18.- DE LA ADJUDICACION DE LA PROPUESTA
a) La presente licitación será adjudicada a un solo proveedor.
b) La Corporación adjudicara la licitación a la oferta más ventajosa, sobre la base del informe final evaluado por la Comisión Evaluadora, mediante la dictación de la correspondiente resolución previo acuerdo del Directorio. En caso de no existir aprobación por parte del Directorio, debidamente fundada, previo acuerdo del mismo, se podrá adjudicar al siguiente oferente mejor evaluado, conforme los resultados obtenidos en el Informe de adjudicación.
c) El proveedor con la oferta más ventajosa, deberá acreditar su personería presentando los siguientes documentos, en un máximo de 48 horas desde que se le solicite por el Portal Mercado Público:
c.1) En caso de ser persona jurídica:
Certificado o documentación que acredite la vigencia de la personería o poder suficiente, emitido con no más de 120 días corridos de antelación a su presentación, sin perjuicio de la ratificación posterior, en caso que resulte necesaria, efectuada en forma previa a la celebración del contrato y de conformidad a la ley.
c.2) Si es persona natural, debe presentar fotocopia de su RUT.
En caso que el oferente no presente la acreditación requerida en el presente punto en el plazo establecido, será declarada inadmisible su oferta y se adjudicará la licitación al siguiente oferente mejor evaluado conforme los resultados obtenidos en el Informe de adjudicación, el que deberá presentar la personería o poder dentro del plazo fijado, y así sucesivamente, sin perjuicio de la facultad de la Corporación de declarar desierta la licitación por falta de oferentes o por estimarlo conveniente a sus intereses.
En el caso que los oferentes hayan presentado los documentos antes señalados junto a su oferta, o tengan contratado algún documento solicitado a través de Registro de Proveedores de Mercado Público u se encuentre disponible en otro registro oficial de acceso público, digital y gratuito, el oferente podrá exceptuar su incorporación, en la medida que se cumpla con los requisitos exigidos en esta cláusula.
Si alguno de los documentos requeridos en el presente acápite no es adjuntados por el proveedor o no se encuentran en el portal de Mercado Público u otro registro oficial, se entenderá su no presentación siendo la oferta declarada inadmisible por no cumplir con lo requerido en Bases Administrativas.
d) La propuesta será resuelta por la Corporación, sobre la base del informe evaluado por la Comisión Evaluadora, mediante la dictación de la correspondiente Resolución previo acuerdo del Directorio. En caso de no existir aprobación por parte del Directorio, debidamente fundada, previo acuerdo del mismo, se podrá adjudicar al siguiente oferente mejor evaluado, conforme los resultados obtenidos en el Informe de adjudicación.
e) La Resolución de adjudicación contendrá, entre otros, los criterios de evaluación que, previamente definidos en las bases, permitieron al oferente obtener la adjudicación del contrato, el nombre del proponente favorecido (persona natural, jurídica o UTP, según corresponda), el monto adjudicado, las garantías requeridas y el plazo de ejecución en días corridos.
f) El resultado de la licitación se comunicará por el Portal Mercado Público a todos los oferentes mediante la publicación de la Resolución de adjudicación. La decisión que se adopte no dará lugar a indemnización de ningún tipo en favor de los proponentes cuyas ofertas hayan sido rechazadas o que no hayan sido favorecidas.
g) Los oferentes tendrán un plazo de 5 días corridos, contados desde la notificación de la correspondiente resolución que resuelva sobre la adjudicación, para efectuar consultas sobre la misma. Las consultas respectivas deberán realizarse a través del Portal Mercado Público.
h) La Corporación se reserva el derecho de modificar la fecha de adjudicación de la propuesta, cuando razones técnicas, administrativas o presupuestarias así lo aconsejen, lo cual será informado debidamente a través del Portal Mercado Público.
Facultad de Re adjudicar.
La Corporación estará facultada para Re adjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido en el Informe Final de la Comisión Evaluadora, haciendo efectiva la garantía de seriedad de la oferta, en los siguientes casos:
a) Si el contrato no se firma en el plazo estipulado en la cláusula 19.1.ii por causas atribuibles al adjudicatario.
b) Si el adjudicatario no entrega la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
c) Si el adjudicatario desiste de su oferta.
d) Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el Estado en los términos del numeral 3 de las presentes bases y de la normativa respectiva, o bien no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición.
e) Si el adjudicatario no se encuentra inscrito en el Registro Electrónico Oficial de proveedores a la fecha de firma del contrato.
f) Si el adjudicatario no entrega los documentos requeridos para la suscripción del contrato.