Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
En el evento que al inicio del contrato existieran saldos insolutos de
remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con los actuales
trabajadores de la persona natural o jurídica contratada o con trabajadores
contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago generados
en razón del contrato deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones;
en este caso, la persona natural o jurídica contratada deberá acreditar que la
totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del
periodo de ejecución del contrato, con
un máximo de seis meses. El incumplimiento de esta obligación por parte del
prestador, dará derecho al SERNAC a dar por terminado el respectivo contrato
pudiendo llamarse a una nueva licitación en la cual el prestador que incumplió
con el servicio no podrá participar.
Para efectuar los pagos que procedan a favor de la empresa que se adjudique
el contrato, deberá acreditar ante el SERNAC el cumplimiento de las
obligaciones laborales y/o previsionales del total de personas contratadas para
prestar los servicios a que se refiere este contrato, a través de certificados
emitidos por la Inspección del Trabajo con el respectivo listado de trabajadores
que presten el servicio, que acredite el pago y estado de cumplimiento de
dichas obligaciones, así como de los finiquitos que se produzcan durante la
ejecución del mismo.
Con el mérito de la información a que alude el párrafo precedente, el SERNAC
queda expresamente autorizado por el proveedor a efectuar retenciones de
pago, por la suma de dinero necesaria para cubrir el monto de las obligaciones
incumplidas con sus trabajadores, retención que se efectuará en conformidad
con lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo. Este derecho de
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N° 19.799.
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retención también podrá ser ejercido por el SERNAC cuando fuera demandado,
por incumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales con los
trabajadores que el proveedor destine para la ejecución del contrato, quedando
facultado desde ya para pagar con esos fondos.
Cuando cesen las causas de retención del pago, se abonarán los montos
retenidos, sin reajustes ni intereses.
Sin perjuicio de lo anterior, el SERNAC se reserva el derecho a verificar la
existencia de multas pendientes y descontar de los estados de pagos
correspondientes.
Todos los antecedentes deben referirse al mes anterior al cual fueron
prestados los servicios.
El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la adjudicataria, dará
derecho al SERNAC a dar por terminado el contrato, de forma anticipada.
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Pacto de integridad |
Quienes contraten con la Administración del Estado deben demostrar que han
tenido un comportamiento íntegro, lo que se traduce en que las personas que
trabajan para el proveedor y participen en las actuaciones que deben llevarse a
cabo durante la etapa concursal y luego en la ejecución del contrato, procedan
con la debida integridad.
Lo anterior significa que el oferente y su personal deben dar cumplimiento a los
principios éticos, morales y de transparencia que rigen el proceso de
contratación pública, y deben actuar con transparencia, legalidad y veracidad en
el proceso, y en la entrega de información y antecedentes presentados en su
propuesta.
Con ese fin, el oferente deberá declarar si dentro de su organización cuenta de
programas de integridad que son conocidos por su personal.
El proveedor adjudicado, declara que, por el sólo hecho de participar en la
licitación, acepta expresamente este programa de integridad, obligándose a
cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin
perjuicio de las que se señalen en las bases de licitación y demás documentos
integrantes.
Especialmente, aceptan suministrar toda la información y documentación que
sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las bases de licitación,
asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
- Respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose
por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su
artículo 19, números 1o, 4o, 5o, 6o, 12o, y 16o, en conformidad al artículo 485
del Código del Trabajo. Asimismo, el proveedor adjudicado se compromete a
respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o
contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus
actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se
produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y
Empresas de Naciones Unidas.
- No ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos,
premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a
ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación
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pública, ni con la ejecución del contrato, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a
terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso
licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución
del mismo.
- No intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o
conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre
competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente,
aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza
colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
- Revisar y verificar toda la información y documentación que deba
presentar para el proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean
necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia,
precisión y vigencia.
- Ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y
transparencia en la ejecución del presente contrato.
El proveedor adjudicado, manifiesta conocer las reglas y condiciones
establecidas en las bases de licitación y en el presente contrato, y se
comprometen a respetarlas.
Asimismo, reconocen y declaran que la oferta presentada en el proceso
licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos
técnicos y económicos ajustados a la realidad, asegurando la posibilidad de
cumplirla en las condiciones y oportunidad ofertadas.
- El proveedor adjudicado, se obliga a tomar todas las medidas que fuesen
necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean cabalmente
cumplidas por sus empleados, asesores, agentes, subcontratistas y, en general,
todas las personas con que aquél se relacione, directa o indirectamente, en
virtud o como efecto del contrato. Por tanto, se harán plenamente responsable
de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades
individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los
organismos correspondientes.
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