ADJUDICACIÓN |
Finalizado el proceso de evaluación de las ofertas, el CESFAM Lirquen aceptara la propuesta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, establecidos en las presentes bases.
La presente licitación se adjudicará a través de una resolución dictada por la autoridad competente, la que será publicada en www.mercadopublico.cl, entendiéndose notificada luego de 24 horas trascurridas desde su publicación en el portal.
• La entidad licitante no podrá adjudicar la licitación a una oferta que no cumpla con las condiciones y requisitos establecidos en las bases.
• No podrán adjudicarse ofertas de oferentes que se encuentran inhabilitados para contratar con las entidades.
• No podrán adjudicarse ofertas que no emanen de quien tiene poder suficiente para efectuarlas representando al respectivo oferente, sin perjuicio de la ratificación posterior que se realiza en conformidad a la ley.
El CESFAM Lirquen se reserva el derecho a declarar inadmisibles las ofertas, si no cumplen con una o más disposiciones de estas bases. Así mismo, se podrá declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien cuando éstas no resulten convenientes a los intereses de la entidad licitante o excedieren de su presupuesto referencial o disponible.
La adjudicación será dejada sin efecto por el Servicio dictando la resolución fundada correspondiente, en los siguientes casos:
• Si el adjudicado desiste de su oferta y no firma el respectivo contrato.
• Si el adjudicado no entrega la garantía de fiel cumplimiento de contrato en el plazo indicado.
• Si el adjudicado no acredita encontrarse inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, de la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas, transcurrido el plazo de 10 días hábiles, desde la fecha de la notificación de la adjudicación.
Lo anterior, de acuerdo a los plazos establecidos en las presentes bases y sin perjuicio de la facultad del Mandante de dejar sin efecto la adjudicación original y adjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje, dentro del plazo de 90 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.
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CONTRATO |
Para la presente Licitación Pública tendrá el carácter de Contratación de Servicios, se procederá bajo la modalidad “Adjudicación sin emisión automática de orden de compra”, cuyas características y condiciones generales se encuentran en la normativa e instrucciones del Sistema de Compras y Contratación Pública, por lo que el mandante irá emitiendo las órdenes de compra a medida que se presenten las necesidades o requerimiento.
Una vez adjudicada la propuesta, si procede se podrá elaborar un contrato por el Departamento de Asesoría Jurídica del Servicio de Salud Talcahuano, de acuerdo a las presentes Bases Administrativas a la oferta adjudicada, y a los demás antecedentes del llamado a propuesta, debiendo ser firmado por las partes. No tendrá tramite notarial.
Una vez adjudicada la propuesta, para fines de elaboración del contrato, el Adjudicatario deberá presentar al Servicio de Salud Talcahuano, dentro de 15 (quince) días corridos, los antecedentes que se indican según corresponda, sin embargo, en el caso que la documentación indicada más adelante se encuentre digitalizada en el Portal Mercado Público, Hábil en Chile proveedores o haya sido ingresada en la oferta con la vigencia requerida, no se requerirá su presentación:
PERSONAS JURÍDICAS
• Fotocopia simple de escritura pública de la constitución.
• Fotocopia simple del Rol Único Tributario de la institución.
• Fotocopia simple cedula identidad representante legal que suscriba el contrato.
• Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales.
Plazo para Celebrar el Contrato: Los adjudicatarios deberán celebrar el contrato dentro de los 30 días corridos siguientes a la notificación de la resolución adjudicataria.
Dicha notificación se realizará a través del Portal Mercado Publico, mediante la adjudicación en el sistema. No obstante, a lo anterior y si el CESFAM Lirquén lo estimase conveniente, también podrá enviarse una comunicación al correo electrónico indicado por el proponente en el Formulario N°1.
Serán partes integrantes del contrato las presentes bases y todos los antecedentes de la propuesta, incluidas las consultas y respuestas relativas a las bases y el contenido de la oferta del adjudicatario. Luego de firmado el contrato, este deberá ser aprobado mediante resolución, documento que una vez publicado permitirá enviar la orden de compra.
El plazo para la ejecución del contrato será a contar de la fecha de la total tramitación de la resolución de adjudicación de la licitación en el portal www.mercadopublico.cl, y los servicios contratados se extenderán durante el periodo en el cual se realicen la totalidad de los procedimientos. Con la salvedad que el pago mensual de estos deberá realizarse posterior a la firma y Publicación de la Resolución Exenta que aprueba el Contrato por prestación de Servicios en el portal www.mercadopublico.cl
Con todo el Cesfam Lirquen pondrá termino anticipado al contrato en cualquier momento y por simple vía administrativa, cuando el oferente adjudicado incurra en alguna causal de incumplimiento, de acuerdo a lo establecido en las Bases Administrativas.
Una vez adjudicada la licitación en el portal Mercado, se ha determinado excepcionalmente dar inicio a las prestaciones a contar de la fecha de la total tramitación de la Resolución de Adjudicación de la Licitación en el portal www.mercadopublico.cl dado a que se requiere contar oportunamente con las prestaciones del CESFAM Lirquen, para no entorpecer el normal funcionamiento de los servicios; se emitirá la orden de compra en forma mensual, en la cual constará la fecha de inicio y la cantidad de las prestaciones ejecutadas, pero con la salvedad que el pago mensual deberá realizarse posterior a la firma y publicación de la Resolución Exenta que aprueba el contrato por la prestación de servicios en el portal www.mercadopublico.cl y se extenderá durante el periodo en que se realicen la totalidad de los servicios.
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PAGO |
Los pagos serán mensuales, el Supervisor del Contrato validara las prestaciones mediante un Certificado que acredite los servicios ejecutados, a fin de validar si ha asistido al establecimiento a realizar el paquete de prestaciones contratado. Una vez efectuada la aprobación sin observaciones por parte del supervisor del Contrato, comunicara a Depto. de Abastecimiento la emisión de la orden de compra correspondiente y posteriormente el proveedor debe ACEPTAR la orden de compra dentro de 24 horas siguientes al envío de ésta por el portal www.mercadopublico.cl. y realizar la emisión de la factura en un plazo máximo de 5 días hábiles.
Entrega del Documento Tributario: Una Vez emitida la orden de compra correspondiente, el proveedor deberá enviar el documento tributario Factura al correo electrónico de Oficina de Partes del CESFAM Lirquén, correo: dipresrecepcion@custodium.com, a nombre del CESFAM LIRQUEN, RUT: 61.980.370-1, dirección: Ruta 150 S/N camino a Tomé, Penco y acompañar:
Deberá indicar claramente en el detalle de su glosa lo siguiente:
• Nombre del Servicio
• ID de Licitación Asociada.
• Detalle del mes del servicio prestado.
• N° de prestaciones realizadas.
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CESIÓN DE DERECHOS Y OBLIGACIONES |
El Oferente no podrá, en caso alguno, ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación, y en especial los establecidos en la Resolución y/o Contrato definitivo. La infracción de esta prohibición dará derecho al mandante para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata, de conformidad a lo establecido en el numerando correspondiente a la Terminación anticipada del Contrato.
Los documentos justificativos de los créditos, en favor del adjudicatario, para el pago de los servicios contratados, serán transferibles de acuerdo con las reglas del derecho común.
El oferente podrá concertar con terceros la subcontratación parcial del contrato solo con previa autorización del mandante, sin perjuicio que la responsabilidad del cumplimiento permanecerá en el oferente adjudicado.
Durante la ejecución del contrato el Ejecutor solo podrá efectuar las subcontrataciones parciales que sean estimadas como indispensables para la realización de tareas específicas. Para proceder con estas subcontrataciones el Ejecutor deberá solicitar, por escrito autorización al Servicio de Salud Talcahuano. Corresponderá al Administrador del Contrato del Servicio de Salud Talcahuano, calificar y resolver respecto de la subcontratación solicitada, emitiendo el respectivo informe sobre el particular. En todo caso y de ser aceptada la solicitud, cualquiera sea el tipo de subcontratación, el proveedor seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato suscrito con el Servicio de Salud Talcahuano.
El personal que contrate el Proveedor con motivo de la ejecución o durante la vigencia del contrato no tendrá, en caso alguno, relación laboral ni vinculo de subordinación y/o dependencia funcionaria con el Servicio de Salud Talcahuano, sino que exclusivamente
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SOLUCIÓN DE CONTRAVERSIAS |
Cualquier dificultad o conflicto que se produjere durante el proceso de adjudicación, en la interpretación, aplicación y ejecución de las Bases o especificaciones técnicas de este proceso de licitación o si durante la ejecución del contrato se presentara cualquier desacuerdo entre las partes, los referentes técnicos presentarán los antecedentes al comité de evaluación, quienes en conjunto con el Departamento de Asesoría Jurídica del Servicio de Salud Talcahuano presentarán al Director un informe en derecho, el que será sometido a la consideración por este. Lo anterior, sin perjuicio, de las competencias propias de la Contraloría General de la República y de los Tribunales Ordinarios o Especiales de Justicia.
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TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
De acuerdo a lo previsto en el artículo 13 de la ley N °19.886, y el artículo 77 del reglamento de la citada ley, el mandante podrá poner término anticipado al contrato en las siguientes causales:
a) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor:
Se entenderá por incumplimiento grave:
• La aplicación al contratante de 2 multas o de una multa grave.
• Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor (Se entiende como incumplimiento grave el incumplimiento de las exigencias técnicas del servicio requerido (contenido, especificaciones técnicas, adulteración de documentación presentada, faltas reiteradas).
• Ejecución tardía de sus funciones y obligaciones contractuales.
• Participar activa o pasivamente, directa o indirectamente, ejecutando u omitiendo actos o conductas que puedan comprometer los bienes o intereses del CESFAM Lirquén u otro establecimiento de la Red del Servicio Salud Talcahuano.
b) En todo caso, las multas cursadas al proveedor adjudicado superaran el 50% del monto total adjudicado.
c) Lo dispuesto en las bases administrativas, especificaciones técnicas y detalles entregados en la oferta del proveedor.
d) Contravención del Proveedor, en el desempeño de los servicios contratados.
e) Ejecución tardía de sus obligaciones contractuales.
f) Participar activa o pasivamente, directa o indirectamente, ejecutando u omitiendo actos o conductas que puedan comprometer los bienes o intereses del Cesfam Lirquen; la salud y/o seguridad de sus trabajadores; o que afecten el fiel y oportuno cumplimiento de las Obligaciones contraídas.
g) Estado de notoria insolvencia del proveedor, a menos que mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean insuficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
h) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con el mismo si es prestador natural, a 3 meses de ejecución del contrato. Si así correspondiese el CESFAM podrá solicitar a proveedor que exhiba, entre otros, contrato de trabajo, copia firmada de liquidaciones de remuneraciones, declaración y pago de imposiciones previsionales, de salud y cesantía del personal, registro de asistencia y control de jornada de trabajo.
i) En caso de término de giro, liquidación o disolución de la sociedad ejecutora.
j) Si cede o transfiere en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación, y en especial los establecidos en la Resolución y/o Contrato definitivo
k) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
l) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
Este término de contrato, es sin perjuicio de las demás acciones legales que le pudieren corresponder en contra del contratista, en el evento de que el perjuicio de las demás acciones legales que le pudieren corresponder en contra del adjudicado, en el evento de que el perjuicio originado tenga un costo monetario asociado.
Del Procedimiento
Verificándose cualquiera de las situaciones que alude al punto anterior, el Mandante dictará una resolución informando al contratante de ello, la que se notificará a éste mediante su publicación en el Portal Mercado Público.
El contratante dispondrá de 5 días hábiles para presentar sus descargos. Transcurrido este plazo y con los antecedentes que el CESFAM Lirquén disponga y/o el contratante haya aportado, se dictará una resolución que se pronunciará sobre los hechos informados, la sanción y su cuantía, o bien que acogerá los descargos presentados por el contratante, el que será debidamente notificado a éste, mediante su publicación en Portal Mercado Público.
El contratante podrá deducir en contra de la resolución que disponga el término anticipado del contrato, los recursos contemplados en la Ley N°19.880.
En todos los casos de término anticipado del contrato, se procederá a la liquidación inmediata del mismo, sin derecho a indemnización alguna para el Proveedor.
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