdicción de los Tribunales |
Para todos los efectos legales derivados de la presente relación contractual las partes fijan su domicilio en la ciudad de Coquimbo y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales Ordinarios de Justicia.
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