Licitación ID: 1057434-40-LE24
CONVENIO SERVICIO MANTENCION PREVENTIVA CORRECTIVA Y REPARATIVA EQUIPOS DE OFTALMOLOGIA DEL CESFAM DR. V.M. FERNANDEZ
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE SALUD CONCEPCION ARAUCO CONS, Bienes y Servicios
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 9
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Productos o servicios
1
Servicio de mantenimiento de equipo de fabricación 1 Unidad
Cod: 73152101
SERVICIO DE MANTENCION PREVENTIVA, CORRECTIVA Y REPARATIVA DE EQUIPOS DE OFTALMOLOGIA DEL CESFAM DR. V.M. FERNANDEZ, SEGUN ESPECIFICACIONES TECNICAS ADJUNTAS.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONVENIO SERVICIO MANTENCION PREVENTIVA CORRECTIVA Y REPARATIVA EQUIPOS DE OFTALMOLOGIA DEL CESFAM DR. V.M. FERNANDEZ
Estado:
Adjudicada
Descripción:
EL PRESENTE CONTRATO TIENE COMO FINALIDAD ASEGURAR UN MANTENIMIENTO PROTOCOLIZADO Y PERIÓDICO DE LOS EQUIPOS UTILIZADOS PARA EL CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LOS EQUIPOS DE OFTALMOLOGÍA DEL CESFAM. DE ESTA FORMA DISMINUIR EL RIESGO DE FALLA IMPREVISTA, LA IMPOSIBILIDAD DE ENTREGAR PRESTACIONES Y FALTA DE CALIDAD DE ATENCIÓN A LOS PACIENTES, SEGUN ESPECIFICACIONES TECNICAS ADJUNTAS..
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Dos Etapas
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO DE SALUD CONCEPCION ARAUCO CONS
Unidad de compra:
Bienes y Servicios
R.U.T.:
61.607.104-1
Dirección:
MAIPU # 2120
Comuna:
Concepción
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 14-10-2024 15:40:00
Fecha de Publicación: 02-10-2024 11:49:00
Fecha inicio de preguntas: 03-10-2024 8:00:00
Fecha final de preguntas: 09-10-2024 17:30:00
Fecha de publicación de respuestas: 10-10-2024 19:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 14-10-2024 15:45:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 14-10-2024 15:50:00
Fecha de Adjudicación: 28-10-2024 14:57:10
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexo N°1, Formulario Identificación de la Empresa.
2.- El oferente deberá incluir en su oferta la información requerida en Formularios Nº1, 2, 3.A y 3.B, según corresponda.
3.- Formulario N°4, Datos para el Pago
4.- En el caso de presentarse alguna oferta de Unión Temporal de Proveedores (UTP),se debe adjuntar un documento privado del acuerdo solidario, individualizando los integrantes de esta unión, donde conste ID y nombre de licitación en la que comparecen, donde conste su solidaridad respecto de las obligaciones que se derivan de la o las ofertas que presenten, asimismo que las causales de inhabilidad para la presentación de ofertas, formulación de propuesta o suscripción de contrato afectarán a cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores individualmente considerado, que no podrán ceder derechos de la participación de los miembros integrantes de la UTP, indicar que la vigencias cubrirá el periodo del contrato más 60 días hábiles, fijar domicilio de la UTP y nombrar un representante o apoderado común de ésta, designando un suplente.
5.- Las declaraciones juradas sobre habilidades para ofertar y contratar por el Estado, deben ser presentadas digitalmente mediante los formatos tipos que Mercado Público dispone.
6.- VISITA A TERRENO OPCIONAL: Se contempla Visita a Terreno Opcional: Quinto día hábil siguiente a la fecha de publicación de la Licitación, es decir el Miércoles 09 de Octubre de 2024, guiada por Encargado de Mantenimiento de Equipos del CESFAM Dr. VMF, o quien lo subrogue, en acceso Edificio Anexo del CESFAM, Maipú Nº2120 – Concepción, en el siguiente horario: 11:00 AM.
Documentos Técnicos
1.- Para acreditar Experiencia del Oferente en el rubro, se deberá adjuntar Certificado de Conformidad por servicios de Mantenimiento de Equipos Oftalmológicos, prestados los últimos 2 años, inclusive año 2024, hasta la fecha de publicación de la presente licitación, emitidos por entidades donde prestó o presta servicios actualmente, originales o copia, sólo para efectos de evaluación.
 
2.- Los Oferentes deberán contar con Personal calificado para la ejecución de los trabajos que contempla el convenio, por lo que se solicita adjuntar Certificación correspondiente del Personal, emitida por la casa de estudios o entidad educadora de origen.
 
3.- b) Para acreditar Personal Calificado las empresas oferentes deberán entregar los certificados de Títulos correspondientes del personal, emitidos por la casa de estudios o entidad educadora (Universidad, Instituto, Centro de Formación Técnica o liceos) y que tengan relación con los trabajos a ejecutar. No procede para este ítem la entrega de certificados de representación de marcas o cursos de capacitación por parte de empresas, por lo que no serán contabilizados.
 
Documentos Económicos
1.- Subir Anexo N°2 “Propuesta Económica”, sin omitir ninguna línea. De no cotizar todas las líneas, oferta se declarará INADMISIBLE.
2.- El Proveedor adjudicado deberá mantener los precios inicialmente ofertados, durante el todo el período de vigencia del Contrato, sin reajustes ni modificaciones de ningún tipo.
3.- Cotizar en valores netos, libre de impuestos.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- I18n entry not found: Certificado de Constitución de Sociedad.
Inscritos en Chileproveedores En caso que el o los proveedores adjudicados no estén inscritos en el Registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Chileproveedores, estarán obligados a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la adjudicación o la emisión de la orden de compra respectiva
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Personal Calificado Para acreditar Personal Calificado las empresas oferentes deberán entregar los certificados de Títulos correspondientes del personal emitidos por la casa de estudios o entidad educadora (Universidad, Instituto, Centro de Formación Técnica o liceos) y que tengan relación con los trabajos a ejecutar. Se evaluará cantidad de certificados de acuerdo a la siguiente tabla: Cantidad de Certificados Puntos Porcentaje 0 1 pto. 1.0 % 1-2 4 ptos. 3.0 % 3-4 6 ptos. 7.0 % Mayor o igual a 5 8 puntos 10 % 10%
2 Precio Se otorgará mayor puntaje a las ofertas que registren precios menores y se evaluará con la siguiente formula. FORMULA: (Menor precio ofertado / precio a evaluar) * 0.50 * 100 50%
3 Experiencia del Oferente en el Rubro Para acreditar Experiencia en el Rubro las empresas oferentes deberán entregar Certificados de Conformidad o Cumplimiento de trabajos de los últimos 2 años inclusive año 2024 hasta la fecha de publicación de la presente licitación, emitidos por entidades donde presto servicios, originales o copias, solo para efectos de evaluación. Se evaluará cantidad de certificados de acuerdo a la siguiente tabla: Cantidad de Certificados Puntos Porcentaje 0 1 pto. 2.5 % 1-2 4 ptos. 5 % 3-4 6 ptos. 8 % Mayor o igual a 5 8 puntos 10 % 10%
4 Comportamiento Contractual Anterior Se considerarán las sanciones aplicadas y publicadas (amonestaciones, multas, términos anticipados y otros) en Mercado Público dentro de los últimos 2 años, contados desde la fecha en que las presentes bases administrativas han sido publicadas en el Sistema de información, o en caso de no aparecer las sanciones en el Portal, las que haya aplicado el CESFAM Dr. VMF y que se encuentren totalmente tramitadas. Aquellos proveedores que no registren sanciones, automáticamente obtendrán el puntaje máximo. N° de Sanciones dentro de los 2 últimos años Puntaje Final 0 Sanciones 100 Entre 1 y 2 sanciones 60 Entre 3 y 5 sanciones 30 Sobre 5 sanciones 1 La ponderación asignada a este Ítem es de: 5% FORMULA: Puntaje obtenido X 0.5 X 100 5%
5 Tiempo de Respuesta Ante Falla de Emergencia Se evaluará el tiempo de respuesta y solución ante una falla de emergencia que presenten los equipos y será de la siguiente manera. Tiempo de Respuesta ante fallo de emergencia Puntaje De 0 a 24 hrs. 60 De 24 a 36 hrs. 40 De 36 a 48 hrs. 15 De 48 hrs. en adelante 5 Se considera como hora, la hora hábil (1 día = 8hrs hábiles). El inicio del tiempo de la reparación se considera una vez generado el reporte al proveedor. No obstante la visita reparativa podrá se flexibilizada de común acuerdo con Jefa Gestión Operacional mientras la demanda y horarios lo permita. Se evaluará con la siguiente FORMULA: Puntaje obtenido * Factor) x 100 20%
6 Cumplimiento de la Documentación y Requisitos Form SE EVALUARÁ CON LA SIGUIENTE FORMULA: (Puntaje obtenido x Factor). Cumple con los requisitos formales contenidos en las presentes Bases antes del día y hora de cierre: 100 Ptos.// Cumple con los requisitos formales contenidos en las presentes Bases dentro del nuevo plazo de 48 horas, contados desde la solicitud:10 Puntos// No cumple con requisitos formales, oferta se declara inadmisible. La ponderación asignada a este Ítem es de: 5% 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: FONFOS PPI CESFAM DR. VMF
Monto Total Estimado: 21000000
Justificación del monto estimado Monto Total Referencial por 12 Meses: 10.200.000.- IVA Incl. Monto Total Referencial por 24 Meses :21.200.000.- IVA Inc.
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: Se contempla renovación de Contrato por una única vez de común acuerdo de las partes, por un período de 12 meses, en atención a que las necesidades del CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández de Concepción, requieren contar con Servicios de Mantención de Equi
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: LUIS CARRASCO PIZARRO
e-mail de responsable de pago: jefefinanzascvmf@ssconcepcion.cl
Nombre de responsable de contrato: MARLENI HEREDIA CARES
e-mail de responsable de contrato: jefeoperacionescvmf@ssconcepcion.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-41-2721406-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: SERVICIO DE SALUD CONCEPCION - CESFAM DR. VICTOR MANUEL FERNANDEZ
Fecha de vencimiento: 15-02-2027
Monto: 10 %
Descripción: Para garantizar el fiel, oportuno y correcto cumplimiento del contrato el proveedor que se adjudique la licitación, deberá hacer entrega de boleta de garantía, vale vista u otro instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, tomada por uno o varios de los integrantes del oferente y pagadera a la vista de carácter irrevocable por un valor equivalente al 5% del valor total adjudicado (IVA Incluido), con vigencia mínima que exceda en 60 días hábiles de la fecha de término del contrato. Esta garantía además, asegurará el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores de la empresa contratante acorde con lo dispuesto en el artículo 11, inciso primero de la Ley N°19.886. Las garantías deberán ser entregadas en sobre cerrado en Oficina de Partes del CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández de Concepción, ubicada en Maipú Nº2120, Concepción dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la Resolución de Adjudicación. En los casos que se otorgue garantía electrónica, deberá ajustarse a lo señalado en la ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. El CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández hará efectiva esta garantía en el evento de generarse las causales establecidas en el Pto. 35.2 del Nº1 al Nº7, “Del Término Anticipado del Contrato”. Asimismo, hará efectiva esta garantía, en el evento de cobrar multas o sanciones que se deriven de los incumplimientos señalados en los Puntos N°33.1, 33.2 y 33.3 de las presentes bases administrativas, de la forma que en dichos párrafos se indica.
Glosa: GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE LA LICITACION PUBLICA 1057434-20-LE22, “CONVENIO SERVICIO MANTENCION PREVENTIVA, CORRECTIVA Y REPARATIVA EQUIPOS DE OFTALMOLOGIA DEL CESFAM DR. V.M. FERNANDEZ”.
Forma y oportunidad de restitución: Al adjudicatario se le devolverá la garantía de fiel cumplimiento mediante oficio, enviada por carta certificada al domicilio del oferente informado en la licitación, adjuntando la garantía endosada por el Director del CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández, dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la fecha de su vencimiento o dentro de los 10 días hábiles de suscrita el acta de recepción cualitativa, según el caso. Tratándose de la Garantía Electrónica, ésta se restituirá dentro de 10 días hábiles, contados desde los mismos casos, en la forma que señale el oferente dentro de su oferta.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
GENERALIDADES
Las presentes Bases Administrativas, y todo otro documento que emane de la propuesta, establecen las condiciones y normas que reglamentarán la adquisición de los productos. La presente licitación originará Resolución de Adjudicación, Orden de Compra y el Contrato respectivo, en su caso. El precio ofertado se entenderá a suma alzada, sin intereses ni reajustes de ninguna naturaleza, en moneda nacional.
DEFINICIONES

* Director SSC                                   :Sr. Víctor Valenzuela Alvarez

* Directora CVMF                              :Dra. Vilma Razmilic Bonacic

* Servicio                                           :CESFAM Dr. VMF, VIII región.

* Mandante                                        :CESFAM Dr. VMF

* Unidad Técnica                               :CESFAM  Dr.VMF.




UNIDAD TECNICA
Para los efectos de la licitación, la Unidad Técnica fija su domicilio en calle Maipú N°2120, Concepción, Unidad de Abastecimiento, Edificio Anexo.
DOCUMENTOS DE LA LICITACION
Los documentos y procedimientos de licitación, así como la relación contractual, estarán integrados e informados, además de la normativa legal y administrativa que gobierna la materia, por los siguientes antecedentes:
 - Las presentes Bases Administrativas.
 - Las consultas y respuestas.
 - Las enmiendas del Servicio sobre las Bases y demás aclaraciones que de él deriven.
 - Los Formularios. - La oferta adjudicada.
 - La Orden de Compra y/o el Contrato de Compraventa. - Todo otro documento que forme parte de la Licitación que emane del CESFAM Dr. VMF. El oferente deberá examinar todas las instrucciones, formularios, anexos, condiciones y especificaciones que figuren en los documentos de la Licitación.

 El CESFAM podrá admitir errores de forma que no afecten la igualdad de las ofertas ni la estricta sujeción a las bases.

 Se hace presente que la entrega de documentos y/o información falsa, obligará al CESFAM a declarar inadmisible la oferta, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan. Los documentos señalados se considerarán parte integrante del contrato que se suscriba, sin necesidad de mención expresa, complementando las obligaciones que allí se detallen.
DE LOS PROPONENTES
Sólo podrán participar en la presente Propuesta, aquellas personas naturales y/o jurídicas, nacionales y/o extranjeras, que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases. Asimismo, podrán postular consorcios o Unión de Proveedores, cuya propuesta deberá ser presentada por una única persona natural o jurídica a la que se denominará “oferente”. Dicha persona natural o jurídica, cuando forme parte de un consorcio o Unión de Proveedores, actuará por sí y en representación del resto de los integrantes de éste y será responsable directa de la propuesta ante el CESFAM, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria de las otras empresas del consorcio, o proveedores integrantes de la Unión de Proveedores e independientemente de cualquier alianza o acuerdo que haya efectuado con éstas con el objeto de presentarse a la licitación. El prestador y/o su representante deberán constituir domicilio en la República de Chile.
INGRESO DE LAS OFERTAS EN EL PORTAL
Las ofertas debe ser ingresadas en el portal electrónico www.mercadopublico.cl (subir todos los documentos requeridos para la presente licitación), dentro del plazo y hora estipulados en las presentes bases.

Los documentos obligatorios indicados en las presentes bases deberán ser en idioma español.
MODIFICACIONES DE LOS DOCUMENTOS DE LA LICITACION
El CESFAM Dr. VMF, podrá por cualquier causa y en cualquier momento, antes que venza el plazo para la presentación de ofertas, modificar los documentos de licitación mediante enmienda autorizada por resolución fundada, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un oferente. El CESFAM deberá prorrogar el plazo para la presentación de las ofertas y/o plazo de adjudicación o cualquier otra fecha indicada en la ficha de licitación lo cual será comunicado vía portal www.mercadopublico.cl. Comunicaciones: Cualquier comunicación que deba realizar el CESFAM a los proponentes, será a través del portal www.mercadopublico.cl.
ANTECEDENTES PARA INCLUIR EN LA OFERTA

Documentos Administrativos

a)    Anexo N°1, Formulario Identificación del Oferente.

b)    Formularios Nº1, 2, 3.A y 3.B, según corresponda.

c)     Formulario N°4, Datos para el Pago

d)    En el caso de presentarse alguna oferta de Unión Temporal de Proveedores (UTP),se debe adjuntar un documento privado del acuerdo solidario, individualizando los integrantes de esta unión, donde conste ID y nombre de licitación en la que comparecen, donde conste su solidaridad respecto de las obligaciones que se derivan de la o las ofertas que presenten, asimismo que las causales de inhabilidad para la presentación de ofertas, formulación de propuesta o suscripción de contrato afectarán a cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores individualmente considerado, que no podrán ceder derechos de la participación de los miembros integrantes de la UTP, indicar que la vigencias cubrirá el periodo del contrato más 60 días hábiles, fijar domicilio de la UTP y nombrar un representante o apoderado común de ésta, designando un suplente.

e)    Las declaraciones juradas sobre habilidades para ofertar y contratar por el Estado, deben ser presentadas digitalmente mediante los formatos tipos que Mercado Público dispone.

Documentos Técnicos

a)    Para acreditar Experiencia del Oferente en el rubro, se deberá adjuntar Certificado de Conformidad por servicios de Mantenimiento de Equipos Oftalmológicos, prestados los últimos 2 años, inclusive año 2024, hasta la fecha de publicación de la presente licitación, emitidos por entidades donde prestó o presta servicios actualmente, originales o copia, sólo para efectos de evaluación.

b)    Para acreditar Personal Calificado las empresas oferentes deberán entregar los certificados de Títulos correspondientes del personal, emitidos por la casa de estudios o entidad educadora (Universidad, Instituto, Centro de Formación Técnica o liceos) y que tengan relación con los trabajos a ejecutar. No procede para este ítem la entrega de certificados de representación de marcas o cursos de capacitación por parte de empresas, por lo que no serán contabilizados.

Documentos Económicos

a)    Subir Anexo N°2 “Propuesta Económica”, cotizando la/s línea/s de los equipos al o a los cuales postula, teniendo en cuenta el valor unitario designado para cada equipo. La no presentación de este Anexo, permitirá declarar INADMISIBLE la Oferta.

b)    El Proveedor adjudicado deberá mantener los precios inicialmente ofertados, durante el todo el período de vigencia del Contrato, sin reajustes ni modificaciones de ningún tipo.

c)   Cotizar en valores netos, libre de impuestos.

Visita a Terreno Opcional:

a)    Se contempla Visita a Terreno Opcional:  Quinto día hábil siguiente a la fecha de publicación de la Licitación, es decir el Miércoles 09 de Octubre de 2024, guiada por Encargado de Mantenimiento de Equipos del CESFAM Dr. VMF, o quien lo subrogue, en acceso Edificio Anexo del CESFAM, Maipú Nº2120 – Concepción, en el siguiente horario:  11:00 AM.




VALIDEZ DE LA OFERTA
Las ofertas tendrán una validez mínima de 90 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, el CESFAM podrá solicitar a los proponentes antes de su fecha de expiración, una prórroga de la validez de las mismas por igual periodo. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida.
REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS PROVEEDORES
PERSONA NATURAL
Requisitos para Ofertar
 • No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta.
 • No haber sido condenado por delitos concursales establecidos en los Artículos 463 y siguientes del Código Penal, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 20.720, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta. 15.1.2 Requisitos para ser Contratado
• No estar afecto a lo señalado en el art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que " Ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b)del artículo 54 de la ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas”.
• Estar Inscrito en Chileproveedores, entidad que verifica la no existencia de las inhabilidades contempladas en el art. 92 del Decreto 250 que aprueba Reglamento de la Ley 19.886. En caso que el o los proveedores adjudicados no estén inscritos en el Registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Chileproveedores, estarán obligados a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación. • No encontrarse afecto a la causal de inhabilidad consistente en la prohibición de contratar con los Organos de la Administración del Estado prevista en el Art. 26, Letra d) del DFL Nº1-2005 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley Nº211 de 1973. Documentos persona natural - Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad - Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886.

PERSONA JURÍDICA
Requisitos para ofertar:
• No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta.
 • No haber sido condenado por delitos concursales establecidos en los Artículos 463 y siguientes del Código Penal, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 20.720, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta. 15.2.2 Requisitos para ser Contratado: • No estar afecto a lo señalado en el art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "Ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b)del artículo 54 de la ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas”. • Estar Inscrito en Chileproveedores, entidad que verifica la no existencia de las inhabilidades contempladas en el art. 92 del Decreto 250 que aprueba Reglamento de la Ley 19.886. En caso que el o los proveedores adjudicados no estén inscritos en el Registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Chileproveedores, estarán obligados a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación. • No Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal de persona jurídica (incumplimiento artículos 8 Y 10, Ley 20.393).
 • No encontrarse afecto a la causal de inhabilidad consistente en la prohibición de contratar con los Organos de la Administración del Estado prevista en el Art. 26, Letra d) del DFL Nº1-2005 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley Nº211 de 1973. Documentos persona jurídica - Fotocopia del Rut de la Empresa - Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6° de la ley 19.886. - Declaración jurada respecto de inhabilidad del artículo 10, Ley 20.393. - Copia de escritura de Constitución Social y Estatuto y sus modificaciones. - Certificado de Vigencia de Sociedad no superior a 30 días. - Certificado de Vigencia de Poder no superior a 30 días.

UNION TEMPORAL DE PROVEEDORES.
En este caso, quienes la componen deben cumplir con los mismos requisitos exigidos, ya sea si corresponden a persona natural o jurídica. Documentos UTP:
1. Instrumento privado en el que conste la unión.
2. Demás antecedentes exigidos en los puntos, ya sea que se trate de persona natural o jurídica.
3. En relación a los formularios en donde conste las declaraciones juradas sobre inhabilidades para ofertar o ser contratado por el Estado, el apoderado de la UTP es quien deberá suscribir dichos formularios, entendiéndose que su declaración representa a los oferentes que componen el consorcio.
GARANTÍAS REQUERIDAS

GARANTÍA DE FIEL, CORRECTO Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE CONTRATO

Tipo de instrumento:     Boleta, Vale Vista u Otro Instrumento

Beneficiario:                  CESFAM DR. VICTOR MANUEL FERNANDEZ 

Monto:                          10%

DESCRIPCIÓN: Para garantizar el fiel, oportuno y correcto cumplimiento del contrato el proveedor que se adjudique la licitación,  deberá hacer entrega de boleta de garantía, vale vista u otro instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, tomada por uno o varios de los integrantes del oferente y pagadera a la vista de carácter irrevocable por un valor equivalente al 10% del valor total adjudicado (IVA Incluido), con vigencia mínima que exceda  en 60 días  hábiles de la fecha de término  del contrato,  plazo que se contará desde la notificación de la Adjudicación. Esta garantía, además, asegurará el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores de la empresa contratante acorde con lo dispuesto en el artículo 11, inciso primero de la Ley N°19.886.  Las garantías deberán ser entregadas en sobre cerrado en Oficina de Partes del CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández de Concepción, ubicada en Maipú Nº2120, Concepción dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la Resolución de Adjudicación. En los casos que se otorgue garantía electrónica, deberá ajustarse a lo señalado en la ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma.

El CESFAM  Dr. Víctor Manuel Fernández hará efectiva esta garantía en el evento de generarse las causales establecidas en el Pto. 35.2  del Nº1 al Nº7, “Del Término Anticipado del Contrato”.  Asimismo, hará efectiva esta garantía, en el evento de cobrar multas o sanciones que se deriven de los incumplimientos señalados en los Puntos N°33.1,  33.2 y 33.3 de las presentes bases administrativas, de la forma que en dichos párrafos se indica.

En los casos de modificación de contrato, los proponentes deberán ampliar o renovar la vigencia de la garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato presentada, ya sea con un nuevo documento o un endoso o renovación de la vigencia del mismo instrumento presentado inicialmente.

GLOSA:    GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE LA LICITACION PUBLICA  1057434-40-LE24, “CONVENIO SERVICIO MANTENCIONES PREVENTIVAS, CORRECTIVAS Y REPARATIVAS PARA EQUIPOS DE OFTALMOLOGIA DEL CESFAM VICTOR M. FERNANDEZ”.

FORMA Y OPORTUNIDAD DE RESTITUCIÓN: Al adjudicatario se le devolverá la garantía de fiel cumplimiento mediante oficio, enviada por carta certificada al domicilio del oferente informado en la licitación, adjuntando la garantía endosada por el Director del CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández, dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la fecha de su vencimiento o dentro de los 10 días hábiles de suscrita el acta de recepción cualitativa, según el caso. Tratándose de la Garantía Electrónica, ésta se restituirá dentro de 10 días hábiles, contados desde los mismos casos, en la forma que señale el oferente dentro de su oferta.

ERRORES EN LAS GARANTÍAS

Si los instrumentos de garantía presentasen errores de forma, en el nombre de la propuesta, en el nombre del mandante u otro, el Servicio podrá solicitar al oferente un nuevo documento correctamente emitido, quien podrá presentarlo en el plazo de 5 días hábiles de notificado sobre el error.

Tratándose de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, se solicitará a través de correo electrónico.




MONTOS Y DURACION DEL CONTRATO

a)    Estimación en base a: Presupuesto Referencial.

b) Fuente de Financiamiento: Fondos PPI – Prestaciones Institucionales  CVMF.

c)    Monto Total Referencial por 12   Meses: $10.200.000.-  IVA Incl.

d)    Monto Total Referencial por 24   Meses :$21.200.000.-  IVA Inc.

e)    Tipo Contrato: Suministro

f)     Duración del Contrato: Contrato de ejecución en el tiempo.

g)    Tiempo de ejecución: 24 meses.

h)    Plazos de pago: Las obligaciones devengadas de cada Servicio de Salud deberán ser pagadas en un plazo que no podrá exceder de 30 días contados desde la aceptación de la factura respectiva, según lo señalado en el punto 31 de las presentes Bases.

i)      Opciones de Pago: Transferencia electrónica.

j)      Responsable del pago: Luis Carrasco Pizarro. 

k)    e-mail de responsable de pago: jefefinanzascvmf@ssconcepcion.cl

l)      Nombre del responsable de contrato: Ing. Jaime Espinosa Mora.

m)   e-mail del responsable del contrato: prevencion2cvmf@ssconcepcion.cl

n)    Teléfono responsable de contrato:  41-2721406

Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación parcial: transporte para el traslado de equipos, en caso de ser necesario para la prestación de los servicios


DE LA COMISION DE EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN

La Comisión de Evaluación y Adjudicación estará integrada, por las siguientes personas o quienes la subroguen:

  1. Subdirector Administrativo CVMF
  2. Jefe Depto. Gestión Operacional CVMF.
  3. Jefe Depto. de Finanzas CVMF
  4. Jefa (S) Depto. Abastecimiento CVMF.

Funciones de la comisión:

1)    Resolver por sí sola cualquier duda o discrepancia que en el acto de apertura pueda surgir en relación con la interpretación o aplicación de las presentes Bases o Ficha Técnica del Portal Mercado Público.

2)    Solicitar a los oferentes las aclaraciones a sus propuestas que estime necesarias, para una correcta evaluación de las mismas, así como también solicitar que subsane errores menores o aclare los documentos presentados, cuando existan dudas, todo lo cual deberá ser canalizado e informado al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Fuera de este mecanismo, los oferentes no podrán mantener contacto alguno con la Comisión. El oferente deberá dar respuesta en a través del mismo medio, dentro del plazo señalado, de la forma indicada en el párrafo “Presentación de Aclaraciones y Antecedentes Omitidos”.

3)    Revisar y estudiar la documentación solicitada, ponderando las ofertas técnica y económicamente, confeccionando un cuadro comparativo entre los oferentes, todo ello en conformidad a los criterios de evaluación contemplados en el pliego de condiciones.

4)    De existir empate en la nota final entre dos o más ofertas en el resultado, aun cuando de la evaluación se esté usando el máximo de decimales posibles, ésta deberá dirimir a través del análisis del criterio de evaluación con mayor ponderación, según lo establecido en el párrafo de “Resolución de Empates”. 

5)    Podrá proponer la declaración de inadmisibilidad de una oferta, si de la evaluación se determina que no cumple con lo exigido en las bases. De la misma forma, La comisión podrá sugerir la declaración de la presente licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, porque juzga que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del CESFAM.

6)    Confeccionar un “Informe de Evaluación”, el cual considerará en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean éstos de carácter administrativo, técnico, legal, económico u otros, y contendrá a lo menos: los hitos más relevantes

del proceso de licitación, Cuadro Comparativo o Evaluativo de las Ofertas, y el puntaje o nota final obtenido por cada oferente según la ponderación de la pauta de evaluación. Dicho documento será firmado por los integrantes de la presente comisión para ser presentado a la Autoridad del Servicio que adjudicará.

7)    En caso de existir dudas entre los miembros de la comisión, podrán solicitar un pronunciamiento al departamento Jurídico del Servicio, como asesor externo, de acuerdo a lo señalado en la Directiva de Compras N° 14.

8)    Insertar en el informe una declaración en la cual los integrantes de la comisión afirmen no tener conflicto de intereses. De presentarse la situación de tener algún conflicto de este tipo, el integrante afectado deberá abstenerse, siendo reemplazado por otro funcionario mediante acto administrativo.

PRESENTACION DE ACLARACIONES Y ANTECEDENTES OMITIDOS
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información.

Se permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.

Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contados desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder lo solicitado por el CESFAM, o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta.

El CESFAM no considerará las respuestas recibidas una vez vencido dicho plazo, dejando la oferta inadmisible.
CRITERIOS DE EVALUACIÓN

Los Criterios de Evaluación se encuentran descrtios y su forma de cálculo, desarrollados en el Numeral 20 de las Bases de Licitación, encontrándose contemplados los siguientes:


1) 
Precio

2)  Tiempo de Respuesta ante falla de Emergencia

3)  Experiencia en el Rubro

4)  Personal Calificado

5) Cumplimiento de Documentación y Requisitos Formales

6)  Comportamiento Contractual Anterior 


  1. La puntuación final se obtendrá de la sumatoria del puntaje obtenido en cada uno de los ítems multiplicado por su respectivo porcentaje de ponderación.
  2. La oferta que obtenga la mayor cantidad de puntos será adjudicada.
  3. Cualquier información que no se ajuste a la realidad, implicará la eliminación inmediata de la oferta.
  4. Tratándose de las Uniones Temporales de Proveedores, y si el documento en que consta la unión no hace referencia en cómo evaluar los criterios de evaluación, la entidad promediará todos los antecedentes que se presenten por 2 o más integrantes del consorcio, y aplicables a los criterios de evaluación que corresponda.

RESOLUCION DE EMPATES

En caso de empate entre dos o más oferentes, aun cuando de la evaluación se esté usando el máximo de decimales posibles, se privilegiará al prestador cuyo puntaje parcial en el criterio que se indica en orden de prelación, sea el más alto:

1)    Precio

2)    Tiempo de Respuesta ante Falla de Emergencia

3)    Experiencia del Oferente en el Rubro

4)    Cumplimiento de la Documentación y Requisitos Formales

5)    Comportamiento Contractual Anterior

DE LA ADJUDICACION
Finalizado el proceso de evaluación de las Ofertas, el CESFAM adjudicará bajo la modalidad de Adjudicación múltiple aceptando la oferta que obtenga el mayor puntaje en la evaluación, emitiendo al efecto la Resolución Fundada de Adjudicación, la que se publicará a través del Sistema de Informaciones www.mercadopublico.cl, entendiéndose notificada luego de las 24 horas transcurridas desde su publicación en el portal.

El CESFAM declarará inadmisible la oferta cuando ésta no cumpla con los requisitos establecidos en las bases y podrá declarar desierta la licitación en forma total, cuando no se presenten ofertas, o bien cuando estas no resulten convenientes a sus intereses.

Lo anterior, de acuerdo a lo establecido en la normativa legal y reglamentaria aplicable, previa resolución fundada dictada al efecto. La adjudicación será dejada sin efecto por el CESFAM dictando la resolución fundada correspondiente, en los siguientes casos:
 a) Si el adjudicatario rechaza la adjudicación: Se entenderá por rechazada la adjudicación cuando el adjudicatario rechaza expresamente, ya sea por escrito o a través del portal.
b) Si el adjudicatario no acredita encontrarse inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, de la Dirección de Compras y Contratación Pública, previa emisión de la orden de compra.
c) Si el adjudicatario infringiere la Ley N° 19.886 en cualquier modo que afecte su capacidad y calidad para contratar con la Administración del Estado, en los términos contemplados en el artículo 4° de la referida Ley.
d) Si el adjudicatario no presenta la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, dentro de los plazos establecidos en estas Bases. En todos estos casos, el CESFAM podrá readjudicar la licitación, dentro de los 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, para lo cual se volverá a evaluar el o los ítems en cuestión y se reasignarán los puntajes, eliminando al o los proveedores que por las razones expuestas anteriormente desisten de la adjudicación, lo que generará un nuevo cuadro de evaluación y acta de readjudicación respectiva, definiendo al siguiente proveedor adjudicado que cumple íntegramente con las Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas, y siempre que resulte convenientes a los intereses institucionales. En caso de no existir otro oferente, se deberá dejar sin efecto la adjudicación y declarar desierta la licitación.

El CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández tendrá la facultad de adjudicar en una fecha distinta a la establecida originalmente. Luego, este cambio de fecha, se formalizará a través del acto administrativo correspondiente, el cual se publicará en el portal para que estén en conocimientos los oferentes. (En concordancia con lo establecido en artículo 41 de Decreto N°250 que establece Reglamento de compras).
MECANISMO PARA LA SOLUCION DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACION
Las consultas generadas producto de la adjudicación deberán realizarse a través de correo electrónico a Jefe Gestión Operacional  o al responsable del proceso de compra:

jefegestionoperacionalcvmf@ssconcepcion.cl  ó
 jefeabastecimientocvmf@ssconcepcion.cl
AUMENTAR O DISMINUIR PARTIDAS

Al momento de la adjudicación, el CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández se reserva el derecho de aumentar o disminuir las partidas requeridas, sin variar el presupuesto, hasta en un 30% de lo solicitado, fundadamente conforme a sus intereses y presupuestos disponibles, sin alterar el principio de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes.

FORMULA: Cantidad requeridas por ítem x 0.3 del total de cantidades por ítem o por el presupuesto total.

CONTRATO Y ORDEN DE COMPRA

Para este convenio se considera la existencia de Contrato, el que  se formalizará con la emisión y aceptación de la primera OC, previa recepción de la Garantía de Fiel  Cumplimiento, dado que la contratación es de simple y objetiva especificación.

 DE LA ORDEN DE COMPRA

Se emitirán Órdenes de Compra mensuales, previas Solicitudes emitidas a través del Sistema Informático CGCOM, por parte del Depto. de Gestión Operacional del CESFAM Dr. VMF, correspondiente a los servicios a ejecutar durante el respectivo mes, una vez que se encuentre tramitada la Resolución adjudicatoria y ésta sea publicada en el portal www.mercadopublico.cl., entendiéndose notificada  al adjudicatorio, 24 horas posteriores a su publicación en el Portal Mercado Público



DE LA ORDEN DE COMPRA

Se emitirán Órdenes de Compra mensuales, previas Solicitudes emitidas a través del Sistema Informático CGCOM, por parte del Depto. de Gestión Operacional del CESFAM Dr. VMF, correspondiente a los servicios a ejecutar durante el respectivo mes, una vez que se encuentre tramitada la Resolución adjudicatoria y ésta sea publicada en el portal www.mercadopublico.cl., entendiéndose notificada  al adjudicatorio, 24 horas posteriores a su publicación en el Portal Mercado Público

VIGENCIA Y RENOVACIÓN

El convenio tendrá una vigencia de 24 meses a contar de la emisión y aceptación de la primera OC, previa recepción de la Garantía de Fiel  Cumplimiento de Contrato.

Se contempla renovación de Contrato por una única vez de común acuerdo de las partes, por un período de 12 meses, en atención a que las necesidades del CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández de Concepción, requieren contar con Servicios de Mantención de Equipos de Oftalmología, operativos y continuos en el tiempo. Para ello, se debe verificar la configuración de los siguientes requisitos:

  • Que el CESFAM no requiera la actualización de las especificaciones técnicas, situación que solo podrá ser acreditada a través de un certificado del Administrador del Contrato.
  • Que proveedor haya tenido un comportamiento contractual a lo menos suficiente, lo que equivale a que no haya incurrido en hechos o incumplimientos constitutivos de faltas graves a sus obligaciones durante la vigencia del contrato.
  • Que se cuente con certificado de disponibilidad presupuestaria que cubra el tiempo de renovación del contrato.
  • Se renueve la garantía de fiel cumplimiento en los mismos términos exigidos en las bases.
  • La renovación de contrato deberá ser decretada por resolución fundada y ésta deberá ser publicada en portal mercado público.





ACREDITACION DE CUMPLIMIENTO DE REMUNERACIONES O COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL

Para ser contratado, el proveedor adjudicado deberá adjuntar los formularios N°3A O 3B según corresponda y certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales emitido por la Dirección del Trabajo, con una vigencia no superior a 30 días, acreditando o no el cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social para con sus trabajadores.

Si el proveedor registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con trabajadores actuales o con trabajadores contratados durante los últimos dos años, deberá destinar los primeros estados de pago producto del contrato licitado al pago de dichas obligaciones, debiendo acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.




OPERATIVIDAD DEL SUMINISTRO

Para dar cumplimiento con el Convenio de Mantención Preventiva, Correctiva y Reparativa de Equipos Oftalmológicos del CESFAM VMF, se coordinará con el adjudicado, la ejecución de los servicios, por lo que se generarán órdenes de compra, previa coordinación con Jefe Depto. de Gestión Operacional o Funcionario de este Departamento, designado para estas funciones.








PLAZO DE ENTREGA

El plazo de entrega de los servicios de mantención de equipos de Imagenología, comenzará a regir desde el día hábil siguiente a la emisión de cada orden de compra, no pudiendo superar los 2 días hábiles, equivalentes a 16 Hrs., constituyendo el incumplimiento de este plazo, una falta leve, sujeta a multa. 













MODALIDAD DE PAGO

El pago se realizará contra factura, previa recepción conforme por parte del requirente, dentro del plazo de 30 días contados desde la aceptación de la factura respectiva, (Ley de Presupuesto de la Nación para el año 2024, Ley N°21.640 de fecha 18.12.2023, glosa 2, letra e)  de las partidas del  Ministerio de Salud, “Las obligaciones devengadas de cada Servicio de Salud deberán ser pagadas en un plazo que no podrá exceder de 30 días, a contar de la fecha en que la factura es aceptada”.

La factura deberá ser emitida a nombre del CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández de Concepción RUT. 61.607.104-1, dirección Maipú N°2120, Concepción, cancelada en original y dos copias. INDICANDO ADEMAS EL NUMERO DE ID DE LA LICITACION QUE DIO ORIGEN A COMPRA, CTA. CORRIENTE Y ENTIDAD BANCARIA, PARA EFECTUAR TRANSFERENCIA ELECTRONICA, Y CORREO ELECTRÓNICO PARA SU NOTIFICACIÓN.

En el caso que la empresa adjudicada emita factura electrónica, se requiere que este además sea enviado al correo electrónico del Encargado de Oficina de Partes, ofpartescvmf@ssconcepcion.cl.

La institución responsable de efectuar el pago será la Tesorería General de la República de acuerdo a lo indicado en la Circular N°9 de fecha 28.04.2020 por parte de la Dirección de Presupuestos del Gobierno de Chile.

El proveedor deberá enviar el XML de la factura a la dirección dipresrecepcion@custodium.com y el número de OC se debe indicar en referencia (801).

En virtud del dictamen de Contraloría General de la República N° 7561N18 de fecha 19 de marzo de 2018:  “se debe tener en cuenta que el artículo 3° de la ley N° 19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a la copia de la factura, previene que para los efectos de esta ley, se tendrá por irrevocablemente aceptada la factura si no se reclamara en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, mediante alguno de los siguientes procedimientos: 1. Devolviendo la factura y la guía o guías de despacho, en su caso, al momento de la entrega, o 2. Reclamando en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, dentro de los ocho días corridos siguientes a su recepción”. Por lo tanto, en base a lo anteriormente señalado, el plazo para la recepción cuantitativa será de 8 días corridos a partir de la recepción de bultos, transcurrido el cual se entenderá fuera de plazo la recepción señalada y se entenderá la factura aceptada, si no hubiere sido rechazada conforme a la normativa anteriormente señalada.

En el caso de una Unión Temporal de Proveedores (UTP), será el representante de la misma, indicando en el documento de su constitución, quien deberá emitir la boleta o factura respectiva, para cursar los pagos que generen la ejecución contractual.

Para efectos de pago el proveedor deberá acompañar la documentación entregada con el Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales emitido por la Dirección del Trabajo (F-30).

En conformidad al Artículo 8 de la Ley de presupuestos, el adjudicado/contratado debe contar con cuenta bancaria para efectuar el pago mediante transferencia electrónica de fondos.



DEL FACTORING Y PROHIBICIÓN DE CESIÓN

El CESFAM respetará los contratos de factoring suscritos por sus adjudicatorios, siempre y cuando se le notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones o multas pendientes.

Por otro lado, el adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones.

Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común.

DEL INCUMPLIMIENTO DEL PROVEEDOR Y SUS SANCIONES

Ante los siguientes incumplimientos por parte del proveedor contratado, el CESFAM deberá para aplicar las sanciones que se detallan a continuación:

Faltas Leves y sus sanciones

Ante los siguientes incumplimientos por parte del proveedor contratado, el CESFAM deberá para aplicar las sanciones que se detallan a continuación:

 Faltas Leves y sus sanciones:

  • Retraso en el Plazo de Entrega: por el atraso en el plazo de entrega de los servicios de mantención preventiva, correctiva y reparativa de equipos de Oftalmología, se aplicará una multa equivalente a  2 UF, por día hábil de atraso. Lo anterior, considerando lo señalado en Punto 30 Plazo de Entrega de las presentes Bases Administrativas, salvo que se trate de caso fortuito o fuerza mayor. Se considerara  para este cálculo, la fecha de la UF del día en que se verifica la falta:

 Faltas Graves y sus sanciones:

Por cada una de las faltas graves a continuación detalladas en que incurra el oferente, por separado e independientes entre sí,  salvo que se trate de caso fortuito o fuerza mayor, obligará al CESFAM Dr. VMF de Concepción a aplicar una  multa equivalente a 3 UF, por evento.  Se considerara para este cálculo, la fecha de la UF del día en que se verifica la falta:

    • Incumplimiento en la periodicidad de las mantenciones de equipos de Oftalmologia, determinadas como 1 mantención  cada 8 meses por un periodo de 2 años.
    • Incumplimiento en la reparación y entrega de equipos, según lo estipulado en el punto 6.3.7 de las Especificaciones Técnicas.
    • Incumplimiento en la mantención actualizada de registro en Hoja de Vida con control de revisión periódica de cada equipo adjudicado.
    • Incumplimiento en la entrega al Encargado de Mantención del CESFAM, de copia de trabajo o informe técnico de procedimientos de cada mantención realizada, debidamente firmadas y timbradas por parte de la empresa ejecutante.  
    • Incumplimiento del adjudicado, de la Ley 16.744 que establece Normas sobre Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de sus trabajadores.
    • Incumplimiento en el retiro y aseo del lugar donde se efectuaron los trabajos dentro de las instalaciones del CESFAM.
    • Incumplimiento en la entrega de Informe y Cotización para trabajos de reparación, a la Unidad de Mantención del CESFAM dentro de un plazo no mayor a 3 días desde detectada e informada la falla, para la inmediata generación de la orden de compra correspondiente.
    • Una vez Notificada la adjudicación del servicio al proveedor, este deberá esperar la generación de la primera orden de compra en portal, la cual se hará de acuerdo a las necesidades y fechas que el CESFAM requiera , previa coordinación con Unidad de Mantención del CESFAM. El incumplimiento de esta exigencia, constituirá una Falta Grave sujeta a Multa.
    • Incumplimiento con la exigencia que establece que una vez finalizada las garantías de fábrica de los equipos nuevos que el CESFAM adquiera, se deberán incorporar al convenio de mantención vigente, solicitando al adjudicado asignar un valor unitario para mantención de acuerdo  a valores ofertados en Anexo N°2 “Propuesta Económica” por equipos de similares características, previa comunicación al adjudiacado a través de documento formal denominado “Resolución Exenta” para ser incorporado en sus listados.
    • El incumplimiento de esta exigencia, constituirá una Falta Grave sujeta a Multa.

33.3                Faltas Gravísimas y sus sanciones:

Por cada una de las faltas gravísimas a continuación detalladas en que incurra el oferente, por separado e independientes entre sí, salvo que se trate de caso fortuito o fuerza mayor, obligará al CESFAM Dr. VMF de Concepción a aplicar una multa equivalente a 5 UF, por evento.  Se considerara para este cálculo, la fecha de la UF del día en que se verifica la falta:

  • Incumplimiento ante un llamado por falla de Emergencia de quipos, dentro del tiempo establecido y designado en las bases, que considera días de semana y festivos, 24/7, previa coordinación con el Encargado de Mantención o quien se designe.
  • Incumplimiento de las actividades mínimas a considerar como mantención preventiva, estipuladas en el punto 6.2.2 de las Especificaciones Técnicas.
  • Incumplimiento en la entrega de equipo y elementos de protección contra riesgos de accidentes al personal que realice el mantenimiento, demarcación de zonas de riesgo con carteles, barreras y/o señalizaciones que pudiese presentarse en el desarrollo de los trabajos para salvaguardar de accidentes al personal, funcionarios y usuarios.

En toda sanción, el CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández de Concepción deberá considerar las siguientes reglas:

a)    Los hechos que constituyen las causales de sanción deberán ser informadas por el responsable del contrato mediante informe a la sección de Abastecimiento para proceder con el proceso de evaluación del mismo, salvo tratándose de la entrega del bien, en cuyo caso se analiza en base a los antecedentes proporcionados por bodega.

b)    Las multas de que trata el presente artículo se devengarán desde la fecha en que se haya verificado el hecho que la origina.

c)    El CESFAM Dr. VMF podrá descontar las multas detalladas precedentemente en forma administrativa, de los Estados de Pago o contra la garantía de fiel cumplimiento del contrato, hasta por el monto de la multa, salvo que el proveedor deposite el valor de la multa en la cuenta del CESFAM dentro del plazo de 3 días hábiles desde la notificación de la Resolución que aplica la multa. Si la garantía se hubiere tomado por un monto mayor al de las multas, igualmente se podrá hacer efectiva la Garantía, debiendo el CESFAM consignar a cuenta del proveedor la diferencia a su favor dentro de diez (10) días hábiles de ejecutada la garantía. Si se cobra la garantía por aplicación de multa, la empresa deberá emitir, dentro de un plazo de 5 días hábiles contados desde el cobro, un nuevo documento que garantice el 5% del valor total del contrato, debiendo tener una vigencia igual a la garantía inicial. El CESFAM Dr. VMF retendrá el saldo a favor hasta que el adjudicatario entregue la nueva garantía.

d)    Las multas serán aplicables hasta un tope del 30% del valor total del servicio. No obstante lo anterior, el incumplimiento en la prestación de los servicios contratados, significará realizar la adquisición en el mercado, asumiendo el costo diferencial el oferente adjudicado.

e)    El cobro de una o más de las multas precedentes, es sin perjuicio del derecho del CESFAM para poner término al Contrato por causa imputable al proveedor y exigir, en tal caso, la indemnización de los perjuicios.

f)     No obstante lo anterior, el incumplimiento en la entrega del bien o prestación de los servicios contratados, significará realizar la adquisición en el mercado, asumiendo el costo diferencial el oferente adjudicado.



PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE SANCIONES

En todos estos casos, detectada una situación que amerite la aplicación de sanciones, por parte de la entidad o del funcionario responsable, éste le informará al adjudicatario por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el tipo de sanción que correspondiere. Tratándose de multa, además se informará su monto.

A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles (lunes a viernes), para efectuar sus descargos, los que sólo podrán fundarse por caso fortuito o fuerza mayor o causa no imputable al proveedor, debiendo acompañar todos los antecedentes fundantes que lo justifiquen. Vencido el plazo para presentar descargos, y sin que éstos se hayan presentado, la entidad dictará la respectiva Resolución o Acto Administrativo aplicando o no la sanción.

Si el adjudicado hubiera presentado descargos en tiempo y forma la entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos para rechazarlos o acogerlos ya sea total o parcialmente lo que se determinará mediante resolución o acto administrativo, aplicando o no la multa que corresponda. En virtud del Artículo 6 y 79  del reglamento de compras públicas la resolución que aplique la multa deberá ser publicada en el sistema de información Mercado público y se entenderá notificada 24 horas siguientes a su publicación.

Se hace presente las notificaciones se realizarán al domicilio que el proveedor tenga registrado en Mercado Público. En caso que, la carta sea devuelta por cambio de domicilio u otro motivo, se volverá a enviar una segunda notificación, entendiéndose notificado el proveedor transcurrido el plazo de 3 días hábiles desde el segundo envío, manteniendo el plazo posterior de 5 días hábiles para presentar descargos.

Sin perjuicio de lo expuesto, posterior a la tramitación de la Resolución que determina la aplicación de multa, el adjudicatario podrá interponer los Recursos establecidos en la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.

DE LAS MODIFICACIONES Y TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO

 De las modificaciones:

El CESFAM podrá modificar el contrato por mutuo acuerdo entre los contratantes, no pudiendo alterar la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30 % del monto originalmente pactado (Art. 77 del Reglamento).

 Del Término Anticipado del Contrato:

Por otro lado, el CESFAM, previo procedimiento administrativo, declarará el término del contrato por alguna de las siguientes causales:

1.  Que el proveedor, en los casos en que procediere, fuere sancionado por el acto administrativo correspondiente:

a)    Cuatro veces por Faltas Leves.

b)    Tres veces por Faltas Graves; o por una Falta Grave, habiéndose aplicado anteriormente más de dos multas por Falta Leve.

c)    Dos veces por Faltas Gravísimas.

d)    Haber alcanzado el tope del 30% del valor neto del servicio en aplicación de multas.

2.  Que el proveedor fuese declarado en estado de notoria insolvencia, a menos que mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

3.  Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

  1. En caso de término de giro, liquidación o disolución de la sociedad ejecutora.

5.  Si cede o transfiere en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación, y en especial los establecidos en la Resolución y/o Contrato definitivo.

6.  Incumplir el pacto de integridad u obligación de confidencialidad, en lo que a la ejecución del contrato se refiere.

7.  En el caso de la Unidad Temporal del Proveedores (UTP), será causal de término anticipado en los siguientes casos:

a)      La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia.  De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.

b)      Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.

c)      Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.

d)      Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.

e)      Disolución de la UTP.

  1.    Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
  2.     Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes

a)   No procederá el pago de indemnización alguna a favor del contratista.

b)      Las partes fijarán de mutuo acuerdo en el contrato que suscriban, el resto de las condiciones de resciliación. 

PROCEDIMIENTO PARA REALIZAR EL TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATO

a)         En el caso de que se genere una o más de las situaciones señaladas en los numerales 1 a 8, detectada la situación por parte de la entidad o del funcionario responsable, se informará al adjudicatario por carta certificada, indicando la causal, los hechos que la constituyen y la decisión de poner término al contrato pactado. A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para hacer sus descargos acompañando los antecedentes que lo justifiquen.

Vencido el plazo para presentar descargos y sin que éstos se hayan presentado, la entidad dictará la respectiva resolución o acto administrativo dando término al contrato y procederá si corresponde al cobro de garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.

Si el adjudicado hubiera presentado descargos en tiempo y forma la entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos para rechazarlos o acogerlos ya sea total o parcialmente lo que se determinará mediante resolución o acto administrativo, aplicando o no la multa que corresponda. En virtud del Artículo 6 y 79  del reglamento de compras públicas la resolución que aplique la multa deberá ser publicada en el sistema de información Mercado público y se entenderá notificada 24 horas siguientes a su publicación.

Sin perjuicio de lo expuesto, posterior a la tramitación de la Resolución que determina el término anticipado del contrato, el adjudicatario podrá interponer los Recursos establecidos en la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.  

El CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández tomará las demás acciones legales que le pudieren corresponder en contra del adjudicatario, en el evento de que el perjuicio originado sea mayor al valor de la mencionada Garantía.

b)          El término del contrato por la causal establecida en el numeral 9 se deberá generar mediante la suscripción de mutuo acuerdo del convenio de término anticipado del contrato, que deberá ser aprobado por Resolución o Acto Administrativo sin necesidad de trámite judicial alguno.

      Las partes de este contrato han acordado dar el valor esencial a la presente clausula.

PACTO DE INTEGRIDAD

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

DE LA OBLIGACION DE CONFIDENCIALIDAD
El adjudicatario deberá guardar la confidencialidad de todos los antecedentes que conozca con motivo de la prestación del servicio o provisión del suministro, ya sean aquellos de los cuales conozca por la realización del mismo o proporcionados por el CESFAM y no podrá hacer uso de ellos para fines ajenos a la contratación, salvo por aquellos obtenidos de los mecanismos establecidos por la ley. Cualquier infracción a lo anterior, podrá originar el término anticipado del contrato, según lo dispuesto en el punto 34 de las presentes bases.
DE LA COMPRA REGULAR Y ADICIONAL

Durante la vigencia del convenio, el CESFAM Dr. VMF de Concepción, tendrá dos modalidades de compra:

a)    Compra regular, la cual consiste en la emisión de Órdenes de Compra, según programación interna del CESFAM para el año en curso, y

b)    Compra(s) adicional(es) que se utilizará en caso que el establecimiento incorpore equipos al listado de Equipos de Imagenología informados en esta licitación, y mientras el Convenio permanezca vigente, que requieran servicios de mantenimiento. En tal caso ambas solicitudes se realizarán desde el Depto. de Abastecimiento mediante la correspondiente Orden de Compra en los plazos que establecen las Bases Administrativas y siempre que se respete el presupuesto, sin perjuicio de lo señalado sobre modificación al Contrato.



10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.