Licitación ID: 1960-22-LE24
Servicio de extracción retiro de basura y escombro
Responsable de esta licitación: DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL, UNIDAD DE COMPRA PUNTA ARENAS
Fecha de Cierre: 02-12-2024 15:01:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 11
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Recolección, destrucción, transformación o eliminación de basuras 36 Mes
Cod: 76121501
Servicio de extracción retiro de basura dependencias DGAC ubicadas en el Aeropuerto Presidente Carlos Ibáñez del Campo Punta Arenas, según lo señalado en las bases técnicas.  

2
Recolección, destrucción, transformación o eliminación de basuras 9 Unidad
Cod: 76121501
Servicio de retiro de escombros dependencias DGAC ubicadas en el Aeropuerto Presidente Carlos Ibáñez del Campo Punta Arenas, según lo señalado en las bases técnicas.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Servicio de extracción retiro de basura y escombro
Estado:
Publicada
Descripción:
Servicio de extracción retiro de basura y escombros del Aeropuerto Presidente Carlos Ibáñez del Campo
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL
Unidad de compra:
UNIDAD DE COMPRA PUNTA ARENAS
R.U.T.:
61.104.000-8
Dirección:
Aeropuerto Carlos Ibañez del Campo
Comuna:
Punta Arenas
Región en que se genera la licitación:
Región de Magallanes y de la Antártica
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 02-12-2024 15:01:00
Fecha de Publicación: 20-11-2024 15:39:30
Fecha inicio de preguntas: 20-11-2024 16:01:00
Fecha final de preguntas: 24-11-2024 23:59:00
Fecha de publicación de respuestas: 27-11-2024 17:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 03-12-2024 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 03-12-2024 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 30-12-2024 17:30:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- VII.1 El sobre electrónico Nº 1 “Aspectos administrativos” (A), deberá contener los siguientes antecedentes: VII.1.1 Identificación completa del proponente conforme al formato adjunto, denominado “Formato identificación del oferente”. VII.1.2 Una declaración simple emitida y firmada por el proponente persona natural, jurídica o por cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, que consigne la circunstancia de haber estudiado las Bases de Licitación y el hecho de encontrarse conforme con todos sus términos y condiciones, como también que no le afectan los impedimentos señalados en el párrafo III.2 del Capítulo III, de las presentes Bases Administrativas, según formato de declaraciones identificado con el nombre de “Formato de declaraciones del proponente”. VII.1.3 Cuando el oferente sea una Unión Temporal de Proveedores, deberá presentar el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar en esta propuesta de esta forma. La declaración a que hace mención en el numeral VII.1.2 de las presentes bases administrativas no exime al proponente u oferente de dar estricto cumplimiento a todos y cada uno de los requerimientos exigidos tanto en las presentes bases administrativas como también en las bases técnicas. Por tanto, de no presentarse la documentación, antecedentes u otra información de carácter evaluable se asignará el menor puntaje señalado en la pauta de evaluación. En caso que la omisión corresponda a un aspecto invalidante o excluyente, la comisión evaluadora deberá consignar esta circunstancia y abstenerse de evaluar la oferta infractora, correspondiendo a la autoridad competente resolver acerca de la inadmisibilidad misma.
Documentos Técnicos
1.- VII.2 El sobre soporte electrónico Nº 2 “Aspectos técnicos” (T), deberá contener los siguientes antecedentes: VII.2.1 Presentar resolución sanitaria vigente que lo autorice para traslado de residuos del tipo domiciliario. (Requisito invalidante) VII.2.2 Presentar una imagen(es), descripción técnica detalla del vehículo a utilizar como camión compactador recolector de basura. (Requisito invalidante) VII.2.3 Presentar una imagen(es), descripción técnica detalla del vehículo a utilizar como reemplazo camión compactador recolector de basura. (Requisito invalidante) VII.2.4 Experiencia del oferente: el oferente deberá presentar constancias emitidas por la empresa en donde hubiese prestado este tipo de servicios. VII.2.5 Programa de integridad: el oferente deberá presentar la declaración jurada, conforme al formulario adjunto identificado con el nombre de “Formato de declaración de programa de integridad”, acompañando, además, los protocolos, instructivos, certificaciones o cualquier documento que permita comprobar que cuentan con dicho programa y que es conocido por su personal. Sin perjuicio de los antecedentes explícitamente exigidos en este sobre electrónico, se recomienda a los proponentes adjuntar en su oferta toda la información que se consulta en las bases administrativas, y bases técnicas, que permita a la comisión evaluadora, valorar todos y cada uno de los parámetros contemplados en dichos documentos; en caso contrario se asignará el puntaje mínimo en el o los parámetros de carácter evaluable asociados a la información omitida.
 
Documentos Económicos
1.- VII.3 El sobre electrónico N.º 3, “Aspectos económicos” (E), deberá contener la oferta económica de la propuesta, señalando el(los) precio(s) conforme al “Formulario de presentación de oferta económica ID N° 1960-22-LE24” adjunto a las presentes bases de licitación. Lo anterior, sin perjuicio de digitar en el Sistema de Compras Públicas el(los) precio(s) que éste exigirá. Sólo se aceptarán ofertas en moneda nacional (CLP). La oferta que sea presentada en otra moneda no será considerada en el estudio económico de la propuesta. El(los) precio(s) requeridos deben encontrarse en concordancia con las bases técnicas y deberá(n), además, ser subido(s) a la plataforma de licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl) mediante un archivo adjunto denominado “Formulario de presentación de oferta económica ID N° 1960-22-LE24”. El plazo de vigencia de la oferta no podrá ser inferior a noventa (90) días corridos. Las ofertas que no mencionen la vigencia, se entenderán que acepta la señalada en estas bases administrativas.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Experiencia del oferente Según lo señalado en la pauta de evaluación. 30%
2 Camión para retiro de basura Según lo señalado en la pauta de evaluación. 17%
3 Precio Según lo señalado en la pauta de evaluación. 40%
4 Programa de integridad Según lo señalado en la pauta de evaluación. 3%
5 Camión para escombros Según lo señalado en la pauta de evaluación. 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 37020918
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 36 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Cecilia Muñoz Vergara
e-mail de responsable de pago: cmunozv@dgac.gob.cl
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Según bases de licitación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Fisco – Dirección General de Aeronáutica Civil
Fecha de vencimiento: 31-03-2029
Monto: 10 Peso Chileno
Descripción: No hay información
Glosa: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de la contratación derivada de la licitación pública ID N° 1960-22-LE24 y por el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del contratista
Forma y oportunidad de restitución: La garantía de fiel cumplimiento del contrato será restituida al contratista a partir de la fecha de su vencimiento, previamente se verificará que no existan multas pendientes y esté al día el cumplimiento de las obligaciones del contratista a satisfacción de la DGAC. La devolución se efectuará en la Oficina de Finanzas, ubicada en el antiguo terminal de pasajeros del Aeropuerto Pdte. Carlos Ibáñez del Campo S/N, en el caso de que este documento haya sido entregado en forma física. De haber sido entregada por vía electrónica, sólo bastará que sea comunicado el término de vigencia, mediante correo electrónico.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Bases administrativas
I.- OBJETO DE LA PROPUESTA La DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL, en adelante también la DGAC, la entidad licitante o la Institución, llama a propuesta pública conforme a las presentes bases de licitación, para contratar el servicio de extracción retiro de basura y escombros del Aeropuerto Presidente Carlos Ibáñez del Campo. 3 EXENTA N°0193 CRONOGRAMA DE LA PROPUESTA Descripción Tiempo Recepción de consultas en el sistema. Cuatro (4) días corridos desde la publicación. Publicación de respuestas en el sistema. Tres (3) días corridos desde la fecha final de recepción de preguntas. Cierre de propuesta. Once (11) días corridos, desde la publicación a las 15:01 horas. Apertura de ofertas. Día hábil siguiente del cierre de la licitación, a las 15:01 horas. Informe de evaluación de ofertas de la propuesta. Dentro de veinte (20) días corridos, contados desde la apertura. Resolución de adjudicación de la propuesta. Dentro de los cinco (5) días corridos siguientes, de emitido el informe de evaluación. (la adjudicación será notificada sólo cuando la resolución esté totalmente tramitada) Emisión de la orden de compra Dentro de treinta (30) días corridos contados desde la fecha de la notificación en el portal mercado público de la resolución de adjudicación de la propuesta. Il.- GENERALIDADES II.1 El proceso completo de selección de ofertas, adjudicación y contratación se efectuará a través del Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración (www.mercadopublico.cl), en adelante también el Sistema de Información, la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra, la Plataforma, o el Portal, según las instrucciones, condiciones, normas y políticas de uso de dicho portal, y conforme a los requerimientos de las presentes bases administrativas, bases técnicas, pauta de evaluación, formato de identificación de proponentes, formato de declaraciones del proponente, formato declaración programa de integridad, formulario de presentación de oferta económica ID N° 1960-22-LE24, instructivo de trabajo de sistema de gestión ambiental y sistema de seguridad y salud en el trabajo para entidades empleadoras que ejecuten obras o presten servicios en las unidades de la DGAC y protocolos AVSEC para acceso a contratistas y proveedores, vehículos y personas, en adelante también las bases de licitación, documentos que a partir de la fecha de su publicación estarán disponibles gratuitamente en dicho sitio electrónico, a objeto de que los interesados puedan tomar conocimiento de ellos y participar en el proceso. 4 EXENTA N°0193 II.2 La presente propuesta y la orden de compra que de ella pudiera derivarse, así como las aclaraciones que pudiere emitir la Dirección General de Aeronáutica Civil, las consultas de los proponentes, las respuestas evacuadas por la institución y la oferta que resulte favorecida con la adjudicación, se regirán por estas bases de licitación. Las consultas, respuestas y aclaraciones se entenderán que forman parte integrante de las bases y serán publicadas a través de la plataforma de licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl). II.3 En la presente propuesta deberán formularse ofertas por el total de lo requerido, por lo que no se aceptarán soluciones parciales. II.4 La Dirección General de Aeronáutica Civil adjudicará la propuesta a aquel proponente que, cumpliendo las exigencias de las presentes bases de licitación obtenga el mayor puntaje como resultado del proceso de evaluación técnica y económica, conforme se señala en el Capítulo “De la evaluación y adjudicación”, de las presentes bases administrativas. La Dirección General de Aeronáutica Civil declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan los requisitos mínimos y/o excluyentes establecidos en las presentes Bases de Licitación y declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o bien cuando las que se presenten no resulten convenientes a sus intereses, circunstancia que fundamentará debidamente. El presupuesto estimado y referencial informado en la plataforma de licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl), asciende a la suma de $37.020.918.-Treinta y siete millones veinte mil novecientos dieciocho pesos), I.V.A. incluido. II.5 Adjudicada la propuesta, y una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que así lo haya resuelto, la Dirección General de Aeronáutica Civil celebrará el contrato con el oferente que resulte adjudicado, previo cumplimiento de lo estipulado en el Capítulo X de las presentes bases administrativas. II.6 Adjudicada esta propuesta no podrán cederse o transferirse a terceros los derechos y obligaciones emanados de ella ni del contrato. Además, el adjudicatario no podrá invocar justificación alguna por el accionar de terceros, que tenga por objeto atenuar la responsabilidad que le cabe en el fiel cumplimiento del contrato mencionado en el punto precedente. II.7 Si durante la vigencia del contrato derivado de la presente licitación el contratista fuere objeto de una transformación o absorción que implicase su disolución, término de giro y registro tributario, la nueva compañía que surja de dicho proceso o la firma que incorpore a su patrimonio los derechos y obligaciones del contrato administrativo, podrá continuar con la ejecución del mismo, situación que no importa de modo alguno contravención de los artículos 14 y 15 de la Ley N° 19.886, siempre que el contratista cumpla con las exigencias establecidas en las bases para contratar y ejecutar la contratación. 5 EXENTA N°0193 II.8 El adjudicatario inscrito en el Registro de Chileproveedores cumplirá con los requisitos solicitados en el punto X.2 del Capítulo X “Actos preparatorios para la emisión de la orden de compra”, si se encuentra hábil en dicho organismo y siempre que las fechas de vigencia de los documentos estén conforme a lo solicitado en el referido punto. El proveedor adjudicado deberá hacer presente lo anterior en forma escrita dentro de los (3) días siguientes a la notificación de la adjudicación, con el objeto de que se revisen y constaten en el registro de Chileproveedores la existencia y validez de los antecedentes solicitados. II.9 Todos los plazos que se señalan en esta propuesta pública serán de días corridos, salvo que se señale expresamente que se trata de días hábiles administrativos. En el evento que las gestiones o actuaciones exigidas por esta entidad licitante coincidan con día sábado, domingo o festivo, éstas deberán realizarse el día hábil administrativo siguiente. II.10 Aquel adjudicatario que no se encuentre inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración (www.chileproveedores.cl), estará obligado a hacerlo dentro del plazo de quince (15) días corridos, contado desde la notificación de la adjudicación, trámite que constituye requisito previo para la emisión de la orden de compra, requisito que en el caso de una Unión Temporal de Proveedores, se exige a todos sus integrantes. La no inscripción dentro del término señalado, obligará a la entidad licitante a dejar sin efecto la adjudicación de la oferta y proceder, eventualmente, a la adjudicación de la licitación al siguiente oferente mejor evaluado. II.11 Los plazos que se establecen en el cronograma de la propuesta, incluido en las presentes bases administrativas, a saber, plazo para efectuar consultas, plazo para respuestas, plazo y fecha de cierre de la licitación, plazo de recepción de ofertas y fecha de apertura de ofertas, podrán ser modificados hasta por un máximo de treinta (30) días, por la entidad licitante, en la eventualidad de ocurrencia de alguna situación especial debidamente calificada que impida dar cumplimiento a los plazos y fechas originalmente publicadas. La modificación antes señalada, será materializada mediante la dictación de una Resolución, fundada y firmada por la autoridad competente, debidamente tramitada y publicada en la plataforma de licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl). II.12 La entidad licitante, tendrá las más amplias facultades para efectuar la verificación de los antecedentes presentados por los proponentes y de aquellos que apoyen o respalden sus propuestas. La presentación de antecedentes falsos, entendiéndose por estos, los que no son veraces, íntegros o auténticos, constituye una falta o infracción grave al principio de buena fe que inspira la contratación pública. La detección de antecedentes falsos, podrá dar a lugar a la descalificación de la oferta y su posterior declaración de inadmisibilidad, a la invalidación de la adjudicación o al término anticipado del contrato, según corresponda, pudiendo hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta o la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, cuando la convención se hubiese determinado en base a dichos antecedentes, por constituir un incumplimiento grave a las obligaciones que impone la contratación y una vulneración al pacto de integridad contenido en las declaraciones obligatorias que forman parte de las presentes bases y deben ser firmadas por los oferentes. Todo lo anterior, sin perjuicio de la responsabilidad penal que pudiere perseguirse por la falsificación de los antecedentes. 6 EXENTA N°0193 III.- DE LOS PARTICIPANTES III.1 Podrán participar en esta licitación personas naturales, jurídicas o bajo la fórmula de Unión Temporal de Proveedores, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 67 bis del reglamento de la ley de compras públicas. Se considerarán proponentes u oferentes a las personas que hayan formulado sus ofertas a instancias del llamado a licitación, a través de la plataforma de licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl) y que, en caso de adjudicarse la propuesta, están obligados a prestar el servicio contratado por la institución y facultadas para cobrar y percibir el pago. III.2 No podrán participar en esta propuesta aquellos proveedores que se encuentren afectos a alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 4º de la Ley N.º 19.886, de “Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios”, Capítulo II “De los Requisitos para Contratar con la Administración del Estado”. IV.- CONSULTAS Y ACLARACIONES. IV.1 CONSULTAS Y ACLARACIONES Toda solicitud de aclaración de las bases de licitación, así como las consultas de carácter técnico y/o administrativas sobre la propuesta, deberán ser presentadas en idioma español, a través de la plataforma de licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl) dentro de los cuatro (4) días corridos siguientes contados a partir de la publicación de la propuesta. Las consultas y aclaraciones de cada proponente serán contestadas a través de la plataforma de licitaciones de la Dirección Chilecompra, en un plazo de tres (3) días corridos, contados desde la fecha final de recepción de preguntas, mediante un archivo que será incluido como documentación anexa en el apartado “archivos adjuntos de esta licitación”. Como consecuencia de las consultas y aclaraciones, la Dirección General de Aeronáutica Civil podrá introducir cambios en las bases de licitación, resguardando debidamente los eventuales intereses de los proponentes con el objeto que no se vulneren los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, para cuyo efecto dictará el acto administrativo correspondiente, el que -una vez totalmente tramitado- se informará a través del Sistema de Informaciones de Chilecompra. En este caso se considerará un plazo adicional prudencial que se contendrá en la misma resolución, contado desde la total tramitación del acto administrativo, para que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a las modificaciones efectuadas. V.- INTERPRETACIÓN DE LAS BASES Ante cualquier discrepancia en la interpretación de las bases de licitación que regulan esta propuesta prevalecerá el criterio de la DGAC, que decidirá de acuerdo con las normas y los principios de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y de su Reglamento, sin perjuicio de las competencias legales de la Contraloría General de la República, del Tribunal de Contratación Pública y de los Tribunales Ordinarios de Justicia. 7 EXENTA N°0193 Ante una eventual discrepancia entre las bases de licitación y la oferta, prevalecerán las primeras. Igualmente, ante discrepancias entre la ficha electrónica del portal Mercado Público y el pliego de condiciones, prevalecerá este último. VI.- GASTOS ASOCIADOS A LA PROPUESTA Los gastos que demande participar en la presente propuesta, deben ser absorbidos íntegramente por cada proponente, sin derecho a reembolso. VII.- DE LA PRESENTACIÓN Las ofertas, técnicas y económicas, deberán ser presentadas a través de la plataforma de licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopúblico.cl), hasta el cierre de esta propuesta, es decir, dentro del plazo de once (11) días corridos contados desde la fecha de publicación de la propuesta, hasta el día de cierre de la misma a las 15:01 horas. Las ofertas no deben contener limitaciones de responsabilidad del contratista, que puedan repercutir en la ejecución del contrato o en una etapa posterior a ella, ni establecer condición alguna que pueda afectar los intereses de la DGAC o que se contrapongan a lo establecido en las bases de licitación y, en el evento que se incluyan, éstas no tendrán valor alguno y se tendrán por no escritas, prevaleciendo así los términos y condiciones de las bases de la licitación por sobre la oferta, por aplicación del principio de estricta sujeción a las bases. Las ofertas deberán ser presentadas en sobres en soporte electrónico los cuales se deberán rotular: N.º 1 “Aspectos administrativos” (A), N.º 2 “Aspectos técnicos” (T) y N.º 3 “Aspectos Económicos” (E). Estos sobres, tienen que estar en formato Adobe Acrobat (.pdf) para ser leído en el sistema operativo Windows. VII.1 El sobre electrónico Nº 1 “Aspectos administrativos” (A), deberá contener los siguientes antecedentes: VII.1.1 Identificación completa del proponente conforme al formato adjunto, denominado “Formato identificación del oferente”. VII.1.2 Una declaración simple emitida y firmada por el proponente persona natural, jurídica o por cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, que consigne la circunstancia de haber estudiado las Bases de Licitación y el hecho de encontrarse conforme con todos sus términos y condiciones, como también que no le afectan los impedimentos señalados en el párrafo III.2 del Capítulo III, de las presentes Bases Administrativas, según formato de declaraciones identificado con el nombre de “Formato de declaraciones del proponente”. VII.1.3 Cuando el oferente sea una Unión Temporal de Proveedores, deberá presentar el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar en esta propuesta de esta forma. La declaración a que hace mención en el numeral VII.1.2 de las presentes bases administrativas no exime al proponente u oferente de dar estricto cumplimiento a todos y cada uno de los requerimientos exigidos tanto en las presentes bases administrativas como también en las bases técnicas. Por tanto, de no presentarse la documentación, antecedentes u otra información de carácter evaluable se asignará el menor puntaje señalado en la pauta de evaluación. En caso que la omisión corresponda a un aspecto invalidante o excluyente, la comisión evaluadora deberá consignar esta circunstancia y abstenerse de evaluar la oferta infractora, correspondiendo a la autoridad competente resolver acerca de la inadmisibilidad misma. 8 EXENTA N°0193 VII.2 El sobre soporte electrónico Nº 2 “Aspectos técnicos” (T), deberá contener los siguientes antecedentes: VII.2.1 Presentar resolución sanitaria vigente que lo autorice para traslado de residuos del tipo domiciliario. (Requisito invalidante) VII.2.2 Presentar una imagen(es), descripción técnica detalla del vehículo a utilizar como camión compactador recolector de basura. (Requisito invalidante) VII.2.3 Presentar una imagen(es), descripción técnica detalla del vehículo a utilizar como reemplazo camión compactador recolector de basura. (Requisito invalidante) VII.2.4 Experiencia del oferente: el oferente deberá presentar constancias emitidas por la empresa en donde hubiese prestado este tipo de servicios. VII.2.5 Programa de integridad: el oferente deberá presentar la declaración jurada, conforme al formulario adjunto identificado con el nombre de “Formato de declaración de programa de integridad”, acompañando, además, los protocolos, instructivos, certificaciones o cualquier documento que permita comprobar que cuentan con dicho programa y que es conocido por su personal. Sin perjuicio de los antecedentes explícitamente exigidos en este sobre electrónico, se recomienda a los proponentes adjuntar en su oferta toda la información que se consulta en las bases administrativas, y bases técnicas, que permita a la comisión evaluadora, valorar todos y cada uno de los parámetros contemplados en dichos documentos; en caso contrario se asignará el puntaje mínimo en el o los parámetros de carácter evaluable asociados a la información omitida. VII.3 El sobre electrónico N.º 3, “Aspectos económicos” (E), deberá contener la oferta económica de la propuesta, señalando el(los) precio(s) conforme al “Formulario de presentación de oferta económica ID N° 1960-22-LE24” adjunto a las presentes bases de licitación. Lo anterior, sin perjuicio de digitar en el Sistema de Compras Públicas el(los) precio(s) que éste exigirá. Sólo se aceptarán ofertas en moneda nacional (CLP). La oferta que sea presentada en otra moneda no será considerada en el estudio económico de la propuesta. El(los) precio(s) requeridos deben encontrarse en concordancia con las bases técnicas y deberá(n), además, ser subido(s) a la plataforma de licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl) mediante un archivo adjunto denominado “Formulario de presentación de oferta económica ID N° 1960-22-LE24”. El plazo de vigencia de la oferta no podrá ser inferior a noventa (90) días corridos. Las ofertas que no mencionen la vigencia, se entenderán que acepta la señalada en estas bases administrativas. Los sobres mencionados en los puntos VII.1, VII.2 y VII.3, serán abiertos en conformidad a lo establecido en el Capítulo VIII de las presentes bases administrativas. 9 EXENTA N°0193 Para una mejor revisión de los antecedentes en la sesión de apertura de la propuesta, se solicita a los participantes de la presente licitación, que para efectos de presentación de la documentación e información electrónica que se debe incluir en los sobres Nº 1, 2 y 3, sea respetado el orden en que ella se solicita, en los puntos VII.1, VII.2 y VII.3 de las presentes bases administrativas. VIII.- DE LA APERTURA La apertura de los sobres electrónicos, N.º 1 “aspectos administrativos”, N.º 2 “aspectos técnicos” y Nº 3 “aspectos económicos”, se efectuará en un solo acto, el día hábil siguiente del cierre de la licitación, a las 15:01 horas, en dependencias de la DGAC ubicadas en el aeropuerto Presidente Carlos Ibáñez del Campo Punta Arenas, Oficina Logística en forma electrónica, a través de la plataforma de licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl). En la apertura de los sobres N° 1 “aspectos administrativos, Nº 2 “aspectos técnicos” (T) y Nº 3 “aspectos económicos” (E) sólo se efectuará la descarga del contenido de los mismos desde la plataforma de licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl), aceptándose todas las ofertas recibidas. El examen y análisis del detalle del contenido de los sobres antes citados, corresponderá exclusivamente a la comisión evaluadora. Una vez concluido el acto de apertura, técnica y económica, se confirmará el acta de apertura electrónica emitida por la plataforma de licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl). Los proponentes podrán formular observaciones dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes de terminado el acto de apertura y canalizarlas a través de la plataforma de licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl), las que serán resueltas por la DGAC dentro del plazo de diez (10) días corridos, contados desde el vencimiento del plazo de veinticuatro (24) horas antes señalado. Se deja expresamente establecido que frente a situaciones técnicas que afecten a la plataforma electrónica, impidiendo el normal desarrollo de la apertura de los sobres electrónicos, la entidad licitante estará facultada para interrumpir la continuidad administrativa de tales procesos y disponer su prosecución el día hábil siguiente. En caso de producirse una indisponibilidad técnica en la plataforma de licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl) que provoque la imposibilidad de subir los archivos correspondientes de algún oferente, éste deberá solicitar a la referida Dirección un Certificado que dé cuenta de tal indisponibilidad, dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas. En tal caso, el o los oferentes afectados podrán presentar su oferta fuera del Sistema de Información, en las dependencias de en las dependencias de la Oficina Logística ubicada en el terminal antiguo del Aeropuerto Presidente Carlos Ibáñez del Campo S/N, en el plazo que estipula el artículo 62 del Reglamento de Compras Públicas (Decreto Supremo (H) N° 250 del año 2004, Publicado en el Diario Oficial de fecha 24 de septiembre de 2004 y sus modificaciones posteriores). IX.- DE LA EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN IX.1 Las ofertas “aceptadas” en la apertura electrónica y así calificadas en el Portal Electrónico, serán remitidas para su evaluación a la comisión evaluadora, designada para tal efecto mediante Resolución, e integrada por tres (3) funcionarios de la Dirección General de Aeronáutica Civil. Si del examen y análisis del detalle de las ofertas por parte de la comisión evaluadora, ésta concluyera acerca de la omisión de antecedentes, documentos y/o información 10 EXENTA N°0193 de carácter excluyente o invalidante, se abstendrá de proceder a evaluar la propuesta infractora, debiendo en su informe pronunciarse sobre su inadmisibilidad. IX.2 Las propuestas serán estudiadas y evaluadas en base a la pauta de evaluación contenida en la presente licitación, en un plazo no superior a veinte (20) días corridos, contados desde la apertura de las ofertas o de resueltas las eventuales observaciones que formularen los proponentes a la apertura. Las ofertas serán ponderadas con un 30% para el criterio de evaluación experiencia del oferente, un 3% para el criterio de evaluación programa de integridad, un 10% para el criterio de evaluación camión para escombros, un 17% para el criterio de evaluación y un 40% para el criterio de evaluación precio. La DGAC, adjudicará la licitación a aquel oferente que, cumpliendo las exigencias de estas bases, obtenga el mayor puntaje luego de la aplicación de los criterios de evaluación correspondientes, sin perjuicio de declarar desierta la licitación cuando las ofertas no resulten convenientes a sus intereses. En el evento de que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más proponentes que hayan obtenido el mismo puntaje máximo, quedando más de uno en condiciones de resultar adjudicados, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en el criterio experiencia del oferente. En caso de mantenerse el empate, se seleccionará aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en el criterio precio. Durante el período de evaluación, la comisión evaluadora podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no le confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información de la plataforma de licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl). El o los oferentes afectados tendrán un plazo máximo de (cuarenta y ocho) 48 horas, contado desde la solicitud de la entidad licitante, para salvar tales errores u omisiones. Durante el período de evaluación, los oferentes sólo podrán mantener contacto con la entidad licitante para los efectos de la misma, mediante la herramienta de solicitud de aclaraciones del portal mercado público. Culminada la evaluación técnica y económica, la comisión evaluadora deberá emitir el informe pertinente, considerando en capítulo separado la evaluación final y sugerencia de adjudicación. Ambas actuaciones deberán verificarse dentro del plazo de veinte (20) días corridos, contado desde la apertura de las ofertas. IX.3 Dentro de los cinco (5) días corridos siguientes a la fecha de emisión del informe de evaluación la Dirección General de Aeronáutica Civil dictará la Resolución de adjudicación, la que se notificará al proponente favorecido a través de la plataforma de licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl), una vez que la misma se encuentre totalmente tramitada. Mediante igual mecanismo se notificará a los proponentes cuyas ofertas no sean aceptadas. En el evento que la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las bases de licitación, la entidad deberá informar en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicar un nuevo plazo para ello, conforme a lo establecido en el Artículo 41° del Reglamento de la Ley de Compras, dictando, además, el correspondiente acto administrativo fundado. 11 EXENTA N°0193 Los oferentes tendrán cuarenta y ocho (48) horas para efectuar consultas respecto de la adjudicación, las que deberán ser formalizadas a través del mecanismo habilitado en la plataforma de licitación de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl), o directamente al correo electrónico adjudicación@dgac.gob.cl y serán contestadas por la DGAC a través de ese mismo medio dentro de un plazo de cuatro (4) días hábiles administrativos. X.- ACTOS PREPARATORIOS PARA LA EMISION DE LA ORDEN DE COMPRA X.1 Luego de dictada la Resolución de adjudicación, dentro de los treinta (30) días corridos siguientes de notificado en el portal Mercado Público dicho acto administrativo, la Dirección General de Aeronáutica Civil emitirá a través de la plataforma de licitaciones de la Dirección Chilecompra la respectiva orden de compra al adjudicatario favorecido. X.2 Como requisito previo a la emisión de la orden de compra, el adjudicatario deberá presentar dentro de un plazo de quince (15) días corridos, contado desde la notificación de la Resolución de adjudicación en el referido portal, los siguientes documentos, en el caso de que estos no se encuentren en el portal o no estén actualizados: X.2.1 Si se tratare de persona jurídica, deberá presentar: • Copia de la patente municipal vigente, si corresponde. • Copia del certificado de inicio de actividad del SII. • Copia de la escritura de constitución de la sociedad y de aquellas que contengan las modificaciones que hubiere experimentado; de los documentos que acrediten la publicación de sus extractos en el Diario Oficial y la inscripción de tales extractos en el Registro de Comercio. • Certificado de vigencia de la sociedad, emitido por el Conservador de Bienes Raíces y Comercio respectivo o por la autoridad que corresponda, de una antigüedad no superior a sesenta (60) días corridos a la fecha de su presentación. • Certificado de vigencia de la personería del representante legal, emitido por el Conservador de Bienes Raíces y Comercio respectivo o por la autoridad que corresponda, de una antigüedad no superior a sesenta (60) días corridos a la fecha de su presentación. • Copia la cédula de identidad de su(s) representantes(s). X.2.2 Si se tratase de persona natural, deberá presentar: • Copia de su cédula de identidad. • Copia patente municipal vigente. • Copia de certificado de inicio de actividad del SII. X.2.3 Si se tratase de Unión Temporal de Proveedores, deberán presentar, respecto de cada uno de los integrantes de la misma, los antecedentes señalados en los puntos X.2.1 y X.2.2, según corresponda. Asimismo deberá dar cumplimiento a lo señalado en el Art. 67 bis del Reglamento de Compras Públicas, acompañando la Escritura Pública que dé cuenta del acuerdo para participar de esta forma, que contenga, al menos, los requisitos establecidos en dicha disposición, esto es, la solidaridad entre las partes, el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes y que considere una vigencia no menor a la del 12 EXENTA N°0193 contrato adjudicado, incluyendo la renovación que pudiera contemplarse, si procede. X.3 Cumplido el plazo de quince (15) días corridos indicado en el punto X.2, sin que el adjudicatario haya presentado los documentos exigidos, la Dirección General de Aeronáutica Civil dejará sin efecto la adjudicación, quedando la Dirección General de Aeronáutica Civil facultada para adjudicar la propuesta al oferente siguiente mejor evaluado en el proceso de evaluación o declararla desierta y efectuar una nueva licitación. Lo anterior, sin perjuicio de su facultad de ejercer las acciones legales que correspondan. No podrán contratar con la DGAC, aquellos proveedores que se encuentren afectos a alguna de las prohibiciones establecidas en el Artículo 4° de la Ley N° 19.886 y Artículos 8° y 10° de la Ley N° 20.393, para cuyo efecto deberán emitir la correspondiente Declaración Jurada. XI.- MODIFICACIÓN Y TÉRMINO ANTICIPADO DE LA CONTRATACIÓN XI.1 La modificación y término anticipado de la contratación, se efectuará mediante Resolución fundada, por las causales señaladas en los artículos 13 de la Ley 19.886 y artículo 77 de su Reglamento, y especialmente por las que a continuación se señalan: a) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. b) Estado de notoria insolvencia del contratista, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del Contrato. c) Por necesidades operacionales y de buen servicio en las instalaciones de la DGAC involucradas en el servicio. d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. e) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. f) Por incumplimiento grave del contratista a sus obligaciones contractuales. Se entenderá por incumplimiento grave del contratista lo siguiente: • Si el contratista no inicia oportunamente el servicio, o no presta cuatro (4) servicios consecutivos o seis (6) servicios discontinuos, sin causa justificada. • Si el contratista no cumple con las especificaciones contenidas en las bases técnicas, afectándose la calidad del servicio y comprometiendo, consecuencialmente, la seguridad de este mismo. • Si el contratista subcontrata con terceros, parte o la totalidad de la ejecución del servicio. • En caso que el contratista abandonare intempestivamente la ejecución del servicio. • El incumplimiento de sus obligaciones remuneracionales y de seguridad social para con los trabajadores que se desempeñen en la ejecución del contrato. • Exceder el monto máximo establecido para la aplicación de multas, esto es, cuando el monto de las multas supere el 10% del precio total de la orden de compra. • No entregar garantías en el caso de aplicación de multas conforme al literal b) del numeral 4) del punto XIV.3 de las presentes bases administrativas. • El incumplimiento en el plazo de entrega de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, requerida por la DGAC si al momento de entrar en vigencia dicho instrumento, esta no alcanzare a cubrir el periodo del mismo, conforme a lo señalado en el punto XII.1 de las presentes bases administrativas. • La presentación de antecedentes falsos, entendiéndose por estos, los que no son veraces, íntegros o auténticos y la contratación se hubiese determinado en base a 13 EXENTA N°0193 dichos antecedentes o ellos sean relevantes para la correcta y completa ejecución de la contratación, cualquiera sea la oportunidad en que hayan sido presentados, conforme a lo establecido en el punto II.12 de las presentes bases administrativas. g) Para el caso de UTP también serán motivos de término anticipado de la contratación las siguientes causas: • La constancia de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica. • Si uno de los integrantes de la UTP se retira de esta, y dicho integrante reuniese unas o más características objeto de la evaluación de la oferta. • Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros. • Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados. • Disolución de la UTP. Transcurridos los plazos antes referidos, tales incumplimientos constituirán causal suficiente para que opere el término anticipado del contrato, si la DGAC lo estima conveniente, el que se hará efectivo sin forma de juicio y mediante Resolución fundada debidamente comunicada al contratista. El procedimiento por el cual se declarará el término anticipado del contrato, será el siguiente: a) La DGAC notificará por carta certificada al contratista, el incumplimiento en que haya incurrido, para que dentro del plazo de tres (3) días hábiles, éste pueda presentar sus descargos o alegaciones por escrito en la Oficina Logística ubicada en el antiguo terminal de pasajeros del Aeropuerto Presidente Carlos Ibáñez del Campo Punta Arenas, de lunes a jueves de 08:30 a 12:00 horas y de 14:30 a 17:00 horas y los días viernes de 08:30 a 12:00 horas y de 14:30 a 16:00 horas. b) Cumplido el plazo, sea que el contratista presentó o no sus descargos, la DGAC se pronunciará sobre la procedencia de declarar el término anticipado del contrato dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, mediante resolución fundada, la que será notificada al contratista por carta certificada, enviada al domicilio consignado en el contrato y debidamente publicada en el portal. De proceder la declaración de término anticipado del contrato por algunas de las causales contenidas en el literal f), del punto XI.1 precedente, la DGAC lo hará efectivo sin forma de juicio y mediante resolución fundada debidamente comunicada al contratista, caso en que hará efectiva, además, la garantía de fiel cumplimiento, sin perjuicio del cobro de las multas que correspondieren por incumplimiento contractual, así como el ejercicio de las demás acciones y derechos que de acuerdo a la Ley sean procedentes. XI.1.2 Cláusula de caso fortuito o fuerza mayor, esto es, aquel imprevisto al que no es posible resistir y que impidan, al contratista y/o a la DGAC, cumplir con cualquiera de las obligaciones contraídas, entendiéndose como causales las señaladas a título ejemplar en el artículo 45 del Código Civil de la República de Chile. En la ocurrencia de tales hechos, se aumentará el plazo del contrato en que incida, el que en todo caso será igual al de duración del caso fortuito o fuerza mayor. 14 EXENTA N°0193 En caso de producirse un caso fortuito o fuerza mayor, la parte afectada deberá comunicar por escrito esta circunstancia a la otra parte, tan pronto tome conocimiento del impedimento y encontrándose vigente el plazo para el cumplimiento de la obligación en que incide. Seguidamente y dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de la referida comunicación el contratista deberá acreditar debida y suficientemente el imprevisto que lo afecta. La DGAC deberá pronunciarse sobre su aceptación o rechazo dentro de igual término. XI.1.3 Cláusula de domicilio, litigios, legislación aplicable y prórroga de competencia, sometiendo el contrato a la jurisdicción de los Tribunales Chilenos, fijando al efecto ambas partes domicilio en la dirección señalada en la comparecencia. XI.1.4 Cláusula de confidencialidad, en la que la DGAC y el contratista se obligan a mantener absoluta reserva y confidencialidad de toda la información que obtengan en virtud del contrato a suscribir. En consecuencia, no podrán usar o copiar dicha información confidencial, excepto con el propósito y para los fines del contrato. Tampoco podrán revelar o comunicar o causar el que sea revelado o comunicado de manera que pueda disponerse de tal información confidencial por cualquier otra persona que no sean sus directores, empleados, agentes o representantes a quienes su conocimiento sea indispensable para los propósitos del contrato. XI.2 Toda la documentación o material informativo relacionado con esta propuesta y que la Dirección General de Aeronáutica Civil entregue a los proponentes, es de propiedad de la primera y no podrá ser entregada o facilitada a terceros a ningún título, a menos que se cuente con una autorización escrita para tal efecto. XI.3 La contratación que se derive de la propuesta pública que se regula por las presentes bases de licitación, no podrá contener cláusulas de limitación de responsabilidad del contratista, puesto que una estipulación de tal naturaleza implica renuncia anticipada de derechos que precisan de autorización legal, facultad que la entidad licitante no posee. XI.4 La contratación entrará en vigencia en la fecha que en él se establezca y una vez que se encuentre totalmente tramitada la Resolución que lo aprueba, la que se entenderá notificada al contratista a las veinticuatro (24) horas siguientes de su publicación a través del portal Mercado Público, y se extenderá hasta el cumplimiento del período de ejecución pactado. Lo anterior se entenderá sin perjuicio de aquellas obligaciones contractuales que, por su naturaleza, el contratista deberá cumplir aún después de verificado el hito señalado precedentemente. XII.- DE LA GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO XII.1 Con anterioridad a la emisión de la orden de compra, el adjudicatario deberá entregar a la Institución una Boleta de Garantía, Vale Vista, Póliza de Seguro, Certificado de Fianza a la Vista o cualquier otro documento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, cuya glosa debe expresar: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de la contratación derivada de la licitación pública ID N° 1960-22-LE24 y por el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del contratista”. Esta garantía deberá extenderse a favor del Fisco – Dirección General de Aeronáutica Civil R.U.T.: 61.104.000-8, por un monto equivalente al 10% del valor total de la orden de compra. La caución que se constituya 15 EXENTA N°0193 deberá ser irrevocable y pagadera a la vista y de ejecución inmediata, tomada en un Banco, en una institución financiera nacional o extranjera que tenga representación en Chile, en una Compañía de Seguro con Agencia en Chile, o en una Institución de Garantía Recíproca (IGR), según corresponda y deberá tener una vigencia mínima que contemple el plazo de prestación de los servicios, más noventa (90) días corridos. En caso de que el instrumento de caución sea emitido en dólares de los Estados Unidos de América o en unidades de fomento, éste deberá considerar la conversión según el tipo de cambio vigente o el valor de la unidad de fomento, vigente a la fecha de emisión del instrumento de garantía. Si al momento de entrar en vigencia la contratación, la garantía no alcanzare a cubrir el período antes señalado, el contratista deberá reemplazar esta garantía por otra que cumpla con este periodo o extender su vigencia, en un plazo no superior a quince (15) días corridos. En el evento que la garantía se constituya mediante una Póliza de seguro, ésta podrá expresarse en UF (Unidad de Fomento), en dólares de los Estados Unidos de América o en moneda nacional; en este último caso, sólo si se dan los presupuestos previstos en el artículo 10 del DFL N° 251 del 1931. Asimismo, el tomador deberá solicitar al emisor de la Póliza incluir en las condiciones particulares de ella, que ésta cubra el pago de las multas. Tanto la Póliza de Seguros como el Certificado de Fianza, deberán ser pagados a primer requerimiento, de modo de asegurar el pago de la caución de manera rápida y efectiva. La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar y entregarse de forma física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, debiendo enviarse la información relativa a la garantía directamente al correo electrónico garantia_carlos_ibanezdelcampo@dgac.gob.cl. En el evento que fuere necesario, por cualquier causa, ampliar el plazo asociado a una etapa o hito de ejecución del contrato y ello importare la obligación de extender el plazo de vigencia de la garantía, será de cargo y responsabilidad del contratista gestionar y financiar dicho trámite, con independencia de quien sea la parte a quien esté asociada la ampliación de la ejecución del contrato. Dicha extensión de vigencia deberá obtenerla el contratista y entregarla a la DGAC dentro del plazo que disponga la entidad contratante, habida consideración de que, en caso contrario, ello configurará un incumplimiento grave del contrato por parte del contratista, que facultará a la DGAC para poner término anticipado al citado instrumento. XII.2 Si el adjudicatario no entregare la garantía por el fiel cumplimiento y/o no acepta la orden de compra dentro de plazo señalado en el Capítulo X de las presentes bases administrativas, o se desiste de él, la DGAC dejará sin efecto la adjudicación, quedando facultada para adjudicar la propuesta al oferente siguiente mejor evaluado en el proceso de evaluación o declararla desierta y efectuar una nueva licitación. Lo anterior sin perjuicio de la facultad de ejercer las demás acciones legales que correspondan. XII.3 La garantía de fiel cumplimiento del contrato será restituida al contratista a partir de la fecha de su vencimiento, previamente se verificará que no existan multas pendientes y esté al día el cumplimiento de las obligaciones del contratista a satisfacción de la DGAC. La devolución se efectuará en la Oficina de Finanzas, ubicada en el antiguo terminal de pasajeros del Aeropuerto Pdte. Carlos Ibáñez del Campo S/N, en el caso de que este documento haya sido entregado en forma física. De haber sido entregada por vía electrónica, sólo bastará que sea comunicado el término de vigencia, mediante correo electrónico. 16 EXENTA N°0193 XII.4 En caso de proceder el cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, éste se efectuará conforme al procedimiento indicado en el punto XIV.3 de las presentes bases administrativas, respetando los principios de contradictoriedad e impugnabilidad. XIII.- DEL PAGO XIII.1 El pago, correspondiente al precio total del contrato, se efectuará mediante transferencia electrónica y conforme al siguiente detalle: XIII.1.1 El precio mensual del servicio deberá ser facturado por el contratista, por mes vencido y en moneda nacional. Dicho precio será pagado contra presentación por el contratista a la DGAC, de los siguientes documentos: a) Factura comercial electrónica por igual monto. b) Certificado de conformidad del servicio correspondiente al período de facturación. XIII.2 El pago de las sumas antes mencionadas, se efectuará mediante transferencia bancaria al banco y cuenta corriente que indique el adjudicatario en los documentos requeridos para la contratación, y dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de recepción de la factura electrónica y certificados de conformidad por cada evento de la contratación. XIII.3 El contratista, solo podrá emitir la factura electrónica una vez que se haya verificado su cumplimiento contractual, hecho que será confirmado mediante el certificado de conformidad correspondiente, emitido por el Inspector Fiscal designado para tal efecto. XIII.4 La factura deberá indicar en su glosa que es pagadera dentro de los treinta (30) días corridos siguientes a su recepción conforme, que se encuentra afecta a eventuales retenciones y/o descuentos y al impuesto del 2%, establecido en el artículo 37 de la Ley N° 16.752. XIII.5 La factura deberá ser enviada al repositorio de facturas electrónicas de la DGAC, correo electrónico dte.recepcion@dgac.gob.cl, previa validación por parte del Servicio de Impuestos Internos (SII). XIII.6 La Dirección General de Aeronáutica Civil, rechazará la factura electrónica en los siguientes casos: • Si es entregada en forma anticipada (antes de ser firmado el certificado de conformidad por parte del Inspector Fiscal). • Si no ha sido enviada al correo electrónico dte.recepcion@dgac.gob.cl. • Si su glosa no contiene la información mínima exigida en el numeral XIII.4. XIII.7 Será requisito indispensable para cursar los pagos a que se refiere el contrato, que el contratista acredite encontrarse al día en sus obligaciones laborales y previsionales (mes anterior que se presentó la factura), al tenor de lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo, lo que deberá ser demostrado mediante la presentación del formulario F30-1 y la nómina de pago o copias de liquidación de remuneraciones y cotizaciones de seguridad social. 17 EXENTA N°0193 XIV.- DE LAS MULTAS Y DESCUENTOS XIV.1 DE LAS MULTAS Se contemplará el pago de multas por incumplimiento del contrato, cuya responsabilidad recaiga en el contratista, en conformidad a lo siguiente: a) MULTA POR SERVICIO NO PRESTADO Por cada servicio no prestado por el contratista establecidos en las bases técnicas, se aplicará en cada oportunidad que ocurra, una multa correspondiente a una (1) U.T.M. (Unidad Tributaria Mensual), con un tope de cuatro (4) servicios consecutivos o seis (6) servicios discontinuos. b) MULTA POR SERVICIO DEFICIENTE Si el servicio o los servicios fueren calificados por el inspector fiscal como deficiente, o bien, se observase por parte del contratista el incumplimiento de cualquiera obligación señalada en el contrato o en las bases de licitación, se aplicará en cada oportunidad que ocurra, se aplicará en cada oportunidad que ocurra, una multa de una (1) U.T.M. (Unidad Tributaria Mensual). c) MULTA INCUMPLIMIENTO PROHIBICIÓN Si se detecta el incumplimiento a alguna prohibición establecida en la cláusula XVI por el contratista o sus dependientes se aplicará en cada oportunidad que ocurra, una multa de una (1) U.T.M. (Unidad Tributaria Mensual). d) MULTA INCUMPLIMIENTO ORDEN INSPECCIÓN FISCAL Se podrá aplicar al contratista una multa equivalente a 0,5 U.T.M (Unidad Tributaria Mensual) por cada día en que el contratista se encuentre en situación de incumplimiento respecto de una orden del inspector fiscal. Nota: La U.T.M. (Unidad Tributaria Mensual) aplicable al mes en que ocurrió la falta. Con todo, las multas no podrán exceder del diez por ciento (10%) del valor total de la orden de compra. En este caso, la DGAC podrá poner término anticipado al contrato, según lo señalado en el punto XI.1, letra f), de las presentes bases administrativas y proceder a la ejecución de la garantía de fiel cumplimiento. XIV.2 DE LOS DESCUENTOS: a) DESCUENTOS POR SERVICIO DE EXTRACCIÓN Y RETIRO DE BASURA NO PRESTADO Si por razones imputables al contratista, el servicio de extracción y retiro de basura no se prestase, se aplicará un descuento igual a la siguiente razón: (PMNS/CSEBM) x CSEBNP Donde “PMNS” es el precio mensual neto del servicio de extracción de basura, “CSEBM” es la cantidad de servicio de extracción de basura que debieron prestarse 18 EXENTA N°0193 el mes, y “CSEBNP” es la cantidad de servicios de extracción de basura no prestados en el mes. Respecto a los descuentos que procedan practicar, estos se realizaran sobre la factura correspondiente al mes en que se originaron los acontecimientos, o de los pagos más próximos. Las multas y los descuentos se podrán aplicar por cada vez que se verifique una causal que individualmente considerada la haga procedente. XIV.3 La aplicación de multas se hará efectiva conforme al siguiente procedimiento: 1) La DGAC notificará, mediante correo electrónico enviado a la dirección de contacto que el contratista haya indicado en su oferta, el incumplimiento en el cual se haya incurrido, para que dentro del plazo de cinco (5) días hábiles, éste pueda presentar sus descargos o alegaciones por escrito en la Oficina Logística ubicada en el antiguo terminal de pasajeros del Aeropuerto Presidente Carlos Ibáñez del Campo Punta Arenas, de lunes a jueves de 08:30 a 12:00 horas y de 14:30 a 17:00 horas y los días viernes de 08:30 a 12:00 horas y de 14:30 a 16:00 horas. 2) Una vez realizados los descargos por parte del contratista, o en su defecto, una vez transcurrido el plazo de (5) días hábiles sin que éste haya formulado descargo alguno, la DGAC se pronunciará sobre la aplicación de la multa mediante resolución fundada, la que será notificada al contratista por carta certificada enviada al domicilio consignado en el contrato y debidamente publicada en el portal. 3) En caso de que el contratista resulte disconforme con la aplicación de la multa, podrá hacer uso de los recursos contemplados en la Ley N° 19.880, de conformidad a las normas en ella establecidas. 4) Una vez ejecutoriada la resolución que dispuso la aplicación de la multa, ésta deberá enterarse, a elección del contratista, conforme a una de las siguientes modalidades: a) Pago directo del contratista, en forma administrativa y sin forma de juicio, dentro de cinco (5) días hábiles contados desde la notificación que la cursa. En el evento de que se hayan presentado descargos y estos fueren rechazados, el pago de la multa deberá efectuarse dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de notificación del acto fundado que desestime su reclamación y curse la multa. b) Aplicándolas la DGAC directamente sobre la garantía que se entregue por fiel y oportuno cumplimiento de la contratación. Previo a hacer efectiva la caución a objeto de deducir de su monto una parcialidad por concepto de multa, el contratista deberá proporcionar dentro del plazo de quince (15) días corridos contados desde la notificación que cursa la multa, una nueva garantía por el mismo período de vigencia y monto estipulado en el Capítulo XII.1 de las presentes bases administrativas, manteniéndose así íntegramente el documento originalmente pactado. Con posterioridad a la entrega de la caución, la DGAC procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento y acto seguido hará entrega al contratista del remanente no destinado al pago de la multa. XIV.4 En el evento que las multas impliquen hacer efectivo el total de la garantía, la Dirección General de Aeronáutica Civil podrá poner término anticipado al contrato, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan, con indemnización de perjuicios. 19 EXENTA N°0193 XIV.5 No se aplicarán multas al contratista cuando los retrasos en que éste hubiere incurrido sean resultados directo de caso fortuito o fuerza mayor, definidos en el punto XI.1.2 del Capítulo XI de las presentes bases administrativas, circunstancia que el contratista deberá acreditar suficientemente. XIV.6 El cobro de las multas contempladas en este capítulo, no impide ni limita a la Institución para ejercer la facultad de poner término anticipado al contrato, ni el ejercicio de otras acciones legales con indemnización de perjuicios. De igual forma, el pago de dichas multas no extingue la obligación del contratista del cumplimiento de su obligación principal. XV.- LEYES SOCIALES, SEGUROS Y OTROS Será obligación del contratista dar cumplimiento a todas las disposiciones laborales y sociales vigentes, especialmente aquellas establecidas en el Código del Trabajo, Ley sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales aplicables a los contratos de trabajo de su personal y en especial deberá velar por la observancia que deben dar sus trabajadores a las disposiciones de seguridad e higiene en el trabajo que sean aplicables en la DGAC, cuando ingresen o permanezcan por motivos de trabajo en dependencias institucionales. Para efectos de resguardar el cumplimiento de dichas obligaciones, la DGAC estará facultada para exigir al contratista en cada estado de pago, la exhibición de las planillas que acrediten el pago de remuneraciones y de las cotizaciones previsionales de sus trabajadores, sin perjuicio de solicitar la información correspondiente a la Inspección del Trabajo a través del formulario F 30-1. Asimismo, en el caso que el contratista no acredite oportunamente el cumplimiento íntegro de las obligaciones laborales y previsionales en la forma señalada precedentemente, la DGAC, de conformidad con lo que dispone la Ley 20.123, que modificó las normas sobre el trabajo en régimen de subcontratación del Código del Trabajo en el artículo 183-C, podrá retener de las obligaciones que tenga en su favor el monto del que sea responsable de pago, y pagar con cargo a dicha retención a los trabajadores o instituciones previsionales acreedoras. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 72 del D.S. (H) N° 250 de 2004, Reglamento de la Ley N° 19.886, la DGAC podrá hacer efectiva la garantía por fiel cumplimiento en caso de incumplimiento del contratista de las obligaciones laborales o sociales con sus trabajadores, estando facultada para hacer efectiva la garantía de cumplimiento administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna. Asimismo, el incumplimiento por parte del contratista a cualquiera de las obligaciones señaladas anteriormente, será considerado por la DGAC como causal grave de incumplimiento del contrato y le facultará para poner término anticipado al contrato y aplicar las sanciones administrativas y contractuales, con la correspondiente indemnización de perjuicios. XVI.- OBLIGACIONES Y/O PROHIBICIONES DEL CONTRATISTA El contratista se obliga, entre otros, a lo siguiente: a) A no ceder ni transferir a terceros, bajo ningún título, los derechos y obligaciones emanados de la adjudicación de la propuesta y del contrato. b) A mantener una comunicación permanente con el Inspector Fiscal que nomine la DGAC, a fin de solucionar de inmediato cualquier situación anómala que incida en el cumplimiento del contrato. 20 EXENTA N°0193 c) A cumplir todas las exigencias que establezca la DGAC., en función de la orden de compra, de las bases de licitación y de la oferta del contratista. d) El contratista deberá entregar a la DGAC, con anterioridad al inicio de la prestación del servicio, la nómina del personal asignado para la prestación del servicio contratado. De igual forma cada vez que hubiese alguna modificación en el personal que preste servicio deberá informarlo al inspector fiscal y/o Oficina Gestión de Contratos. e) Sera responsabilidad del contratista que todo el personal que preste los servicios contratados, al momento de prestar los servicios, cuente con una tarjeta identificación provisoria (TICA), la cual lo acredita y autoriza a circular por las dependencias aeronáuticas. f) Cumplir con los plazos del contrato. g) A presentar al personal con una identificación que lo acredite como su dependiente. h) El contratista deberá tener en consideración las medidas de seguridad personal y física relativas a sus empleados, entre estas se consideran las contenidas en la legislación laboral actualmente vigente. Por lo tanto, será responsabilidad exclusiva del contratista, los accidentes que se produjesen durante el desarrollo de los trabajos, ya sea por condiciones o acciones inseguras. i) Exigir de sus dependientes la observancia de las normas de higiene y seguridad establecidas por la DGAC. j) Sera responsabilidad de la empresa contratista el cumplimiento de las obligaciones que la Ley le impone como empleador, para la atención médica y hospitalaria del personal asignado a la prestación del servicio contratado, en caso de accidentes en el trabajo de dicho personal. k) En caso que se produzcan robos, hurtos o daños imputables al contratista o sus dependientes en los bienes de la DGAC el contratista deberá reintegrar el monto de lo sustraído o dañado, en un plazo no superior a diez (10) días corridos, contados desde la notificación respectiva, informada previamente por esta DGAC. l) Cumplir con lo señalado en protocolo área AVSEC ingreso de contratistas. m) Dar cumplimiento al instructivo técnico de gestión ambiental y de seguridad y salud en el trabajo para entidades empleadoras que ejecuten obras o presten servicios en las unidades de la DGAC. Queda prohibido al contratista y/o a su personal contratado lo siguiente: a) El contratista no podrá subcontratar con terceros, parte o la totalidad de la ejecución del servicio. b) Manipular y usar equipos de cualquier clase o naturaleza, respecto de los cuales no hayan sido autorizados por el inspector fiscal. c) Ingresar a zonas restringidas y de protección sin la debida coordinación y/o autorización de la DGAC o del inspector fiscal. d) Realizar o autorizar cualquier tipo de filmaciones o tomar fotografías, sean estas para uso personal o de terceros, sin autorización expresa de la DGAC. e) Realizar, durante el desempeño de sus labores cualquier actividad ajena establecida en el contrato respectivo. f) Preparar y calentar alimentos en el puesto o lugar de trabajo. g) Fumar en los lugares de trabajo. h) Ingresar durante su servicio y/o consumir al interior de las dependencias, cualquier tipo de bebida alcohólica o drogas. i) Portar armas de fuego, punzantes o de cualquier tipo o clase durante el servicio, aun encontrándose legalmente autorizado para ello. j) Establecer cualquier tipo de negocio dentro del lugar de trabajo. 21 EXENTA N°0193 XVII. VIGENCIA El contrato de entrará en vigencia una vez que se notifique al contratista la circunstancia de encontrarse totalmente tramitada la resolución administrativa aprobatoria del mismo, a través del sistema de compras públicas (www.mercadopublico.cl), y se extenderá por un periodo de treinta y seis (36) meses. No obstante, lo anterior, las partes reconocen y declaran que por razones impostergables de buen servicio las partes podrán acordar dar inicio a la ejecución de los servicios en forma anticipada, con anterioridad a la total tramitación de la Resolución aprobatoria del mismo, expresando desde ya, que todo pago que se derive del cumplimiento de las obligaciones y derechos que se hayan pactado solo se cursarán una vez que la citada Resolución administrativa, se encuentre totalmente tramitada. La DGAC evaluará el comportamiento del contratista adjudicado, mediante una evaluación del servicio realizada por el inspector fiscal designado, lo cual se reflejará mediante la calificación que se efectué el portal www.mercadopublico.cl. La contratación que se derive de la respectiva propuesta publica, no podrá ser renovado. XVIII. REAJUSTABILIDAD El precio del contrato se reajustará anualmente conforme al incremento que experimente el Índice de Precios al Consumidor (IPC) en la anualidad anterior, de acuerdo al mecanismo automático que ofrece la página web del Instituto Nacional de Estadísticas (INE). Dicho reajuste se efectuará en los meses trece (13) y veinticinco (25) contados desde la entrada en vigencia del contrato. En el evento de que la variación anual del IPC sea negativa, el monto del reajuste será considerado equivalente a cero. XIX. DE LA INSPECCIÓN FISCAL El contratista se obliga a mantener una comunicación permanente con la DGAC y con el funcionario nominado como inspector fiscal, a fin de solucionar de inmediato cualquier situación anómala en el cumplimiento de las obligaciones emanadas de la contratación perfeccionada a través de la orden de compra. Asimismo, se obliga a cumplir todas las exigencias que establezca la DGAC, en función de estas bases de licitación, dando cumplimiento a todas las obligaciones y condiciones establecidas en ellas.