Bases administrativas y técnicas |
BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS
"ARRIENDO DE REPETIDORAS DE RADIOCOMUNICACIÓN VHF PARA LA RED SAMU MAGALLANES"
I. BASES ADMINISTRATIVAS
1. DESCRIPCIÓN DEL MANDANTE Y FUNDAMENTO DE LA LICITACIÓN:
La entidad contratante es la Dirección del Servicio de Salud Magallanes, Rut. N°61.607.900-K en adelante “el Servicio”, con domicilio en calle Lautaro Navarro N°829, ciudad de Punta Arenas, representada por su Directora o por quien la subrogue legalmente, o quien por delegación de facultades cumpla esta labor.
La presente licitación, se efectúa dentro del marco establecido en la Ley Nº19.886 sobre compras y contratos públicos, junto a su reglamento contenido en el D.S. Nº250/04, del Ministerio de Hacienda, y sus modificaciones.
2. OBJETIVO DE LA LICITACIÓN:
El propósito de la licitación es contratar el servicio de “ARRIENDO DE REPETIDORAS DE RADIOCOMUNICACIÓN VHF PARA LA RED SAMU MAGALLANES", de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases Administrativas y Técnicas, en las circunstancias que este servicio no es provisto en catálogo electrónico del Convenio Marco.
3. PARTICIPANTES:
Podrán participar en la presente licitación, todas aquellas personas naturales, jurídicas y Unión Temporal de Proveedores, nacionales y extranjeros, que cumplan con los requisitos exigidos en las Bases Administrativas, Bases Técnicas, Anexos, consultas, respuestas y aclaraciones, que no les afecte alguna de las causales de inhabilidad establecidas en el D.L. N°211/1973 que fija normas para la defensa de la libre competencia y lo dispuesto en el art. 4 de la Ley N°19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
No podrán participar en el proceso concursal aquellos proveedores a quienes les afecte alguna de las inhabilidades previstas en el artículo 35 quáter de la Ley N°19.886 y lo dispuesto en el capítulo VII, artículo 35 septies de la Ley N°19.886 de compras públicas y aquellos que hayan sido condenados en virtud de la Ley N°21.595, de delitos económicos, conforme a la inhabilitación regulada en su artículo 33.
Tratándose de personas jurídicas, no deben haber sido condenadas a pena de prohibición de celebrar actos o contratos con organismos del Estado, de conformidad con la Ley N° 20.393, que establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídica en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos de Cohecho que indica.
Además, tampoco podrán contratar o ser adjudicadas aquellas personas jurídicas o naturales, a quienes, por sentencia ejecutoriada del Tribunal de la Libre Competencia, se les impusiera la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración centralizada o descentralizada del Estado, en atención a lo dispuesto en la letra d) del Artículo 26 del DFL N° 1 del 2004 del Ministerio de Economía, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del DL N° 211 de 1973, sobre la defensa de la libre competencia.
En caso que él, o los oferentes adjudicados no estén hábiles en el Registro Electrónico de Proveedores del Estado, estarán obligados a habilitarse dentro de un plazo de 15 días hábiles contados desde la adjudicación. En el caso de una Unión Temporal de Proveedores, cada prestador de dicha unión deberá habilitarse dentro del plazo señalado para suscribir el contrato.
4. ETAPAS Y PLAZOS DEL PROCESO:
El proceso de licitación a que se hace referencia, se publicará a través del portal de Mercado Público, identificado como www.mercadopublico.cl. Las etapas y plazos de esta licitación, fechas de publicación, cierre de recepción de ofertas, inicio y final de preguntas, publicación de respuestas, acto de apertura electrónica y fecha de adjudicación se indican a continuación, según Artículo 25 del Reglamento de Compras y Contratación Pública.
Las etapas y plazos se resumen como sigue, sin perjuicio de las fechas de licitación que imponga el portal de compras públicas, para la correcta ejecución de la licitación, y para efectos de estas se establece el siguiente cronograma:
ETAPAS PLAZOS MÁXIMOS
Fecha de Publicación 2 días desde la total tramitación de la resolución que aprueba las bases administrativas y técnicas y autoriza el llamado a licitación.
Fecha inicio de preguntas Mismo día de la publicación.
Fecha final de preguntas 4 días corridos después de la publicación.
Fecha publicación de respuestas 5 días corridos después de la publicación.
Fecha de Cierre Recepción de Ofertas 10 días corridos después de la publicación.
Fechas de Acto de Apertura Electrónica 1 día hábil después del cierre de la licitación
Tiempo Estimado de Evaluación 4 días hábiles después de la apertura de la licitación
Fecha adjudicación 2 días hábiles después de la evaluación de la licitación.
Fecha Suscripción de Contrato 10 días hábiles de efectuada la total tramitación de la adjudicación
En el caso que la fecha de cierre para la recepción de ofertas sea en un día inhábil, lunes o días siguiente a uno inhábil, se prorrogará automáticamente para el día hábil siguiente a las 20:00 hrs.
5. SERIE DE CONSULTAS Y RESPUESTAS Y/O MODIFICACIONES DE DOCUMENTOS DE LICITACIÓN:
Se aceptarán consultas solamente mediante la opción “Foro”, inserta en el portal de Compras Públicas www.mercadopublico.cl, las que podrán efectuarse en las fechas que se precisen en la misma licitación y respondidas por el mismo medio, conforme al cronograma de actividades de esta licitación, señalado en el punto 4 de la presenta bases administrativas. A su vez, las respuestas y aclaraciones estarán disponibles a través del portal de Mercado Público, en los plazos indicados en el cronograma precedente, información que se entenderá conocida por todos los interesados desde el momento de su publicación.
El Servicio podrá, por cualquier causa y en cualquier momento, antes del vencimiento del plazo para la presentación de ofertas, modificar los documentos de licitación mediante resolución, ya sea de oficio o en atención a una aclaración solicitada por un oferente. Además, podrá modificar la fecha de adjudicación, en caso que estime necesario. Estas enmiendas pasarán a formar parte integrante de estas Bases, y serán informadas a través del portal www.mercadopublico.cl, antes del cierre de la licitación. Se deja constancia, que el oferente se hace responsable de la habilitación de “seguimiento del proceso” dispuesto en el portal de compras públicas para estos efectos.
6. AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE ADJUDICACIÓN:
Si la adjudicación no pudiese efectuarse dentro de los plazos establecidos en el cronograma dispuesto en el punto 4 de las presentes bases, el Servicio informará en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación. Lo anterior, en conformidad con lo establecido en el artículo 41 inciso 2º del D.S. Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. Asimismo, emitirá la correspondiente resolución fundada, la cual será publicada en el portal www.mercadopublico.cl, para el conocimiento y seguimiento del proceso por parte de los oferentes.
7. PLAZO Y VIGENCIA DEL CONTRATO:
Para esta licitación el contrato se formalizará mediante la suscripción del contrato. El contrato tendrá vigencia a partir de la fecha de la aprobación total de la Resolución que apruebe el contrato por un periodo de 24 meses.
El contrato formalizado de la manera antes expuesta, se regirá por lo dispuesto en las presentes bases administrativas y técnicas, anexo Nº1, 2, 3, 4 y/o 5°A, 5°B, consultas y respuestas, las aclaraciones si las hubiera, la oferta presentada, resolución de adjudicación, y cualquier otro documento que se origine con motivo del proceso de licitación, los cuales se entenderán que conforman parte de los términos de referencias de la compra.
7.1 OBLIGACIONES DEL OFERENTE ADJUDICADO
En caso que el oferente adjudicado, renuncie, abandone, no se habilite en el Registro Electrónico de Proveedores en el plazo estipulado, o no cumpla íntegramente los trámites posteriores a la adjudicación, en particular no aceptar la orden de compra en plazo señalado, el Servicio podrá dictar una resolución que deje sin efecto la adjudicación, autorizando readjudicar el servicio al oferente siguiente mejor evaluado.
Además de lo anterior, podrá notificar a la Dirección de Compras Públicas o en el Portal de Compras Públicas www.mercadopublico.cl, para todos los efectos legales que procedan.
Al momento de aceptar la orden de compra, el oferente adjudicado deberá presentar un certificado en que se acredite el cumplimiento de las obligaciones laborales y cotizaciones previsionales por parte de la empresa adjudicada para con sus trabajadores, este deberá ser emitido por la Inspección del Trabajo o por empresas autorizadas para extender este tipo de certificados. En caso que el oferente adjudicado sea una Unión Temporal de proveedores, cada integrante deberá presentar la certificación mencionada al tiempo de aceptar el contrato. En caso que el certificado arroje deudas o saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones previsionales, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el oferente adjudicado acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del contrato. El incumplimiento de esta obligación, como, asimismo, la falta de presentación de dicho certificado, habilitará al Servicio, para poner término al contrato y podrá llamar a una nueva licitación.
7.2 TRASPASO DEL CONTRATO
El oferente adjudicado no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, si se suscribiere, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones.
Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de esta licitación o contrato, los que podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común, y conforme a lo dispuesto en el artículo 75 del reglamento del reglamento de compras públicas, el Servicio dará cumplimiento con lo establecido en los contratos de factoring suscritos por sus contratistas, siempre y cuando se le notifique oportunamente de dicho contrato y no existan obligaciones o multas pendientes.
7.3 SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Para la solución de conflictos que pudieran originarse durante la vigencia del contrato, o en general, en el cumplimiento de las obligaciones que tengan su fuente en la presente licitación, las partes se someten a la jurisdicción de los tribunales competentes de acuerdo al domicilio de la entidad licitante y las leyes vigentes.
8. PROCEDIMIENTO PARA TÉRMINO DEL CONTRATO:
Paso 1: La resolución fundada que indica el término del contrato será notificada por correo electrónico al oferente adjudicado. A contar de la notificación precedente, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos al Director del Servicio de Salud o a quien éste designe, acompañando los antecedentes que estime pertinentes, los que podrá remitirlos al correo electrónico abastecimiento.ssm@redsalud.gov.cl o ingresarlos a la Oficina de Partes de la Dirección del Servicio de Salud Magallanes, aplica artículo 79 ter del decreto 250 del 2004 del Ministerio de Hacienda.
Paso 2: Vencido el plazo mencionado en el punto anterior, el Servicio dictará la respectiva resolución aplicando la medida y detallando las circunstancias fácticas que hicieron procedente dicha sanción. Por su parte, si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el Servicio tendrá un plazo de hasta 15 (quince) días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, y emitir el acto administrativo correspondiente, que será notificado mediante correo electrónico. A contar de la notificación precedente, el proveedor tendrá un plazo de 5 (cinco) días hábiles para presentar su recurso de reposición la Directora del Servicio o a quien se designe, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes, en conformidad a la Ley Nº 19.880, que Establece las Bases de Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
Paso 3: Una vez vencido el plazo mencionado en el punto anterior, el Servicio dictará la respectiva resolución aplicando la medida y detallando las circunstancias fácticas que hicieron procedente dicha sanción. Por su parte, si el proveedor hubiera presentado recurso de reposición en tiempo y forma, el Servicio tendrá un plazo de hasta 15 (quince) días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, y emitir el acto administrativo correspondiente, que será notificado mediante correo electrónico.
Estas resoluciones serán publicadas y notificadas electrónicamente, o a través del módulo de gestión de contratos si correspondiera, siendo responsabilidad del proveedor la revisión periódica de su escritorio y convenio respectivo. Todo de conformidad a lo establecido en la Ley 19.880.
El Servicio registrará las medidas indicadas, a través del módulo de gestión de contratos dispuesto en la plataforma www.mercadopublico.cl.
Todas las resoluciones firmes de término de contrato, tratadas en este numeral, además, serán inscritas en el registro “Idoneidad del Proveedor”, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 96 bis del Decreto N° 250 del año 2004 del Ministerio de Hacienda.
Paso 4: Una vez que se ha dado término al contrato por cualquier causa excepto a) Por Mutuo Acuerdo o b) en los puntos: Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional o Caso fortuito o fuerza mayor, se hará efectiva la garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato si correspondiese, sin necesidad de requerimiento de acción judicial alguna, en carácter de cláusula penal y de acuerdo con el procedimiento que según su naturaleza y sin perjuicio de las demás acciones legales que correspondan al mandante en contra del proveedor.
Sin perjuicio de las multas que pudieren ser aplicables, según lo establecido en estos términos de referencia, el Servicio, conservará su derecho a interponer las acciones judiciales pertinentes para cobrar todos los perjuicios ocasionados.
De verificarse alguna de las circunstancias que ameritan la aplicación de esta medida, que se deriven de incumplimientos en la prestación del servicio por parte del proveedor, el Servicio de Salud Magallanes se encuentra en el imperativo de cursar dichas medidas, atendiendo el principio de interdicción de la arbitrariedad y el debido resguardo de los intereses fiscales, tal como lo ha informado Contraloría General de la Republica en dictamen N° 5.633 del año 2011.
El contrato de ejecución del servicio podrá terminar:
a) Por Mutuo Acuerdo: Las partes podrán poner término al contrato de común acuerdo, suscribiendo para ello, en forma conjunta, un documento que deje constancia de dicha voluntad.
b) Unilateralmente: El Servicio, mediante resolución fundada, podrá poner término al contrato, sin derecho a indemnización alguna para el oferente adjudicado, cuando se presenten una o más de las siguientes situaciones:
1. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el oferente adjudicado, previo informe fundado emitido por el supervisor o referente técnico y/o administrativo designado por el Servicio.
2. Si el oferente adjudicado fuera declarado en quiebra o cayera en insolvencia, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
3. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
4. Registrar saldos insolutos de las remuneraciones o las cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
5. Caso fortuito o fuerza mayor
6. En caso que la multa y/o multas acumuladas excedan el tope del 20%.
7. Según lo previsto en el inciso segundo del artículo 33 de la Ley N°21.595, de Delitos Económicos.
9. SANCIONES Y MULTAS:
Todo incumplimiento en la entrega del servicio por parte del oferente adjudicado, su ejecución deficiente, la omisión total o parcial de la prestación en condiciones distintas a las contratadas, podrá dar lugar a la aplicación de multas, sin perjuicio de los otros derechos que corresponden.
Dichas multas no se aplicarán si el incumplimiento se produce por caso fortuito o fuerza mayor, lo que deberá ser informado oportuna y diligentemente por el proveedor al Servicio de Salud Magallanes.
Todo incumplimiento por parte del oferente adjudicado, debidamente informado por el Servicio, faculta para aplicar una o más de las sanciones y/o multas, estableciéndose como unidad de multa la Unidad Tributaria Mensual (U.T.M.), del mes correspondiente a la aplicación de las mismas, sin perjuicio de los otros derechos y acciones civiles y/o penales del Servicio que correspondan.
Se considerará incumplimiento grave el hecho que la multa mensual exceda el tope del 20% (veinte por ciento) del valor del servicio contratado y/o multas acumuladas, cualquiera sea su naturaleza, en las cuales el Servicio podrá poner término anticipado al contrato. Dicho Porcentaje es el tope máximo para el cobro de multas.
Sin perjuicio de lo dispuesto respecto al término al contrato, en caso de que el prestador incurra en las siguientes situaciones previstas en la siguiente tabla, se aplicarán las multas que en cada caso se señalan a continuación:
1. SOPORTE REPETIDORAS:
A continuación, se presentan los SLA exigidos para el servicio de soporte según lo indicado en la siguiente tabla:
Servicio Parámetro SLA (Parámetros aceptados) Evento de Indisponibilidad (EVI)
Solicitud de Soporte Disponibilidad de la plataforma y servicio MDA 99,98% Si no cumple, implica Indisponibilidad
Servicio Parámetro SLA (Parámetros aceptados) Penalidad
Solicitud de Soporte Solicitudes no atendidas 1% mensual respecto del total de llamados
0,1 UTM por punto porcentual por sobre SLA
Tiempo de Solución y consulta para solicitudes de primer nivel. 3 horas corridas Punta Arenas.
24 en otros lugares
0,1 UTM por hora de atraso por sobre SLA
por evento
Solicitudes de primer nivel son:
- Indisponibilidad total del servicio de repetidor (Punta arenas / Porvenir).
- Cambio de plan de frecuencia.
- Interferencias externas en las frecuencias de la repetidora.
- Bloqueos y cortes inesperados en el canal de comunicaciones.
- Distorsión del audio en las comunicaciones por mala calidad de señal.
2. Instalación y mantenimiento de repetidores
A continuación, se presentan los SLA exigidos para el servicio de Instalación y mantenimiento de las repetidoras según lo indicado en la siguiente tabla:
Servicio Niveles de Agregación SLA (Parámetros aceptados) Efecto del Incumplimiento
Instalación y mantenimiento de -Antenas deben estar ajustadas y calibradas a la frecuencia de operación (con una relación de onda estacionaria en optimo estado)
-Duplexor ajustado a la frecuencia del repetidor.
-Contar con la resolución de Subtel. Actualizada y debe estar vigente hasta el término del contrato.
-Sistemas de energía, respaldo con banco de baterías y paneles solares.
-Contar con el repetidor trabajando en modo mixto (digital/análogo). 100% de cumplimiento Si es menor, implica rechazo de la instalación
Móviles (ambulancias) Configuración y capacitación a referente SAMU y DSSM 100% de cumplimiento Si es menor, implica rechazo de la instalación
Portátiles VHF Configuración y capacitación a referente SAMU y DSSM 100% de cumplimiento Si es menor, implica rechazo de la instalación
Estaciones bases VHF Configuración y capacitación a referente SAMU y DSSM 100% de cumplimiento Si es menor, implica rechazo de la instalación
Para el cálculo de la disponibilidad de los servicios del cliente, se deben aplicar las siguientes consideraciones:
El mecanismo para realizar la medición de la disponibilidad de cada nivel de servicio, se realizará sobre la base de los registros de tiempos efectivos de correos de reclamos, atendidos por soporte, así como de las constancias de llamados no contestados e informadas por correo.
La disponibilidad es calculada sobre la base de cortes francos de los servicios. No se consideran los cortes de responsabilidad del cliente, lentitud, cortes programados por el proveedor o cuando no se autorice por el cliente la intervención del servicio.
No se consideran para el cálculo de la disponibilidad las fallas producidas por causas de fuerza mayor (guerras, catástrofes naturales, condiciones climáticas fuera de lo normal, dificultades de transporte justificadas, acciones de terceros no imputables al proveedor, Bugs no resueltos por el fabricante, interferencias externas y ajenas al repetidor).
No se consideran retardos producidos por demora en otorgar permisos de ingreso a las oficinas centrales y/o remotas, faenas o bien a la sala de comunicaciones.
No se consideran fallas en las cuales el cliente no disponga personal (casa central o sucursal) para recibir a personal técnico del proveedor que acuda a revisar el o los servicios reclamados.
No se consideran fallas producidas en los equipos, como producto del mal uso o negligencia del cliente/usuario (derrame de líquidos en los equipos, caída, golpes y otro uso que no sea para el cual fue concebido).
No se consideran fallas debidas a hurtos o robos de equipos y/o accesorios en dependencias del cliente.
No se consideran fallas producidas por terceros (corte de energía, cortes de líneas, movimientos de equipos, desconexión de conectores, etc.).
No se consideran fallas para el cálculo de disponibilidad, si en el lugar donde se instalan los equipos del proveedor, la energía eléctrica suministrada por el cliente no está regulada dentro del rango de 220 Volts con una tolerancia de +/- 10%.
Quedan fuera del cálculo de disponibilidad, traslados y movimientos de equipos, realizados por iniciativa del cliente y que no hayan sido previamente coordinados con el proveedor y el departamento TIC del Servicio de Salud Magallanes.
Quedan fuera del cálculo de disponibilidad, los tiempos utilizados por el proveedor para el mantenimiento preventivo (previa coordinación con el departamento TIC del Servicio de Salud Magallanes).
No se considera para la medición del SLA para los servicios proporcionados por el proveedor, los tiempos asociados a indisponibilidades de servicios originadas por fallas de servicios no provistos por el proveedor, materia de este contrato.
SLA Contingencia y Seguridad
A continuación, se presentan los SLA exigidos para la el servicio de contingencia y seguridad VHF. Para este servicio, el SLA requerido mide la recuperación de la operación normal, una vez solucionada la eventual contingencia. En la siguiente tabla se indican las estrategias con su correspondiente SLA:
Servicio Grupo Estrategia de Contingencia por Establecimiento SLA - Recuperación Operación Normal Penalidad
Contingencia y Seguridad Falla del duplexor
Reemplazo de equipo duplexor en falla
48 hrs. U.T.M. 0,1 por cada hora adicional de Operación en Contingencia
.
Falla del equipo Repetidor Reemplazo de equipo repetidor en falla
Siniestro en caseta del repetidor Restablecer inmediatamente las comunicaciones de forma local en la estación base del SAMU
En el caso de operar con alguno de los componentes de la estrategia de contingencia, la multa aplica a partir de cumplido el SLA.
Ejemplo: Un establecimiento con repetidor en modo mixto (análogo/digital) esta indisponible por un periodo de 60 horas, la multa es U.T.M. 0,1 x (60-48) = U.T.M. 1,2. En este caso en enlace secundario opero sin problemas.
Se realizarán pruebas mensuales para chequear el estado de los componentes parte de la Estrategia de Contingencia.
La multa total se calcula en forma mensual y es la suma correspondiente a cada indicador en situación de incumplimiento.
En caso de que en un mes determinado la suma de las multas resulte un valor superior al 15% del total facturado mensual dicho mes se calificara como de “Servicio Insatisfactorio”.
En caso de incumplimiento reiterado de los niveles de servicio se llegará a una situación de “incumplimiento grave”. Este último facultara al cliente para dar término inmediatamente al contrato y ejecutar la garantía de fiel cumplimiento del contrato, sin contraposición y/o indemnización alguna.
Para que se configure un estado de “incumplimiento grave”, tiene que ocurrir al menos una de las siguientes situaciones:
• Tres (3) meses consecutivos calificados como “Servicio Insatisfactorio”.
• Seis (6) meses no consecutivos calificados como “Servicio Insatisfactorio” dentro de un periodo de 12 meses.
• Cuando las multas calculadas en un mes sobrepasen al 20% del valor facturado mensual.
Con todo, las multas aquí establecidas serán acumulables con las indemnizaciones que pudieran fijar los tribunales de justicia por los perjuicios causados por el incumplimiento de la Empresa en los mismos casos.
Con todo, la suma de todas multas a lo largo de toda la vigencia del contrato no podrá superar el 20% del valor del total del contrato. En caso que estas superen el 20% será causal de término anticipado al contrato, dando origen al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
De acuerdo a lo dispuesto en Resolución Exenta N°989 de fecha 06.02.2024 emitida por la Subdirección Administrativa y Financiera del Servicio de Salud Magallanes: "En el caso de detectar incumplimientos contractuales cuyas multas no superen el valor de $ 62.000, estas no serán gestionadas.
10. PROCEDIMIENTO PARA COBRO DE MULTA:
PROCEDIMIENTO PARA COBRO DE MULTAS – PASO 1
Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, o amonestaciones por parte del Servicio, ésta será notificada al proveedor, por medio de correo electrónico, y en el escritorio del proveedor, conforme al procedimiento sancionatorio online del módulo de Gestión del Contrato de Sistema de ChileCompra, disponible en www.mercadopúblico.cl, que se describe a continuación:
La notificación de sanción indicará la infracción cometida, los hechos que la constituyen y la medida a aplicar. A contar de la notificación precedente, el proveedor tendrá un plazo de 5 (cinco) días hábiles para efectuar sus descargos al Director del Servicio o a quien este designe, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes, los que podrá ingresar directamente a través del módulo señalado, si corresponde, o bien remitirlos al correo electrónico abastecimiento.ssm@redsalud.gov.cl o ingresarlos a la Oficina de Partes de la Dirección del Servicio de Salud Magallanes, aplica artículo 79 ter del decreto 250 del 2004 del Ministerio de Hacienda.
PROCEDIMIENTO DE COBRO DE MULTAS – PASO 2
Vencido el plazo mencionado en el punto anterior, el Servicio dictará la respectiva resolución aplicando la medida y detallando las circunstancias fácticas que hicieron procedente dicha sanción. Por su parte, si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el Servicio tendrá un plazo de hasta 15 (quince) días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, y emitir el acto administrativo correspondiente, que será notificado mediante correo electrónico.
A contar de la notificación precedente, el proveedor tendrá un plazo de 5 (cinco) días hábiles para presentar su recurso de reposición la Directora del Servicio o a quien se designe, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes, en conformidad a la Ley Nº 19.880, que Establece las Bases de Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
PROCEDIMIENTO DE COBRO DE MULTAS – PASO 3
Una vez vencido el plazo mencionado en el punto anterior, el Servicio dictará la respectiva resolución aplicando la medida y detallando las circunstancias fácticas que hicieron procedente dicha sanción. Por su parte, si el proveedor hubiera presentado recurso de reposición en tiempo y forma, el Servicio tendrá un plazo de hasta 15 (quince) días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, y emitir el acto administrativo correspondiente, que será notificado mediante correo electrónico.
Estas resoluciones serán publicadas y notificadas electrónicamente, o a través del módulo de gestión de contratos si correspondiera, siendo responsabilidad del proveedor adjudicado la revisión periódica de su escritorio y convenio respectivo. Todo de conformidad a lo establecido en la Ley 19.880.
El Servicio registrará las medidas indicadas, a través del módulo de gestión de contratos dispuesto en la plataforma www.mercadopublico.cl.
Todas las resoluciones firmes de aplicación de multa tratadas en este numeral, además, serán inscritas en el registro “Idoneidad del Proveedor”, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 96 bis del Decreto N°250 del año 2004 del Ministerio de Hacienda.
PROCEDIMIENTO DE COBRO DE MULTAS – PASO 4
Agotado el procedimiento de aplicación de multas y los recursos pertinentes, el cobro de la multa, se hará efectiva a través de la rebaja de cualquier pago que el Servicio adeude al proveedor. Sin embargo, el proveedor podrá efectuar el pago directamente al Servicio, no existiendo impedimento para que el deudor pague su deuda ya que el derecho por excelencia del deudor es liberarse de su deuda.
En el caso que el proveedor no dé respuesta a lo comunicado, el Servicio podrá pagarse directamente, y ejercer las acciones legales que correspondan para el debido resguardo del interés fiscal, por los conceptos indicados en este artículo.
11. GARANTÍAS:
Por la aplicación de la Ley de Compras y Contratos Públicos, se distinguen 2 tipos de garantías a saber:
11.1 GARANTÍA POR SERIEDAD DE LA OFERTA
Por la magnitud de la licitacion no se contempla Garantia por Seriedad de la Oferta.
11.2 GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Se exigirá consignar documento de garantía, la cual podrá ser, a modo de ejemplo, mediante Vale Vista, Póliza de Garantía (acreditando el pago oportuno de la prima), Certificado de Fianza pagadero a primer requerimiento, Boleta de Garantía Bancaria u otros instrumentos financieros que puedan ser utilizados como caución y que asegure el cobro de manera rápida y efectiva, tomada por el oferente. Esta garantía tendrá carácter de irrevocable y pagadera a la vista, y debe ser consignada en un plazo de 10 días hábiles de iniciada la relación contractual, y debe ser extendida a nombre del Servicio de Salud Magallanes, R.U.T. 61.607.900-k, expresar que se emite “Por Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato de “Arriendo de repetidoras de radiocomunicación VHF para la Red Samu Magallanes”, ID 1080089-103-LP24”, por un monto total equivalente al 5% del monto total adjudicado, en moneda nacional (pesos chilenos), con fecha de vencimiento 90 días hábiles posteriores a la fecha de término del contrato. La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Certificación de dicha firma; y en caso de otorgarse físicamente, esta garantía deberá ser entregada en la Oficina de Partes del Servicio, ubicada en calle Lautaro Navarro # 829, de la ciudad de Punta Arenas, entre las 09:00 hrs. hasta las 13:00 hrs. de Lunes a Viernes.
Esta garantía sólo se hará efectiva previa resolución fundada y en los casos que se produzca un incumplimiento grave de las obligaciones que consigna el contrato de prestación de servicios. Sin perjuicio de lo anterior, el Servicio tendrá la facultad para requerir judicialmente, el pago de cualquier perjuicio o daño ocasionado por el oferente adjudicado que supere el monto cubierto por la garantía.
La garantía será devuelta una vez que el oferente adjudicado haya dado total, íntegro y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones por él contraídas en el respectivo contrato. Previamente a la restitución de la garantía, se requerirá la verificación de lo anterior y para lo cual la Contraparte Técnica del Servicio emitirá el respectivo informe de cumplimiento, entendiendo para tales efectos, que las obligaciones del oferente adjudicado revisten el carácter de indivisibles.
12. MODALIDAD EN LA CONCRECIÓN DE LA COMPRA:
Se consideran dos aspectos como fundamentales para la contratación de ejecución del servicio:
12.1 MODALIDAD EN QUE SE HARÁ EFECTIVA: El Servicio, concretará la contratación del convenio mediante la suscrición del contrato y cada establecimiento, concretará la contratación por la ejecución del servicio sólo mediante emisión de la orden de compra para cada año presupuestario, que remitirá por el portal www.mercadopublico.cl, en las condiciones reguladas por la Licitación.
12.2 OPORTUNIDAD: El proveedor tendrá la obligación de aceptar la orden de compra enviada por el portal de www.mercadopublico.cl en un plazo máximo de 24 horas contadas desde la fecha de envío de orden de compra en el portal www.mercadopublico.cl.
13. ASPECTOS FINANCIEROS A CONSIDERAR:
13.1 FACTURACIÓN: El proveedor procederá a emitir la factura electrónica en forma mensual, previo visto bueno por parte de los establecimientos Samu Punta Arenas y Hospital de Porvenir.
Las órdenes de compra, serán generadas por cada año presupuestario y por la Unidad de compra respectiva.
La factura se emitirá una vez que la pre facturación se encuentre aprobada por el Servicio y deberá contener la información del proveedor que oferta y se adjudica la Licitación. En caso de que dichos documentos contengan información de otro proveedor distinto al adjudicado, se devolverá por Oficio al domicilio indicado en la factura.
Se solicitará facturación, previa recepción conforme de los servicios.
Para el envío de la factura, deberá ser en formato XML al correo de dipresrecepcion@custodium.com, con copia en PDF al correo de Gestión de Contratos a: contabilidad.dssm@redsalud.gov.cl.
Los datos de facturación son:
Dirección Servicio de Salud Magallanes
Razón Social: Servicio de Salud Magallanes
Giro: Administración Pública
Rut. N° 61.607.900-K
Domicilio: Lautaro Navarro N°829
Ciudad: Punta Arenas
Razón Social: Hospital DR. Marcos Chamorro Iglesias
R.U.T: 61.607.903-4
Giro: Hospitales y Clínicas
Dirección: Carlos Wood N°480, Porvenir.
13.2 PLAZO DE PAGO DE FACTURAS: El pago electrónico será a los 30 días, según la fecha de vencimiento de la factura (Circular N° 9 del 28/04/2021, de la Dirección de Presupuesto).
13.3 RECHAZO DE FACTURAS: El Servicio procederá al rechazo de la factura electrónica mediante la plataforma www.sii.cl, cuando se presente alguna de las siguientes causales:
• En caso de que la factura no señale claramente en el campo de referencia el número de ID de la orden de compra a la que corresponde y/o la descripción del servicio solicitado.
• Por facturas mal extendidas en relación a su contenido respecto de lo consignado en la orden de compra respectiva.
• Facturas que no acompañen los certificados de recepción conforme.
13.4 MODALIDAD DE PAGO: Una vez recepcionado conforme el servicio (Certificado), el pago será de la siguiente forma, según procedimiento interno del momento:
• Efectuado por la Tesorería General de la República (TGR), según corresponda, entidad que pagará la Factura Electrónica que se encuentre en estado devengada (contabilizada) y disponible para el pago en el Sistema de Información para la Gestión Financiera del Estado (SIGFE), cuyo pago electrónico será a los 30 días, según la fecha de vencimiento de la factura (Circular N°9 del 28/04/2020, de la Dirección de Presupuesto (DIPRES).
Para concretar lo anterior, se requiere especificar en el Anexo N°2, los antecedentes y datos que permitan identificar correctamente la cuenta bancaria para efectuar el pago.
13.5 CESIÓN DE FACTURAS ELECTRÓNICAS POR FACTORING: En el caso de que el proveedor hubiera hecho cesión de una factura aceptada a un tercero, la notificación legal correspondiente será informada al Servicio, en forma oportuna del cambio de sujeto de pago, con a lo menos 15 días de anticipación a la fecha de pago de la factura. El Servicio rechazará la cesión de créditos contenidos en las facturas electrónicas que no se sujeten estrictamente a lo señalado precedentemente, y siempre que no existan obligaciones o multas pendientes, conforme a los términos del artículo 75 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas (Dto. 250).
13.6 MÓDULO MIS PAGOS EN WWW.MERCADOPUBLICO.CL: Se exigirá al proveedor, que todo Documento Tributario Electrónico (DTE), emitido para el Servicio, sean ingresadas en el módulo “MIS PAGOS” del Sistema e Información www.mercadopublico.cl, con la finalidad de registrar y transparentar la programación de los pagos, según lo establecido en el artículo 79 bis del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, con la excepción aplicable a los Servicios de Salud.
14. DE LAS OFERTAS:
Las ofertas deberán ser presentadas exclusivamente en forma electrónica, a través del Sistema de Información Mercado Público www.mercadopublico.cl, salvo excepciones legales, hasta antes del cierre de la fecha señalada en la ficha de licitación.
El precio ingresado en la línea de oferta, deberá ser claramente identificado, en valores unitarios netos, indicando la correspondencia del precio a la unidad de presentación y considerando todos los costos asociados que se involucren por la ejecución del servicio. Los valores ofertados deberán ser en moneda nacional (pesos chilenos).
Si la Propuesta Económica subida al portal (Anexo N°1), presenta diferencias con el valor en números indicado en línea de oferta, prevalecerá el valor escrito en números en la respectiva línea de oferta del Anexo requerido y publicado en el portal www.mercadopublico.cl. Sin embargo, el Servicio podrá solicitar aclaraciones de las ofertas realizadas a través del portal.
14.1 VALIDEZ DE LAS OFERTAS
Las ofertas tendrán una validez de 60 días corridos, contados desde la fecha de apertura de las propuestas. La oferta cuyo periodo de validez sea menor que el requerido, será rechazada de inmediato. Si vencido el plazo señalado precedentemente, el Servicio no ha realizado la adjudicación, podrá solicitar a los Proponentes la prórroga de sus ofertas. Los proponentes podrán ratificar sus ofertas o desistir de ellas, formalizando su decisión mediante comunicación escrita dirigida al Servicio.
15. DISPOSICIONES VARIAS
Una vez adjudicada la licitación toda comunicación entre el prestador del servicio, la Directora o quien la subrogue legalmente y la Unidad Técnica, se deberá realizar en forma escrita a través de documentos entregados en soporte de papel, o correo electrónico.
Se establece que la relación comercial con el oferente adjudicado será a través del Jefe de Departamento de Abastecimiento del Servicio de Salud Magallanes y la Unidad Técnica, a través de la Subdirector de Recursos Físicos del Servicio de Salud Magallanes. En caso de ausencia, actuarán quienes subroguen en los respectivos cargos.
Para efectos de envío de cualquier comunicación se considerarán los antecedentes de dirección comercial, fax y correos electrónicos entregados por el proveedor durante el proceso de licitación y los que se encuentren registrados en el sitio www.mercadopublico.cl.
16. INSCRIPCIÓN EN REGISTRO ELECTRÓNICO DE PROVEEDORES
En el caso que el proveedor adjudicado no esté hábil en el ‘Registro Electrónico de Proveedores’, estará obligado a habilitarse en un plazo máximo de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la adjudicación, si el adjudicado no cumple en el plazo indicado se dejará sin efecto la adjudicación, procediéndose a readjudicar al segundo oferente mejor evaluado o declarar desierto el proceso, según corresponda. El o los proveedores adjudicados, deberán mantener su registro habilitado en el portal mercado público, durante toda la vigencia del convenio de suministro.
17. PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación veraz que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
18. REQUISITOS PARA CONTRATAR AL PROVEEDOR ADJUDICADO
Persona natural
Encontrarse hábil en Registro Electrónico de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:
1.- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
2.- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
3.- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
4.- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
5.- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
6.- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
7.- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
8.- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
9.- y las demás mencionadas en la Ley N°21.634 “Moderniza la Ley N°19.886 y otras leyes, para mejorar la calidad del gasto público, aumentar los estándares de probidad y transparencia e introducir principios de economía circular en las compras del Estado”
Persona jurídica
Encontrarse hábil en Registro Electrónico de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:
1.- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
2.- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
3.- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
4.- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
5.- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
6.- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
7.- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
8.- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393) o aquellas contempladas en el DL 211/1973 que fija normas para la defensa de la libre competencia.
9.- y las demás mencionadas en la Ley N°21.634 “Moderniza la Ley N°19.886 y otras leyes, para mejorar la calidad del gasto público, aumentar los estándares de probidad y transparencia e introducir principios de economía circular en las compras del Estado”
19. CONTENIDOS DE LAS PROPUESTAS:
Las ofertas deberán ser presentadas antes del cierre de la fecha señalada en la ficha de licitación, exclusivamente en forma electrónica, a través del Sistema de Información Mercado Público (www.mercadopublico.cl).
Las ofertas deberán efectuarse exclusivamente a través de los formularios respectivos, cumpliendo todos los requerimientos exigidos en las Bases y adjuntando todos y cada uno de los documentos solicitados en ellas, en soporte electrónico, en caso de que los formularios sean modificados o alterados, las ofertas serán rechazadas en apertura.
Las ofertas que no presenten los formularios indicados en estas Bases y que a su vez se encuentran aprobados por Resolución Fundada, serán rechazadas en el Proceso de Apertura.
Los oferentes deberán subir sólo los antecedentes solicitados en las Bases, Anexos y respaldos requeridos, para hacer más expedita y eficiente la evaluación de las ofertas.
En caso que el oferente modifique el contenido y la presentación de los Anexos, no se continuará evaluando, siendo rechazada, como “oferta inadmisible”.
Cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección mediante el correspondiente certificado, el cual deberá ser solicitado por las vías que informe dicho Servicio, dentro de las 24 horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas. En tal caso, los oferentes afectados tendrán un plazo de 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Sistema de Información.
Los antecedentes que a continuación se indican se deberán presentar en el portal de Mercado Público:
19.1 OFERTA ECONÓMICA: Deberá ser completada, firmada y enviada por el oferente, utilizando estrictamente el formulario incluido en el Anexo N°1.
19.2 IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE: Deberá ser completada, firmada y enviada por el oferente, utilizando estrictamente el formulario incluido en el Anexo N°2. Las uniones temporales de proveedores, deberán adjuntar el documento público o privado que contenga la formalización de la unión, y conste el cumplimiento a los requisitos exigidos por el artículo 67 bis del D.S. Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
19.3 OFERTA TÉCNICA: Los oferentes deberán completar la totalidad de los campos del Anexo N°3; esta información será derivada a la Comisión Evaluadora, con el objeto de validar la información entregada por el oferente. De no anexar lo señalado, quedará automáticamente excluido de la evaluación y la oferta será rechazada en la apertura.
19.4 PROGRAMA DE INTEGRIDAD: En este Anexo N°4, quien oferte debe indicar si cuenta con un programa de integridad implementado y si éste es conocido por su personal y/o trabajadores/as. Aportando la respectiva documentación de respaldo que se indica en este anexo. El programa de integridad de una empresa y organización, se entiende como un conjunto de instrumentos o herramientas que fomentan entre sus integrantes un comportamiento apegado a determinados valores que contribuyen a instalar estándares de integridad, fortaleciendo una conciencia ética que permita combatir la corrupción.
Cada oferente deberá entregar respaldos que permitan verificar que el programa de integridad es conocido por el personal y/o trabajadores/as, tales como: un comunicado interno, mail masivo, impresión de pantalla del sistema o programa, etc.
19.5 DECLARACIÓN JURADA DEUDAS PREVISIONALES PERSONA NATURAL O PERSONA JURÍDICA.
Deberá ser completada, firmada y enviada por el oferente, utilizado estrictamente el formulario incluido en los Anexos Nº5-A y/o N°5-B, según corresponda. Para poder acreditar que no registran deudas previsionales ni de salud al momento de la contratación.
20. APERTURA LICITACIÓN:
La apertura de la licitación se realizará en forma electrónica a través del portal www.mercadopublico.cl dicho procedimiento consta de una etapa. Se realizará el día establecido en este proceso, a partir de la hora estipulada, rechazando en el acto la propuesta de los oferentes que no cumplan los requerimientos establecidos.
Estos procedimientos serán realizados en forma interna y los oferentes podrán informarse del estado en que se encuentra la licitación a través del portal www.mercadopublico.cl.
21. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS:
Las propuestas serán evaluadas considerando los siguientes criterios, ponderados en su importancia en los porcentajes que se indican:
ITEM CRITERIOS DE EVALUACIÓN PONDERACIÓN
1 Oferta Económica: Los oferentes deberán adjuntar a su oferta el Anexo N°1 en portal www.mercadopublico.cl, debidamente firmado, siendo evaluadas las ofertas en referencia al menor precio ofertado y conforme a la siguiente fórmula
Puntaje = (Precio Mínimo Ofertado / Precio Ofertado) X 60
Observaciones: Para efectos de evaluación se considera como precio ofertado el monto total indicado por el oferente en su Anexo Económico.
60%
2 Experiencia en el rubro: se evaluará por el número de contratos vigentes de similar naturaleza en establecimientos y/u organismos públicos y privados, para validar se deberán adjuntar contratos vigentes al cierre de recepción de las ofertas, los que podrán ser corroborados por la Comisión Evaluadora:
• Mayor o igual a 10 contratos: 20 puntos
• Entre 6 y 9 contratos: 15 puntos
• Entre 3 y 5 contratos: 10 puntos
• Entre 1 y 2 contratos: 5 puntos
• No presenta contratos: 0 puntos. 20%
3 Plazo de Ejecución de puesta en marcha: Los oferentes deberán ingresar en el Anexo N°3 la cantidad de días corridos para ejecutar la puesta en marcha del servicio de arriendo de los equipos, considerando todos los requerimientos indicados en las bases técnicas. Se evaluará de acuerdo a la siguiente tabla de puntaje:
X= Plazo Mínimo ofertado X 10/ Plazo Oferta
La propuesta que sea superior a 31 días corridos, será rechazada y declarada inadmisible por superar los plazos estimados para la ejecución del servicio. 10%
4 Cumplimiento de los requisitos: A los oferentes, que al momento de la apertura de las ofertas, cumplan oportunamente con la presentación de los anexos solicitados, se les otorgará en este criterio con el puntaje máximo (5 puntos); y para ofertas donde se requiera solicitar la presentación de aclaraciones, certificaciones o antecedentes formales que los oferentes hayan omitido, y estas cumplan con lo solicitado y son presentadas dentro del plazo otorgado en el foro de aclaración de ofertas, el puntaje será 3 puntos. Si no respondiera o no anexara documentación requerida, se le otorgará 0 puntos. 5%
5 Cumplimiento Programa de Integridad
Quien oferte debe informar si cuenta con programa de integridad implementado, de acuerdo al detalle solicitado en el Anexo N°4, de acuerdo a las siguientes condiciones:
• Oferente cuenta con Programa de Integridad implementado y entrega respaldos de verificación: 5 puntos.
• Oferente no cuenta con Programa de Integridad implementado: 0 puntos.
En el caso que el oferente no adjunte en el sistema de información www.mercadopublico.cl la información solicitada en el Anexo N°4, se le asignará “0” (cero) puntos en este criterio. 5%
22. OTROS ASPECTOS A CONSIDERAR:
22.1 RESOLUCIÓN DE EMPATES: En el caso de igualdad de puntajes totales entre dos o más oferentes, para desempatar se considerarán los criterios señalados en las bases de la Licitación en orden descendente, de acuerdo a los ítems del 1) al 5).
Finalmente, de continuar aun así empatados, se adjudicará al proveedor que haya ingresado primero su oferta en el portal www.mercadopublico.cl, considerando la hora en que aquello se haya efectuado.
22.2 CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN: Las consultas o cualquier duda con respecto al proceso de adjudicación deben ser canalizados a través del correo electrónico selva.alvarado@redsalud.gov.cl., en un plazo de 5 días corridos.
22.3 PRESENTACIÓN ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES: Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la entidad licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de información.
Se permitirá, asimismo, la presentación de certificaciones o antecedentes administrativos que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contadas desde la notificación del respectivo requerimiento vía “Foro Inverso” inserta en el portal de compras públicas, para responder a lo solicitado por la entidad licitante o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. El cumplimiento en el plazo establecido permitirá evaluar el criterio en el cual se solicitó el antecedente omitido dentro del plazo de presentación de ofertas, asignando los puntajes establecidos en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos “. En caso que no se cumpla con el plazo otorgado se desestimará la oferta por no cumplir con los requisitos exigidos en las presentes bases de licitación.
23. ADJUDICACIÓN:
El Servicio, previo informe de la Comisión de Evaluación, procederá a adjudicar la licitación a una única oferta, de acuerdo a la aplicación de los criterios de evaluación establecidos en el punto 21 de las presentes bases administrativas.
El Servicio no podrá adjudicar la licitación a una oferta que no cumpla con las condiciones y requisitos establecidos en las Bases.
No podrán contratarse propuestas de oferentes que no se encuentren hábiles para contratar con las entidades del Estado, por lo que será necesario que el oferente adjudicado, regularice su situación en un plazo de 15 días hábiles. En caso contrario, se dejará sin efecto la adjudicación, pudiendo readjudicar al siguiente mejor evaluado.
El Servicio se reserva el derecho de declarar desierta la licitación, si considera que las ofertas presentadas no son convenientes para sus intereses tanto técnicos como económicos, o bien solicitar antecedentes adicionales mediante los mecanismos regulados por el sistema de compras públicas.
24. READJUDICACIÓN:
Si el adjudicatario se desistiere de aceptar la orden de compra en los plazos estipulados, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la Entidad Licitante podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al Oferente que le seguía en puntaje, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, salvo que las Bases establezcan algo distinto.
En caso de existir un error involuntario en la evaluación administrativa o técnica de las ofertas, el cual sea conocido antes de la aceptación de la orden de compra, el Servicio estará facultado para invalidar la adjudicación original, pudiendo readjudicar la licitación al oferente adecuado, si es que lo hubiera, conforme a la correcta aplicación de los criterios de evaluación.
La declaración de readjudicación será hecha a través del portal www.mercadopublico.cl y el nuevo adjudicado será el oferente que ocupe el segundo lugar en la evaluación original del proceso, en los términos estipulados en estas bases administrativas de la licitación.
25. SUBCONTRATACIÓN
El proveedor podrá concertar con terceros la subcontratación parcial del contrato.
26. GASTOS:
Se deja constancia que el Servicio no asumirá ningún costo relacionado a presentación de ofertas, así como tampoco por la emisión de garantía o caución por el fiel y oportuno cumplimiento de contrato.
27. COMISIÓN EVALUADORA:
La comisión evaluadora de las ofertas presentadas por los proponentes, y designada en conformidad con el art. 37 del Decreto N°250 que establece el reglamento de la Ley N° 19.886, estará constituida por a lo menos tres funcionarios designados por la institución.
La comisión evaluadora, emitirá un acta de evaluación, debidamente fundada considerando todos los antecedentes exigidos, y estableciendo el puntaje que se le asigna a cada una de las ofertas, y su correspondiente orden de prelación, el que deberá remitirse a la autoridad respectiva.
28. LIBERACIÓN DE RESPONSABILIDAD:
Se liberará de toda responsabilidad al Servicio, en caso de acciones entabladas por terceros, en razón de transgresiones de derecho de patente, marca registrada o diseños industriales como consecuencia de la utilización de los servicios o productos adquiridos como resultado de esta Licitación.
29. AUMENTO O DISMINUCIÓN DEL SERVICIO CONTRATADO
Por razones emergentes debidamente justificadas, el Servicio podrá requerir durante la ejecución del contrato, hasta un 30% el aumento o disminución, en forma inmediata, del monto total del servicio contratado, conforme a un proceso de evaluación de la gestión realizada o de requerimientos fundados para el buen funcionamiento administrativo. En estas circunstancias, se valorizará de acuerdo al precio entregado en la propuesta de los oferentes, señalado en el Anexo Nº1 “Oferta Económica”, de la presente licitación. En todo caso, cualquier modificación del contrato, sea esta ampliación y/o disminución de los servicios, se efectuará mediante la celebración del correspondiente acuerdo de modificación, el cual será suscrito por ambas partes y aprobado por el correspondiente acto administrativo.
II. BASES TÉCNICAS
A.- DISPOSICIONES GENERALES:
A.1. Las presentes especificaciones detallan y describen los requerimientos a adquirir para el “ARRIENDO DE REPETIDORAS DE RADIOCOMUNICACIÓN VHF PARA LA RED SAMU MAGALLANES” los requerimientos mínimos técnicos para su habilitación, funcionamiento, coberturas y tiempos de respuestas en soporte técnico.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS GENERALES
“ARRIENDO DE REPETIDORAS DE RADIOCOMUNICACIÓN VHF PARA LA RED SAMU MAGALLANES”
ALCANCE DEL SERVICIO
Adquirir un servicio de arriendo de cobertura de radiocomunicación VHF análogo/digital en La XII Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, específicamente en las ciudades de Punta Arenas y Porvenir para permitir que las ambulancias puedan comunicarse de forma eficiente en diferentes destinos dentro de la XII Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.
Fig. N°1 Mapa ubicación Punta Arenas – Porvenir
CONTRATOS Y GASTOS ADICIONALES
Para la etapa de habilitación se deberán considerar todos los gastos que irrogue el contrato, como cualquier otro gasto adicional los que serán de cargo del Contratista, que se adjudique el servicio.
ANTENAS REPETIDORAS
Las torres, equipo repetidor VHF, sistema de respaldos y toda la infraestructura de radiocomunicación serán de propiedad del Contratista, las que deberán estar instaladas previamente en los terrenos del ofertante en perfecto estado de mantenimiento y con los ajustes adecuados para proporcionar el servicio solicitado.
En caso de tener que concurrir a modificar equipos, antenas y accesorios estos serán de cargo del contratista.
1. UBICACIÓN DE REPETIDORAS
1.1 PUNTA ARENAS
Para la ciudad de Punta Arenas la antena repetidora debe estar ubicada en algún terreno del cerro Mirador Andino para poder proporcionar un mayor alcance de cobertura. Para Punta Arenas el servicio de cobertura VHF deberá cubrir las comunas de Punta Arenas en su totalidad, cobertura en rutas 9, Y-255 y gran parte de Laguna Blanca y San Gregorio.
En ruta 9 hacia la zona sur deberá cubrir con comunicación hasta San Juan a unos 60 kilómetros sur desde Punta Arenas.
Fig. N°2 Ubicación y Cobertura de Repetidora VHF en Cerro Mirador
1.2 PORVENIR
Para cubrir con cobertura la ciudad de Porvenir tanto en zona urbana y al interior de Tierra del Fuego, el oferente deberá poseer dos antenas repetidoras VHF, una ubicada en Cerro Mirador de Punta Arenas para proporcionar de forma directa cobertura a zona urbana y rutas intercomunales, y una segunda repetidora en algún terreno al interior de Tierra Fuego donde sea posible cubrir con comunicación el cruce Onaisin y Cerro Sombrero, alcanzando también a las postas de Cameron, Timaukel, Puerto Yartou hasta límite fronterizo San Sebastian.
Fig. N°3 Cobertura en Porvenir y al interior de Tierra del Fuego
2 INFRAESTRUCTURA DE LA TORRE
La torre deberá ser del tipo contraventada la cual deberá poseer los soportes adecuados para aguantar las condiciones climáticas de la región, logrando una adecuada estabilización sin impactar en el servicio de propagación de señal.
El recinto donde se ubiquen las torres repetidoras debe ser de acceso restringido para evitar colocar en riesgo del servicio de comunicación.
Las torres repetidoras deben tener mantenimientos semestrales por parte del oferente para garantizar un correcto funcionamiento del servicio evitando desperfectos durante la operación.
3 EQUIPO REPETIDOR VHF
Los equipos repetidores deben tener la capacidad de funcionar en modos análogo, digital y mixto (análogo/digital) en la banda VHF. Dentro de las características del modelo elegido, se destaca la compatibilidad en modo digital con los terminales de radio (DEM300) que actualmente posee el Servicio de Salud.
Rango de frecuencia: 136-174 MHz
Espaciamiento de canal: 25/12.5 KHz (análogo)
12.5 KHz (digital)
Potencia de Transmisión: Hasta 50W ajustable
Sensibilidad: Digital 12.5 kHz (3% BER) 0.28 μV
Digital 12.5 kHz (1% BER) -4 dB μV (0.32μV)
Análoga @ 12 dB SINAD 0.28 μV
Rango de temperatura para operación: -30˚ C to +60˚ C
Voltaje de operación: 13.6 V DC
4 SITIO DE REPETICIÓN VHF
Los tres equipos Repetidores quedarán integrados a tres sitios de repetición, que además incluirán todo el equipamiento, accesorios y partes que permiten un buen funcionamiento.
Principal equipamiento, accesorios y partes incluidos en cada Sitio de Repetición:
• Repetidor VHF Análogo /Digital
• Antena base VHF
• Duplexor VHF
• Preselector, amplificador y filtros para Recepción
• Protector de línea para descargas atmosféricas
• Fuente de poder para alimentación
• Banco de Baterías y paneles solares
• Gabinete para montaje de equipos
• Red eléctrica 220volt
• Circuito cerrado de cámaras de vigilancia
Cada sitio deberá poseer una caseta para alojar los equipos transmisores y receptores, además de las baterías que garantizan el funcionamiento en el caso de cortes de energía eléctrica, debe tener un sistema de respaldo con paneles solares para prolongar el suministro de energía en caso de corte eléctrico.
• El proveedor debe realizar el mantenimiento programado en todo el sistema de repetición dos veces al año, tanto en Punta Arenas como en Porvenir, entregando informe formal al cliente con registros de imágenes, con periodo semestral. El oferente deberá revisar y reemplazar si amerita los bancos de baterías y paneles solares, revisión de fuente de poder para alimentación, ajustes de parámetros del duplexor VHF, sujeciones y estado de la antena base VHF, revisión de parámetros del repetidor VHF análogo /digital, revisión de cableados y conectores.
Fig. N°3 Estructura Modelo de los Sitios de Repetición
Será responsabilidad del proveedor proporcionar y mantener los equipos del sitio en entornos adecuadas para su correcto funcionamiento, considerando instalaciones eléctricas estandarizadas y certificadas, controlando la temperatura ambiente de la sala para el apropiado funcionamiento de los dispositivos, aplicando resguardos preventivos y reactivos frente a incendios, además se debe considerar monitoreo de camarás de vigilancia 24x7.
5 SOPORTE TÉCNICO
El servicio de soporte técnico deberá ser con presencia en la región de Magallanes el cual deberá permanecer durante toda la duración del contrato del servicio desde su puesta en marcha. Para todas las radios bases y móviles del SAMU Punta Arenas y Porvenir el soporte deberá incluir el reemplazo de un equipo en falla dejando otro en préstamo de las mismas características hasta resolver la falla, este procedimiento debe quedar respaldado con el informe técnico elaborado por el referente TIC del CR SAMU y autorizado por TIC DSSM.
En el sitio de la repetidora el soporte técnico deberá solucionar averías que puedan producirse en la infraestructura como fallas en antenas, duplexor, repetidor, conectores, cables, respaldos de energía entre otros. Cuando existan fallas relacionadas al equipamiento perteneciente a la base SAMU que no estén bajo garantía, el referente SAMU deberá entregar un diagnóstico y solución a la problemática presentada (Configuración, mantención, actualización). En casos de no encontrar la falla se debe solicitar apoyo especializado vía conducto regular canalizando información al proveedor siempre copiado a tic.ssmagallanes@redsalud.gov.cl para analizar cada caso.
El proveedor deberá informar al cliente las contraseñas aplicadas y cualquier modificación en estas, además los archivos de configuraciones de todas las radios deberán ser enviadas en cualquier momento que solicite el cliente.
El servicio debe incluir actualizaciones de firmware en los equipos una vez al año para mantener la seguridad e integridad de las comunicaciones.
El proveedor deberá proporcionar al cliente la última versión del programa CPS de Motorola para la programación de las radios y permitir la visualización de las configuraciones.
El horario de atención a solicitudes de soporte será 24x7. Lo anterior debe quedar respaldado vía correo electrónico con copia a tic.ssmagallanes@redsalud.gov.cl.
6 IMPLEMENTACIÓN
En la etapa de implementación el oferente deberá habilitar los equipos de radio configurando las nuevas frecuencias o las actuales vigentes, en las estaciones móviles de cada ambulancia, estación fija y portátil de los SAMU de Punta Arenas y Porvenir según tabla Nº1, junto con las calibraciones correspondientes incluyendo ajustes de recepción y transmisión. En la implementación del servicio el proveedor debe reemplazar todas las antenas móviles de las ambulancias tanto en Punta Arenas como Porvenir para renovarlas considerando mediciones ROE calibrándolas a las frecuencias que se estará utilizado. Se debe considerar que la mayoría de las radios VHF son propiedad del servicio de salud Magallanes salvo 4 radios móviles que se encuentran en arriendo en el SAMU Punta Arenas, todas son marca Motorola. Las frecuencias a configurar en los equipos serán propiedad del proveedor, las cuales deben estar vigentes y autorizadas por la SUBTEL con el certificado de permiso de servicio limitado de telecomunicaciones.
Estaciones Bases
Ubicación Equipo VHF Primario Equipo VHF Respaldo
Punta Arenas 1 (DEM300) 1 (DEM300)
Porvenir 1 (DEM300) 1 (DEM300)
Estaciones Móviles
Ubicación Ambulancias
Punta Arenas 8 (DGM5500E)
Porvenir 4 (DGM8500)
Radios Portátiles
Ubicación Cantidad
Punta Arenas 14 (DEP450)
Porvenir 2 (DEP450)
Tabla Nº1
El proveedor que proporcione el servicio de cobertura con repetidoras deberá compartir con el servicio de salud Magallanes los parámetros de configuración de las frecuencias que se aplicarán en las radios VHF y toda modificación que se ejecute al sistema de repetidoras. Todos los equipos de radiocomunicaciones portátil, fijo y móvil son propiedad del Servicio de Salud Magallanes los cuales son administrados por el Departamento TIC y quienes autorizan el acceso al proveedor para efectuar toda intervención, mantención y/o reparación.
7 CONDICIÓN EXCLUYENTE
Para esta condición es requisito poseer una red de antenas repetidoras VHF montadas en la región de Magallanes con cobertura en Punta Arenas y Porvenir, las cuales estén operativas y con mantenimiento anual vigente.
8 PUESTA EN MARCHA
El plazo de puesta en marcha del servicio será el presentado por los oferentes e iniciará desde la suscripción del contrato.
9 CONTINGENCIAS
El oferente deberá proporcionar un equipo duplexor de respaldo en caso de falla del principal, el cual podrá ser adquirido o arrendado para mantener la operación del servicio.
En caso de interferencias en las frecuencias actuales del repetidor el proveedor deberá contar con frecuencias de respaldo vigentes en la Subtel y libre de ruido probada previamente a la puesta en marcha, además de proporcionar todos los equipos de mediciones necesarios en el análisis de espectro requerido para detectar anomalías imprevistas en el canal del SAMU.
En caso de algún siniestro en el sitio de la repetidora que deje indisponible el servicio de comunicaciones con el SAMU, el proveedor deberá restablecer inmediatamente las comunicaciones de forma local en la estación base del SAMU, corroborando el adecuado funcionamiento de todas las radios y antenas tanto para el SAMU de Punta Arenas y Porvenir, resolviéndolo dentro los tiempos de respuestas acordados.
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