Términos y Condiciones de Uso

Políticas y condiciones de uso del Sistema www.chilecompra.cl y del Registro Nacional de Proveedores - ChileProveedores, a las que deberán sujetarse sus respectivos usuarios, para la realización de todos los procesos de compra y contratación regulados por la Ley N ° 19.886. (Resoluciones exentas 978 B, 979 B, del 30 de diciembre de 2005, 32B de 9 de Enero 2007 y 340B, de 9 de Abril de 2007).

POLÍTICAS Y  CONDICIONES DE USO
DEL SISTEMA www.ChileCompra.cl

(Última actualización, abril de 2007)

Estas son las Políticas y condiciones de uso del Sistema www.chilecompra.cl a las que deberán sujetarse sus usuarios, tanto organismos públicos como proveedores, para la realización de todos los procesos de compra y contratación regulados por la Ley N ° 19.886. y el Decreto Supremo N° 250 de 2004 (Hacienda), Reglamento de la ley 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios

DE LOS SISTEMAS ADMINISTRADOS POR LA DIRECCIÓN DE COMPRAS

ChileCompra
El acceso y uso del Sistema de Información de Compras y Contrataciones, en adelante www.chilecompra.cl estará sujeto a lo previsto en la Ley N ° 19.886 sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, su Reglamento contenido en el DS N° 250 del Ministerio de Hacienda y normas complementarias, así como a las estipulaciones consignadas en estas políticas y condiciones de uso, las que se entenderán expresamente aceptadas por los usuarios, tanto Proveedores del Estado como Organismos Públicos, por el sólo hecho de utilizar este sitio.

www.chilecompra.cl es un portal de comercio electrónico, y constituye el medio oficial a través del cual la Administración del Estado, publica sus llamados y efectúa sus procesos de contratación de bienes muebles y servicios necesarios para su funcionamiento.

El Sistema de Información constituye, además, el medio idóneo de notificación de las resoluciones ocurridas en dichos procesos, sin perjuicio de las demás medidas de publicidad, que de acuerdo a la legislación vigente efectúen los Organismos Públicos para publicitar sus procesos de contratación.

ChileProveedores
ChileProveedores es el registro electrónico oficial de proveedores de la Administración Pública , a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, en adelante la Dirección de Compras y Contratación Pública. Este registro tiene por objeto registrar a todas las personas naturales y jurídicas, chilenas o extranjeras y constatar la existencia de inhabilidad o incompatibilidad para contratar con los organismos del Estado, acreditando su situación financiera, idoneidad técnica y situación legal.

El uso de ChileProveedores, estará sujeto a lo previsto en la Ley N ° 19.886 sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios (Ley de Compras), su Reglamento aprobado por el Decreto de Hacienda Nº 250, de 2004, y normas complementarias, así como los criterios consignados en las respectivas políticas y condiciones de uso, que se dictarán especialmente al efecto.

Los organismos públicos afectos a la Ley de Compras Públicas, deberán agregar a los requerimientos que se explicitan en las bases de licitación o términos de referencia, una cláusula en la que se exija a los proveedores la inscripción en ChileProveedores para poder contratarlos. Dicha cláusula debe contener al menos,  la exigencia de inscripción en Chileprovedores y, para los casos en que los proveedores adjudicados no estén inscritos, otorgar un plazo de 15 días para hacerlo, el que se contará desde que le es comunicada la adjudicación o se le emite la orden de compra respectiva.

Reglas de Uso Especiales para Compradores y Organismos del Estado
Queda estrictamente prohibido al Organismo Comprador realizar cualquier uso de ChileProveedores que se encuentre fuera del marco del proceso de compras públicas.

El uso de ChileProveedores está dirigido principalmente a la realización de los  procesos de contratación de bienes y servicios.

Los Organismos del Estado serán los únicos responsables de la decisión de adjudicar y contratar con uno o más proveedores inscritos o no en ChileProveedores.

Los Organismos del Estado aceptan y declaran conocer la circunstancia que la información disponible y que se obtiene de las distintas bases de datos consultadas, se actualizan y validan de la misma manera y oportunidad que lo hacen las fuentes que las proporcionan.

Los Organismos del Estado podrán contratar con los proveedores que acrediten su situación financiera y técnica a través de su inscripción en el Registro de Proveedores. Respecto de los oferentes no inscritos deberán establecer en las bases de licitación los documentos que se requieren para justificar dichas situaciones.

Los Organismos Fiscalizadores de Estado, podrán utilizar ChileProveedores con el objeto de asegurar el correcto desempeño de los distintos procesos definidos y velar por la transparencia del Proceso de Compras Públicas.

Los Compradores y Organismos del estado que usen ChileProveedores, dan por conocidos y aceptados los términos del presente documento.

INFORMACIÓN CONTENIDA EN EL PORTAL

El Estado de Chile y cada uno de sus organismos son propietarios de toda la información contenida en www.chilecompra.cl. Cualquier reproducción total o parcial de dicha información por cualquier forma o medio, debe ser autorizada de manera expresa por la Dirección de Compras y Contratación Pública, y existirá la obligación de citar su fuente.

ACCESO AL SISTEMA DE INFORMACIÓN

www.chilecompra.cl es, actualmente, de acceso público y gratuito para todos sus usuarios, sin perjuicio de lo cual la Dirección de Compras y Contratación Pública podrá fijar las tarifas, que permitan financiar ciertos servicios de valor agregado, y la inscripción en el Registro de Contratistas y Proveedores que administrará, todo de acuerdo a la normativa legal vigente.

RESPONSABILIDAD Y DISPONIBILIDAD DEL SISTEMA

RESPONSABILIDAD

La Dirección de Compras y Contratación Pública no se hace responsable por errores, omisiones o caídas temporales del Sistema provocados por cualquier causa, propios o de terceros, ni por cualquier inexactitud, error u omisión de la información distribuida a través del mismo, ni de la oportunidad y contenidos de los correos electrónicos que este Sistema genere. Se deja constancia que la información y contenido de los documentos publicados es de responsabilidad de usuarios que las publican y envían.

Asimismo, no será responsable por la interrupción en la recepción de e-mails producto de la intervención de algún ISP (Internet Service Provider), ni garantizará los tiempos de respuesta del Sistema, más allá de la puerta de sus servidores en los que se encuentra alojado el software del sistema de Información.

La veracidad, integridad y completitud de la información será responsabilidad del usuario que la ingresa en www.chilecompra.cl, para lo cual se atenderá a las claves de acceso bajo las cuales se publica la información.

La Dirección de Compras y Contratación Pública no será responsable de los actos o contratos (incluyendo convenios marco) que se generen entre los Organismos Públicos (demandantes) y los Proveedores (oferentes), como consecuencia de la utilización de www.chilecompra.cl, como tampoco de la fijación de criterios de evaluación, ni de los resultados en los procesos de adquisición que se lleven acabo a través del Sistema.

Tampoco será responsable de los virus que puedan contener los documentos que adjuntan los usuarios del sitio. Será responsabilidad de cada usuario velar por que los archivos que sube al sitio no tengan virus de ninguna especie.

Las estadísticas e informes disponibles en www.chilecompra.cl son meramente referenciales y no comprometen a la Dirección de Compras y Contratación Pública ni al Estado de Chile.

DISPONIBILIDAD

El Sistema de Información cuenta con un servicio de provisión de plataforma tecnológica de alta disponibilidad, razón por la cual las indisponibilidades, sean totales o parciales son excepcionales y no habilitarán a los Organismos Públicos a efectuar sus procesos de contratación fuera del Sistema de Información, salvo en los casos especialmente establecidos en la legislación vigente.

En efecto, las indisponibilidades que se prolongan por breves períodos sólo generan la necesidad de volver a ejecutar la parte del proceso pendiente, pero no justifican que el mismo se realice por otros medios.

El equipamiento necesario con que deben contar los Organismos Públicos es el siguiente:

  • PC : Pentium II o superior. . Memoria 128 MB o superior.
  • Sistema Operativo: Microsoft Windows 98 (segunda edición) o superior, Macintosh, Linux.
  • Navegadores (Browsers): Explorer 5.5 o superior o Nestcape 7.1 o superior
  • Conexión a Internet: conmutada o banda ancha
  • Ancho de Banda: de preferencia igual o superior 128 KBPS

Es responsabilidad de los usuarios, comprobar el correcto funcionamiento de:

  • Configuración de sus computadores.
  • Problemas o configuraciones incompatibles de las redes internas.
  • Disponibilidad y configuración de enlaces,  conexiones e ISP a Internet.

La Dirección de Compras informará oportunamente cuando la plataforma o alguna de sus funcionalidades se encuentren parcial o totalmente fuera de servicio.

Asimismo acreditará caídas de Sistema que se prolonguen por más de 24 horas seguidas, las que podrán ser consideradas, a juicio de cada Organismo Público causal suficiente para ejecutar el proceso o etapa del mismo fuera del Sistema de Información. Dichas acreditaciones serán informadas diariamente.

CENTRO DE CONTACTO

La Dirección de Compras y Contratación Pública entregará, a todos los usuarios del Sistema un centro de contacto que contará con una mesa de ayuda telefónica y un centro de contacto vía web a través de www.chilecompra.cl.

Mesa de Ayuda Telefónica
Esta mesa de ayuda atenderá las consultas de los usuarios sobre el funcionamiento del sistema en un horario de atención de lunes a sábado entre las 8:00 y 20:00 horas en el número telefónico 600 7000 600. Otro tipo de consultas serán escaladas a agentes especializados y serán respondidas de acuerdo a su complejidad de resolución.

Centro de Contacto Via WEB Este centro de contacto cuenta con un servicio de respuestas a consultas relacionadas con el uso del sistema y con los temas relacionados con la normativa y gestión de abastecimiento. Las consultas se podrán ingresar por vía web a través de www.chilecompra.cl en formularios de contacto y reclamos, servicio de respuestas a preguntas frecuentes y servicio de orientación legal en el sitio . El servicio web funciona los siete días a la semana las 24 horas. Los tiempos de respuestas están definidos en cada uno de los servicios en la web.

El Centro de Contacto no será responsable de solucionar problemas que deriven del cumplimiento contractual de los proveedores o contratistas. 

SUSPENSIÓN O ELIMINACIÓN DE USUARIOS

La Dirección de Compras y Contratación Pública se reserva el derecho de suspender y/o eliminar unilateral y automáticamente de www.chilecompra.cl a los usuarios que incumplan las políticas y condiciones de uso del Sistema de Información de Compras y Contrataciones: www.chilecompra.cl.

CORREOS ELECTRÓNICOS ENVIADOS POR EL SISTEMA DE INFORMACIÓN A PROVEEDORES DURANTE EL PROCESO DE CONTRATACIÓN

El medio oficial de publicación de las Oportunidades de Negocio o procesos de contratación es el Sistema de Información www.chilecompra.cl, en cada uno de sus ambientes.

Los correos electrónicos, enviados por el Sistema de Información, constituyen una facilidad de aviso de alerta, y por tanto, no corresponden al medio oficial de publicación. Por ello, es recomendable revisar periódicamente el Sistema de Información en las páginas que corresponden, en particular en el Escritorio del Proveedor, para informarse de las etapas y desarrollo de los procesos de adquisición, que han sido previamente seleccionados por el proveedor para recibir información y mensajería.

Lo anterior, dado que el sistema de información sólo notificará por correo electrónico aquellos procesos de adquisiciones que han sido filtrados o configurados por el propio proveedor.

Los principales correos electrónicos de alerta que genera el Sistema de Información a los proveedores, y que los proveedores pueden filtrar o configurar, son los siguientes:


A.- Publicaciones: Correo resumen o correo uno a uno que se envía a todos los proveedores inscritos en el o los rubros seleccionados por el Organismo Público al momento de publicar, siempre que los proveedores lo hayan así configurado. Cada proveedor podrá elegir una u otra modalidad.

B.- Modificación de adquisiciones. Este correo se envía cada vez que ocurre un cambio en  las bases o términos de referencia publicados. La notificación de modificación es enviada sólo a los proveedores que hayan seleccionado la opción de seguimiento del proceso.

C.- Adjudicación: Este correo se envía cuando son publicados en el sistema de información los resultados del proceso. Esta notificación es enviada sólo a los proveedores que hayan seleccionado la opción de seguimiento del proceso.

D.- Orden de Compra: Este correo se envía al proveedor en el momento en que el organismo público le  envía la orden de compra; cuando le solicita  la cancelación de ella o cuando se  cancela su envío.

E.- Notificación a proveedores descartados en las etapas del proceso de adquisición. Este correo se envía a todos los proveedores descartados del proceso respectivo. Esta notificación es enviada sólo a los proveedores que hayan seleccionado la opción de seguimiento del proceso.

Es importante destacar que la lista de participantes en una adquisición puede variar durante el período de publicación, como resultado de la incorporación de nuevos proveedores a través de la funcionalidad de activar ID.

POLÍTICAS DE PRIVACIDAD

Los usuarios de www.chilecompra.cl aceptan, por el sólo hecho de su inscripción o registro en el sitio, que los datos y antecedentes aportados en las diversas etapas de los procesos en que participan serán de público conocimiento y estarán disponibles en el Sistema.

Los usuarios de www.chilecompra.cl aceptan por el sólo hecho de su inscripción, que los resultados de los procesos de contratación en que participen, se publiquen y se procesen en el sitio, así como también otorgan su conformidad para que dichas contrataciones formen parte de las estadísticas e informes que se procesen y/o publiquen en el sitio.

USO ADECUADO DE www.chilecompra.cl

En su parte transaccional, el sitio www.chilecompra.cl no debe ser utilizado para consultar información de precios de bienes y servicios o hacer cotizaciones o consultas al mercado, sino sólo para realizar procesos efectivos de contratación de bienes y servicios.

Los Proveedores del Estado no podrán reproducir ni comercializar con fines lucrativos la información y demás funcionalidades disponibles en www.chilecompra.cl.

Los Proveedores del Estado no podrán realizar actos maliciosos o atentatorios contra el sitio, o que de alguna manera puedan dañar, inutilizar, sobrecargar, deteriorar, impedir o limitar la utilización de todas o algunas de las funcionalidades del mismo.

RESPONSABILIDAD DE USO DE LAS FUNCIONALIDADES DE  www.chilecompra.cl.
Los organismos públicos deben realizar sus adquisiciones a través del sistema de información www.chilecompra.cl, debiendo utilizar sólo este medio y todas sus funcionalidades para ello. Esto implica que deberán seleccionar y completar oportunamente todos los campos o ítems que disponibles en el sistema para cada proceso de adquisición.

Igualmente, los proveedores del Estado que participen en los procesos de adquisiciones deberán hacerlo sólo por www.chilecompra.cl, utilizando cada una de las funcionalidades que ofrece este  sistema para ingresar oportunamente toda la información relativa a su participación en todas las etapas del proceso.

RESPONSABILIDAD RESPECTO DE LOS RECLAMOS
Los proveedores del Estado podrán hacer reclamos respecto de los  procesos de adquisiciones a través de www.chilecompra.cl, los que deberán contener la  siguiente información:

  • datos identificatorios del reclamante,
  • datos del reclamado,
  • datos del proceso cuestionado, número de ID y,
  • todos los antecedentes en los que se funda dicho reclamo

La Dirección de Compras y Contratación Pública derivará dichos reclamos  a los Organismos Públicos aludidos, para que respondan de manera completa  y oportuna a los reclamantes.  Sin embargo no es la responsable de los contenidos y alcances de dichas respuestas.  En caso de disconformidad por parte del reclamante, éste podrá reactivar el reclamo, siguiendo el mismo conducto  a través del sistema de información.

Los Organismos Públicos son los responsables de emitir respuestas completas, precisas y oportunas, a todos los reclamos que se realicen en su contra, aún cuando quien lo efectúe no haya participado directamente en el proceso cuestionado.

La Dirección de Compras y Contratación Pública, podrá derivar los reclamos a las instancias  contraloras, fiscalizadoras o judiciales, atendido la entidad y gravedad del reclamo presentado.

RESPONSABILIDAD POR CLAVES DE USUARIO

Los usuarios del Sistema no podrán ceder bajo ninguna circunstancia sus claves y nombres de usuarios, haciéndose plenamente responsables de los actos, documentos, bases, anexos, ofertas y demás antecedentes que bajo esas claves y nombres de usuario ingresen a www.chilecompra.cl. Además los usuarios no deberán comunicar sus claves, deberán cambiarlas frecuentemente y evitarán establecer claves evidentes o simples.

AUTORIZACIÓN

Los Proveedores del Estado aceptan recibir permanentemente correos electrónicos relativos a procesos de adquisición, órdenes de compra y demás información relevante, a la dirección de correo aportada por ellos al momento de su inscripción en ChileProveedores. Se exceptúan de lo anterior aquellos proveedores que, expresamente, al momento de la inscripción, declare que no desea recibir notificaciones de procesos de adquisición. No obstante siempre deberán indicar una casilla de correo para recibir información relevante sobre el portal.

De acuerdo a lo anterior, se obligan a no considerar ni calificar dichos correos o alertas como Spam (Correo no deseado)

LIBERACIÓN DE RESPONSABILIDAD

LIBERACIÓN DE RESPONSABILIDAD POR PARTE DE LOS PROVEEDORES
Los Proveedores del Estado deberán velar por la seriedad de sus ofertas ingresadas a www.chilecompra.cl, siendo plenamente responsables de las mismas, y aceptando que la Dirección de Compras y Contratación Pública no es el responsable de los resultados que obtengan en cada uno de los procesos de adquisición en que participen.

Los Proveedores del Estado liberan a la Dirección de Compras y Contratación Pública de cualquier responsabilidad derivada de la dilación o no envío oportuno de correos electrónicos de alerta, declarando conocer que el medio oficial de notificación es la publicación que cada Organismo Público efectúa en la ficha de adquisición respectiva disponible en www.chilecompra.cl.

La no recepción oportuna de correos electrónicos de alerta que envía www.chilecompra.cl, no justificará, ni se considerará como causal suficiente para eximir a los proponentes de presentar oportunamente sus ofertas. 

LIBERACIÓN DE RESPONSABILIDAD POR PARTE DE LOS ORGANISMOS DEL ESTADO
El Sistema de Información es un medio que facilita la realización de los procesos previos a la contratación, sin intervenir en la ejecución posterior de dichos contratos. Tampoco el Sistema será responsable de la seriedad e idoneidad de las ofertas recibidas, las que deberán ser evaluadas por cada organismo licitante.

Es por ello, que el cumplimiento o incumplimiento de los contratos definitivos compete a las partes contratantes y queda fuera del ámbito de este Sistema de Información www.chilecompra.cl, el que no será en caso alguno responsable de esta circunstancia. 

ACEPTACIÓN DE ÓRDENES DE COMPRA
Los proveedores deberán aceptar o rechazar las órdenes de compra recibidas por el Sistema, de acuerdo al contenido de las mismas.
Los contratos menores a 100 UTM se formalizarán mediante la emisión de la orden de compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor.
En caso que una orden de compra no haya sido aceptada, los organismos públicos podrán solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud.

CALIFICACIONES DE COMPRADORES A PROVEEDORES
Los Organismos Públicos, al término de los procesos de adquisición, deberán evaluar oportunamente, a través de www.chilecompra.cl, a los proveedores que han sido contratados, con el fin de calificar su gestión y contar con información de fácil acceso sobre su accionar como Proveedor del Estado.

Las variables para calificar la gestión de un proveedor serán, entre otras:

  • la oportunidad,
  • la calidad,
  • el desempeño y cumplimiento respecto de sus productos o servicios provistos y,
  • la consistencia de éstos en relación a lo solicitado en las especificaciones técnicas de un proceso de adquisición.

A su vez, los proveedores podrán responder a estas calificaciones haciendo los respectivos descargos, a través de www.chilecompra.cl.

Esta información será registrada y estará disponible en el sistema de información, para que los compradores accedan a ella y la consideren como referente o complemento a los criterios de evaluación, definidos en las bases o términos de referencia.

CALIFICACIONES DE PROVEEDORES A COMPRADORES

Los proveedores deberán evaluar oportunamente, a través de www.chilecompra.cl, a los Organismos Públicos, respecto de los procesos de compra en que participa, con el propósito de calificar la gestión pública en materia de compras y generar información que apoye las decisiones de participación.

Las variables a evaluar por cada proceso realizado por los Organismos Públicos serán, entre otras:

  • los plazos establecidos para presentar ofertas,
  • los plazos para realizar consultas,
  • los plazos para recibir respuestas,
  • la calidad de los requerimientos técnicos,
  • la calidad de las condiciones administrativas o comerciales definidas,
  • las exigencias para participar,
  • la pertinencia de los criterios de evaluación,
  • la calidad de los fundamentos de adjudicación,
  • la calidad de la Orden de Compra recibida y;
  • el proceso de pago.

A su vez, los compradores podrán responder a estas calificaciones haciendo los respectivos descargos, a través de www.chilecompra.cl.

Esta información será registrada y estará disponible en el sistema de información, para que los proveedores accedan a ella y la consideren como referente en sus participaciones.

DECLARACIÓN
Los usuarios del Sistema declaran conocer y aceptar la circunstancia relativa a que la Dirección de Compras y Contratación Pública podrá en cualquier momento modificar el todo o parte de las presentes condiciones de uso.

Además, declaran conocer y aceptar la facultad legal que permite a la Dirección de Compras y Contratación Pública fijar tarifas y cobros para la utilización del portal de ChileCompra, así como para participar en el Registro de Contratistas y Proveedores que administrará.

PERFILES DE USUARIO
El Sistema www.chilecompra funciona con los siguientes perfiles:

Comprador:
Perfil Administrador, nombrado por la autoridad de la Institución es responsable de:  

  • Creación y desactivación de usuarios
  • Supervisores y compradores
  • Creación y desactivación de
  • Unidades de compra
  • Modificación de perfiles comprador y supervisor, y de datos básicos de la Institución.

Perfil Supervisor responsable de:

  • Crear, editar, publicar y adjudicar procesos de compra
  • Crear, editar, enviar órdenes de compra, solicitar cancelación y aceptar cancelación solicitada por el proveedor de órdenes de compra

Perfil Comprador responsable de:

  • Crear y editar procesos de compra
  • Crear y editar órdenes de compra al proveedor
  • Perfil Auditor, nombrado por la autoridad máxima de la Institución
  • Consultar por procesos de adquisición, órdenes de compra, usuarios, documentos tributarios electrónicos, que se realizan a través del sistema de toda la organización.
  • Cada perfil se conforma por un nombre de usuario, nombre de la organización y clave, lo que le permite operar de acuerdo las atribuciones designadas a cada perfil.

Proveedor
Perfil Administrador

  • Modificar datos de la empresa
  • Agregar y quitar rubros a cada sucursal
  • Crear y desactivar sucursales
  • Crear y desactivar usuarios
  • Desactivar empresa

Perfil Proveedor o Normal

  • Crear, editar y modificar ofertas
  • Aceptar, rechazar órdenes de compra

ACREDITACIÓN DE USUARIOS   
Los usuarios de las entidades licitantes deberán acreditar sus competencias técnicas ante la Dirección para operar en el Sistema de Información, en la forma y plazos que ésta establezca en las Políticas y Condiciones de Uso del  Sistema de Información y Contratación Electrónica.

Los usuarios sujetos a la obligación a que se refiere el inciso anterior serán a lo menos, las autoridades, jefaturas y funcionarios responsables de las unidades de adquisición o abastecimiento del respectivo Servicio, o de aquellas unidades a las que se haya conferido facultades para la ejecución de los Procesos de Compra.

Tales competencias técnicas estarán referidas a los distintos perfiles de dichos usuarios y comprenderán materias relacionadas con gestión de abastecimiento, uso del portal, aplicación de la normativa y conceptos de ética y probidad.

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS
Las Entidades, para los efectos de utilizar el Sistema de información,  deberán elaborar un Manual de Procedimientos de Adquisiciones según las instrucciones que imparta la Dirección , y el que    a    lo   menos deberá contener   las   siguientes materias:  Planificación de Compras, , Selección de Procedimientos de Compra, Formulación de Bases y Términos de Referencia, Criterios y Mecanismos de Evaluación  ,Gestión de Contratos y de Proveedores, Recepción de Bienes y Servicios, Procedimientos de Pago, Política  de Inventarios, Uso del sistema www.chilecompra.cl ,  autorizaciones que se requieran para las distintas etapas del Proceso de Compra,   Organigrama de la Entidad y de las Áreas que intervienen en los mismos , con sus respectivos niveles y flujos.

Dicho Manual deberá publicarse en el Sistema de Información  y formará parte de los antecedentes que regulan los Procesos de Compra del organismo que lo elabora.

VÍNCULOS AL SISTEMA DE INFORMACIÓN
La Dirección de Compras y Contratación Pública enviará por la vía o medios que estime adecuados, a cada organismo de la Administración del Estado dependiente y relacionado con el Gobierno Central, un vínculo electrónico (URL) para que éste lo integre en su portal web institucional y de este modo refleje públicamente todas las compras y contrataciones que se realizan a través del sistema ChileCompra”.

 

POLÍTICAS Y CONDICIONES DE USO
PARA EL REGISTRO NACIONAL DE PROVEEDORES

1 Condiciones Generales de Uso

1.1 Del Sistema de Información

A.- El uso del Registro Nacional de Proveedores del Estado de Chile, en adelante ChileProveedores , estará sujeto a lo previsto en la Ley N ° 19.886 sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios (Ley de Compras), su Reglamento aprobado por el Decreto de Hacienda Nº 250, de 2004, y normas complementarias, así como los criterios consignados en estas políticas y condiciones de uso, las que se entenderán expresamente aceptadas por los usuarios Proveedores del Estado y Organismos Públicos.

B.- ChileProveedores es el registro electrónico oficial de proveedores de la Administración Pública , a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, en adelante la Dirección de Compras y Contratación Pública . Este registro tiene por objeto registrar e inscribir a todas la personas naturales y jurídicas, chilenas o extranjeras. Dichos proveedores podrán inscribirse en el Registro en la medida que no tengan causal legal de inhabilidad o incompatibilidad para contratar con los organismos del Estado, y en tanto acrediten su situación financiera, idoneidad técnica y situación legal.

C.-La Dirección de Compras y Contratación Pública licitó a través de la Propuesta Pública ID N° 2240-34-LP04, la administración de un servicio integral de Registro de Proveedores del Estado. Esta licitación pública fue adjudicada a la Cámara de Comercio de Santiago A.G. , en adelante el Operador , mediante Resolución N° 38 de 15 de Abril de 2005, tomada de Razón por la Contraloría General de la República con fecha 9 de Mayo de 2005.

D.- En virtud de la referida licitación, la Dirección de Compras y Contratación Pública contrató a la Cámara de Comercio de Santiago A.G., para la operación de ChileProveedores a través del contrato de provisión de servicios celebrado con fecha 14 de Enero de 2005 entre ambas partes.

1.2 Sobre ChileProveedores y Chilecompra

A.- El servicio de ChileProveedores complementa el proceso de compras públicas y actúa interrelacionado con la plataforma de compra públicas www.chilecompra.cl, a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública . En consecuencia, las políticas, términos y condiciones de uso de la referida plataforma forman parte integrante de este documento en todas aquellas materias que afecten directa o indirectamente la operación y uso de ChileProveedores.

1.3 Responsabilidades

Ni la Dirección de Compras y Contratación Pública ni el Operador no serán responsables de:

A.- Los resultados de los procesos de adquisición que se lleven a cabo producto del Proceso de Compras del Estado y la utilización de ChileProveedores.

B.- La veracidad, completitud e integridad de los antecedentes y documentos que aporten los proveedores al Registro.

C.- Los efectos que pueda generar en los actos o contratos (incluyendo convenios marco) que se generen entre los Organismos Públicos (demandantes) y los Proveedores (oferentes), el uso del sistema ChileProveedores.

D.- Solucionar problemas que deriven del cumplimiento contractual entre proveedores y compradores públicos, en el marco de las operaciones relacionadas con el proceso de compras públicas.

E.- Solucionar problemas que deriven del uso de la plataforma ChileProveedores, producto de la interacción entre comprador y proveedor.

F.- Deficiencias o caídas temporales de la plataforma de ChileProveedores, provocadas por cualquier causa, propias o de terceros; ni por cualquier inexactitud, error u omisión de la información distribuida a través del mismo, ni de la oportunidad y contenidos de los correos electrónicos que genere este sistema.

G.- Los virus que puedan contener los documentos que adjuntan los Proveedores a su ficha.

H.- La interrupción en la recepción de e-mails producto de la intervención de algún ISP (Internet Service Provider), ni garantizarán los tiempos de respuesta de ChileProveedores , más allá de la puerta de sus servidores en los que se encuentra alojado el software del sistema de Información.

I.- La veracidad, contenido, integridad y totalidad de la información aportada por los usuarios a ChileProveedores,

J.- La eliminación o no adjudicación de uno o más proveedores efectuada por un organismo público, producto de la información y antecedentes disponibles en ChileProveedores.

Se deja expresa constancia que la decisión de adjudicar y contratar a un oferente inscrito es de estricta responsabilidad de la entidad compradora, la que utilizará preferentemente la información disponible en ChileProveedores para acreditar las inhabilidades legales que pudieran existir y otros antecedentes de los proveedores inscritos.

Asimismo se deja expresa constancia que los organismos públicos, serán responsables de establecer en las bases de licitación los mecanismos alternativos para que los proveedores no inscritos en ChileProveedores puedan presentar sus ofertas.

1.4 Sobre las Tarifas de Servicio

A.- Las tarifas son fijadas por resolución fundada de la DCCP y deberán ser pagadas por los proveedores que deseen inscribirse previa contratación de cualquiera de los servicios disponibles en ChileProveedores.

B.- Las referidas tarifas están fijadas en función de la clasificación en Microempresa, PYME y Gran Empresa, y al plazo de vigencia de los servicios contratados, considerando para ello su facturación anual.

C.- Declara conocer y aceptar las tarifas vigentes de ChileProveedores fijadas por resolución de la Dirección de Compras y Contratación Pública.

D.- Conocer y aceptar que las tarifas se reajustarán cada seis meses, de acuerdo a la variación positiva que experimente el Índice de Precios al Consumidor ( IPC) en el período enero-junio y julio-diciembre, inmediatamente anterior.

1.5 Mesa de Ayuda

A.- El Operador pondrá a disposición, de todos los usuarios, un servicio de respuestas a consultas relacionadas con el uso del sistema.

B.- Las consultas a este servicio de soporte se podrán ingresar por vía telefónica a través del fono 600 7000 600, por formularios de contacto en los sitios Web relacionados con el proceso de compras públicas y de correos electrónicos, enviados a la plataforma de ChileProveedore.

C.- Los días y horarios de atención, son de lunes a sábado (excepto festivos) de 8:00 horas a 20:00 horas.

D.- Los llamados a la mesa de ayuda podrán ser grabados para asegurar la calidad del servicio prestado.

1.6 Comunicaciones.

Las comunicaciones emanadas de ChileProveedores corresponden a una facilidad del sistema y no constituyen responsabilidad sobre su oportuno o correcto despacho, siendo responsabilidad del usuario la correcta actualización de sus datos de contacto en el sistema de información en favor de una correcta comunicación.

2 Reglas de Uso Especiales para Proveedores

2.1  Declaración

Los Proveedores del Estado declaran conocer y aceptar

A.- La circunstancia relativa a que la Dirección de Compras y Contratación Pública podrá en cualquier momento modificar todo o parte de las presentes condiciones de uso.

B.- La facultad legal que permite a la Dirección de Compras y Contratación Pública fijar tarifas y cobros, así como para determinar los mecanismos y políticas de uso de ChileProveedores.

C.- Las normas y políticas de uso de ChileProveedores.

D.- Que en tanto hagan uso de los servicios de ChileProveedores , dan por conocidos y aceptados los Términos y Condiciones de Servicio vigentes.

E.- Que la información de los proveedores inscritos en el sistema ChileProveedores relativa a sus antecedentes legales, comerciales y técnicos estará permanentemente disponible de manera pública para toda la Administración del Estado, la que podrá efectuar consultas específicas y genéricas sobre la misma.

F.- La Ley N º 19.886 sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, su Reglamento y normas complementarias.

G.- Declara (Con carácter de Declaración Jurada):

i. No haber sido condenada por crimen o simple delito que merezca pena aflictiva, en calidad de autor, cómplice o encubridor, a menos que haya transcurrido un plazo de 2 años desde el término del cumplimiento de la condena.

ii. No haber sido condenado como consecuencia de incumplimiento de contrato celebrado con alguna Entidad regida por la Ley de Compras, y siempre que no hayan transcurrido 2 años a contar desde la fecha de la sentencia.

H.- La obligación de actualizar en forma y plazos oportunos ante ChileProveedores , la información del punto 2.1.g.i y 2.1.g.ii anteriores del presente documento. El no cumplimiento de esto, podrá determinar la suspensión de la inscripción del Proveedor en ChileProveedores.

I.- Que la Dirección de Compras y Contratación Pública (Dirección de Compras y Contratación Pública) no devolverá los pagos por los servicios prestados bajo ninguna circunstancia, aún cuando la solicitud de inscripción haya sido rechazada, o su inscripción haya sido suspendida o cancelada, independientemente del momento o período de servicio, sea por voluntad del proveedor o por resolución de la Dirección de Compras y Contratación Pública.

2.2 Autorizaciones

A.- Autoriza al Operador del Sistema ChileProveedores , Cámara de Comercio de Santiago AG y a la Dirección de Compras y Contratación Pública, para que, en su representación, y dentro del marco de la Ley N º 19.886, consulte los datos que poseen los distintos Registros o Fuentes Oficiales de Información respecto de su persona o de su representado, tales como Tesorería General de la República , Boletín de Infractores a la Legislación Laboral y Previsional de la Dirección del Trabajo, Boletín de Informaciones Comerciales, Servicio de Impuestos Internos, Servicio de Registro Civil e Identificación, entre otros. Esta autorización se entenderá otorgada tan amplia como en derecho sea necesario para que los administradores de dichas fuentes puedan entregar la información requerida por el Operador, sin ninguna restricción legal.

B.- Autoriza al Operador del Sistema ChileProveedores para incorporar y usar sus datos en futuros registros privados.

C.- Autoriza al Operador y en virtud de mejoras la servicio, la posibilidad que tiene la Mesa de Ayuda de grabar los llamados que entren a la plataforma de atención a clientes.

2.3 Inscripción en ChileProveedores

A.- Para Inscribirse en ChileProveedores , se debe presentar solicitud de inscripción a la Dirección de Compras y Contratación Pública , a través del Operador , cumpliendo con los pasos y requerimientos que éste establezca.

B.- La Dirección de Compras y Contratación Pública aprobará o rechazará la solicitud de inscripción en ChileProveedores , mediante resolución, conforme a los términos del artículo 87 del Reglamento de la Ley de Compras.

C.- El proceso de aprobación o rechazo de una solicitud de inscripción, no podrá prolongarse por un plazo superior a 30 días corridos, contados desde la aceptación a tramitación de la solicitud de inscripción en ChileProveedores . La aceptación a tramitación se genera una vez que el postulante a Proveedor Inscrito, haya presentado todos los antecedentes solicitados.

D.- El proveedor que por resolución de la Dirección de Compras y Contratación Pública , haya sido inscrito en ChileProveedores , será incorporado sin perjuicio de los cambios de categorías o contratación de nuevos servicios que se puedan suceder a futuro en el marco de las prestaciones de servicios a proveedores.

E.- La inscripción en ChileProveedores está condicionada al previo pago de la tarifa vigente al momento de presentación de la solicitud.

F.- La inscripción puede ser rechazada por la Dirección de Compras y Contratación Pública en caso de:

i. Omisiones, errores o inexactitudes de la información aportada por el Proveedor.

ii. Proveedor que se encuentre en alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad, establecidas en el artículo 92 del decreto reglamentario de Hacienda Nº 250, de 2004.

2.4 Sobre la Información Aportada, Contenida y Asociada en ChileProveedores

A.- La Dirección de Compras y Contratación Pública y el Operador podrán efectuar el tratamiento de datos personales públicos de los proveedores, esto es, aquellos que no han sido calificados de reservados por una ley, reglamento o instrucción expresa o bien, han sido generados por el propio Estado dentro de la esfera de sus atribuciones.

B.- Los proveedores aceptan y autorizan a la Dirección de Compras y Contratación Pública y al Operador, para recabar de la Tesorería General de la República la información relativa a sus deudas por impuestos morosos, por más de un año, no sometidos a convenio de pago vigente y se encuentren en cualquier registro, aún cuando estas deudas tengan el carácter de reservadas por tratarse de una información amparada por el secreto tributario regulado en el artículo 35 del Código Tributario.

C.- Los Proveedores del Estado aceptan y autorizan, que toda su información contenida y/o solicitada en ChileProveedores : >i. Sea utilizada en los procesos de tratamiento de datos, que realizan los Organismos Públicos del Estado y/o el Operador. ii. Sea siempre publicada y se presente a los posibles Compradores del Estado, en tanto el servicio de ChileProveedores se encuentre pagado y vigente.

D.- Cualquier error que provenga de la información emanada por los registros o fuentes oficiales de información, no será responsabilidad de ChileProveedores.

E.- Los documentos físicos aportados a ChileProveedores no serán devueltos a los proveedores.

F.- Los Proveedores del Estado aceptan y declaran conocer la circunstancia de que la información disponible y que se obtiene de las distintas bases de datos consultadas, se actualizan y validan de la misma manera y oportunidad que lo hacen las fuentes que las proporcionan.

2.5 Responsabilidad de los proveedores por la Documentación e Información

A.- La veracidad, contenido, integridad, totalidad y oportunidad de la información entregada a ChileProveedores será responsabilidad del propio Proveedor, salvo en aquellos casos que sea modificada directamente por ChileProveedores , utilizando para ello registros o fuentes oficiales de información. En este caso, la responsabilidad será de la propia fuente.

B.- El Proveedor actualizará permanentemente los datos requeridos al momento de inscripción, mientras permanezca en ChileProveedores , así como también actualizará cualquier circunstancia que pueda influir en su correcta individualización.

2.6 Sobre el Pago de Servicios

A.- La suscripción de servicios, cualquiera que éste sea, contempla el previo pago de la tarifa vigente establecida por la Dirección de Compras y Contratación Pública.

B.- El Operador no devolverá a los proveedores los pagos por los servicios a ellos prestados, bajo ninguna circunstancia, aún cuando la solicitud de inscripción haya sido rechazada, o el proveedor haya sido suspendido o eliminado, independientemente del momento o período de servicio, y ya sea por voluntad del proveedor o por resolución de la Dirección de Compras y Contratación Pública.

C.- Será responsabilidad del Proveedor solicitar la inscripción y pagar la tarifa correspondiente, sabiendo o debiendo saber la inhabilidad o incompatibilidad establecida en el artículo 92 del Reglamento dela Ley de Compras que pudiere afectarle al momento de solicitar su inscripción.

D.- Para los casos en que el pago de la tarifa por servicios prestados por el Proveedor, no se hubiere materializado procederá:

i. Suspensión de toda tramitación, acción o actividad encomendada a ChileProveedores , independientemente del momento o período de servicio.

ii. Suspensión de ChileProveedores , con el consiguiente bloqueo de su información a los Compradores del Estado.

2.7 Sobre las Comunicaciones de ChileProveedores.

A.- Los Proveedores del Estado aceptan y autorizan a ChileProveedores , para mantener comunicación permanente mediante cualquier medio disponible. Los medios de comunicación pueden ser entre otros:

i. Correos Electrónicos
ii. Correo Físico
iii. Llamados Telefónicos

B.- De acuerdo a lo anterior, los Proveedores del Estado se obligan a no considerar ni calificar dichas comunicaciones como Spam o Correo Basura.

2.8 Uso Adecuado de ChileProveedores

A.- Los Proveedores del Estado no podrán reproducir ni comercializar con fines lucrativos la información y demás funcionalidades disponibles en ChileProveedores.

B.- Los Proveedores del Estado no podrán realizar actos maliciosos o atentatorios contra ChileProveedores , o que de alguna manera puedan dañar, inutilizar, sobrecargar, deteriorar, impedir o limitar la utilización de todas o algunas de las funcionalidades del mismo.

2.9 Suspensión y Eliminación de ChileProveedores

A.- La Dirección de Compras y Contratación Pública podrá suspender por un período máximo de 2 años a los Proveedores inscritos en ChileProveedores , si concurre alguna de las siguientes circunstancias:

i. Si el Proveedor no ha declarado oportunamente el cambio o modificación de algún antecedente solicitado para la inscripción o para la actualización de su información.

 ii. Si el Proveedor es condenado por incumplimiento contractual respecto de un Contrato de Suministro y Servicio, derivado de culpa o falta de diligencia en el cumplimiento de sus obligaciones y siempre que la Entidad afectada solicite a la Dirección de Compras y Contratación Pública su suspensión.

B.- La Dirección de Compras y Contratación Pública podrá eliminar a los Proveedores inscritos en ChileProveedores , en las siguientes circunstancias:

i. Si los antecedentes presentados por el Proveedor en su solicitud de inscripción a ChileProveedores son maliciosamente falsos, han sido enmendados o tergiversados o se presentan de una forma que claramente induce a error para efectos de su evaluación.

ii. Si el Proveedor es condenado reiteradamente por incumplimiento contractual respecto de un Contrato de Suministro y Servicio, derivado de culpa o falta de diligencia en el cumplimiento de sus obligaciones y siempre que la Entidad afectada solicite a la Dirección de Compras y Contratación Pública su eliminación.

iii. Cuando concurra de manera sobreviniente alguna de las causales establecidas en el artículo 92 del Reglamento de la Ley de Compras.
C.- Tanto la Suspensi ón como la Eliminación de ChileProveedores implica el bloqueo de toda información relativa al proveedor hacia los Compradores del Estado.

3.- Reglas de Uso Especiales para Compradores y Organismos del Estado

3.1 Uso de ChileProveedores

A.- La información, servicios y funciones de ChileProveedores se ponen a disposición de los Compradores del Estado de Chile en el marco de la Ley 19.886, Reglamento y normas complementarias.

B.- Queda estrictamente prohibido al Organismo Comprador realizar cualquier uso de ChileProveedores que se encuentre fuera del marco del proceso de compras públicas. El uso de ChileProveedores será privativo para la realización de procesos de contratación de bienes y servicios y no podrá ser utilizado como un mero servicio de información o consultas genéricas.

C.- Los Organismos del Estado serán los únicos responsables de la decisión de adjudicar y contratar con uno o más proveedores inscritos o no en ChileProveedores.

D.- Los Organismos del Estado aceptan y declaran conocer la circunstancia que la información disponible y que se obtiene de las distintas bases de datos consultadas, se actualizan y validan de la misma manera y oportunidad que lo hacen las fuentes que las proporcionan.

E.- Los Organismos del Estado podrán contratar con los proveedores que acrediten su situación financiera y técnica a través de su inscripción en el Registro de Proveedores. Respecto de los oferentes no inscritos deberán establecer en las bases de licitación los documentos que se requieren para justificar dichas situaciones.

F.- Los Organismos Fiscalizadores de Estado, podrán utilizar ChileProveedores con el objeto de asegurar el correcto desempeño de los distintos procesos definidos y velar por la transparencia del Proceso de Compras Públicas.

G.- Los Compradores y Organismos del Estado que usen ChileProveedores , dan por conocidos y aceptados los términos del presente documento.