9.1 Categorías Licitadas |
La Dirección de Compras y Contratación Pública, a través de este proceso, licitará las Categorías y tipos de servicio que se indican a continuación:
I CATEGORÍA SERVICIOS DE ALOJAMIENTO
Categoría
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Tipo de Servicio
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Servicios de Alojamiento
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Hostels (Albergues, Refugios)
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Hostales
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Residenciales
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Bed & Breakfast (Alojamiento familiar, Hospedajes Rurales)
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Centros de turismo de naturaleza (lodge)
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Haciendas (estancias)
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Camping (recinto de campamento)
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Hosterías
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Apart-hoteles
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Complejos turísticos (resort)
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Hoteles
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Cabañas
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Termas
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Hoteles boutique
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Definiciones Categoria Servicios de Alojamiento
1. Hostel (Albergue, Refugios): Establecimiento cuya capacidad para prestar el servicio de alojamiento turístico es en habitaciones comunes y/o habitaciones privadas, al igual que sus baños, y que dispone además, de un recinto común de cocina para que los huéspedes se preparen sus propios alimentos. Debe contar con el servicio de recepción y servicio de aseo del establecimiento. Además, debe tener disponible información turística y publicación de actividades de esparcimiento entre los
huéspedes. Los hostel o albergues pueden recibir el nombre de refugios.
2. Hostal: Establecimiento en que se provee el servicio de alojamiento turístico en habitaciones mayoritariamente privadas, cuyas características constructivas dicen relación con las de una casa habitación, y que ofrece el servicio de desayuno de manera facultativa.
3. Residencial: Establecimiento en que se provee el servicio de alojamiento turístico en habitaciones privadas, cuyas características constructivas dicen relación con las de una casa habitación, y que ofrece además el servicio de alimentación en las modalidades de media pensión o pensión completa incluido en el precio.
4. Bed & Breakfast (alojamiento familiar, Hospedaje Rural): Establecimiento del tipo casa habitación, en el cual sus residentes permanentes, como actividad complementaria de la que desarrolla en forma habitual el grupo familiar anfitrión- prestan los servicios de alojamiento turístico y desayuno incluido en la tarifa en habitaciones privadas. El servicio de recepción es brindado por un integrante del grupo familiar. Las áreas comunes familiares son compartidas con los huéspedes. Este tipo de establecimiento puede recibir el nombre de hospedaje rural, si éste se ubica en una zona rural.
5. Centro de turismo de naturaleza (Lodge): Establecimiento en que se presta el servicio de alojamiento turístico en unidades habitacionales privadas. El principal propósito del establecimiento es servir de enclave para realizar actividades al aire libre y/o excursiones. Ofrecen además como mínimo, servicio de recepción por 12 horas, servicio de mucamas y servicio de alimentación bajo cualquier modalidad a solicitud del huésped, sin perjuicio de proporcionar otros servicios complementarios.
6. Hacienda (Estancias): Establecimiento en que se presta el servicio de alojamiento turístico en unidades habitacionales privadas y que mantiene o recrea un casco principal con estructuras, espacios y materiales propios de las antiguas casas tradicionales de la zona donde se emplaza. El principal propósito del establecimiento es servir de enclave para realizar actividades al aire libre y/o excursiones productivas propias del predio y la cultura local. Ofrecen además como mínimo, servicio de recepción por 12 horas, servicio de mucamas y servicio de alimentación bajo la modalidad de pensión completa, sin perjuicio de proporcionar otros servicios complementarios.
7. Camping (recinto de campamento): Establecimiento en que se provee el servicio de alojamiento turístico en un terreno debidamente delimitado, ubicado en un entorno natural (campo, montaña, playa y similares), asignándole un sitio a cada persona o grupo de personas que hacen vida al aire libre y que utilicen carpas, casa rodantes u otras instalaciones similares para pernoctar. Debe contar como mínimo con servicio de recepción de 12 horas y baños.
8. Hostería: Establecimiento que provee principalmente servicio de alimentación en un restaurante y que adicionalmente provee el servicio de alojamiento turístico en unidades habitacionales. Debe contar con estacionamiento de vehículos, ubicados junto o frente al edificio principal.
9. Apart-hotel: Corresponde a un establecimiento que provee alojamiento turístico mayoritariamente en unidades habitacionales tipo departamento, en un edificio o parte independiente del mismo, constituyendo sus dependencias un todo homogéneo. Disponen, además como mínimo del servicio de recepción durante las 24 horas y el servicio de desayuno estando o no incluido en la tarifa, el cual se debe prestar dentro de las instalaciones, servicio de mucamas, servicio de conserjería y servicio de custodia de equipaje, sin perjuicio de proporcionar otros servicios complementarios.
10. Complejo turístico (resort): Establecimiento que cuenta con una o más clases de alojamiento turístico, además de contar con instalaciones, equipamiento e infraestructura para la realización de cada uno de los tipos de actividades que ofrezca dentro de los límites del establecimiento, ya sean recreativas, deportivas, de descanso y relajación.
11. Hoteles: Establecimientos que provee alojamiento turístico mayoritariamente en habitaciones, en un edificio o parte independiente del mismo, constituyendo sus dependencias un todo homogéneo. Disponen además como mínimo del servicio de recepción durante las 24 horas y el servicio de desayuno estando o no incluido en la tarifa, servicio de mucamas, servicio de conserjería y servicio de custodia de equipaje, sin perjuicio de proporcionar otros servicios complementarios. Cuando el establecimiento cuente con habitaciones con acceso desde el nivel del suelo y con estacionamiento frente a las habitaciones o dentro del recinto, se puede denominar motel.
12. Cabañas: Establecimiento en que se presta el servicio de alojamiento turístico en unidades habitacionales del tipo cabaña, con estacionamiento con capacidad mínima de un vehículo por cada unidad habitacional. Disponen, además como mínimo de servicio de recepción para el registro de huéspedes y entrega de información general, pudiendo ofrecer otros servicios complementarios
13. Terma: Establecimiento cuyo propósito principal es el aprovechamiento de una fuente termal con fines terapéuticos y/o recreacionales, para lo cual, junto con las respectivas instalaciones termales cuenta con el equipamiento e infraestructura necesarios para proveer el servicio de alojamiento turístico en habitaciones, cabañas o departamentos, sin perjuicio de proveer otros servicios complementarios.
14. Hotel boutique: Establecimiento que ofrece el servicio de alojamiento turístico en habitaciones y bajo un concepto definido, presente tanto en habitaciones, como lugares de uso común e informado previamente a los clientes, entregando un servicio de atención personalizada. Se encuentra emplazado en un edificio o parte independiente del mismo, constituyendo sus dependencias un todo homogéneo. Disponen, además como mínimo del servicio de recepción en español y un segundo idioma, además del servicio de desayuno incluido en su tarifa. Tiene definido e implementado un sistema de medición de satisfacción de clientes.
Los tipos de servicios contemplados en la Categoría de Servicios de Alojamiento están definidas en la norma chilena N° 2760, de 2013, la cual ha sido elaborada para facilitar la comprensión de los servicios de alojamiento turístico e interpretar correctamente las normas de calidad turística.
II CATEGORÍA SERVICIOS DE ARRIENDO DE ESPACIOS E IMPLEMENTOS DE CONFERENCIA
Categoría
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Tipo de Servicio
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Servicio de Arriendo de Espacios e Implementos de Conferencia
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Centros de Convenciones
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Centros de Eventos
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Centros Recreacionales
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Salas
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Salones
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Implementos de Conferencia
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Definiciones Categoría Servicio de Arriendo de Espacios e Implementos de Conferencia
- Centros de Convenciones: Corresponde a un lugar físico construido, el cual puede tener áreas para salones y lobby, entre otras instalaciones con el propósito de reunir en instancias tales como Congresos, Conferencias, Convenciones, Coloquios, Seminarios, Simposios, Debates, Foros, Asambleas, Exposiciones, Ferias, Conciertos, Desfiles, Lanzamientos de Productos, Capacitaciones Empresariales, u otras manifestaciones de carácter Social, Cultural, Educativo, Político, Religioso y Comercial, entre otros, con fecha, duración, ubicación y objetivos definidos.
- Centros de Eventos: Lugar físico donde se desarrolla un acontecimiento o suceso previamente programado, el cual puede tener sectores construidos y áreas verdes como parte de sus instalaciones, entre otras con el propósito de reunir en instancias tales como Congresos, Conferencia, Convenciones, Coloquios, Seminarios, Simposios, Debates, Foros, Asambleas, Exposiciones, Ferias, Conciertos, Desfiles, Lanzamientos de Productos, Capacitaciones empresariales, u otras manifestaciones de carácter Social, Cultura, Educativo, Político, Religioso y Comercial, entre otros con fecha, duración, ubicación y objetivos definidos.
- Centros Recreacionales: Corresponde a un lugar físico donde se desarrollan actividades al aire libre. Podrán ser desarrolladas, individualmente o en grupos, en equipos organizados o informales como juegos y competencias, las culturales con presentaciones artísticas, cine, teatro, conferencias, etc.
- Salas: Lugar definido de un edificio u otra construcción que se destina a un uso determinado, entre otros con fecha, duración, ubicación y objetivos definidos.
- Salones: Corresponde a un lugar espacioso, destinado a usos determinados, entre otros con fecha, duración, ubicación y objetivos definidos.
Categoría
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Subcategoría
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Tipo de Servicio
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Servicios Gastronómicos
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Servicios Gastronómicos en establecimientos
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Servicio de Desayuno
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Servicio de Almuerzo
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Servicio de Cena
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Servicio de Cocktail
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Servicio de Coffe Break
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Servicio de Onces
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Servicio de Vino Honor
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Servicio de Cheese & Wine
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Comida Típica Chilena y Gastronomía Local
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Delivery
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Servicio de Desayuno
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Servicio de Almuerzo
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Servicio de Cena
|
Servicio de Cocktail
|
Servicio de Coffe Break
|
Servicio de Onces
|
Servicio de Vino Honor
|
Servicio de Cheese & Wine
|
Comida Típica Chilena y Gastronomía Local
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Catering
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Servicio de Desayuno
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Servicio de Almuerzo
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Servicio de Cena
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Servicio de Cocktail
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Servicio de Coffe Break
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Servicio de Onces
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Servicio de Vino Honor
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Servicio de Cheese & Wine
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Comida Típica Chilena y Gastronomía Local
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Definiciones Categoría Servicios Gastronómicos
- Servicios Gastronómicos en establecimientos: Servicio prestado en un local establecido, donde se suministran productos alimenticios y bebestibles, de acuerdo a las necesidades del cliente final.
- Delivery: Comprende el servicio de despacho de una gama de productos alimenticios y bebestibles, directo en el lugar de consumo (cliente final), con acuerdos de plazos y condiciones de entrega pre establecidos.
- Catering: Se refiere al servicio de alimentación prestado por una empresa especializada, la cual se encarga de preparar, presentar, ofrecer y servir. La comida puede ser preparada completamente en el lugar del evento, o bien, prepararse antes y darle los toques finales una vez llegue
Se deja expresa constancia que todos los servicios ofertados dentro de las Categorías antes detalladas, deben cumplir con toda la normativa chilena vigente respecto de su producción y comercialización. El incumplimiento de esta cláusula derivará en la sanción de término anticipado del convenio para el proveedor.
Los servicios licitados serán detallados en las fichas dispuestas en www.mercadopublico.cl, en el formulario de Convenio Marco.
Los oferentes sólo podrán incorporar en su oferta nuevos servicios, siempre y cuando estos se enmarquen dentro de las Categorías y tipos de servicios licitados. La incorporación de éstos no podrá exceder la cantidad máxima de 10 servicios máximos por Categoría. En caso que el proveedor oferte una cantidad superior se procederá a excluir todos los servicios nuevos ofertados y se considerarán sólo aquellos que sean ofertados en las fichas dispuestas en www.mercadopublico.cl en el formulario de Convenio Marco.
El costo de reposición no está contemplado en estas bases de licitación.
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9.2 Procedimiento de Evaluación de Ofertas |
La evaluación de las ofertas, será realizada por una Comisión designada especialmente para tal efecto, la cual estará compuesta por 3 integrantes designados por resolución de la DCCP y por 2 integrantes designados por el Servicio Nacional de Turismo, a través de una resolución.
Excepcionalmente, y de manera fundada, algunos de los integrantes de la Comisión designados por la autoridad competente podrán ser personas ajenas a la administración y siempre en número inferior a los funcionarios públicos que la integran.
Esta Comisión emitirá un informe de evaluación de ofertas, proponiendo al Director de la DCCP la adjudicación de acuerdo a los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación.
Evaluación de las Ofertas:
1° Se considerarán, para efectos de la evaluación, las ofertas que contengan claramente la información requerida en las presentes bases, y que además correspondan a las Categorías licitadas.
2° Se exigirá el cumplimiento de los requerimientos establecidos en el artículo 6° de estas bases “Instrucciones para Presentación de Ofertas”. Aquellas ofertas que no fueran presentadas a través del Portal, quedarán marginadas de la licitación y no serán consideradas en la evaluación.
3° La DCCP declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de la DCCP de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases.
4° CRITERIOS DE EVALUACIÓN:
La evaluación de las ofertas, se realizará sobre la base de los siguientes criterios y ponderaciones:
Criterio de Evaluación
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Ponderación
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Descuento por Categoría (DPC)
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35%
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Descuento Monto Orden de Compra (DMOC)
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35%
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Servicios Adicionales (SA)
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20%
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Cumplimiento de Políticas y/o Programas de Sustentabilidad (CS)
|
8%
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Cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta (CRF)
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2%
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La fórmula siguiente será aplicable para cada una de las categorías licitadas.
Fórmula General:
Puntaje = (DC*0,35) + (DMOC*0,35) + (SA*0,2) + (CS*0,08) + (CRF*0,02)
La información y las referencias entregadas por el oferente, en lo referido a estos criterios, podrán ser verificadas por la DCCP, asignándose en función de ello los puntajes correspondientes.
CRITERIOS DE EVALUACIÓN:
- DESCUENTO POR CATEGORÍA (DPC):
El proveedor deberá ofertar un descuento porcentual (%) en la ficha electrónica por Categoría ofertada.
Para el cálculo de este puntaje se comparará el descuento ofertado por el proveedor, con el descuento máximo ofertado entre todos los oferentes en una misma Categoría, de acuerdo a la siguiente fórmula:
Ptje Descto=100-0,3*((Descto. Max Ofertado Categoria-Descto.
Ofertado Proveedor)/(Descto. Max Ofertado Categoria))*100
La evaluación de este criterio es por Categoría, por lo tanto, los porcentajes de descuento que oferte el proveedor son independientes para cada una de ellas.
Si el proveedor no indica un descuento para alguna de las Categorías licitadas y ofertadas, será considerado como descuento cero (0%).
El proveedor no podrá ofertar descuentos del orden del 100%, a este descuento ofertado se le asignaran 0 puntos en el proceso de evaluación de este criterio.
Se asignará 0 puntos en este criterio a aquellos oferentes que:
- No cumplan la regla de descuentos, respecto de que éstos deben ser superiores a 0%.
- No informen descuento.
Los porcentajes de descuentos por Categoría, deberán ser ofertados como un número entero, es decir, no deben contener decimales.
2. DESCUENTO MONTO ORDEN DE COMPRA (DMOC):
El proponente deberá ofertar descuentos para cada uno de los tramos de montos de órdenes de compra definidos de acuerdo a lo indicado en el siguiente cuadro.
Tramo
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Desde
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Hasta
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Ponderación
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1
|
1
|
$ 300.000
|
65%
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2
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$ 300.001
|
$ 1.000.000
|
25%
|
3
|
$ 1.000.001
|
Y mas
|
10%
|
Para el cálculo de este puntaje, se seguirá el siguiente procedimiento:
a) Se multiplicará cada uno de los descuentos ofertados, por el ponderador asignado para cada tramo de descuento.
b) Luego se procederá a sumar los resultados de la ponderación obtenidos en a), para cada uno de los oferentes.
c) De los resultados calculados en “b”, se obtendrá el puntaje para cada oferente, para ello se considerará el descuento máximo obtenido y los otros valores en la siguiente formula:
Ptje =100-(0,3*((Descto. Max Ofertado - Descto. Oferente)/
(Descto. Max Ofertado Categoria))*100)
El proponente deberá ofertar descuentos iguales o superiores al tramo anterior.
Se asignará 0 puntos en este criterio a aquellos oferentes que:
- No cumplan la regla de descuentos, respecto de que éstos deben ser iguales o superiores al tramo anterior.
- Oferten descuento 0 en alguno de los tramos
- No informen descuento.
El proveedor deberá declarar en la Ficha Electrónica de Oferta los descuentos por tramos definidos en estas bases de licitación.
Los porcentajes de descuentos por tramos de compra, aplicables a cada Orden de Compra, podrán ser hasta con un decimal.
- SERVICIOS ADICIONALES (SA)
Se considerará y asignará un puntaje respecto a la entrega o no de una serie de servicios adicionales sin costo por Categoría que el proveedor se compromete a entregar. Para ello el oferente deberá completar el Anexo N° 3 respecto de si entrega o no los servicios adicionales sin costo. Estos servicios adicionales se detallan a continuación dependiendo de la Categoría en la cual se oferte. Los puntajes asignados a cada uno de ellos son los que se indican en la siguientes tablas:
Servicios Adicionales por Categoría:
Categoría Servicios de Alojamiento
|
N°
|
Nombre del Servicio Adicional
|
1
|
Servicio a la habitación
|
2
|
Servicio de lavandería
|
3
|
Anulación de Reserva o Compra
|
4
|
Acceso a Gimnasio, Piscina Temperada, Jacuzzi, SPA y/o Sauna
|
5
|
Servicio de Estacionamiento
|
6
|
Recinto y Servicio de Desayuno
|
7
|
Habitación con Baño para Personas con Discapacidad
|
8
|
Servicio de Custodia de Valores (Caja fuerte o similar)
|
9
|
Página Web
|
10
|
Servicio de Internet o Servicio WiFi
|
11
|
Servicio de Televisión
|
12
|
Servicio de Calefacción, Aire Acondicionado
|
13
|
Servicio de Consigna de Equipaje y Guardarropía
|
14
|
Accesos a áreas comunes para discapacitados (Ruta Accesible)
|
15
|
Servicio Telefónico
|
16
|
Habitación Single, sin costo para 1 funcionario, por Arriendo de Espacios ante evento masivo, mayor o igual a 100 personas.
|
Servicio de Arriendo de Espacios e Implementos de Conferencia
|
N°
|
Nombre del Servicio Adicional
|
1
|
Servicio de Restaurante
|
2
|
Anulación de Reserva o Compra
|
3
|
Servicio de Estacionamiento
|
4
|
Recinto y Servicio de Desayuno
|
5
|
Página Web
|
6
|
Servicio de Internet o servicio WiFi
|
7
|
Servicio de Televisión
|
8
|
Servicio de Calefacción, Aire Acondicionado
|
9
|
Servicio de Consigna de Equipaje y Guardarropía
|
10
|
Accesos a áreas comunes para discapacitados (Ruta Accesible)
|
11
|
Servicio Telefónico
|
Servicios Gastronómicos
|
N°
|
Nombre del Servicio Adicional
|
1
|
Variedad de Menús
|
2
|
Menús saludables, vegetarianos, celiaco, diabéticos, étnicos,
Pueblos Originarios
|
3
|
Servicio de Restaurante
|
4
|
Anulación de Reserva o Compra
|
5
|
Servicio de Estacionamiento
|
6
|
Página Web
|
7
|
Pruebas de degustación
|
8
|
Vestuario Personal
|
La entrega de los Servicios Adicionales, detallados anteriormente deben ajustarse a las condiciones que a continuación se indican:
Nombre Servicio Adicional
|
Condición del Servicio Adicional
|
Servicio a la habitación
|
El proveedor cuenta con servicio a la habitación las 24 horas.
|
Servicio de lavandería
|
El adjudicatario cuenta con servicio de lavandería propio o concertado.
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Variedad de Menús
|
El proveedor cuenta con la variedad mínima de 3 alternativas de menú por tipo de servicio ofertado.
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Menús Saludables, vegetarianos, celiaco, diabéticos, Étnicos, Pueblos Originarios
|
El proveedor cuenta con variedad de menús dentro de su carta de productos.
|
Servicio de Restaurante
|
El proveedor cuenta con recinto y servicio de restaurant dentro de las instalaciones
|
Acceso a Gimnasio y Piscina
|
El proveedor cuenta con instalaciones de gimnasio y piscina.
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Servicio de Estacionamiento
|
El proveedor cuenta con servicio de estacionamiento propio o concertado. En este último caso no deberá estar a una distancia mayor de 200 metros del recinto.
|
Recinto y Servicio de Desayuno
|
El proveedor cuenta con un recinto para servir desayuno
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Habitación con Baño para Personas con Discapacidad
|
El proveedor deberá cuenta con al menos una habitación con baño para recibir personas con discapacidad en silla de ruedas que permita su desplazamiento
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Servicio de Custodia de Valores (Caja fuerte o similar)
|
El proveedor cuenta con caja fuerte o de seguridad en la habitación o en otro punto del establecimiento que permita ofrecer el servicio de custodia de valores
|
Página Web
|
El proveedor cuenta con página web que entregue mayor información sobre sus servicios ofertados
|
Servicio de Internet o servicio WiFi
|
El proveedor cuenta con servicio de Internet en la habitación o áreas públicas.
|
Servicio de Televisión
|
El proveedor cuenta con servicio de televisión por cable o satelital en las habitaciones o áreas comunes donde esté instalado un televisor
|
Servicio de Calefacción, Aire Acondicionado
|
El proveedor cuenta con sistemas de calefacción o aire acondicionado en la habitación y áreas comunes.
|
Servicio de Consigna de Equipaje y Guardarropía
|
El proveedor cuenta con un lugar para los viajeros que deseen guardar su equipaje por un período de tiempo (el período máximo por el que puede guardar el equipaje es de 24 horas).
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Accesos a áreas comunes para discapacitados (Ruta Accesible)
|
El proveedor cuenta con áreas de uso común, con los accesos necesarios para que puedan ser usados por personas con discapacidad.
|
Pruebas de degustación
|
El proveedor cuenta con una prueba única y sin costo para degustaciones de menú y cocktail.
|
Servicio Telefónico
|
El proveedor cuenta con el servicio de llamadas nacionales.
|
Vestuario Personal
|
El proveedor cuenta con uniformes estandarizados y asignados a su personal.
|
Habitación sin costo para 1 funcionario, ante evento masivo, mayor o igual a 100 personas.
|
El proveedor, ante eventos masivos de las instituciones compradoras proporcionara una habitación sin costo, que implique la pernoctación de un funcionario.
|
Anulación de Reserva o Compra
|
El comprador podrá anular la reserva o compra de los servicios solicitados, dando aviso al proveedor con un mínimo de 48 horas previas a la realización del evento, sin cobro de multas o costos asociados
|
Asignación de Puntaje
El proveedor deberá completar el Anexo N° 3, en formato Excel indicando si cuenta o no con el servicio adicional individualizado, según la Categoría ofertada, asignando en el campo “Declaración” la palabra “SI” o “NO”.
Se deja expresa constancia que el proveedor no podrá modificar el formato del Anexo N° 3, esto es no podrá eliminar o incorporar nuevas celdas, no podrá cambiar la extensión del archivo a JPG, PDF, GIF, entre otros.
Se le asignará puntaje sólo a los servicios indicados con la frase “SI”.
En el caso que el proveedor complete el campo con la frase “NO” se le asignará automáticamente 0 puntos, si coloca cualquier otra frase, se considerará que el proveedor no presta el servicio y se le asignará 0 puntos en dicho ítem.
El Anexo N° 3, debe ser enviado a través del Sistema solo en formato Excel.
Categoría Alojamiento - Cantidad de Servicios Adicionales
|
Puntaje
|
11 a 16 servicios
|
100 puntos
|
6 a 10 servicios
|
60 puntos
|
1 a 5 servicios
|
20 puntos
|
Categoría Arriendo de Espacios e Implementos de Conferencia - Cantidad de Servicios Adicionales
|
Puntaje
|
10 a 11 servicios
|
100 puntos
|
6 a 9 servicios
|
75 puntos
|
3 a 5 servicios
|
50 puntos
|
1 a 2 servicios
|
25 puntos
|
Categoría Servicios Gastronómicos - Cantidad de Servicios Adicionales
|
Puntaje
|
8 servicios
|
100 puntos
|
6 a 7 servicios
|
75 puntos
|
4 a 5 servicios
|
50 puntos
|
1 a 3 servicios
|
25 puntos
|
4. CUMPLIMIENTO DE POLÍTICAS Y/O PROGRAMAS DE SUSTENTABILIDAD (CS)
Se considerará y asignará puntaje respecto al cumplimiento o no cumplimiento de una serie de criterios de sustentabilidad por Categoría con las que el proveedor se compromete a contar. Para ello el oferente deberá realizar la declaración en el Anexo N° 4respecto de si cuenta o no con dichos criterios definidos en estas bases por Categoría. Estos criterios son los que se detallan a continuación dependiendo de la Categoría en la cual se oferte, descripción y el puntaje asignado a cada uno de ellos es el que se indica en las siguientes tablas:
Criterios de Sustentabilidad por Categoría
Categoría Servicios de Alojamiento
|
N°
|
Nombre del Criterio de Sustentabilidad
|
1
|
Políticas de sustentabilidad
|
2
|
Capacitación del Personal
|
3
|
Seguridad
|
4
|
Evaluación de los clientes
|
5
|
Información al cliente de medidas sustentables
|
6
|
Uso de implementos reutilizables
|
7
|
Sistema de Gestión y Registro de Generación de Residuos
|
8
|
Posee eficiencia en el consumo y Registro de Agua Potable
|
9
|
Posee eficiencia en el consumo de Energía y lleva registros de ella
|
10
|
Utiliza energías amigables con el medio ambiente
|
11
|
Cuidado y mantención de instalaciones y equipos
|
12
|
Difusión de la cultura local
|
13
|
Integración social
|
14
|
Desarrollo y difusión de la actividad económica local
|
Servicio de Arriendo de Espacios e Implementos de Conferencia
|
N°
|
Nombre del Criterio de Sustentabilidad
|
1
|
Políticas de sustentabilidad
|
2
|
Capacitación del Personal
|
3
|
Seguridad
|
4
|
Evaluación de los clientes
|
5
|
Posee eficiencia en el consumo y Registro de Agua Potable
|
6
|
Posee eficiencia en el consumo de Energía y lleva registros de ella
|
7
|
Utiliza energías amigables con el medio ambiente
|
8
|
Cuidado y mantención de instalaciones y equipos
|
9
|
Integración social
|
10
|
Desarrollo y Difusión de la actividad Económica local
|
Servicios Gastronómicos
|
N°
|
Nombre del Criterio de Sustentabilidad
|
1
|
Políticas de sustentabilidad
|
2
|
Capacitación del Personal
|
3
|
Evaluación de los clientes
|
4
|
Información al cliente de medidas sustentables
|
5
|
Uso de implementos reutilizables
|
6
|
Sistema de Gestión y Registro de Generación de Residuos
|
7
|
Posee eficiencia en el consumo y Registro de Agua Potable
|
8
|
Posee eficiencia en el consumo de Energía y lleva registros de ella
|
9
|
Utiliza energías amigables con el medio ambiente
|
10
|
Cuidado y mantención de instalaciones y equipos
|
11
|
Difusión de la cultura local
|
12
|
Integración social
|
13
|
Desarrollo y difusión de la actividad económica local
|
Descripción del Criterio Sustentable:
Nombre
Criterio Sustentable
|
Descripción del Criterio
|
Políticas de sustentabilidad
|
El establecimiento o servicio cuenta con una política de sustentabilidad públicamente disponible, conocida por el personal y visible a los clientes.
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Capacitación del Personal
|
El personal está informado de la política de sustentabilidad y sus contenidos a través de capacitaciones internas, charlas, etc. y sus efectos para la empresa
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Seguridad
|
El establecimiento posee señalización en pasillos, escaleras y vías de escape en caso de incendio, o terremoto o tsunami
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Evaluación de los clientes
|
El establecimiento o servicio posee un sistema de evaluación periódica de la satisfacción de los clientes, tales como un registro de sugerencias y reclamos o encuestas de satisfacción
|
Información al cliente de medidas sustentables
|
El establecimiento informa al cliente sobre medidas sustentables que afecten el servicio tales como menor frecuencia en el cambio y lavado de toallas, disminución de bienes de consumo desechables (ejemplo envases y empaques plásticos), fomentando el uso de dispensadores (agua, jabón, lava lozas, etc.)
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Uso de implementos reutilizables
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el establecimiento o servicio utiliza implementos para servir los alimentos (vajilla, vasos, cubiertos, manteles, etc.) reutilizables
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Sistema de Gestión y Registro de Generación de Residuos
|
El establecimiento o servicio, posee un sistema de gestión de residuos que minimice la generación de desechos y promueva el reciclaje, la reutilización y/o el compostaje.
El establecimiento mide y lleva registros de cantidad de residuos generados, contabilizando además los que son reciclados, reutilizados y/o compostados.
|
Posee eficiencia en el consumo y Registro de Agua Potable
|
El establecimiento posee medidas eficaces para hacer más eficiente el consumo de agua. Ejemplos de medidas tendientes a aumentar la eficiencia del agua utilizada: implementación de grifería con aireadores, sistemas de riego con control de flujo, sistema de captación de aguas lluvias, etc.
El establecimiento mide y lleva registros de cantidad de agua potable utilizada, a través de planillas de registro u otro medio.
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Posee eficiencia en el consumo de Energía y lleva registros de ella
|
El establecimiento posee medidas eficaces para hacer más eficiente el consumo de energía, por ejemplo Uso de ampolletas de ahorro, etc.
El establecimiento mide y lleva registros de cantidad de energía eléctrica utilizada a través de planillas de registro u otro medio.
|
Utiliza energías amigables con el medio ambiente
|
El establecimiento utiliza energías amigables con el medio ambiente, por ejemplo: Solar, Eólica, Geotérmica, Biocombustibles, Biomasa, otra.
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Cuidado y mantención de instalaciones y equipos
|
El establecimiento realiza mantención periódica de sus instalaciones de agua potable y aparatos electrónicos y mantiene un sistema de registro.
|
Difusión de la cultura local
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El establecimiento posee información disponible a sus clientes orientada a promover atractivos culturales locales, actividades culturales, y patrimonio cultural de la región
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Integración social
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El establecimiento o servicio posee políticas de integración social en la contratación de su personal (personas con discapacidad, pueblos originarios, comunidad local, equidad de género)
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Desarrollo y difusión de la actividad económica local
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El proveedor realiza como mínimo un 40% o más de sus compras a proveedores locales.
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Asignación de Puntaje
El oferente deberá completar el Anexo N° 4, en formato Excel, indicando si cumple o no con los criterios de sustentabilidad, de acuerdo a la Categoría ofertada, asignando en el campo “Declaración” la palabra “Si” o “No”.
Se deja expresa constancia que el proveedor no podrá modificar el formato del Anexo N° 4, esto es no podrá eliminar o incorporar nuevas celdas, no podrá cambiar la extensión del archivo a JPG, PDF, GIF, entre otros.
Se le asignará puntaje sólo a los servicios indicados con la frase “Si”.
En el caso que el proveedor no complete el campo, es decir lo deja en blanco o complete con una palabra o frase distinta se le asignaran automáticamente 0 puntos en dicho ítem.
Cantidad de Criterios Sustentables
Categoría Alojamiento
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Puntaje
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Entre 12 a 14 criterios
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100 puntos
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Entre 8 a 11 criterios
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75 puntos
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Entre 4 a 7 criterios
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50 puntos
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Entre 1 a 3 criterios
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25 puntos
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Cantidad de Criterios Sustentables
Categoría Arriendo de Espacios
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Puntaje
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Entre 8 a 10 criterios
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100 puntos
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Entre 7 a 5 criterios
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75 puntos
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Entre 4 a 3 criterios
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50 puntos
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Entre 2 a 1 criterios
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25 puntos
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Cantidad de Criterios Sustentables
Categoría Servicios Gastronómicos
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Puntaje
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Entre 11 a 13 criterios
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100 puntos
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Entre 8 a 10 criterios
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75 puntos
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Entre 4 a 7 criterios
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50 puntos
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Entre 1 a 3 criterios
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25 puntos
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5. CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES DE PRESENTACION DE LA OFERTA
Se considerará la completitud de la oferta en relación con los antecedentes requeridos en las bases de licitación. En tal sentido, cuando el proveedor cumpla con todos los requisitos formales, Anexos, antecedentes o certificaciones requeridos al momento de presentar la oferta, obtendrá 100 puntos en este sub-criterio. En caso contrario, y aun cuando los haya acompañado con posterioridad en virtud de los dispuesto en el artículo 40, inciso 2°, del reglamento de la ley N° 19.886 y dentro del plazo definido para acompañar dichos antecedentes, obtendrá 0 puntos en este criterio.
Para obtener el puntaje en este criterio, se ha dispuesto la siguiente tabla:
CRITERIO
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PUNTOS
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Cumple con los requisitos de presentación de oferta
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100 puntos
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No cumple con los requisitos de presentación de oferta
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0 puntos.
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9.3 Solicitud de aclaraciones y antecedentes |
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la DCCP podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
Además la DCCP podrá, durante la evaluación, solicitar aclaraciones a las ofertas presentadas por los proponentes, en caso de ser necesario.
Se permitirá, asimismo, la presentación de las certificaciones y/o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación (Art. N° 40, Reglamento de la Ley N° 19.886).
Se deja claramente establecido que no se aceptarán certificados que se encuentren en “trámite” o “no vigentes”.
Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contadas desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder a lo solicitado por la DCCP o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. La DCCP no considerará las respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo o que no hayan sido enviados a través de la plataforma. La responsabilidad de revisar el “foro inverso”, disponible en www.mercadopublico.cl, a través del cual se solicitan los antecedentes y aclaraciones durante el periodo de evaluación, recae exclusivamente en los oferentes.
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9.4 Adjudicación |
La Dirección ChileCompra podrá declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. Asimismo, podrá declarar inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las bases. Dichas declaraciones deberán ser por resolución fundada para ambos casos.
Para efectos de la presente licitación, la DCCP adjudicará por Categoría en los términos que se indiquen a continuación:
Se adjudicará para cada oferente, aquello servicios que obtengan 65 puntos o más, de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos en las bases de licitación. La DCCP adjudicará a través de una resolución fundada que será publicada www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada.
Los puntajes finales obtenidos a partir de la aplicación de los criterios de evaluación serán aproximados al entero más cercano.
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9.5 Respuestas a consultas respecto de la Adjudicación |
Si luego de realizado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese consultas respecto de la adjudicación, deberán ser enviadas en el plazo fatal de 10 días corridos contados desde la total tramitación de la resolución adjudicatoria al siguiente correo electrónico departamentoservicioscm@chilecompra.cl. La DCCP dispondrá del mismo tiempo indicado precedentemente para dar respuesta a dichas consultas.
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10.1 Regulación de la licitación de Convenio Marco |
Las licitaciones se regirán en todo momento por lo dispuesto en la ley N° 19.886, su reglamento, las presentes bases y sus anexos. Asimismo, formarán parte de las bases, las modificaciones y las aclaraciones escritas que emita la DCCP, sea que ellas fueren requeridas por los mismos participantes, o bien, impartidas por esta Dirección de oficio.
El convenio marco se ceñirá a la normativa y a los documentos que se señalan a continuación, según el siguiente orden de prelación:
i. Ley N° 19.886 y su reglamento.
ii. Ley N° 20.423.
iii. Decreto 222, de 2011, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que aprueba el reglamento para la aplicación del Sistema de Calificación, Calidad y Seguridad de los prestadores de servicios turísticos.
iv. Bases administrativas, sus anexos, aclaraciones, respuestas y modificaciones a las bases, si las hubiere.
v. La resolución de Adjudicación.
vi. Oferta adjudicada.
vii. Contrato entre la DCCP y el respectivo adjudicatario.
viii. Órdenes de Compra que emitan los organismos públicos habilitados para usar el sitio www.mercadopublico.cl
Los interesados en conocer los documentos señalados anteriormente podrán hacerlo a través del sitio www.mercadopublico.cl, desde donde podrán acceder a dicha documentación.
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10.2 Acuerdo Complementario |
Podrá suscribirse un Acuerdo Complementario entre las partes, organismo comprador y proveedor, en el cual se consigne una garantía de fiel cumplimiento, cuyo monto no podrá ser inferior a un 5%, según lo establecido en artículo 68 del Reglamento de la Ley de Compras N° 19.886, y se especifiquen las condiciones particulares de la adquisición, tales como, oportunidad y forma de entrega, precio y forma de pago, características específicas de los servicios, vigencia, entre otros.
Tales condiciones particulares, no podrán apartarse de los aspectos regulados por las presentes bases y por el Contrato suscrito entre la DCCP y el respectivo adjudicatario.
El plazo de vigencia del acuerdo complementario no podrá ser superior al plazo de dos años y no podrá exceder el plazo de un año, luego del vencimiento de la vigencia del Convenio Marco.
Para la firma del Acuerdo Complementario, el organismo comprador deberá exigir al proveedor una declaración jurada simple que acredite que no se encuentra en ninguna de las inhabilidades contempladas en los incisos 1° y 6° del artículo 4° de la Ley 19.886. Adicionalmente en dicho acuerdo deberá tenerse presente lo dispuesto en la ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho.
Una vez firmado el Acuerdo Complementario, el organismo comprador deberá adjuntar el mencionado acuerdo a la Orden de Compra respectiva.
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10.3 Vigencia de las condiciones comerciales |
Las condiciones comerciales ofertadas por los adjudicatarios, serán publicadas en el Catálogo Electrónico de Convenios Marco y se mantendrán vigentes por toda la duración del convenio, salvo que se produzca una modificación de acuerdo con las modalidades establecidas en el presente convenio. Asimismo, el Catálogo Electrónico contendrá los valores para los montos que serán solicitados a través de las órdenes de compra.
El adjudicatario se compromete a mantener en Convenio Marco, las mejores condiciones comerciales ofertadas a sus clientes respecto de los productos pertinentes a este Convenio Marco.
De acuerdo a lo anterior, durante la vigencia del Convenio Marco, él o los proveedores adjudicados podrán aumentar sus descuentos o rebajar los precios para todas las Entidades, de todos o algunos de los servicios adjudicados. Estas rebajas y descuentos se mantendrán hasta el término del Convenio Marco, salvo que el proveedor mejore nuevamente las condiciones comerciales de acuerdo con lo establecido en este punto.
La DCCP publicará en el Catálogo los nuevos valores en el plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la recepción de la solicitud del Adjudicatario.
Se deja expresa constancia que la DCCP, en su misión de mantener precios competitivos en la Tienda ChileCompra Express, y con el objetivo de generar ahorros significativos en el proceso de contratación de los organismos públicos, podrá realizar un monitoreo continuo de los precios de los productos adjudicados por cada proveedor.
Para realizar esta labor, la Dirección ChileCompra efectuará un levantamiento de precios de los servicios disponibles en la Tienda, obteniendo tal información desde licitaciones de otras instituciones en http: //www.mercadopublico.cl, páginas web de catálogos electrónicos, listas de precios por internet u oficios de organismos públicos informando mejores condiciones por fuera de la Tienda.
En caso de detectar que el proveedor adjudicado no mantiene las condiciones más ventajosas a través de ChileCompra Express, o que en el mercado las condiciones económicas son más favorables que al contratar por dentro de la Tienda, la DCCP pondrá en conocimiento del proveedor la situación indicada y se procederá, en caso de no considerar sus descargos como suficientes, a aplicar la sanción de bloqueo de aquellos servicios que luego de comparar los precios resulten ser menos convenientes. Sólo serán habilitados una vez que el proveedor refleje dicho valor como un precio permanente dentro de la Tienda y no por medio de una oferta especial. Adicionalmente, la DCCP podrá solicitar facturas que avalen el precio de transacción del bien en la Tienda, la cuales deberán ser legibles en su totalidad.
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10.4 Operatoria del Convenio Marco |
Una vez que el Convenio Marco entre en vigencia, operará a través del Catálogo Electrónico disponible en el sitio www.mercadopublico.cl, al cual cualquier Entidad, podrá acceder y emitir a través de él directamente Órdenes de Compra al Adjudicatario, quien para todos los efectos legales se relacionará comercial y contractualmente de manera directa con cada Entidad.
El comprador antes de emitir la orden de compra para cada una de las Categorías licitadas, deberá verificar la disponibilidad del servicio, dada la naturaleza de este convenio y además deberá confirmar anticipadamente en cada una de las Categorías el número de personas que participarán.
Para los efectos del presente Convenio Marco, las Órdenes de Compra deberán acompañar como archivo adjunto, el certificado extendido por la autoridad competente, acreditando que cuenta con la debida disponibilidad presupuestaria para adquirir los productos requeridos y que se generen y emitan a través del sitio www.mercadopublico.cl.
Para los efectos del Convenio Marco, de acuerdo a las presentes bases, sólo se considerarán válidas las Órdenes de Compra que se generen y emitan a través del sitio www.mercadopublico.cl, salvo que concurra alguna de las siguientes causales:
a) Cuando existan antecedentes que permitan presumir que los proveedores adjudicados o la respectiva Entidad requirente, no cuentan con los medios tecnológicos para utilizar los sistemas electrónicos o digitales establecidos de acuerdo al Reglamento de la Ley N° 19.886.
b) Cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información, circunstancia que deberá ser ratificada por la DCCP.
c) Cuando por caso fortuito o fuerza mayor no resulte posible generar y emitir las respectivas órdenes de compra a través del Sistema de Información.
d) Cuando no exista de manera alguna conectividad en la comuna correspondiente a la respectiva entidad pública para acceder u operar a través del Sistema de Información.
RECHAZO DE ÓRDENES DE COMPRA
El adjudicatario sólo podrá rechazar las Órdenes de Compra válidamente emitidas en conformidad a este convenio en los siguientes casos:
a) Que la Entidad que emite la orden de compra tenga una deuda vencida con el Adjudicatario o con cualquier proveedor del presente Convenio Marco, acreditado por antecedentes objetivos y fidedignos presentados por el propio Adjudicatario.
b) Que el valor de la orden de compra recibida por el Adjudicatario, sea inferior monto mínimo de compra declarado por el adjudicatario en su oferta.
c) No adjuntar a la orden de compra, el certificado debidamente autorizado, que acredite la disponibilidad presupuestaria que posee el organismo requirente para adquirir los productos consignados en ella.
d) Inconsistencia entre los valores de la orden de compra y las condiciones ofertadas por el proveedor.
e) Que el comprador no verifique con antelación la disponibilidad de servicios.
RESPONSABILIDADES DEL ADJUDICATARIO:
- El adjudicatario no podrá establecer diferencias arbitrarias en el trato que dé a las Entidades que requieran sus servicios, a través de las emisiones de Órdenes de Compra que se ajusten al presente convenio.
- El proveedor adjudicado es responsable de la garantía de los servicios adquiridos mediante este Convenio Marco.
- Asimismo el adjudicatario deberá velar por la calidad y oportunidad en la entrega de los servicios que preste a los usuarios del presente convenio, so pena de la sanción que pueda aplicar la DCCP, en caso de no dar cumplimiento a lo solicitado.
- Será responsabilidad del adjudicatario velar por mantenerse habilitado en el registro de ChileProveedores. La DCCP deshabilitará del catálogo al adjudicatario que se encuentre inhábil en ChileProveedores y será habilitado nuevamente, cuando se encuentre hábil en el registro, para lo cual deberá informar a la DCCP de dicho estado por los medios que esta estime.
- El proveedor deberá estar disponible para capacitarse en la operatoria del convenio marco, así como conocer y respetar los términos de usabilidad del portal.
- El proveedor que resulte adjudicado garantiza no haber celebrado ni celebrará contrato alguno que afecte o pueda afectar el cumplimiento de sus obligaciones en el contrato respectivo.
Durante la vigencia del convenio marco, las Entidades compradores deberán cautelar el correcto uso de los servicios entregados a través del presente convenio. La DCCP no será responsable del mal uso que las Instituciones hagan de este Convenio Marco.
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10.5 Incorporación de Servicios al Catálogo |
Las categorías adjudicadas y sus correspondientes condiciones contractuales, serán publicados en el Catálogo Electrónico de Convenios Marco, disponibles en el sitio www.mercadopublico.cl , lo cual quedará a disposición de las Entidades, siempre y cuando el Adjudicatario cumpla con lo siguiente:
a) Deberá estar hábil en el Registro Nacional de Proveedores, www.chileproveedores.cl, de acuerdo a lo señalado en estas bases de licitación. Esta condición de habilidad deberá mantenerla durante toda la vigencia del acuerdo respectivo.
b) Haber entregado la Garantía por Fiel Cumplimiento de Contrato establecida en las bases de licitación.
c) Deberá dar cumplimiento a los requerimientos de catalogación que DCCP establezca para todos los adjudicatarios de la licitación a que se refiere el Convenio. Para ello deberá completar toda la información que la DCCP le requiera respecto de los servicios adjudicados, esto implica entregar a la Unidad de Catalogación para cada servicio, lo siguiente:
• Foto Pequeña de 90X 90 Píxeles, en formato JPG y máximo 30 KB y con una resolución de 72 pixeles por pulgadas.
• Foto Grande de 230X 320 Píxeles, en formato JPG y máximo 30 KB y con una resolución de 72 pixeles por pulgadas (se pueden colocar 4 fotos, pero al menos debe haber una).
• Sólo en caso que la DCCP lo requiera, está enviará al adjudicatario un archivo en Excel, donde este deberá completar toda la información: una columna con el ID Producto, otra con el nombre del archivo de la foto pequeña y una última columna con el nombre de la foto grande, que correspondan a cada ID Producto. Las fotos deben ser enviadas en un CD, con el nombre que se detalla en la planilla Excel, todas en una sola carpeta.
• El nombre de la foto será descrito de la siguiente forma:
Nombre Foto pequeña: IDProducto_P.jpg
Nombre Foto Grande: IDProducto_G.jpg
Ejemplo: ID Producto = 2031
- Nombre Foto pequeña: 2031_P.jpg
- Nombre Foto Grande: 2031_G.jpg.
El proveedor deberá entregar archivos en PDF, en caso que fuera necesario, con fichas técnicas de los productos, para una mejor caracterización y descripción de estos.
La propiedad de la ficha electrónica, será de la DCCP, quien se reservará el derecho para utilizar uno o más componentes de ella para lo que estime conveniente dentro del ámbito del presente Convenio Marco. Con todo, la veracidad de la información contenida en la ficha electrónica será de responsabilidad de cada proveedor al momento de entregarla.
La DCCP se reserva el derecho a deshabilitar productos cuyas fichas estén defectuosas, es decir, con fotos en blanco o mal dimensionado, fichas incompletas, datos falsos u otros que estime conveniente para el buen funcionamiento del catálogo.
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10.6 Descuentos Especiales (Ofertas) |
El Adjudicatario, cuando lo estime conveniente, podrá otorgar descuentos especiales para todas las Entidades sobre los precios o descuentos vigentes en el Convenio, independiente del monto de la compra que se trate. Con todo, estos descuentos especiales tendrán el carácter de oferta especial la que en ningún caso podrá ser inferior a un 1% de descuento de su precio catalogado y se deberán mantener por un plazo mínimo de 3 días hábiles desde su publicación en el Catálogo. La DCCP, publicará en la Tienda dichas ofertas especiales, al día siguiente corrido, contado desde la recepción de la solicitud del Adjudicatario.
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10.7 Extensión de Ofertas Especiales a las Entidades |
El Adjudicatario, no podrá ofrecer a alguna o algunas Entidades mejores condiciones que las adjudicadas y catalogadas en Convenio Marco, sin extender estos beneficios al resto de las Entidades. Toda rebaja de precios o descuentos especiales a una determinada Entidad deberá realizarse, siempre, a través del Catálogo Electrónico de Convenios Marco y extenderse a todas las Entidades, a excepción de las ofertas realizadas para un proceso de Gran Compra
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10.8 Compras mayores a UTM 1.000 (mil UTM) |
En las adquisiciones vía Convenio Marco superiores a 1.000 UTM, las entidades deberán comunicar, a través del Sistema, la intención de compra a todos los proveedores que tengan adjudicado el producto requerido, en los términos que establece el artículo 14 bis del reglamento de la Ley N° 19.886.
La comunicación será realizada con la debida antelación, plazo que en ningún caso podrá ser inferior a 10 días corridos antes de la emisión de la orden de compra.
Las ofertas recibidas serán evaluadas debiendo confeccionarse un cuadro comparativo que será fundamento y anexo de la resolución que aprueba la adquisición, la que deberá ser publicada en el Portal www.mercadopublico.cl.
Toda vez que la naturaleza de la contratación lo requiera, la entidad podrá incorporar en su intención de compra lo siguiente:
• Garantías adicionales de la oferta establecidas en estas bases, mediante la firma de un acuerdo complementario.
• Posibilidad de seleccionar a la segunda mejor oferta, en caso que el proveedor seleccionado en primera instancia desista de su oferta.
• Visita a Terreno, cuando la complejidad de la adquisición, las condiciones especiales y la naturaleza de los servicios a contratar, así lo requieran.
El comprador “No podrá”, considerar en la “Intención de Compra”, criterios de evaluación adicionales o nuevos Sub-criterios, distintos a los previamente considerados en las presentes bases de licitación.
A la luz de los resultados obtenidos, la Entidad deberá seleccionar la oferta más conveniente según el resultado del cuadro comparativo que deberá confeccionar sobre la base de los criterios de evaluación y ponderaciones definidas en las presentes bases de licitación de Convenio Marco, en lo que les sean aplicables, cuadro que será adjuntado a la orden de compra que se emita y servirá de fundamento de la resolución que apruebe la adquisición.
Las entidades públicas deberán procurar efectuar sus procesos de grandes compras, de conformidad a lo señalado en la Directiva de Compras N° 15, donde constan las orientaciones para este tipo de procedimientos de contratación.
RESOLUCIÓN DE EMPATES
Las Entidades podrán establecer en la “Intención de Compra” la aplicación de criterios de desempate, en el caso que dos o más proveedores obtuviesen el mismo puntaje final. Para ello se deberá determinar en la “Intención de Compra” los criterios y sub-criterios que serán considerados para dirimir el desempate, así como el orden de prelación en el que aquellos serán aplicados.
El proveedor seleccionado en la gran compra deberá entregar una garantía, no menor a un 5% ni mayor a un 30 % del monto adjudicado en el proceso de Gran Compra para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de la propuesta. La garantía deberá ser pagadera a la vista, tener el carácter de irrevocable y ser tomada por el adjudicatario.
Serán aceptados como documento de garantía los siguientes instrumentos: boleta bancaria, depósito a la vista, vale vista o certificado de fianza a la vista.
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10.9 Actualización de Servicios Adjudicados |
Durante la vigencia del Convenio Marco, el adjudicatario, deberá mantener en el Catálogo Electrónico los productos y servicios en las condiciones más ventajosas para las Entidades, para ello, el Adjudicatario podrá solicitar lo siguiente:
a) Eliminar o Bloquear uno o más servicios adjudicados, a partir del tercer mes de entrada en vigencia del Convenio Marco, entendiendo que esta corresponde a la fecha de la resolución tomada de razón de la adjudicación.
b) Agregar nuevos servicios a su oferta de servicios en la Tienda, siempre y cuando correspondan a la naturaleza del Convenio Marco y a las categorías adjudicadas para lo cual será requisito lo siguiente:
• La identidad del servicio específico con la categoría adjudicada, de acuerdo a lo que se detalla en el acápite 9.1 de las presentes bases de licitación.
• El proveedor deberá mantener o mejorar las condiciones comerciales adjudicadas, establecidas en la ficha electrónica de la oferta.
• Podrá enviar una solicitud mensual de incorporación de servicios al Catálogo, dicha solicitud de incorporación deberá contener un máximo de 5 servicios.
b.1) En caso de que el servicio que se pretenda agregar no se encuentre en el Catálogo de productos licitados de acuerdo a estas bases, la DCCP verificará que su precio sea igual o inferior al mejor precio ofrecido por el mismo proveedor a sus clientes particulares (fuera del convenio marco). Lo señalado deberá ser acreditado mediante alguna de las siguientes alternativas:
• La presentación de facturas emitidas con una antigüedad mínima de 30 días corridos y que hayan sido recibidas por el comprador; o por listados públicos; o por otros medios que la DCCP estime necesarios para comprobar la efectividad de lo informado.
• Presentar los precios de lista, documento que deberá estar firmado por proveedor persona natural o por el representante legal del proveedor persona jurídica, respetando el tipo de moneda establecido para esta licitación.
Adicionalmente, la DCCP podrá verificar que el precio ofertado sea más barato que en el mercado, para esto podrá verificar los precios por internet, catálogos, revistas, entre otras. En caso del no cumplimiento de esta condición el producto podrá ser rechazado.
b.2) Cuando el servicio que se pretenda agregar se encuentre en el Catálogo de servicios licitados del Convenio Marco, el precio del servicio a incorporar deberá ser, a lo menos, un 5% inferior en relación al mayor precio de ese mismo ítem en dicho catálogo.
c) Mejorar las condiciones comerciales ofrecidas, tales como disminuir los precios de los servicios, aumentar los porcentajes de descuento ofrecidos, ampliar sus servicios adicionales.
d) Ampliar la cobertura ofrecida, para la totalidad de los servicios adjudicados, a otras regiones y/o comunas, en las mismas condiciones originales de su oferta.
e) El adjudicatario deberá completar todos los atributos extendidos de la ficha de producto que desee incorporar de manera correcta
Las actualizaciones de los servicios adjudicados, deberán solicitarse a través de la herramienta de BackOffice de Convenio Marco que la DCCP destine para dichos efectos en el Catálogo Electrónico, adjuntando en la misma, los documentos de respaldo necesarios para validar el cumplimiento de las condiciones requeridas.
La DCCP realizará un análisis de las solicitudes, pudiendo aceptarlas o rechazarlas, en un plazo de 10 días hábiles, contados desde su recepción.
Aquellos servicios o condiciones que sean rechazadas por la DCCP, podrán ser posteriormente incorporados, de cumplir con lo establecido en las presentes bases de licitación, mediante el envío de nuevas solicitudes de actualización por parte del mismo adjudicatario.
Sin perjuicio de lo señalado, la DCCP podrá reemplazar el mecanismo de revisión de solicitudes de actualización de servicios en el Catálogo por un monitoreo posterior de las mismas. En caso que la DCCP detecte, a través del monitoreo posterior que realice, el no cumplimiento de las condiciones requeridas en estas bases para la actualización de productos o la no acreditación de la documentación solicitada que permita verificarlas, el producto o servicio respectivo será excluido del Catálogo y se procederá con la aplicación de la sanción que corresponda.
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10.10 Reajuste de precios de servicios |
Los precios para las Categorías adjudicadas serán actualizados cada 12 meses, específicamente en el mes de diciembre de cada año, con el fin de reajustar la tarifa y absorber las variaciones temporales en forma anual. Dado lo anterior, el precio reajustado vendrá dado por la siguiente fórmula:
PR = PA* (1 + Variación IPC Grupo)
Variables:
• Variación del IPC Grupo (∆IPC Grupo).
Para solicitar el reajuste, el Adjudicatario deberá considerar lo siguiente:
1. Las solicitudes de actualización de precios de los servicios adjudicados, deberán realizarse a través del sistema electrónico disponible para tal efecto. Estas solicitudes deberán ser presentadas de acuerdo al criterio de reajustabilidad establecido en las presentes bases de licitación.
2. La DCCP se reserva el derecho de aceptar o rechazar la solicitud, en el plazo de 10 días hábiles de recepcionada, a través de las herramientas que disponga la DCCP para estos efectos.
3. Los organismos y sitios oficiales para obtener la información de la variación del IPC Grupo, y sus links respectivos son:
Variación del IPC Grupo (∆IPC)
Instituto Nacional de Estadísticas - INE.
http://www.ine.cl
La aplicación será por Categoría de acuerdo a lo siguiente glosa definida por el INE:
Categoría Servicios de Alojamiento: Servicios de Alojamiento.
Categoría de Arriendo de Espacios e Implementos de Conferencia y Servicios Gastronómicos: Servicios Suministrados Por Restaurantes Y Hoteles.
Sin perjuicio de lo anterior, se analizará caso a caso la periodicidad de los reajustes de precio de aquellos servicios cuyos costos experimenten fuertes alzas (sobre un 10% del total reajustado). En estos casos, la DCCP podrá aceptar solicitudes de reajuste al momento de la publicación del Convenio Marco en el Catálogo Electrónico ChileCompra Express o con una periodicidad distinta a los 12 meses.
Los reajustes no podrán ser acumulativos, vale decir, para reajustar los precios, sólo deberá ser considerado un periodo de 12 meses, en el cambio en la cuantía de las variables involucradas.
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10.11 Cesión y Subcontratación |
El Adjudicatario no podrá ceder el contrato, ni total ni parcialmente a ninguna persona, natural o jurídica. Los documentos justificativos de los créditos, que emanen del contrato, podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común. Los adjudicatarios podrán subcontratar parcialmente en las Categorías de Arriendo de Espacio e Implementos de Conferencia y Servicios Gastronómicos, siempre y cuando el valor de la subcontratación no exceda el 30% del monto total de la contratación, siendo el adjudicatario el único responsable del pleno cumplimiento de lo señalado en estas bases y eventuales acuerdos complementarios que se firmasen con las entidades compradoras (art. 76, Reglamento de la Ley N° 19.886).
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10.12 Multas y Sanciones |
- SANCIONES APLICABLES POR LAS ENTIDADES COMPRADORAS:
Los adjudicatarios podrán ser sancionados con una o más de las siguientes medidas por las entidades compradoras:
Multas
El Adjudicatario podrá ser sancionado por las Entidades con el pago de multas por atraso en la entrega de los servicios o por la no entrega de los servicios pactados.
Los plazos para la prestación de los respectivos servicios comenzarán a correr desde la aceptación de la respectiva OC, de acuerdo al art. 63 del reglamento de la Ley N° 19.886.
Atraso en la entrega de los servicios:
El Adjudicatario podrá ser sancionado por las Entidades con el pago de multas por horas de atraso en la entrega de los servicios comprometidos, respecto de la hora pactada por ambas partes.
Las multas se aplicarán por cada hora de atraso, y se calcularán con un 2% del valor del servicio solicitado, con un límite máximo de 3 horas.
Ejecución parcial de los servicios pactados:
El Adjudicatario podrá ser sancionado por las Entidades con el pago de multas por la no entrega de parte de los servicios comprometidos, lo cual podrá hacerse efectivo a través de descuentos en el respectivo pago.
Las multas se aplicarán por cada servicio o ítem no entregado y se calcularán como un 2% del valor del servicio no entregado y aplicable al remanente.
No serán cancelados los servicios no prestados.
Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de las Entidades de recurrir a los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer valer la responsabilidad del contratante incumplidor.
Procedimiento para aplicación de multas:
Detectada una situación que amerite la aplicación de multas por parte de la Entidad o del funcionario responsable, éste le notificará al adjudicatario por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles, para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes.
Vencido el plazo sin presentar descargos, la Entidad dictará la respectiva Resolución o Acto Administrativo aplicando la multa.
Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la Entidad tendrá un plazo de hasta treinta días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante resolución o acto administrativo, lo que se notificará al adjudicatario por carta certificada.
Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de correos que corresponda.
Procedimiento de Reposición:
Contra la resolución que aplique la multa respectiva procederán los recursos establecidos en la Ley 19.880, Ley de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado.
Específicamente, el adjudicatario dispondrá del plazo de cinco días hábiles, a contar desde la fecha de notificada la resolución o acto administrativo que le impone la multa, para reponer fundadamente, acompañando todos los antecedentes pertinentes a la reposición.
El jefe superior de la respectiva Entidad o la autoridad que sea competente, resolverá dentro de los 30 días hábiles siguientes, acogiendo o rechazando total o parcialmente la Reposición. Se notificará dicha resolución o acto administrativo al respectivo proveedor y al Director de la DCCP.
Cobro de la multa
Se hará efectiva la multa una vez resueltos los recursos, o vencido el plazo para su interposición, sin que se hayan éstos presentados. Desde ese momento el adjudicatario se encontrará obligado al pago de la multa, si es que procediera.
El monto de las multas será rebajado del estado de pago más próximo que la Entidad deba efectuar al adjudicatario y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente y en este caso contará con un plazo de 10 días hábiles para el pago.
El no pago de la multa, dentro de los plazos establecidos, faculta a la Entidad, para requerir a la DCCP, la ejecución de la garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento.
Los montos percibidos por multas ingresarán al presupuesto de la respectiva Entidad que esté realizando el cobro.
- SANCIONES APLICABLES POR LA DCCP:
La DCCP, en caso de incumplimientos, aplicará las sanciones que se singularizan a continuación. Con todo, al determinar la sanción a aplicar al adjudicatario, la DCCP tendrá en consideración, la magnitud de la falta cometida, la cantidad de órdenes de compra emitidas al proveedor, el monto transado en la orden de compra que da origen a la sanción y el impacto del servicio contratado en la gestión de la(s) Entidad(es) requirente (s), debiendo en todo caso dar aplicación al principio de proporcionalidad de la sanción.
Bloqueo de Servicios
La DCCP procederá al bloqueo de servicios en el Catálogo Electrónico, en los casos siguientes:
a) Si detecta que algunos de los servicios presentan condiciones comerciales menos favorables que los que se encuentran disponibles en el mercado. El tiempo de bloqueo del servicio será hasta que el proveedor subsane la situación.
b) Si se detecta la incorporación y/o comercialización de servicios que por su naturaleza no corresponden a este convenio marco, o en general por cualquier otra circunstancia que implique la utilización de una ficha de servicio para la adquisición de un servicio distinto al especificado en la misma. El tiempo de bloqueo del servicio será hasta que la situación sea aclarada y no amerite la aplicación de algún tipo de sanción en contra del adjudicatario.
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Amonestación
La DCCP, amonestará al proveedor cuando los antecedentes que tenga a la vista no revistan la gravedad que amerite la aplicación de otra de las sanciones de mayor gravedad definidas en estas bases.
La amonestación pasará a formar parte de su historial como proveedor, de acuerdo al artículo 94, letra d), del reglamento de la ley N° 19.886, información que podrá ser tenida en cuenta al momento de evaluar sus ofertas en futuras licitaciones de convenio marco. Asimismo, dichas amonestaciones serán consideradas en la aplicación de las otras sanciones contempladas en las presentes bases (cobro de boleta de garantía de fiel cumplimiento del contrato y suspensión temporal del proveedor).
Cobro de la Garantía por Fiel Cumplimiento de Contrato
El Adjudicatario podrá ser sancionados por la DCCP con el cobro de la Garantía por Fiel Cumplimiento de Contrato, en los siguientes casos:
i. No pago de multas dentro del plazo, a menos que la Entidad Compradora proceda al descuento respectivo en el correspondiente estado de pago, a requerimiento fundado de las entidades.
ii. Más de 2 amonestación aplicadas por la DCCP, dentro del período de 6 meses por la DCCP.
iii. Incumplimientos de las exigencias técnicas de los servicios adjudicados, establecidas en este convenio marco, a requerimiento fundado de las Entidades Compradoras o a iniciativa de la DCCP por esta misma causa, siempre y cuando dicho incumplimiento no importe una causal de término anticipado del contrato.
iv. Incumplimiento de las obligaciones impuestas por las Bases, a requerimiento fundado de las Entidades o a iniciativa de la DCCP por esta misma causa, siempre y cuando dicho incumplimiento no importe una causal de término anticipado del contrato.
Cuando las entidades públicas soliciten el cobro a la DCCP de la Garantía, deberán indicar en el requerimiento de aplicación de sanción los datos de contacto necesarios para hacer el traspaso de fondos en caso de hacerse efectivo el cobro de la Garantía.
Suspensión Temporal del proveedor en el Catálogo:
El Adjudicatario podrá ser sancionado por la DCCP con la suspensión temporal en el Catálogo Electrónico de sus servicios en los siguientes casos:
i. Cuando el proveedor proceda a bloquear servicios durante los 2 primeros meses de operación del Convenio. Cabe señalar que en este caso, el tiempo de suspensión temporal en el Catálogo será por el mismo número de días que el proveedor incurrió en la conducta que se sanciona.
ii. Cuando existiendo el servicio en la Tienda, el adjudicatario solicita la creación de una nueva ficha para el mismo producto o servicio, para lo cual altera la denominación o alguna característica del mismo, generando duplicidad de fichas en el Catálogo. Cabe señalar que en este caso, el tiempo de suspensión temporal en el Catálogo será de:
- 10 días hábiles si el proveedor solicita generar fichas existentes por segunda vez.
- 20 días hábiles si el proveedor solicita generar fichas existentes de productos por tercera vez.
- 3 meses si el proveedor solicita generar nuevas fichas de productos a contar de la cuarta vez.
iii.- Rechazo de Orden de Compra emitida por la Entidad Compradora por causales no contempladas en las bases de licitación. Cabe señalar que en este caso, el tiempo de suspensión temporal en el Catálogo será:
- 10 días hábiles si el proveedor rechaza una OC por primera vez.
- 20 días hábiles si el proveedor rechaza una OC por segunda vez.
- La DCCP podrá poner término anticipado al convenio marco para el proveedor, por rechazo de una OC por tercera vez.
iv. La cancelación del servicio pactado por responsabilidades atribuidas al proveedor. Cabe señalar que en este caso, el tiempo de suspensión temporal en el catálogo será por hasta 2 meses.
v. A la cuarta amonestación aplicada por la DCCP en 6 meses. Cabe señalar que, en este caso, el tiempo de suspensión temporal en el Catálogo será por un período de 30 días corridos.
vi. Mantener más de un 70% de los servicios adjudicados en el Catálogo electrónico, en estado “sin stock” durante la vigencia del convenio. Cabe señalar que, en este caso, el tiempo de suspensión temporal del catálogo será por un período de 15 días corridos, a menos que la DCCP haya procedido al bloqueo de productos, de acuerdo a lo consignado en la cláusula “Operatoria de Convenio Marco”, título “Bloqueo de Servicios” punto ii).
vii.- No renovación oportuna de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, de acuerdo a lo establecido en el Punto 8, “Naturaleza y monto de las garantías” de las presentes bases. Para estos efectos, se considera renovación oportuna la entrega dentro del plazo de los 5 días hábiles siguientes contados desde su cobro. Asimismo, se considera también renovación oportuna la entrega dentro del plazo de 5 días hábiles antes del vencimiento de la garantía. En ambos casos la nueva garantía deberá tener las mismas características que la anterior, y extenderse por todo el periodo de vigencia que corresponda. El tiempo de suspensión temporal será hasta que se subsane la situación descrita, lo cual no podrá superar los 60 días hábiles contados desde el vencimiento del plazo indicado. Transcurrido este periodo se procederá en conformidad al punto 10.14 de las presentes bases.
viii.- No acompañar la “Declaración Jurada”, en que se declara no registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. La suspensión temporal se extenderá hasta que se subsane la situación que da origen a la aplicación de la sanción.
ix.- Cuando el proveedor que ha participado en un proceso de grandes compras, se desista de su oferta y esta acción cause un perjuicio importante en la gestión del Organismo afectado. El organismo afectado deberá informar y solicitar aplicación de sanción a través de oficio a la DCCP. El tiempo de suspensión temporal en la tienda será de hasta tres meses
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x.- Que las condiciones comerciales disponibles en el Catálogo sean desfavorables en comparación a las mismas condiciones comerciales que ofrezca en el mercado. En este caso, el tiempo de suspensión temporal será de hasta tres meses.
xi. Reincidencia del proveedor, por una segunda vez, en la conducta descrita en la letra “a”, de la sección “Bloqueo de Servicios”, del punto 10.12 de la presentes bases (condiciones comerciales desfavorables de un servicio en el catálogo, en comparación a las condiciones comerciales ofrecidas por el mismo proveedor a sus clientes particulares). En este caso, el período de suspensión del proveedor se extenderá por 1 mes
xii.- Cuando el adjudicatario que se encuentre inhábil en ChileProveedores.
En los casos vii, viii, xi y xii, la suspensión temporal se extenderá hasta que se subsane la situación que da origen a la aplicación de la sanción.
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10.13 Procedimiento para bloqueo, amonestación, suspensión de proveedores y cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato. |
I.- PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE LA SANCIÓN DE BLOQUEO DE PRODUCTOS:
Detectada una situación susceptible de aplicación de la sanción consistente en el bloqueo de productos, la DCCP le comunicará dicha circunstancia al respectivo adjudicatario, indicando la infracción cometida y los hechos que la constituyen. A contar de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá 24 horas para formular sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes.
Recibidos los descargos efectuados por el proveedor respectivo, la DCCP los evaluará en conformidad a las presentes bases. De considerar la DCCP que los descargos no son satisfactorios o transcurrido el plazo señalado para su formulación sin haber recibido respuesta del proveedor, la DCCP procederá al bloqueo de los servicios del Catálogo Electrónico, el cual se extenderá según lo indicado en el punto 10.12 anterior.
II.- PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE LA SANCIONES DE AMONESTACIÓN, COBRO DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO Y SUSPENSIÓN DEL PROVEEDOR:
Para que la DCCP proceda a aplicar al proveedor la sanciones de amonestación, cobro de la garantía de fiel cumplimiento del convenio y la suspensión temporal del Catálogo, deberá seguirse el siguiente procedimiento:
La DCCP activará el siguiente procedimiento sancionatorio de oficio o a requerimiento de alguna de las entidades compradoras, en cuyo caso éstas deberán acompañar al reclamo los siguientes antecedentes:
- Número de la Orden de Compra.
- Fecha de emisión de la Orden de Compra.
- Razones que fundamentan la solicitud de aplicación de la sanción requerida.
- Explicación del proveedor, si la hubiere.
- Copia de la Orden de Compra.
- Datos de contacto e información para transferencia electrónica de fondos para el cobro de la Garantía.
En el caso de retraso en la entrega de los servicios, deberá indicarse, además:
- La identificación de los servicios con rezago.
- Las cantidades rezagadas.
- Las horas de atraso en la entrega.
Detectada una situación susceptible de aplicación de alguna de las sanciones descritas, la DCCP notificará al adjudicatario por carta certificada a la dirección que el proveedor haya comunicado conjuntamente con su oferta, indicando la infracción cometida y los hechos que la constituyen. A contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles, para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes.
Vencido el plazo sin presentar descargos, la DCCP dictará la respectiva resolución o acto administrativo aplicando la sanción que corresponda.
Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la DCCP tendrá un plazo de hasta 30 días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante resolución o acto administrativo, lo que se notificará al adjudicatario por carta certificada.
Las notificaciones por carta certificada, se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su recepción, en la oficina de correos que corresponda.
Procedimiento de Reposición:
El adjudicatario dispondrá del plazo de cinco días hábiles, a contar desde la fecha de notificada la resolución o acto administrativo que le impone la sanción, para reponer fundadamente, acompañando todos los antecedentes pertinentes a la reposición.
La DCCP resolverá dentro de 30 días hábiles siguientes, acogiendo o rechazando total o parcialmente la reposición. Se notificará dicha resolución o acto administrativo al respectivo proveedor y a la o las entidades reclamantes si es que fuese el caso.
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10.14 Término Anticipado del Convenio Marco |
La DCCP podrá poner término anticipado al Convenio Marco sin derecho a indemnización alguna para el Adjudicatario, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
i.- Resciliación o mutuo acuerdo de las partes. Para estos efectos, el proveedor deberá comunicar por escrito su intención de poner término anticipado al convenio marco.
ii.- No prestación de los servicios de acuerdo a lo ofertado y/o acordado.
iii.- Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de una o más de sus obligaciones, que importe una vulneración a los elementos esenciales del Convenio Marco, siempre y cuando no exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y que dicho incumplimiento le genere a la DCCP o a la respectiva Entidad contratante un perjuicio significativo en el cumplimiento de sus funciones.
iv.- Entrega de documentación que contenga hechos carentes de veracidad, con la intención de obtener algún beneficio en el ámbito del convenio marco, sea la inclusión en el catálogo electrónico de un determinado producto, o cualquier otra circunstancia que le otorgue alguna ventaja en comparación con el resto de los proveedores adjudicados.
v.- Quiebra o estado de notoria insolvencia del adjudicatario, a menos que se mejoren las cauciones entregadas.
vi.- Incumplimiento de uno o más de los compromisos asumidos por los adjudicatarios, en virtud del “Pacto de Integridad" contenido en estas bases.
vii.- Sin perjuicio de lo señalado en el “Pacto de Integridad”, si el adjudicatario, sus representantes, o el personal dependiente de aquél, no observaren el más alto estándar ético exigible, durante la ejecución del convenio marco, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:
a. Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar las decisiones de un funcionario público durante la ejecución del convenio marco, que tengan el propósito de generar acciones que resulten en su favor o en contra de otro adjudicatario.
b. Tergiversar hechos con el fin de influenciar la ejecución del contrato en detrimento de esta Dirección o de otra Entidad pública.
c. Ejercer algún grado de extorsión, soborno o presión, declarando parentescos, relaciones con funcionarios de alto rango, beneficios o perjuicios, a quienes requieran hacer uso de la tienda electrónica y los productos adjudicados bajo este proceso licitatorio o a los encargados de la administración del convenio marco pertenecientes a esta Dirección.
viii. No entrega o renovación oportuna de la Garantía de Fiel Cumplimiento, de acuerdo a lo establecido las bases de licitación.
ix. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
x. La comprobación de la falsedad o falta de completitud de los antecedentes aportados por el proveedor adjudicado, para efecto de ser contratado.
xi. Rechazo por tercera vez de una orden de compra emitida por el comprador, fuera de los casos permitidos en las bases de licitación.
xii. Reincidencia del proveedor, por una tercera vez, en la conducta descrita en la letra a) de la sección “Bloqueo de Servicios”, del punto 10.12 de la presentes bases (condiciones comerciales desfavorables de un servicio en el catálogo, en comparación a las condiciones comerciales ofrecidas por el mismo proveedor a sus clientes particulares)
xiii. No cumplir con las responsabilidades del adjudicatario establecidas en el punto 10.4 de estas bases.
El adjudicatario deberá satisfacer Íntegramente las Órdenes de compra recibidas antes de la notificación del referido término anticipado, las cuales, a su vez, deberán ser Íntegramente pagadas por las respectivas Entidades.
Para la aplicación de todas las causales de término anticipado previamente señaladas, salvo a del número i), procederá el procedimiento de aplicación de sanciones regulado en el punto 10.13, de las presentes bases.
En todos los casos señalados anteriormente, no operará indemnización alguna para el Adjudicatario.
De concurrir cualquiera de las causales arriba aludidas, excepto las de los números i) y viii), además del término anticipado del convenio marco, procederá el cobro de la garantía de fiel cumplimiento por parte de la DCCP.
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10.15 Pago |
El pago de los servicios objeto del convenio, será en Pesos Chilenos y será efectuado directamente por cada Entidad, dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción conforme de la factura respectiva, la cual deberá ser entregada acompañada de una copia de la Orden de Compra respectiva y de las Guías de Despacho en la cual se certifique la recepción conforme de los productos o servicios. No obstante lo indicado en párrafo precedente, la Entidad requirente podrá consensuar de manera explícita con el adjudicatario, un plazo de pago para dicha compra o contratación, inferior a 30 días corridos, previa condición a que el proveedor realice un descuento al momento que el comprador emita la orden de compra respectiva. La recepción conforme deberá ser acreditada por la Entidad que hubiere efectuado el requerimiento. Los proveedores deberán adjuntar aquellos documentos de respaldo que permitan verificar los valores que se cobran, por los servicios contratados y efectivamente ejecutados. Con todo, la DCCP no es responsable del pago de los servicios que se adquieran o soliciten a través del Convenio Marco, así como, de interactuar con la institución para solicitar el pago de sus facturas. Dicha responsabilidad recae únicamente en las Entidades que en cada caso actúen como compradores.
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10.16 Plazo de Vigencia del Convenio Marco |
Los convenios marco celebrados con los respectivos proveedores adjudicados comenzarán a regir desde la notificación de la resolución de adjudicación a través del Portal. Dichos acuerdos extenderán su vigencia hasta que se cumplan 72 meses contados desde la primera adjudicación que se realice en virtud de las presentes bases tipo, fecha que se indicará en el Portal. Conforme a lo anterior dentro de este período y a partir de la segunda adjudicación, la duración de esos convenios marcos, estará supeditada al plazo máximo de 72 meses contados desde la primera adjudicación. Finalizado el periodo de 72 meses indicado, se volverá a contar la vigencia de los convenios marcos respectivos en conformidad a lo establecido en el párrafo anterior. La DCCP podrá prorrogar los convenios suscritos con los proveedores adjudicados sólo por el tiempo en que se procede a un nuevo proceso de licitación, la cual no podrá superar los 9 meses.
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10.17 Coordinador del Convenio Marco |
El Adjudicatario deberá nombrar un coordinador del Convenio Marco, el que deberá ser informado a través del formulario que la DCCP destine para estos efectos, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la adjudicación.
El desempeño de su cometido deberá ser:
- Representar al Adjudicatario en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del Convenio.
- Establecer procedimientos para el control de la información manejada por las partes.
- Informar cualquier cambio regulado por las bases de este convenio.
- Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación de este convenio con la Institución que requiera sus servicios.
Todo cambio, relativo a esta designación, deberá ser informado a la DCCP a través del formulario que la DCCP destine para estos efectos, por el representante legal del Adjudicatario.
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10.18 Obligaciones del Adjudicatario |
Durante la vigencia del Convenio Marco, el Adjudicatario deberá administrar y mantener el Catálogo de servicios adjudicados, lo cual implicará las siguientes responsabilidades:
- Entregar toda la información que sea necesaria para la catalogación de los servicios adjudicados, tales como descripciones, especificaciones, fotografías u otros datos que correspondan, en los plazos y formatos establecidos por la DCCP. Para estos efectos, el Adjudicatario podrá trabajar en forma directa, o a través de alguna fábrica de contenidos disponible en el mercado, cuya elección será de su absoluta responsabilidad.
- Disponer de los recursos humanos y técnicos que sean necesarios para mantener actualizados los servicios catalogados y sus respectivas condiciones comerciales, asegurando que las Entidades dispongan siempre de los mejores precios y de listas de productos vigentes, de manera de evitar problemas por discontinuidad o por falta de stock.
- Entregar las cotizaciones realizadas por los compradores, de acuerdo a los formatos dispuestos por la DCCP para aquellas compras menores a las 1000 UTM.
- Conocer y operar adecuadamente el Sistema de Administración de Catálogo, disponible para los proveedores de Convenio Marco, a través del sitio www.mercadopublico.cl. Para dar cumplimiento a lo anterior los proveedores podrán asistir a todas aquellas capacitaciones y/o cursos que la DCCP disponga.
- Responder y gestionar, según corresponda, todos los casos de reclamos y/o consultas reportados por la DCCP y/o las Entidades, en un máximo de 24 horas corridas.
- Los proveedores deberán entregar cuando la DCCP o las Instituciones Publicas lo requieran reportes, informes, entre otros datos de utilidad.
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10.19 Comportamiento ético del Adjudicatario |
Sin perjuicio de lo señalado en lo relativo al pacto de integridad, el proveedor que resulte adjudicado, sus dependientes y en general quienes directa o indirectamente entreguen los servicios que resulten adjudicados en la presente propuesta, no podrán ofrecer obsequios, ofertas especiales al personal adscrito a una Entidad licitante, ejercer presiones de cualquier tipo a los encargados de convenio y personas que tengan relación con la administración del convenio marco o cualquier regalía que pudiere implicar un conflicto de intereses presente o futuro entre dicho adjudicatario y la Entidad compradora, debiendo observar el más alto estándar ético.
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10.20 Concordancia entre el servicio ofertado y el servicio entregado. |
El proveedor que resulte adjudicado deberá siempre entregar el servicio de acuerdo a las especificaciones técnicas que haya declarado en su oferta. La DCCP podrá en todo momento, requerir información a las Entidades compradoras acerca del cumplimiento de la presente cláusula, por sí o a través de asociaciones vinculadas a la industria.
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10.21 Pacto de Integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente Pacto de Integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas. 3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. 6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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10.22 Desarrollo Comercial del Convenio |
Dentro del ámbito comercial que involucra el desarrollo del Convenio, el Adjudicatario podrá desarrollar las siguientes actividades:
i. Posicionamiento de servicios. El Adjudicatario podrá desarrollar distintas actividades con el propósito de posicionar, entre las Entidades, su participación como proveedor de los servicios objeto del presente convenio marco, promociones especiales, jornadas de capacitación masivas, entre otros.
ii. En caso de que la DCCP desarrolle actividades de difusión de Convenios marco, tales como encuentros, ferias u otros, el adjudicatario podrá participar en estas actividades con el fin de dar a conocer sus servicios con las Entidades.
iii. El proveedor deberá informar respecto de los cambios realizados en su empresa y/o certificaciones obtenidas que le permitan mejorar la calidad de los productos o servicios que ofrece en el catálogo.
Las actividades señaladas precedentemente, no podrán vulnerar lo dispuesto en el “Pacto de Integridad” contenido en estas bases.
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Instancia de preguntas y Respuestas y Modificaciones a las bases |
Preguntas y respuestas Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en el acápite 3° “Etapas y Plazos” de estas bases. Las preguntas deberán formularse a través del Sistema www.mercadopublico.cl. La DCCP pondrá las referidas preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en www.mercadopublico.cl, sin indicar el autor de las preguntas, dentro del plazo señalado en el referido artículo 3° de las bases. Modificaciones a las bases La DCCP podrá modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio Web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases y estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, se establecerá un nuevo plazo prudencial para la recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas. Asimismo, dependiendo de la complejidad y alcance de las modificaciones, esta Dirección podrá fijar una nueva instancia de preguntas y respuestas y adjuntará un nuevo video informativo, en las fechas y horario que oportunamente se informe en el sitio www.mercadopublico.cl, en el ID de la respectiva licitación.
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Observaciones a los Antecedentes legales para poder ser contratado |
Tratándose exclusivamente de las personas jurídicas, no podrán contratar con organismos del Estado, aquellas que hayan sido condenadas por los delitos previstos en el artículo 27 de la ley N° 19.913, en el artículo 8° de la ley N° 18.314 y en los artículos 250 y 251 bis del Código Penal, a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado. La DCCP verificará esta información a través del registro que para tal efecto lleva, de conformidad con lo dispuesto en la ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica.
Los antecedentes legales para poder ser contratado, sólo se requerirán respecto del (los) adjudicatario (s) y deberán estar disponibles en ChileProveedores. No se aceptará, por lo tanto, la entrega de dichos antecedentes mediante la modalidad de soporte papel u otro medio magnético de almacenamiento.
Lo señalado en el párrafo precedente, no resultará aplicable a la garantía de fiel cumplimiento de contrato, la cual deberá ser entregada físicamente en las dependencias de la Dirección de Compras, ubicadas en Monjitas 392, piso 8, dentro de los 60 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada.
Los proveedores que adjudiquen en la Categoría de Servicios Gastronómicos deberán presentar la resolución sanitaria vigente para ser habilitado en la Tienda Electrónica.
Los proveedores que adjudiquen en la Categoría de Servicios de Alojamiento deberán estar inscritos en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Turísticos, a cargo de Servicio Nacional de Turismo, Sernatur para ser habilitados en la Tienda Electrónica. Para registrarse en el sitio, los proveedores que oferten a la Categoría, deberán acceder a http://registro.sernatur.cl e ingresar la información que ahí se les solicita.
Si el respectivo proveedor no entrega la totalidad de los antecedentes señalados en la presente cláusula, dentro del plazo fatal de 60 días hábiles, la resolución de adjudicación respecto al proveedor incumplidor quedará sin efecto, y no será habilitado en la Tienda ChileCompra Express, en el Catálogo de productos correspondientes al presente convenio marco.
Durante la vigencia del CM, el adjudicatario deberá acreditar mediante el Anexo 2 “Declaración Jurada”, disponible también en el sitio http://www.chileproveedores.cl/chprovdnn/DeclaracionesJuradas.aspx, que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Esta certificación deberá estar disponible en ChileProveedores cada 6 meses desde la entrada en vigencia del Convenio Marco. En caso contrario, la DCCP procederá a suspender al proveedor en la tienda ChileCompra Express, hasta que éste actualice dicho documento en el mismo registro de proveedores. Una vez realizada esta acción, será responsabilidad del proveedor notificar a esta Dirección a través de la mesa de ayuda.
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Comentarios Inscripción ChileProveedores |
En caso que el adjudicatario no esté inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración, ChileProveedores, deberá inscribirse dentro del plazo de 60 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada.
Si el respectivo proveedor no se inscribe en ChileProveedores dentro del plazo indicado, la resolución de adjudicación respecto del proveedor que no se inscribió, quedará sin efecto y no será habilitado en la Tienda ChileCompra Express, en el Catálogo de productos correspondientes al presente convenio marco.
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